Gracias Álvaro! Como siempre, después de ver tus vídeos me quedan absolutamente claros los temas que tratas. Este tema no ha sido la excepción. Enhorabuena! Saludos.
Según mi interpretación, esta ley tributaria no solo me obliga, sino que a la vez me protege a la hora de exigir, obtener y guardar durante 4 años la documentación de mis huéspedes. Excelente aporte! Muchas gracias! Saludos.
Como siempre, muy interesante el tema y el video que has preparado. Gracias Álvaro por tus aportaciones. Pienso que de estar infringiendo alguna ley con ésta operativa, seria con la de Protección de Datos. Pero ya me haces dudar...
Gracias por el vídeo. Respecto a la pregunta que nos haces a todos al final del vídeo, en mi opinión no es excesivo. Desde mi punto de vista no es excesivo, siempre y cuando, el solicitarlo y mantenerlo en nuestros "archivos" no nos dé problemas : ) . Quizá podríamos incumplir con la RGPD y/o LOPD, en caso de no tener una buena aplicación de éstas, ¿no?
Hola, muy buena tu explicación, gracias. Un pregunta: si me interesa solo declarar un arrendatario en el modelo 179 (el que paga) y a su vez solo guardar DNI de este al alquilar por Airbnb, ¿crees que se pueden cruzar los datos de Airbnb y que se detecte esta incongruencia?
Gracias por el comentario. Siempre recomendamos cumplir la ley al pie de la letra. Para cualquier consulta puede sacar cita con nosotros en: gracianiasesores.com/consultas/
Buenas Alvaro, después de ver todo los vídeos y leerme tema sobre derechos y obligaciones no me queda claro si tengo o no que solicitar a un huésped la copia del DNI o pasaporte. Tengo un apartamento turístico en Girona y trabajo con la aplicación Partee para el check-in de los huéspedes. Esta aplicación tiene una opción de solicitar o no los documentos identificados, gracias.
Gracias Alvaro. Entiendo que estamos exentos de aquello que nos dijeron siempre acerca de no poder tener copias de los DNI Y debemos avisar a los PMScontratados para que no boren la copia del dni a la salida del cliente si no a los 4 años. ¿No?
Gracias por comentar, la obligación de guardar la copia, según lo explicado en el vídeo, es del cedente. El contrato que tengas con el PMS determinará el resto.
Gracias por su comentario. La normativa de la que se habla en ese vídeo ya ha sido derogada. Si quiere realizar alguna consulta particular puede utilizar nuestro sistema de citas online en alvarograciani.com
Buenos días. He llamado al 012 para informarme, me dijeron que debía registrarme en una plataforma diferente a la española por estar ubicado en Catalunya. Es una web diferente y Estuve haciendo el registro, lo envié tres veces y no recibi respuesta. Hoy después de no tener respuesta en Catalunya decidí hacerlo en la española y tampoco me deja registrar mi vivienda turística. Aclaro. Según autoridades para Catalunya es una web diferente para este registro de viajeros que la que se usa en el resto de españa. Y por estar creyendo en brujas ahora no tengo el registro en ninguna de las dos webs. Un poco payasos en este país
Gracias Álvaro! Como siempre, después de ver tus vídeos me quedan absolutamente claros los temas que tratas. Este tema no ha sido la excepción. Enhorabuena! Saludos.
Muchas gracias.
Según mi interpretación, esta ley tributaria no solo me obliga, sino que a la vez me protege a la hora de exigir, obtener y guardar durante 4 años la documentación de mis huéspedes. Excelente aporte! Muchas gracias! Saludos.
Gracias por comentar.
Una cosa es tener los datos y otro es tener una foto del DNI pasaporte.
Como siempre, muy interesante el tema y el video que has preparado. Gracias Álvaro por tus aportaciones. Pienso que de estar infringiendo alguna ley con ésta operativa, seria con la de Protección de Datos. Pero ya me haces dudar...
Gracias por el comentario, abordaré ese tema en un próximo vídeo.
Gracias por el vídeo. Respecto a la pregunta que nos haces a todos al final del vídeo, en mi opinión no es excesivo. Desde mi punto de vista no es excesivo, siempre y cuando, el solicitarlo y mantenerlo en nuestros "archivos" no nos dé problemas : ) . Quizá podríamos incumplir con la RGPD y/o LOPD, en caso de no tener una buena aplicación de éstas, ¿no?
Gracias por abrir el debate. ¿Has visto nuestro último vídeo? ua-cam.com/video/zv9JVp4-qmQ/v-deo.html
Hola, muy buena tu explicación, gracias.
Un pregunta: si me interesa solo declarar un arrendatario en el modelo 179 (el que paga) y a su vez solo guardar DNI de este al alquilar por Airbnb, ¿crees que se pueden cruzar los datos de Airbnb y que se detecte esta incongruencia?
Gracias por el comentario. Siempre recomendamos cumplir la ley al pie de la letra. Para cualquier consulta puede sacar cita con nosotros en: gracianiasesores.com/consultas/
Buenas Alvaro, después de ver todo los vídeos y leerme tema sobre derechos y obligaciones no me queda claro si tengo o no que solicitar a un huésped la copia del DNI o pasaporte. Tengo un apartamento turístico en Girona y trabajo con la aplicación Partee para el check-in de los huéspedes. Esta aplicación tiene una opción de solicitar o no los documentos identificados, gracias.
Muchas gracias por su comentario, para consultas particulares puede utilizar nuestro formulario web: gracianiasesores.com/consultas/
Gracias Alvaro.
Entiendo que estamos exentos de aquello que nos dijeron siempre acerca de no poder tener copias de los DNI
Y debemos avisar a los PMScontratados para que no boren la copia del dni a la salida del cliente si no a los 4 años. ¿No?
Gracias por comentar, la obligación de guardar la copia, según lo explicado en el vídeo, es del cedente. El contrato que tengas con el PMS determinará el resto.
La protección de fatos
Gracias por el comentario. Mira este otro vídeo: ua-cam.com/video/zv9JVp4-qmQ/v-deo.html
Buenas tardes, seria admisible el permiso de conducir?
Gracias por su comentario. La normativa de la que se habla en ese vídeo ya ha sido derogada. Si quiere realizar alguna consulta particular puede utilizar nuestro sistema de citas online en alvarograciani.com
Como propietaria ? Pero me lo lleva una empresa, el o yo o los dos tendríamos que guardar DNI
Gracias alvaro
La norma dice el cedente.
La norma dice el cedente.
Buenos días. He llamado al 012 para informarme, me dijeron que debía registrarme en una plataforma diferente a la española por estar ubicado en Catalunya. Es una web diferente y Estuve haciendo el registro, lo envié tres veces y no recibi respuesta. Hoy después de no tener respuesta en Catalunya decidí hacerlo en la española y tampoco me deja registrar mi vivienda turística. Aclaro. Según autoridades para Catalunya es una web diferente para este registro de viajeros que la que se usa en el resto de españa. Y por estar creyendo en brujas ahora no tengo el registro en ninguna de las dos webs. Un poco payasos en este país
Gracias por su comentario.