Ley 39/2015 - Procedimiento Administrativo 6a Parte - Ordenación del Procedimiento.
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- Опубліковано 11 тра 2024
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículos 70 a 74
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/ pacobarbie
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MARCAS DE TIEMPO:
0:00 Intro
0:10 Expediente administrativo
2:04 Impulso
4:09 Concentración de trámites
4:39 Cumplimiento de trámites
8:42 Cuestiones incidentales
Como apunte, creo que cuando dices dices Esquema Nacional "de Identidad" (1:02), sería "de Interoperabilidad" (art. 70.3).
me encanta tu metodología le tenia manía a esta ley, gracias a ti estoy avanzando mucho !!
Muchas gracias por estos resúmenes tan apañados ;)
Qué maravilla Paco!! Me da la sensación de que avanzo más en dos horas con tus vídeos que en dos meses de academia :))) gracias por tu trabajo!
😊😊😊
Hola Paco, yo antes de ver el video ya le doy a me gusta, es una costumbre ya. Muchas gracias por tu dedicación.
Jajajaja. Muchas gracias. :):)
Gracias Paco, acabo de descubrirte y estoy encantada de haberlo hecho. Tus videos son superaclaradores.
Muchísimas gracias por todo lo que haces, eternamente agradecida!!
Mil gracias, Paco
Gracias Paco. Estoy viendo todos tus videos, ojalá te hubiera encontrado antes, me hubiera ahorrado mucha pasta en una Academia, donde te sueltan el temario , y ni clases ni nada, solo videos de gente que lee el temario literal, ni ejemplos ni explicación ni nada. Gracias y Gracias
Gracias !! Me quito el sombrero por la forma estupenda que tienes de explicar, esta claro no es lo mismo saber que explcar ,en tu caso reunes ambas caracteristicas y un texto que se me atragantaba has conseguido que lo entienda en 10 mit ...GENIAL!
Gracias Paco, por fin entiendo esta ley tan compleja. Mil gracias.
Genial como siempre. Enhorabuena!! Qué bien nos cuidas. Mil gracias Paco. Un abrazo.
Geniales tus videos Paco.Muchas gracias por compartir tus conocimientos.
Gracias Paco!! Gracias a tu explicación y ejemplo he entendido el último párrafo del artículo 73!!! Buen finde!!
Paco mil veces gracias. Soy de Badajoz, como me saque la plaza te mando yo el jamón que los de aquí son los mejores jajajaj.
Eres el mejor, maravillas de videos los de la ley 39
Muchas Gracias por tu trabajo
Mil gracias Paco!!!
Una corrección Paco en el expediente administrativo artículo 70 llamas al ENI como Esquema Nacional de Identidad cuando en verdad es Esquema Nacional de Interoperabilidad. muchas gracias por tus videos saludos!
Muchas gracias Paco!!!
Mil gracias Paco😊
Gracias
Que maravilla de profe tenemos,ole paco!
Como siempre gracias!!
Muchas gracias por tus vídeos, explicas genial.
Gracias Paco.
Deseando la Instrucción Paco. Eternamente agradecida!
¡Muchísimas gracias por tus videos! Que maravilla de explicaciones. Deseando que subas los próximos videos.
En ello estoy, Rosana. :):)
Gracias Paco!! Qué fáciles se hacen tus explicaciones. Mis gracias!! 🤗👏👏👏👏
:):)
Adoro esta Ley !!!! 🙌
Gracias Paco! Un detalle, respecto al impulso, en el artículo 71.2º se habla de "En el despacho de los expedientes se guardará el orden riguroso de incoación ... ", lo digo porque tanto en el texto que sale en el video como en tu comentario hablas del "Archivado de expedientes" ... y no es lo mismo... Aún así, miles de gracias porque tu trabajo facilita la tarea ;)
Ñ y
en el texto si pone archivado de expedientes, pero él dice en el despacho...
Ay Paco que me alegras el domingo !! jajaja
Muy buenas :) Mi agradecimiento eterno por lo mucho que facilitan estos vídeos el estudio de una materia, a veces compleja. Un apunte: en el comentario del artículo 71, te refieres al archivado de expedientes, pero la ley habla del "despacho de expedientes". Muchas gracias. No he leído todos los comentarios, si alguien lo ha mencionado ya, disculpad
Paco, mil gracias por tus videos
Por favor, casos practicos de recursos cuando puedass
Eres el mejor explicando👍🙏🤩
MUCHISIMASSSSSSSSSSSS GRACIASSSS, hace muy poco que te descubrí pero es espectacular tu forma de explicarlo todo. has traido luz en mi manera de entender la ley de contratos y ahora me estoy viendo todos tus videos. geniales!!! muchas gracias de verdad!!
Muchísimas gracias. :):)
Muy bien explicado, gracias por tu tiempo. Por cierto, la camiseta me encanta
Lo has puesto!!! En Domingo! Me pregunto tanto que te lleva a ayudar de esta manera. Gracias!
Ni yo lo sé. :):)
@@PacoBarbie GRACIAS por todo tu esfuerzo. Cada vídeo está hecho con esmero para hacerlo accesible y fácil de entender. Lleva trabajo hacerlo. GRACIAS de corazón. No hay transparencia real si el lenguaje y los conocimientos no se transmiten a la población de una forma sencilla y fácil de entender. Los departamentos de comunicación de las administraciones públicas deberían tomar nota de cómo de fenomenal lo estás haciendo.
Muchísimas gracias Teresa. :):)
Hola, yo echo de menos las preguntas que he visto en algunos de tus vídeos, relacionadas con el texto y de tipo test. Me sirven para repasar cuando no estoy viéndolo. De todas formas, enhorabuena por tu forma de explicar los artículos!!
Hola Rosa, las estoy pasando a limpio y las colgaré en Patreon. Así queda todo más ordenado.
Eres muy grande mil gracias por toda la ayuda lo esperaba impaciente justo voy por aquí repasando. :)
Mira que me alegro. :):)
Hola Paco! en primer lugar, muchas gracias por tus videos, son de gran ayuda.
En este video, discrepo de tu interpretación del artículo 71.2. Entiendo que no se refiere al archivo de los expedientes sino al despacho de los mismos (por riguroso orden de incoación)
Un saludo.
GRACIAS
Fantastico
Paco buenas... no sería ENI Esquema... de Interoperabilidad ... no de Identidad. Bueno ya nos dices... como siempre muchas gracias por tu Gran trabajo!!!!!!
Si. Los nervios del directo. xD
Muy bien explicado todo, es un placer repasar así. Pero me surge una pequeña duda, en cuanto al plazo de 10 días, no entiendo la diferencia entre trámite y subsanación, para poder aplicar la opción de que se podría presentar hasta recibir la notificación de decaimiento. ¿Puedo entender subsanación cuando es necesario para continuar y trámite cuando es opcional? en la documentación de una oposición por ejemplo, no se podría esperar hasta que recibieramos las notificación verdad? gracias
Hola Paco!!! En referencia al expte advo, si en un test ponen "informe preceptivo o facultativo" y nada más, no formaría parte del expte advo, ¿no? Para que forme parte tendrían que añadir la coletilla "solicitados antes de la resolución adva que ponga fin al procedimiento". ¿Es así? Gracias por toda tu dedicación y tiempo.
Muy bueno Paco!! Si puedes subir algún video de contencioso-administrativo sería de gran ayuda ☺️☺️☺️
Lo haré. Antes tenemos que acabar con la 39/2015. :):)
Ay muchas gracias Paco . Eres genial ☺️☺️
❤❤❤❤❤❤❤
Gracias Paco, no había caído en la diferencia entre subsanación a Trámite y su sanación de la solicitud : decaído el trámite o decaída la solicitud, con lo q conlleva: Fin procedimiento no?
Graciaaaaass!!!
:):)
Muchisimas gracias por tus videos, explicas de una manera facil y amena.
si puediera colgar videos sobre la ley del voluntariado, la ley de trasparencia te lo agradeceria muchisimo.un saludo
Lo de la celeridad y la responsabilidad disciplinaria, qué año entra en vigor?😅
Jaja, creo que se cumple en pocos casos (e incluso la publicidad y transparencia), hay procedimientos que tardan años en resolverse y no pasa nada. Cuando una estudia y echa mano de lo que ocurre, es difícil no echarse a llorar.
Aparte, miles de gracias porque los vídeos ayudan muchísimo y explicas todo genial. Cuando algo no entra, me pongo el video y ya me quedo más contenta😉🙏
Esta tarde toca procedimiento administrativo de Paco Barbie.
Paco, en art. 68 desistido no?... en el punto 3 del art. 73 entonces la notificación a que se refiere es la notificación donde se le declara decaido?
Superútil vídeo, como siempre! Por cierto, creo que en el minuto 1 te has colado. El ENI es el esquema nacional de interoperabilidad, no?
Dudísima. El artículo 73 es aplicable a procesos selectivos si se te pasa el plazo de presentar la documentación para que te cuenten los puntos de concurso en concurso-oposición?
The Boss 😜
ENI: ESQUEMA NACIONAL DE INTEROPERABILIDAD min 10.
¡Muy fan de tus vídeos y de tus camisetas molonas! 😂😂😂
:):)
Hola Paco el procedimiento sancionador y el de responsabilidad patrimonial tienes video ?
Gracias por tus videos !!
Estoy en ello.
Buenas Paco. En referencia al apunte que has hecho entre el 68.1 "desistir de petición" y este 73.3 "decaído del derecho a tramite", ¿cuál es la diferencia? Ambos se termina el procedimiento pero con matices o es otro enfoque o tema. Muchas gracias de antemano por tus aportes
No el desestimiento al tramite, sólo pierdes la oportunidad de realizar ese trámite pero el resto del procedimiento prosigue
En el caso del artículo 68 cuando no se haya subsanado la falta o aportado la documentación requerida en el plazo concedido ¿tambien se admitirá la actuación del interesado si se produjera antes o dentro del día que se le notifique la resolución conforme al artículo 73?
Tal cual. :):)
genial Paco. Gracias. Te he mandado un correo electrónico. A ver si es posible que te pongas en contacto conmigo. Por favor..... . gracias otra vez
Respecto al art.73.3... "se admite la actuación del interesado...antes o dentro del día que se le notifica..." Cómo sabe el interesado que le va a llegar una notificación para poder actuar en ese "antes"? ¿Te refieres a antes de abrir (hacer ese click) en la notificación telemática? Muchas gracias, Paco 🙂
Se refiere más bien a que si el interesado, aunque tarde, realice las acciones que debe de hacer justo antes de que le llegue la notificación (no tienen ni idea de cuando el va a llegar), se le acepta pues implica voluntariedad por parte de persona interesada. :):)
Buenas Paco tengo una pregunta, la expedición del DNI, es un acto administrativo?
Entiendo que si.
Hola, con respecto al art. 68, en la resolución que ha de dictar la Administración por el por haber transcurrido el plazo de subsanacion en los términos del art. 21 de desistimiento. Se consideria finalizacion del procedimiento y cabría recurso contra ella? O es un acto de trámite?
Gracias, un saludo
Es una RESOLUCION, por tanto finaliza el procedimiento. art 84.
y se podria revocar si no pasó el plazo
Muy buenas Paco! Una duda respecto al artículo 73 en lo de que se admite la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día en que la resolución se notifique que el plazo ha transcurrido.
Si por ejemplo ya he recibido la notificación, ese mismo día, se admite esta actuación? O sólo anteriormente?
Muchas gracias!
La Ley te dice que hasta en el mismo día. :):)
👍
A camiseta por video. A cual más chula.
👍😀👍😀👍Como tu TShirt... Thanks!¡
Esquema Nacional de Identidad NO. Esquema Nacional de Interoperabilidad Sí
11q
🩷🩷
Gracias