Documento Necesarios para iniciar Cobro de cartera en Propiedad Horizontal
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- Опубліковано 14 жов 2024
- ARTÍCULO 51. FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR. La administración inmediata del edificio o conjunto estará a cargo del administrador, quien tiene facultades de ejecución, conservación, representación y recaudo.
8. Cobrar y recaudar, directamente o a través de apoderados cuotas ordinarias y extraordinarias, multas, y en general, cualquier obligación de carácter pecuniario a cargo de los propietarios u ocupantes de bienes de dominio particular del edificio o conjunto, iniciando oportunamente el cobro judicial de las mismas, sin necesidad de autorización alguna.
Me párese muy interesante todas sus conferencias para nosotros los consejeros
Buena exposición respecto al no pago de administración....Pero que camino de adopta cuando se efectúan pagos no soportados....Pero salieron porque unidad no presenta deuda...
Muchísimas gracias, todo claro.
Confirmamos no hay prescripción en PH
Un problema común en propiedad horizontal, es que la expensa común no corresponda al valor del presupuesto aprobado y su respectivo coeficiente ... ejemplo al sacar regla de 3 del presupuesto aprobado con el deficiente del predio este da $482.500.. y muchos administradores a mutuo propio certifican un valor de $290.000, sin autorización de la asamblea ni reglamento de ph, porque les es más fácil para su contabilidad... estaríamos allí frente a un cobro de lo no debido y concomitantemente la certificación expedida con este valor podría configurarse en un documento privado falso?
Buen día. Si en una propiedad se reparte equitativamente a cada apto, el valor del arriendo de zonas comunes, éste valor se debe discriminar en la cuenta de cobro por apto?
Que sr tan malo para explicar, más parece un cobrador que informador con buenos propósitos