25 - Obligaciones extracontractuales // DIPr - 2P

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  • Опубліковано 13 гру 2024

КОМЕНТАРІ • 6

  • @aldo8887
    @aldo8887 7 років тому +2

    gracias por compartir

  • @GiuseppediSaronno
    @GiuseppediSaronno 5 років тому +1

    Jajajajaajaj .... ese bostezo en el min. 19.40 !!!!

  • @adrilopez2k
    @adrilopez2k 6 місяців тому

    Yo tengo una duda, en un accidente de circulación en la que se producen lesiones graves y por tanto se abre la vía penal, la competencia judicial internacional en la responsabilidad civil extracontractual se rige por el 7.2 o 7.3 del Reglamento Bruselas I bis? Esque ambos tienen sentido para la reclamación y no está nada claro. Yo entiendo que dependiendo cual sea el criterio se resolverá en 1 solo procedimiento si se sigue el 7.3 o en 2 mediante el 7.2

  • @adelaalonso1651
    @adelaalonso1651 3 роки тому

    no me ha quedado muy claro. en que casos se aplica el reglamento bruselas I refundido y en cuales roma II, hablando de obligaciones extracontractuales.
    entiendo que al principio del video decías que bruselas I refundido y despues roma II.... NO entiendo

  • @spanistheone
    @spanistheone 3 роки тому +1

    mlafo