Dr. Adrián Andrés Vassallo
Dr. Adrián Andrés Vassallo
  • 51
  • 388 847
DIPr NORMAS DE POLICÍA (Derecho internacional privado)
Las normas de policías son denominadas por el código civil y comercial en el artículo 2599 "normas internacionalmente imperativas" y consagran lo que la doctrina y la jurisprudencia, venían aplicando como una especie de orden público a priori, de interpretación restrictiva, que atraen en su tipo legal elementos extranjeros, lo someten al derecho material propio y exigen expresamente su ámbito de aplicación territorial.
Переглядів: 7 984

Відео

DIPr video 1 problema de orden público internacional Derecho internacional privado)
Переглядів 13 тис.4 роки тому
El orden público internacional es la característica negativa de la consecuencia jurídica, cuya finalidad es excluir la aplicación del derecho extranjero, cuando es manifiestamente contrario participios básicos del derecho argentino.
DIPr video 2 Problema de orden público internacional
Переглядів 4,7 тис.4 роки тому
En este video, destacaremos los casos Jorge Vicente solá 11/12/1996 y Rodolfo Courouyan 14/03/2017.
DIPr Video 1 El Problema de la Calidad del Derecho Aplicable (derecho internacional privado)
Переглядів 6 тис.4 роки тому
Cuando la norma de conflicto elige la aplicación derecho extranjero, se debe saber si de hecho extranjero es considerado como un derecho o como un hecho.
DIPr video 2 El Problema de la Calidad del Derecho Aplicable (derecho internacional privado)
Переглядів 1,4 тис.4 роки тому
En este video número dos, hacemos referencia al problema de la calidad de derecho aplicable, a través de un cuadro sinóptico, señalando las distintas teorías y Fuentes.
Art. 2595 inc. "b" covigencia o vigencia
Переглядів 4,7 тис.4 роки тому
En este video analizamos el art 2595 inc "b" del Código civil y comercial de Argentina; donde destacamos lo siguiente: En el ámbito espacial señalamos la covigencia o vigencia simultánea de derechos aplicables en algunos derechos con sistemas Plurilegislativos. En el ámbito temporal existe la vigencia sucesiva de derechos aplicables, cuando el derecho aplicable cambia en el tiempo.
Art 2595 inc. "c" método analítico analógico y sintético judicial
Переглядів 4 тис.4 роки тому
El inciso c hace referencia a la aplicación del método analítico analógico o analítico privatista y del sintético judicial. Son cuestiones complejas, que pueden plantearse al momento de aplicar el derecho extranjero, que sugiere la necesaria adaptación entre las leyes de aplicación simultánea.
ART 2595 inc. "a" TEORÍA DEL USO JURÍDICO.
Переглядів 6 тис.4 роки тому
Artículo 2595 código civil y comercial de la nación inciso a: "Aplicación e interpretación del derecho extranjero" Recepta la teoría del uso jurídico, la cual aplica el derechop extranjero: "imitando la sentencia que podría emitir el tribunal extranjero del país cuyo derecho debe aplicarse" la cual tiene raíces en la doctrina y jurisprudencia Argentina.
LA CLÁUSULA DE EXCEPCIÓN: Art 2597 CCyCN (Derecho Internacional Privado)
Переглядів 3,8 тис.4 роки тому
En la cláusula de excepción el juez puede apartarse de las soluciones de derecho elegido por la norma de DIPr, inclinándose por la aplicación de un derecho que presente vínculos muy estrechos con el caso, siempre y cuando ese derecho sea previsible y que conforme a él se hayan establecido válidamente las relaciones.
Video 2 Fraude a la Ley (Derecho Internacional Privado)
Переглядів 9 тис.4 роки тому
Destacaremos en esta oportunidad los elementos del fraude, la solución y finalidad. También señalaremos la distintas Fuentes: Fuente interna como la Fuente convencional. Qué es el Fórum Shopping.
Video 1 FRAUDE A LA LEY (Derecho Internacional Privado)
Переглядів 18 тис.4 роки тому
El Fraude a la ley es la característica negativa del Tipo Legal de la norma de DIPr.
Video 2 Cuestión Previa (Derecho Internacional Privado)
Переглядів 9 тис.4 роки тому
Casos Ponnoucannamalle 21/04/1931 y Grimaldi Miguel A 22/12/1948. Fuente Convencional y Fuente interna.
Video 1 Cuestión Previa (Derecho Internacional Privado)
Переглядів 14 тис.4 роки тому
La cuestión previa es la característica positiva del tipo legal de la norma derecho internacional privado. Se destacan dos teorías: la de la jerarquización y la teoría de la equivalencia.
Ámbitos de las fuentes de derecho internacional privado (DIPr)
Переглядів 10 тис.4 роки тому
Ámbito espacial y ámbito temporal activo y pasivo... Los ámbitos de la Fuentes tratan, entre otros, a la materia, el espacio y el tiempo. Los casos suceden en un espacio y tiempo determinados... Por lo tanto nos vamos a circunscribir en el espacio y el tiempo respecto de los ámbitos espacial y temporal activo y pasivo.
Video 3 derecho internacional privado Fuentes reales y fuentes de conocimiento
Переглядів 6 тис.4 роки тому
Según la clasificación trialista del derecho las fuentes de las normas se dividen en reales y de conocimiento.
Video 2 Derecho internacional privado fuentes: evolución jurisprudencial
Переглядів 4,7 тис.4 роки тому
Video 2 Derecho internacional privado fuentes: evolución jurisprudencial
Video 1 Derecho Internacional privado: Fuentes en general, tesis dualista y tesis monista
Переглядів 5 тис.4 роки тому
Video 1 Derecho Internacional privado: Fuentes en general, tesis dualista y tesis monista
Video 3 Norma Derecho internacional privado: individual Norma general Norma generalísima
Переглядів 2,3 тис.4 роки тому
Video 3 Norma Derecho internacional privado: individual Norma general Norma generalísima
Video 1 Norma de derecho internacional privado
Переглядів 14 тис.4 роки тому
Video 1 Norma de derecho internacional privado
Video 2 Norma de derecho internacional Privado, clasificación de los puntos de conexión
Переглядів 13 тис.4 роки тому
Video 2 Norma de derecho internacional Privado, clasificación de los puntos de conexión
Parte 2 jurisdicción internacional en el derecho internacional privado
Переглядів 9 тис.4 роки тому
Parte 2 jurisdicción internacional en el derecho internacional privado
Parte 3 jurisdicción internacional en el derecho internacional privado
Переглядів 8 тис.4 роки тому
Parte 3 jurisdicción internacional en el derecho internacional privado
Parte 1 jurisdicción internacional en el derecho internacional privado
Переглядів 18 тис.4 роки тому
Parte 1 jurisdicción internacional en el derecho internacional privado
DIPr parte 4 Reenvío o problema de cantidad de derecho aplicable de derecho internacional privado
Переглядів 8 тис.4 роки тому
DIPr parte 4 Reenvío o problema de cantidad de derecho aplicable de derecho internacional privado
DIPr parte 3 Reenvío o problema de la cantidad del derecho aplicable del dcho internacional privado
Переглядів 11 тис.4 роки тому
DIPr parte 3 Reenvío o problema de la cantidad del derecho aplicable del dcho internacional privado
DIPr Parte 1 Reenvío o problema de la cantidad del derecho aplicable
Переглядів 27 тис.4 роки тому
DIPr Parte 1 Reenvío o problema de la cantidad del derecho aplicable
DIPr parte 2 Reenvío o problema de la cantidad del derecho aplicable de dcho internacional privado
Переглядів 14 тис.4 роки тому
DIPr parte 2 Reenvío o problema de la cantidad del derecho aplicable de dcho internacional privado
Clase 1 Concepto de derecho internacional privado
Переглядів 45 тис.4 роки тому
Clase 1 Concepto de derecho internacional privado
Clase 2 concepto de derecho internacional privado
Переглядів 7 тис.4 роки тому
Clase 2 concepto de derecho internacional privado
DIPr Video 3 Calificaciones:VIUDA MALTESA, TESTAMENTO OLOGRAFO, LETRAS DE TENNESSEE Y SULIM MELMAN
Переглядів 14 тис.4 роки тому
DIPr Video 3 Calificaciones:VIUDA MALTESA, TESTAMENTO OLOGRAFO, LETRAS DE TENNESSEE Y SULIM MELMAN

КОМЕНТАРІ

  • @Agustinrilovasalazar92
    @Agustinrilovasalazar92 6 днів тому

    genio Doctor!

  • @carlacaseres6439
    @carlacaseres6439 6 днів тому

    Buenas tardes dr no me queda claro la diferencia entre cuestión previa y cuestión conexa. desde ya muchas gracias

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 6 днів тому

      Hola Carla voy a tratar de ser claro con ejemplos y una breve explicación diciendo lo siguiente: La confusión entre cuestión previa y cuestión conexa es común porque ambas implican relaciones entre aspectos de un caso, pero tienen diferencias importantes: 1. Cuestión Previa Definición: Es una cuestión independiente que debe resolverse antes de decidir la cuestión principal. Su resolución condiciona la solución de esta última. Característica clave: Es prejudicial o incidental, es decir, surge como un tema que debe resolverse previamente porque afecta directamente el núcleo del caso principal. Ejemplo típico: En una sucesión, si un cónyuge supérstite reclama herencia, pero hay dudas sobre la validez del matrimonio, primero debe determinarse si el matrimonio es válido (cuestión previa). Solo con esa respuesta se podrá decidir la vocación hereditaria (cuestión principal). Naturaleza: La cuestión previa tiene una conexión lógica jerárquica: una depende de la otra. 2. Cuestión Conexa Definición: Se refiere a aspectos relacionados que están interconectados por disposición del legislador o por la naturaleza misma del caso, pero donde uno no condiciona al otro. Característica clave: No hay subordinación entre las cuestiones. Más bien, ambas deben resolverse de manera coherente, pues afectan aspectos diferentes pero vinculados de un mismo acto o situación. Ejemplo típico: La capacidad y las formas de un contrato son aspectos conexos. Si bien ambos influyen en la validez del contrato, no hay una jerarquía: no necesitas resolver la capacidad de las partes antes de abordar si el contrato cumple con las formas legales. Resumen práctico: Cuestión Previa: Una cuestión afecta directa y previamente la otra. Ejemplo: Validez de un matrimonio como paso previo a determinar derechos sucesorios. Cuestión Conexa: Las cuestiones están relacionadas, pero no hay subordinación entre ellas. Ejemplo: Capacidad y formas de un contrato (ambas son elementos de validez, pero ninguna depende jerárquicamente de la otra).

    • @carlacaseres6439
      @carlacaseres6439 4 дні тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 gracias dr !

  • @estebanerdocia7764
    @estebanerdocia7764 11 днів тому

    excelente sus explicaciones dr. nos ayudo a entende rmuchisimo la materia.

  • @meryh231
    @meryh231 16 днів тому

    Dr. Ayer me recibí! Sus videos me ayudaron muchísimo a entender la materia! Eternamente agradecida!

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 16 днів тому

      @@meryh231 ¡Felicitaciones por su logro! Me alegra saber que mis videos fueron útiles en su camino; le deseo mucho éxito en su carrera como abogada.

  • @robertobernalcalzada573
    @robertobernalcalzada573 19 днів тому

    Gracias doctor por su enseñanza, el hecho de usar ejemplos ilumina mejor el concepto jurídico y su alcance, cosa que no es muy común en la enseñanza en el aula.

  • @fiammacontrera545
    @fiammacontrera545 20 днів тому

    Buenas noches profesor. En la víspera a mi examen final de DIPr quiero agradecerle por cada uno de sus videos. Me han acompañado durante todo el semestre. Impecable su trabajo y claridad para explicar. No ha pensado en escribir algún manual de Derecho Internacional Privado? Le iría muy bien. Cordial saludo.

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 20 днів тому

      @fiammacontrera545 Buenas noches, muchas gracias por su comentario. Me alegra saber que los videos le han sido útiles. Le comento que he escrito un libro titulado Introducción al Estudio del Derecho Internacional Privado, cuya segunda edición está agotada. La tercera edición, completamente renovada, estará disponible el próximo año. Le deseo mucho éxito en su examen final. Saludos cordiales.

  • @GabrielaMReyna
    @GabrielaMReyna Місяць тому

    Dr, consulta la clasificación de la jurisdicción internacional es lo mismo que la clasificación de los foros?

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 Місяць тому

      Hola Gabriela, podemos decir que "No", no son lo mismo. En Derecho Internacional Privado (DIPR), la clasificación de la jurisdicción internacional y la de los foros (o fors) son conceptos relacionados pero distintos en su alcance y función: Clasificación de la Jurisdicción Internacional: La jurisdicción internacional se refiere a la capacidad de los tribunales de un Estado para conocer de asuntos con elementos extranjeros. Su clasificación en el DIPR atiende a las normas que determinan cuándo un tribunal de un país puede asumir competencia en casos internacionales. Estas normas suelen incluir: Jurisdicción exclusiva: se aplica en materias en las que solo un Estado tiene competencia (por ejemplo, derechos reales sobre bienes inmuebles). Jurisdicción concurrente: más de un Estado puede asumir competencia, y el demandante puede elegir entre ellos. Jurisdicción facultativa: los tribunales pueden aceptar la causa, pero no están obligados a hacerlo. Jurisdicción prorrogada: cuando las partes eligen voluntariamente someterse a la jurisdicción de un Estado específico. Clasificación de los Foros: La clasificación de los foros se refiere a los criterios para identificar el tribunal competente dentro de la estructura jurisdiccional de un país en asuntos internacionales. En el DIPR, el forum es el tribunal adecuado o "foro" en un caso concreto. Algunos de los principales foros reconocidos son: Forum domicilii: basado en el domicilio del demandado. Forum rei sitae: basado en la ubicación de los bienes objeto de litigio. Forum loci contractus: basado en el lugar donde se celebró el contrato. Forum loci delicti: basado en el lugar donde ocurrió el hecho ilícito. Cada uno de estos criterios de foro o foros ayuda a los tribunales a decidir si pueden asumir jurisdicción en asuntos con elementos extranjeros. Así, mientras la jurisdicción internacional define las condiciones generales bajo las cuales un país puede ejercer su poder en casos internacionales, los foros determinan el tribunal específico al que corresponde juzgar dentro de ese país.

  • @antonelareale1624
    @antonelareale1624 Місяць тому

    Buenas tardes. Le consulto, en el caso Bayaud, q criterio se aplicó?

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 Місяць тому

      Buenas tardes la Suprema corte de justicia aplicó el criterio ideal o lógico, al revocar el fallo, priorizando la validez de la adopción como una cuestión previa fundamental para resolver la vocación hereditaria en la sucesión en el mencionado fallo

    • @antonelareale1624
      @antonelareale1624 Місяць тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 gracias por responder!

  • @gustavokalanavicius2001
    @gustavokalanavicius2001 2 місяці тому

    GRANDE DR. ojalá lo hubiera visto antes... muy concreto y súper explicado... GRACIAS.

  • @jorgearielvillagra8982
    @jorgearielvillagra8982 2 місяці тому

    Dr. Usted dijo contracción temporal y contracción espacial. Por las dudas...¿No será CONTRACCIÓN temporal (realiza actos sospechosos en corto período de tiempo) y EXPANSIÓN espacial (amplía territorialmente el ámbito normativo en su afán fraudulento)?

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 2 місяці тому

      Jorge es más preciso el que usted refiere, porque en su ejemplo, la contracción temporal es la expresión correcta, ya que se refiere a realizar actos en un período de tiempo más corto del que sería normal o razonable. Sin embargo, en lugar de "contracción espacial", lo más adecuado sería utilizar "expansión espacial", ya que describe la acción de los protagonistas en un espacio geográfico más amplio de lo que sería lógico, actuando en un lugar donde no tienen conexión. ...usando términos del genio Goldschmidt (los indicios más importantes de la intención fraudulenta son la expansión espacial y la contracción temporal. Los protagonistas realizan actos en un país (por ejemplo, en México) en donde sinceramente no tienen ninguna razón para actuar, donde, como puede decirse, “nada se les ha perdido”. Por otra parte, los protagonistas llevan a cabo actos en un lapso mucho más corto que el normal, en cierto modo, con la “cámara acelerada”)

    • @jorgearielvillagra8982
      @jorgearielvillagra8982 2 місяці тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 si entiendo. Gracias Dr.

  • @giulianodecon3293
    @giulianodecon3293 2 місяці тому

    groso!

  • @jorgearielvillagra8982
    @jorgearielvillagra8982 2 місяці тому

    TENGO INTERMINABLES GRABACIONES DE 3 HORAS DE DURACIÓN CADA UNA DONDE LOS PROFESORES LEJOS DE ACLARAR ME GENERAN MÁS DUDAS DE LAS QUE TENGO... Y UD. DR. CON SUS VIDEOS DE 10 MINUTOS ME HIZO ENTENDER DE UNA BUENA VEZ LA MATERIA. GRACIAS Y OJALÁ TODAS LAS UNIVERSIDADES TUVIERAN SU EXCELSO NIVEL DOCENTE.

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 2 місяці тому

      Muchísimas gracias por tu mensaje Jorge. Me emociona profundamente saber que mis clases de Derecho Internacional Privado en formato breve te resultan útiles. Para mí, enseñar no es solo una vocación, es un acto de amor y dedicación, y leer palabras como las tuyas me motiva a seguir compartiendo más contenido de calidad. Mi objetivo siempre ha sido hacer que temas complejos sean accesibles y claros, y es muy gratificante ver que ese esfuerzo tiene un impacto positivo en quienes lo reciben. Gracias nuevamente por tu apoyo. No dudes en seguir comentando o dejando cualquier consulta que tengas; siempre estaré encantado de ayudar. Un cordial saludo, prof. Adrián Andrés Vassallo

  • @NuriaMontenegro08
    @NuriaMontenegro08 2 місяці тому

    Qué crack dr!!! Gracias!!!

  • @rennyxvq9788
    @rennyxvq9788 2 місяці тому

    Dr. Forum Shopping es lo mismo que Fraude de Ley???

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 2 місяці тому

      El art. 2598 del Código Civil y Comercial se refiere sólo al fraude a la ley, pero no contempla el fraude a la jurisdicción “forum shopping”, En el forum shopping se concentra la atención en la actividad de ambas partes o de una sola de ellas. Si ambas partes se ponen de acuerdo en manipular la situación: cuando ambas partes manipulan los hechos para lograr una determinada jurisdicción, defraudando al estado al burlar las normas imperativas jurisdiccionales. Si una de las partes manipula la situación: hay forum shopping cuando una de las partes manipula los hechos para lograr una determinada jurisdicción, posiblemente su uso, afecta a la otra parte, a un tercero y al estado. Las normas que le Código Civil y Comercial regula son imperativas, con excepción de las vinculadas con los contratos internacionales, donde los particulares pueden excluir la aplicación de la ley aplicable.

  • @rennyxvq9788
    @rennyxvq9788 2 місяці тому

    muchas gracias doctor, siempre que tengo dudas recurro a sus videos

  • @florsinco
    @florsinco 2 місяці тому

    Buenas tardes Doctor! Impecable los videos, estoy preparando la materia, es muy clara y dinámica su explicación. Gracias!! Quería hacerle una pregunta, qué diferencia hay entre Orden Publico Internacional y las normas internacionalmente imperativas? Ojalá pueda explicarme. Saludos!

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 2 місяці тому

      GRACIAS POR SU COMENTARIO... con referencia a la consulta la diferencia es la siguiente: Las normas internacionalmente imperativas son un conjunto de disposiciones que se aplican a priori, en cambio las normas de orden público internacional son un conjunto de principios y se aplican a posteriori, cuando el derecho extranjero elegido por la norma de conflicto es manifiestamente contrario a los principios del ordenamiento jurídico del juez que entiende en la causa, es decir a nuestros principios de orden público internacional, al revisarla a posteriori el juez, la declara nulidad absoluta por ser contraria en forma manifiesta nuestros principios. LAS NORMAS DE POLICÍA O INTERNNACIONALMENTE IMPERATIVAS Y DE APLICACIÓN INMEDIATA son establecidas por el legislador al ser un conjunto de disposiciones. Se trata de normas materiales, sustantivas o directas que exigen su aplicación inmediata y necesaria, sin ser necesario recorrer el camino de la norma de conflicto y no son revisadas por el juez, porque al ser disposiciones están establecidas por el legislador apriorísticamente. Pertenecen a este tipo algunas vinculadas: por ej.: el art. 124 de la ley de sociedades que exige que se cumplan los requisitos del art. 118 LSC para las sociedades constituidas en el extranjero que tengan su sede en argentina o su principal objeto se deba cumplir en nuestro país, otro ejemplo es: consumidores, es decir, normas de protección al consumidor argentinas prevalecerán si son de aplicación inmediata, incluso si las partes eligieron otra ley. En cambio el Orden público internacional es un conjunto de principios y no se aplica el derecho extranjero cuando es manifiestamente contrario a nuestro principios (constitucionales, morales, nuestra cultura, moral, etc.) como por ej.: no se reconocerá un matrimonio celebrado en el extranjero, si tiene algún impedimento de nulidad absoluta como es el caso del matrimonio entre hermanos o un régimen matrimonial, en que se permite, la pluralidad de cónyuges o si existe un matrimonio anterior no disuelto legalmente y esta sujeto a revisión judicial para decretar la nulidad (ver fallo: COUROUYAN RODOLFO s/SUCESION AB-INTESTATO Tribunal: CSJN 14-03-2017)

  • @elizabethherrera1676
    @elizabethherrera1676 2 місяці тому

    Hola profesor , muchas gracias por los videos ,me ayudan muchisimo, queria consultarle si hay algun video en donde hable de cooperacion juridica internacional ? para saber que en supuestos se puede dar la cooperacion ? un saludo gracias

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 2 місяці тому

      @@elizabethherrera1676 Buenos días no he subido ningún vídeo sobre ese tema, no obstante, cualquier duda consúlteme... Saludos

  • @atheo1703
    @atheo1703 2 місяці тому

    Dr. Cómo juega la ley de arbitraje comercial y la autonomía de la voluntad de elección de una norma distinta a la sede del tribunal en caso que dicha sede se encuentre en un país del common law?

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 2 місяці тому

      En el arbitraje internacional, la autonomía de la voluntad es un principio clave que permite a las partes elegir libremente la ley aplicable al contrato, incluso si esta es distinta de la ley de la sede del tribunal arbitral. En un sistema de common law, la ley de la sede arbitral regirá normalmente los aspectos procedimentales y de ejecución, mientras que la ley sustantiva elegida por las partes podrá regir los aspectos de fondo del caso, respetando siempre los límites del orden público del país sede. Porque como dije uno de los principios rectores en el arbitraje comercial internacional incluso en el arbitraje doméstico (local) es la autonomía de la voluntad, ya que las partes no sólo pueden elegir el derecho aplicable, la sede del tribunal, pueden elegir una institución que lleve a cabo todo o pueden elegir un arbitraje no institucionalizado, pueden elegir un arbitraje de iure o de amigables componedores, etc. El arbitraje se lleva a cabo a través de una clausula compromisoria dentro del contrato o de un compromiso arbitral (fuera del contrato base) y como el contrato es obligatorio (el de arbitraje) el laudo arbitral es obligatorio para las partes. Por lo tanto, si las partes eligen el derecho que va a regir el caso ante un conflicto, por la autonomía de la voluntad se aplica el derecho elegido por las partes. Por otro lado, si las partes no eligieron el derecho "los árbitros tienen que decidir "qué derecho se va aplicar" y lo que suelen hacer, es resolver esa cuestión como una cuestión preliminar ¿por qué? porque si los abogados no saben en qué derecho se van a fundar los árbitros, no pueden fundar adecuadamente el caso. Hay varias formas de hacerlo: Hay reglamentos de arbitraje que los árbitros tendrán que aplicar las normas de conflicto o normas de DIP... los más modernos facultan a los árbitros a definir libremente el derecho aplicable conforme a la norma de conflicto. En algunos casos, ante una disputa del derecho, consultan a las partes, si han decidido que derecho se va aplicar; y ante el desacuerdo la van a pedir a las partes que cada una realice una presentación fundada, explicando cuál es el derecho que se debe aplicar en ese caso. Después el tribunal dictará un laudo preliminar en el cuál van a determinar el derecho aplicable. Esto el tribunal arbitral lo puede hacer en base a las normas de conflicto de la sede, pero no es muy aconsejable, porque a veces la sede no tiene ninguna vinculación con el caso. Lo que suelen hacer los árbitros, es analizar los derechos de los países que están vinculados al caso. También tienen los árbitros la libertad de no pasar por la norma de conflicto, y aplicar el derecho que presente vínculos estrechos con las partes o más estrechamente vinculado con el caso, dictado el laudo preliminar diciendo qué derecho va a regir (por ej: el derecho A) al caso, y luego sí, una vez dictado el laudo preliminar, a partir de ahí, comenzará el arbitraje, porque los abogados sabrán en qué derecho se va a fundar la decisión y podrán argumentar en base a ese derecho establecido.

  • @atheo1703
    @atheo1703 2 місяці тому

    Dr. le hago una pregunta ¿El orden publico internacional debe ser incluido en las fuentes del derecho internacional privado? En su caso. ¿Como? Muchas gracias por su conocimiento. Saludos

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 2 місяці тому

      @@atheo1703 gracias por su consulta...El orden público internacional puede considerarse una fuente indirecta o correctiva del Derecho Internacional Privado (DIP) porque actúa como un límite en la aplicación de la ley extranjera o en el reconocimiento de decisiones judiciales extranjeras que resulten contrarias a los principios fundamentales del Estado receptor. En el DIP, las fuentes principales son las normas de conflicto y los tratados internacionales como el caso de protocolos adicionales de los tratados de Montevideo de 1889 y 1940 por la CIDIP II sobre normas generales artículo 3 y 5, el código civil y comercial en artículo 2600 que establecen cuál es la ley aplicable en situaciones transnacionales. Sin embargo, cuando la aplicación de una ley extranjera o la ejecución de una sentencia extranjera vulnera los principios fundamentales de justicia, moralidad o política pública de un país, ese país puede invocar el orden público internacional para negarse a aplicarla. El orden público internacional, por tanto, no es una fuente directa, pero actúa como un corrector que permite que un Estado preserve sus principios esenciales, incluso en casos que involucren normas extranjeras.

    • @atheo1703
      @atheo1703 2 місяці тому

      Estupendo profesor. Muchas gracias por despejarme las dudas. ​@@dr.adrianandresvassallo9442

    • @atheo1703
      @atheo1703 2 місяці тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 Gracias Dr. por su conocimiento.

  • @delfinaperez8112
    @delfinaperez8112 2 місяці тому

    sobre que mercaderia se aplicaria???

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 2 місяці тому

      FRUTAS, VERDURAS CARNES, AUTOMOTORES, AUTOPARTES, INSUMOS, ENVASES, ETC. EXCEPTO VENTAS AL CONSUMIDOR Y USUARIO, ELECTRICIDAD, INMUEBLES, SUBASTAS Y VENTAS JUDICIALES, AERONAVES, AERODESLIZADORES, NAVÍOS, ETC. NO

    • @delfinaperez8112
      @delfinaperez8112 2 місяці тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 Gracias Dr. por su tiempo.

  • @gabyalen3035
    @gabyalen3035 3 місяці тому

    Tengo una pregunta ¿se puede sostener que el reconocimiento de derechos sucesorios a un hijo adoptivo cuyo lazo familiar se creo de conformidad a las disposicionesde de un derecho extranjero, vulveraban los principios superiores del derecho argentino cuando no la reconocia ?

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 3 місяці тому

      Hola gracias por la consulta! En relación con tu consulta sobre los derechos sucesorios de un hijo adoptivo conforme a un derecho extranjero, el principio del orden público internacional efectivamente podría haber bloqueado su reconocimiento en Argentina en el pasado, cuando la legislación local no otorgaba esos derechos. Sin embargo, como muestra el fallo Courouyan, Rodolfo s. sucesión ab intestato. CSJN (2017), el concepto de orden público es variable y evoluciona con el tiempo. En ese caso, la Corte aceptó la aplicación de un derecho extranjero que previamente hubiera sido rechazado, señalando cómo los valores jurídicos se adaptan a los cambios sociales. Hoy, bajo el nuevo Código Civil y Comercial, el reconocimiento de esos derechos sucesorios ya no vulneraría el orden público argentino, reflejando dicha evolución.

  • @valvale1249
    @valvale1249 3 місяці тому

    Esto es muy motivador. Muchas Gracias!!

  • @leonelhoyos6070
    @leonelhoyos6070 3 місяці тому

    HOLA DOC , QUE DIFERENCIA HAY ENTRE DERECHO INTERNO, DERECHO MATERIAL Y DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

  • @lufer99
    @lufer99 3 місяці тому

    Excelente explicacion, muchisimas gracias!

  • @magicemperor1117
    @magicemperor1117 3 місяці тому

    Un lujo su explicación, Doctor! Muchísimas gracias!

  • @patriciachalabe6054
    @patriciachalabe6054 3 місяці тому

    Gracias Dr. Clarísimo todo lo que explica. Abrazos

  • @silvianoraruggierobrioso
    @silvianoraruggierobrioso 4 місяці тому

    Genioooo

  • @MarcMadridSchwarz
    @MarcMadridSchwarz 5 місяців тому

    muchas gracias por la explicación, ahora lo tengo mas claro

  • @facundomansilla926
    @facundomansilla926 6 місяців тому

    Gracias por los videos dr.de gran gran ayuda.

  • @DSD09
    @DSD09 6 місяців тому

    Estimado Dr, escribo por aqui para agradecerle por sus videos que me fueron de gran ayuda para preparar mi ultima materia de la carrera, gracias por el tiempo y la dedicación en cada uno de ellos! saludos!

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 6 місяців тому

      Muchas gracias por sus palabras. Me alegra saber que los videos le han sido de ayuda en la preparación de su última materia. Ha sido un placer dedicar mi tiempo y esfuerzo para apoyarlos en su camino académico. Le deseo mucho éxito en su futura carrera profesional. ¡Sigue adelante con ese entusiasmo y dedicación! Un cordial saludo! Adrián Andrés Vassallo

  • @ragnarbernat5425
    @ragnarbernat5425 7 місяців тому

    Excelente Video, Gracias por la Ayuda. Saludos desde Perú

  • @DSD09
    @DSD09 7 місяців тому

    hola profesor, no me quedo claro el tema del ámbito temporal pasivo, específicamente en el caso de que la norma no cambie pero el caso si, podría darme un ejemplo? gracias!

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 7 місяців тому

      Hola el conflicto móvil ocurre cuando la norma se mantiene inalterable y que el caso deambule de una norma a otra, es decir, entre diversos países (esto último se lo conoce como problema de cambio de estatuto o conflicto móvil o determinación temporal del punto de conexión) Esta última cuestión es tratada en las características positivas de la consecuencia jurídica de la norma. Si las fuentes solucionan concretamente el tema nos encontramos con una solución de tipo autárquica: Por ej: en materia de Tratados se adopta normalmente el criterio de ubicación temporal del punto de conexión de los mismos. Ahora bien puede suceder como por Ejemplo, cambio de domicilio de un trabajador que firma un contrato en argentina en donde trabaja un tiempo, pero luego se muda en donde trabaja otro tiempo en Paraguay y posteriormente se muda a Brasil. Si se plantea un conflicto laboral, puede haber dudas si se aplica la ley argentina o la paraguaya o brasileña. otro ejemplo sería que una pareja contrae matrimonio en un país determinado bajo un régimen patrimonial del matrimonio específico. luego el matrimonio decide mudarse y establecer su domicilio conyugal en otro país y, después de unos años plantean divorciarse . Aquí surge el conflicto móvil: ¿qué ley se aplica al régimen patrimonial del matrimonio? ¿la ley del primer país o la ley correspondiente al lugar de su domicilio matrimonial? Esto puede ocurrir debido al cambio del punto de conexión personal (domicilio o nacionalidad) o del punto de conexión real (lugar de situación de un bien) o el punto de conexión conductista (lugar de cumplimento o lugar de celebración de una acto jurídico como el caso del contrato de trabajo en donde por su actividad el trabajador tiene varios lugares de cumplimiento de sus tareas) Esta situación genera desafíos muy particulares entre las partes porque pueden estar sujetas a derechos distintos a lo largo del tiempo y es necesario buscar una solución justa y adaptada a la realidad de las partes. Saludos!

    • @DSD09
      @DSD09 7 місяців тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 clarísimo, muchísimas gracias!

  • @DSD09
    @DSD09 7 місяців тому

    Estimado profesor, me ha ayudado muchos con sus vídeos! le queria agradecer por tomarse el tiempo en hacerlos y subirlos! por otra parte tiene algún otro explicando el problema de las formas de los actos jurídicos? de no ser asi me podría dejar un ejemplo aplicado a las 3 teorías de la forma? gracias!!

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 7 місяців тому

      Estimado es un tema de la parte especial de DIP... sin embargo le diré que hay criterios reguladores de las formas de los actos jurídicos El acto puede sujetarse: I. A la ley del lugar de celebración, realización u otorgamiento (locus regit actum) o II. A la misma ley que rige el fondo del acto jurídico (Lex Causae) o Como decía Savigny implica sujetar al acto jurídico desde el punto de vista de la sustancia y de la forma a la misma ley. Regla Locus Regit Actum: Establece que la ley del lugar de celebración del acto, rige las formas extrínsecas. El problema de la forma comprende 3 preguntas: 1. ¿Qué derecho impone a un negocio jurídico una forma determinada o qué derecho lo exime de toda exigencia formal? 2. ¿Qué derecho rige la realización de la forma? 3. ¿Cuál es el derecho que determina la equivalencia entre una y otra, es decir la equivalencia entre la forma exigida y la forma realizada? Vale aclarar que, el art. 2649 consagra en materia de derecho aplicable a las formas de los actos jurídicos la regla del Locus Regit Actum (la ley que rige el acto). Dispone que las formas y solemnidades de los actos jurídicos, su validez o nulidad y la necesidad de publicidad, se juzgan por las leyes y usos del lugar en que los actos se hubieren celebrado, realizado u otorgado. Es importante estudiar también el art. 2667 del Código Civil y Comercial que es un ejemplo típico del derecho que impone la forma en materia de derechos reales sobre bienes inmuebles, cuando se celebra un contrato en el extranjero para transferir derechos reales sobre inmuebles situados en Argentina. tenga en cuenta que la segunda parte de esta disposición (art. 2667)de derecho internacional privado contempla el caso de que por medio de un contrato celebrado en el extranjero y para transferir derechos reales sobre inmuebles situados en Argentina. En este supuesto, el art. 2667 impone como forma obligatoria el instrumento público y que se presente legalizado. Es complicado explicarlo así pero espero que le resulte útil. saludos!! Dr. Vassallo

  • @JuristasdelFuturo
    @JuristasdelFuturo 7 місяців тому

    gracias por sus clases genio total

  • @albertpinvet1997
    @albertpinvet1997 7 місяців тому

    Excelente profe, venga a la Facultad de Derecho de la UBA, con su cátedra!

  • @nahuelperalta2877
    @nahuelperalta2877 7 місяців тому

    gracias loko

  • @AldanaBruno2
    @AldanaBruno2 7 місяців тому

    Muchas gracias por la explicación!!! Super claro 😀

  • @valubrrt
    @valubrrt 7 місяців тому

    muchísimas gracias por sus ayudas en la materia!!!!💖 muchas bendiciones

  • @estefaniadelasala3468
    @estefaniadelasala3468 7 місяців тому

    de haber sido usted el abogado de la parte actora, cual de los principios de solución hubiera propuesto? está de acuerdo con la solución del fallo?

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 7 місяців тому

      Es un fallo que marca un precedente teniendo en cuenta las circunstancias de la época... En este caso concreto hubiese aplicado el criterio ideal, aunque nuestro código civil y comercial aplica teoría de la equivalencia o de la equiparación.

  • @jokroggiero5465
    @jokroggiero5465 8 місяців тому

    Buenas tardes Dr! Podria explicarme en que consiste el criterio de actualidad? No logro comprenderlo

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 8 місяців тому

      En esos precedentes se consagró como criterio la noción de que el orden público internacional NO es una herramienta exegética inmutable y definitiva, 8no es fijo) sino esencialmente variable (por ej: antes en la década del 40 la adopción era contraria al orden público y no ser lo reconocía en argentina como hijo, (ver fallo Grimaldi) luego eso fue cambiando o variando... otro ejemplo: hasta el año 87 las personas no se podía divorciar y si obtenían la separación personal, podían separar sus bienes y de cuerpo, pero no recobraban la aptitud nupcial... otro ejemplo: más actual es el matrimonio igualitario, antes no se podían casar las personas del mismo sexo, hoy es algo totalmente posible.... El concepto de orden público va variando y no es lo mismo ese conjunto de principios años atrás, al criterio de actualidad de hoy en día. Le recomiendo leer el fallo del Tribunal: CSJN 14-03-2017 "Rodolfo Courouyan"

    • @jokroggiero5465
      @jokroggiero5465 8 місяців тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 muchas gracias nuevamente, muy claro!

  • @jokroggiero5465
    @jokroggiero5465 8 місяців тому

    Muchas gracias por los videos profesor! Queria consultarle la fuente de toda esta información… muchas gracias!

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 8 місяців тому

      La fuente básica de esta parte general, es el maestro dr Goldschmidt Werner... Además de la experiencia en mi labor docente y consulta de doctrina y jurisprudencia... De la parte especial está mi libro introducción al estudio del derecho internacional privado... Puede consultar por MercadoLibre la adquisición de mi obra... Muchas gracias por el comentario y muchos éxitos y cualquier cosa me pregunta!

    • @jokroggiero5465
      @jokroggiero5465 8 місяців тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 Buenisimo, me quedan dos materias para recibirme y una de ellas es Internacional Privado. Estos videos me ayudan mucho para comprender mejor la materia

    • @jokroggiero5465
      @jokroggiero5465 8 місяців тому

      Muchas gracias profesor! Me quedan dos materias para recibirme y una de ellas es Internacional Privado. Todos sus videos son muy claros y de mucha ayuda

    • @jokroggiero5465
      @jokroggiero5465 8 місяців тому

      @@dr.adrianandresvassallo9442 Dr. le hago una consulta, podria explicarme en que consiste en criterio de actualidad cuando hablamos del orden publico?

  • @BautistaDalcol
    @BautistaDalcol 8 місяців тому

    pero si la nacionalidad es Alemana y muere en España, que tiene que ver el juez argentino?

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 8 місяців тому

      El derecho internacional privado cómo hay diversidad de derechos y de jurisdicciones su respuesta sería errónea. No obstante el problema de reenvío es una cuestión de derecho aplicable y no de jurisdicción. Básicamente le vuelvo a repetir en este caso a diferencia del anterior también es un ejemplo de laboratorio citado por el científico derecho. Debería analizar la teoría de referencia máxima y analizar el reenvío de segundo grado

  • @BautistaDalcol
    @BautistaDalcol 8 місяців тому

    buenas tardes Dr, una consulta, en el ejemplo de paraguay y francia, donde aparece Argentina como punto de conexion

    • @dr.adrianandresvassallo9442
      @dr.adrianandresvassallo9442 8 місяців тому

      Es un ejemplo de laboratorio que cita Goldschmidt en su libro... Es el supuesto en que la autoridad Argentina tenga que aplicar un tratado o código o ley especial. En este caso la autoridad Argentina debe considerar donde recae el punto de conexión decisivo sí es el lugar de cumplimiento en Paraguay se va a aplicar el tratado de Montevideo (Paraguay ratificó el tratado de derecho civil internacional de Montevideo de 1940) pero si en lugar de cumplimiento o de ejecución es en Francia la autoridad de Argentina se va a basar como fuente en el código civil y comercial (porque Francia no ratificó el tratado)

  • @MARCELACEJAS-im7cj
    @MARCELACEJAS-im7cj 8 місяців тому

    Muchas gracias Dr por sus clases, quisiera consultar sí podría subir un video de analisis se casos, muchas gracias

  • @joseperro4413
    @joseperro4413 8 місяців тому

    Hola doctor, buenas noches. Estoy desesperado. tengo casos para resolver pero no puedo encuadrar la "sistematización normativa" y la doctora me dice que es por "intuición" que debo resolver. Por ejemplo: "demanda daños y perjuicios en caso contrato para construcción de un edificio (donde hay 3 paises involucrados)". Yo entiendo que se puede aplicar 1)18.Derecho aplicacble al proceso 2) 30. contratos internacionales en general 3) 43. otros contratos internacionales. Quisiera consultarle sobre como encuadrar el ambito material de los casos, o su sistematización normativa, ya que este inconveniennte lo suelo tener en muchos casos excepto los que son claros (ejemplo; fallecido en argentina con bienes en uruguay se aplicaría el 33. Sucesiones internacionales). Muchisimas gracias de verdad.

  • @xiomarafernandez5584
    @xiomarafernandez5584 9 місяців тому

    Buenas noches dr vasallo excelente felicitaciones

  • @antoniobolivar5742
    @antoniobolivar5742 10 місяців тому

    Pudieras dar un ejemplo más claro de reenvío en cada caso o grado o fase gracias

  • @antoniobolivar5742
    @antoniobolivar5742 10 місяців тому

    Se pueden hacer preguntas por este medio

  • @antoniobolivar5742
    @antoniobolivar5742 10 місяців тому

    Muy buenas noches estimado doctor y profesor. Saludos cordiales desde Mérida Venezuela soy estudiante del quinto año de derecho en la Universidad de los Andes.

  • @elianamonlezun7600
    @elianamonlezun7600 10 місяців тому

    Buenas tardes dr. Le quería consultar el artículo 2644 como se calificaría.. lex fori o lex causae? Una norma puede ser calificada en parte lex fori y en otra lex causae o se califica con una sola Muchas Gracias!