Eso no existe acá en México Señor abogado Ya dos arrendatarios no querían salir de mis casas y en 2 días los saque con la ley en mano y esposados Sería bien que aclarara donde existe esa ridícula ley , que solapa a gente ladrona y abusiva
Buenos días yo tengo unos inquilinos que yeban 16 años y de un tiempo acá ya no pagan y esto ya seme salió de las manos y yeban 2 años que no pagan nada y selesdise y ellos que el otro mes y asiban y no pagan nada y yo estoy desesperada mil gracias 🙏🙏🙏🙏
Hola, según lo que indicas, solo es posible solicitar el inmueble de vivienda luego de la primera vigencia... entonces un propietario que lo desea hacer en la primera vigencia no podría hacer,lo, ni pagando penalización alguna,!?... gracias!
Abogado aclare en qué país rige esa ley porque en Ecuador el que indemniza es el inquilino si incumple el contrato de alquiler, pero si cumple el año no recibe ninguna indemnización solo se le debuelve lo que sobra de la garantía, porque con el dinero de la garantía se hace todos los arreglos al apartamento y si sobra algo de dinero se le da al inquilino, inclusive si la reparación del apartamento cuesta más lo paga el inquilino.
Hola, @RaquelPucha! 😊 Gracias por tu comentario. Quiero aclarar que todo mi contenido jurídico está enfocado y es de aplicación para Colombia. Es interesante conocer cómo varían las leyes en otros países, como en Ecuador, donde el manejo de indemnizaciones y garantías es diferente. Si tienes alguna pregunta sobre cómo funcionan estas leyes en Colombia, no dudes en preguntar. ¡Gracias nuevamente! 😊
EXCELENTE AMIGO VIDEOS QUE INSTRUYEN , QUE NOS ENSEÑAN , QUE NOS SACAN DE LA. IGNORANCIA . QUE APORTAN A LA SOCIEDAD.. MIS FELICITACIONES . Y YA TIENES UN NUEVO SUSCRIPTOR.
Hola buen día, Tengo un local arrendado. El contrato inició el 01 de Agosto de 2019 hasta 01 de Agosto de 2020, allí dice que ante el silencio de ambos, se entiende la renovación del mismo por 12 meses más. Hace 1 semana me llamaron para decirme que vendieron el local y debo irme. Mis pagos están al día, no puedo irme ahora, en esta situación. Qué puedo hacer, por favor. Agradecida.
Hola Mi inquilino me avisó 2 días antes de cumplirsele el contrato que iba a desocupar y dice que tiene derecho a ciertos días gratis después de la fecha para desocupar. Es cierto? A cuántos días tiene derecho? En qué parte de la ley se especifica este hecho? Gracias.
Hola @dorismazo1620, gracias por tu comentario. Según la ley de arrendamiento, el inquilino debe dar un preaviso mínimo de 3 meses antes de desocupar el inmueble. Si solo te avisó con 2 días de antelación, no está cumpliendo con este requisito. No existen días "gratis" después de la fecha de terminación del contrato a menos que se haya acordado explícitamente en el contrato. Te invito a inscribirte en nuestro taller, donde explicamos detalladamente estos aspectos legales y cómo manejarlos. Puedes registrarte aquí: www.arrendadoraldia.com/taller. También puedes contactarnos para recibir orientación personalizada.
Abogado una pregunta ayúdeme!! Resulta que yo le arrendé a un seńor mi local, no hubo contrato sólo palabra! Y el apenas lleva 3 meses y resulta que lleva un mes sin pagarme y me está diciendo que tiene que durar 3 meses para el salirse, que hago en ese caso??
Y si le piden a una el inmueble personalmente y no con una carta o documento .....no se tiene derecho a la indemnización...? Muchas gracias por su respuesta..
Hola @zoilahernandez1291, gracias por tu comentario. Entiendo que las leyes pueden parecer injustas a veces, pero nuestro objetivo es ayudar a entender y utilizar las herramientas legales de manera adecuada y justa. Te invito a ver nuevamente el video, donde explicamos cómo terminar un contrato de arrendamiento de forma legal y sin deshonestidades. También puedes inscribirte en nuestro taller para aprender más sobre este tema: www.arrendadoraldia.com/taller.
En el caso que no sea un inquilino sino el vendedor sea el habitante, por ley cuánto tiempo tiene para desocupar? El vendedor me dice que tiene 3 meses. Además me dice que las persianas no están incluidas sino que las vende y que no me entrega pintado! Que ley me ampara? Gracias
Los contratos de arrendamiento pueden realizarse verbalmente , de comun acuerdo,siendo este completamente legal, ,ley 820 de 10 de junio de 2003,y la indemnizacion solo media cuando se haya incurrido en la violacion de algunas de las causales ahi estipuladas
Como esta de eso que al inquilino se le debe de indemnizar tres meses de renta mientras el casero no viole ni uno de los acuerdos que bienes en el contrato no hay pedo ..creo que a nadie que era regalar eso o si
Buenas noches Quisiera saver si era mi obligacion avisarle con tres meses de anticipacion que el contrato de renta terminara pronto a pesar de que hubo un contrato con fecha de inicio y termino y firmado por ambas partes
Bn dia le pregunto si yo llevo 13 años en una casa tengo un contrato x escrito con el dueño y me pide la casa con 6 meses de anticipación verbal sin justa causa x k dice k ahora en el 2023 los arriendos subieron mucho y me dice k es para la hija y es mentiras es para subir lo mucho mas caro k derechos tengo yo como arrendatario gracias donde me puedo dirigir
Hola @dianaagudelofranco7085, buenos días. Entiendo tu preocupación. Es importante que se respeten tus derechos como arrendataria. En casos como el tuyo, la ley estipula que deben haber causales válidas y notificadas por escrito. Te invito a inscribirte en nuestro taller donde explicamos detalladamente tus derechos y cómo proceder en estas situaciones. Puedes registrarte aquí: www.arrendadoraldia.com/taller. También puedes contactarnos para recibir orientación personalizada. ¡Saludos!
Buenos días, excelentes sus vídeos, Dios le bendiga por compartir sus conocimientos, una pregunta ahora con la Pandemia Covic 19, por decreto presidencial aparece el diferido en servicios públicos; pero un inquilino extracto 2, se le cumple el contrato en Julio y el no pudo cancelar servicios públicos junio y entrega el inmueble no puede cancelar el canon ni servicio,entonces si Emcali hizo el diferido automático , quién paga? Gracias por su respuesta, bendición es
Dr. considero que la ley no es que sea enredada, es mas bien proteccionista para con el arrendatario, lo enfoco por el lado de que es proteccionista para con las personas que no tienen vivienda propia y por ello se le garantizan unos derechos para que no los despojen de las viviendas en cualquier momento, ud q opina? saludos
Gracias por tu comentario Gladys... Ya que me lo preguntas.... para mi no es que sea Justa o Injusta... simplemente en algunos casos pareciera favorecer al arrendatario, y en otros casos al arrendador, pero Ley es Ley y hay que acatarla. Como dije, si me parece un poco enredada al momento de llevarla a la practica y por eso prefiero optar por alternativas que les sirvan a ambas partes, pero al final cada parte sabe lo que cede o exige.
Derecho Inmobiliario pues doctor, le comparto que no siempre es necesario recurrir al procedimiento q Ud indica con respecto a la consignación en el banco, se puede trabajar de la mano con la oficina del consumidor o el banco inmobiliario en el caso de los arriendos en Floridablanca- Santander, ya lo he hecho, le comparto el dato
Porque el problema de cuando “creemos llegar a acuerdos entre las partes” es que alguna incumpla y no tenemos como hacer exigible la restitución del inmueble, mientras q cuando lo hacemos con la entidad avalada esta misma nos colabora haciendo exigible el acuerdo, saludos
Muchisimas gracias Gladys. En la ciudad de Cali, un miembro del grupo Juan Carlos Mendoza nos contó que hizo el trámite a través de la oficina de Secretaría de Gobierno. En lo que a mí me corresponde, debo sujetarme al texto de la ley y agradezco a ustedes compartir el fruto de sus experiencias. Un abrazo.
Entiendo. Sin embargo es importante aclarar que Terminar de mutuo acuerdo es totalmente vinculante y de llegar a incumplir el inquilino, se convierte en el soporte para dar inicio a un proceso de restitución. Saludos desde la Sucursal del Cielo
Buenos días vivo hace 19 años en una vivienda que era la inspección de policiaantes ya no pago servicios de agua y electricidad ami me pueden desalojar sin reconocermen nada el municipio ademas todo este tiempo le hice muchas reparaciones gracias. Bendiciones
Un arrendatario me quiere sacar de una pieza ,toca tener en cuenta que todo fue verbal y no se firmó ningun contrato ,a qué tengo derecho,he sido muy puntual con los deberes del alquiler,
Hola @luismarin752, gracias por tu comentario. Aunque no haya un contrato escrito, existen derechos y deberes tanto para el arrendador como para el arrendatario. En este caso, la ley también protege los acuerdos verbales siempre y cuando puedas demostrar que has cumplido con tus obligaciones. Te invito a inscribirte en nuestro taller, donde podrás aprender más sobre tus derechos y cómo manejarlos en situaciones como esta. Puedes registrarte aquí: www.arrendadoraldia.com/taller. También puedes contactarnos para recibir asesoría personalizada.
Muy buenas tardes escucho sus comentarios tengo una consulta unos familiares viven hace más de 40 años y el inmueble fue vendido a un político este mando quitar Rejas de proteccion puertas y ventanas y el servicio de luz y no reconoce el tiempo que ellos llevan allí. Es posible que ellos reclamen algún tipo de indemnización sea por los años de vivir allí o por el abuso que se está cometiendo aún estando ellos en el inmueble. Gracias por su orientación este caso se da aquí en Bogotá. GRACIAS
Este caso es complejo...Por favor ingresa a www.derechoinmobiliario.co/ Alli encontrarás la agenda de atención donde puedes escoger entre los días y horarios q se encuentren disponibles para que hablemos. Quedamos atentos a tu registro.
Cuando se llega a una conciliación para desocupar un inmueble y se coloca una fecha igual se debe pagar los últimos tres meses de canon de arrendamiento , se tienen los pagos al día y se lleva viviendo alli 12 años
Hola... Es importante dejar siempre de manera expresa cualquier conciliación y debe contener los términos de la negociación para que no existan imprecisiones. En cuanto a la renta, si ustedes no pactaron algo en particular, en ese caso los arrendatarios deben pagar hasta el último mes de la vigencia del contrato o del acuerdo.
buenos dias el caso mio es la arrendadora me esta pidiendo la casa x que la dueña necesita venderla yo estoy al día con el cannon y tengo 7 años viviendo y no me an pasado carta alguna solo me hacen llamadas yo no me quiero ir que hago en ese caso gracias x su repuesta y respecto su opinion gracias a Dios hay leyes q nos favorece alas personas de bajos recursos Dios lo bendiga espero su respuesta
Buenas tardes ben me puedes asesorar ya que yo vivo ya tres años en la misma casa y la señora del apartamento me pidio el apartamento por via whaspp solo por ke pedi una copia o foto del recibo del gas que debo hacer
BUEN DÍA TENGO UNA PREGUNTA, LLEVO 20 AÑOS EN UN LOCAL EN ARRIENDO Y TENGO UN NEGOCIO DE CELULARES. EL DUEÑO DEL LOCAL LO VENDIÓ Y EL NUEVO DUEÑO ME ENVÍO LA CARTA DE DESALOJO DEL LOCAL. QUÉ DERECHOS TENGO, DE CUANTO ES LA INDEMNIZACIÓN Y PUEDEN PONER OTRO NEGOCIO DE CELULARES EN EL LOCAL? GRACIAS
hola buenas noches ,yo rente un apto en Bogota y me pidieron una fianza para pago de servicios pendientes al momento de irme ,yo desocupe el apto al finalizar un año de arrendamiento y deje todo al día ,quedaron pendientes descontar como unos días del pago de los servicios ,pero el arrendatario n me devolvió la fianza ,el la debe devolver o automáticamente se hace con ella? muchas gracias de antemano
buenas noxhes yo quiero saver si boy a tener problemas para desocupar un inmueble .llevo 6 meses y en este 6 mes no pude pagar .quiero desocupar pero me he pasado 20 dias .por falta de dinero yo no tengo contrato .
Buena tarde. Gracias por su aporte. Lo mismo es para arriendo de local.comercial? El tiempo es 10 anos. Gracias. Ah Lo desocupan por voluntad del arrendatario.
Buenas tardes. Derecho Inmobiliario. Y cuando paso la carta con los tres meses de anticipación al inquilino avisando antes que se cumpla la PRORROGA para el segundo año, TAMBIÉN SE DEBE PAGAR INDEMNIZACIÓN, DR.? GRACIAS
Hola. Si tienes causal no se requiere indemnizacion sino aportar una poliza para garantizar el cumplimiento de la causal. te dejo la norma: Ley 820 de 2003 (Colombia) Artículo 22. Terminación por parte del arrendador. Son causales para que el arrendador pueda pedir unilateralmente la terminación del contrato, las siguientes: 8. El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas invocando cualquiera de las siguientes causales especiales de restitución, previo aviso escrito al arrendatario a través del servicio postal autorizado con una antelación no menor a tres (3) meses a la referida fecha de vencimiento: a) Cuando el propietario o poseedor del inmueble necesitare ocuparlo para su propia habitación, por un término no menor de un (1) año; b) Cuando el inmueble haya de demolerse para efectuar una nueva construcción, o cuando se requiere desocuparlo con el fin de ejecutar obras independientes para su reparación; c) Cuando haya de entregarse en cumplimiento de las obligaciones originadas en un contrato de compraventa; d) La plena voluntad de dar por terminado el contrato, siempre y cuando, el contrato de arrendamiento cumpliere como mínimo cuatro (4) años de ejecución. El arrendador deberá indemnizar al arrendatario con una suma equivalente al precio de uno punto cinco (1.5) meses de arrendamiento. Cuando se trate de las causales previstas en los literales a), b) y c), el arrendador acompañará al aviso escrito la constancia de haber constituido una caución en dinero, bancaria u otorgada por compañía de seguros legalmente reconocida, constituida a favor del arrendatario por un valor equivalente a seis (6) meses del precio del arrendamiento vigente, para garantizar el cumplimiento de la causal invocada dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de la restitución.
Derecho Inmobiliario Gracias, Dr. Pero, Entonces SIEMPRE SE DEBE INDEMNIZAR CON DINERO AL INQUILINO?? O SEA TOCA PAGARLES PARA QUE DEVUELVAN EL INMUEBLE? O sea, No Lo puedo pedir antes de que cumpla 4 años de arrendado... Porque me tocaría PAGARLE AL INQUILINO. ASI, LO NECESITE PARA VIVIR YO. ES OBLIGATORIO EN COLOMBIA ARRENDAR POR TRES AÑOS???
Buenas tardes, Dr. Y Qué Normas hay para arrendar un local... Se hace El contrato por Un año? Y Qué estipulaciines hay para pedir El local. Con Cuánto TIEMPO de anticipacion se DEBE pedir. TAMBIÉN hay que INDEMNIZAR?? Gracias, Dr.
Si el propietario no hace unos arreglos de tubería y la casa se me inunda de agua cada ves que lavo la ropa o usamos el baño Y por esta causa el me pide el inmueble que puedo hacer? Ya que no desea hacer los arreglos y tampoco quiere darme una indemnización para irme cuáles son mis opciones
Hola abogado, yo estaba rentando en una vivienda desde 5 meses atrás, no hubo contrato, solo de palabra, yo me salí pero gran parte de mis pertenencias las dejé allí, regrese a querer sacar mis cosas y finiquitar el asunto pero el dueño ya no me dejo sacar mis cosas diciendo que yo debía tres recibos de luz y no es verdad, solo era uno y en ese momento llevaba el dinero para pagar el recibo de luz que incluso cuando le avisé al dueño que desocuparia estábamos de acuerdo ambos que solo era un recibo. En ese momento que regresé a sacar mis cosas y pagar el recibo, ya no me permitió sacar nada incluso mis herramientas de trabajo, me dijo que las había vendido para cobrarse lo de el recibo de luz. Esto sucedió en el mes de junio 2020. No pude comprobar que ya no estuvieran mis cosas porque no me permitió entrar, claro yo nunca intenté entrar a pesar que llevaba la llave, solo toqué la puerta y el dueño salió. Hay algo que se pueda hacer aún para recuperar sobre todo mis herramientas de trabajo?
Buen dia amigo yo tengo un pequeño problema mire yo estoy en un inmueble ya casi 9 años nunca isimos contrato todo apalabra ora yo ise el trato con el dueño dela casa pero el fayese yega una de sus hijas y dise que eya le quiere comprar su casa asu mama que se puede aser en ese caso y que veneficios tengo yo como rentero
Buen día mi doctor un placer estar viendo sus videos Mi pregunta es tengo una inmueble por inmobiliaria desde el 2007 Ya llevo 13 años y algo mi conducta ha sido intachable con los pagos pero resulta que con el cobit me he retrasado ya 4 meses a mí me pidieron el inmueble hace 3 años y no lo entregado consigno actualmente en el banco Agrario quiere entregar el inmueble pero quiero llegar a conciliación para no pagar estos 4 meses ya que me encuentro sin trabajo y mi situación actual está muy muy regular que me aconseja mi doctor 1000 gracias por leer mi comentario
Y no hay ningún contrato de por medio ni menos entrega un recibo de pago espero pronto su rpta... Que tiempo sería q nos de para poder encontrar otro lugar se cobro de los servicios del mes adelantado q se le pagó y nos está sacando una semana antes de cumplir el mes
Muchas gracias por compartir. Qué pasa cuando el inquilino no paga sus obligaciones? Como: arriendo y servicios a tiempo? Le puede pedir y que tiempo tengo que darle? Gracias
Hola Raúl. Desde el primer momento del incumplimiento puedes iniciar acciones para buscar que el arrendatario salga del inmueble. Aquí te dejo un video que te puede ilustrar: ua-cam.com/video/8P3WaCn2TJg/v-deo.html
Hola. Seria necesario revisar el mensaje que mencionas. te invito a ingresar a www.derechoinmobiliario.co/ para solicitar una consulta gratuita en la que puedas detallar mas el contexto de la situación.
Una consulta mi esposo perdió su trabajo alquilamos un inmueble la dueña nos está pidiendo q nos retiremos se pagó el mes adelantado pero se contó de los servicios y quiere q desocupe mis el inmueble una semana antes de cumplir el mes por q se cobro adelantado los servicios no tenemos un lugar a donde ir y nos está sacando una semana antes de cumplir el mes nosotris como inquilinos tenemos derecho a q espere un tiempo hasta conseguir otro lugar?? Y si es así q tiempo sería ...gracias anticipadamente por su rpta
Hace trece años tome en arriendo una casa con local,y el dueño cada 6 meses me dice que va a vender,y me hizo firmar un contrato donde dice que no tengo derecho a indemnización,esto es legal?
Buenas doctor quiero preguntarle es que hace mas de treinta años vivimos en una casa de un familiar no volvimos ha saber de él hemos hecho unas mejoras hemos pagado el predial tenemos la casa al día que podemos hacer hay
Al parecer ya tienes el tiempo para prescribir... debes consultar un abogado para que te explique el proceso de adjudiciacion. Te invito a ver este video un poco similar al tema ua-cam.com/video/XJLr2auLy8w/v-deo.html
Hola buenas tardes... Soy inquilino y ya se cumplió el contrato por seis meses .. tengo derecho a algunos días para buscar casa después de cumplir el contrato? Espero respuesta gracias..
Hola. El derecho que tienes como inquilino es permanecer en el inmueble por el tiempo total de la vigencia. Legalmente si te pasas de la fecha de la finalización de la vigencia, y solo es la voluntad del arrendador que te permita quedarte algunos días.
Yo vivo en arriendo en un apto, llevo casi 4 años el 1 diciembre... El Canon de arriendo va incluido los servicios ... En días pasado subió arriendo le digo espere que se m cumpla el año , que no xq se le subieron los servicios ...osea que si cada mes se suben los servicios también sube el arriendo ? En ningún momento se dijo en el contrato .. Pero ella cada seis meses quiere subir el arriendo... Mi pregunta es ...a que tengo yo derecho...yo he sido muy cumplida con mis pagos .. Mientras m sale otro apto..... Gracias...🙄🙄
Tengo una inquietud. Si el arrendado se va por su cuenta o le piden el inmueble el está obligado a dejar la casa pintada y arreglada? Si es así entonces en donde queda el usufructo. La casa se tiene q desgastar vpor el mismo uso!!!
Una cosa es el desgaste por el uso legítimo, y otra cosa es el desgaste por descuido, como por ejemplo no hacer aseo a las canales, no hacer el mantenimiento de los aires acondicionados, entregar las paredes con suciedad.... sin embargo cada caso debe verse de forma individual para confirmar compromisos de las partes y la manera en cómo estaba el inmueble al inicio del contrato
Buenos días, tengo una duda, tengo un apartamento en arriendo desde el 2014 el contrato vence el 30 de septiembre y no le quiero renovar el contrato al arrendatario, lo debo indemnizar? Gracias
Para este momento el contrato se encuentra prorrogado. Para terminarlo debe indemnizar conforme la ley 820 de 2003 7. El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento durante las prórrogas, previo aviso escrito dirigido al arrendatario a través del servicio postal autorizado, con una antelación no menor de tres (3) meses y el pago de una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento. Cumplidas estas condiciones el arrendatario estará obligado a restituir el inmueble.
Jajajajaja según lo que entiendo hay que tener suerte para poder encontrar un buen inquilino Wow wow es tenaz rentar una casa o apt es mejor no rentar para no tener dolores de cabeza la gente es muy abusiva ok
Hola buenas tardes, yo vivo en una habitación alquilada, es decir vivo con una gente que tienen el apartamento alquilado, y ellos nos alquilaron a nosotros una habitación y me están pidiendo que desocupe porque ellos se van de viaje y me están dando un mes.. me puedes asesorar por fa...!!
Si a la hora de entregar un inmueble la inmobiliaria considera que hay que reparar algunas cosas de dicho inmueble cuanto tiempo mas se tiene para esas reparaciones?
Excelente Blog, que pasa si mi inquilino se va a ir antes de cumplir el año. me aviso y faltan 5 meses para terminar. Debe pagar algun monto,. Pensaba que era el equivalente a un mes pero al leer la Ley 820 /2003 Art 24 dice que es de 3 Veces el valor del canon y con carta escrita 3 meses antes es correcto? Si lo hacemos de mutuo acuerdo que debemos hacer hay una buena relacion de parte de las dos partes. Firmamos un contrato de la forma Minerva. Gracias de antemano por tu ayuda.
Hola Diana, tienes toda la razón, el preaviso es de tres meses de anticipación y el pago de una penalidad equivalente a tres meses, pero conciliar es una buena opción a través de un acta de compromisos se dejan establecidos los términos de la finalización.
DEPENDE DE LA CAPACIDAD DEL INQUILINO Y EL RESPALDO QUE TENGA PORQUE PARA SEGUIR EN PROBLEMAS ES MEJOR MEDIAR ENTRE LAS PARTES ASI NUNGUNO SALE DESFAVORECIDO
El tiempo que duró el inquilino no es tomado en cuenta a la hora de la prórroga en un local o vivienda..en que legislación de que país es esta asesoría
Hola Soy Arrendataria y se me terminó el contrato pero el arrendador no.me notifico si no después de 15 días de haberse terminado el .contrato que necesitaba la casa para arrendataria a un familiar ...la pregunta es el tenia que haberme notificado con 3 meses de anticipación Y lo otro es yo tengo derecho a 3 meses mientras busco donde vivir o debo entregarle la casa la fecha que el.me esta diciendo ...no me está dejando ni un mes Graciass
Si no te avisaron en tiempo entonces se prorrogó el contrato por otro año. Si de igual manera te piden el inmueble tendrían que pagarte indemnización par que te vayas en cualquier momento de la prorroga avisando con 3 meses de anterioridad a la fecha que esperan que desocupes. No hay dias gratis, se paga hasta el ultimo momento.
Buenos días que se puede hacer cuando el dueño se muere y uno está alquilado y no hay nadie que se haga responsable. A pero de repente llega al guíen sin apellido sin papeles pero dice que es familiar y quiere hacerse cargo. Qué debo hacer para este caso
Hola Jose. Esto pasa con mucha frecuencia.... aparecen sobrinos, hijos, esposas,..... aquí te dejo el video en el que tratamos este tema ua-cam.com/video/f75NXRft3s8/v-deo.html
Buenos días Dr Me gusto mucho su exposición Quiero preguntarle lo siguiente Si se tiene un contrato de local comercial y una de sus cláusulas estipula que si cualquiera de las partes desea pedir o desocupar el local se debe avisar con 6meses de anticipación, entonces se le debe dar 6 meses de no pago de arrendamiento al inquilino Mil gracias
Hola Vicente. No exactamente. El preaviso no es un tiempo par exonerar al arrendatario del pago de la renta. El preaviso es un tiempo para que pueda reubicarse.
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Eso no existe acá en México
Señor abogado
Ya dos arrendatarios no querían salir de mis casas y en 2 días los saque con la ley en mano y esposados
Sería bien que aclarara donde existe esa ridícula ley , que solapa a gente ladrona y abusiva
es verdad, en México no es así, estoy ahora en la misma situación... no se quieren salir
Hola videos informativos como estos estaban haciendo mucha falta en Colombia la verdad es que he aprendido un monton. Saludes desde New York!!
Hola Jorhin, Muy amable tu comentario, te agradezco y saludos desde Cali (Colombia) la Capital Mundial de la Salsa
Abogado Leonardo Una pregunta cuánto tiempo tengo para entregar el inmueble después de dar por terminado el contrato o sea como una gavela?
muchas gracias por esa ayudas 🤗🤗🤗Dios lo bendiga
Buenos días yo tengo unos inquilinos que yeban 16 años y de un tiempo acá ya no pagan y esto ya seme salió de las manos y yeban 2 años que no pagan nada y selesdise y ellos que el otro mes y asiban y no pagan nada y yo estoy desesperada mil gracias 🙏🙏🙏🙏
Cuál es el paso a seguir si el inquilino previa notificación y pago de indemnización no desocupa el día que tiene que entregar?
Buen día doctor
Tienes algún formato para cancelar el contrato de arrendamiento, el tiempo y todo lo que conlleva este proceso, gracias de antemano
si me notificaron que debo desocupar por que van a vender el inmueble tengo derecho a alguna indemnizacion??gracias
Si el inquilino da por terminado el contrato y te pide tiempo gracias para sacar sus cosas, es obligatorio darle tiempo ya que pide de uno a dos meses
Hola, según lo que indicas, solo es posible solicitar el inmueble de vivienda luego de la primera vigencia... entonces un propietario que lo desea hacer en la primera vigencia no podría hacer,lo, ni pagando penalización alguna,!?... gracias!
Buenisimo
Abogado aclare en qué país rige esa ley porque en Ecuador el que indemniza es el inquilino si incumple el contrato de alquiler, pero si cumple el año no recibe ninguna indemnización solo se le debuelve lo que sobra de la garantía, porque con el dinero de la garantía se hace todos los arreglos al apartamento y si sobra algo de dinero se le da al inquilino, inclusive si la reparación del apartamento cuesta más lo paga el inquilino.
Hola, @RaquelPucha! 😊 Gracias por tu comentario. Quiero aclarar que todo mi contenido jurídico está enfocado y es de aplicación para Colombia. Es interesante conocer cómo varían las leyes en otros países, como en Ecuador, donde el manejo de indemnizaciones y garantías es diferente.
Si tienes alguna pregunta sobre cómo funcionan estas leyes en Colombia, no dudes en preguntar. ¡Gracias nuevamente! 😊
EXCELENTE AMIGO VIDEOS QUE INSTRUYEN , QUE NOS ENSEÑAN , QUE NOS SACAN DE LA. IGNORANCIA . QUE APORTAN A LA SOCIEDAD.. MIS FELICITACIONES . Y YA TIENES UN NUEVO SUSCRIPTOR.
Gracias. Aprecio tu comentario y tu suscripción... seguiré compartiendo información.
Qué buena explicación querido abogado 👌😊👏👏
Gracias Luz Marina... me place saber tu opinion de mi video.
Cuando un inquilino no paga el arriendo y el arriendo in cluye los servicios de :agua,luz,y gas ,qué se hace con esos inquilinos?
En este caso debes iniciar el proceso de lanzamiento para un Juez saque al arrendatario
Hola buen día, Tengo un local arrendado. El contrato inició el 01 de Agosto de 2019 hasta 01 de Agosto de 2020, allí dice que ante el silencio de ambos, se entiende la renovación del mismo por 12 meses más. Hace 1 semana me llamaron para decirme que vendieron el local y debo irme. Mis pagos están al día, no puedo irme ahora, en esta situación. Qué puedo hacer, por favor. Agradecida.
Gracias por de cirnos que este vídeo aplica para Colombia 🇨🇴
Mandan huevo ahora hay que resarcirlos por vivir en propiedades ajenas
Hola
Mi inquilino me avisó 2 días antes de cumplirsele el contrato que iba a desocupar y dice que tiene derecho a ciertos días gratis después de la fecha para desocupar. Es cierto? A cuántos días tiene derecho? En qué parte de la ley se especifica este hecho?
Gracias.
Hola @dorismazo1620, gracias por tu comentario. Según la ley de arrendamiento, el inquilino debe dar un preaviso mínimo de 3 meses antes de desocupar el inmueble. Si solo te avisó con 2 días de antelación, no está cumpliendo con este requisito. No existen días "gratis" después de la fecha de terminación del contrato a menos que se haya acordado explícitamente en el contrato.
Te invito a inscribirte en nuestro taller, donde explicamos detalladamente estos aspectos legales y cómo manejarlos. Puedes registrarte aquí: www.arrendadoraldia.com/taller. También puedes contactarnos para recibir orientación personalizada.
Hola saludos que significa el artículo 1279 en un contrato de arrendamiento comercial
Abogado una pregunta ayúdeme!! Resulta que yo le arrendé a un seńor mi local, no hubo contrato sólo palabra! Y el apenas lleva 3 meses y resulta que lleva un mes sin pagarme y me está diciendo que tiene que durar 3 meses para el salirse, que hago en ese caso??
Y si le piden a una el inmueble personalmente y no con una carta o documento .....no se tiene derecho a la indemnización...? Muchas gracias por su respuesta..
Excelente, muchas, muchas gracias por el apoyo 😃
Si no hay contrato, que se hace en este caso, dr. Si pago puntual y me voy, tengo derecho a algo
Los contratos verbales son igual de válidos que los escritos y la ley es la misma
Es lo mejor para uno saber a q tiene derecho cuando se pide la casa
Gracias Luz Marina
Hola,tengo una pregunta, después de un año, uno tiene derecho a un mes gratis? O esa ley ya no cuenta, muchas gracias
Que leyes mas basira solo incrementan el ladronismo.
Hola @zoilahernandez1291, gracias por tu comentario. Entiendo que las leyes pueden parecer injustas a veces, pero nuestro objetivo es ayudar a entender y utilizar las herramientas legales de manera adecuada y justa. Te invito a ver nuevamente el video, donde explicamos cómo terminar un contrato de arrendamiento de forma legal y sin deshonestidades. También puedes inscribirte en nuestro taller para aprender más sobre este tema: www.arrendadoraldia.com/taller.
En el caso que no sea un inquilino sino el vendedor sea el habitante, por ley cuánto tiempo tiene para desocupar? El vendedor me dice que tiene 3 meses. Además me dice que las persianas no están incluidas sino que las vende y que no me entrega pintado! Que ley me ampara? Gracias
Sr abogado me gustaria q me ayude en caso de q no se cumpla la fecha y meses estipulado en el contrato q debo hacer
Gracias por los consejos. Desde que país estás? Hablas de un Banco Agrario. Y hablas de una Ley de Inmobiliarias.
Hola. Este video se hizo con leyes Colombianas. Pronto haré videos para otros paises. Saludos
@@DerechoInmobiliario Muchas gracias, Abogado por su amable respuesta. Estamos en contacto.
@@susananovelo5824 Gracias a ti por preguntar para poder aclararte. Te cuidas.
Q buen video no tenia conosimiento de esos derechos y obligaciones
Hola Jhon. Gracias por tu comentario
Gracias por publicar estos videos son muy utiles.
Gracias por tu comentario. Me es valioso conocer q Te genero aportes con estos videos. Saludos
Los contratos de arrendamiento pueden realizarse verbalmente , de comun acuerdo,siendo este completamente legal, ,ley 820 de 10 de junio de 2003,y la indemnizacion solo media cuando se haya incurrido en la violacion de algunas de las causales ahi estipuladas
Como esta de eso que al inquilino se le debe de indemnizar tres meses de renta mientras el casero no viole ni uno de los acuerdos que bienes en el contrato no hay pedo ..creo que a nadie que era regalar eso o si
Buenas noches
Quisiera saver si era mi obligacion avisarle con tres meses de anticipacion que el contrato de renta terminara pronto a pesar de que hubo un contrato con fecha de inicio y termino y firmado por ambas partes
Me gusta mucho como se expresa, información certera, pero sencilla, por eso comparto sus vídeos en mi página de facebook.
Gracias!!!!!! Eres muy amable por ayudarme compartiendo esta información, un abrazo.
Bn dia le pregunto si yo llevo 13 años en una casa tengo un contrato x escrito con el dueño y me pide la casa con 6 meses de anticipación verbal sin justa causa x k dice k ahora en el 2023 los arriendos subieron mucho y me dice k es para la hija y es mentiras es para subir lo mucho mas caro k derechos tengo yo como arrendatario gracias donde me puedo dirigir
Hola @dianaagudelofranco7085, buenos días. Entiendo tu preocupación. Es importante que se respeten tus derechos como arrendataria. En casos como el tuyo, la ley estipula que deben haber causales válidas y notificadas por escrito.
Te invito a inscribirte en nuestro taller donde explicamos detalladamente tus derechos y cómo proceder en estas situaciones. Puedes registrarte aquí: www.arrendadoraldia.com/taller. También puedes contactarnos para recibir orientación personalizada.
¡Saludos!
Buenos días, excelentes sus vídeos, Dios le bendiga por compartir sus conocimientos, una pregunta ahora con la Pandemia Covic 19, por decreto presidencial aparece el diferido en servicios públicos; pero un inquilino extracto 2, se le cumple el contrato en Julio y el no pudo cancelar servicios públicos junio y entrega el inmueble no puede cancelar el canon ni servicio,entonces si Emcali hizo el diferido automático , quién paga? Gracias por su respuesta, bendición es
Hola!! Esto aplica también en México?
Buenos dias buen video suscrita
Muchas gracias Areliz. es muy gratificante saberlo
Excelente información
Muy Buena informacion! Gracias.. 😉
Dr. considero que la ley no es que sea enredada, es mas bien proteccionista para con el arrendatario, lo enfoco por el lado de que es proteccionista para con las personas que no tienen vivienda propia y por ello se le garantizan unos derechos para que no los despojen de las viviendas en cualquier momento, ud q opina? saludos
Gracias por tu comentario Gladys... Ya que me lo preguntas.... para mi no es que sea Justa o Injusta... simplemente en algunos casos pareciera favorecer al arrendatario, y en otros casos al arrendador, pero Ley es Ley y hay que acatarla. Como dije, si me parece un poco enredada al momento de llevarla a la practica y por eso prefiero optar por alternativas que les sirvan a ambas partes, pero al final cada parte sabe lo que cede o exige.
Derecho Inmobiliario pues doctor, le comparto que no siempre es necesario recurrir al procedimiento q Ud indica con respecto a la consignación en el banco, se puede trabajar de la mano con la oficina del consumidor o el banco inmobiliario en el caso de los arriendos en Floridablanca- Santander, ya lo he hecho, le comparto el dato
Porque el problema de cuando “creemos llegar a acuerdos entre las partes” es que alguna incumpla y no tenemos como hacer exigible la restitución del inmueble, mientras q cuando lo hacemos con la entidad avalada esta misma nos colabora haciendo exigible el acuerdo, saludos
Muchisimas gracias Gladys. En la ciudad de Cali, un miembro del grupo Juan Carlos Mendoza nos contó que hizo el trámite a través de la oficina de Secretaría de Gobierno. En lo que a mí me corresponde, debo sujetarme al texto de la ley y agradezco a ustedes compartir el fruto de sus experiencias. Un abrazo.
Entiendo. Sin embargo es importante aclarar que Terminar de mutuo acuerdo es totalmente vinculante y de llegar a incumplir el inquilino, se convierte en el soporte para dar inicio a un proceso de restitución. Saludos desde la Sucursal del Cielo
Qué pasa cuando se van sin pagar los servicios?
No sé devuelve el dinero que se pidió por cumplimiento?
Buena informacion de que pais esta informando gracias
Hola de Colombia.
Muy bueno!!!gracias🌟
Gracias Maria del Carmen. Un abrazo
Buenos días vivo hace 19 años en una vivienda que era la inspección de policiaantes ya no pago servicios de agua y electricidad ami me pueden desalojar sin reconocermen nada el municipio ademas todo este tiempo le hice muchas reparaciones gracias. Bendiciones
Un arrendatario me quiere sacar de una pieza ,toca tener en cuenta que todo fue verbal y no se firmó ningun contrato ,a qué tengo derecho,he sido muy puntual con los deberes del alquiler,
Hola @luismarin752, gracias por tu comentario. Aunque no haya un contrato escrito, existen derechos y deberes tanto para el arrendador como para el arrendatario. En este caso, la ley también protege los acuerdos verbales siempre y cuando puedas demostrar que has cumplido con tus obligaciones.
Te invito a inscribirte en nuestro taller, donde podrás aprender más sobre tus derechos y cómo manejarlos en situaciones como esta. Puedes registrarte aquí: www.arrendadoraldia.com/taller. También puedes contactarnos para recibir asesoría personalizada.
En próximos programas di cuales son las causales para que un arrendatario deje el inmueble cuando a firmado contrato con inmobiliaria
Hola Frida.... así será. Un abrazo
Buenas noches, si es al contrario, que el inquilino se quiere ir y ya cumplió un año, debo darle un mes gratis?
Muy buenas tardes escucho sus comentarios tengo una consulta unos familiares viven hace más de 40 años y el inmueble fue vendido a un político este mando quitar Rejas de proteccion puertas y ventanas y el servicio de luz y no reconoce el tiempo que ellos llevan allí. Es posible que ellos reclamen algún tipo de indemnización sea por los años de vivir allí o por el abuso que se está cometiendo aún estando ellos en el inmueble. Gracias por su orientación este caso se da aquí en Bogotá. GRACIAS
Este caso es complejo...Por favor ingresa a www.derechoinmobiliario.co/ Alli encontrarás la agenda de atención donde puedes escoger entre los días y horarios q se encuentren disponibles para que hablemos. Quedamos atentos a tu registro.
Cuando se llega a una conciliación para desocupar un inmueble y se coloca una fecha igual se debe pagar los últimos tres meses de canon de arrendamiento , se tienen los pagos al día y se lleva viviendo alli 12 años
Hola... Es importante dejar siempre de manera expresa cualquier conciliación y debe contener los términos de la negociación para que no existan imprecisiones. En cuanto a la renta, si ustedes no pactaron algo en particular, en ese caso los arrendatarios deben pagar hasta el último mes de la vigencia del contrato o del acuerdo.
Estos son los vídeos que valen la pena... gracias
Gracias Leidytha. Un fuerte abrazo y gracias por seguirme en mis opiniones.
buenos dias el caso mio es la arrendadora me esta pidiendo la casa x que la dueña necesita venderla
yo estoy al día con el cannon y tengo 7 años viviendo
y no me an pasado carta alguna solo me hacen llamadas yo no me quiero ir
que hago en ese caso
gracias x su repuesta y respecto su opinion
gracias a Dios hay leyes q nos favorece alas personas de bajos recursos
Dios lo bendiga
espero su respuesta
Buenas tardes ben me puedes asesorar ya que yo vivo ya tres años en la misma casa y la señora del apartamento me pidio el apartamento por via whaspp solo por ke pedi una copia o foto del recibo del gas que debo hacer
BUEN DÍA TENGO UNA PREGUNTA, LLEVO 20 AÑOS EN UN LOCAL EN ARRIENDO Y TENGO UN NEGOCIO DE CELULARES. EL DUEÑO DEL LOCAL LO VENDIÓ Y EL NUEVO DUEÑO ME ENVÍO LA CARTA DE DESALOJO DEL LOCAL. QUÉ DERECHOS TENGO, DE CUANTO ES LA INDEMNIZACIÓN Y PUEDEN PONER OTRO NEGOCIO DE CELULARES EN EL LOCAL? GRACIAS
hola buenas noches ,yo rente un apto en Bogota y me pidieron una fianza para pago de servicios pendientes al momento de irme ,yo desocupe el apto al finalizar un año de arrendamiento y deje todo al día ,quedaron pendientes descontar como unos días del pago de los servicios ,pero el arrendatario n me devolvió la fianza ,el la debe devolver o automáticamente se hace con ella? muchas gracias de antemano
Te refieres a Depósito? si es así la ley 820 de 2003 Colombia lo prohibe, y claro que deben reintegrarlo
Muchas gracias 😊
Pero usted habla conforme a leyes de que país ??? Colombia ???
buenas noxhes yo quiero saver si boy a tener problemas para desocupar un inmueble .llevo 6 meses y en este 6 mes no pude pagar .quiero desocupar pero me he pasado 20 dias .por falta de dinero yo no tengo contrato .
Buena tarde. Gracias por su aporte. Lo mismo es para arriendo de local.comercial? El tiempo es 10 anos. Gracias. Ah Lo desocupan por voluntad del arrendatario.
Hola Ana. Si el inquilino desocupa voluntariamente a la finalización del contrato no pasa nada.
Si el inquilino me pagó el mes y se quiere ir a los 15 días tendría que devolver la mitad?
Buenas tardes.
Derecho Inmobiliario.
Y cuando paso la carta con los tres meses de anticipación al inquilino avisando antes que se cumpla la PRORROGA para el segundo año, TAMBIÉN SE DEBE PAGAR INDEMNIZACIÓN, DR.? GRACIAS
Hola. Si tienes causal no se requiere indemnizacion sino aportar una poliza para garantizar el cumplimiento de la causal. te dejo la norma: Ley 820 de 2003 (Colombia) Artículo 22. Terminación por parte del arrendador. Son causales para que el arrendador pueda pedir unilateralmente la terminación del contrato, las siguientes:
8. El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas invocando cualquiera de las siguientes causales especiales de restitución, previo aviso escrito al arrendatario a través del servicio postal autorizado con una antelación no menor a tres (3) meses a la referida fecha de vencimiento:
a) Cuando el propietario o poseedor del inmueble necesitare ocuparlo para su propia habitación, por un término no menor de un (1) año;
b) Cuando el inmueble haya de demolerse para efectuar una nueva construcción, o cuando se requiere desocuparlo con el fin de ejecutar obras independientes para su reparación;
c) Cuando haya de entregarse en cumplimiento de las obligaciones originadas en un contrato de compraventa;
d) La plena voluntad de dar por terminado el contrato, siempre y cuando, el contrato de arrendamiento cumpliere como mínimo cuatro (4) años de ejecución. El arrendador deberá indemnizar al arrendatario con una suma equivalente al precio de uno punto cinco (1.5) meses de arrendamiento.
Cuando se trate de las causales previstas en los literales a), b) y c), el arrendador acompañará al aviso escrito la constancia de haber constituido una caución en dinero, bancaria u otorgada por compañía de seguros legalmente reconocida, constituida a favor del arrendatario por un valor equivalente a seis (6) meses del precio del arrendamiento vigente, para garantizar el cumplimiento de la causal invocada dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de la restitución.
Derecho Inmobiliario Gracias, Dr. Pero, Entonces SIEMPRE SE DEBE INDEMNIZAR CON DINERO AL INQUILINO??
O SEA TOCA PAGARLES PARA QUE DEVUELVAN EL INMUEBLE?
O sea, No Lo puedo pedir antes de que cumpla 4 años de arrendado... Porque me tocaría PAGARLE AL INQUILINO.
ASI, LO NECESITE PARA VIVIR YO. ES OBLIGATORIO EN COLOMBIA ARRENDAR POR TRES AÑOS???
@@irmasolmariao4810 Si tienes causal como cuando tu lo necesitas para irte a vivir allí, NO se le paga indemnización
@@DerechoInmobiliario Muchas gracias!!!
Buenas tardes, Dr. Y Qué Normas hay para arrendar un local... Se hace El contrato por Un año?
Y Qué estipulaciines hay para pedir El local.
Con Cuánto TIEMPO de anticipacion se DEBE pedir.
TAMBIÉN hay que INDEMNIZAR?? Gracias, Dr.
Si el propietario no hace unos arreglos de tubería y la casa se me inunda de agua cada ves que lavo la ropa o usamos el baño Y por esta causa el me pide el inmueble que puedo hacer? Ya que no desea hacer los arreglos y tampoco quiere darme una indemnización para irme cuáles son mis opciones
Pero por qué darle dinero,y también 3 meses ,es injusto para los dueños
Es comprensible tu molestia, pero así diseñaron esta Ley en el Congreso
Es posible que esto sea sólo en Colombia???
Hola abogado, yo estaba rentando en una vivienda desde 5 meses atrás, no hubo contrato, solo de palabra, yo me salí pero gran parte de mis pertenencias las dejé allí, regrese a querer sacar mis cosas y finiquitar el asunto pero el dueño ya no me dejo sacar mis cosas diciendo que yo debía tres recibos de luz y no es verdad, solo era uno y en ese momento llevaba el dinero para pagar el recibo de luz que incluso cuando le avisé al dueño que desocuparia estábamos de acuerdo ambos que solo era un recibo. En ese momento que regresé a sacar mis cosas y pagar el recibo, ya no me permitió sacar nada incluso mis herramientas de trabajo, me dijo que las había vendido para cobrarse lo de el recibo de luz. Esto sucedió en el mes de junio 2020. No pude comprobar que ya no estuvieran mis cosas porque no me permitió entrar, claro yo nunca intenté entrar a pesar que llevaba la llave, solo toqué la puerta y el dueño salió. Hay algo que se pueda hacer aún para recuperar sobre todo mis herramientas de trabajo?
Buen dia amigo yo tengo un pequeño problema mire yo estoy en un inmueble ya casi 9 años nunca isimos contrato todo apalabra ora yo ise el trato con el dueño dela casa pero el fayese yega una de sus hijas y dise que eya le quiere comprar su casa asu mama que se puede aser en ese caso y que veneficios tengo yo como rentero
Donde puedo denunciar, me han cancelado el contrato pero no me han pagado la indenizacion pertinente, donde se puede denunciar?
y en sector comercial funciona igual?
Buen día mi doctor un placer estar viendo sus videos Mi pregunta es tengo una inmueble por inmobiliaria desde el 2007 Ya llevo 13 años y algo mi conducta ha sido intachable con los pagos pero resulta que con el cobit me he retrasado ya 4 meses a mí me pidieron el inmueble hace 3 años y no lo entregado consigno actualmente en el banco Agrario quiere entregar el inmueble pero quiero llegar a conciliación para no pagar estos 4 meses ya que me encuentro sin trabajo y mi situación actual está muy muy regular que me aconseja mi doctor 1000 gracias por leer mi comentario
A mi me pidieron la casa por venta, no me dieron más de dos meses, y no me dieron el anticipo, qué pasa en estos casos?
Y si es un local comercial con más de 10 años de arrendado hay indemnización?
Buenas tardes..se hereda la pose ion del inmueble le cuando la persona fallece
se hereda el derecho de posesion
@@DerechoInmobiliario gracias
Y no hay ningún contrato de por medio ni menos entrega un recibo de pago espero pronto su rpta... Que tiempo sería q nos de para poder encontrar otro lugar se cobro de los servicios del mes adelantado q se le pagó y nos está sacando una semana antes de cumplir el mes
De q país son tus recomendaciones?
Hola. Este video se hizo con leyes Colombianas. Pronto haré videos para otros paises
Y si en tres meses no consigues otro inmueble que ..porque a veces no es tan fácil ubicarse de nuevo
Buenas noches DR aún espero su respuesta por favor a donde le puedo escribir
Gracias por toda tú información. ..PERO YO VIVO EN EL EDO.DE MÉXICO. .PAÍS MÉXICO. ..CREO QUE NO ME SIRVE....HACES VÍDEOS NADA MÁS PARA COLOMBIA??
Excelentes iempre te sigo
Muchas gracias por compartir.
Qué pasa cuando el inquilino no paga sus obligaciones?
Como: arriendo y servicios a tiempo?
Le puede pedir y que tiempo tengo que darle?
Gracias
Hola Raúl. Desde el primer momento del incumplimiento puedes iniciar acciones para buscar que el arrendatario salga del inmueble. Aquí te dejo un video que te puede ilustrar: ua-cam.com/video/8P3WaCn2TJg/v-deo.html
Hola Tengo
Muchas preguntas. Tengo una persona que le pedí en mensajes, cuenta? Ono
Te invito a ver el siguiente video en el cual podrás hacerte una idea del procedimiento: ua-cam.com/video/8P3WaCn2TJg/v-deo.html
Hola. Seria necesario revisar el mensaje que mencionas. te invito a ingresar a www.derechoinmobiliario.co/ para solicitar una consulta gratuita en la que puedas detallar mas el contexto de la situación.
Una consulta mi esposo perdió su trabajo alquilamos un inmueble la dueña nos está pidiendo q nos retiremos se pagó el mes adelantado pero se contó de los servicios y quiere q desocupe mis el inmueble una semana antes de cumplir el mes por q se cobro adelantado los servicios no tenemos un lugar a donde ir y nos está sacando una semana antes de cumplir el mes nosotris como inquilinos tenemos derecho a q espere un tiempo hasta conseguir otro lugar?? Y si es así q tiempo sería ...gracias anticipadamente por su rpta
Debo de entregar el inmobiliarios, pintado o tal y como me lo entregaron ( toda la estructura en buenas condiciones)
Debes acreditar que lo conservaste como arrendataria
Hace trece años tome en arriendo una casa con local,y el dueño cada 6 meses me dice que va a vender,y me hizo firmar un contrato donde dice que no tengo derecho a indemnización,esto es legal?
Esto es en Colombia ?
en Colombia. La tierra de Egan, Nairo, Rigo, Superman, Gaviria, Chavez,.....
Buenas doctor quiero preguntarle es que hace mas de treinta años vivimos en una casa de un familiar no volvimos ha saber de él hemos hecho unas mejoras hemos pagado el predial tenemos la casa al día que podemos hacer hay
Al parecer ya tienes el tiempo para prescribir... debes consultar un abogado para que te explique el proceso de adjudiciacion. Te invito a ver este video un poco similar al tema ua-cam.com/video/XJLr2auLy8w/v-deo.html
Hola buenas tardes... Soy inquilino y ya se cumplió el contrato por seis meses .. tengo derecho a algunos días para buscar casa después de cumplir el contrato? Espero respuesta gracias..
Hola. El derecho que tienes como inquilino es permanecer en el inmueble por el tiempo total de la vigencia. Legalmente si te pasas de la fecha de la finalización de la vigencia, y solo es la voluntad del arrendador que te permita quedarte algunos días.
Una pregunta que cuando el duelo dela casa no arregla las fugas del agua pero cuando el ynodoro se rebasa de popo
Yo vivo en arriendo en un apto, llevo casi 4 años el 1 diciembre...
El Canon de arriendo va incluido los servicios ...
En días pasado subió arriendo le digo espere que se m cumpla el año , que no xq se le subieron los servicios ...osea que si cada mes se suben los servicios también sube el arriendo ?
En ningún momento se dijo en el contrato ..
Pero ella cada seis meses quiere subir el arriendo...
Mi pregunta es ...a que tengo yo derecho...yo he sido muy cumplida con mis pagos ..
Mientras m sale otro apto.....
Gracias...🙄🙄
Hola Ligia, necesitaría revisar el contrato para precisar el acuerdo contractual. Te invito a solicitar consulta en www.derechoinmobiliario.co/
Tengo una inquietud. Si el arrendado se va por su cuenta o le piden el inmueble el está obligado a dejar la casa pintada y arreglada? Si es así entonces en donde queda el usufructo. La casa se tiene q desgastar vpor el mismo uso!!!
Una cosa es el desgaste por el uso legítimo, y otra cosa es el desgaste por descuido, como por ejemplo no hacer aseo a las canales, no hacer el mantenimiento de los aires acondicionados, entregar las paredes con suciedad.... sin embargo cada caso debe verse de forma individual para confirmar compromisos de las partes y la manera en cómo estaba el inmueble al inicio del contrato
@@DerechoInmobiliario . Ok. Gracias
Buenos días, tengo una duda, tengo un apartamento en arriendo desde el 2014 el contrato vence el 30 de septiembre y no le quiero renovar el contrato al arrendatario, lo debo indemnizar?
Gracias
Para este momento el contrato se encuentra prorrogado. Para terminarlo debe indemnizar conforme la ley 820 de 2003 7. El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento durante las prórrogas, previo aviso escrito dirigido al arrendatario a través del servicio postal autorizado, con una antelación no menor de tres (3) meses y el pago de una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento.
Cumplidas estas condiciones el arrendatario estará obligado a restituir el inmueble.
Hola... si debes indemnizar, pero por la suma equivalente a 1.1/2 de Canon de Arrendamiento mensual
Jajajajaja según lo que entiendo hay que tener suerte para poder encontrar un buen inquilino Wow wow es tenaz rentar una casa o apt es mejor no rentar para no tener dolores de cabeza la gente es muy abusiva ok
Hola buenas tardes, yo vivo en una habitación alquilada, es decir vivo con una gente que tienen el apartamento alquilado, y ellos nos alquilaron a nosotros una habitación y me están pidiendo que desocupe porque ellos se van de viaje y me están dando un mes.. me puedes asesorar por fa...!!
Buenísima la información.
Gracias Sandra. Saludos.
QUE HAcer si UNA PERSONA YEBA 30 AÑOS RENTANDO UNA AVITACION PERO QUIEREN VENDER LA CASA Y TE QUIEREN FUERA ??
Si a la hora de entregar un inmueble la inmobiliaria considera que hay que reparar algunas cosas de dicho inmueble cuanto tiempo mas se tiene para esas reparaciones?
De qué leyes y en qué país aplica
Hola. Este video se hizo con leyes Colombianas. Pronto haré videos para otros paises
Excelente Blog, que pasa si mi inquilino se va a ir antes de cumplir el año. me aviso y faltan 5 meses para terminar. Debe pagar algun monto,. Pensaba que era el equivalente a un mes pero al leer la Ley 820 /2003 Art 24 dice que es de 3 Veces el valor del canon y con carta escrita 3 meses antes es correcto? Si lo hacemos de mutuo acuerdo que debemos hacer hay una buena relacion de parte de las dos partes. Firmamos un contrato de la forma Minerva. Gracias de antemano por tu ayuda.
Hola Diana, tienes toda la razón, el preaviso es de tres meses de anticipación y el pago de una penalidad equivalente a tres meses, pero conciliar es una buena opción a través de un acta de compromisos se dejan establecidos los términos de la finalización.
Gracias por tomarte el tiempo para contestar mi mensaje y servir a la comunidad. Exitos y bendiciones!
Ni más faltaba, es con mucho gusto que lo hago. Gracias por el cariño
DEPENDE DE LA CAPACIDAD DEL INQUILINO Y EL RESPALDO QUE TENGA PORQUE PARA SEGUIR EN PROBLEMAS ES MEJOR MEDIAR ENTRE LAS PARTES ASI NUNGUNO SALE DESFAVORECIDO
En caso de un inmueble comercial, se cumplen estas leyes?
El tiempo que duró el inquilino no es tomado en cuenta a la hora de la prórroga en un local o vivienda..en que legislación de que país es esta asesoría
Hola. de Colombia
Hola
Soy Arrendataria y se me terminó el contrato pero el arrendador no.me notifico si no después de 15 días de haberse terminado el .contrato que necesitaba la casa para arrendataria a un familiar ...la pregunta es el tenia que haberme notificado con 3 meses de anticipación
Y lo otro es yo tengo derecho a 3 meses mientras busco donde vivir o debo entregarle la casa la fecha que el.me esta diciendo ...no me está dejando ni un mes
Graciass
Si no te avisaron en tiempo entonces se prorrogó el contrato por otro año. Si de igual manera te piden el inmueble tendrían que pagarte indemnización par que te vayas en cualquier momento de la prorroga avisando con 3 meses de anterioridad a la fecha que esperan que desocupes. No hay dias gratis, se paga hasta el ultimo momento.
Buenos días que se puede hacer cuando el dueño se muere y uno está alquilado y no hay nadie que se haga responsable. A pero de repente llega al guíen sin apellido sin papeles pero dice que es familiar y quiere hacerse cargo. Qué debo hacer para este caso
Hola Jose. Esto pasa con mucha frecuencia.... aparecen sobrinos, hijos, esposas,..... aquí te dejo el video en el que tratamos este tema ua-cam.com/video/f75NXRft3s8/v-deo.html
Debes dar la fecha de emisión, porque las leyes cambian a todo momento
Hola. La fecha de emisión de cualquier video la puedes obtener en la caja de comentarios como un dato del mismo UA-cam
Buenos días Dr
Me gusto mucho su exposición
Quiero preguntarle lo siguiente
Si se tiene un contrato de local comercial y una de sus cláusulas estipula que si cualquiera de las partes desea pedir o desocupar el local se debe avisar con 6meses de anticipación, entonces se le debe dar 6 meses de no pago de arrendamiento al inquilino
Mil gracias
Hola Vicente. No exactamente. El preaviso no es un tiempo par exonerar al arrendatario del pago de la renta. El preaviso es un tiempo para que pueda reubicarse.