DEBATE POR LA ADMISIÓN DE UN TESTIGO

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  • Опубліковано 10 вер 2024
  • Un registro es todo soporte material donde se describen hechos o cosas.
    El artículo 337 CNPP establece que las partes, deberán descubrir los medios de prueba que pretendan ofrecer en la audiencia de juicio, entregando materialmente copia de los registros.
    Esa es la razón por la que todo ofrecimiento de testimonial debe estar acompañada de su respectivo registro.
    El caso concreto no es sencillo, en la carpeta de investigación existe un expediente de un juicio civil, dentro del mismo obra una constancia de notificación firmada por una persona, que es la que el Asesor quiere presentar como testigo.
    Obviamente no existe entrevista, sin embargo, hay un registro documental que no fue convalidado en la investigación pero que obra dentro de la carpeta como parte de las constancias de otro expediente.
    La pregunta es:
    ¿Debe admitirse una testimonial con cualquier tipo de registro?

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