DEBIDO PROCESO #8 | Lo que debes saber de la nueva ley de crianza

Поділитися
Вставка
  • Опубліковано 24 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 7

  • @felipejoya7897
    @felipejoya7897 Місяць тому

    Excelente entrevista. Muchas gracias.

  • @vajsas8105
    @vajsas8105 2 місяці тому

    Gracias Dr. Bejarano, excelentes invitados!! Saludos

  • @hectorpoveda1681
    @hectorpoveda1681 2 місяці тому

    Excelente análisis del Dr Buitrago

  • @lanodelareina1993
    @lanodelareina1993 2 місяці тому

    Aprovecho la ocasión para pedirle al Dr. Bejarano que retome su canal de you tube el Profesor Bejarano. Este canal es muy interesante y didáctico.

  • @estebanbocachica8276
    @estebanbocachica8276 2 місяці тому

    Excelente capitulo.

  • @martinrivera9603
    @martinrivera9603 2 місяці тому

    En mi humilde criterio, los arts. 5 de la ley 2388 y 21 num. 21 de la ley 1564 de 2012, dejan intactos los dos procedimientos: el reconocimiento voluntario del hijo de crianza (llamado declaración voluntaria) que hacen los padres de crianza y la investigación de paternidad de crianza (aquí llamada "conocimiento" o posesión notoria) que adelanta el presunto hijo de crianza a quien, además, no podría cercenárse el ppio de acceso a la justicia... Muchas preguntas. Excelentes panelistas, excelente podcats👍

  • @adrianayolandaortizcastane5678
    @adrianayolandaortizcastane5678 2 місяці тому

    Con la posición de la Ley es una gran dificultad tener una doble filiación... así sea con una anotación el Registro Civil de Nacimiento del menor.