Leonardo muy buenosdias, quiero felicitarlo por su gran profesionalismo en el sector inmobiliario, ya que hay tantas falencias y calidad deformacion en aquellas personas que se dedican adicha actividad, nuevamente felicitaciones.
Los arrendatarios tienen derechos al igual que los tienen los propietarios o arrendadores del inmueble; Es por ello que se debe hacer un buen procedimiento del ejercicio inmobiliario desde la negociación del inicio, cuando el posible arrendatario decide tomar en la modalidad de arrendamiento un inmueble. “Ose dice.. Este es la propiedad que me gusta!!”” Aquí es donde inicia todo, y si el propietario o arrendador tiene un excelente procedimiento y acompañamiento jurídico inmobiliario en este proceso evitará muchos dolores de cabeza. Nosotros los inmobiliarios que sabemos hacer las cosas cada día queremos aprender más para brindar un excelente acompañamiento en la venta de los inmuebles y que mejor que estar asesorados por un abogado como lo es el Dr. Carmona Felicitación por este video.
Hola Felipe. Como siempre gracias por tu apoyo. Como abogado de tu inmobiliaria conozco de las buenas practicas tendientes a evitar problemas, tener una excelente cartera, y dar cumplimiento a los derechos de tus arrendatarios como de los propietarios. Aprecio la confianza para orientar a Propiedades 1A en los aspectos jurídicos inmobiliarios. Nos veremos pronto en la ciudad de la Eterna Primavera.
Cuales son las ventajas de rentar para uso comercial? Te felicito. Te expresas muy bien. Escucho a mucho hispanoparlante decir: "infortunadamente", en lugar de: "desafortunadamente" siendo dos cosas muy dferentes.
¡Hola, @PHARMAPRICEDROGUERIASSAS! Cuando existe un subarrendamiento, el arrendador principal sigue manteniendo sus derechos sobre el inmueble. Sin embargo, es importante que el subarrendamiento haya sido autorizado por el arrendador original, ya que sin esta autorización, podría considerarse un incumplimiento del contrato. El arrendador original tiene los mismos derechos sobre el inmueble, y el subarrendatario está obligado a respetar las condiciones establecidas en el contrato principal. Además, cualquier incumplimiento del contrato de subarrendamiento puede repercutir en el contrato principal. Si tienes más preguntas o necesitas revisar tu situación particular, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te orientaré. ¡Saludos!
Me alegra que te sirva. Quedamos atentos a que nos cuentes cómo te fue con el inquilino o con el propietario y qué tanto aplicaste de lo que aprendiste en este video.
Reciba un cordial saludo. ¿Puede un inquilino exigir que se coloquen los datos como número de registro inmobiliario, oficina de registro en el contrato de arrendamiento aduciendo que es para no arrendar un bien que no le pertenezca al propietario? Le agradezco sus videos, son muy claros.
Hola.Muchas gracias por lo de mis videos ... Pues aunque parezca sospechoso, para algunos arrendatarios esto le puede dar tranquilidad. Aunque también es cierto que esta información en manos de inescrupulosos puede ser facilitar que hagan fraudes. Lamentablemente la inseguridad puede venir de todos lados y todos lados quieren sentir tranquilidad. Si te inspiran confianza puedes suministrarlos.
La única manera de determinar la propiedad de un inmueble es con el Certificado de Tradición, podría servir como una referencia el tabulado de pago del impuesto predial, pero ello no se puede garantizar.
Buenos días. En el recibo del impuesto colocan un número de propiedad, por eso pedí el paz y salvo ya que lo expiden a nombre del dueño y su documento de identidad, también puede comprobarlo en la alcaldía y el arrendatario quedó satisfecho, además queda tranquilo ya que no habrá problemas de impuestos. Gracias. Sus consejos son muy valiosos.
Buenas tardes doctor tengo mejoras en un lote que se arrendo para parqueadero y se pidió autorización verbal para hacer un lavadero en la misma actividad comercial que puedo hacer para que me paguen las mejora? Gracias
¡Hola, @user-lf3bd3lp4q! Para que te paguen por las mejoras que hiciste en el lote arrendado, es importante que dichas mejoras hayan sido autorizadas por el propietario y, de preferencia, por escrito. Si la autorización fue solo verbal, podrías tener dificultades para reclamar el pago, ya que es difícil probar ese acuerdo ante un juez. Sin embargo, aún puedes intentar negociar con el propietario, argumentando que las mejoras incrementaron el valor del lote. Si no llegas a un acuerdo, puedes evaluar la posibilidad de una reclamación legal, pero necesitarás reunir pruebas de que las mejoras fueron consensuadas y que incrementaron el valor del inmueble. Te sugiero que consultes a un abogado para analizar las opciones más viables en tu caso. Contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te ayudaré a definir la mejor estrategia para reclamar lo que te corresponde. ¡Saludos!
Buenas tardes.quiero recuperación de una casa qué tengo ocupada por un inquilino.tiene un contrato qué ya se venció hace 2 meses ya lo citaron de parte del juzgado de justicia alternativa pero no se presentó ya tiene un nuevo citatorio... qué puedo hacer para que me entregué la casa
Muy buenas noches, muchas gracias por tu canal, y por compartir con todos nosotros tus conocimientos . Mi pregunta es cómo sacar a un inquilino por no pagar el canon de arrendamiento muchas gracias, por tu respuesta
WOW 😮 ! Que información tan importante. Entonces la pregunta es el comprador tampoco tiene derecho de pedir el local una vez que ya el inmueble sea de el o de ella. Si lo compró para poner su propio negocio o en caso de ya tener uno poner una sucursal de un negocio que ya tenga. O para qué algún hijo/ hija ponga un negocio. O sea compra y no tiene derecho sobre ese inmueble. Que hay de los contratos vencidos . Si se rento por un año y se renovó por otro año tenga los dos años y aunque como mencioné el contrato vence , aún así no lo pueden desalojar ?. Porque también hay casos que venden los dueños por nesecidad económica, no por el deceo de vender. Y no se me hace justo para el comprador . Aunque si sea triste para el inquilino , tener que desalojar en caso de que su negocio sea redituable. Lo mejor sería tratar de que los nuevos dueños le sigan rentando. Otra pregunta se les puede aumentar la renta cada año ? Y de ser posible cuanto por ciento % es el que se puede aumentar dentro de lo legal. Muchas gracias nuevamente por su información. Dios lo Bendiga siempre.
Buenas Tardes,como sugerencia con respecto al video, que se le recomienda al nuevo propieterio al haberle cedido el contrato de arrendamiento,como este puede solicitarle al arrendatario que le desocupe?. Muchas gracias .
Derecho Inmobiliario está es respuesta a una de las preguntas que yo le hice en otro de los comentarios. Gracias por disipar las dudas é inquietudes. Bendiciones Para usted Dr.
Leonardo buenas noches, quisiera saber algo, trabajo en un cc y hay un arrendatario que tiene un local en arriendo desde el año 2008, sabemos que el código de comercio ampara mucho a los arrendatarios, pero queremos sacarlo ya, según tu criterio en este caso cual creerías que sería la mejor opción para sacarlo?
Hola @btcinversores316, buenas noches. Entiendo la complejidad de tu situación con el arrendatario y cómo el Código de Comercio puede influir en este tipo de casos. Para darte una asesoría más detallada y explorar las mejores opciones legales y estratégicas para abordar este asunto, te invito a unirte a "Arrendador al Día". Aquí, tendrás acceso a orientación específica para situaciones como la tuya, además de herramientas y consejos que te ayudarán a tomar la mejor decisión. Únete a nosotros aquí: arrendadoraldia.com/ y descubre cómo podemos ayudarte a resolver esta y otras dudas relacionadas con el arrendamiento. ¡Te esperamos para apoyarte en cada paso del proceso!
Hola @btcinversores316, lidiar con arrendatarios problemáticos puede ser un desafío, especialmente cuando afecta la convivencia y el bienestar de otros locatarios. Para encontrar estrategias efectivas que te permitan manejar esta situación dentro del marco legal, te invito a formar parte de "Arrendador al Día". En este espacio, no solo abordamos cómo gestionar arrendatarios difíciles, sino también cómo tomar acciones que beneficien a toda la comunidad sin infringir normativas. Únete aquí: arrendadoraldia.com/ y comencemos a trabajar juntos en una solución. ¡Estoy aquí para ayudarte!
A ti por permitirme hacer extensivo a estudiantes de derecho mis conocimientos jurídicos de acuerdo a mi experiencia en este medio que hemos denominado "derecho inmobiliario". Saludos desde Cali
Dr lo felicito por estos vídeos q nos ilustran sobre este campo Tengo la siguiente consulta me pidieron la entrega de un local comercial comercial q arrendé durante 16 años con el argumento de reconstrucción pero el motivo real era su venta Cuánto tiempo después de haberlo entregado tengo para instaurar un proceso por perjuicio y q no vaya ha prescribir
Hola William... no tengo certeza sobre si son 5 años, te aconsejo mejor mirarlo detenidamente y por ello te invito a una consulta a través de www.derechoinmobiliario.co
Un contrato a 6 meses de local comercial automáticamente se puede prórrogar a un año?? Al igual que sucede en el arrendamiento de la ley 820!! Un abrazo y gracias por sus conocimientos aportados.
Las vigencias son las que se pactan en el contrato y de ser un contrato verbal, la ley presume que son a un año.... las prorrogas corresponden a periodos iguales al inicial y no se extiende sino a traves de una modificación al contrato debidamente firmada.,.... en conclusión, no se convierte de tres meses a doce solo por el paso del tiempo.
Buenas noches. Que se debe hacer cuando el caso es al contrario, cuando un inquilino de un local quiere vender su negocio a terceros que cláusulas legales tendría que cumplir para hacerlo? Tiene obligación de pagarle una comisión al propietario?
¡Hola, @esperanzavargas6231! Cuando un inquilino quiere vender su negocio que opera en un local arrendado, es fundamental revisar el contrato de arrendamiento para verificar si hay alguna cláusula que regule la cesión del contrato o la venta del negocio. En general, el inquilino puede vender su negocio, pero debe notificar al propietario y, en algunos casos, obtener su autorización, especialmente si el contrato prohíbe o regula la cesión a terceros. En cuanto a la comisión, no es común que el inquilino deba pagarle al propietario por la venta del negocio, a menos que el contrato lo estipule específicamente o el propietario haya intervenido en la operación de venta. Si necesitas más detalles sobre las cláusulas y cómo proceder en este caso, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te asesoraré. ¡Saludos!
Hola licenciado quiero hacerle una pregunta yo le alquile un señor puso carpintería firmamos un contrato para 3 años. La casona esta en la orilla de la calle, ahí mismo es mi casa atrás esta la otra casa de mi hermano esta en él mismo terreno pues mi mama se murió y somos dos pero somos herederos pues él señor me esta molestando quiere que yo me vaya de la casa asiendo lo posible como sacarme y allí e vivido años que se puede hacer pero siempre esta él nombre de mi mama. Espero su repuesta xf.
Dr Leonardo, llevó cuatro años en un local comercial,inicialmente se hizo el contrato a un año este terminaba el 30 de diciembre de 2015. Ahora la señora dueña va a vender la casa. Estoy obligada a desocupar el 30 de diciembre de 2019??? Agradezco su atención. Millones de gracias. Saludos.
Doctor, pero una pregunta: En el vídeo explica únicamente en caso de venta del local, sin embargo por ejemplo la acreditación y los activos que se tengan dentro del inmueble si uno paga de forma cumplida y cumple con lo acordado en el contrato, el arrendador debe pagar algún tipo de indemnización ya que al pedirle a uno el inmueble que lo echen a la calle así como así y sus clientes, su ingreso se vería perjudicado porque el sustento en este caso es el lugar donde se ejerce la actividad comercial y que nadie le responda a uno sino que vayase y defiendase con su establecimiento en otro lado todo lo que se perderá gracias por contestar
Hola Alexis. Muy buena pregunta. Desafortunadamente uno debe hacer buenos contratos de arrendamiento y ello significa estimar el tiempo de recuperación de inversión. De este modo, se le debe proponer al arrendador que las vigencias superen el año ya que pueda que no alcances un punto de equilibrio. La responsabilidad por tus inversiones no son del arrendador, desafortunadamente es tuya por no prever.
¡Hola, @alciraayala300! Si el propietario ha decidido vender el local y te ha enviado una carta solicitando mostrarlo, es importante revisar el contrato de arrendamiento. Generalmente, los contratos incluyen cláusulas que permiten al propietario mostrar el inmueble a potenciales compradores, siempre que se respeten los derechos del inquilino, como notificar con antelación y coordinar las visitas de manera razonable. El hecho de que el contrato haya cumplido un año no cambia automáticamente tus derechos como inquilina. Si no estás cómoda con la situación, es importante que hables con el propietario para coordinar las visitas de manera que no afecten tu negocio. Si tienes dudas sobre cómo proceder o quieres asegurarte de que todo se maneje correctamente, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y te ayudaré con gusto. ¡Saludos!
Yo tengo un local comercial he sido muy cumplida pago servicios compartidos y nisiquiera se si es lo que yo consumo y por no subirle 10.000 al nuevo local q gasta un mundo de agua de 60000 se subió a 500 😮 la dueña me dijo que me iba a pasar la carta toda descarada en lugar de a cada local tenerles sus servicios separados
¡Hola, @BlancaHernandez-xq8ru! Entiendo tu frustración, especialmente si sientes que no estás pagando lo que realmente consumes. En casos como este, lo ideal sería que cada local tuviera sus propios servicios independientes para evitar conflictos. Sin embargo, si los servicios son compartidos, es importante que haya claridad y transparencia en la forma en que se reparten los costos. Si consideras que el cobro es injusto o desproporcionado, podrías hablar formalmente con la propietaria para revisar cómo se distribuyen los gastos, o incluso buscar asesoría legal para asegurarte de que tus derechos como arrendataria estén protegidos. Si necesitas más orientación sobre cómo actuar en esta situación, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te ayudaré. ¡Saludos!
Tengo un problema. Le arrendé a una señora un local pero no hicimos contrato por escrito. La señora el primer año pago normal pero este año desde enero hasta la fecha hoy 19 de septiembre no me ha pagado un peso. No se que hacer la señora dice que está esperando una Plata que le deben que le tenga paciencia pero ya lleva mucho tiempo. También resaltó que la señora no abre el local desde enero. Ósea el tiempo cerrado es el mismo tiempo que le debe. Ella cerró y dejó todas las cosas en el local.
Cuando el inquilino del local comercial lleva más de dos años, en qué momento se le puede o debe pedir el inmueble, como hace el propietario si no quiere continuar con ese contrato, qué tipo de indemnización se obliga?
pregunta una persona le di alojo por que estaba emferma en la calle y la puse a atrabajr pagandole sus dias en una obra de construcion donde le di aklojo mientras encontraba techo y yo pgaba mi servicios solo vivia el por que la csa esta en construcion ahora le dije me desocupara y me dice que le debo por cuidarme la casa no siendo asi .
Mi hijo tiene un inmueble en arriendo se terminaba el 31 de julio 2021 primero le dijeron q iban a colocar el contador para el agua porq está compartido con el otro local comercial.Es obligación dejar hacer la acometida por toda la mitad del local estando él ahí?
Buenas noches,llevo viviendo hace 22 años en un apto,el contrato se me vence el 31 de agosto y hasta la fecha no he sido notificado,ni de aumento en el canon mensual ni solicitud de desocuparlo.Mi pregunta es que debo hacer en caso tal de que me pidan desocupar el apto?
tengo un contrato por un año que se cumple el 30 de julio del 2019, y pago una póliza de seguro de arrendamiento que cumple en la misma fecha, el arrendatario me paso la carta con tres meses de terminacion del contrato cumpliendo hasta la fecha del contrato y no la renovación del mismo, el ahora me pide de uno a dos meses mas, porque no ha encontrado, que hago ahi, si no quiero que quede desamparado el apartamento sin poliza ya que estas son por un año , si le doy una prórroga por esos dos meses,puedo hacer con el un contrato de que si no se va en ese tiempo me pague una indemnización?
En este caso lo recomendable es un acta donde las partes dejen constancia que se hará una extensión de tiempo y que de no cumplirse con los acuerdos, podrá cobrarsele al inquilino la clausula penal
Tengo un matrimonio como inquilinos no les he dado recibo por mucho tiempo , la casa es un desastre parece bodega por dentro y por fuera , sucio el patio....yo tengo pegado a la casa que ellos ocupan una especie de suite el agua y medidor de luz ellos lo pagan pero yo quiero llegar a la suite como les digo q tambien necesito usar esos servicios de agua y luz ya q tengo coneccion de agua y luz de la casa q ellis arriendan , cuando voi a la suit no puedo prender la luz porque se ne hace delicado nunca me quedo la noche solo voi el dia como puedo decirles que necesito agua y luz ....como seria de arreglar ese asunto...gracias .. Saludos desde Ecuador.
Es un caso complejo que es mejor hablarlo para ampliar la información. Por favor ingresa a www.derechoinmobiliario.co/ Alli encontrarás la agenda de atención donde puedes escoger entre los días y horarios q se encuentren disponibles. Quedamos atentos a tu registro.
Si he tenido que hacer desalojo a un inquilino por incumplir el contrato de arrendamiento y quiero vender, me puede demandar, y otra pregunta puedo arrendar por tres meses sin problema?
hola Marthica. Puedes venderlo sin problema y puedes hacer contratos de arrendamiento inferiores a un año si la ley te lo permite. En Colombia y Mexico es posible.En españa el contrato mínimo son 5 años y en Argentina 3
Buenos dias tengo una casa semi construida por ese .motivo no la he podido habitar dos vecinos lanzan basuras al patio de mi propiedad y otro tiene sus gallinas dentro de mi propiedad todo esto sin mi consentimiento hable con los tres y a pesar de ello contianuan botando basuras y tambien lo de las gallinas Aprecio su respuesta gracias
Hola. Esto es una perturbación a la propiedad. Debes presentar la respectiva acción ante la autoridad de Policia. Es probable que te exijan que construyas cerramiento para evitar que se vuelva a presentar.
Cómo inquilino le hice una oferta de compra de me dice que si pero después que le hicieron otra oferta.el arrendatario debe venderme a mí llevo 5 años alquilando el inmueble para uso comercial
Hola... debes dar inicio a un proceso de restitución. No importa que no tengas contrato escrito pues la ley posibilita hacer extrajuicios en notaria en donde se exprese que el contrato existe. Si necesitas ampliar la información te invito a que solicites una cita gratuita en los horarios habilitados a través de www.derechoinmobiliario.co/
Soy un inquilino ,el propietario no me hace el nuevo alquiler ya han pasado mas de 4 meses y me parece que no van hacer , que hago, tengo como inquilino 18 meses
Buenos días yo tomé un local comercial en arriendo para una sala de belleza con un contrato a un año con una cláusula de incumplimiento de dos cánones de arriendo pero llevo 6 meses y no me está dando rentabilidad estoy al día con mis obligaciones pero no puedo seguí más con el local porque no me está dando ni para pagar el arriendo estoy obligada a pagar la cláusula
Hola.... es justa causa y debes invocar el artículo 22 de la Ley 820 de 2003: 2. La no cancelación de los servicios públicos, que cause la desconexión o pérdida del servicio, o el pago de las expensas comunes cuando su pago estuviere a cargo del arrendatario.
UNA PREGUNTA : EN EL VIDEO HABLÓ DE LOCAL COMERCIAL, COMO PEDIR AL INQUILINO QUE SE VALLA . PERO SI EN VEZ DE LOCAL COMERCIAL ES UNA CASA . APLICA LO MISMO??....GRACIAS
No Rudolfo no es lo mismo,los contratos para alquiler de casa para vivienda estan regulados por la ley 820 de 3 de junio. De 2010 mientras el arrendo comercial tiene un manejo diferente,para el preaviso de vivienda son no menor de tres meses,y el comercial son seis
Yo no pretendo no pagar es mi negocio y de aquí dependo pero me llama mucho la atención q el día 15 y de casualidad no completo me corre nunca se me an juntado dos rentas
Y sino tengo contrato d arrendamiento tengo ya 9 años y mi casera me presiona mucho para el pago de la renta me toca cada 15 y si no le llegase a pagar me corre
Si tienes contrato de arrendamiento pero es verbal, ello no tiene problema, es igual de válido. Si no pagas la renta es posible que te inicien un proceso de desalojo
Hola sr abogado, yo tengo en este momento un problema o no se que hacer, por favor me ayude se lo agradecería mucho, yo pago arriendo hace 4 años y medio, vivo en propiedad horizontal, en segundo piso y este edifico son 4 pisos un apartamento por piso y en el ultimo vive hace por ahí tres años el hijo de la dueña de los apartamentos, el sr cuando vino a vivir aquí en el apartamento con su esposa y bb, ellos no fueron muy amables conmigo son personas depotas groseras maleducadas, hasta el punto de el sr tratarme ami que cuando nos encontrábamos por las escalas el al pasar me estrujaba Y no fue una ves varias veces lo hizo tanto así que ni respetaba cuando yo subía con mi bb de brazos llegándose el problema tanto así Que hace dos años no aguante y le conteste de algo se que me dijo el y yo lo trate de marica por que el me dijo ese apartamento donde usted vive ese es mio y yo se lo pido cuando ami se me de la gana, le respondi yo diciéndole aquí hay un contrato con su mama y se paga un arriendo de 540mil pesos y usted no me puede sacar cuando usted dele de la gana y en ese momento llego la mama y el hijo le dijo mama nesecito que saque a esta señora de aquí como sea, entonces la señora Janet dueña del edificio donde vivo me dijo alterada si doña betty desocupe, y le dije yo que pena yo por ley no puedo así por que si yo no estoy incumpliendo solo por que a su hijo no le caigo bien y por que no me deje ya de que me siguiera tratando mal, entonces vallase no yo aquí me quedo y buscare tengo tres meses y si no encuentro y ustedes no me reciben el dinero de la renta pues la consigno en el banco y los dos se quedaron callados, sr abogado aquí somos 6 personas viviendo somos mi esposo cuantro hijos uno de 16 años otra de 15 años el otro de 14 y la bb que tiene ahora 4 años y yo no es fácil encontrar una vivienda y mas como están de costosas aquí en medellin y yo hago arreglo de costuras aquí en mi casa y tengo buenos clientes y tambiem es parte de nuestro sustento, mi esposo trabaja de guarda de seguridad el es callado no se mete en nada opina solo cuando le comente el problema, ellos después de ese problema ya me ha salido la dueña con bobadas para sacarme de aquí y las familias que viven en los otros pisos solo por el chisme del hijo de la dueña también quieren que me valla de aquí solo por que mi presencia les molesta y eso que no los veo mucho puede pasar para verlos yo de frente hasta meses por que como le dije yo mantengo trabajando es las maquinas mas cuatro hijos y esposo no me queda tiempo de verlos ellos me tienen rabia, ahora ya la dueña me salio con otra cosa el 5 de octubre de 2019 le pague la renta y me dijo doña betty donde yo vivo un inquilina se va a pasar para que usted se venga para este edificio por que mi hijo donde esta ya esta muy estrecho y necesita el apartamento, entonces que cuando la. Sra se valla yo. Me voy para ese apartamento, ahora mi preocupación es que hago ellos me quieren sacar de aquí como sea no se si me harán una judía y me voy de aquí para la otra casa y me salgan con otra cosa y resulto yo con mi familia de aya para ca, si lee mi problema sr abogado le doy mil gracias por su tiempo y atención espero su ayuda muchas gracias Dios lo bendiga
Hola buen día, tengo un incoveniente debido a que tengo un inmueble arrendado, siendo yo el arrendatario, llevo 11 años con mi negocio, ya está muy bien acreditado y hace tres meses me notificaron que debía desocupar ya que el inmueble lo van a vender, no sé que hacer. Es posible un número de contacto o de qué manera nos podemos contactar para una asesoría. Gracias
Hola, @marthazamudioforero903! No es que nunca se pueda pedir el local, pero dependerá del tipo de contrato de arrendamiento y las condiciones pactadas. Si el contrato ha vencido o si hay alguna causa de incumplimiento, como falta de pago, tienes el derecho de solicitar la restitución del inmueble. Lo importante es seguir el procedimiento legal adecuado para evitar problemas. Si necesitas orientación específica sobre cómo hacerlo, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te guiaré paso a paso. ¡Saludos!
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hola doctor, yo tengo una casa con local arrendadado desde el 2015 y el señor q me tomó en arriendo le transfirió a otro con mi consentimiento pero no se ha hecho nuevo contrato con el inquilino actual yo vivo en Bogotá y la casa es en barrancabermeja , el señor siempre es muy puntual con la consignación . el asunto es q no me ha salido escritura de la casa y yo estoy esperando a q me salga escritura para poderla vender por q mi deseo es co.prar en Bogotá , como puedo hacer cuando me salga la escritura para poder vender el señor siempre ha cido muy cumplido pero quiero tener mi casa en Bogotá y esa es mi base para comprar gracias por su atencion
Blanquita Perez Muy sencillo ofrézcale la venta del inmueble a el nuevo inquilino tal vez se interese en comprarla si le está llenado bien. Y le aclara usted su deceo de venta en cuanto reciba su escritura. Mientras tanto el puede solicitar un préstamo en caso de no contar con el dinero suficiente y estar interesado en adquirir el inmueble. O tambien puede ir buscando otro lugar en caso de no estar interesado. Pero así está sobre avisado con tiempo. Pero claro consúltelo directamente con el Dr Licenciado que es experto en el tema Lo mío es sólo un consejo , una suposición mía. Bendiciones y suerte que le salga pronto su escritura y lleguen a buen término sus deceos de adquirir casa en Bogotá y también el nuevo inquilino tenga buena opción. Bendiciones para usted y para su nuevo inquilino.
aaaooommm.... hay otras normas que estan muy a favor de los inquilinos. Además... tu que al parecer eres inquilino acabas de aprender par cuando te toque. Esa es la ventaja de los videos, aprenden ambos.
Hola Mario. Lamento que no haya sido lo suficientemente claro aprecio el tiempo q te tomas para buscar ampliar la información. Aquí te dejo el texto EXACTO: código de comercio ARTÍCULO 518. DERECHO DE RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. El empresario que a título de arrendamiento haya ocupado no menos de dos años consecutivos un inmueble con un mismo establecimiento de comercio, tendrá derecho a la renovación del contrato al vencimiento del mismo,
Derecho Inmobiliario Pero al estar ya vencido el contrato, el dueño está obligado a renovar el contrato? O puede pedir el inmueble para ocuparlo el mismo o algún hijo/ hija ? Gracias Dr . Bendiciónes para usted.
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Buenos días, muchas gracias por darnos luz , me está pasando un caso parecido, pero soy arrendatario, bendiciones
Leonardo muy buenosdias, quiero felicitarlo por su gran profesionalismo en el sector inmobiliario, ya que hay tantas falencias y calidad deformacion en aquellas personas que se dedican adicha actividad, nuevamente felicitaciones.
Excelente, información muchas gracias,
Los arrendatarios tienen derechos al igual que los tienen los propietarios o arrendadores del inmueble; Es por ello que se debe hacer un buen procedimiento del ejercicio inmobiliario desde la negociación del inicio, cuando el posible arrendatario decide tomar en la modalidad de arrendamiento un inmueble. “Ose dice.. Este es la propiedad que me gusta!!””
Aquí es donde inicia todo, y si el propietario o arrendador tiene un excelente procedimiento y acompañamiento jurídico inmobiliario en este proceso evitará muchos dolores de cabeza. Nosotros los inmobiliarios que sabemos hacer las cosas cada día queremos aprender más para brindar un excelente acompañamiento en la venta de los inmuebles y que mejor que estar asesorados por un abogado como lo es el Dr. Carmona
Felicitación por este video.
Hola Felipe. Como siempre gracias por tu apoyo. Como abogado de tu inmobiliaria conozco de las buenas practicas tendientes a evitar problemas, tener una excelente cartera, y dar cumplimiento a los derechos de tus arrendatarios como de los propietarios. Aprecio la confianza para orientar a Propiedades 1A en los aspectos jurídicos inmobiliarios. Nos veremos pronto en la ciudad de la Eterna Primavera.
Cuales son las ventajas de rentar para uso comercial? Te felicito. Te expresas muy bien. Escucho a mucho hispanoparlante decir: "infortunadamente", en lugar de: "desafortunadamente" siendo dos cosas muy dferentes.
Muy interesante. Mil gracias
Muy buen concejo gracias
Como arrendador , alquilo el local y en el momento de hacer contrato , también pido la carta de terminación de contrato por parte del inquilino y ya.
buenas tardes cuando hay un subarrendador el arrendador tiene los mismos derechos? gracias
¡Hola, @PHARMAPRICEDROGUERIASSAS! Cuando existe un subarrendamiento, el arrendador principal sigue manteniendo sus derechos sobre el inmueble. Sin embargo, es importante que el subarrendamiento haya sido autorizado por el arrendador original, ya que sin esta autorización, podría considerarse un incumplimiento del contrato.
El arrendador original tiene los mismos derechos sobre el inmueble, y el subarrendatario está obligado a respetar las condiciones establecidas en el contrato principal. Además, cualquier incumplimiento del contrato de subarrendamiento puede repercutir en el contrato principal.
Si tienes más preguntas o necesitas revisar tu situación particular, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te orientaré. ¡Saludos!
Me cayo como anillo al dedo! Muchas gracias! Saludos!
Me alegra que te sirva. Quedamos atentos a que nos cuentes cómo te fue con el inquilino o con el propietario y qué tanto aplicaste de lo que aprendiste en este video.
Muy interesantes su acertados conceptos de pronto lo voy a necesitar por ahora mil gracias.
Gracias Alvaro. y Con gusto, lo que necesites. Por favor ingresa a www.derechoinmobiliario.co/ para solicitar consultas. Saludos
Reciba un cordial saludo. ¿Puede un inquilino exigir que se coloquen los datos como número de registro inmobiliario, oficina de registro en el contrato de arrendamiento aduciendo que es para no arrendar un bien que no le pertenezca al propietario? Le agradezco sus videos, son muy claros.
Hola.Muchas gracias por lo de mis videos ... Pues aunque parezca sospechoso, para algunos arrendatarios esto le puede dar tranquilidad. Aunque también es cierto que esta información en manos de inescrupulosos puede ser facilitar que hagan fraudes. Lamentablemente la inseguridad puede venir de todos lados y todos lados quieren sentir tranquilidad. Si te inspiran confianza puedes suministrarlos.
@@DerechoInmobiliario Muchas gracias. ¿ Pueden existir otras formas de demostrar propiedad? Eres muy amable con tu respuesta.
La única manera de determinar la propiedad de un inmueble es con el Certificado de Tradición, podría servir como una referencia el tabulado de pago del impuesto predial, pero ello no se puede garantizar.
@@DerechoInmobiliario Si, es prueba válida ya que tiene el nombre del propietario. Gracias, le comentaré como nos va. Gracias.
Buenos días. En el recibo del impuesto colocan un número de propiedad, por eso pedí el paz y salvo ya que lo expiden a nombre del dueño y su documento de identidad, también puede comprobarlo en la alcaldía y el arrendatario quedó satisfecho, además queda tranquilo ya que no habrá problemas de impuestos. Gracias. Sus consejos son muy valiosos.
Buenas tardes doctor tengo mejoras en un lote que se arrendo para parqueadero y se pidió autorización verbal para hacer un lavadero en la misma actividad comercial que puedo hacer para que me paguen las mejora? Gracias
¡Hola, @user-lf3bd3lp4q! Para que te paguen por las mejoras que hiciste en el lote arrendado, es importante que dichas mejoras hayan sido autorizadas por el propietario y, de preferencia, por escrito. Si la autorización fue solo verbal, podrías tener dificultades para reclamar el pago, ya que es difícil probar ese acuerdo ante un juez.
Sin embargo, aún puedes intentar negociar con el propietario, argumentando que las mejoras incrementaron el valor del lote. Si no llegas a un acuerdo, puedes evaluar la posibilidad de una reclamación legal, pero necesitarás reunir pruebas de que las mejoras fueron consensuadas y que incrementaron el valor del inmueble.
Te sugiero que consultes a un abogado para analizar las opciones más viables en tu caso. Contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te ayudaré a definir la mejor estrategia para reclamar lo que te corresponde. ¡Saludos!
Excelente información. Mil gracias
Excelente video.
Buenas tardes.quiero recuperación de una casa qué tengo ocupada por un inquilino.tiene un contrato qué ya se venció hace 2 meses ya lo citaron de parte del juzgado de justicia alternativa pero no se presentó ya tiene un nuevo citatorio... qué puedo hacer para que me entregué la casa
Muy buenas noches, muchas gracias por tu canal, y por compartir con todos nosotros tus conocimientos .
Mi pregunta es cómo sacar a un inquilino por no pagar el canon de arrendamiento muchas gracias, por tu respuesta
WOW 😮 ! Que información tan importante. Entonces la pregunta es el comprador tampoco tiene derecho de pedir el local una vez que ya el inmueble sea de el o de ella. Si lo compró para poner su propio negocio o en caso de ya tener uno poner una sucursal de un negocio que ya tenga. O para qué algún hijo/ hija ponga un negocio. O sea compra y no tiene derecho sobre ese inmueble. Que hay de los contratos vencidos . Si se rento por un año y se renovó por otro año tenga los dos años y aunque como mencioné el contrato vence , aún así no lo pueden desalojar ?. Porque también hay casos que venden los dueños por nesecidad económica, no por el deceo de vender. Y no se me hace justo para el comprador . Aunque si sea triste para el inquilino , tener que desalojar en caso de que su negocio sea redituable. Lo mejor sería tratar de que los nuevos dueños le sigan rentando. Otra pregunta se les puede aumentar la renta cada año ? Y de ser posible cuanto por ciento % es el que se puede aumentar dentro de lo legal. Muchas gracias nuevamente por su información. Dios lo Bendiga siempre.
MIL GRACIAS!
Gracias por tan importante informacion
Siempre estoy pendiente de sus oportunos videos. Felicidades
Hola Aurita. Muchas gracias por tu amable comentario. Me anima a seguir.
Buenas Tardes,como sugerencia con respecto al video, que se le recomienda al nuevo propieterio al haberle cedido el contrato de arrendamiento,como este puede solicitarle al arrendatario que le desocupe?. Muchas gracias .
Exacto. El Nuevo propietario puede pedirle el inmueble.
Derecho Inmobiliario está es respuesta a una de las preguntas que yo le hice en otro de los comentarios. Gracias por disipar las dudas é inquietudes. Bendiciones Para usted Dr.
Leonardo buenas noches, quisiera saber algo, trabajo en un cc y hay un arrendatario que tiene un local en arriendo desde el año 2008, sabemos que el código de comercio ampara mucho a los arrendatarios, pero queremos sacarlo ya, según tu criterio en este caso cual creerías que sería la mejor opción para sacarlo?
Es un arrendatario muy problemático, muchos de los otros locatarios se quejan mucho.
Hola @btcinversores316, buenas noches. Entiendo la complejidad de tu situación con el arrendatario y cómo el Código de Comercio puede influir en este tipo de casos. Para darte una asesoría más detallada y explorar las mejores opciones legales y estratégicas para abordar este asunto, te invito a unirte a "Arrendador al Día". Aquí, tendrás acceso a orientación específica para situaciones como la tuya, además de herramientas y consejos que te ayudarán a tomar la mejor decisión. Únete a nosotros aquí: arrendadoraldia.com/ y descubre cómo podemos ayudarte a resolver esta y otras dudas relacionadas con el arrendamiento. ¡Te esperamos para apoyarte en cada paso del proceso!
Hola @btcinversores316, lidiar con arrendatarios problemáticos puede ser un desafío, especialmente cuando afecta la convivencia y el bienestar de otros locatarios. Para encontrar estrategias efectivas que te permitan manejar esta situación dentro del marco legal, te invito a formar parte de "Arrendador al Día". En este espacio, no solo abordamos cómo gestionar arrendatarios difíciles, sino también cómo tomar acciones que beneficien a toda la comunidad sin infringir normativas. Únete aquí: arrendadoraldia.com/ y comencemos a trabajar juntos en una solución. ¡Estoy aquí para ayudarte!
Información muy importante. Gracias por sus aportes.
Gracias a ti por tu comentario, me motiva a seguir compartiendo la información
Saludos muchas gracias, desde Medellín.
A ti por permitirme hacer extensivo a estudiantes de derecho mis conocimientos jurídicos de acuerdo a mi experiencia en este medio que hemos denominado "derecho inmobiliario". Saludos desde Cali
Dr lo felicito por estos vídeos q nos ilustran sobre este campo
Tengo la siguiente consulta me pidieron la entrega de un local comercial comercial q arrendé durante 16 años con el argumento de reconstrucción pero el motivo real era su venta
Cuánto tiempo después de haberlo entregado tengo para instaurar un proceso por perjuicio y q no vaya ha prescribir
Hola William... no tengo certeza sobre si son 5 años, te aconsejo mejor mirarlo detenidamente y por ello te invito a una consulta a través de www.derechoinmobiliario.co
Hola excelente información. Es de gran ayuda Bendiciones 🙏
Amen. Gracias a ti Glenda, bendiciones igualmente,
Gracias quería saber por favor es lo mismo para vivienda
Un contrato a 6 meses de local comercial automáticamente se puede prórrogar a un año?? Al igual que sucede en el arrendamiento de la ley 820!! Un abrazo y gracias por sus conocimientos aportados.
Las vigencias son las que se pactan en el contrato y de ser un contrato verbal, la ley presume que son a un año.... las prorrogas corresponden a periodos iguales al inicial y no se extiende sino a traves de una modificación al contrato debidamente firmada.,.... en conclusión, no se convierte de tres meses a doce solo por el paso del tiempo.
Buenas noches. Que se debe hacer cuando el caso es al contrario, cuando un inquilino de un local quiere vender su negocio a terceros que cláusulas legales tendría que cumplir para hacerlo? Tiene obligación de pagarle una comisión al propietario?
¡Hola, @esperanzavargas6231! Cuando un inquilino quiere vender su negocio que opera en un local arrendado, es fundamental revisar el contrato de arrendamiento para verificar si hay alguna cláusula que regule la cesión del contrato o la venta del negocio.
En general, el inquilino puede vender su negocio, pero debe notificar al propietario y, en algunos casos, obtener su autorización, especialmente si el contrato prohíbe o regula la cesión a terceros.
En cuanto a la comisión, no es común que el inquilino deba pagarle al propietario por la venta del negocio, a menos que el contrato lo estipule específicamente o el propietario haya intervenido en la operación de venta.
Si necesitas más detalles sobre las cláusulas y cómo proceder en este caso, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te asesoraré. ¡Saludos!
Gracias Doc. Abrazo
A ustedes Gestión Inmobiliaria por su tiempo para aprender un poco más de temas relacionados con su ejercicio profesional.
Hola licenciado quiero hacerle una pregunta yo le alquile un señor puso carpintería firmamos un contrato para 3 años. La casona esta en la orilla de la calle, ahí mismo es mi casa atrás esta la otra casa de mi hermano esta en él mismo terreno pues mi mama se murió y somos dos pero somos herederos pues él señor me esta molestando quiere que yo me vaya de la casa asiendo lo posible como sacarme y allí e vivido años que se puede hacer pero siempre esta él nombre de mi mama. Espero su repuesta xf.
Gracias por la información
Gracias a ti Davd por tu amable comentario.
Dr Leonardo, llevó cuatro años en un local comercial,inicialmente se hizo el contrato a un año este terminaba el 30 de diciembre de 2015. Ahora la señora dueña va a vender la casa. Estoy obligada a desocupar el 30 de diciembre de 2019??? Agradezco su atención. Millones de gracias. Saludos.
La venta del inmueble no es causal de terminar el contrato comercial en Colombia
Doctor, pero una pregunta: En el vídeo explica únicamente en caso de venta del local, sin embargo por ejemplo la acreditación y los activos que se tengan dentro del inmueble si uno paga de forma cumplida y cumple con lo acordado en el contrato, el arrendador debe pagar algún tipo de indemnización ya que al pedirle a uno el inmueble que lo echen a la calle así como así y sus clientes, su ingreso se vería perjudicado porque el sustento en este caso es el lugar donde se ejerce la actividad comercial y que nadie le responda a uno sino que vayase y defiendase con su establecimiento en otro lado todo lo que se perderá gracias por contestar
Hola Alexis. Muy buena pregunta. Desafortunadamente uno debe hacer buenos contratos de arrendamiento y ello significa estimar el tiempo de recuperación de inversión. De este modo, se le debe proponer al arrendador que las vigencias superen el año ya que pueda que no alcances un punto de equilibrio. La responsabilidad por tus inversiones no son del arrendador, desafortunadamente es tuya por no prever.
Ahora le enviaron una carta q debe dejar mostrar el local porq está en venta.El arriendo cumplió un año el 31 de julio 2021...Gracias
¡Hola, @alciraayala300! Si el propietario ha decidido vender el local y te ha enviado una carta solicitando mostrarlo, es importante revisar el contrato de arrendamiento. Generalmente, los contratos incluyen cláusulas que permiten al propietario mostrar el inmueble a potenciales compradores, siempre que se respeten los derechos del inquilino, como notificar con antelación y coordinar las visitas de manera razonable.
El hecho de que el contrato haya cumplido un año no cambia automáticamente tus derechos como inquilina. Si no estás cómoda con la situación, es importante que hables con el propietario para coordinar las visitas de manera que no afecten tu negocio.
Si tienes dudas sobre cómo proceder o quieres asegurarte de que todo se maneje correctamente, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y te ayudaré con gusto. ¡Saludos!
Yo tengo un local comercial he sido muy cumplida pago servicios compartidos y nisiquiera se si es lo que yo consumo y por no subirle 10.000 al nuevo local q gasta un mundo de agua de 60000 se subió a 500 😮 la dueña me dijo que me iba a pasar la carta toda descarada en lugar de a cada local tenerles sus servicios separados
¡Hola, @BlancaHernandez-xq8ru! Entiendo tu frustración, especialmente si sientes que no estás pagando lo que realmente consumes. En casos como este, lo ideal sería que cada local tuviera sus propios servicios independientes para evitar conflictos. Sin embargo, si los servicios son compartidos, es importante que haya claridad y transparencia en la forma en que se reparten los costos.
Si consideras que el cobro es injusto o desproporcionado, podrías hablar formalmente con la propietaria para revisar cómo se distribuyen los gastos, o incluso buscar asesoría legal para asegurarte de que tus derechos como arrendataria estén protegidos.
Si necesitas más orientación sobre cómo actuar en esta situación, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te ayudaré. ¡Saludos!
Y para el caso de una casa de habitacion
Tengo un problema. Le arrendé a una señora un local pero no hicimos contrato por escrito. La señora el primer año pago normal pero este año desde enero hasta la fecha hoy 19 de septiembre no me ha pagado un peso. No se que hacer la señora dice que está esperando una Plata que le deben que le tenga paciencia pero ya lleva mucho tiempo. También resaltó que la señora no abre el local desde enero. Ósea el tiempo cerrado es el mismo tiempo que le debe. Ella cerró y dejó todas las cosas en el local.
Hablemos de contratos de compra venta, por favor
Yo tengo un local en venta y está atendido hace 3 años. Puedo venderlo y el canon lo sigue cobrando el nuevo dueño ??
Gracias por la informacion👍
Gracias a ti Franci por el comentario. Es agradable encontrar expresiones de cariño para tu trabajo. Motiva a seguir aportándoles.
Cuando el inquilino del local comercial lleva más de dos años, en qué momento se le puede o debe pedir el inmueble, como hace el propietario si no quiere continuar con ese contrato, qué tipo de indemnización se obliga?
Hola Calixto. Muy pronto tendremos un nuevo video explicando
pregunta una persona le di alojo por que estaba emferma en la calle y la puse a atrabajr pagandole sus dias en una obra de construcion donde le di aklojo mientras encontraba techo y yo pgaba mi servicios solo vivia el por que la csa esta en construcion ahora le dije me desocupara y me dice que le debo por cuidarme la casa no siendo asi .
gracias
A ti Ovidio por tomarte el tiempo en ver estos videos.
y q hay del caso que esta en las causales y no se quiere ir
Mi hijo tiene un inmueble en arriendo se terminaba el 31 de julio 2021 primero le dijeron q iban a colocar el contador para el agua porq está compartido con el otro local comercial.Es obligación dejar hacer la acometida por toda la mitad del local estando él ahí?
como podria contactarlo?
Buenas noches,llevo viviendo hace 22 años en un apto,el contrato se me vence el 31 de agosto y hasta la fecha no he sido notificado,ni de aumento en el canon mensual ni solicitud de desocuparlo.Mi pregunta es que debo hacer en caso tal de que me pidan desocupar el apto?
En ese caso debes desocupar si cumplen con toda la normatividad contenida en el Art. 22 Num. 7 Ley 820 de 2003
Tengo seis años.en una vivienda ..y me lo estan pidiendo pra venderlo .cuanto tiempo tengo pra desocupar..y que derechos tengo.
me atrase 3 meses con el arriendo y el propietario me le hecho candado y cadena a mi negocio que debo hacer ?
tengo un contrato por un año que se cumple el 30 de julio del 2019, y pago una póliza de seguro de arrendamiento que cumple en la misma fecha, el arrendatario me paso la carta con tres meses de terminacion del contrato cumpliendo hasta la fecha del contrato y no la renovación del mismo, el ahora me pide de uno a dos meses mas, porque no ha encontrado, que hago ahi, si no quiero que quede desamparado el apartamento sin poliza ya que estas son por un año , si le doy una prórroga por esos dos meses,puedo hacer con el un contrato de que si no se va en ese tiempo me pague una indemnización?
En este caso lo recomendable es un acta donde las partes dejen constancia que se hará una extensión de tiempo y que de no cumplirse con los acuerdos, podrá cobrarsele al inquilino la clausula penal
Hola Gladys. Tienes razón, quedaría desamparado el contrato. Habla con tu compañía aseguradora para ver si es posible una extensión de tiempo.
Tengo un matrimonio como inquilinos no les he dado recibo por mucho tiempo , la casa es un desastre parece bodega por dentro y por fuera , sucio el patio....yo tengo pegado a la casa que ellos ocupan una especie de suite el agua y medidor de luz ellos lo pagan pero yo quiero llegar a la suite como les digo q tambien necesito usar esos servicios de agua y luz ya q tengo coneccion de agua y luz de la casa q ellis arriendan , cuando voi a la suit no puedo prender la luz porque se ne hace delicado nunca me quedo la noche solo voi el dia como puedo decirles que necesito agua y luz ....como seria de arreglar ese asunto...gracias .. Saludos desde Ecuador.
Es un caso complejo que es mejor hablarlo para ampliar la información. Por favor ingresa a www.derechoinmobiliario.co/ Alli encontrarás la agenda de atención donde puedes escoger entre los días y horarios q se encuentren disponibles. Quedamos atentos a tu registro.
Si he tenido que hacer desalojo a un inquilino por incumplir el contrato de arrendamiento y quiero vender, me puede demandar, y otra pregunta puedo arrendar por tres meses sin problema?
hola Marthica. Puedes venderlo sin problema y puedes hacer contratos de arrendamiento inferiores a un año si la ley te lo permite. En Colombia y Mexico es posible.En españa el contrato mínimo son 5 años y en Argentina 3
Esta bueno
Y si tengo más de una de esos puntos.para sacar al inquilino. Como se saca al inquilino?
Buenos dias tengo una casa semi construida por ese .motivo no la he podido habitar dos vecinos lanzan basuras al patio de mi propiedad y otro tiene sus gallinas dentro de mi propiedad todo esto sin mi consentimiento hable con los tres y a pesar de ello contianuan botando basuras y tambien lo de las gallinas Aprecio su respuesta gracias
Hola. Esto es una perturbación a la propiedad. Debes presentar la respectiva acción ante la autoridad de Policia. Es probable que te exijan que construyas cerramiento para evitar que se vuelva a presentar.
Cómo inquilino le hice una oferta de compra de me dice que si pero después que le hicieron otra oferta.el arrendatario debe venderme a mí llevo 5 años alquilando el inmueble para uso comercial
Q hacer si mi inquilino no paga y no se quiere salir pero jamás hicimos contrato.!
Hola... debes dar inicio a un proceso de restitución. No importa que no tengas contrato escrito pues la ley posibilita hacer extrajuicios en notaria en donde se exprese que el contrato existe. Si necesitas ampliar la información te invito a que solicites una cita gratuita en los horarios habilitados a través de www.derechoinmobiliario.co/
Soy un inquilino ,el propietario no me hace el nuevo alquiler ya han pasado mas de 4 meses y me parece que no van hacer , que hago, tengo como inquilino 18 meses
El contrato de arrendamiento verbal es válido
Buenos días yo tomé un local comercial en arriendo para una sala de belleza con un contrato a un año con una cláusula de incumplimiento de dos cánones de arriendo pero llevo 6 meses y no me está dando rentabilidad estoy al día con mis obligaciones pero no puedo seguí más con el local porque no me está dando ni para pagar el arriendo estoy obligada a pagar la cláusula
Hola Marisol... Lamentablemente es necesario pagarla.
Necesito saber si es causal para pedirle a un inquilino que lleba 3 meses de vivir peto dejo cortar los servicios
Hola.... es justa causa y debes invocar el artículo 22 de la Ley 820 de 2003: 2. La no cancelación de los servicios públicos, que cause la desconexión o pérdida del servicio, o el pago de las expensas comunes cuando su pago estuviere a cargo del arrendatario.
UNA PREGUNTA : EN EL VIDEO HABLÓ DE LOCAL COMERCIAL, COMO PEDIR AL INQUILINO QUE SE VALLA . PERO SI EN VEZ DE LOCAL COMERCIAL ES UNA CASA . APLICA LO MISMO??....GRACIAS
Te dejo el enlace del video que aborda este tema en vivienda ua-cam.com/video/mR12Y2dZyHg/v-deo.html
No Rudolfo no es lo mismo,los contratos para alquiler de casa para vivienda estan regulados por la ley 820 de 3 de junio. De 2010 mientras el arrendo comercial tiene un manejo diferente,para el preaviso de vivienda son no menor de tres meses,y el comercial son seis
Pero para que sacarlo, si puede ser un buen negocio para el próximo dueño?
Claro!!!! el problema es que el próximo dueño lo requiera para ocuparlo inmediatamente.
Yo no pretendo no pagar es mi negocio y de aquí dependo pero me llama mucho la atención q el día 15 y de casualidad no completo me corre nunca se me an juntado dos rentas
Por lo general el propietario le toca pagar una indemnización de daños y perjuicios al inquilino para que le desocupe el local.
El inquilino puede aceptar el dinero que le paguen para que desocupe.
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En que PAIS estas?
Hola. Este video se hizo con leyes Colombianas. Pronto haré videos para otros paises
Y sino tengo contrato d arrendamiento tengo ya 9 años y mi casera me presiona mucho para el pago de la renta me toca cada 15 y si no le llegase a pagar me corre
Si tienes contrato de arrendamiento pero es verbal, ello no tiene problema, es igual de válido. Si no pagas la renta es posible que te inicien un proceso de desalojo
👏👏👏
Hola sr abogado, yo tengo en este momento un problema o no se que hacer, por favor me ayude se lo agradecería mucho, yo pago arriendo hace 4 años y medio, vivo en propiedad horizontal, en segundo piso y este edifico son 4 pisos un apartamento por piso y en el ultimo vive hace por ahí tres años el hijo de la dueña de los apartamentos, el sr cuando vino a vivir aquí en el apartamento con su esposa y bb, ellos no fueron muy amables conmigo son personas depotas groseras maleducadas, hasta el punto de el sr tratarme ami que cuando nos encontrábamos por las escalas el al pasar me estrujaba Y no fue una ves varias veces lo hizo tanto así que ni respetaba cuando yo subía con mi bb de brazos llegándose el problema tanto así Que hace dos años no aguante y le conteste de algo se que me dijo el y yo lo trate de marica por que el me dijo ese apartamento donde usted vive ese es mio y yo se lo pido cuando ami se me de la gana, le respondi yo diciéndole aquí hay un contrato con su mama y se paga un arriendo de 540mil pesos y usted no me puede sacar cuando usted dele de la gana y en ese momento llego la mama y el hijo le dijo mama nesecito que saque a esta señora de aquí como sea, entonces la señora Janet dueña del edificio donde vivo me dijo alterada si doña betty desocupe, y le dije yo que pena yo por ley no puedo así por que si yo no estoy incumpliendo solo por que a su hijo no le caigo bien y por que no me deje ya de que me siguiera tratando mal, entonces vallase no yo aquí me quedo y buscare tengo tres meses y si no encuentro y ustedes no me reciben el dinero de la renta pues la consigno en el banco y los dos se quedaron callados, sr abogado aquí somos 6 personas viviendo somos mi esposo cuantro hijos uno de 16 años otra de 15 años el otro de 14 y la bb que tiene ahora 4 años y yo no es fácil encontrar una vivienda y mas como están de costosas aquí en medellin y yo hago arreglo de costuras aquí en mi casa y tengo buenos clientes y tambiem es parte de nuestro sustento, mi esposo trabaja de guarda de seguridad el es callado no se mete en nada opina solo cuando le comente el problema, ellos después de ese problema ya me ha salido la dueña con bobadas para sacarme de aquí y las familias que viven en los otros pisos solo por el chisme del hijo de la dueña también quieren que me valla de aquí solo por que mi presencia les molesta y eso que no los veo mucho puede pasar para verlos yo de frente hasta meses por que como le dije yo mantengo trabajando es las maquinas mas cuatro hijos y esposo no me queda tiempo de verlos ellos me tienen rabia, ahora ya la dueña me salio con otra cosa el 5 de octubre de 2019 le pague la renta y me dijo doña betty donde yo vivo un inquilina se va a pasar para que usted se venga para este edificio por que mi hijo donde esta ya esta muy estrecho y necesita el apartamento, entonces que cuando la. Sra se valla yo. Me voy para ese apartamento, ahora mi preocupación es que hago ellos me quieren sacar de aquí como sea no se si me harán una judía y me voy de aquí para la otra casa y me salgan con otra cosa y resulto yo con mi familia de aya para ca, si lee mi problema sr abogado le doy mil gracias por su tiempo y atención espero su ayuda muchas gracias Dios lo bendiga
Hola buen día, tengo un incoveniente debido a que tengo un inmueble arrendado, siendo yo el arrendatario, llevo 11 años con mi negocio, ya está muy bien acreditado y hace tres meses me notificaron que debía desocupar ya que el inmueble lo van a vender, no sé que hacer. Es posible un número de contacto o de qué manera nos podemos contactar para una asesoría. Gracias
Con gusto. Por favor ingresa a www.derechoinmobiliario.co/ alli están los dias y horarios para atención
Con gusto.... puedes contactarme a través de www.derechoinmobiliario.co/
Docor, osea, que nunca se puede pedir el local
Hola, @marthazamudioforero903! No es que nunca se pueda pedir el local, pero dependerá del tipo de contrato de arrendamiento y las condiciones pactadas. Si el contrato ha vencido o si hay alguna causa de incumplimiento, como falta de pago, tienes el derecho de solicitar la restitución del inmueble.
Lo importante es seguir el procedimiento legal adecuado para evitar problemas. Si necesitas orientación específica sobre cómo hacerlo, contáctame por WhatsApp al +57 324 6135995, y con gusto te guiaré paso a paso. ¡Saludos!
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Y q pasa si el inquilino lleva 20 meses???
En este caso puedes pedirle el inmueble sin tener que explicar la razón ni mencionar que lo vas a vender.
Las leyes de este mundo,cada día son más estúpidas.
Si una alquila la casa y cada año le elabora un contrato es valido
Si te gusta cambiar contratos anualmente no hay problema, pero con uno que se renueve es suficiente.
Y cuando el inquilino lleva más de dos años pidiéndole el immueble
Cuando le vienes pidiendo el inmueble al inquilino y no desocupa lo mas aconsejable es no demorar el inicio del proceso de restitución.
hola doctor, yo tengo una casa con local arrendadado desde el 2015 y el señor q me tomó en arriendo le transfirió a otro con mi consentimiento pero no se ha hecho nuevo contrato con el inquilino actual yo vivo en Bogotá y la casa es en barrancabermeja , el señor siempre es muy puntual con la consignación . el asunto es q no me ha salido escritura de la casa y yo estoy esperando a q me salga escritura para poderla vender por q mi deseo es co.prar en Bogotá , como puedo hacer cuando me salga la escritura para poder vender el señor siempre ha cido muy cumplido pero quiero tener mi casa en Bogotá y esa es mi base para comprar gracias por su atencion
Hola Blanquita. No entiendo tu caso. Por favor solicita una consulta en www.derechoinmobiliario.co
Blanquita Perez Muy sencillo ofrézcale la venta del inmueble a el nuevo inquilino tal vez se interese en comprarla si le está llenado bien. Y le aclara usted su deceo de venta en cuanto reciba su escritura. Mientras tanto el puede solicitar un préstamo en caso de no contar con el dinero suficiente y estar interesado en adquirir el inmueble. O tambien puede ir buscando otro lugar en caso de no estar interesado. Pero así está sobre avisado con tiempo. Pero claro consúltelo directamente con el Dr Licenciado que es experto en el tema Lo mío es sólo un consejo , una suposición mía. Bendiciones y suerte que le salga pronto su escritura y lleguen a buen término sus deceos de adquirir casa en Bogotá y también el nuevo inquilino tenga buena opción. Bendiciones para usted y para su nuevo inquilino.
Y por qué yo ya me voy a vivir a mi casa
Me parese, esta muy a favor, de los propietarios.
aaaooommm.... hay otras normas que estan muy a favor de los inquilinos. Además... tu que al parecer eres inquilino acabas de aprender par cuando te toque. Esa es la ventaja de los videos, aprenden ambos.
Me desocupa o hay tres alternativas
1 bala
2 le sacó todo afuera
3 bala y le sacó todo afuera
Eso de más ,o ,menos de 2años ,ni se entiende,diga 2años más 1dia o 2 años menos 1dia porque a los 2 anos EXACTOS es que se da la disyuntiva
Hola Mario. Lamento que no haya sido lo suficientemente claro aprecio el tiempo q te tomas para buscar ampliar la información. Aquí te dejo el texto EXACTO: código de comercio ARTÍCULO 518. DERECHO DE RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. El empresario que a título de arrendamiento haya ocupado no menos de dos años consecutivos un inmueble con un mismo establecimiento de comercio, tendrá derecho a la renovación del contrato al vencimiento del mismo,
Derecho Inmobiliario Pero al estar ya vencido el contrato, el dueño está obligado a renovar el contrato? O puede pedir el inmueble para ocuparlo el mismo o algún hijo/ hija ? Gracias Dr . Bendiciónes para usted.
Puedes mandar un contrato de comercio por favor
No tengo modelos pero agradezco el interés
JAJAJAJAJA... ESTO NUNCA FUNCIONA ASI.. ESE DERECHO PUEDE DURAR MUCHISIMO TIEMPO