Estoy preparando mi último examen final y sus clases me ayudan muchísimo!! Me costaba mucho entender la materia, muchas gracias doctor!! Clases extraordinarias!!
Hola Dr. Tengo una consulta yo quería saber si la ley de sociedades resulta aplicable a las personas jurídicas radicadas en el extranjero. No logro entender eso que normativa es aplicable
Artículo 118 y 124 de la ley de sociedades dentro de nuestra fuente interna aclara su interrogante Más allá de los tratados de Montevideo que adopta una solución semejante
Estimado Luciano, es un fallo emblemático, sin embargo no lo expliqué en mis videos. le sugiero que lo busque así : Cavura de Vlasov, E. c. Vlasov, A. s. divorcio y separación de bienes CSJN, 25/03/60
Alejandro tenemos que distinguir entre: La capacidad genérica: es común a todas las sociedades (por ejemplo la capacidad de estar en juicio) las habilita plenamente para ejercitar fuera del lugar de su institución todas las acciones y derechos que les correspondan. La capacidad específica: es la que hace al objeto social de las sociedades. Cuando estos sujetos de derecho extranjero quieren realizar actos específicos, deben cumplir con ciertos requisitos impuestos por la legislación local. Esta última solución fue la adoptada por los Tratados de Montevideo y la Ley 19.550 arts. 118 y 124.
una sociedad está habilitada para realizar actos aislados ….En consecuencia, hay que diferenciar si se trata de un acto aislado o habitual; y para poder realizar dichos actos habituales o que hacen al objetos social, debe haber cumplido con los requisitos del art. 118 LS. para evitar el fraude, por ej: cuando constituyen una sociedad en el extranjero, dándose los indicios del art 124 LSC.
La cuestión, radica en que el fraude del art. 12 supone un acto jurídico que parece lícito, pero que tiene por finalidad evadir una norma imperativa. No obstante, le sugiero que analice el art de DIPr 2598 ccyc referido al tema y el caso emblemático Fritz Mandl.
Me salvaste la penúltima materia de la carrra. Sos muy capo ❤️ GRACIAS!!!
muyy buenas clases DR! estoy prerparando la ultima materia de la carrera libre!! un abrazo desde TUCUMAN!!
Me está salvando mi ultima mesa porque me está costando entender la materia. Muchas gracias por tomarse el tiempo de hacer estos videos.
Me alegro Leandro Muchos éxitos!!!
Sus explicaciones son muy didácticas y entendibles muchas gracias dr bendiciones soy de santa cruz de la sierra Bolivia
¡Muchísimas gracias Dora por comentario y muchas bendiciones también!!!
Me encantan sus clases Dr! Muy entendibles! 🤗❤
Estoy preparando mi último examen final y sus clases me ayudan muchísimo!! Me costaba mucho entender la materia, muchas gracias doctor!! Clases extraordinarias!!
Encantado Muchas gracias Daniela!!!
Gracias Dr. muy entendible, saludos desde Bolivia
Buen día Karina Muchas gracias cualquier consulta a disposición por este medio...
Excelentes las clases!!
Hola Dr. Tengo una consulta yo quería saber si la ley de sociedades resulta aplicable a las personas jurídicas radicadas en el extranjero. No logro entender eso que normativa es aplicable
Artículo 118 y 124 de la ley de sociedades dentro de nuestra fuente interna aclara su interrogante Más allá de los tratados de Montevideo que adopta una solución semejante
en alguno de sus videos trata el fallo vlasov?
Estimado Luciano, es un fallo emblemático, sin embargo no lo expliqué en mis videos. le sugiero que lo busque así : Cavura de Vlasov, E. c. Vlasov, A. s. divorcio y separación de bienes CSJN, 25/03/60
@@dr.adrianandresvassallo9442 muchas gracias
Dr. Que relación existe entre el fraude a la ley y el acto aislado? Y esto se puede relacionar con el art 124 de la ley general de sociedades?
Alejandro tenemos que distinguir entre: La capacidad genérica: es común a todas las sociedades (por ejemplo la capacidad de estar en juicio)
las habilita plenamente para ejercitar fuera del lugar de su institución todas las acciones y derechos que les correspondan.
La capacidad específica: es la que hace al objeto social de las sociedades.
Cuando estos sujetos de derecho extranjero quieren realizar actos específicos, deben cumplir con ciertos requisitos impuestos por la legislación local.
Esta última solución fue la adoptada por los Tratados de Montevideo y la Ley 19.550 arts. 118 y 124.
@@dr.adrianandresvassallo9442 ud es un genio total, le agradezco muchismo
@@dr.adrianandresvassallo9442 dr. Disculpe pero que relación encuentro con el fraude a la ley con la autonomía de la voluntad ?
una sociedad está habilitada para realizar actos aislados ….En consecuencia, hay que diferenciar si se trata de un acto aislado o habitual; y para poder realizar dichos actos habituales o que hacen al objetos social, debe haber cumplido con los requisitos del art. 118 LS. para evitar el fraude, por ej: cuando constituyen una sociedad en el extranjero, dándose los indicios del art 124 LSC.
@@dr.adrianandresvassallo9442 ahora si. Mil gracias por todo dr. Voy a aprobar gracias a ud.
Hola, no entiendo bien el art.12 también habla del fraude a la ley. Podrías explicarlo?
La cuestión, radica en que el fraude del art. 12 supone un acto jurídico que parece lícito, pero que tiene por finalidad evadir una norma imperativa.
No obstante, le sugiero que analice el art de DIPr 2598 ccyc referido al tema y el caso emblemático Fritz Mandl.
@@dr.adrianandresvassallo9442 GRACIAS! Rindo mañana
graciasss