Caso practico nº 18

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  • Опубліковано 4 вер 2024

КОМЕНТАРІ • 11

  • @evadegracia3326
    @evadegracia3326 Місяць тому

    Entonces Oscar la infraccion estaria prescrita a partir del 30 de marzo? Gracias 😊

  • @carlosgz9293
    @carlosgz9293 2 роки тому +1

    Estupenda explicación del caso práctico. Muchas gracias por la ayuda. Me surge una duda respecto a la pregunta 5: El escrito que se presentaría se tendría en cuenta como alegación y no como recurso, pero ¿sería correcto mencionar el art. 115.2 cuando realmente no procede recurso como tal? Es decir, en este caso "no se deduce su verdadero carácter" porque como bien explicas, el recurso en sí no procede por estar ante un acto no recurrible.
    Espero su respuesta si es posible. Un saludo.

    • @Opositalocal
      @Opositalocal  2 роки тому +1

      Siento la tardanza pero voy respondiendo cuando puedo, a ver el recurso se plantea contra actos que ponen fin a la vía administrativa o de trámite cualificados, y las alegaciones surgen a lo largo del procedimiento, antes del trámite de audiencia, se podría mencionar el 115.2 LPAC pero lo veo innecesario, porque entiendo que instructor tomaría el escrito como alegaciones. Yo en un caso práctico no lo citaría, porque induces a pensar al tribunal que no distingues entre recurso y alegaciones

  • @maricarmenmv3009
    @maricarmenmv3009 3 роки тому +1

    Que decir, estupendo como todo lo demás

  • @familiadelgadopradas1217
    @familiadelgadopradas1217 2 роки тому

    Buenos días, gracias por compartir estos su`puestos. Me surge una duda, En cuanto al plazo máximo para resolver de un procedimiento. Si el acuerdo de iniciación es el por ejemplo , el 02/02/21, y hay un plazo de 3 meses... cuando se entiende que es el ultimo dia de plazo para resolver y notificar sin que opere la caducidad??? el 1 de mayo o el 2 de mayo??? He encontrado las dos opciones como válidas en diferentes casos prácticos, y la verdad creo que no está muy claro...He leido que hay una vertiente jurisdiccional que diría el dia 2 de mayo...pero al iniciarse el plazo el dia del acuerdo, me hace dudar. Agradecería muchísimo que expresases tu parecer, ya que llevo días dándole vueltas al asunto

    • @Opositalocal
      @Opositalocal  2 роки тому

      En mi opinión 2 de mayo, mírate el segundo párrafo del art. 30.4 de la LPAC

  • @pilipilu4366
    @pilipilu4366 Рік тому

    Me gustan mucho tus explicaciones.....sin embargo... tengo una pregunta.... ésta sanción no la tramitaría el ministerio de Interior y.... cómo es puesta por policía municipal....no se daría notificada desde el momento de la infracción...en teoría? También tengo otra pregunta..... cuando se puede solicitar reducción en éste tipo de sanciones administrativas? Hay que pedirlo por escrito? Se aplican directamente? Lo comento porque sanciones administrativas del ayuntamiento de Madrid por beber alcohol en vía pública o miccionar en vía pública...hay que solicitar por escrito cómo que aceptas esa infracción para concederte una reducción....sino llega una notificación a domicilio con el importe íntegro. Eso es correcto?? Es que estuve trabajando en el 010 y nos llamaba mucha gente comentando todo esto.... muchas gracias ☺️

    • @Opositalocal
      @Opositalocal  Рік тому +1

      Hola realmente del caso, sólo queda el esquema del procedimiento sancionador, porque las jurisprudencia se ha llevado por delante toda la normativa sobre el tema. La policía local denuncia, pasa esta al Mª que es quien inicia el procedimiento. La reducción dependerá de la ordenanza que la regule y como se articule el procedimiento. A mi juicio lo que hay que tener claro es el esquema del procedimiento sancionador. Saludos

  • @margaritalamuedra6012
    @margaritalamuedra6012 Рік тому

  • @frankdomingo8266
    @frankdomingo8266 2 роки тому

    No se escuchan las respuestas de los alumnos 😢

    • @Opositalocal
      @Opositalocal  2 роки тому

      Los vídeos son clases en directo para varios grupos y depende de qué grupo no se oyen, cosas de la técnica 😅 Saludos