Opositalocal
Opositalocal
  • 144
  • 326 774
Variantes y mejoras en la contratación pública. ¿Qué son y en qué se diferencian?
Veremos en que consisten estas figuras y unas resoluciones del TARC que las definen
Переглядів: 116

Відео

Bajas temerarias en la contratación pública
Переглядів 13714 днів тому
Vamos a ver de forma muy simple que son las ofertas anormales o desproporcionadas y como se resuelven
Los sistemas de selección en la función pública local
Переглядів 19514 днів тому
¿Cuáles son? ¿Se puede elegir libremente entre ellos?
Clasificación de los tributos locales
Переглядів 451Місяць тому
Vamos a ver que tributos pueden exigir las corporaciones locales y como se clasifican
Las contribuciones especiales, en ámbito local
Переглядів 3892 місяці тому
Vamos a ver una figura tributaria, bastante en deshuso hoy día pero que tuvo su importancia: Las contribuciones especiales
Contrato de servicios, principales rásgos
Переглядів 4662 місяці тому
Os comento un poco los principales rasgos de esta figura contractual y sus diferencias con otras figuras
caso practico 46
Переглядів 8972 місяці тому
Caso práctico de examen real de administrativos administración local
Tramitación anticipada de gasto en el ámbito local
Переглядів 3562 місяці тому
Tramitación anticipada de gasto en el ámbito local
Tema 21.1 "La gestión tributaria en las entidades locales"
Переглядів 2,2 тис.2 місяці тому
Tema 21.1 "La gestión tributaria en las entidades locales"
Órganos competentes en contratación local
Переглядів 5453 місяці тому
Órganos competentes en contratación local
¿Cómo funciona la Junta de Gobierno Local?
Переглядів 5483 місяці тому
¿Cómo funciona la Junta de Gobierno Local?
¿Qué tipo de propuestas se pueden plantear al pleno?, según el ROF
Переглядів 4424 місяці тому
¿Qué tipo de propuestas se pueden plantear al pleno?, según el ROF
¿Qué es la disposición o el compromiso de gasto? Fases de ejecución del presupuesto de gastos
Переглядів 5824 місяці тому
¿Qué es la disposición o el compromiso de gasto? Fases de ejecución del presupuesto de gastos
Créditos extraordinarios y suplementos de crédito
Переглядів 9244 місяці тому
Créditos extraordinarios y suplementos de crédito
Legitimación concejales recurrir acuerdos municipales
Переглядів 2424 місяці тому
Legitimación concejales recurrir acuerdos municipales
¿Qué son las competencias "impropias" de las corporaciones locales?
Переглядів 3334 місяці тому
¿Qué son las competencias "impropias" de las corporaciones locales?
Régimen de las votaciones y los acuerdos en la administración local
Переглядів 4104 місяці тому
Régimen de las votaciones y los acuerdos en la administración local
Deberes de los funcionarios locales
Переглядів 7225 місяців тому
Deberes de los funcionarios locales
El régimen jurídico de la organización municipal
Переглядів 7325 місяців тому
El régimen jurídico de la organización municipal
Tema 16.3 [oct'22] "Deberes, situaciones, incompatibilidades y régimen disciplinario EP"
Переглядів 1,3 тис.5 місяців тому
Tema 16.3 [oct'22] "Deberes, situaciones, incompatibilidades y régimen disciplinario EP"
Tema 9.2 [Ene'23] "La organización municipal, órganos básicos"
Переглядів 2,1 тис.5 місяців тому
Tema 9.2 [Ene'23] "La organización municipal, órganos básicos"
Tema 16.2 [Dic'23] "Derechos retributivos, temporales de los empleados públicos"
Переглядів 5325 місяців тому
Tema 16.2 [Dic'23] "Derechos retributivos, temporales de los empleados públicos"
¿Cómo se retribuyen los funcionarios locales?
Переглядів 6816 місяців тому
¿Cómo se retribuyen los funcionarios locales?
El Crédito presupuestario en la contratación pública
Переглядів 6336 місяців тому
El Crédito presupuestario en la contratación pública
El Personal eventual en las corporaciones locales
Переглядів 3296 місяців тому
El Personal eventual en las corporaciones locales
Supuestos de nulidad absoluta de los actos y las disposiciones administrativas
Переглядів 5596 місяців тому
Supuestos de nulidad absoluta de los actos y las disposiciones administrativas
tema 20.2 "la relación jurídico tributaria, cuantificación de la deuda tributaria"
Переглядів 5737 місяців тому
tema 20.2 "la relación jurídico tributaria, cuantificación de la deuda tributaria"
Tema 12.3 "La selección del contratista y procedimientos de contratación" [Oct'23]
Переглядів 9027 місяців тому
Tema 12.3 "La selección del contratista y procedimientos de contratación" [Oct'23]
Tema 19.2 Feb'23 "Los recursos de las haciendas locales, PPPNT, PP y CE"
Переглядів 2,3 тис.7 місяців тому
Tema 19.2 Feb'23 "Los recursos de las haciendas locales, PPPNT, PP y CE"
Ejemplo de error de hecho
Переглядів 7147 місяців тому
Ejemplo de error de hecho

КОМЕНТАРІ

  • @evadegracia3326
    @evadegracia3326 8 днів тому

    Impresionante explicacion. Muy aclaratoria. Muchas gracias.

  • @atnt6620
    @atnt6620 11 днів тому

    Gracias por la explicación. Nos ayudas muchísimo.

  • @evadegracia3326
    @evadegracia3326 14 днів тому

    Cómo se nota la experiencia Oscar, muchas gracias! eres de gran ayuda :)

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 13 днів тому

      Muchas gracias Eva, fuerte abrazo

  • @veronicav.r4573
    @veronicav.r4573 14 днів тому

    Buenos días , para el personal laboral fijo se aplica la misma regla del concurso, es decir , que debe ser también por ley Gracias

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 12 днів тому

      Hola entiendo que si, mira el 91.2 LBRL y el 61.7 del TREBEP

  • @atnt6620
    @atnt6620 25 днів тому

    HOLA, ¿podrías decirme qué respuesta darías por válida? y el porqué. Estoy teniendo problemas con esta pregunta en varios exámenes, yo estoy dando por respuesta la a), pero ya llevo 2 exámenes que han dado por válida la b. ¿Los tributos propios de las haciendas locales, en virtud de lo preceptuado en el artículo 2.1 de la Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se clasifican en?: a. Tasas, contribuciones especiales e impuestos. b. Tasas, contribuciones especiales, impuestos y recargos exigibles sobre los impuestos de las comunidades autónomas o de otras entidades locales. c. Tasas, contribuciones especiales, impuestos y precios públicos. d. Tasas e impuestos.

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 25 днів тому

      En mi opinión, en este caso sería la b) porque hace referencia al2.1 del TRLHL, y hace referencia a tributos propios de las haciendas locales, no a categorías tributarias. Si la pregunta hiciera referencia a tipos de tributos la correcta sería la a) porque de acuerdo al 2LGT esos son los únicos tipos de tributos que hay. El recargo del IAE de las diputaciones no es un tipo de tributo es IAE. Saludos

    • @atnt6620
      @atnt6620 25 днів тому

      Muchísimas gracias, muy amable. Tus vídeos aportan mucho, sigue así.😅

  • @adrianpinzonguzman7357
    @adrianpinzonguzman7357 Місяць тому

    Magnifica clase, vas a subir las demás partes? Un saludo desde Andalucía.

    • @Opositalocal
      @Opositalocal Місяць тому

      Gracias, Adrian como puedes comprender en canal publicamos mucho contenido en abierto, pero es solo una parte, puedes ver los vídeos a través de nuestra suscripción a UA-cam, o disfrutar de todo el material (fichas, test, videoclases y casos prácticos) en nuestra web www.opositalocal.es) Saludos

  • @evadegracia3326
    @evadegracia3326 Місяць тому

    Buenos días Oscar, las tasas y contribuciones especiales, sí tienen contraprestación verdad? y son tributos pero no impuestos. Gracias!

    • @Opositalocal
      @Opositalocal Місяць тому

      Si, tienen carácter sinalagmatico

  • @m.carmennoya488
    @m.carmennoya488 Місяць тому

    Buenas tardes. Muchas gracias por los vídeos. Tengo una duda, que no sé si podrían resolvérmela. No entiendo por qué el contrato no está sujeto a Regulación Armonizada. Si el umbral para las entidades locales es de 221.000€ (actualmente), y el contrato está por encima de esa cifra... Muchas gracias de antemano.

    • @Opositalocal
      @Opositalocal Місяць тому

      Hola, porque el valor estimado no contempla el IVA, y al quitarlo el valor estimado está por debajo del umbral

    • @m.carmennoya488
      @m.carmennoya488 Місяць тому

      @@Opositalocal ¡Muchísimas gracias por responder! Lo agradezco enormemente. La verdad que me debí liar, porque ahora lo veo claro... Gracias de nuevo, y gracias por los vídeos que son de mucha ayuda.

  • @nicolasanarkocapitalista
    @nicolasanarkocapitalista Місяць тому

    Respecto a la no aplicación de la consulta pública del 133.1 LPAC al procedímiento de aprobación de las ordenanzas fiscales, norma extraída por la jurisprudencia a partir del texto legal, me parece que esa interpretación adolece de incoherencia: Se supone que no se aplica la consulta previa porque a juicio del intérprete, al existir un procedímiento administrativo especial regulado en el TRLHL, es éste y no el de la 39/15 el aplicable, todo ello de conformidad con la DA 1.1 de la 39/15. No obstante, las normas que contienen los textos se extraen a traves de su interpretación sistemática (no pude ser de otra forma en un "sistema" jurídico). Y si leemos el texto del 133.4 parece deducirse claramente que está regulando el siguiente supuesto de hecho: la elaboración de normas presupuestarias por las entidades locales, y asignándole la siguiente consecuencia jurídica: permitido que sí y permitido que no utilizar el tŕamite de consulta previa cuando aprueba el presupuesto, procedimiento de aprobación regulado en el TRLHL. Es decir, la norma posterior del mismo rango que la anterior (ley 15 vs ley 04) la ha modificado, introduciendo tal excepción a la obligación que contiene el 133.1 en los casos de normas presupuestarias locales. Por lo tanto ¿por qué si la ley posterior ha regulado una excepción a la obligación de consulta previa respecto al procedimiento de aprobacion de las normas presupuestarias locales, la jurisprudencia introduce la ficción de que la ley 39/15 no influye en el procedimiento de aplicación de las ordenanzas fiscales?. Desde mi punto de vista el TRLHL por lo que respecta al procedímiento de aprobación de ordenanzas fiscales, al igual que el procedimiento de aprobación de los presupuestos, se ha innovado por la norma posterior y de igual rango que el TRLH. Y parece evidente que cuando el legislador del 2015 introdujo la consulta previa no la dejó de lado para las ordenanzas fiscales del TRLHL, porque cuando quiso hacerlo, expresamente lo dispuso: normas presupuestarias locales. Se suele decir, cuando se detecta una antinomia no evitable a través de la interpretación, que la norma especial deroga a la general. Sin embargo esta expresión no es más que una definición de "norma especial" y como tal no es un criterio de resolución de antinomias. Los criterios legalmente reconocidos son el de jerarquía, el temporal (y el de competencia, pero éste es sólo producto del de jerarquía). El criterio de especialidad para mantener la vigencia de normas contrarias a la legislación posterior de igual o superior rango requiere argumentar cómo y por qué el legislador ha pretendido mantener esa regulación anterior en vigor. Si no es posible aportar argumentos lo suficientemente persuasivos, no es posible aplicar, para defender la vigencia de esa norma anterior de inferior o igual rango y "especial", el conocido brocardo "ley especial deroga a la general" que, hay que insistir en ello, es sólo una definicion de norma especial, sin que exprese ningún criterio de por qué se impone al criterio de jerarquía y al de temporalidad. En resumen, entre la LPAC y el TRLHL no hay antinomia y no hay motivo para excepcionar la consulta previa en materia de ordenanzas fiscales, como en cambio puede haber motivo en el caso de normas presupuestarias. Todo ello a la luz de una interpretación sistematica de las normas. El problema: que casi nadie se cree lo de la consulta previa ni el papel que pueda desempeñar la sociedad civil, con el consiguiente aumento de costes que supone otorgar la previa consulta.

  • @atnt6620
    @atnt6620 2 місяці тому

    Muchas gracias. Se notó que sabe en profundidad cada tema que explica.

  • @franciscojoseantunezsantan6545
    @franciscojoseantunezsantan6545 2 місяці тому

    La explicación es excelente y práctica, podría decirme el nombre del Profe y si daria conferencia o cursos? GRACIAS!!!!!!

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 2 місяці тому

      Hola Francisco, en la web tienes el teléfono y mail donde contactarme, saludos. www.opositalocal.es

  • @evamorillas6364
    @evamorillas6364 2 місяці тому

    Hola. Tienen colgado la siguiente parte del tema de las subvenciones? Muchas gracias

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 2 місяці тому

      Hola Eva los tienes todos en nuestro curso, con test, casos prácticos y resolución de dudas. www.opositalocal.es

  • @franciscojoseantunezsantan6545
    @franciscojoseantunezsantan6545 2 місяці тому

    Este ponente es profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Católica de Ávila?

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 2 місяці тому

      Noooo 😂😂😂, solo estuve una vez en Ávila

  • @majocanillas
    @majocanillas 2 місяці тому

    GRACIAS

  • @madelmarcobos2547
    @madelmarcobos2547 2 місяці тому

    Y qué pasa cuando es un plazo de resolver k no empieza en el día siguiente sino el mismo día de acuerdo de iniciación o entrada de instancia tmb concluye el mismo día del mes correspondiente? O acaba el día de antes?

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 2 місяці тому

      Hola el plazo que tiene la administración para resolver, supongamos un recurso de reposición, comienza el mismo día de la interposición del recurso y acaba el mismo día, o siguiente hábil, del mes siguiente, salvo que se interpusiera por correos que entonces comenzaría con el de registro en el ayuntamiento

    • @madelmarcobos2547
      @madelmarcobos2547 2 місяці тому

      @@Opositalocal Entendido 😍 Pero imaginemos k presentamos el recurso hoy 1 de mayo, ? cuándo empezaría a contar plazo para resolver la adm? ?hoy o mañana pk se entiende presentado a primera hora del día hábil siguiente? Si es mañana entonces el plazo de la adm para resolver finalizaría el 2 de junio, pero como es domingo, ?se pasaría para lunes tres de mayo? Entonces no entendería desestimadas mis pretensiones por silencio hasta 4 de mayo? 😭🤯

  • @madelmarcobos2547
    @madelmarcobos2547 2 місяці тому

    Hola, una duda, y k kieres decir k no se aplicaría el artículo. 68.4 en la presentación de un obligado de un recurso en papel? Que podría subsanar y aunkela subsanación kedara fuera del plazo para presentar se tendría k tener en cuenta?

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 2 місяці тому

      Te dejo la sentencia que comentábamos en el curso STS 01/07/2021 [ECLI:ES:TS:2021:2747] La subsanación de solicitud presentada presencialmente por obligado a hacerlo electrónicamente tiene como fecha de presentación la de la subsanación, pero sólo en procedimientos a instancia del interesado, no cuando sean de oficio ni de revisión de actos administrativos El apartado 4 del artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que si alguno de los sujetos a los que hace referencia el artículo 14.2 y 14.3 presenta su solicitud presencialmente, las Administraciones Públicas requerirán al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica, y que a estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación, resulta aplicable a la fase inicial de los procedimientos administrativos iniciados a instancia del interesado… no a los procedimientos iniciados de oficio por la Administración, ni a los procedimientos de revisión de los actos administrativos.

  • @nicolasanarkocapitalista
    @nicolasanarkocapitalista 2 місяці тому

    Respecto al presupuesto base de licitación me surge la duda de si hay que incluir el IVA cuando el ayuntamiento se puede deducir este impuesto (ej contrato obras suministro agua), ya que el gasto comprometido que se imputa a presupuesto no comprende el IVA (que en este caso es gasto extraprdesupuestario), ya que el art 100 LCSP parece referir el pbl al gasto que pueda llegar a comprometer el contrato y la inclusión del IVA podría referirse sólo si el IVA es gasto presupuestario.

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 2 місяці тому

      Hola, en efecto si el IVA fuera deducible (pj. Obras financiadas por cuotas de urbanización) entiendo no formaría parte del PBL, por las razones comentadas. Bien visto

    • @nicolasanarkocapitalista
      @nicolasanarkocapitalista 2 місяці тому

      @@Opositalocal Gracias por la aclaración

  • @madelmarcobos2547
    @madelmarcobos2547 3 місяці тому

    Hola, me he suscrito pero justo el 17.2 y 17.3 k son los k me interesan no estan en la lista

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 3 місяці тому

      Pásame un mail

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 3 місяці тому

      A info@opositalocal.es

    • @madelmarcobos2547
      @madelmarcobos2547 3 місяці тому

      Te lo digo por correo

    • @madelmarcobos2547
      @madelmarcobos2547 3 місяці тому

      Hecho. Mil mil mil gracias. Ayudáis mucho. Están súper bien los vídeos. Vale la pena pagar por más contenido.

  • @lamagnesia5937
    @lamagnesia5937 3 місяці тому

    Gracias Eugenio!!

  • @121169ful
    @121169ful 3 місяці тому

    🎯 Key Takeaways for quick navigation: 00:01 *💳 Modificaciones presupuestarias: Crédito extraordinario y suplemento de crédito.* - Crédito extraordinario asigna fondos para un gasto específico e inaplazable hasta el siguiente ejercicio. - Suplemento de crédito aumenta una partida presupuestaria existente que es insuficiente para cubrir el gasto previsto. - Ambos requieren trámites similares a la aprobación del presupuesto y pueden ser impugnados por motivos específicos. 03:08 *💰 Financiamiento de modificaciones presupuestarias.* - Las fuentes de financiación incluyen remanente líquido de tesorería, mayores ingresos y anulaciones de otras partidas presupuestarias. - Excepcionalmente, se puede recurrir a préstamos para financiar gastos corrientes, con requisitos específicos y límites. - Las operaciones deben cancelarse antes de la renovación de la corporación, con un máximo de 4 años de duración para el préstamo. 12:03 *📑 Excepciones y requisitos para financiar con préstamos.* - Existen excepciones al uso de préstamos para financiar gastos corrientes, como el fondo de impulso al fondo de ordenación. - Los préstamos deben cumplir requisitos específicos, como no superar el 5% de los recursos por operaciones corrientes y cancelarse antes de la renovación de la corporación. - Se puede financiar créditos extraordinarios o suplementos de crédito, siempre y cuando se ajusten a los límites y condiciones establecidos. Made with HARPA AI

  • @RosaLopez-un5qs
    @RosaLopez-un5qs 3 місяці тому

    Podrías hablar de la tramitación anticipada de gastos?

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 3 місяці тому

      Pues cuando lo volvamos a dar lo cuelgo, saludos

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 2 місяці тому

      ua-cam.com/video/fbsUBK3HJ_4/v-deo.html

  • @inmagomezcriado6584
    @inmagomezcriado6584 3 місяці тому

    Gracias por el vídeo! Aunque me ha quedado una duda en la última pregunta, en cuanto a delegación de aprobación de Ordenanzas, ya que tenía entendido que no se podían delegar en base al artículo 22.2.d) y 22.4 de la LBRL, referente a las atribuciones del Pleno. Gracias de nuevo!

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 3 місяці тому

      Tal y como dices las ordenanzas no son delegables, la única excepción sería la delegación de la aprobación de precios públicos en la JGL por el TRLHL, pero ese acuerdo plenario (el de imposición de precios públicos )se considera acto administrativo y no ordenanza, (había dudas al respecto, pero hay sentencias que lo dejan claro) en consecuencia entiendo que las ordenanzas no son delegables. Saludos

  • @santisan6359
    @santisan6359 3 місяці тому

    Una duda: ¿el a.158 Adjudicación se refiere a "la propuesta de adjudicación" o a la "resolución de adjudicación"?

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 3 місяці тому

      Entiendo que al acto administrativo, luego resolución

    • @santisan6359
      @santisan6359 3 місяці тому

      Bueno, no sé si tiene mucho sentido si se tiene en cuenta: el a.150.2 que concede un plazo de 10 d.h. al licitador propuesto por la mesa de contratación para atender el requerimiento de documentación; el a.150.3. que dice que el OC adjudicará el contrato dentro de los 5 d.h. siguientes a la recepción de la documentación. No sé.. pero parce que salen más de 15 días . De ahí la duda planteada.@@Opositalocal

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 3 місяці тому

      Hombre son plazos máximos, no me lo he planteado nunca, pero el 157 hace referencia a la propuesta y el 158 a la adjudicación, igual estoy espeso pero no veo mayor problema

  • @estelaquito6375
    @estelaquito6375 4 місяці тому

    La música no deja escuchar 😊

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 3 місяці тому

      Ostras, lo he probado y se me escucha, probaré a bajarlo más, me hace gracia ponerle música, pero veo que no atino con el volumen

  • @evadegracia3326
    @evadegracia3326 4 місяці тому

    Buenas tardes Oscar, gracias por el video, explicas muy muy bien. Teneís algún video que nos hable de los habilitados de carácter nacional? gracias!

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 4 місяці тому

      Hola Eva quizá por ser habilitado nacional, nunca me he propuesto hacer un tema de estos, igual en un futuro, ya que este año es el centenario de su creación

    • @evadegracia3326
      @evadegracia3326 4 місяці тому

      Ok, es que se me hace pesado ese tema, y vosotros lo hacéis más fácil. Gracias.@@Opositalocal

  • @Opositalocal
    @Opositalocal 4 місяці тому

    Hola Angy, intentaré bajar más la música, pensaba que ya me salían bien, pero es verdad que queda algo alta, saludos

  • @angyvc4314
    @angyvc4314 4 місяці тому

    Me encantan tus explicaciones. Pero, no sé si solo me pasa a mí, que la música me dificulta seguir estos vídeos cortos. Posiblemente sea un problema mío. Gracias

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 4 місяці тому

      Hola, creo que ya lo vamos arreglando, falta de experiencia jeje

    • @angyvc4314
      @angyvc4314 4 місяці тому

      @@Opositalocal eres buenísimo explicando. Quedé la número uno en una convocatoria de un Ayuntamiento en el que me apoyé mucho en tus explicaciones. No saqué la plaza por culpa de la fase de concurso, pero ahora ya voy pillando méritos porque entré como interina en el Ayuntamiento de mi ciudad por un proyecto de tres años, y me están llamando de muchas bolsas de Ayuntamientos de mi tierrina. Estoy supercontenta. Y sigo opositando. Hago repasos con tus vídeos. Hasta le he cogido gusto al presupuestario por cómo lo explicas. Un saludo agradecido desde Asturias.

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 4 місяці тому

      😊

  • @pitu-mar
    @pitu-mar 4 місяці тому

    Gracias por estas píldoras de información. 😊

  • @pitu-mar
    @pitu-mar 4 місяці тому

    Este short lleva hasta música, parece una película. Estoy asombrada qué bueno. 😊

  • @pitu-mar
    @pitu-mar 4 місяці тому

    Genial la explicación. Gracias😊

  • @pitu-mar
    @pitu-mar 4 місяці тому

    Gracias

  • @pitu-mar
    @pitu-mar 4 місяці тому

    Gracias muy interesante 😊

  • @pitu-mar
    @pitu-mar 4 місяці тому

    Buenísimo! Vaya precisión. Gracias 😊

  • @pepaclement494
    @pepaclement494 4 місяці тому

    👍🏻👏🏻👏🏻

  • @pilarcastello7227
    @pilarcastello7227 4 місяці тому

    pinchauvas? 🤣🤣🤣🤣🤣🤣

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 4 місяці тому

      Bueno cosas del directo, que se viene uno arriba jeje

  • @pitu-mar
    @pitu-mar 4 місяці тому

    Este hombre es un crack explicando 👏

  • @santisan6359
    @santisan6359 4 місяці тому

    Una duda, ¿la prórroga que excepcionalmente contempla el a.29.4.3er párrafo se deberá considerar para calcular el Valor Estimado en algunos contratos que reúnan el requisito de interés público para no interrumpir la prestación?

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 4 місяці тому

      No, mira el informe de la JCCA 28/2018, punto VI: www.hacienda.gob.es/DGPatrimonio/junta%20consultiva/informes/informes2018/28-18.%20cuestiones%20diversas.%20fomento.pdf

  • @rociog.1438
    @rociog.1438 4 місяці тому

    También en Andalucía. Decreto ley 7/2014

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 4 місяці тому

      Actualizo, muchas gracias ☺️

  • @pitu-mar
    @pitu-mar 4 місяці тому

    Muy buena explicación Gracias 😊

  • @nicolasanarkocapitalista
    @nicolasanarkocapitalista 4 місяці тому

    Respecto de la desconcentración me surge la siguiente duda: conforme al artículo 8 de la Ley 40/15, lo que se desconcentra es la titularidad de la competencia y su ejercicio. Esta ley según su artículo 2 se aplica a las entidades locales con carácter básico, por lo que siendo una ley y además posterior a la ley de bases local y al ROF, ¿derogaría las disposiciones del régimen local sobre desconcentración de funciones de los órganos necesarios en los complementarios potestativos, al ser incompatibles las normas (art 2 C.C.)? ¿O bien, la desconcentración de la que se habla en el régimen local es un concepto particular, diferente de la desconcentración de competencias en órganos jerárquicamente dependientes de la que habla la 40/15, por lo que no habría antinomia de normas y por lo tanto no sería necesaria la derogación de ninguna?. La ley 40/15 cuando ha querido excepcionar su aplicación a determinados ámbitos, parece que lo hace expresamente (por ejemplo, no es aplicable el régimen de órganos colegiados que prevé al funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno de las entidades locales (DA 21). Entiendo que los órganos desconcentrados locales de los que se habla en el vídeo, carecen de competencias cuya titularidad les haya transferido la Alcaldía, o el Pleno, o la Junta de Gobierno. Gracias por la ayuda.

    • @Opositalocal
      @Opositalocal 4 місяці тому

      No, es cierto que la LRJSP se aplica a las entidades locales pero con carácter supletorio. No estamos antes dos leyes básicas sino ante ley especial (LBRL) frente ley general (LRJSP)