Ley 39/2015 - El Procedimiento Administrativo 2ª Parte (Arts 1 a 25)
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- Опубліковано 8 тра 2024
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 1 a 25
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LISTAS DE VIDEOS ORDENADAS POR BLOQUES
ADMINISTRATIVO
- Ley 39/2015 - Procedimiento Administrativo
• Procedimiento Administ...
- Ley 9/2017 - Contratos del Sector Público
• Ley de Contratos 9/2017
PERSONAL
- RDL 5/2015 - TR Estatuto Básico del Empleado Público
• TREBEP 5/2015
- REAL DECRETO 364/1995 - Ingreso, provisión de puestos y promoción profesional
• Real Decreto 364/1995
- REAL DECRETO 365/1995 - Situaciones Administrativas
• Real Decreto 365/1995
- IV Convenio Colectivo Personal Laboral AGE
• IV Convenio Colectivo ...
- REAL DECRETO 33/1986 - Régimen disciplinario
• Real Decreto 33/1986
- REAL DECRETO - Real Decreto 2073/1999 - Registro Central de Personal
• Real Decreto 2073/1999
- Ley 53/1984 - Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
• Ley 53/1984
- RDL 4/2000 - Funcionarios Civiles del Estado y Mutualismo Administrativo
• RDL 4/2000 - RD 375/2003
- RDL 670/1987 - Clases pasivas del Estado
• RDL 670/1987
FINANCIERO
- Ley 47/2003 - General presupuestaria
• Ley 47/2003
- Ley 38/2003 - Subvenciones
• Ley 38/2003 Subvenciones
- Ley Orgánica 2/2012 - Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera
• Ley Orgánica 2/2012
- Orden Confección de nóminas
• Orden de 30 de julio d...
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CONSEJOS DE ESTUDIO:
- • Consejos estudio
MARCAS DE TIEMPO:
0:00 Intro
0:56 Capacidad de obrar
1:31 Concepto de interesado
2:34 Representación
3:40 Registro electrónico de apoderamientos
4:37 Pluralidad de interesados y firma
5:27 Derechos de las personas y derechos de los interesados
6:09 Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
7:49 Lengua de los procedimientos
9:15 Comparecencia de las personas
9:37 Obligación de resolver
11:58 Suspensión del plazo máximo para resolver.
13:00 Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar.
14:00 Ampliación
15:12 Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
19:39 Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio
Genial como siempre Paco. A los que ponen el pulgar para abajo, recordarles que si buscan vídeos de chorradas y de encefalograma plano este no es su canal. Este es un canal donde gente seria quiere labrarse un futuro gracias a un gran maestro. Por suerte la inmensa mayoría sabemos valorar su gran trabajo desinteresado.
Muchas gracias Pablo.
La gente que da a "no me gusta" no es problema. Igual esperan otra cosa. Aquí todo el mundo el bienvenido si lo hace con respeto. Incluso el decir que no gusta.
Como dice mi mujer, no soy una croqueta de cocido, no puedo gustarle a todo el mundo. xD
Un abrazo.
Axl
Pg
@@carmensabridoperez5941los vídeos están bastante bien, pero si del pones publi a cada rato.......
@@leoperez8066 que parte de que este trabajo que hace Paco es gratis no entiendes? Si puede monetizar su vídeo y conseguir algo de dinero por la publicidad y así seguir haciendo más vídeos tan interesantes como estos yo lo comprendo. Sabes la de horas que hay detrás de cada vídeo? No es sólo grabar y ya está. Ains ... La publi a nadie nos gusta pero es lo que le permite a algunas personas poder seguir creando contenido sin cobrarnos a los que lo consumimos.
Paco ha sido un lujo descubrirte. Mil gracias por hacernos las cosas más fáciles. ERES UN CRACK
Paco eres un gran docente, por encima de leyes, decretos y reglamentos. Gracias!
Muchísimas gracias paco!! Gente como tu le devuelve el sentido a Internet!
Muchas gracias Paco!!! Tus vídeos son mi salvación,para entender esta ley!! Que bueno haberte encontrado. Un saludo ✨☺️
Te decubrí hace unos meses y ya no te suelto!!gracias por tus videos y explicaciones.Eres uno de mis imprescindibles para estudiar!!
Madre mía, qué alegría haberte encontrado con lo indigesta que es esta ley! Muchas gracias por tus explicaciones, eres un docente de diez!
Me encanta repasar con tus videos, es un momento tan agradable escuhar tu manera de explicar la ley, eres el mejor !!!
Qué bueno haberte conocido. Me están ayudando muchísimo tanto tus vídeos en UA-cam como Patreon.
Son geniales los videos !!! ayudan un montón a repasar y entender los conceptos básicos... Eres genial Paco... !!!!
Bravo Paco, muchísimas gracias por todas tus explicaciones y ayudas.
Fabuloso.. eres un docente de los buenos y de esos hay pocos. Haces lo dificil fácil.. gracias por hacerlo como lo haces y motivarnos con esa energia!!
Gracias, Paco por esta labor desinteresada pero tan valiosa.
Muchas gracias Paco por lo bien que explicas los las leyes.Un saludo
Paco!!!! Tus vídeos son música celestial!!!! Un millón de gracias por ayudarnos a digerir estos ladrillos. Pedazo la labor la tuya!!! Gracias gracias gracias 🥰
No hay de qué Elena.
Toda ayuda es poca.
Un saludo. :):)
Tus videos son maravillosos, de verdad, me ayudas muchísimo. GRACIAS.
Muchas gracias Paco, explicado perfectamente y de modo agradabe y facil de entender . Me estas ayudando mucho, saludos.
Muchísimas gracias Paco. Tu interés por facilitarnos el estudio es encomiable. Me traslada nostálgicamente a cuando Internet no estaba tan monetizado. Dicho esto entendería y colaboraría, si decidieses plantearte esto de otra manera. Te lo mereces.
Buenas noches Miriam y muchas gracias.
Con aguantar un poco los anuncios es suficiente, si te apetece.
Un saludo. :):)
Los explicas muy bien y a un ritmo muy cómodo de seguir. Genial la idea de las preguntas de test!
Gracias Paco. Por fin he podido entenderlo todo claramente . Este año me saco la plaza.
Paco!!! muchas gracias por tu tiempo y dedicación y por hacernos esto más ameno y sencillo. Qué suerte haberte encontrado.A ver si antes del 6 es posible completarla entera. Eres una gran ayuda
Muchas gracias, Tania.
Si, a ver si da tiempo. Ya veremos.
Un saludo. :):)
No puedo definir con palabras tu capacidad de transmitir. Maravillosos tus videos, cada uno mejor que el anterior. Eres un lujo para cualquier opositor. MUCHISIMAS GRACIAAAAAAAASSSSSS y todo mi apoyo para que continúes con tu labor.
Muchísimas gracias. :):)
Seguiremos un tiempo más. A ver hasta dónde llegamos.
Un saludo.
Muchas gracias. El haberte encontrado ha sido fantástico.
Hola Paco, enhorabuena por lo fácil que lo haces para aprender las leyes,
Te cuento me examiné de agente del medio natural en Extremadura en febrero de 2023 y me entraba la Ley 39/2015 hasta el artículo 100, era el peor tema que llevaba y bueno viendo tus videos varias veces poco a poco fui entendiendolo, (los veía mientras comía jaja) me entraron 2 preguntas y ambas las sabía gracias a tus vídeos, muchas gracias por la dedicación, yo no estaba apuntado a ninguna academia ni nada, podría decir que el único profesor has sido tu a través de los vídeos que veía tuyos! Muchísimas gracias! Por cierto fui la segunda nota más alta de este primer examen!
Muchísimas gracias por tus vídeos, cada vez mejores. No sabes lo que motiva tenerte de profesor. Suerte a todos el sábado
Muchísimas gracias. :):)
Gracias Paco, sigo avanzando🙏🙏🙏
Que bueno eres. Ésta no es mi opo, pero me encanta como explicas la 39. Gracias!!❤️🎉
Eres absolutamente genial. Me estoy preparando una oposición sin nada de tiempo, trabajando y con dos niños, y eres de gran ayuda, pobres! a veces les miro y asiento con la cabeza pero te voy escuchando.
Una cosa curiosa, yo soy funcionaria y siempre presentaba todos mis papeles en el registro en papel, valga la redundancia. No todos los funcionarios somos administrativos, muchos somos jardineros, técnicos de muchos tipos, carpinteros, electricistas... Nos cuesta tanto como a cualquier ciudadano de a pie realizar trámites burocráticos, yo en concreto trabajo en un servicio dónde sólo el jefe de equipo tenía hasta hace poco habilitación para la sede electrónica. Así que cuando entró en vigor la ley nos costó adaptarnos.
Paco, eres uno de los mejores profesores de oposiciones que he visto. Es un lujo seguirte y seguir aprendiendo. Gracias por la labor que realizas, tus explicaciones allanan mucho el camino para el A2.
Siiiiiii
Sin duda, hay que saber y saber comunicar los conocimientos y Paco tiene esas dos habilidades de largo!!!!
Muchísimas gracias.
Espero que todo lo que vemos aquí, sean reflejo en preguntas del examen.
Un saludo. :):)
Me encantan tus vídeos! Concisos, directos y claros! Muchísimas gracias
Gracias a ti por verlos. :):)
Muchas gracias, Paco y suerte a todo el mundo del 6 de noviembre
:):)
tienes el cielo, las nubes y nose que más, eres una bendición, este y todos los vídeos nos vienen muy bien, yo tb me voy hacer una camisa y una taza (eres como un souvenir que compramos en cada sitio que vamos) eres la alegría del finde
Jajajaja, muchísimas gracias Nati.
;);)
Qué alegría para empezar el día y para el esfuerzo final!! Tu apoyo es fundamental!! Muchísimas gracias!!
Muchas gracias. :):)
Eres el mejor o en el TOP 2. Para mí,.casi siempre el 1 en profes y personas de UA-cam. Gracias!!!!!!!
Que alegría me has dado con estos dos últimos videos, justo lo que estaba repasando¡¡¡¡ mil gracias por estos regalitos de puente¡¡¡¡
Deseando verte en las fases del procedimiento¡¡¡
Ojala me de tiempo a todo antes del examen, Gema. :):)
Un saludo.
Gracias de nuevo Paco. Toda manera de repasar es buena a una semana del examen
Muchas gracias, Gonzalo. :):)
Gracias Paco, geniales estos vídeos resumen con test incorporado.
Sigues siendo mi motivación, mi acompañante, ya eres como de la familia😄Infinitas gracias Paco. Eres el mejor!
Muchas gracias Verónica. :):)
Ojala pudiese estar ahí el día del examen.
Suerte.
Genial el video!
Muchas gracias, da gusto escucharte
Muchas gracias! Videos muy útiles tb para los q estamos preparando admin local y tenemos el examen en nada :)
:):)
ha sido excelente encontrarte necesitaba hacer repaso de estas leyes , y me has venido estupendamente, lo explicas todo tan claramente que da gusto !!
Muchas gracias. :):)
Muchas gracias Pacosss..
Ánimo y suerte a todas y todos😷
:):)
Paco un millón de gracias, nos queda una semanita para el examen, si pudieras completarnos esta ley con tus videos, nos faciitaría mucho el estudio de cara a esta recta final.Gracias y un saludo, no tiene precio la labor que realizas.
mil gracias, yo te lo agradecería enormemente....
Y yo... De hecho, creo que esta semana me voy a ver todos tus videos hasta donde pueda para repasar...
Millones de gracias por tu ayuda!
Buenas noches MAria Jose, pues estoy en ello pero no sé si llegaré a todo.
Ya veremos. Un saludo. :):)
Muchísmas gracias, un placer poder tener un profesor de oposiciones como tu.
And the Oscar goes to...Pacooooooooooooooo!!!! (Al estilo Penélope Cruz con Almodóvar, cuando ganó un Oscar)...Muchísimas gracias, y como dice un compañero aguantando los vídeos para que te devuelvan lo que nos has dado!! y como comentaba otro compañero, suerte a todos!! Que tengamos un buen sábado y estemos lúcidos!! En ese momento me acordaré mucho de ti, Paco. Un abrazo!!
Jajajaja, muchas gracias.
El sábado es el día. Descansa todo lo necesario la noche de antes. El cerebro tiene que estar a pleno rendimiento.
Un saludo.
Hoy mismo una amiga me comentó que seguía tus vídeos... En cuanto he llegado a casa los he buscado. Este es el primero que veo y ya te digo que ha sido amor a primera vista. Que forma más clara y concisa de explicar los artículos, sinceramente enhorabuena por tu trabajo.. Y muchísimas gracias por compartir tus conocimientos.. Desde ya, te digo que cuando me saque la plaza voy a acordarme de ti. Gracias!!
Videos así y gratis me hacen llorar de la emoción!!!!
Yo espero aprobar el 12 de febrero, pero este canal me seguirá acompañando porque es una maravilla aprender de la mano de Paco. Si cuando yo leí la primera vez la ley 39 alguien me hubiera dicho que terminaría gustandome e interesando tanto, no me lo creería. Gracias Paco
Jajajaja. Muchas gracias. :):)
Gracias por tus videos, si saco la plaza tendremos que compartir el suedo. :)
Te acabo de descubrir y eres buenísimo, que lujo de profesor.
Muchísimas gracias. :):)
Buenas. Solo quiero dar las gracias por este video tan bien organizado, y comentar que creo que he encontrado un ejemplo de doble silencio administrativo positivo en una sentencia del supremo sobre una solicitud de convalidación del título de patrón de yate (una larga historia). Por lo que he entendido, el doble silencio que es la estimación por silencio de un recurso de alzada a un silencio administrativo desestimatorio se produce solamente cuando el silencio administrativo inicial es desestimatorio porque lo establece la ley (o norma de UE o derecho internacional). Es decir, no cuando es desestimatorio porque es petición del art 29, ni por cesión de dominio público, ni por responsabilidad patrimonial, sino solo cuando es negativo porque la ley concreta que lo regula así lo establece. En ese caso, el recurso de alzada a una resolución desestimatoria por silencio sí tiene silencio positivo.
Ejqueee ejqueeee, me sigue haciendo mucha gracia lo del silencio estimatorio, con todas las excepciones que hay, no es difícil ni "na" que sea positivo. Paco, ftf, (fan tuya forever) ya lo sabes, mil gracias por seguir ayudando! Un abrazo gigante!
Jajajajaja, muchas gracias Maria del Pilar.
El silencio positivo es un unicornio. :):)
Hola Paco gracias por los vídeos son fantásticos.
Muchísimas gracias por tu esfuerzo Paco.
No hay de qué, Rocio. :):)
Gracias Paco espectacular.
Querido Paco: yo me presento a las oposiciones de técnico superior de la Comunitat Valenciana y tus vídeos son del máximo interés para afrontar con éxito la superación del proceso selectivo. Muchas gracias de nuevo por tu carisma y formas 100 % didácticas!!! Un abrazo desde Sant Joan d’Alacant😉
Muchísimas gracias, Cesar.
Ya me cuentas qué tal te ha ido el examen.
Un saludo. :):)
@@PacoBarbie el examen es en diciembre 😃
Viendo los anuncios por lo menos para que UA-cam te pague!💯👌🥇 Gracias Paco!🤗
en que pase el examen voy a ponerme todos los videos y a ver todos los anuncios cuatro veces para poder compensar a Paco por todo el esfuerzo
@@marisaruiz1069 te examinas el 6? Cómo yo! Mucha suerte para todos! 🍀💪📖🤗
@@edeesperanza si!!! Ya no nos queda nada. Mucha suerte a ti también!!!👍👍
JAjaja, muchísimas gracias. :):)
Jajajaja, no es necesario Marisa. Ya me siento pagado por todo lo que haceis. :):)
Eres genial!!!! veo los videos en bucle!!!!
Deseando de ver nuevos vídeos 🤗🤗
Muchísimas gracias. :):)
Eres muy crack! ^^ :) M encantan tus videos!!!!! Por cierto, muy guay lo de ir poniendo preguntas a lo largo del video y marcar respuestas en la cajita de información! ^^
Muchas gracias. :):)
Muchas gracias Paco! No sabes las vueltas que le di al ejemplo que has puesto con el tema del idioma en la solicitud presentada ante el ministerio de Fomento. No veía de ninguna manera que hablaba del ministerio de Fomento en general, yo me centraba en que era en Ciudadela y tenía que ser en catalán. Menos mal que has puesto este ejemplo ahora lo veo super claro. Gracias, gracias, gracias!!👏👏👏
Admiro mucho a la gente que hace estos supuestos prácticos. A pesar de que son dificiles, significa que conocen la norma al dedillo y son muy curiosos de resolver.
Me alegro de haberte ayudado con esa duda. :):)
Mil gracias por tus explicaciones
Muchísimas gracias por tú trabajo
De nada, Bego. :):)
Muchas gracias Paco!!! Cómo facilitas el estudio!!
No hay de qué, Natalia. :):)
Gracias, Paco seguimos en la lucha👍
Vamoss :):)
gracias por el contenido !
Gracias Paco este vídeo una pasada
He sido atea hasta hace poco. Hoy sé que Dios existe y se llama Paco. Gracias por todo lo que haces. Yo por mi parte espero siempre los 30 segundos de anuncio para que algo te caiga con mis visualizaciones. Si consigo la plaza, prometo darte las gracias por tu trabajo de otra forma, y ahí lo dejo como dices tú.
Paco grande no hemos faltado a tu cita diaria, ahora el resumen toca.
Paco! Gracias enormes ante todo. Lo que haces requiere mucho trabajo. Eso sí, un día deberías hacer un vídeo explicativo de cada una de tus camisetas, no tienen desperdicio. Soy tu fan jajajaja...
Paco eres MUY GRANDE!!!
Te descubrí cuando eramos poquitos por aquí y sabía que llegarías muy lejos!! Te lo mereces como nadie!
Si no es mucho pedir podrías facilitarnos las preguntas que has ido poniendo durante el video en un pdf? Me encantaría tenerlas en papel para poder repasar.
Millones de gracias por tus videos!!!!❤
Hola Nuria. :):)
A ver hasta dónde llegamos con estos videos.
Con respecto a las preguntas a ver si puedo hacer lo que pides.
Un saludo.
@@PacoBarbie llegarás donde quieras 💋💋👏👏
Madre mía como explicas, me he puesto malísima jajaja. Q pasada como explicas
Un vídeo maravilloso y una camiseta que me encanta ☺️
Muchísimas gracias!
Hola Paco! Una pregunta sobre la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración, en el caso de empleados públicos, para trámites que haga el empleado relacionados con su empleo (tipo peticiones de traslados o no sé por cualquier motivo que tenga que ver con su puesto en sí de trabajo], ahí estaría obligado también? Un saludo y muchísimas gracias por tu gran trabajo!!!!
Mil gracias, Paco!!!
No hay de qué. :):)
Es maravilloso escucharte!! 🤩
Una pregunta ¿la parte 1 de este 39/2015? No lo encuentro en tus vídeos. Eres el mejor, con diferencia de todos los que he escuchado! Un suscriptor más ☝🏼👏🏼👏🏼
Te felicito!!! Estoy empezando en esto de las oposiciones y estoy muyyyyyyy perdida pero he de reconocer que he entendido muchísimo desde el primer video ☺.Ahora tengo q decidir libro o ir por libre consultando el Boc. Me podrias orientar? gracias por tu generosidad , de verdad q me ha alucinado tus explicaciones y ejemplos en algo que es complicado de por sí. Saludos y muchas gracias 😘 🙂
Explicas genial. Muchísimas gracias
Gracias. :):)
Buenas Paco! Sus videos ayudan muchísimo y explicas muy bien. Gracias. Me surge una duda del art. 5: una persona que represente a otra, ¿tendría que acreditar dicha representación para presentar un escrito de subsanación de solicitud? o ¿tal acto se considera de mero trámite y por ello no sería necesario? Un saludo y gracias
Paco de verdad mil gracias!!!
De nada. :):)
Gracias por tanto!!!! Eres un genio.
Nada más lejos, Andreu. Sólo alguien con ganas de echar una mano.
Un saludo. :):)
Buenas Paco. Muchisimas gracias por tus videos son de gran ayuda. Una pregunta: los órganos colegiados en qué video se explican? Gracias
Me los he encontrado casualmente, son fantástico.
Este canal ha sido todo un descubrimiento y me está ayudando y aclarando muchas cosas. Mil gracias por esta labor que haces, pero tengo una duda por si alguien me la puede aclarar: cual es la respuesta a la pregunta 3 en el minuto 3'38?
Mil gracias otra vez.
Mil gracias Paco!!!!!! Por tu dedicación, trabajo y buen talante.
Una cosa en cuanto al doble silencio del recurso de alzada. Dices que se considerará positivo excepto en los casos DP, SP, MA y RP y también en los casos de Ley o norma Europea, Dcho internacional, etc. Tenía entendido que en estos últimos casos el silencio sí se considera estimatorio y que sólo sería desestimatorio en DP, SP, MA y RP. No sé si me explico.....
Gracias, gracias, gracias!!!
:):)
Genial, gracias!
Gracias Paco!!!
:):)
👍🏻👍🏻👍🏻👍🏻👍🏻
Millones de gracias Paco, por todos tus vídeos!! Me están ayudando inmensamente. Me surge una duda sobre el artículo 24 y el doble silencio. Tras recurso de alzada, pone que es negativo en los casos del "párrafo anterior", ahí no se incluye la primera excepción de normas con rango de ley que digan lo contrario? ese doble silencio sería positivo? el doble silencio negativo sería para las siguientes excepciones de derecho de petición etc No sé si me he explicado... mil gracias de nuevo
hola paco, muchas gracias, este video cuando lo colgastes para poder ver las actualizaciones hasta ahora?
Gracias por los videos, son muy útiles. En lo que se refiere al silencio administrativo doble yo entiendo que en los casos contemplados en el primer párrafo del artículo 24.1 será estimatorio, y desestimatorio en lo que se refiere el párrafo segundo (OJO en caso de doble silencio). ¿Es así?
Buenos días.
Paco, tienes el cielo ganado!
No sabes que ilusión me hace escuchar tus vídeos, lo que aprendo y como espero tus avisos.
Puedes aclarme una cuestión referente a los registros, creí escuchar que son por 5 años prorrogables, y yo entiendo que se puede prorrogar hasta un total de 5 años (AP. 6) es así?
Un millón de gracias.
Buenas noches,
te copio lo que viene reflejado sobre la duración de los apoderamientos en la Web de la S.S.
"¿Cuánto tiempo puede estar vigente un apoderamiento?
En el momento de otorgar un poder, uno de los datos que tiene que indicar el poderdante es la
fecha de fin de su vigencia que, como máximo, puede ser de cinco años según establece la
normativa aplicable. Por tanto, el plazo máximo de vigencia inicial de cualquier apoderamiento
será de cinco años desde la fecha de otorgamiento.
Esa fecha de fin puede ser ampliada o reducida posteriormente por el poderdante mediante el
servicio de Modificación de plazo de apoderamientos, pero teniendo siempre como fecha límite
cinco años desde el momento en el que hace la ampliación de plazo.
Además, tanto el poderdante como el apoderado pueden poner fin a un apoderamiento en el
momento que lo necesiten, mediante la revocación y la renuncia. "
Un saludo. :):)
@@PacoBarbie
Muchas gracias Paco eres un crack
Oye Patxi, ¿ estás seguro que no eres de mi tierra??' Solo puedo decir que seas alicantino, ilicitano, murciano, catalán o vasco, eres lo mejor que he conocido en derecho administrativo!!!!Vamos, que eres mi ídolo!
Muchas muchas gracias!!!
:):)
Hola Paco! Una cosita sobre la Ampliación:
El art 23 trata del plazo que tiene la Administración para resolver y en el art 32 a que ampliación se refiere? El texto dice que de los plazos establecidos pero no me queda de todo claro. Osea, los plazos en los cual nosotros ( como interesados) podríamos solicitar una cosa de la Administración o para subsanar? O por ejemplo en una oposición cuando se amplía el plazo para inscripción?
Espero tu respuesta
Gracias
Muy bueno 👍👍
Paco tienes que empezar a hacer vídeos en directo en UA-cam como si estuviéramos en clase sería genial
Eso no me lo pierdo por nada del mundo
Ojala tuviera tiempo. xD
Clases multitudinarias, yo lo veo 📃😉
❤
Graciasssss!👌✅
:):)
Gran video como de costumbre, pero tengo una pregunta y creo que algo actual respecto a lo que ha pasado en esta ultima convocatoria. Como bien sabes hubo una incidencia técnica que imposibilitó la presentacion de solicitudes, de tal forma que ha habido gente que no reunía inicialmente los requisitos para presentarse por promocion interna con la fecha inicialmente estableciday sin embargo al ampliarse en dias posteriores el plazo de presentación hay gente que cree que si bien antes no reunía los requisitos
(dos años) ahora sí que los reune y presentó solicitud. ¿Crees que los requisitos deben reunirse antes de la ampliación o con las nuevas fechas establecidas? Planteo la pregunta de forma constructiva. Gracias anticipadas
Hola, Paco. Tenemos actualización de la 39/2015 por la ley 11/2022 General de Telecomunicaciones arts. 9.2 c) y 10.2 c). Gracias, bonico.