Pago de Impuesto a la Renta por alquiler de casa o departamento

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  • Опубліковано 25 лип 2018
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КОМЕНТАРІ • 84

  • @DeTodounPoco-kc5oj
    @DeTodounPoco-kc5oj 5 років тому

    si es proporcional el pago , desde el 23 mayo, en sunat virtual no el icono para el calculo proporcional

  • @joseargandona5062
    @joseargandona5062 3 роки тому +2

    Tengo un contrato x 6 meses. Como hago para que el sistema reconozca que solamente generare recibos por este periodo? Al 7mo mes que el contrato finalice y ya no tenga renta, su sistema seguira pensando que sigo arrendando y entrare en mora y penalizacion. Donde puedo colocar la duracion del contrato??

  • @cesarysissycastillo918
    @cesarysissycastillo918 4 роки тому

    Para efectuar el pago virtual de impuestos por arrendamiento, en primer lugar debo tratar varias veces de hacer el pago y hay mucha demora en trasladar la información a la bandeja de pago, lo que me hace perder mucho tiempo. Luego me aparece la siguiente nota: "Existe un item en bandeja con los mismos atributos" y no sé que hacer pues no se puede realizar el pago. Favor indicarme qué debo hacer!!!!

  • @williamsramirezvelasquez4341
    @williamsramirezvelasquez4341 2 роки тому

    si, yo alquilo dos departamentos, y uno de ellos lo desocupo, como declaro a sunat para que ya no tenga que declarar por ese departamento desocupado?

  • @mauromartindelgado2773
    @mauromartindelgado2773 5 років тому

    Podrían poner un vídeo pero si se alquila un vehiculo.Gracias.

  • @user-zo4mx6hf9z
    @user-zo4mx6hf9z 3 роки тому +2

    @SUNAT Si yo vivo en el 2do piso y solo alquilé el primer piso a 1200 soles, entonces pagaría a la SUNAT necesariamente el 5%de 1200?? O sea solo declararía 60 soles??. A que se refiere con proporcional??.
    Gracias por su pronta respuesta.

    • @yanmirakarlamezalarico8561
      @yanmirakarlamezalarico8561 3 роки тому +4

      Hola asi es :) EL 5% DE LO QUE TE PAGAN A TI TU INQUILINO. EN EL FORMULARIO 1683 SE LE DICE PAGOS A CUENTA!! SALUDOS SOY ESTUDIANTE DE CONTABILIDAD :)

  • @juanmanuelitoquispe7802
    @juanmanuelitoquispe7802 3 роки тому +1

    Disculpen, ¿qué pasaría si me confundo y pago en una renta de primera categoría, como esta, más de la cantidad?, ejemplo tenía que pagar solo 1200 y pago 1400 ¿qué debo de hacer?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Buenas tardes, Juan. El monto de S/ 200 se denomina pago en exceso, por el cual puede presentar su solicitud de devolución vía internet con la clave SOL, mediante el formulario virtual N° 1649. En él debe colocar todos los datos de la constancia del pago. Esta solicitud será evaluada en un plazo máximo de 45 días hábiles.
      Ha sido un gusto atenderte.

  • @paolofrancovillegasinfante329
    @paolofrancovillegasinfante329 2 роки тому

    Si se esta pagando un financiamiento bancario para adquirir un predio este se considera como pago de alquiler?

  • @mely_2
    @mely_2 6 років тому +1

    Excelente iniciativa, espero que se siga modernizando el sistema para mayor facilidad en los trámites.

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  6 років тому

      Gracias por tu comentario Melissa. Estamos trabajando para brindar un mejor servicio. Que tengas un buen día.

    • @ellensmith3996
      @ellensmith3996 Рік тому

      modernizando esa cochina plataforma, que tiene una interface de hace 10 a;os, digno d eun pais corrupto con otarolas y dina baleartes

  • @richardgutierrez4033
    @richardgutierrez4033 4 роки тому +1

    Sres Sunat ,en mis declaraciones y pago por internet de alquiler ya no sale el formulario para arrendamiento?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  4 роки тому

      Estimado contribuyente, le informamos que a partir del 01.08.2020 el formulario virtual N° 1683 se encuentra únicamente en la Nueva Plataforma de Declaraciones y Pagos: api-seguridad.sunat.gob.pe/oauth2/login?originalUrl=e-menu.sunat.gob.pe/cl-ti-itmenu2/AutenticaMenuInternetPlataforma.htm&state=rO0ABXNyABFqYXZhLnV0aWwuSGFzaE1hcAUH2sHDFmDRAwACRgAKbG9hZEZhY3RvckkACXRocmVzaG9sZHhwP0AAAAAAAAx3CAAAABAAAAADdAAEZXhlY3B0AAZwYXJhbXN0AFYqJiomL2NsLXRpLWl0bWVudTIvTWVudUludGVybmV0UGxhdGFmb3JtYS5odG0mZDA2ZWNiNDNlNDNkNmJjMDFjYjNiMzdlNjU2MTUyOGZhNzliNTg0NnQAA2V4ZXQACjU1LjEuMS4xLjF4 para ello deberá seguir la siguiente ruta: Presentación y Pago / Pago y presentación de otras declaraciones / Arrendamiento - 1683.
      Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
      Saludos.

  • @chlanda2011
    @chlanda2011 4 роки тому +3

    si el pago es en dólares, que cambio se usa la compra o venta? . y donde puede ver el cambio, Gracias

  • @marlenepoma5287
    @marlenepoma5287 3 роки тому +1

    Buenas tardes quisiera que me apoye gracias como dar de baja al impuesto de alquiler predio que ya venció el contrato de alquiler .

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Buenos días, Marlene. La baja del tributo lo puede realizar vía internet por la clave SOL, para ello debe ingresar a la opción trámites y consultas, luego elige la opción Personas / Mi RUC y otros registros / actualizo información de mi RUC / formulario 3128, ubica la opción de tributos afectos, marca la baja e indica la fecha. Y luego hace clic en Aceptar en cada pregunta de confirmación. Si lo que desea es realizar la baja del RUC, lo puede hacer por el mismo formulario 3128, en la opción baja de RUC.
      Ha sido un gusto atenderte.

  • @wendylizarbefigueroa9115
    @wendylizarbefigueroa9115 2 роки тому

    Una pregunta si saco una boleto electrónica de alquiler de cuarto para mí inquilino. Sunat haría subir mi autovaluo en mi vivienda ??. Y cuando mi inquilino se vaya seguiré pagando??.

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  2 роки тому

      Estimada contribuyente, solo debe realizar el pago del impuesto a la renta de primera categoría si realiza el alquiler de su predio, en caso ya no cuente con inquilinos puede proceder con la baja de su RUC.

  • @fiorelladonayre1554
    @fiorelladonayre1554 2 роки тому

    Para que se realice este pago de renta primero debo legalizar en la notaría el contrato de alquiler?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  2 роки тому

      Estimada, toda persona que obtenga ingresos por actividades de arrendamiento(alquiler), estará obligada a declarar y pagar el impuesto a la Renta de Primera Categoría.
      Por otro lado, la copia del contrato que contenga las firmas legalizadas ante un Notario Público o cualquier otro medio probatorio que la SUNAT estime suficiente sirven para acreditar el tiempo que alquilo un bien inmueble.
      Saludos.

  • @karlacv312
    @karlacv312 3 роки тому +1

    no me da la opcion de arrendamiento al ingresar a la plataforma de pago, xfavor donde la ubico o ya cambio

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Estimada Karla, le informamos que a partir del 01.08.2020 el formulario virtual N° 1683 se encuentra únicamente en la Nueva Plataforma de Declaraciones y Pagos, para ello deberá seguir la siguiente ruta: Presentación y Pago / Pago y presentación de otras declaraciones / Arrendamiento - 1683.
      Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
      Saludos.

    • @narcisoavilaomar6505
      @narcisoavilaomar6505 3 роки тому

      Se modificó

  • @terminatoranonimo
    @terminatoranonimo 4 роки тому

    Por favor díganme que hago si me equivoque en el monto de pago

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  4 роки тому

      Buenos días Mukande, a través del formulario virtual 1693 se puede solicitar la modificación y/o la inclusión de datos consignados en los formularios cuando exista error u omisión en la información presentada a la SUNAT, respecto a los datos contenidos en las casillas mencionadas en el siguiente enlace
      :
      www.sunat.gob.pe/orientacion/modiDatosRuc/casillasSujetasModif.pdf
      Presentada su declaración anual puede realizar su solicitud de devolución del pago indebido o en exceso, según corresponda
      .
      orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/devoluciones-personas/devolucion-a-solicitud-de-parte/2907-01-devolucion-del-impuesto-a-la-renta

  • @davidrubinosbelloso7043
    @davidrubinosbelloso7043 11 місяців тому

    Sunat. Yo vivo en un minidepartamento por cerca de 3 años, pago S/.700, y jamás me han dado el Formulario 1683. ¿Cómo proceder para solicitarlo? ¿O es que ya no se puede?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  11 місяців тому

      Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
      Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
      Saludos.

  • @marlenepoma5287
    @marlenepoma5287 3 роки тому

    Buenas tardes como doy de baja al contrato de alquiler. para ya no pagar impuestos

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Estimada Marlene, le informamos que en caso haya culminado el contrato de arrendamiento no hay necesidad de dar de baja a la renta de 1ra categoría, pues basta con dejar de pagar el impuesto por el tiempo que se encuentre desocupado el inmueble y de presentarse una verificación de la SUNAT, Usted podrá sustentar con la resolución del contrato o addenda de ser el caso, además de la disminución en el consumo de los servicios públicos (para sustentar el tiempo que el inmueble estuvo desocupado). Sin embargo, si ha decidido dejar de alquilar por completo, puede dar de baja a la renta de 1ra categoría vía internet por la clave SOL o dar de baja a su número de RUC.
      Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
      Saludos.

  • @andreepalma4062
    @andreepalma4062 Місяць тому

    Hay obligación de declaración anual en este caso u no?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  Місяць тому

      Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
      Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
      Saludos.

  • @PIVANDT1
    @PIVANDT1 Рік тому

    Alquilo un inmueble y nunca hago declaración anual, es correcto no declarar , ya q mi monto de alquiler es mayor al valor porcentual del auto avalúo:

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  Рік тому

      Estimado Del Río Pedro. Para responder a su consulta ingresar al inbox de nuestra red social del Facebook: facebook.com/SUNAT
      Saludos.

  • @juanpablolatorreuceda7357
    @juanpablolatorreuceda7357 3 роки тому

    ¿Que pasa si el arrendatario se niega a entregar recibo? Como proceder?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому +1

      Buenos días estimado, en cuanto a su consulta, es importante indicar, que es obligación del arrendador entregar el recibo de arrendamiento ( Form. N° 1683 ) al inquilino o arrendatario. Si el arrendador no le otorga dicho documento, puede realizar su denuncia tributaria virtual a través del siguiente link : www.sunat.gob.pe/ol-ti-itfisdenreg/itfisdenreg.htm. Gracias por su comunicación Sr.La Torre. Recuerde que puede actualizar su información de contacto en su ficha de #RUC desde nuestros canales virtuales.

  • @JohnGuerreroV
    @JohnGuerreroV 4 роки тому

    Buenas tardes porfavor digamne que hacer si me equivoque en el dni del inquilino, lo puedo corregir?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  4 роки тому

      Estimado John, le informamos que puede presentar el Formulario Virtual 1693 (Solicitud de modificación de datos) para corregir el número de documento de identidad del inquilino. Este formulario lo presenta desde la clave SOL (Mis declaraciones informativas / Modifico datos de mis declaraciones y pagos / Modificación DDJJ / Form. 1693), para ello debe contar con la información del voucher a la mano, pues el formulario le pedirá varios datos del mismo. En la opción casilla debe colocar 500. Luego registra y graba el formulario. El sistema le arrojará un número de solicitud, la cual podrá consultar por la misma vía, en la opción Consulta de Form. 1693.
      Ha sido un gusto atenderlo.
      Saludos.

    • @JohnGuerreroV
      @JohnGuerreroV 4 роки тому +1

      Muchas graciss

  • @PAMUKJOSE
    @PAMUKJOSE 4 роки тому +2

    Si yo voy a empezar a alquilar necesito tener ruc? como es eso. Eso no sabia.

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  4 роки тому +3

      Estimado contribuyente, le informamos que la persona que actúa como arrendador del inmueble obligatoriamente debe contar con inscripción en el RUC, asimismo, debe cumplir mensualmente con el pago del impuesto a la renta de primera categoría que corresponde al 5% del valor del arrendamiento. Por otro lado, el arrendatario o inquilino no necesariamente debe contar con RUC.
      Saludos.
      Ha sido un gusto atenderlo.

    • @PAMUKJOSE
      @PAMUKJOSE 4 роки тому

      @@SUNATOficial Yo tengo ruc pero por recibos por honorarios, con ese mismo ruc puedo usarlo para arrendar y si es asi, debo hacer algun tramite adicional para q ese ruc por rxh sea tambien para arrendar un inmueble?

    • @agustomariohohagensanchez3353
      @agustomariohohagensanchez3353 3 роки тому

      @@PAMUKJOSE utilizas el mismo RUC solo que el concepto serà formulario 1683 Arrendamiento y el tributo es el 5% sobre el importe de alquiler

  • @TuEresVida1
    @TuEresVida1 3 роки тому

    Si alquilo por Airbnb como iría ? Ya que los ingresos son variables y las personas que se hospedan son múltiples

    • @TuEresVida1
      @TuEresVida1 3 роки тому

      Por ahí he leído que iría como tercera categoría eso como funciona y cuando va por tercera se tiene que entregar alguna boleta? Se tiene que agregar en esa boleta el IGV ? Estoy que me mareo con ello ...

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому +1

      @@TuEresVida1 Estimada, son rentas de primera categoría el producto en efectivo o en especie del arrendamiento o subarrendamiento de predios, incluidos sus accesorios, así como el importe pactado por los servicios suministrados por el locador y el monto de los tributos que tome a su cargo el arrendatario y que legalmente corresponda al locador. También debes considerar en este tipo de rentas, las mejoras y la cesión temporal de bienes muebles o la cesión de cualquier predio, aunque sea gratuita. Para mayor información:orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/rentas-de-primera-categoria-personas.
      Para una mejor orientación sobre su caso , le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
      Saludos.

    • @TuEresVida1
      @TuEresVida1 3 роки тому +1

      @@SUNATOficial muchísimas gracias por su respuesta 😀

  • @clarapatriciaguerreropuico9920
    @clarapatriciaguerreropuico9920 3 роки тому

    Tengo una duda
    Que pasa si solamente alquilo un piso de todo el predio. ¿Cómo calculo la renta ficta? ¿Sería proporcional?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Estimada contribuyente, si usted solo ha realizado el alquiler de una parte de su predio debe realizar el pago de su renta de primera categoría de manera proporcional.
      Saludos.

    • @user-zo4mx6hf9z
      @user-zo4mx6hf9z 3 роки тому

      @@SUNATOficial por favor puede explicar un poco mas??. Si yo vivo en el 2do piso y solo alquilé el primer piso a 1200 soles, entonces pagaría a la SUNAT necesariamente el 5%de 1200?? O sea solo declararía 60 soles??. A que se refiere con proporcional??.
      Gracias por su pronta respuesta.

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      @@user-zo4mx6hf9z Estimado, el pago por alquiler es el 5% del monto pactado. Adicional a ello el monto del alquiler anual no puede ser inferior al 6% del valor del autovaluo .Se puede ayudar del siguiente enlace: sofiape.mybluemix.net/imgRentaAnualCalculoPrimera.jpg
      Si tiene alguna consulta específica, la puede realizar a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion .
      Saludos.

  • @layzabermudezfernandohipol990
    @layzabermudezfernandohipol990 3 роки тому

    Quiero pagar mis tributos por alquiler y no encuentro el formulario en mi computador, por favor actualicen este video es del 2018. Gracias

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Estimado contribuyente, para realizar el pago por alquileres debe acceder a la nueva plataforma de mis declaraciones y pagos. Puede revisar el siguiente enlace de un video tutorial actualizado sobre el procedimiento. ua-cam.com/video/-io7D-wJCjo/v-deo.html
      Saludos

  • @Maria_Ludena
    @Maria_Ludena 3 роки тому

    Hola necesito una respuesta. Recién me mude a un departamento 800 soles y no me dijo nada que tenia que pagar yo el impuesto del 5% y eso no está en el contrato. Espero la respuesta.

    • @gersonfortcastroamaro5669
      @gersonfortcastroamaro5669 3 роки тому +1

      es el arrendador el que paga el impuesto, si no le dijo o no esta en el contrato, tambien se puede deducir que no hay clausula en el contrato que diga que es el inquilino que paga el impuesto del 5%, ademas se sobre entiende que el inquilino no va estar haciendo la gestion del pago de algo que no es su negocio, ahora sino acordo antes con el arrendatario que le de una factura de los meses que paga y su empresa donde trabaja le esta pidiendo, eso si se aplicaria una falta de acuerdo porque el arrendatario es informal, debio hablarse primero, solo quedaria negociar 50 y 50

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому +1

      Buenos días estimada Maria, debe tener en cuenta que los ingresos por alquiler corresponde a la renta de 1ra categoría, por lo cual, es el arrendador quien debe realizar el pago del impuesto de 5% sobre el alquiler mensual que recibe.
      Saludos

  • @teff297
    @teff297 4 роки тому +2

    Me sale pasword incorrecto al momento de pagar como soluciono eso no entiendo

  • @gersomfender6622
    @gersomfender6622 2 роки тому

    Buenas tardes
    Para persona natural
    Tengo que realizar estos pasos de llenar los datos cada mes que este alquilado ?
    Y los meses que no tengo inquilino supuesta mente No.

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  2 роки тому

      Estimado gersom fender, mientras genere renta por el arrendamiento de un bien (renta de primera categoría) usted debe declarar y pagar mensualmente, si desea hacerlo de manera virtual debe seguir el procedimiento de este video tutorial: ua-cam.com/video/-io7D-wJCjo/v-deo.html
      Cuando no tenga inquilino usted puede dar de baja su RUC y posteriormente reactivarlo para volver a tributar. Si tiene otras rentas como las de cuarta categoría o renta empresarial solo deberá dar de baja el tributo de renta de primera categoría.
      Saludos.

    • @gersomfender6622
      @gersomfender6622 2 роки тому

      @@SUNATOficial
      Buenas noches
      Yo soy persona natural
      Osea no tengo RUC
      Cuando no tengo inquilinos que hago? simplemente no hago el pago, es correcto?
      O tengo que modificar algo en la página web de la Sunat?
      Y que se pone periodo tributario?
      Gracias

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  2 роки тому +1

      @@gersomfender6622 Estimado contribuyente, si realiza alquileres debe inscribirse al RUC y pagar el impuesto a la renta de primera categoría, cuando no tenga inquilino usted puede dar de baja su RUC y posteriormente reactivarlo para volver a tributar. Si tiene otras rentas como las de cuarta categoría o renta empresarial solo deberá dar de baja el tributo de renta de primera categoría en su ficha RUC.
      Saludos.

  • @sinantenaperu4666
    @sinantenaperu4666 3 роки тому

    tan bueno que era el formulario anterior. La nueva pagina web es una desgracia!!!!!

  • @haroldvillalta9290
    @haroldvillalta9290 4 роки тому

    Consulta, tengo un contrato de alquiler en notaria, pero no especifica que el pago sera bajo la declaración jurada ante la sunat, pero yo quiero que esto se haga así, la consulta es: puede el inquilino declarar ante la sunat el servicio que esta recibiendo por el alquiler de una vivienda, por mas que el propietario no declare a la sunat, como puedo hacer...Gracias.

    • @josea.zapatap.5815
      @josea.zapatap.5815 3 роки тому

      Quieres que se queden con tu casa no? Todo pagalo tú. La gente es muyyyy mala

  • @sharmelyquispe7167
    @sharmelyquispe7167 2 роки тому

    Es cierto que si alquilas por un monto menor a 2500, no se paga IR ?

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  2 роки тому +1

      Estimada contribuyente, si eres persona natural y propietario de bienes inmuebles (departamentos y terrenos) o muebles (vehículos) y los alquilas, te corresponde pagar el impuesto a la renta de primera categoría a la SUNAT, equivalente al 5% del monto del alquiler. Para mayor información en el siguiente enlace. www.gob.pe/1202-superintendencia-nacional-de-aduanas-y-de-administracion-tributaria-calcular-el-impuesto-a-la-renta-de-primera-categoria.
      Saludos.

  • @mecatronicaindustrial1537
    @mecatronicaindustrial1537 3 роки тому

    No me sale la opción "Arrendamiento"

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Buenos días estimado (a), puede realizar el pago de su impuesto por arrendamiento a través de la nueva plataforma Sunat, puede ver el siguiente tutorial en el enlace ua-cam.com/video/-io7D-wJCjo/v-deo.html.
      Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
      Saludos

  • @fitotolas
    @fitotolas 2 роки тому

    BUENOS DIAS SUNAT SE PUEDE PAGAR POR ADELANTADO EL IMPUESTO DE ARRENDAMIENTO DEL PERIODO QUE AUN NO ME TOCA PAGAR GRACIAS EL INQUILINO ME QUIERE PAGAR EL MES DE DICIEMBRE Y QUIERE SU VOUCHER DE LA SUNAT GRACIAS

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  2 роки тому

      Estimado contribuyente, si te pagan el alquiler por adelantado tienes dos opciones:
      Podrás pagar todo el impuesto en el mes que recibes el pago adelantado, utilizando un Formulario N° 1683 o Formulario Virtual N° 1683 - Recibo por arrendamiento por cada mes, o Pagar el impuesto mes a mes, según el cronograma de vencimientos. Para mayor información en el siguiente enlace. personas.sunat.gob.pe/alquilo-mi-casa-o-auto/que-pasa-si.
      Saludos

  • @tiofayer2528
    @tiofayer2528 3 роки тому

    Que pasa si el inquilino no me paga varios meses????

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Estimado Italo, le informamos que existe la obligación de efectuar el pago de la renta de primera categoría así la cesión de uso sea a título oneroso o gratuito (renta ficta). Por tanto, debe continuar con su pago mensual considerando el monto del arrendamiento acordado, modificado o ajustado por la coyuntura actual, según el cronograma de vencimientos de acuerdo al último dígito de su RUC.
      Si tiene alguna consulta específica, la puede realizar a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
      Ha sido un gusto atenderlo.

  • @eduarelmermendoza303
    @eduarelmermendoza303 3 роки тому

    Para el alquiler de vehículos es el mismo procedimiento???

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  3 роки тому

      Estimado contribuyente, efectivamente, el procedimiento del pago del impuesto es el mismo (sea por alquiler de bienes muebles o inmuebles). El porcentaje es también el 5%.
      Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
      Saludos.

  • @maurilioiglesiasantonio7618
    @maurilioiglesiasantonio7618 3 роки тому

    actualizan este video

  • @cesarlind.t2489
    @cesarlind.t2489 4 роки тому

    Subarrendamiento quién lo paga el arrendatario o el arrendador ?

    • @yanmirakarlamezalarico8561
      @yanmirakarlamezalarico8561 3 роки тому

      el subarrendamiento lo paga quien le dio en alquiler .. y quien le cedio al propietario del predio

  • @nose-0117
    @nose-0117 4 роки тому +3

    El 5 % es poco lo q pagan.... Y los que alquilan sin pagar ESE impuesto a la sunat NO Pagan alguna multa???... Deberia ver mas control!!! Muchos alquilan sin pagar este impuesto

  • @carmelarioslopez3203
    @carmelarioslopez3203 2 роки тому

    Si se alquila una habitación a 260 soles, es solo un Cuarto de drywall, se tiene que pagar el 5 % de impuesto?, una contadora me dijo que a partir de 1000 soles se paga este impuesto, respuesta por favor.

    • @SUNATOficial
      @SUNATOficial  2 роки тому

      Estimada Carmela Rios lopez, si eres persona natural y propietario de bienes inmuebles (departamentos y terrenos) o muebles (vehículos) y los alquilas, te corresponde pagar el impuesto a la renta de primera categoría a la SUNAT, equivalente al 5% del monto del alquiler. Para realizar el trámite necesitas RUC y clave SOL. Mas información en: www.gob.pe/1202-superintendencia-nacional-de-aduanas-y-de-administracion-tributaria-calcular-el-impuesto-a-la-renta-de-primera-categoria
      Saludos.