Ley 39/2015 - Procedimiento Administrativo 5a Parte - Iniciación del procedimiento
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- Опубліковано 8 лип 2024
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 54 a 69
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LISTAS DE VIDEOS ORDENADAS POR BLOQUES
ADMINISTRATIVO
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PERSONAL
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• Ley Orgánica 2/2012
- Orden Confección de nóminas
• Orden de 30 de julio d...
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CONSEJOS DE ESTUDIO:
- • Consejos estudio
MARCAS DE TIEMPO:
0:00 Intro
0:22 Clases de iniciación
0:45 Denuncia
2:35 Información y actuaciones previas
3:17 Medidas provisionales
5:49 Acumulación
6:45 Solicitudes de iniciación
8:53 Subsanación y mejora de la solicitud
17:13 Declaración responsable y Comunicación
Paco, estoy rozando los 40, con una carrera universitaria y un master que me han servido para nada, encadenando trabajos precarios y los últimos 6 años dedicados a la crianza de dos criaturas. Más de 15 años sin estudiar. Me acabo de decidir con unas oposiciones del lugar donde vivo, dos vacantes en el plazo de dos años y siento que voy a agotar los últimos cartuchos para un empleo digno. Te agradezco enormemente estos vídeos porque carezco de tiempo y recursos económicos para academias y cursos. Empecé a estudiar sin muchas expectativas y desde que te he encontrado creo que yo puedo. Mil gracias!
misma situación, mil gracias por esto
Dos cosas quedan muy claras en tus videos: que eres el mejor preparando oposiciones y tu magnífico gusto para elegir camisetas.
Totalmente! Que le patrocinen los de @pamplingvideos
😂😂😂
Jajajajaj.
@@dontstopmadrid2361 lo mismo 90
@@dontstopmadrid2361 otra.
Si te llego a conocer antes no habria estado perdiendo el tiempo y dinero con clases que no me han servido para demasiado. Hoy he aprendido más con tus videos que en clases largas, tediosas en las que no se va al grano y acabas perdiendo las ganas y el interes. Muchas gracias.
Muchas gracias, Maria. :):)
Entre lo bien que explica, lo guapo que es y, lo que dinamiza el estudio, este muchacho es 100% recomendable. GRACIAS!!! EN MAYÚSCULAS
eres absolutamente magnifico, y sabes lo que más admiro de ti? que lo haces de forma altruista simplemente porque tienes vocacion de enseñanza, que se nota el amor que le pones, que sabes que los opositores no tenemos un duro y lo haces con la unica finalidad de ayudarnos.
Eres una gran persona Paco, llegarás muy lejos, haces de lo dificil algo facil. Que Dios te bendiga siempre
Muchísimas gracias. :):)
Todo se hace desde el cariño y conociendo el fondo del asunto.
😊😊
Buenos dias Paco, gracias y feliz semana. A los chic@s que hay por aquí, vamos que se puede 👏😋
:):)
Paco qué majo eres, por Dios! Qué suerte haberte encontrado! Muchiiisimas gracias!!!!
Agradezco a diario haberte descubierto!!!!! Eres muy crack!!! Y además de forma natural!!! Dicen que no es lo mismo un profesor y un maestro...para mi tu eres un maestro!!! Graciasssss!!!!!
Llevo días que no hago otra cosa que ver tus vídeos...Como un milagro; haces que lo aburrido y arduo de la materia sea divertido y aparte me encantan tus modelos de camisetas
Un abrazoooo!!!!! Y mil graciassssss
Gracias a ti estoy recuperando las ganas de estudiar
Paco, muchas, muchas gracias,. está muy bien explicado, eres muy grande ¡¡¡¡¡¡¡¡
Amoooo a este hombre... cuando crees que controlas unos artículos siempre sabe sacar algo en lo que lo no habías caído
Muchísimas gracias, Sarai. :):)
Por circunstancias de la vida , me he involucrado en esta vía para poder asegurar la comida de mi hijo, y cuando estaba desesperada, por este inmenso mundo de las opos, y sin guía alguno te encontré a ti y me das las ganas y la fuerza para seguir por que tu lo haces mas fácil!!
Mil gracias Paco, sin duda si lo consigo sera gracias a ti!
Mucha fuerza con todo, Josune. :):)
@@PacoBarbie me puedes dar información de patreon!! Mire para inscribirme y me asusto que me cambiaba la moneda de pago, me interesa por ver tus explicaciones y tests. Me voy a preparar una de las faciles " entre comillas. Auxiliar de la universidad USAL. Y quería saber si ahí puedo encontrar más cositas para mí.
Un saludo y mil gracias por contestar
Deberías cobrarnos por tus enseñanzas. Definitivamente vales para la docencia. Ya lo veo. Academia PacoBar Oposiciones
:):)
Cuidado en este vídeo porque hay una cosa importante a tener en cuenta. En el artículo 57 referido a ACUMULACIÓN. Debe de poner "Siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar Y resolver el procedimiento"
Como siempre muchísimas gracias por el vídeo Paco
Muy correcto!
Espeeeeeraaa que lo habías dicho bien a la primera. El artículo hay que interpretarlo en el sentido de que sea el mismo órgano el que resuelve y el mismo el que instruye pero no necesariamente uno debe hacerlo todo, pero sí el mismo cada fase.
Si no, sería imposible acumular sancionadores y sí que se acumulan.
Qué maravilla!!!!!! 👏👏👏
No se puede hacer mejor.
Eternamente agradecida.
Buenas noches Paco. Qué arte de explicar!! Enhorabuena!! Y mil gracias por otro vídeo más que excelente!! Un abrazo.
No dejes de publicar. Son tremendamente útiles. Gracias!
Muy bueno lo de ir explicando con supuestos de examen... super bien!!!! Muchas gracias Paco!
Paco, no me cansaré de darte las gracias por tus vídeos. ¡¡¡Magnífico!!!
:):)
AYYYY esperaba este video como agua de mayo!!! Me presento a auxiliar administrativo y el examen esta a la vuelta de la esquina, y justo ahora estaba repasando toda la parte de Derecho administrativo....
Gracias como siempre!!
Me gusta mucho como explicas, aclaras las ideas y haces más fácil nuestro estudio, enhorabuena
Increíblemente bien explicado, como siempre!
Esta ley es poderosa y contada por ti, se hace aún más atractiva !!! 💪🤓👍👍👍
Muchas gracias, Fran. :):)
Lo que me he reído con lo de la servilleta del bocadillo que nos hemos hecho a media mañana 🤣🤣🤣
Que gusto da ver tus vídeos Paco! entre articulo y articulo unas risas no vienen nada mal! :P
Gracias Paco por tu generosidad y por hacernos fácil este tedioso temario🤗
da gusto como lo explicas, se entiende todo genial!! MIL GRACIAS!!
Magnífico vídeo con ejemplo buenísimo...Gracias por tooo Pacosss😷
Me ha encantando. Haces fácil entender algo tan denso. Gracias
Buen repaso a la iniciación. Me parece importante en el 68.1 que indica que "se le tendrá por desistido de su petición, PREVIA RESOLUCIÓN..." y ésto en la práctica tiene sus consecuencias, que en resumen viene a decir que mientras que no se notifique la resolución declarando el desistimiento se podría subsanar la solicitud, aunque hayan transcurrido los 10 días.
Correcto. Además ese tema de ve mejor en los artículos de la subsanación de trámites que veremos en el próximo vídeo. :):)
A ver si me da tiempo y término de editarlo.
Un saludo.
Espero que muchos de los que tuvieron estos supuestosbpracticos el 6 aprobaran. Eternamente agradecida. A por la Ordenación!!!
Ay que ya no está la ordenación 😅. Ay me da algo!!!
A grandes problemas grandes soluciones, me voy a presupuestos.
Da gusto escucharte y aprender contigo
😂😂🙈😂😂 qué bueno lo de la solicitud en la servilleta del bocadillo!👏👏👏
Mil gracias por tu trabajo
Mil gracias Paco!! Qué fácil lo haces !👏👏👏👏
Claro que nos gustan tus vídeos Paco!!! Me motivas un montón
:):)
Me encantan tus videos. De verdad, explicas genial. Gracias!
Gracias Paco. Genial 👍
Paco , cómo has mejorado tus videos , todo un profesional , jejejejjejeje Felicidades por el Gran trabajo!
Paco vas a hacer que me guste la ley 39/2015, me encanta como explicas deje de ver los videos de mi academia para centrarme en los tuyos y es lo mejor que he hecho para entender esta ley. Gracias gracias y gracias
Wow! ¡No tengo palabras! ❣️
Jolín....así SI!! Gracias!!!! Una pasada explicando!
Muchísimas gracias por tu extraordinaria ayuda!
¡Qué maravilla de vídeos! Mil gracias :)
Gracias Paco!!
Estupendo vídeo!!! las preguntas prácticas ayudan muchísimo. Gracias.
:):)
Gracias de nuevo, Paco... Eres un genio
Qué bien lo explicas todo. ¡Gracias por toda tu dedicación!
Muchas gracias, Teresa. :):)
Muchas gracias Paco, eres un crack! 🤗
Muy ameno y bien explicado, centrándote en lo verdaderamente importante. Son geniales tus vídeos como repaso. Un saludo y gracias.
Hola! tengo el examen el 12/12/2022 y me va genial hacer estos repasos generales. Muchas gracias por tu dedicación!!
Gracias Paco!
La explicación estupenda pero te agradezco especialmente el análisis de las preguntas que ya han salido en examen y se relacionan con lo que explicas, así como que remarques esas preguntas que tú pondrías, ya que dan muchas pistas en el estudio. Un abrazo!
En unas semanas haré una solución completa de los supuestos.
Muchas gracias, Soledad. :):)
@@PacoBarbie mil gracias!!!!
Grácias Paco ❤
Me encanta como explicas todo y lo dejas todo bien claro.
Me gustaría que subieses, cuando puedas, la explicación de la ordenación, instrucción y finalización. Así como los recursos administrativos.
Muchas gracias por la labor que haces.
Estamos en ello, Miriam. :):)
Gracias , gracias y gracias ! Por ti me siento a estudiar con muchas ganas! Lo explicas como nadie ! 💪
:):)
Genial la explicación!! :) Gracias
Buenos días Paco, GENIAL!!! esas posibles preguntas de Test y supuestos, desde luego que lo tendré en cuenta. mil gracias
:):)
Nuevamente: felicidades por tus explicaciones
Video maravilloso!
muchas gracias por estos videos de procedimientos administrativo, esperando ansioso la 6a parte del procedimiento.
En el horno está, en unos días la tendremos. :):)
Muy bien explicado
Eres el mejor!
Eres el mejor Paco, muchas gracias!! Cuando apruebe te dedicaré el aprobado!
El mérito es todo tuyo. Estaré encantando de que me cuentes esa buena noticia. :):)
Qué bueno eres!
Bien Paco.
Gracias. 😊
Paco, te sigo hace un par de meses, también en "Patreon", y como tantos otros, no paro de preguntarme por qué no llegaste antes a mi vida de opositora!! y ya hoy no me puedo resistir a decirte, aparte de lo didáctico que eres y lo claro, lo meque jor de tus vídeos es que se nota que encima !!! TE GUSTA!!! a veces hasta me tengo que divertir con algún fragmento! (increíble!!) mil gracias!! un abrazo!!
Un placer aprender contigo, como siempre. Ya al día de los vídeos que llevas de esta ley y esperando con ansia los que faltan. Estudiar contigo es una maravilla. Me llevaré una estampita de SanPacoBar al examen (si es que le ponen fecha algún año de estos).
Ya sé que somos muchos los que nos presentamos a exámenes locales y autonómicos, pero yo voto porque sigas con leyes comunes, como la LGSS o la de Igualdad (entre otras muchas).
Muchísimas gracias, Paco, por tu gran dedicación. Sé que es una enorme satisfacción para ti ayudar a tanta gente a subir esta cuesta, pero no tenemos que olvidarnos de las muchas cosas que dejarás de hacer por ello (que lo harás encantado, claro está, pero ahí está).
¡Te veo en el próximo episodio!
Muchas gracias por el apoyo. :):)
Poco a poco seguiremos adelante. Tengo todavía bastante material pendiente de videos.
Un saludo.
GRACIAS POR AYUDARNOS Y POR ESTAR AHI, ERES UNICO!! GRACIAS, GRACIAS, GRACIAS.
GRACIAS
Paco, gracias por hacerlo tan fácil y tan bien, me encantan tus vídeos, lo único negativo es que mis oposiciones son para la Junta de Andalucía y me faltan videos de los temas específicos, si pudieras recomendarme a alguien para estos temas, te lo agradecería muchísimo. Añado que tienes un estilazo, me encantan tus camisetas. Un saludo y gracias
Gracias Paco!!! No sabes como lo estaba esperando 😊. Un abrazooooo enorme!!!
:):)
muchas gracias....ayudas mucho...
Gracias, Emi. :):)
Hola Paco! Me encantaría que hicieras algún video sobre los recursos administrativos y sobre el recurso contencioso administrativo. Felicidades por ser tan buen profesor, me encantan todos tus videos.
Ya llevo la mitad de lo que pides. :):)
Art. 69 Declaración responsable y comunicación fue una pregunta del examen día 6 de noviembre promoción interna administrativo. Hay que saberlo de arriba abajo. La contesté bien menos mal.
Muy buenas
Hola Paco. Te agradezco tus vídeos. Me valen de mucho. Si puedo hacerte una sugerencia, ayuda mucho cuando pones ejemplos prácticos.
Genial
Paco, buenas noches, los 10 dias naturales desde la notificación en la sede electronica para subsanar empiezan el mismo día que aparecen en ella, o al dia siguiente como en papel?????
Un saludo
Muchas gracias por el vídeo Paco! Art 68.4 tatuado con el fuego del anillo! 🤣🤣🤣
JAjajaja. :):)
Entiendo que el trámite de información y actuaciones previas es siempre SÓLO en los procedimientos iniciados de oficio, no???
Tengo una pregunta..porque no incluyes el artículo 67?..en los procedimientos de responsabilidad patrimonial?gracias y un saludo!
Si el plazo subsanacion queda fuera del plazo inicial.. esta perfectamente presentado?
Gracias por ser tan buen docente y hacer estos videos! nos tienes que decir donde compras tus camisetas! un abrazo des de Alicante.
Paco me acabo de hacer mecenas y no se desbloquean las publicaciones en patrón, que debo hacer?
Hola Paco! Una pregunta: en el art. 68.4, si la persona Jurídica que presenta presencialmente una solicitud, la presenta el último día que se podía, luego como el cómputo empieza a contar desde el día que hace la presentación electrónica (tras el requerimiento de la subsanación), se entendería presentada en plazo o no porque el plazo ya ha terminado el día que lo presenta por el registro electrónico? Muchísimas gracias.
gracias por el video!!!!..tengo una pregunta, hay artículos que no los analiza, me gustaría saber por qué. Si es que quizás no los considera tan relevantes .Por ejemplo el 63,64, 65. Un saludo
Hola, muy buenas tardes! Quería saber cuál es la diferencia entre instrucción y tramitación. Gracias
Buenas noches estimado Paco, muchísimas gracias por tu videos, me están ayudando muchísimo. Por favor me gustaría que me aclarases una duda que me surge en el minuto 6 de tu video art. 57 Acumulación, donde indicas que: "siempre que sea el mismo órgano el que debe tramitar *O* resolver.." acabo de revisar el BOE y pone un *Y* y no un *O*, lo cual cambia mucho el sentido, de hecho en momento dado tú si pronuncias ese Y. Muchas gracias
Me encanta cómo lo explicas todo, y me encantan tus camisetas! podías poner enlace para comprarlas! Gracias por tu ayuda en las opos
Muchísimas gracias.
Las camisetas son de varios sitios. Aliexpress, Pampling, Frikileria, Lefties, Primark... y otras tantas regaladas que no conozco su procedencia. xD
Un saludo.
Buenas tardes Paco, me surge una duda respecto a las medidas provisionales antes de iniciar el procedimiento; en el video dices que pueden ser objeto de recurso, sin embargo entiendo que lo que SI puede ser objeto de recurso es el acuerdo de iniciación del procedimiento ( a los 15 días siguientes a la adopción de aquellas) y no el acto por el que se adoptan estas medidas provisionales. Es decir, si me ponen algun tipo de medida provisional anterior al inicio del procedimiento, no puedo recurrirla hasta que se haga el acuerdo de iniciación del procedimiento (en caso de que se mantenga dicha medida provisional) ¿estoy en lo cierto? gracias y un saludo.
Buenas tardes Paco, ahora viendo el video, en el minuto 15 que habla del artículo 68.4, si lo enlazamos con el artículo 14 del RD 203, y fuera un procedimiento iniciado de oficio, la fecha buena para los plazos sería la de entrega papel????
Número 1
Hola Paco! Una duda sobre la denuncia. Si la administración recibe una denuncia anónima, cómo actuaría? Gracias por dedicarnos todo ese tiempo tan valioso y darnos este gran empujón en la cuesta arriba que se hace la oposición. Un abrazo
Podrías hacer también de la Constitución
Min 12:10, una duda que me acaba de surgir; si de alguna manera nos la intentan jugar y esa documentación exigidla no fuera de carácter preceptivo y digamos que el trámite fuera de los casos en los que se ampliara hasta 15 , se haría Eda ampliación o por ser documentación de mero trámite no lo amplían ??
entiendo que no habría problema en la ampliación si se cumplen con las condiciones.
Gracias!!! Me entero pero no retengo ni memorizo. No sé como hacerlo.
Paco....Y si existe un plazo para presentar solicitudes y una empresa realiza la solicitud el último día del plazo de firma presencial..... la AP le reclamará que subsane de forma electrónica pero claro...ya estará fuera de plazo.... ¿Se admitirá que la solicitud aunque esté fuera del plazo establecido?
❤❤❤❤❤❤❤
Hola Paco! Una duda que tengo es que con respecto a la ampliación de plazos en subsanación de solicitudes, en el Decreto 282/2010 del 4 de mayo de concesión de subvenciones de la Junta de Andalucía, en el artículo 24.2 dice que si se puede ampliar hasta 5 días más. ¿Esto se aplica al venir así expresamente en el decreto? ¿Pasa algo al ser contradictorio con la ley 39/2015? Muchas gracias por todo, soy fiel seguidora de tus videos :)