Recuperar la vivienda por el arrendador (válido hasta marzo 2023)

Поділитися
Вставка
  • Опубліковано 22 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 7

  • @lope449
    @lope449 Рік тому +1

    Hola buenas tardes mi contrato es de 2018 y hoy 2023 diciembre el propietario a fallecido que puedo hacer.
    Gracias

    • @marinymateoabogados
      @marinymateoabogados  Рік тому +1

      Buenos días @lope449,
      Cuando el propietario de una vivienda fallece, el contrato de arrendamiento sigue vigente, lo que ocurre es que los herederos se sitúan en la posición del dueño o arrendador.
      Mi consejo es que sigas abonando la renta y esperes a que alguno de los herederos contacte contigo, salvo que sepas quiénes son y puedas hablar con ellos para regularizar la situación. En ese caso puedes ponerte en contacto con nosotros y te asesoraremos si lo deseas para redactar un contrato con los herederos, ya que el contrato que se firmó en 2.018, en teoría finalizó en 2.021 y se ha ido prorrogando tácitamente, por lo que, los herederos, podrían resolverlo, salvo que firméis un nuevo contrato que ya sí tendrá una duración mínima de 5 años obligatoria para el propietario.
      Espero haberte podido resolver la duda.
      Muchas gracias por tu interés.
      Un saludo,

  • @juasnantoniodelgadoplasenc2754

    Y que pasa con los contratos de 1974 que no tienen ninguna clausula ni tiempo de terminacion de contrato, saludos.

  • @sergiog.4093
    @sergiog.4093 Рік тому +1

    Buenas tardes. Una pregunta: ¿si el arrendador tiene más inmuebles, igualmente puede reclamarlo si es para vivir él?. Muchas gracias.

    • @marinymateoabogados
      @marinymateoabogados  Рік тому

      Buenos días Sergio,
      Si el arrendador tiene otros inmuebles que puede utilizar para satisfacer su necesidad de vivienda, lo más probable es que un Juzgado no le permita recuperar la vivienda arrendada; otra cosa sería que los otros inmuebles no estuvieran a disposición del propietario.
      Espero haberle resuelto la duda.
      Un saludo,

  • @rocioocanavillena9654
    @rocioocanavillena9654 3 роки тому +1

    Buenas tardes Davinia:
    Tu arrendador debe comunicarte que necesita la vivienda para sí con dos meses de antelación y además debe indicar la causa de necesidad de ocupación porque ésta debe ser real y debe poder acreditarse.
    Fuera de estos casos, el propietario no tiene derecho a resolver el contrato de arrendamiento. Desde Marin y Mateo podemos ayudarte: puedes pedir cita presencial en el teléfono que aparece en nuestra web y estudiaremos tu contrato así como las comunicaciones que has mantenido con el propietario de la vivienda.

  • @Criistinaa21
    @Criistinaa21 3 роки тому

    Hola. Mi casero me envía un documento para terminar por ambas partes el contrato al año diciéndome por llamada que lo quiere para vender y por WhatsApp ha escrito "para mi" pero no es cierto ni aparece en el papel que me quiere hacer firmar...