Hola Álvaro. muy buenos días. Muchas gracias por el valor que aportas. Una pregunta: yo alquilo a través de Airbnb 2 habitaciones que me sobran en el mismo piso en el que vivo. ¿Entra mi caso en ésta nueva normativa? ¿Qué debería tener en cuenta? Muchas gracias!!
Muchas gracias por tu comentario, la norma se aplica igual. No obstante, para consultas particulares puedes concertar una cita con nosotros: gracianiasesores.com/consultas/
Muchas gracias!! No tenía ni idea. Yo lo hago directamente en la web de la Policía Nacional, y no hay cambio alguno, ni siquiera han enviado ningún comunicado. Supongo que cuando tengan preparado los cambios se verán 😂.
Totalmente de acuerdo con Ángel Martínez. Es demasiado grave para permitirlo. Que harán con todos esos datos que vamos a recopilar para ellos? La excusa de control de terroristas o mafias no se la puede creer nadie con algo de sentido común. Hay mucho más detrás. Os invito a leer 1984, novela con una visión apocalíptica del futuro que os hará reflexionar. Y uniros para combatir esta normativa y lo que venga.
Gracias Álvaro. Ya pinta dolor de cabeza, pero poco viable. A ver si las plataformas nos defienden y si no habrá q buscar asociaciones de vivienda turística..
@@sarapumarega3645 y el resto. Os voy a contar el cuento de la lechera. Erase una vez, hace 25 años o más, que se crearon algunas asociaciones turísticas para pequeños propietarios de alojamientos., al principio todo era ilusión, reinvindicación, etc, etc. Cuando los propietarios creyeron que ya lo sabían todo, y que no necesitaban hacer lobbying ni presión ante las administraciones, (algunas de esas asociaciones negociaron directamente con las administraciones las normativas que hoy regulan en el sector, sobre todo en turismo rural, aunque supongo que otros sectores también) se olvidaron de las asociaciones y algunas o muchas tuvieron que cerrar, o se mantienen a duras penas, porque los propietarios de alojamientos pensaron que lo único importante era ganar dinero, y entonces vinieron las plataformas online con sus cantos de sirenas.... y colorin colorado, este cuento se ha acabado. Como dice Jose Mota, Ahora vas y lo cascas...
Buenos días Álvaro, ¿y dónde queda la protección de datos?? ¿Parentesco, IBAN, tarjeta? ¿Las VFT tienen obligación de guardar 3 años los partes o no? Saludos de Sevilla
Muchas gracias por tu tiempo y tu experiencia, como siempre, Alvaro. Una pregunta (ahora es cuando quedo de pardilla total) respecto a los contratos: dice el decreto "número de referencia",,, los contratos van numerados igual que las facturas? Porque los mios no -jajaja. Yo los voy nombrando con la fecha de check-in y el apellido del huésped, pero de ahí a incluir un número de referencia... Al hilo de esto, serviría el número de reserva que le asigna la plataforma? Y con respecto a los datos personales (como dirección, teléfono, email, etc) en las plataformas (al menos Airbnb, me suena que en B. tambien) se pueden establecer niveles de seguridad que deben cumplir tus huespedes para poder reservar. Normalmente las plataformas te alientan a que pidas cuantos menos datos mejor para agilizar el proceso de reserva al huesped y que no "se canse" y desestime la reserva. Yo normalmente pido teléfono e email, a partir de ahorra incluiré dirección copleta. Y si, lo de los datos de pago va a ser el mayor escollo. Un saludo,
Y muy importante, el decreto nos hace RESPONSABLES de la veracidad de los datos. Es decir, no vale con preguntar "que niña tan mona, es tu sobrina?" o "qué bien, entonces vives en Gloucester, que bonito barrio!" Deberíamos pedir una prueba de que esta info es cierta, tipo libro de familia, padrón, ¿una factura de suministros donde venga su direccion? xD!!! Ya rayando el histrionismo.
Y pienso yo en voz alta.. Si nos lo piden a nosotros, también le van a pedir todo esto a un hotel, no? y a un hostal? y a un albergue? (me imagino la gente haciendo el Camino de Santiago y dedicando 10 minutos cada usuario para el registro). TODOS deberían tener el mismo registro que nos piden, de todos los hospedados, direcciones postales, emails, teléfonos, registrar la forma de pago de cada uno, el grado de parentesco entre ellos.. todo ello para cada pernocta.. Entiendo que todo esto es seguir con la persecución del alquiler turístico (muy penalizado y jugoso políticamente) y favorecer al lobby hotelero.
Muchas gracias Alvaro. ¿Es obligatoria la firma del registro? ¿Hay que guardar los registros firmados o con tal de registrarlos digitalmente es suficiente? Has comentado que siempre es aconsejable realizar un contrato, ¿también cuando lo haces a través de Airbnb? También había oído que los huespedes debían firmar como habian leido y se comprometian a seguir las normas de la Comunidad, ¿esto es así? Gracias de nuevo.
Muchas gracias Álvaro, tengo dos dudas: 1º/ Si el parte de viajeros yo lo hago en la web de Hospederías de la Guardia Civil, es esta plataorma la que tiene que cambiar sus formularios de recogida de datos ¿no? 2º/ Si los clientes vienen por Airbnb, por ejemplo, es Airbnb la que tiene que recoger estos datos ¿no? Y, al no pagarnos a nosotros el cliente, sino a Airbnb, no tenemos los datos de pago... Bueno, habrá que ver cómo se desarrolla la norma, gracias de nuevo.
Me tiro a la piscina, aunque seguramente ya llegó tarde: 1/ no, la guardia civil no se vas adaptar. Tienes que darte de alta en la página del ministerio de interior (ahora mismo está en mantenimiento, a partir de mañana 19 dicen que vuelve a estar operativa) 2/ no, la plataforma seguirá mandando su 179, pero el registro de viajeros lo mandas tú Y de regalo 3/ hice una consulta sobre los datos económicos y de contrato y me contestaron que lo único obligatorio es el tipo de pago (transfe, tarjeta, plataforma, Bizum, etc) que el resto de datos si los tenemos bien, y si no, que comprenden que es complicado y lo dejemos en blanco.
Buenas tardes, la normativa habla de personas titulares de las actividades de hospedaje, pero luego dice: sujetos obligados que desarrollen actividades de hospedaje de manera no profesional quedan exceptuados de las obligaciones del registro documental y conservación de datos. Me podrías explicar quienes son profesionales y quienes no ( perdona mi ignorancia) pero parece que ha estos se les exigen menos requisitos
No saben ya que hacer para jodernos (a los alojamientos turisticos particularmente) y al español en general, porque es un control totalmente de donde entra sale como y cuando el dinero
Muchas gracias Álvaro
A tí crack!
Gracias Álvaro.
De nada :)
Hola ...
Son muchísimas las dudas que no deja de estresarme
Aún así, gracias por tu exposición
Gracias a ti por comentar.
Hola Álvaro. muy buenos días. Muchas gracias por el valor que aportas.
Una pregunta: yo alquilo a través de Airbnb 2 habitaciones que me sobran en el mismo piso en el que vivo. ¿Entra mi caso en ésta nueva normativa? ¿Qué debería tener en cuenta? Muchas gracias!!
Muchas gracias por tu comentario, la norma se aplica igual. No obstante, para consultas particulares puedes concertar una cita con nosotros: gracianiasesores.com/consultas/
Muchas gracias!! No tenía ni idea. Yo lo hago directamente en la web de la Policía Nacional, y no hay cambio alguno, ni siquiera han enviado ningún comunicado. Supongo que cuando tengan preparado los cambios se verán 😂.
Esta es: sede.mir.gob.es/opencms/export/sites/default/es/procedimientos-y-servicios/hospedajes-y-alquiler-de-vehiculos/
Totalmente de acuerdo con Ángel Martínez. Es demasiado grave para permitirlo. Que harán con todos esos datos que vamos a recopilar para ellos?
La excusa de control de terroristas o mafias no se la puede creer nadie con algo de sentido común. Hay mucho más detrás.
Os invito a leer 1984, novela con una visión apocalíptica del futuro que os hará reflexionar.
Y uniros para combatir esta normativa y lo que venga.
Muchas gracias por el comentario, y genial la referencia a Orwell.
Increíble el tipo de gobernantes, que desastre todo esto…
Así estamos...
Gracias Álvaro. Ya pinta dolor de cabeza, pero poco viable. A ver si las plataformas nos defienden y si no habrá q buscar asociaciones de vivienda turística..
Gracias a tí, exacto las viviendas turísticas tienen que tener un interlocutor ante la Administración, sino están vendidas.
Olvidate que las plataformas muevan un dedo por nosotros... Hay que asociarse!
@@sarapumarega3645 y el resto. Os voy a contar el cuento de la lechera. Erase una vez, hace 25 años o más, que se crearon algunas asociaciones turísticas para pequeños propietarios de alojamientos., al principio todo era ilusión, reinvindicación, etc, etc. Cuando los propietarios creyeron que ya lo sabían todo, y que no necesitaban hacer lobbying ni presión ante las administraciones, (algunas de esas asociaciones negociaron directamente con las administraciones las normativas que hoy regulan en el sector, sobre todo en turismo rural, aunque supongo que otros sectores también) se olvidaron de las asociaciones y algunas o muchas tuvieron que cerrar, o se mantienen a duras penas, porque los propietarios de alojamientos pensaron que lo único importante era ganar dinero, y entonces vinieron las plataformas online con sus cantos de sirenas.... y colorin colorado, este cuento se ha acabado. Como dice Jose Mota, Ahora vas y lo cascas...
Buenos días Álvaro, ¿y dónde queda la protección de datos?? ¿Parentesco, IBAN, tarjeta? ¿Las VFT tienen obligación de guardar 3 años los partes o no? Saludos de Sevilla
Muy buena pregunta.
No. Los particulares ya no tenemos deber de guardar los partes. Es más me contestaron que eso de los partes en papel ya nada.
Muchas gracias por tu tiempo y tu experiencia, como siempre, Alvaro.
Una pregunta (ahora es cuando quedo de pardilla total) respecto a los contratos: dice el decreto "número de referencia",,, los contratos van numerados igual que las facturas? Porque los mios no -jajaja. Yo los voy nombrando con la fecha de check-in y el apellido del huésped, pero de ahí a incluir un número de referencia... Al hilo de esto, serviría el número de reserva que le asigna la plataforma?
Y con respecto a los datos personales (como dirección, teléfono, email, etc) en las plataformas (al menos Airbnb, me suena que en B. tambien) se pueden establecer niveles de seguridad que deben cumplir tus huespedes para poder reservar. Normalmente las plataformas te alientan a que pidas cuantos menos datos mejor para agilizar el proceso de reserva al huesped y que no "se canse" y desestime la reserva. Yo normalmente pido teléfono e email, a partir de ahorra incluiré dirección copleta.
Y si, lo de los datos de pago va a ser el mayor escollo.
Un saludo,
Y muy importante, el decreto nos hace RESPONSABLES de la veracidad de los datos. Es decir, no vale con preguntar "que niña tan mona, es tu sobrina?" o "qué bien, entonces vives en Gloucester, que bonito barrio!" Deberíamos pedir una prueba de que esta info es cierta, tipo libro de familia, padrón, ¿una factura de suministros donde venga su direccion? xD!!! Ya rayando el histrionismo.
Muchas gracias por el comentario, si tienes más dudas puedes concertar una cita en el siguiente enlace: calendly.com/graciani-asesores/consultas
Hola , es obligatorio la firma del cliente? Si se hace remotamente como se hace? Gracias
Gracias por su comentario. Para consultas particulares puede utilizar nuestro sistema de citas online: gracianiasesores.com/consultas/
Podías decirnos alguna empresa de registro de viajeros por favor?
Chekin
Y pienso yo en voz alta.. Si nos lo piden a nosotros, también le van a pedir todo esto a un hotel, no? y a un hostal? y a un albergue? (me imagino la gente haciendo el Camino de Santiago y dedicando 10 minutos cada usuario para el registro). TODOS deberían tener el mismo registro que nos piden, de todos los hospedados, direcciones postales, emails, teléfonos, registrar la forma de pago de cada uno, el grado de parentesco entre ellos.. todo ello para cada pernocta.. Entiendo que todo esto es seguir con la persecución del alquiler turístico (muy penalizado y jugoso políticamente) y favorecer al lobby hotelero.
Sí, es para todo Alojamiento Turístico.
Muchas gracias Alvaro. ¿Es obligatoria la firma del registro? ¿Hay que guardar los registros firmados o con tal de registrarlos digitalmente es suficiente? Has comentado que siempre es aconsejable realizar un contrato, ¿también cuando lo haces a través de Airbnb? También había oído que los huespedes debían firmar como habian leido y se comprometian a seguir las normas de la Comunidad, ¿esto es así? Gracias de nuevo.
Muchas gracias por las preguntas, puede concertar una consulta con nosotros en el siguiente enlace: calendly.com/graciani-asesores/consultas
Donde puedo sacar el documento?
En el BOE.
Muchas gracias Álvaro, tengo dos dudas:
1º/ Si el parte de viajeros yo lo hago en la web de Hospederías de la Guardia Civil, es esta plataorma la que tiene que cambiar sus formularios de recogida de datos ¿no?
2º/ Si los clientes vienen por Airbnb, por ejemplo, es Airbnb la que tiene que recoger estos datos ¿no? Y, al no pagarnos a nosotros el cliente, sino a Airbnb, no tenemos los datos de pago...
Bueno, habrá que ver cómo se desarrolla la norma, gracias de nuevo.
Exacto tienen que adaptarse, lo de lo datos de pago va a ser un dolor de cabeza.
Me tiro a la piscina, aunque seguramente ya llegó tarde:
1/ no, la guardia civil no se vas adaptar. Tienes que darte de alta en la página del ministerio de interior (ahora mismo está en mantenimiento, a partir de mañana 19 dicen que vuelve a estar operativa)
2/ no, la plataforma seguirá mandando su 179, pero el registro de viajeros lo mandas tú
Y de regalo 3/ hice una consulta sobre los datos económicos y de contrato y me contestaron que lo único obligatorio es el tipo de pago (transfe, tarjeta, plataforma, Bizum, etc) que el resto de datos si los tenemos bien, y si no, que comprenden que es complicado y lo dejemos en blanco.
Gracias por tu información pero tanto lio por 1vivienda siendo particular dan ganas de mandar todo al carajo cada vez más complicado
Al principio parace mucho,pero una vez que se pone todo en marcha es solo acostumbrarse.
Buenas tardes, la normativa habla de personas titulares de las actividades de hospedaje, pero luego dice: sujetos obligados que desarrollen actividades de hospedaje de manera no profesional quedan exceptuados de las obligaciones del registro documental y conservación de datos. Me podrías explicar quienes son profesionales y quienes no ( perdona mi ignorancia) pero parece que ha estos se les exigen menos requisitos
Buenas, si quiere realizar una consulta con el despacho puede concertar cita en el siguiente enlace: calendly.com/graciani-asesores/consultas
Que necesidad de mezclar cuando la mayoría de los datos añadidos ya se daban en el 179.
Exacto, nos van a hacer darlos una cuántas veces.
No saben ya que hacer para jodernos (a los alojamientos turisticos particularmente) y al español en general, porque es un control totalmente de donde entra sale como y cuando el dinero
Así vamos.