Buenas tardes . Soy asidua seguidora de tan importantes alocuciones y para el doctor Felipe le informo que es otro escenario frente a los jueces, que exigen que el certificado de deuda debe especificar desde cuándo debe el demandado sus cuotas, Mes x mes e incluso obligan a presentarlo según minitas que ya tienen oficializada en cada despacho muchas gracias
Gracias, pregunta si la constructora tiene en los estatutos que no pagan mantenimiento de zonas comunes o administración.. ante notaria y aun así entregan el apto sin paz y salvo de zonas comunes , pero la administración nos cobra con procesos jurídicos, que debemos hacer ?? Gracias
Si en un edificio de copropiedad horizontal, donde los propietarios es una familia a excepción de un apartamento, pueden cobrar administración al apartamento que no es de ellos y no hay ningún servicio ni zona común.? No hay reglamento, no hay administración, etc.
Pedimos el favor de que se hablé el manejo de los parqueaderos cuando son comunales,son más aptos ,y menos parqueaderos ,cuál será el manejo para que ingresen y tengan derecho los que están en turno gracias
Solicito muy respetuosamente a donde me dirijo para una información relacionada con Los parqueaderos del conjunto, cual sería el manejó o el sorteo cuando en el conjunto son más aptos y menos parqueaderos, gracias
EL CERTIFICADO QUE EXPIDE EL ADMINISTRACION DEBE ESTAR LA FECHA CUANDO SE CONSTITYO EN MORA SI SON DIAS , MESES Y AÑOS ,SI SON TRES AÑOS SE CONSTITUYE LA PRESCRIPCION QUE ES UNA FORMA LEGAL DE EXTINQUIR las obligaciones si el conjunto es de economía mixta la prescripción con las empresas publica del estado son cinco años
Otra situación que se presenta es que el administrador cobra intereses sobre intereses,esto es un delito, ¿La legislación colombiana permite esto o es un delito ?
Falto tratar que pasa si el cobro es por lote (contenido en coeficientes en el reglamento) y no por area construida acorde al artículo 26 de la ley de P.H por estar mal los coeficientes en el reglamento🤔
Me encuentro al dia con recibo a la fecha pero realizaron una restructuración de la contabilidad y como no tengo recibos de años anteriores. Me estan cobrando de nuevo. tengo que volver a pagar
Buenas tardes, por favor me pueden orientar respecto al pago de intereses de mora. Me pueden cobrar intereses si en reglamento no está estipulado a partir de que fecha se generan intereses ( después del 10, del 15 o 30) de cada mes.
EL INICIO DE LA DEUDA DE PROPIEDAD HORIZONTAL COMIENZA A CORRER A PARTIR DEL PRIMER DIA DE LA MORA COMO TAMBIEN LA PRESCRIPFCION DE LA EMPRESA P.H. PRIVADO ES DE TRES AÑOS . PORQUE LA PRESCRIPCION ES UNA FORMA DE EXTINGUIR LAS OBLIGACIONES
como cobrarle a la constructora por las unidades que tiene a su nombre, cuando intentan meter el el reglamento de P.h textos para insinuar ellos no deben pagar, mientras no sea escriturado a otro.
Quien paga los honorarios del abogado de la PH, cuando en sentencia sale a favor del demandado que no tenia deudas por cuotas (ganado en una excepción por cobro de lo no debido)? En la mayoría de reglamentos dice "los honorarios corresponden al demandado". Y, generalmente todos los abogados expertos en el tema hablan de los morosos, que que tienen que pagar, y si gana!!! y no ahí condena en costas en el proceso...
Casi siempre hablan de conjuntos, edificios y otras copropiedades, relativamente nuevas y, generalmente, estratos 3, 4, 5 y 6, en estos últimos, parece que exigen unos requisitos mínimos para ser administrador de P.H. En los estratos 1, 2 y, en algunos casos, hasta el estrato 3, la Administración de la P.H., queda en manos de cualquier desocupado; unas veces, con algún sentido de rectitud y de responsabilidad, pero, parece que cualquiera sin tener idea de qué es P.H., puede asumir la Admón. de la P H., basta la idea de que se va a manejar $$$, desconociendo la responsabilidad, que implican los diferentes aspectos de la Admón. de la P.H. La ley 675 de 2001, no ha sido sido reglamentada oficialmente, ni se conoce adscripción a algún organismo rector de la P.H., que bien podría ser alguna dirección del Ministerio del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, debidamente reglamentada.
En mi conjunto tenemos plazo para pagar la cuota normal de la administración del 1 al 30 o 31 de cada mes, pero la administradora hace las cuentas de cobro el día 7 de cada mes y así los copropietarios hayan pagado su cuota de administracion, ella liquida intereses. ¿eso es correcto?
Hay sentencia Qué dice que los gastos de abogados para la recuperación de cartera la paga el conjunto, el reglamento de PH no puede estar en contra de la Ley ya que se entenderá or no escrito
Hola, el conjunto empezó sin administración, después nos obligaron a tenerla porque según hacemos parte de propiedad horizontal, la administración está haciendo cobro prejuridico y no hizo notificación formal con carta a los propietarios, es legal?
Buenas tardes . Soy asidua seguidora de tan importantes alocuciones y para el doctor Felipe le informo que es otro escenario frente a los jueces, que exigen que el certificado de deuda debe especificar desde cuándo debe el demandado sus cuotas, Mes x mes e incluso obligan a presentarlo según minitas que ya tienen oficializada en cada despacho muchas gracias
Buenos días deberían hablar este tema este año es muy importante gracias
Gracias, pregunta si la constructora tiene en los estatutos que no pagan mantenimiento de zonas comunes o administración.. ante notaria y aun así entregan el apto sin paz y salvo de zonas comunes , pero la administración nos cobra con procesos jurídicos, que debemos hacer ?? Gracias
Mil gracias
Si en un edificio de copropiedad horizontal, donde los propietarios es una familia a excepción de un apartamento, pueden cobrar administración al apartamento que no es de ellos y no hay ningún servicio ni zona común.? No hay reglamento, no hay administración, etc.
Excelente como siempre, muchas gracias. Todos los días aprendemos para mejorar.
muy buena explicacion mil gracias por este espacio.
Exelente capacitación mil gracias
Excelente explicació
Pedimos el favor de que se hablé el manejo de los parqueaderos cuando son comunales,son más aptos ,y menos parqueaderos ,cuál será el manejo para que ingresen y tengan derecho los que están en turno gracias
Solicito muy respetuosamente a donde me dirijo para una información relacionada con Los parqueaderos del conjunto, cual sería el manejó o el sorteo cuando en el conjunto son más aptos y menos parqueaderos, gracias
@@juantorrestorres1886Problema grave
EL CERTIFICADO QUE EXPIDE EL ADMINISTRACION DEBE ESTAR LA FECHA CUANDO SE CONSTITYO EN MORA SI SON DIAS , MESES Y AÑOS ,SI SON TRES AÑOS SE CONSTITUYE LA PRESCRIPCION QUE ES UNA FORMA LEGAL DE EXTINQUIR las obligaciones si el conjunto es de economía mixta la prescripción con las empresas publica del estado son cinco años
Y si el certificado no es correcto que pasa por favor me explica gracias
Gracias
Otra situación que se presenta es que el administrador cobra intereses sobre intereses,esto es un delito, ¿La legislación colombiana permite esto o es un delito ?
Falto tratar que pasa si el cobro es por lote (contenido en coeficientes en el reglamento) y no por area construida acorde al artículo 26 de la ley de P.H por estar mal los coeficientes en el reglamento🤔
Si en propiedad horizontal se subió la cuota de administración en febrero toca pagar retroactivo de enero y febrero plis quiero saber gracias
Me encuentro al dia con recibo a la fecha pero realizaron una restructuración de la contabilidad y como no tengo recibos de años anteriores. Me estan cobrando de nuevo. tengo que volver a pagar
Buenas tardes, por favor me pueden orientar respecto al pago de intereses de mora. Me pueden cobrar intereses si en reglamento no está estipulado a partir de que fecha se generan intereses ( después del 10, del 15 o 30) de cada mes.
EL INICIO DE LA DEUDA DE PROPIEDAD HORIZONTAL COMIENZA A CORRER A PARTIR DEL PRIMER DIA DE LA MORA COMO TAMBIEN LA PRESCRIPFCION DE LA EMPRESA P.H. PRIVADO ES DE TRES AÑOS . PORQUE LA PRESCRIPCION ES UNA FORMA DE EXTINGUIR LAS OBLIGACIONES
Zonas peatonales convertidas en tránsito y parqueadero de motos en conjunto cerrado
Quiero una colsulta como puedo comunicarme con ustedes?
como cobrarle a la constructora por las unidades que tiene a su nombre, cuando intentan meter el el reglamento de P.h textos para insinuar ellos no deben pagar, mientras no sea escriturado a otro.
Quien paga los honorarios del abogado de la PH, cuando en sentencia sale a favor del demandado que no tenia deudas por cuotas (ganado en una excepción por cobro de lo no debido)? En la mayoría de reglamentos dice "los honorarios corresponden al demandado". Y, generalmente todos los abogados expertos en el tema hablan de los morosos, que que tienen que pagar, y si gana!!! y no ahí condena en costas en el proceso...
El juez condena en costas procesales y agencias en derecho. Así que la copropiedad no tiene competencia para obligar a pagar honorarios del abogado
Casi siempre hablan de conjuntos, edificios y otras copropiedades, relativamente nuevas y, generalmente, estratos 3, 4, 5 y 6, en estos últimos, parece que exigen unos requisitos mínimos para ser administrador de P.H. En los estratos 1, 2 y, en algunos casos, hasta el estrato 3, la Administración de la P.H., queda en manos de cualquier desocupado; unas veces, con algún sentido de rectitud y de responsabilidad, pero, parece que cualquiera sin tener idea de qué es P.H., puede asumir la Admón. de la P H., basta la idea de que se va a manejar $$$, desconociendo la responsabilidad, que implican los diferentes aspectos de la Admón. de la P.H. La ley 675 de 2001, no ha sido sido reglamentada oficialmente, ni se conoce adscripción a algún organismo rector de la P.H., que bien podría ser alguna dirección del Ministerio del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, debidamente reglamentada.
En mi conjunto tenemos plazo para pagar la cuota normal de la administración del 1 al 30 o 31 de cada mes, pero la administradora hace las cuentas de cobro el día 7 de cada mes y así los copropietarios hayan pagado su cuota de administracion, ella liquida intereses. ¿eso es correcto?
😂
Por supuesto eso es un proceder por fuera del codigo de etica e 8legal.
Los honorarios los paga la propiedad horizontal, al moroso no se le pueden cargar a menos que lo establesca el reglamento de propiedad horizontal.
Hay sentencia Qué dice que los gastos de abogados para la recuperación de cartera la paga el conjunto, el reglamento de PH no puede estar en contra de la Ley ya que se entenderá or no escrito
Hola, el conjunto empezó sin administración, después nos obligaron a tenerla porque según hacemos parte de propiedad horizontal, la administración está haciendo cobro prejuridico y no hizo notificación formal con carta a los propietarios, es legal?