Por dignidad humana te es permitido engañar a tu esposo, ser infiel, adjudicarle una hija con todas las obligaciones que ello implica, y al final no poder exigir reparación del daño, o sea que tú no tienes dignidad. Una mujer que aplasta su dignidad por sí misma, el hombre que para el derecho no tiene dignidad. Vaya concepto de dignidad.
El licenciado Melesio en su reflexión final menciona que la Corte tutela el libre desarrollo de la personalidad, SIEMPRE Y CUANDO NO AFECTEN LOS DERECHOS DE OTROS, dado esto sigo pensando en el caso citado la mujer con su infidelidad afectó los derechos de quien entonces era su marido...me parece que los pronunciamientos de la Corte son contradictorios: La mujer hace uso de su libertad por medio de practicar la infidelidad pero afecta los derechos del marido al ocultarselo sobre todo al hacerse cargo (económicamente) de una niña que no era hija biológica
Coincido totalmente con Usted. La infidelidad en sí, tal vez no constituya un daño moral por prevalecer el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Pero el hecho de que a un conyuge se le haya engañado durante años respecto a su paternidad, por supuesto que genera un daño psicoemocional de proporciones considerables. Dedicaste años a la crianza de una niña o niño que te hicieron creer que era tu hijo, creaste un vínculo afectivo paterno-filial que son de los más sólidos en la vida de cualquier ser humano, y para que despúés de 15 o 20 años, vengan y te digan que siempre no eres el papá, y te disputen legalmente la paternidad, ¿quién en su sano juicio podría negar que, en dicho caso, existe un daño moral? Entonces me parece que en el caso que se expone, la infidelidad es lo de menos, es una cuestión hasta frívola, pero lo verdaderamente sustancial es el hecho del ocultamiento de la verdadera filiación de la niña, y todo lo que ello implica. Quienes somos papás, podemos imaginar la magnitud del daño causado por este tipo de mentiras. Saludos.
EL QUE SEA LA SUPREMA CORTE NO SIGNIFICA QUE SUS FALLOS SEAN INFALIBLES, AHORA RESULTA QUE LA INFEDLIDAD ES UN DERECHO HUMANO BASADO EN LA DIGNIDAD Y EN LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y CON ESTO LA CORTE SÍ ESTÁ SUBIENDO A RANGO CONSTITUCIONAL EL DERECHO A LA INFEDELIDAD Y PASA POR ALTO LOS FINES DE LA INSTITUCION DEL MATRIMONIO. ENTONCES, AHORA RESULTA QUE SI ALGUIEN ES INFIEL DENTRO DE MATRIMONIO, NO CAUSA UN DAÑO MORAL. JA
Tere Ramírez, concuerdo con usted el hecho de que sea la suprema corte no quiere decir que no se equivoquen con ese tipo de argumentos tan aberrantes que utilizan bajo el supuesto de ejercitar el derecho al libre desarrollo a la personalidad, que por otro lado es un derecho más que tiene sus restricciones y en este caso es el daño a terceras personas afectar su esfera jurídica, desde luego hubo daños y perjuicios y un daño moral al pobre hombre.
A los ministros de la Suprema Corte de la Justicia ojala sus consortes nunca les efectúen una infidelidad como de este caso, porque estoy casi seguro de como cambian y elaboran un nuevo criterio que la infidelidad si es daño moral. Interpretan la ley a su conveniencia, son una vergüenza, y esto lo expresó como abogado
Wow, no es lo mismo tener idea sobre un tema que el análisis a fondo de un caso en particular. Gracias Dr. Carbonell que buena explicación y desarrollo de esta sentencia.
Gran error de la Suprema Corte de "Justicia" de la Unión. Y Miguel Carbonel, en vez de hacer las preguntas difíciles, aquellas que el foro nos hacemos, se limita a aplaudir las estupideces de la SCJN.
No es mi intención ofender a nadie. Y cómo lego en materia de derecho me pregunto... ¿Qué incentivo existe para un hombre que contrae matrimonio si la ley no castiga a quien efectúa un fraude de paternidad? ¿ No será prudente y justo hacer que el padre y la madre biológicos paguen por él perjuicio económico que causó la manutención de un hijo ajeno al afectado? Al margen del daño moral...
Pues hay gente que lo plantea como fraude, y la ley se pone con sus mamadas que "no pueden porque el producto es menor de edad". Mamadas, sino están desamparando al niñ@ sólo se desea que el padre biológico sea responsable de la paternidad y se le aplique pensión alimenticia.
lastimosamente es lo único que queda en este caso, hacer valer la reparación económica por los gastos del afectado para con la niña que no era su hija. mas el daño moral no es tomado en cuenta. triste fallo de la justicia mexicana. saludos desde Ecuador.
Esa sentencia está llena de ideología y contradicciones, la idea es que todo se vale y no hay sanción, puedes las engañar y lastimar los sentimientos de tu cónyuge, y aunque te cause daño psicológicos, dolor y sufrimiento a los ministros no les importas, es más importante darle gusto al cuerpo y el gran doctor Carbonell, con esa actitud servil válida sin cuestionar esa aberración jurídica. En resumen es lamentable.
De verdad que la gente está loca te destruyen la vida y no pasa nada , de verdad que los derechos humanos están locos protejen a mujeres sin escrúpulos , y a gente sin moral ni valores
@@lupitajimenez8736 hubo un caso igual que la SCJN dijo que la infidelidad no era daño moral, pero en ese caso la parte demandante era la esposa. Aquí lo que está pesando en sus equivocadas decisiones es el famoso derecho del "libre desarrollo de la personalidad" y lo interpretan a su antojo.
Esta resolución esta destruyendo completamente la institución del matrimonio como tal, y cae completamente en una contradicción dicen que la "suprema corte no tutela constitucionalmente la infidelidad" si no que "Tutela constitucionalmente el libre desarrollo a la personalidad y al libre desarrollo sexual" cae completamente en una contradicción bajo este criterio.
Perdida de VALORES UNIVERSALES!! ?..... NO ! TOTAL AUSENCIA DE VALORES JUSTIFICADA POR LOS MULTINOMBRADOS DERECHOS HUMANOS.SI SE VA A SER INFIEL...PARA QUE FIRMAR UN CONTRATO MATRIMONIAL ?
Por supuesto que no ningún derecho es absoluto todos los derechos dependiendo del caso concreto y las circunstancias y los derechos en juego debe ceder alguna parte de su contenido. Lo que dice la corte es que en este caso concreto y bajo estas circunstancias y con los argumentos presentados por las partes debía prevalecer el derecho al libre desarrollo de la personalidad. No así en otros casos con otras particularidades otros argumentos y otros hechos
Y si el actor hubiese basado sus pretensiones en la restitución del daño moral pero por el hecho de haber sostenido económicamente durante varios años a un individuo con el cual no tenía ningún nexo filial y por ende ninguna obligación de brindar el derecho de alimentos. Y no por meramente el hecho de la restitución o pago compensatorio de los bienes inmateriales atañidos, sino por pago compensatorio de sus bienes patrimoniales como lo fue la manutención onerosa que le brindó a dicho individuo ¿Procedería el amparo de la parte demandada?
El artículo 258 frac VIII del código civil del Estado de Jalisco menciona que ¨ En la familia debe buscarse el afecto, la FIDELIDAD, así como darse apoyo reciproco. Esto por lo que comenta el invitado acerca de no existe mención de fidelidad en el ordenamiento legal
Muchas gracias Dr. Carbonell por los vídeos, muy buenos temas, creo yo, me parece mal aplicado el criterio de resolución en este caso, creo que si hubo un daño Moral y Económico, pienso se debería buscar el mecanismo para proteger a estas personas afectadas llámese mujer u hombre, el matrimonio ciertamente es un contrato, pero como en todo rubro se tiene que respetar, que pasa cuando incumples un contrato? hay sanciones, personalizaciones, todo tiene un efecto, tendremos que trabajar muy duro para poder encontrar esos mecanismos y hacerlos llegar a la suprema corte.
A mí humildemente me parece, que esté caso la persona infiel, si debería pagar esa indemnización, porque obtener la manutención de una criatura siempre tiene un costo económico, y si la persona está consciente de qué cometió la infidelidad, también y se queda callada, está cometiendo una estafa, un fraude patrimonial, a quién resulta su pareja además de la traición y el engaño a su hijo, o hija a ambos mejor dicho...Tiene muchas causales por las cuales se dirige ese tipo de demanda y se convierte ligeramente en un delito de falta a la paternidad como bien lo han explicado en el programa 👍🌺
Resulta contradictorio que, con base en la interpretación de un derecho fundamental, se priven de efectos a un acto ilícito como es la infidelidad, pues el Matrimonio, aun considerado como institución, origina derechos y obligaciones para las partes. La Corte interpretó el libre desarrollo de la personalidad como una regla y no como principio, o sea, de un todo o nada y no de manera gradual y considerando las circunstancias del caso. Esta sentencia priva de efectos jurídicos al Matrimonio entre consortes.
Con el debido respeto al Doctor Carbonell y a los magistrados de la primera sala, se está exponiendo este asunto y su resolución al respecto de manera errónea, la infidelidad SI es causa un daño moral, la resolución debió ser que es un daño moral no reparable de manera pecuniaria, ese debió ser en todo caso.
Los alimentos y otros apoyos económicos que entregó a la supuesta hija no son reclamables. La hija fue la recipiendaria y desconocía su origen biológico. Ahora, el asunto es mucho más intrincado que sólo alimentos. Saludos !!
Me trae recuerdos este asunto, ya que, realicé el proyecto de sentencia en el juzgado 41 civil de la cdmx, fue el primer asunto en el País; mi proyecto era condena absoluta en favor del papá por la afectación que consideré existió, pero la corte dijo que no.
Para empezar la sentencia sostiene que el matrimonio no es un contrato sino un acto condición. Esta perspectiva ya cambia de entrada lo que nuestras concepciones nos dicen acerca del matrimonio
Pfff. LA INFIDELIDAD ES UN DEBER MORAL. NO UN DEBER JURÍDICO. TAMPOCO TIENE CONSECUENCIAS JURÍDICAS. Aparte sería muy conservador pensar que la fidelidad tiene que ser un deber jurídico porque sino se "pierde" la "razón de ser" de la institución de Matrimonio. Si no te gusta no te cases! O hablá las cosas con tu pareja sobre con quiénes van a esar durante la unión! No es muy difícil Jajajaja (Argentina).
@@johnnyhyrano " sentencia sostiene que el matrimonio no es un contrato" Pero si hay divorcio el estado si se mete para asegurar la manutención del cónyuge verdad?.
Grave decisión de la corte, aquí habría un deber de reparación puesto que el contrato civil o relación entre particulares generó obligaciones y responsabilidades aquí incumplidas donde se involucran los bienes patrimoniales, daño moral, psicológico donde los periodos del tiempo se han visto totalmente afectados.
No escuchó usted que el matrimonio no es considerado un contrato civil, si no una institución de aspectos de interés público, que en ésta existe una autonomía de voluntades, un libre desarrollo de la voluntad y que la infidelidad no es coercitiva... No es exigible, es decir, no existe un modelo de vida único.
@@lizbethramirezvallejo5212 Porque claro, el estado tiene la capacidad monopolista de decidir que prohibír y que no prohibir , según las conveniencias. Por que claro si dos personas aplican su libertad MORAL para tener peleas callejeras, el estado si se cree con el derecho de poder interferir, interfiriendo con la libertad de los individuos. Pero claro, como el compromiso sexual interfiere con su agenda e intereses progresistas allí si afirman no poder meterse. "un libre desarrollo de la voluntad y que la infidelidad no es coercitiva" Apliquemos el mismo argumento con otro caso, una persona blanca que no deja entrar a negros a su restaurante, bajo ese mismo argumento, esta acción se justifica completamente. Porque dejar o no entrar a negros es cuestión exclusivamente de la moral del dueño del restaurante, la inclusión no es "coercitiva". No hay diferencia entre la libertad moral de un infiel a un racista. Pero oh sorpresa, el estado penaliza a uno y al otro no. El "argumento" que dan están burlo que podrías llevarlo a casi todos los delitos existentes y justificarlos con la libertad moral. Y si nos vamos a cuestiones científicas, hace mucho mas daño a nivel biológico y psicológico que te sean infiel a que te discriminen. Mas al recibir una traición de aquel que mas confiabas. Las leyes están basadas en lo moral, no en lo que diga el estado, el asesinato es delito porque no inmoral, la violación también, el robo, las extorsiones, etc. Las leyes están atadas a la moral, no al revés, el estado no puede poner leyes inmorales. para colmo son tan hipócritas para decir que apoyan "la libertad sexual" mientras que a su vez el estado tenga prohibido las relaciones poliamorosas (que son un asco, pero no quita la hipocresía). Básicamente penalizan lo que quieren como quieres, cuando quieren y lo que no quieren los ignoran sin dar un argumento basado ni en filosofia ni el la logica. Punto adicional: dicen que el matrimonio "no es un contrato" por lo tanto no debería haber obligaciones, pero si hay divorcio ahí si se mete el estado, incluso aunque ni siquiera estén casados el estado se mete EN UNA RELACIÓN, PROBLEMA Y RESOLUCIÓN ENTRE PRIVADADOS. Lo veas como lo veas, lo que afirman es hipocresía e injusticia pura.
@@lizbethramirezvallejo5212en ese sentido, entonces la conducta fraudulenta de la mujer radica en hacerle creer al hombre legalmente casado con ella que la hija es de él a sabiendas de que era hija del padrastro (ya sería mucho que la mujer no supiera de quién es el padre de su hija)...
Buenas Noches: Acabo de ver este video y dada la tendencia de la globalización del derecho, me surge una pregunta: Que derechos entre cónyuges por razón del matrimonio seguirán como bienes jurídicos tutelados por El Estado?
La familia es un núcleo completo en moral ,principio,educacion y fe , donde se preserva la Unión y el respeto a las leyes , esto evita la facilidad de libertinaje en los niños y jóvenes , cuando se contrae matrimonio , es para ser uno solo y ser familia completa
Entonces cuál es el punto trascendental para no considerar la infidelidad como transgresora de los sentimientos el honor y la buena voluntad de una persona; o más a un conciderar que el libre desarrollo de la personalidad está por encima de los sentimientos el honor y la buena voluntad de las personas
@@CarlosDuarteNi no son sólo los sentimientos, habia un matrimonio legal, es decir habia una relación regulada legalmente y además dentro de lo que se supone que debe haber en una relación es la exclusividad entre las personas, situación que no se cumplio y que además la sra. se embarazó mintio y le cargó la paternidad al entonces su marido. ¿cómo se llama eso? ¿libre desarrollo de la personalidad?
@@CarlosDuarteNi Desde que las violaciones son de los delitos mas castigados, solo por los sentimientos del violado... Desde que el asesinato es un crimen por los sentimientos de sus seres queridos que sufren la por la muerte de su familiar (no es como si el muerto pidiera justicia). Desde que el robo es delito por los sentimientos que causa en el afectado. Desde que el racismo es un crimen por los sentimientos que le puedes causar al objetivo del racismo. Absolutamente todos los delitos son delitos por los daños emocionales y/o físicos que ocasionan a terceros.
La infidelidad no es lo en verdad relevante, menos en la actualidad, claro y evidente es el hecho que este hombre fue utilizado para criar y proveer de lo que ocupaba la hija de la señora que tenía una doble vida, ahí lo que debe de reclamar el señor ex esposo es una indemnización por los gastos de todos los años que realizó durante el crecimiento de la hija que AHORA pide ser reconocida por su padre biológico!!! Que pague el padre biológico por los gastos que hizo el ex esposo con la hija de otro hombre, que casualidad que termina de nuevo con el padre de la hija después de tanto tiempo, esa relación siempre estuvo ahí y el padre biológico el seguro que sabía que era el padre de esa niña. Fue afectado el ex esposo económicamente, pagaba gastos de los cuales no era responsable, hubo dolo al ocultarle la verdad la ex esposa al ex esposo. Es muy diferente uno acarrear con los gastos de un hijo que no es tuyo PERO con conocimiento de que el hijo no es tuyo y tú aún así quieres seguir con esa relación con todo e hijo o hijos. Entonces en resumen la cagaron al presentar la demanda por infidelidad debieron enfocarse en el dolo que hubo al ocultar la verdadera paternidad?
Muy interesante, lástima que para aquellos que estudiamos las microexpresiones, ambos no lograron darle la seriedad al tema. Revisen sus microexpresiones, por favor.
Lo acabo de ver y si resulta interesante, pues gira el tema entorno a lo subjetivo o coercitivo que resulta no puede ser el Estado; pues en otro tema del matrimonio como los alimentos, se convierte en objetivo y el Estado vigila y sanciona en su caso. Interesante reflexión con el libre desarrollo de las personas.
Estoy de acuerdo Nada más que en todo caso el señor debió de mandar originalmente por esas razones y no por la infidelidad qué fue lo que hizo que la corte se pronunciara al respecto. Recuerda que la suprema corte no puede pronunciarse respecto de cuestiones que no hayan sido formuladas en el juicio ordinario En todo caso lo que aquí hubo fue una mala estrategia legal una mala asesoría por parte del abogado del señor
@@johnnyhyrano Pues ni tan mala porque su abogado logró ganar en primera instancia, segunda instancia y el amparo directo, no fue hasta que se usó el recurso de revisión que perdió el señor, pero en si, iban ganando, hasta que llegó a la SCJN
Alejandra, lic una pregunta qué puedo hacer aquí, me divorcié fue incausado por infidelidad, hay violencia verbal,falta pensión alimenticia y repartición de bienes, pero el juez lo dejo al siguiente lote dela casa, la casa tiene su pequeño jardín, ahí mismo hay 2 cuartos de madera, y ahí bajó a vivir, pues desde ahí pelea, adónde debe acudir para que se vaya de ahí, ya nos tiene dañados psicológicamente tengo 2hijos pequeños.
En este caso no fue motivo de juicio la devolución de alimentos que proporcionó el padre legal indebidamente durante todo el tiempo que los proporcionó?
Sin duda alguna, el ser humano cuanto más se aleja de las Leyes del Eterno, se vuelve más perverso e injusto. Es esperanzador saber que en el día del Juicio Final, todos estos transgresores de la Ley divina, no quedarán impunes.
Considero que la consideración de matrimonio como institución, da todo el derecho a la mujer y los hijos, así mismo deja en plena indefensión al varón. Cuando era considerado contrato, existía la posibilidad de reparar este tipo de daños, ambas partes tenían derechos y obligaciones, incluida la fidelidad. El libre desarrollo de la personalidad no puede ser excusa para lastimar el honor y la psique de uno de los miembros del matrimonio. Además de la afectación psicológica que ha sufrido. Estás consideraciones SI TUTELAN LA INFIDELIDAD, con todas sus letras, la corte rompe el equilibrio del matrimonio. Por tanto la recomendación para los clientes es evidente, NO SE CASEN, NO TENGAN HIJOS. El problema es que esto lleva a reducción poblacional y control entre muchas otras cosas, que al final es lo que está en boga en el mundo, que bueno que siempre hemos querido ser como Europa porque allá vamos directo y sin escalas. Dr. "Especialista" el daño moral no necesariamente proviene de un hecho ilícito, veo que está sacándose este argumento de la manga.
Aparte de lo correspondiente a daño moral, aquí lo que me salta es el daño material, lo referente a los gastos de manutención durante todo el tiempo en que el promoviente creyó y asumió los deberes para con una persona con la quien no tenía vínculos biológicos.
La sentencia de la primera sala no resolvió sobre aspectos de dolo ni de sanidad porque no eran materia del amparo de revisión. Por lo tanto solo se pronunció sobre la infidelidad en abstracto, resolviendo que no da lugar a una reparación del daño moral.
El mejor comentario!! Los que comentan "no es justo" no lo entendieron ni los procesos. Si hay consecuencias pero si hay un acuerdo previo de exclusividad sexual o no consideras que la demanda fue errada ¿como crees que resultaría por fraude(claramente eran amantes de tiempo) ocultar paternidad? Podría haber pena si hubiera recabado pruebas el demandante te parece? Es claro que la corte resolvió sabiamente la "infidelidad"
Mi caso personal es muy similar! A los 5 años de casado , me divorcié, al comenzar una nueva relación e intentar! Procrear un nuevo hijo y después de muchas pruebas de fertilidad dio como resultado, una condición llamada " síndrome de microdelecion del cromosoma Y , un daño que produce infertilidad progresiva! He pagado por 10 años manutención! Además de en la división de bienes le cedi un 70 % de bienes en México! Y la renuncia de bienes en el extranjero! Los que erróneamente! No estipule en los acuerdos de divorcio ! Ya que esta en curso todo esto no se que medidas tomar! Algún consejo
Es lo mismo que me preguntó yo, el matrimonio es un contrato,donde se supone hay derechos y obligaciones, al apelar al libre desarrollo de la libertad para incausar el divorcio,se está incumpliendo un contrato
Dice que el estado no se puede meter en la vida dentro del matrimonio. Y cuando hay violencia intrafamiliar? y me refiero a violencia verbal, donde el daño es psicológico. Que pasaría?
El matrimonio es un contrato, es sabido mundialmente que conlleva fidelidad sexual. El o la parte del matrimonio que es infiel DEBE decirlo a su pareja, dando oportunidad a que la pareja no sufra una deslealtad. Ej. Yo voy y compro una lavadora y de repente no lava . Chistosa mente el fabricante me indica que lava pero no si una prenda es azul se metió en la lavadora. No se trata de atentado a la libertad sexual es un atentado a la honestidad, reciprocidad. Quieres ser infiel COMUNICALO.
Señor Carbonell, la verdad soy un gran admirador de su trabajo, la verdad me gusta los temas que presenta, pero la verdad se me dificulta entender todo lo que dicen, ya que el volumen de sus videos es muy bajo, admiro mucho su trabajo la verdad, pero si pudiera solucionar este problema de audio se lo agradecería mucho, que tenga muy buena noche señor Carbonell, y saludos desde Torreón Coahuila, México
La infidelidad no tiene agravantes, no existe el dolo, los aspectos de sanidad, y los términos en los que se pacta el compromiso? Porque el matrimonio es antes que nada un contrato y se rompe la buena fe y el acuerdo de voluntades! Hay aspectos legales que no son del todo claros, sobre todo se hacen mas complejos sobre su estudio ya en esta instancias, oficioso!
No entendiste? No puede hacer dolo porque puede haber matrimonios con libertad sexual mutuo acuerdo(si ya se que estarían locos, para eso no es el matrimonio) eso se considera en la corte no podría existir un deber jurídico coercible porque eso seria una imposición o seria generalizar el matrimonio, ojo si existen clausulas prematrimoniales e exclusividad sexual ahí si ha penas o indemnización, yo. Creo que el demandante no formulo bien su demanda, tendría que pedir indemnización por alimentos o gastos que le genero la "hija" no por la infidelidad y haber probado que el padrastro si sabia que la mujer estaba casada incluso embarazada podría ser fraude , es claro que eran amantes de tiempo
supongamos un caso de responsabilidad objetiva, yo tengo el derecho humano a tener un carro (propiedad) y a transitar con el (libertad de transito) pero si al dejarlo estacionado, de repente le cae un rayo al carro y éste se desplaza y daña a una persona o cosa, yo no tengo la culpa, ni siquiera he sido negligente, PERO tengo responsabilidad objetiva por los daños que el carro de MI propiedad cause. De igual manera, no se puede obligar juridicamente a la fidelidad sexual, PERO debe existir la responsabilidad por el daño que cause el ser infiel, en este caso el daño moral, ademas del daño patrimonial de mantener a una persona pensando que estaba obligado a ello cuando en realidad no. Ok, una persona tiene libertad sexual de la misma forma que otra tiene derecho a estacionar su carro, pero en ambos casos, si se ocasionan daños con el objeto de su proopiedad o con la propia conducta, al ejercer ese derecho, hay que responder de esos daños. Esa sentencia de la corte es una porqueria.
Es que una cosa son los carros y otra cosa es el matrimonio. La fidelidad solo es deber moral entre los cónyuges. No tendría que ni existir el daño moral. Las cosas se acuerdan con la pareja, sino ni se hubiera casado. Caso contrario de limitaría la libertad (sexual) que es un valor constitucional defendido por la Constitución Nacional... Yo no quiero una sociedad menos libre sino lo más libre posible. Quizás haya un daño emocional por la infidelidad pero eso no significa que se tenga que pagar una indemnización por daños!!!! Vaya a terapia si necesita o hablar con amigos y listo. Que ridiculez. Todo porque la iglesia empapó al Derecho desde sus orígenes de su religión y ahora todos somos conservadores sin darnos cuenta, incluso incurriendo en una limitación a la LIBERTAD! Alguien decía "la libertad es el poder de libre elección" y agrego "y asunción de las consecuencias de los actos libres" pero en este caso son solo morales. Me parece que hay MMUUUUCHOS temas que primero deberían revisar los y las jueces y juezas porque tienen mayor relevancia que una infidelidad producto de la libre elección de alguien.(Argentina).
@@lucasdelavilla7923 la respuesta es totalmente equivocada, en el caso planteado hubo un engaño, el padre pensó que tenía la obligacion de mantener a una persona porque pensó que en realidad era su hija. Definicion de fraude : el que engañando a uno o aprovechandose del error en que se haya, obtiene un lucro indebido, para sí o para otro. Fuente de informacion : soy abogado .
@@juanperezcualquiera4903 Justamente por eso aclaré que soy de Argentina. Aparte no sé qué te hace creer que vos sos poseedor de la verdad absoluta como para decir que lo que digo es totalmente equivocado. Yo, al igual que otras personas, pensamos muy similar a lo que dije antes, y por qué no ciertas leyes se las podría encuadrar tranquilamente para justificar el NO-PAGO de una indemnización. Que pena que tengas poca cabeza como para expandir tu mente y pensar más allá de los límites que te ponen las disposiciones legales únicamente y escritas hace años! Siendo que la realidad es cambiante todo el tiempo y uno debe amoldarse, no citar como loro disposiciones que (en muchos casos) ya deberían haberse derogado por tanto tiempo desde que se sancionaron y actualmente resultas soluciones nefastas.
@@metodom1616, pero tampoco es legal, de lo contrario podrías casarte dos veces, y la ley te lo permitiría. Además, en casos como este en que la madre atribuyó a otra persona la paternidad, aplicaría el título decimosexto del Código Penal Federal: Delitos contra el estado civil y la bigamia.
Pero si no se da cuenta el afectado de que existe infidelidad, y le da su apellido no siendo su hijo(a) al producto, no es daño material o a la dignidad humana mantener a alguien que no lleva tu sangre solo tu apellido?
La infidelidad puede no considerarse un daño moral segun la norma actual, para mi gusto muy fuera de lugar con respecto a los valores pero si trae consigo daño psicologico, afectacion economica y generador de conflictos sociales de una de las partes por ser sujeto de burlas o buling lo que deberia de demandarse como reparacion del daño en terminos monerarios, espero su respuesta por favor
El lazo matrimonial es reconocido a nivel social, tanto a partir de normas jurídicas como por las costumbres. Al contraer matrimonio, los cónyuges adquieren diversos derechos y obligaciones. El matrimonio también legitima la filiación de los hijos que son procreados por sus miembros.
No es exigible la fidelidad por parte del Estado?¡ Pero si este cuate mismo señala que esta implicita en la ley la fidelidad y la juricidad que esta tiene¡ No cabe duda que es muy triste que cada dia estan peor muchos criterios de la SCJN ya no es una institucion respetada como lo era hace muchos años. Ahora, con este tipo de sentencias y revisiones, parece que son una cueva de convenencieros resentidos, que estan disupuestos a torcer la ley a su convenciencia, y de verdad que con esta sentencia se fueran mas alla del descaro y la indignacion. Dejen fuera sus resentimientos y traumas interiores, no LOSproyecten en las sentencias¡ Lastima que si vean y sepan del alcance sus incapacidades para juzgar de acuerdo mínimamente al sentido común, Nolegislen crudos, resentidos o a la orden de favores politicos¡ como dijo un presidente municipal de Nayarit, Sean Marranos peo no trompudos caray. Hasta yo mismo podria hacer una sentencia de 200 paginas (pura paja) como ellos la hicieron para demostrar la vaciedad de este criterio, pero claro, ellos tiene el nombramiento por parte del Estado para oficializarlo. Creo que cualquier abogado de nivel medio podria hacer otro Amparo directo en Revision, de 200 pajinas(paja) perdon paginas para tirar su estudio. A partir de que nos estamos agringando, 1995 para aca, estamos queriendo ser un pais de 1er mundo como los gringos pero lo malo que en la marraneria moral y social, no en lo economico. Pero hay un Dios¡¡😁😂
Mi exmarido está muy rabioso, porq le pedí divorcio, yo le di mucha oportunidad de arreglar problemas, le decía vamos a terapeas no quiso nada,él es un controlador, machista, narcisista, sicópata.
Corte solapadora, licencia para hacer lo que se quiere... "No hay daño"cuando criaste, abrazaste, cuidaste, te ocupasta del deber de cuidado, mantuviste madre e hija, y que resulta que solo eres utilizado.. Corte insensible fuera de toda Justicia, bueno Dios juzgara cada determinación
Ocupamos Ministros de elección popular, para evitar este tipo de sentencias incongruentes y contradictorias, si hubo infidelidad, es claro que puede haber, tanto daño moral como daño patrimonial
Pues yo conozco de una persona que está obligado a dar pensión, aún que sabe el, que no es su hija,ya puso una apelación, y la jueza no quiere aplicar una prueba de paternidad, que por qué se violan los derechos del infante. Y yo me preguntó en donde están los derechos del hombre
Fama y fortuna es la apuesta de algunos artistas por trascender en a sociedad con la institución por antonomasia, La familia dentro del matrimonio en mutuo acuerdo!
@@duvian77 también resaltar los acuerdos de exclusividad sexual prematrimoniales, o un posible fraude por ocultar paternidad si lo sabia la madre, Creo que el demandante no presentó su demanda correctamehte, pero la corte con lo se expuso resolvió sabiamente
Me gustó el tema qué se abordó pero estoy en total desacuerdo con el dictamen de la suprema corte de justicia . Pero en mi parecer: La sentencia si tutela la infidelidad. "Libre desarrollo de la personalidad y libre desarrollo de la sexualidad"estoy de acuerdo. Pero el engañar por años a una persona en hacerle creer que había consevido con su esposa una hija de ambos y que juntos procrearon por años y que después solo diga la señora que crees no es tu hija disculpe usted por hacerle creer esto y que las leyes no le apliquen cargo alguno se me hacen injusto ya que transgrede la dignidad del hombre,daños y perjuicios sociólogicos. Pero bueno ellos son los expertos en la materia . Saludos doctor Carbonell , gracias por la información que nos proporciona. cargo de en este caso una niña que no era su hija
Dr. Carbonell, ese tipo de sentencias que solo están basadas en la política e ideología de género solo pueden desembocar en su ciclo peor de venganza, que aunque pueda convertirse en un hecho punible, desde la óptica de los valores de nuestra sociedad sabemos que en el fondo tendría a muchos simpatizantes por esa acción.......el honor y la reputación es algo que debe ser preservado aún a costa de lo que sea....y sabe si hablamos de “interes superior del niño", creo que es mucho más “interes" el conocer la identidad de su verdadero padre, y hacer que este sea quien Vele por la manutención y crianza de ese niño. Dejémonos de doble moral......y así evitamos desgracias en la sociedad. Que vergüenza para el derecho esa sentencia.
Deleznable, desconsiderado y de poca humanidad. Algún día se darán cuenta del craso error y del delito que están dejando en la impunidad. Si bien es cierto que la fidelidad es un tema “reciente” en el transcurso de la historia de humanidad, actualmente es el acuerdo intimo entre dos personas que han decidido libremente compartir un proyecto vida en común. El ser infiel en los tiempos que corren produce daños psicológicos irreparables en quien ha sido engañado/a. si ya no quieres o no soportas a tu pareja díselo ; a él o ella no le quedará más remedio que admitirlo tarde o temprano. Si no lo haces a tiempo al final se enterará y quedarás millones de veces peor!
Debería ser daño moral y daño psicológico debería de haber indemnización a la parte afectada.
Jaja
Cómo di aquí??
Es barbaro lo que dicen!!! Cada vez PEOR TODO LAS LEYES, LA MEDICINA, LA EDUCACIÓN...... A DÓNDE VAMOS A PARAR!!!
Por dignidad humana te es permitido engañar a tu esposo, ser infiel, adjudicarle una hija con todas las obligaciones que ello implica, y al final no poder exigir reparación del daño, o sea que tú no tienes dignidad. Una mujer que aplasta su dignidad por sí misma, el hombre que para el derecho no tiene dignidad. Vaya concepto de dignidad.
Es correcto
C
El licenciado Melesio en su reflexión final menciona que la Corte tutela el libre desarrollo de la personalidad, SIEMPRE Y CUANDO NO AFECTEN LOS DERECHOS DE OTROS, dado esto sigo pensando en el caso citado la mujer con su infidelidad afectó los derechos de quien entonces era su marido...me parece que los pronunciamientos de la Corte son contradictorios: La mujer hace uso de su libertad por medio de practicar la infidelidad pero afecta los derechos del marido al ocultarselo sobre todo al hacerse cargo (económicamente) de una niña que no era hija biológica
Coincido totalmente con Usted. La infidelidad en sí, tal vez no constituya un daño moral por prevalecer el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Pero el hecho de que a un conyuge se le haya engañado durante años respecto a su paternidad, por supuesto que genera un daño psicoemocional de proporciones considerables. Dedicaste años a la crianza de una niña o niño que te hicieron creer que era tu hijo, creaste un vínculo afectivo paterno-filial que son de los más sólidos en la vida de cualquier ser humano, y para que despúés de 15 o 20 años, vengan y te digan que siempre no eres el papá, y te disputen legalmente la paternidad, ¿quién en su sano juicio podría negar que, en dicho caso, existe un daño moral? Entonces me parece que en el caso que se expone, la infidelidad es lo de menos, es una cuestión hasta frívola, pero lo verdaderamente sustancial es el hecho del ocultamiento de la verdadera filiación de la niña, y todo lo que ello implica. Quienes somos papás, podemos imaginar la magnitud del daño causado por este tipo de mentiras. Saludos.
SIN DESPERDICIO ALGUNO !
EL QUE SEA LA SUPREMA CORTE NO SIGNIFICA QUE SUS FALLOS SEAN INFALIBLES, AHORA RESULTA QUE LA INFEDLIDAD ES UN DERECHO HUMANO BASADO EN LA DIGNIDAD Y EN LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y CON ESTO LA CORTE SÍ ESTÁ SUBIENDO A RANGO CONSTITUCIONAL EL DERECHO A LA INFEDELIDAD Y PASA POR ALTO LOS FINES DE LA INSTITUCION DEL MATRIMONIO. ENTONCES, AHORA RESULTA QUE SI ALGUIEN ES INFIEL DENTRO DE MATRIMONIO, NO CAUSA UN DAÑO MORAL. JA
Tere Ramírez, concuerdo con usted el hecho de que sea la suprema corte no quiere decir que no se equivoquen con ese tipo de argumentos tan aberrantes que utilizan bajo el supuesto de ejercitar el derecho al libre desarrollo a la personalidad, que por otro lado es un derecho más que tiene sus restricciones y en este caso es el daño a terceras personas afectar su esfera jurídica, desde luego hubo daños y perjuicios y un daño moral al pobre hombre.
Causa daño moral, económicamente y psicologíco.
Tiene toda la razón!!!
Estoy de acuerdo cuantas personas quedan con grandes problemas de depresión por vivir infidelidades de sus parejas muchos llegan al grado de suicidio
A los ministros de la Suprema Corte de la Justicia ojala sus consortes nunca les efectúen una infidelidad como de este caso, porque estoy casi seguro de como cambian y elaboran un nuevo criterio que la infidelidad si es daño moral. Interpretan la ley a su conveniencia, son una vergüenza, y esto lo expresó como abogado
Son puteros.
Qué cosas no?, resulta que por el desarrollo de la personalidad de una se debe superar tan enmarañado engaño. Equivocada resolución
Wow, no es lo mismo tener idea sobre un tema que el análisis a fondo de un caso en particular. Gracias Dr. Carbonell que buena explicación y desarrollo de esta sentencia.
Gran error de la Suprema Corte de "Justicia" de la Unión.
Y Miguel Carbonel, en vez de hacer las preguntas difíciles, aquellas que el foro nos hacemos, se limita a aplaudir las estupideces de la SCJN.
Muy buena opinión, Miguel Carbonell es una foca que aplaude a la Corte, además que vive de ella
No es mi intención ofender a nadie. Y cómo lego en materia de derecho me pregunto... ¿Qué incentivo existe para un hombre que contrae matrimonio si la ley no castiga a quien efectúa un fraude de paternidad? ¿ No será prudente y justo hacer que el padre y la madre biológicos paguen por él perjuicio económico que causó la manutención de un hijo ajeno al afectado? Al margen del daño moral...
Lo que pasa es que no plantearon el fraude en la vía penal para privarlos de la libertad y civil para el pago de daños y perjuicios
Pues hay gente que lo plantea como fraude, y la ley se pone con sus mamadas que "no pueden porque el producto es menor de edad". Mamadas, sino están desamparando al niñ@ sólo se desea que el padre biológico sea responsable de la paternidad y se le aplique pensión alimenticia.
Soy mujer y estoy de acuerdo contigo
El daño moral es evidente. Este tipo de sentencias motivan la venganza.
lastimosamente es lo único que queda en este caso, hacer valer la reparación económica por los gastos del afectado para con la niña que no era su hija. mas el daño moral no es tomado en cuenta. triste fallo de la justicia mexicana. saludos desde Ecuador.
Una mala jurisprudencia acaba con bibliotecas completas.
Ni en la Rosa de Guadalupe, encontramos estos casos... 😂
Ya fuera de broma, me encanta este programa. Saludos. ✌🏻😁
Esa sentencia está llena de ideología y contradicciones, la idea es que todo se vale y no hay sanción, puedes las engañar y lastimar los sentimientos de tu cónyuge, y aunque te cause daño psicológicos, dolor y sufrimiento a los ministros no les importas, es más importante darle gusto al cuerpo y el gran doctor Carbonell, con esa actitud servil válida sin cuestionar esa aberración jurídica. En resumen es lamentable.
Es la influencia del relativismo moral.
De verdad que la gente está loca te destruyen la vida y no pasa nada , de verdad que los derechos humanos están locos protejen a mujeres sin escrúpulos , y a gente sin moral ni valores
@@lupitajimenez8736 hubo un caso igual que la SCJN dijo que la infidelidad no era daño moral, pero en ese caso la parte demandante era la esposa.
Aquí lo que está pesando en sus equivocadas decisiones es el famoso derecho del "libre desarrollo de la personalidad" y lo interpretan a su antojo.
Ufff que tema tan interesante! 😮 Me parece que en este caso Si hubo daño a terceros, exesposo e hija, por lo tanto hay un deber de reparación de daño
Esta resolución esta destruyendo completamente la institución del matrimonio como tal, y cae completamente en una contradicción dicen que la "suprema corte no tutela constitucionalmente la infidelidad" si no que "Tutela constitucionalmente el libre desarrollo a la personalidad y al libre desarrollo sexual" cae completamente en una contradicción bajo este criterio.
Que magnífico comentario
Perdida de VALORES UNIVERSALES!! ?.....
NO ! TOTAL AUSENCIA DE VALORES JUSTIFICADA POR LOS MULTINOMBRADOS DERECHOS HUMANOS.SI SE VA A SER INFIEL...PARA QUE FIRMAR UN CONTRATO MATRIMONIAL ?
Gracias por esos conocimientos compartidos, siempre mi admiración a verdaderos Juristas como ustedes, mil gracias
¿El libre desarrollo de la personalidad, permite que los actos de una persona no tengan limites?
Ya vez que no !!! A dónde vamos a parar ...
Muy contradictorio.
Por supuesto que no ningún derecho es absoluto todos los derechos dependiendo del caso concreto y las circunstancias y los derechos en juego debe ceder alguna parte de su contenido.
Lo que dice la corte es que en este caso concreto y bajo estas circunstancias y con los argumentos presentados por las partes debía prevalecer el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
No así en otros casos con otras particularidades otros argumentos y otros hechos
Muchas gracias, por esté programa siempre aprendo y lo comparo con el derecho en mi país 🙏🙏🙏🌞🌺 gracias
Siempre veo sus programas dr. Miguel ¡interesante!
Muchas gracias maestro.
Y si el actor hubiese basado sus pretensiones en la restitución del daño moral pero por el hecho de haber sostenido económicamente durante varios años a un individuo con el cual no tenía ningún nexo filial y por ende ninguna obligación de brindar el derecho de alimentos. Y no por meramente el hecho de la restitución o pago compensatorio de los bienes inmateriales atañidos, sino por pago compensatorio de sus bienes patrimoniales como lo fue la manutención onerosa que le brindó a dicho individuo ¿Procedería el amparo de la parte demandada?
El artículo 258 frac VIII del código civil del Estado de Jalisco menciona que ¨ En la familia debe buscarse el afecto, la FIDELIDAD, así como darse apoyo reciproco. Esto por lo que comenta el invitado acerca de no existe mención de fidelidad en el ordenamiento legal
Muchas gracias Dr. Carbonell por los vídeos, muy buenos temas, creo yo, me parece mal aplicado el criterio de resolución en este caso, creo que si hubo un daño Moral y Económico, pienso se debería buscar el mecanismo para proteger a estas personas afectadas llámese mujer u hombre, el matrimonio ciertamente es un contrato, pero como en todo rubro se tiene que respetar, que pasa cuando incumples un contrato? hay sanciones, personalizaciones, todo tiene un efecto, tendremos que trabajar muy duro para poder encontrar esos mecanismos y hacerlos llegar a la suprema corte.
A mí humildemente me parece, que esté caso la persona infiel, si debería pagar esa indemnización, porque obtener la manutención de una criatura siempre tiene un costo económico, y si la persona está consciente de qué cometió la infidelidad, también y se queda callada, está cometiendo una estafa, un fraude patrimonial, a quién resulta su pareja además de la traición y el engaño a su hijo, o hija a ambos mejor dicho...Tiene muchas causales por las cuales se dirige ese tipo de demanda y se convierte ligeramente en un delito de falta a la paternidad como bien lo han explicado en el programa 👍🌺
Resulta contradictorio que, con base en la interpretación de un derecho fundamental, se priven de efectos a un acto ilícito como es la infidelidad, pues el Matrimonio, aun considerado como institución, origina derechos y obligaciones para las partes. La Corte interpretó el libre desarrollo de la personalidad como una regla y no como principio, o sea, de un todo o nada y no de manera gradual y considerando las circunstancias del caso. Esta sentencia priva de efectos jurídicos al Matrimonio entre consortes.
Excelente programa. Gracias por actualizarnos Dr. Para los que estamos lejos
Con el debido respeto al Doctor Carbonell y a los magistrados de la primera sala, se está exponiendo este asunto y su resolución al respecto de manera errónea, la infidelidad SI es causa un daño moral, la resolución debió ser que es un daño moral no reparable de manera pecuniaria, ese debió ser en todo caso.
Tengo una duda ... ¿qué pasa con la reparacion del daño de las obligaciones que cumplio cuando se creía padre biológico?
Los alimentos y otros apoyos económicos que entregó a la supuesta hija no son reclamables. La hija fue la recipiendaria y desconocía su origen biológico. Ahora, el asunto es mucho más intrincado que sólo alimentos. Saludos !!
Me trae recuerdos este asunto, ya que, realicé el proyecto de sentencia en el juzgado 41 civil de la cdmx, fue el primer asunto en el País; mi proyecto era condena absoluta en favor del papá por la afectación que consideré existió, pero la corte dijo que no.
Excelente y acertada determinación y aclaración.
buen video, pero me hubiese gustado saber qué paso con los argumentos respecto a la manutención.
El demandante no argumentó eso en su demanda, así que la Corte no lo analiza.
Si quieres el libre desarrollo de la personalidad, la libertad sexual , no te cases
La institución del matrimonio tiene una razón de ser, esta sentencia hecha por el suelo todas sus finalidades
Para empezar la sentencia sostiene que el matrimonio no es un contrato sino un acto condición.
Esta perspectiva ya cambia de entrada lo que nuestras concepciones nos dicen acerca del matrimonio
Totalmente de acuerdo.
Pregunto seriamente: ¿y cuales son las finalidades de la institución del matrimonio en el derecho mexicano?
Pfff. LA INFIDELIDAD ES UN DEBER MORAL. NO UN DEBER JURÍDICO. TAMPOCO TIENE CONSECUENCIAS JURÍDICAS. Aparte sería muy conservador pensar que la fidelidad tiene que ser un deber jurídico porque sino se "pierde" la "razón de ser" de la institución de Matrimonio. Si no te gusta no te cases! O hablá las cosas con tu pareja sobre con quiénes van a esar durante la unión! No es muy difícil Jajajaja (Argentina).
@@johnnyhyrano " sentencia sostiene que el matrimonio no es un contrato"
Pero si hay divorcio el estado si se mete para asegurar la manutención del cónyuge verdad?.
Nos estamos convirtiendo en una sociedad de caricatura
Grave decisión de la corte, aquí habría un deber de reparación puesto que el contrato civil o relación entre particulares generó obligaciones y responsabilidades aquí incumplidas donde se involucran los bienes patrimoniales, daño moral, psicológico donde los periodos del tiempo se han visto totalmente afectados.
Tema muy interesante. Gracias por su programa Dr. Carbonell.
No escuchó usted que el matrimonio no es considerado un contrato civil, si no una institución de aspectos de interés público, que en ésta existe una autonomía de voluntades, un libre desarrollo de la voluntad y que la infidelidad no es coercitiva... No es exigible, es decir, no existe un modelo de vida único.
@@lizbethramirezvallejo5212 Porque claro, el estado tiene la capacidad monopolista de decidir que prohibír y que no prohibir , según las conveniencias.
Por que claro si dos personas aplican su libertad MORAL para tener peleas callejeras, el estado si se cree con el derecho de poder interferir, interfiriendo con la libertad de los individuos.
Pero claro, como el compromiso sexual interfiere con su agenda e intereses progresistas allí si afirman no poder meterse.
"un libre desarrollo de la voluntad y que la infidelidad no es coercitiva"
Apliquemos el mismo argumento con otro caso, una persona blanca que no deja entrar a negros a su restaurante, bajo ese mismo argumento, esta acción se justifica completamente.
Porque dejar o no entrar a negros es cuestión exclusivamente de la moral del dueño del restaurante, la inclusión no es "coercitiva". No hay diferencia entre la libertad moral de un infiel a un racista.
Pero oh sorpresa, el estado penaliza a uno y al otro no. El "argumento" que dan están burlo que podrías llevarlo a casi todos los delitos existentes y justificarlos con la libertad moral.
Y si nos vamos a cuestiones científicas, hace mucho mas daño a nivel biológico y psicológico que te sean infiel a que te discriminen. Mas al recibir una traición de aquel que mas confiabas.
Las leyes están basadas en lo moral, no en lo que diga el estado, el asesinato es delito porque no inmoral, la violación también, el robo, las extorsiones, etc. Las leyes están atadas a la moral, no al revés, el estado no puede poner leyes inmorales.
para colmo son tan hipócritas para decir que apoyan "la libertad sexual" mientras que a su vez el estado tenga prohibido las relaciones poliamorosas (que son un asco, pero no quita la hipocresía).
Básicamente penalizan lo que quieren como quieres, cuando quieren y lo que no quieren los ignoran sin dar un argumento basado ni en filosofia ni el la logica.
Punto adicional: dicen que el matrimonio "no es un contrato" por lo tanto no debería haber obligaciones, pero si hay divorcio ahí si se mete el estado, incluso aunque ni siquiera estén casados el estado se mete EN UNA RELACIÓN, PROBLEMA Y RESOLUCIÓN ENTRE PRIVADADOS. Lo veas como lo veas, lo que afirman es hipocresía e injusticia pura.
@@lizbethramirezvallejo5212en ese sentido, entonces la conducta fraudulenta de la mujer radica en hacerle creer al hombre legalmente casado con ella que la hija es de él a sabiendas de que era hija del padrastro (ya sería mucho que la mujer no supiera de quién es el padre de su hija)...
Buenas Noches: Acabo de ver este video y dada la tendencia de la globalización del derecho, me surge una pregunta: Que derechos entre cónyuges por razón del matrimonio seguirán como bienes jurídicos tutelados por El Estado?
Al ritmo en el que vamos, ninguno será importante y mucho menos obligatorio.
La familia es un núcleo completo en moral ,principio,educacion y fe , donde se preserva la Unión y el respeto a las leyes , esto evita la facilidad de libertinaje en los niños y jóvenes , cuando se contrae matrimonio , es para ser uno solo y ser familia completa
Excelente tema.
Entonces cuál es el punto trascendental para no considerar la infidelidad como transgresora de los sentimientos el honor y la buena voluntad de una persona; o más a un conciderar que el libre desarrollo de la personalidad está por encima de los sentimientos el honor y la buena voluntad de las personas
desde cuando los sentimientos son objetos de derecho?
@@CarlosDuarteNi no son sólo los sentimientos, habia un matrimonio legal, es decir habia una relación regulada legalmente y además dentro de lo que se supone que debe haber en una relación es la exclusividad entre las personas, situación que no se cumplio y que además la sra. se embarazó mintio y le cargó la paternidad al entonces su marido. ¿cómo se llama eso? ¿libre desarrollo de la personalidad?
@@CarlosDuarteNi Desde que las violaciones son de los delitos mas castigados, solo por los sentimientos del violado...
Desde que el asesinato es un crimen por los sentimientos de sus seres queridos que sufren la por la muerte de su familiar (no es como si el muerto pidiera justicia). Desde que el robo es delito por los sentimientos que causa en el afectado. Desde que el racismo es un crimen por los sentimientos que le puedes causar al objetivo del racismo.
Absolutamente todos los delitos son delitos por los daños emocionales y/o físicos que ocasionan a terceros.
la infidelidad estando casados, aunque sea parte del libre desarrollo de la personalidad, ejerce un derecho afectando el del otro, lo cual es ilegal
La infidelidad no es lo en verdad relevante, menos en la actualidad, claro y evidente es el hecho que este hombre fue utilizado para criar y proveer de lo que ocupaba la hija de la señora que tenía una doble vida, ahí lo que debe de reclamar el señor ex esposo es una indemnización por los gastos de todos los años que realizó durante el crecimiento de la hija que AHORA pide ser reconocida por su padre biológico!!! Que pague el padre biológico por los gastos que hizo el ex esposo con la hija de otro hombre, que casualidad que termina de nuevo con el padre de la hija después de tanto tiempo, esa relación siempre estuvo ahí y el padre biológico el seguro que sabía que era el padre de esa niña. Fue afectado el ex esposo económicamente, pagaba gastos de los cuales no era responsable, hubo dolo al ocultarle la verdad la ex esposa al ex esposo. Es muy diferente uno acarrear con los gastos de un hijo que no es tuyo PERO con conocimiento de que el hijo no es tuyo y tú aún así quieres seguir con esa relación con todo e hijo o hijos. Entonces en resumen la cagaron al presentar la demanda por infidelidad debieron enfocarse en el dolo que hubo al ocultar la verdadera paternidad?
Muy interesante, lástima que para aquellos que estudiamos las microexpresiones, ambos no lograron darle la seriedad al tema. Revisen sus microexpresiones, por favor.
Lo acabo de ver y si resulta interesante, pues gira el tema entorno a lo subjetivo o coercitivo que resulta no puede ser el Estado; pues en otro tema del matrimonio como los alimentos, se convierte en objetivo y el Estado vigila y sanciona en su caso. Interesante reflexión con el libre desarrollo de las personas.
Y el dinero que gastó el señor con su hija falsa, psicólogos que se va a gastar en su persona, el tiempo etc.
Tambien hay que considerar la afectación que sufrió la hija, a quien se le o acasiono un daño moral y psicológico
Ybla burla social de ella su hija y nuevi marido. Seguro es esa mujer q venden el xuerpo por dinero todo estaba planificado
Estoy de acuerdo Nada más que en todo caso el señor debió de mandar originalmente por esas razones y no por la infidelidad qué fue lo que hizo que la corte se pronunciara al respecto.
Recuerda que la suprema corte no puede pronunciarse respecto de cuestiones que no hayan sido formuladas en el juicio ordinario
En todo caso lo que aquí hubo fue una mala estrategia legal una mala asesoría por parte del abogado del señor
@@johnnyhyrano Pues ni tan mala porque su abogado logró ganar en primera instancia, segunda instancia y el amparo directo, no fue hasta que se usó el recurso de revisión que perdió el señor, pero en si, iban ganando, hasta que llegó a la SCJN
Que pena que haya resuelto de esta manera la corte
Eso no es justicia, es una interpretación de un grupo
Magnífico tema Dr. yo no me pierdo sus enseñanzas...... gracias.....
Excelente información
Cuales son las fuentes del derecho en este caso?
Gracias de parte de un infiel crónico ☺️ (de joven causé mucho daño. Ya a esta edad he decidido ser sincero y mejor no tener pareja)
Q edad tiene? Repara el daño 1
Un tema bastante interesante
Alejandra, lic una pregunta qué puedo hacer aquí, me divorcié fue incausado por infidelidad, hay violencia verbal,falta pensión alimenticia y repartición de bienes, pero el juez lo dejo al siguiente lote dela casa, la casa tiene su pequeño jardín, ahí mismo hay 2 cuartos de madera, y ahí bajó a vivir, pues desde ahí pelea, adónde debe acudir para que se vaya de ahí, ya nos tiene dañados psicológicamente tengo 2hijos pequeños.
En este caso no fue motivo de juicio la devolución de alimentos que proporcionó el padre legal indebidamente durante todo el tiempo que los proporcionó?
Por eso esta el mundo como esta
es que este caso no se trata primariamente de la infidelidad, sino de un fraude de paternidad.
muy interesante el tema, pero el audio es muy bajo
Súbele a tus altavoces
Como no hay suplencia de la queja se fregaron al padre de buena fe..
Que número de amparo en revision es?
No es un contrato pero es un acto jurídico, el cual debe ser sancionado en determinadas situaciones.
Sin duda alguna, el ser humano cuanto más se aleja de las Leyes del Eterno, se vuelve más perverso e injusto.
Es esperanzador saber que en el día del Juicio Final, todos estos transgresores de la Ley divina, no quedarán impunes.
Considero que la consideración de matrimonio como institución, da todo el derecho a la mujer y los hijos, así mismo deja en plena indefensión al varón. Cuando era considerado contrato, existía la posibilidad de reparar este tipo de daños, ambas partes tenían derechos y obligaciones, incluida la fidelidad. El libre desarrollo de la personalidad no puede ser excusa para lastimar el honor y la psique de uno de los miembros del matrimonio. Además de la afectación psicológica que ha sufrido. Estás consideraciones SI TUTELAN LA INFIDELIDAD, con todas sus letras, la corte rompe el equilibrio del matrimonio. Por tanto la recomendación para los clientes es evidente, NO SE CASEN, NO TENGAN HIJOS. El problema es que esto lleva a reducción poblacional y control entre muchas otras cosas, que al final es lo que está en boga en el mundo, que bueno que siempre hemos querido ser como Europa porque allá vamos directo y sin escalas. Dr. "Especialista" el daño moral no necesariamente proviene de un hecho ilícito, veo que está sacándose este argumento de la manga.
Pues la verdad si hace falta reducción poblacional, pero por otros métodos. Por lo demás, tienes razón.
LA INMORALIDAD SE HA INSTITUCIONALIZADO Y YA ES UN DERECHO.
Alguien sabe de quién es la obra que esté detrás?
Aparte de lo correspondiente a daño moral, aquí lo que me salta es el daño material, lo referente a los gastos de manutención durante todo el tiempo en que el promoviente creyó y asumió los deberes para con una persona con la quien no tenía vínculos biológicos.
La sentencia de la primera sala no resolvió sobre aspectos de dolo ni de sanidad porque no eran materia del amparo de revisión. Por lo tanto solo se pronunció sobre la infidelidad en abstracto, resolviendo que no da lugar a una reparación del daño moral.
El mejor comentario!! Los que comentan "no es justo" no lo entendieron ni los procesos.
Si hay consecuencias pero si hay un acuerdo previo de exclusividad sexual o no consideras que la demanda fue errada ¿como crees que resultaría por fraude(claramente eran amantes de tiempo) ocultar paternidad? Podría haber pena si hubiera recabado pruebas el demandante te parece?
Es claro que la corte resolvió sabiamente la "infidelidad"
Mi caso personal es muy similar! A los 5 años de casado , me divorcié, al comenzar una nueva relación e intentar! Procrear un nuevo hijo y después de muchas pruebas de fertilidad dio como resultado, una condición llamada " síndrome de microdelecion del cromosoma Y , un daño que produce infertilidad progresiva! He pagado por 10 años manutención! Además de en la división de bienes le cedi un 70 % de bienes en México! Y la renuncia de bienes en el extranjero! Los que erróneamente! No estipule en los acuerdos de divorcio ! Ya que esta en curso todo esto no se que medidas tomar! Algún consejo
Pana que mierda es la ley familiar en mexico.
No se casen!
Excelentes los dos: Miguel Carbonell y Melesio Ramos. Felicidades
Entonces quien gano?
El que no perdió....ha,ha,ha.
@@damianfigueroa5182 Vaya no encuentro fallas en su logica!
@@enriquepenanieto7602 A tus ordenes amigo !!
@@damianfigueroa5182 Gracias esclavo!
Excelente explicación por ambos licenciados,.. Saludos
Que lamentable "SCJN"
Y entonces la institución del matrimonio ya no cumple con sus propios propósitos de su creación.
Más desorden social caray.
Es lo mismo que me preguntó yo, el matrimonio es un contrato,donde se supone hay derechos y obligaciones, al apelar al libre desarrollo de la libertad para incausar el divorcio,se está incumpliendo un contrato
Dice que el estado no se puede meter en la vida dentro del matrimonio. Y cuando hay violencia intrafamiliar? y me refiero a violencia verbal, donde el daño es psicológico. Que pasaría?
El matrimonio es un contrato, es sabido mundialmente que conlleva fidelidad sexual. El o la parte del matrimonio que es infiel DEBE decirlo a su pareja, dando oportunidad a que la pareja no sufra una deslealtad. Ej. Yo voy y compro una lavadora y de repente no lava . Chistosa mente el fabricante me indica que lava pero no si una prenda es azul se metió en la lavadora. No se trata de atentado a la libertad sexual es un atentado a la honestidad, reciprocidad. Quieres ser infiel COMUNICALO.
El sonido del video es muy bajo. Se apreciaría si lo pueden subir con un volumen más alto. Gracias.
Señor Carbonell, la verdad soy un gran admirador de su trabajo, la verdad me gusta los temas que presenta, pero la verdad se me dificulta entender todo lo que dicen, ya que el volumen de sus videos es muy bajo, admiro mucho su trabajo la verdad, pero si pudiera solucionar este problema de audio se lo agradecería mucho, que tenga muy buena noche señor Carbonell, y saludos desde Torreón Coahuila, México
Con esta resolución, el Estado coloca en peligro de vida a la pareja conyugal, debido a que promueve la auto tutela (justicia por propia mano)
La infidelidad no tiene agravantes, no existe el dolo, los aspectos de sanidad, y los términos en los que se pacta el compromiso? Porque el matrimonio es antes que nada un contrato y se rompe la buena fe y el acuerdo de voluntades! Hay aspectos legales que no son del todo claros, sobre todo se hacen mas complejos sobre su estudio ya en esta instancias, oficioso!
Lo dijo la corte:
¡4 A 1! D:
No entendiste? No puede hacer dolo porque puede haber matrimonios con libertad sexual mutuo acuerdo(si ya se que estarían locos, para eso no es el matrimonio) eso se considera en la corte no podría existir un deber jurídico coercible porque eso seria una imposición o seria generalizar el matrimonio, ojo si existen clausulas prematrimoniales e exclusividad sexual ahí si ha penas o indemnización, yo. Creo que el demandante no formulo bien su demanda, tendría que pedir indemnización por alimentos o gastos que le genero la "hija" no por la infidelidad y haber probado que el padrastro si sabia que la mujer estaba casada incluso embarazada podría ser fraude , es claro que eran amantes de tiempo
supongamos un caso de responsabilidad objetiva, yo tengo el derecho humano a tener un carro (propiedad) y a transitar con el (libertad de transito) pero si al dejarlo estacionado, de repente le cae un rayo al carro y éste se desplaza y daña a una persona o cosa, yo no tengo la culpa, ni siquiera he sido negligente, PERO tengo responsabilidad objetiva por los daños que el carro de MI propiedad cause. De igual manera, no se puede obligar juridicamente a la fidelidad sexual, PERO debe existir la responsabilidad por el daño que cause el ser infiel, en este caso el daño moral, ademas del daño patrimonial de mantener a una persona pensando que estaba obligado a ello cuando en realidad no. Ok, una persona tiene libertad sexual de la misma forma que otra tiene derecho a estacionar su carro, pero en ambos casos, si se ocasionan daños con el objeto de su proopiedad o con la propia conducta, al ejercer ese derecho, hay que responder de esos daños. Esa sentencia de la corte es una porqueria.
Es que una cosa son los carros y otra cosa es el matrimonio. La fidelidad solo es deber moral entre los cónyuges. No tendría que ni existir el daño moral. Las cosas se acuerdan con la pareja, sino ni se hubiera casado. Caso contrario de limitaría la libertad (sexual) que es un valor constitucional defendido por la Constitución Nacional... Yo no quiero una sociedad menos libre sino lo más libre posible. Quizás haya un daño emocional por la infidelidad pero eso no significa que se tenga que pagar una indemnización por daños!!!! Vaya a terapia si necesita o hablar con amigos y listo. Que ridiculez. Todo porque la iglesia empapó al Derecho desde sus orígenes de su religión y ahora todos somos conservadores sin darnos cuenta, incluso incurriendo en una limitación a la LIBERTAD! Alguien decía "la libertad es el poder de libre elección" y agrego "y asunción de las consecuencias de los actos libres" pero en este caso son solo morales. Me parece que hay MMUUUUCHOS temas que primero deberían revisar los y las jueces y juezas porque tienen mayor relevancia que una infidelidad producto de la libre elección de alguien.(Argentina).
@@lucasdelavilla7923 la respuesta es totalmente equivocada, en el caso planteado hubo un engaño, el padre pensó que tenía la obligacion de mantener a una persona porque pensó que en realidad era su hija. Definicion de fraude : el que engañando a uno o aprovechandose del error en que se haya, obtiene un lucro indebido, para sí o para otro. Fuente de informacion : soy abogado .
@@juanperezcualquiera4903 Justamente por eso aclaré que soy de Argentina. Aparte no sé qué te hace creer que vos sos poseedor de la verdad absoluta como para decir que lo que digo es totalmente equivocado. Yo, al igual que otras personas, pensamos muy similar a lo que dije antes, y por qué no ciertas leyes se las podría encuadrar tranquilamente para justificar el NO-PAGO de una indemnización. Que pena que tengas poca cabeza como para expandir tu mente y pensar más allá de los límites que te ponen las disposiciones legales únicamente y escritas hace años! Siendo que la realidad es cambiante todo el tiempo y uno debe amoldarse, no citar como loro disposiciones que (en muchos casos) ya deberían haberse derogado por tanto tiempo desde que se sancionaron y actualmente resultas soluciones nefastas.
El volumen doc😢😢
El problema es tu dispositivo
A este paso mejor aprueben la poligamia.
Pues no es ilegal :v
@@metodom1616, pero tampoco es legal, de lo contrario podrías casarte dos veces, y la ley te lo permitiría.
Además, en casos como este en que la madre atribuyó a otra persona la paternidad, aplicaría el título decimosexto del Código Penal Federal: Delitos contra el estado civil y la bigamia.
@@williamsivansalvadordelacr5696 pero se puede tener 5 novias a la ves? digo solo novias nada de boda
Ahi gano la sra xq el abogado era mejor mas no xq ella estaba en lo legal
Pero si no se da cuenta el afectado de que existe infidelidad, y le da su apellido no siendo su hijo(a) al producto, no es daño material o a la dignidad humana mantener a alguien que no lleva tu sangre solo tu apellido?
La infidelidad puede no considerarse un daño moral segun la norma actual, para mi gusto muy fuera de lugar con respecto a los valores pero si trae consigo daño psicologico, afectacion economica y generador de conflictos sociales de una de las partes por ser sujeto de burlas o buling lo que deberia de demandarse como reparacion del daño en terminos monerarios, espero su respuesta por favor
El lazo matrimonial es reconocido a nivel social, tanto a partir de normas jurídicas como por las costumbres. Al contraer matrimonio, los cónyuges adquieren diversos derechos y obligaciones. El matrimonio también legitima la filiación de los hijos que son procreados por sus miembros.
Interesante sentencia, desde mi punto de vista lo importante es que el matrimonio no es un contrato civil. Va más allá de eso.
Entonces para que se casan con alguien si quieren libertad sexual?
No es exigible la fidelidad por parte del Estado?¡ Pero si este cuate mismo señala que esta implicita en la ley la fidelidad y la juricidad que esta tiene¡ No cabe duda que es muy triste que cada dia estan peor muchos criterios de la SCJN ya no es una institucion respetada como lo era hace muchos años. Ahora, con este tipo de sentencias y revisiones, parece que son una cueva de convenencieros resentidos, que estan disupuestos a torcer la ley a su convenciencia, y de verdad que con esta sentencia se fueran mas alla del descaro y la indignacion. Dejen fuera sus resentimientos y traumas interiores, no LOSproyecten en las sentencias¡ Lastima que si vean y sepan del alcance sus incapacidades para juzgar de acuerdo mínimamente al sentido común, Nolegislen crudos, resentidos o a la orden de favores politicos¡ como dijo un presidente municipal de Nayarit, Sean Marranos peo no trompudos caray. Hasta yo mismo podria hacer una sentencia de 200 paginas (pura paja) como ellos la hicieron para demostrar la vaciedad de este criterio, pero claro, ellos tiene el nombramiento por parte del Estado para oficializarlo. Creo que cualquier abogado de nivel medio podria hacer otro Amparo directo en Revision, de 200 pajinas(paja) perdon paginas para tirar su estudio. A partir de que nos estamos agringando, 1995 para aca, estamos queriendo ser un pais de 1er mundo como los gringos pero lo malo que en la marraneria moral y social, no en lo economico. Pero hay un Dios¡¡😁😂
que paso cuando un esposo es infiel no pierde sus derechos para la separación de bienes dentro de un matrimonio
Mi exmarido está muy rabioso, porq le pedí divorcio, yo le di mucha oportunidad de arreglar problemas, le decía vamos a terapeas no quiso nada,él es un controlador, machista, narcisista, sicópata.
Corte solapadora, licencia para hacer lo que se quiere... "No hay daño"cuando criaste, abrazaste, cuidaste, te ocupasta del deber de cuidado, mantuviste madre e hija, y que resulta que solo eres utilizado.. Corte insensible fuera de toda Justicia, bueno Dios juzgara cada determinación
Ocupamos Ministros de elección popular, para evitar este tipo de sentencias incongruentes y contradictorias, si hubo infidelidad, es claro que puede haber, tanto daño moral como daño patrimonial
Pues yo conozco de una persona que está obligado a dar pensión, aún que sabe el, que no es su hija,ya puso una apelación, y la jueza no quiere aplicar una prueba de paternidad, que por qué se violan los derechos del infante.
Y yo me preguntó en donde están los derechos del hombre
Fama y fortuna es la apuesta de algunos artistas por trascender en a sociedad con la institución por antonomasia, La familia dentro del matrimonio en mutuo acuerdo!
Buenas noches. Pero si te califica en tu CALIDAD como persona, dependiendo de la situación.🙏🕊️♾️
El padre demandó por fidelidad matrimonial que no se si exista ese en algún código, en vez de demandar por fraude.
Aquí hubo un evidente ocultamiento doloso por parte de la mujer sobre la paternidad de su hija.
Y entonces alos bigamos , tampoco se les puede echar la ley?
Si. Pero no se les puede pedir indemnización por ser infieles a su pareja. Saludos
🤫🤫🤫
@@duvian77 también resaltar los acuerdos de exclusividad sexual prematrimoniales, o un posible fraude por ocultar paternidad si lo sabia la madre,
Creo que el demandante no presentó su demanda correctamehte, pero la corte con lo se expuso resolvió sabiamente
Es la primera vez que entro a estos videos y me parecen excelentes... Dejen que me empape mas y opinar sobre los temas, soy aún estudiante de derecho
Ahí hubo hasta abandono de infante con omisión de deberes de paternidad por parte del padre legal...
Me gustó el tema qué se abordó pero estoy en total desacuerdo con el dictamen de la suprema corte de justicia .
Pero en mi parecer:
La sentencia si tutela la infidelidad.
"Libre desarrollo de la personalidad y libre desarrollo de la sexualidad"estoy de acuerdo.
Pero el engañar por años a una persona en hacerle creer que había consevido con su esposa una hija de ambos y que juntos procrearon por años y que después solo diga la señora que crees no es tu hija disculpe usted por hacerle creer esto y que las leyes no le apliquen cargo alguno se me hacen injusto ya que transgrede la dignidad del hombre,daños y perjuicios sociólogicos.
Pero bueno ellos son los expertos en la materia . Saludos doctor Carbonell , gracias por la información que nos proporciona.
cargo de en este caso una niña que no era su hija
Dr. Carbonell, ese tipo de sentencias que solo están basadas en la política e ideología de género solo pueden desembocar en su ciclo peor de venganza, que aunque pueda convertirse en un hecho punible, desde la óptica de los valores de nuestra sociedad sabemos que en el fondo tendría a muchos simpatizantes por esa acción.......el honor y la reputación es algo que debe ser preservado aún a costa de lo que sea....y sabe si hablamos de “interes superior del niño", creo que es mucho más “interes" el conocer la identidad de su verdadero padre, y hacer que este sea quien Vele por la manutención y crianza de ese niño. Dejémonos de doble moral......y así evitamos desgracias en la sociedad. Que vergüenza para el derecho esa sentencia.
Cuál fue la causal de divorcio ? Sería interesante saberlo. Quien lo promovió o fue de común acuerdo?
Deleznable, desconsiderado y de poca humanidad. Algún día se darán cuenta del craso error y del delito que están dejando en la impunidad. Si bien es cierto que la fidelidad es un tema “reciente” en el transcurso de la historia de humanidad, actualmente es el acuerdo intimo entre dos personas que han decidido libremente compartir un proyecto vida en común. El ser infiel en los tiempos que corren produce daños psicológicos irreparables en quien ha sido engañado/a. si ya no quieres o no soportas a tu pareja díselo ; a él o ella no le quedará más remedio que admitirlo tarde o temprano. Si no lo haces a tiempo al final se enterará y quedarás millones de veces peor!