Disculpa pero entre las funciones del Ayuntamiento de aprobar la plantilla de personal, esta plantilla incluye las personas que están trabajando para el Ayuntamiento o se refiere a las plazas que aprueba el Ayuntamiento tanto estén ocupadas como no ocupadas por trabajador? Gracias y buen video!
@Opositalocal y sabe en qué afecta la aprobación de dicha plantilla a la función del alcalde de aprobar la Oferta de Empleo Público? Es decir, el alcalde está limitado a las plazas vacantes que hay en la plantilla de personal a efectos de aprobar la oferta? Gracias
Me encanta como explicas, muchísims gracias por tu trabajo. Me he metido en tu canal y no localizo el video anterior, lo busco como tema 9.1.¿ Se llama así?
Gracias Virginia, en abierto no están todos los temas, los de local los puedes ver por suscripción al canal o si quieres tener acceso a vídeos, fichas, test y casos prácticos los puedes encontrar en nuestra web www.opositalocal.es
Sobre el articulo 9.3 de la ley 40/15, me podría poner algún ejemplo de cuando se publican las delegaciones o revocaciones en uno u otro boletín oficial? Muchas gracias de antemano y felicitarle por su gran trabajo!
Hola, la publicación en cada boletín dependerá de la administración, le adjunto ejemplo de una delegación del estado www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-2527 saludos
Hola, si "las comisiones informativas" no son parte de la organización básica de los Ayuntamientos, es complementario necesario en caso de que se de uno de los requisitos del artículo 20.1c) de la ley de bases de régimen. Habrá Ayuntamientos que no tienen "comisiones informativas". ¿Quién realiza los dictámenes de las propuestas que tienen que ir al pleno, en los Ayuntamientos que tienen menos de 5.000 habitantes; o que su Reglamento Orgánico no diga nada; o no diga nada el Pleno; ni la legislación autonómica dice nada al respecto? Creo que deberían ser necesarias siempre. O algo no tengo en cuenta. Saludos.
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Me encanta lo claro que explica este hombre. Es de gran ayuda. Me ha sido muy útil. Muchísimas gracias
En concejo abierto,,,dos del mismo partido 32 votos, el tercero 31, todos kieren ser alcalde...kien lo será?....gracias
Muchas gracias por la explicación. Qué bien lo haces y cómo remarcas lo importante! Gracias!!!
Moltes gràcies, molt clares les explicacions.
Disculpa pero entre las funciones del Ayuntamiento de aprobar la plantilla de personal, esta plantilla incluye las personas que están trabajando para el Ayuntamiento o se refiere a las plazas que aprueba el Ayuntamiento tanto estén ocupadas como no ocupadas por trabajador? Gracias y buen video!
@@adrianmartinezrodrigo6466 la plantilla recoge plazas, estén o no ocupadas
@Opositalocal vale muchas gracias!!
@Opositalocal y sabe en qué afecta la aprobación de dicha plantilla a la función del alcalde de aprobar la Oferta de Empleo Público? Es decir, el alcalde está limitado a las plazas vacantes que hay en la plantilla de personal a efectos de aprobar la oferta? Gracias
Claro, la plaza vacante debe ofertarse en ese año o si ya se aprobó en la siguiente OEP
Muchas gracias por estas clases
Otra cosita: las atribuciones no delegables del alcalde las puede ejercer el teniente de alcalde en caso de suplencia?
El teniente de alcalde, en cuanto que sustituye al alcalde, tiene las competencias del alcalde mientras dure la suplencia
saludos
Me encanta como explicas, muchísims gracias por tu trabajo. Me he metido en tu canal y no localizo el video anterior, lo busco como tema 9.1.¿ Se llama así?
Gracias Virginia, en abierto no están todos los temas, los de local los puedes ver por suscripción al canal o si quieres tener acceso a vídeos, fichas, test y casos prácticos los puedes encontrar en nuestra web www.opositalocal.es
Sobre el articulo 9.3 de la ley 40/15, me podría poner algún ejemplo de cuando se publican las delegaciones o revocaciones en uno u otro boletín oficial?
Muchas gracias de antemano y felicitarle por su gran trabajo!
Hola, la publicación en cada boletín dependerá de la administración, le adjunto ejemplo de una delegación del estado
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-2527
saludos
Hola, si "las comisiones informativas" no son parte de la organización básica de los Ayuntamientos, es complementario necesario en caso de que se de uno de los requisitos del artículo 20.1c) de la ley de bases de régimen. Habrá Ayuntamientos que no tienen "comisiones informativas". ¿Quién realiza los dictámenes de las propuestas que tienen que ir al pleno, en los Ayuntamientos que tienen menos de 5.000 habitantes; o que su Reglamento Orgánico no diga nada; o no diga nada el Pleno; ni la legislación autonómica dice nada al respecto? Creo que deberían ser necesarias siempre. O algo no tengo en cuenta. Saludos.
Hola, cuando no es obligatorio y no se ha deseado crearla por medio del ROM o acuerdo de pleno, entiendo que simplemente no se dictamina
La diputación?
De momento no, nos quedamos en el municipio