Muy bien explicado. ¿Se podría conocer habiendo contrato de arrendamiento anterior al 2019, si está inscrito, antes de pujar? Y así mismo los ayuntamientos facilitan si están pagados los ibis?
Gracias por la información, estoy intentando ponerme al tema. He entendido en varios de tus videos, que el valor de subasta en un inmueble es importante dado que si no se llega al 50% entiendo que la puja se denomina desierta a pesar de que la hayas ganado. Teniendo en cuenta que existe una puja mínima, ¿sigue el 50% siendo prioritario? y otra pregunta, si el bien subastado tiene cargas (intereses, hipoteca, gastos comunitarios, etc) a parte de la puja que hacemos para la adquisición, ¿debemos responsabilizarnos de las cargas que tiene? Mil gracias por todo lo que compartís en vuestro canal.
Buenos días, Cada subasta es distinta, sobre todo, si es voluntaria, forzosa o de la AEAT. En principio el mínimo por el que se pueden aprobar las pujas son del 50%. En cuanto a las cargas, hay que analizar bien que posición tiene la carga que se ejecuta. Las cargas anteriores a la que se ejecuta se asumen por el postor y las demás desaparecen, pero siempre hay que asumir los 4 años de IBI y 4 años de gastos de comunidad de propietarios. Siempre recomendamos un análisis previo de la situación. Espero haberle podido ayudar con su consulta. Un saludo,
Buenos días Juan, Es el mismo proceso que la inscripción de una vivienda. Una vez se tiene el testimonio del decreto de adjudicación, se debe liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales (entre el 6% -11% según la comunidad autónoma donde radique el garaje) o IVA si es primera transmisión y no han transcurrido más de 2 años desde la inscripción a nombre de la promotora, y se lleva al registro de la propiedad para su inscripción. Espero haberle podido ayudar. Muchas gracias por su interés. Un saludo,
@@juanfranco5180 Tendrás que instar el lanzamiento del ocupante, si no tiene contrato de arrendamiento, en el propio procedimiento judicial donde se ha dado la subasta. Si necesita más información, le invito a que contacte con nosotros por teléfono al 963 202 876 o puede escribirnos a info@marinymateo.com para intentar ayudarle más extensamente y con información más detallada. Un saludo,
Si me adjudico una vivienda en subasta o cesión de remate y esa vivienda tiene inscrito un usufructo, desaparece una vez que recojo el testimonio y la inscribo a mi nombre? Muchas gracias
Buenos días Javi, El usufructo es un gravamen sobre el inmueble, con independencia de quien sea el titular del inmueble, y el usufructuario tiene el derecho de uso hasta que fallezca. La adjudicación será por la nuda propiedad y no por el pleno dominio. Para ampliar la consulta con datos y documentos concretos, puedes contactar con nosotros en el 963202876. Espero haberle podido resolver la duda! Un saludo,
Super, super interesante. Estas cosas deberian enseñarse en los colegios. Gracias
Muy bien explicado.
¿Se podría conocer habiendo contrato de arrendamiento anterior al 2019, si está inscrito, antes de pujar?
Y así mismo los ayuntamientos facilitan si están pagados los ibis?
Finca sin escritura se puede subastar ? eske me deben y por eso mi pregunta
Gracias por la información, estoy intentando ponerme al tema. He entendido en varios de tus videos, que el valor de subasta en un inmueble es importante dado que si no se llega al 50% entiendo que la puja se denomina desierta a pesar de que la hayas ganado. Teniendo en cuenta que existe una puja mínima, ¿sigue el 50% siendo prioritario? y otra pregunta, si el bien subastado tiene cargas (intereses, hipoteca, gastos comunitarios, etc) a parte de la puja que hacemos para la adquisición, ¿debemos responsabilizarnos de las cargas que tiene? Mil gracias por todo lo que compartís en vuestro canal.
Buenos días,
Cada subasta es distinta, sobre todo, si es voluntaria, forzosa o de la AEAT. En principio el mínimo por el que se pueden aprobar las pujas son del 50%.
En cuanto a las cargas, hay que analizar bien que posición tiene la carga que se ejecuta. Las cargas anteriores a la que se ejecuta se asumen por el postor y las demás desaparecen, pero siempre hay que asumir los 4 años de IBI y 4 años de gastos de comunidad de propietarios.
Siempre recomendamos un análisis previo de la situación.
Espero haberle podido ayudar con su consulta.
Un saludo,
Muy interesante y bien explicado. Cual es el procedimiento de inscripción en el caso de una plaza de parking?
Buenos días Juan,
Es el mismo proceso que la inscripción de una vivienda. Una vez se tiene el testimonio del decreto de adjudicación, se debe liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales (entre el 6% -11% según la comunidad autónoma donde radique el garaje) o IVA si es primera transmisión y no han transcurrido más de 2 años desde la inscripción a nombre de la promotora, y se lleva al registro de la propiedad para su inscripción.
Espero haberle podido ayudar.
Muchas gracias por su interés.
Un saludo,
@@marinymateoabogados Perdón, no me he explicado bien. Me refería en el caso de que estuviera ocupada.
@@juanfranco5180 Tendrás que instar el lanzamiento del ocupante, si no tiene contrato de arrendamiento, en el propio procedimiento judicial donde se ha dado la subasta.
Si necesita más información, le invito a que contacte con nosotros por teléfono al 963 202 876 o puede escribirnos a info@marinymateo.com para intentar ayudarle más extensamente y con información más detallada.
Un saludo,
@@marinymateoabogados Perfecto, muchísimas gracias!
Si me adjudico una vivienda en subasta o cesión de remate y esa vivienda tiene inscrito un usufructo, desaparece una vez que recojo el testimonio y la inscribo a mi nombre? Muchas gracias
Buenos días Javi,
El usufructo es un gravamen sobre el inmueble, con independencia de quien sea el titular del inmueble, y el usufructuario tiene el derecho de uso hasta que fallezca.
La adjudicación será por la nuda propiedad y no por el pleno dominio.
Para ampliar la consulta con datos y documentos concretos, puedes contactar con nosotros en el 963202876.
Espero haberle podido resolver la duda!
Un saludo,
Muy interesante, gracias
Pregunta para la abogada. ¿Quien les dió derecho a los jueces poner en riesgo a la gente y su dinero? ¿Los juzgados en España es un Casino?