Agradezco tu interés y me disculpo por atender tan tarde tu duda. Es una pregunta muy interesante, pues en las Leyes y Reglamentos aplicables a este tipo de entidad no se menciona como tal de dónde provienen los recursos para constituirlas. Sin embargo, los recursos están contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo que , conforme al Artículo 21, de la Ley de Planeación, "deberá elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la República, y su vigencia no excederá del período constitucional que le corresponda, aunque podrá contener consideraciones y proyecciones de más largo plazo. Su fundamento lo encuentras en el Artículo 26 Constitucional, así como la Ley de Planeación y los artículos 6 y 27 al 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Te porporciono el Link del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. En el se contempla la constitución de una entidad paraestatal denominada Grupo Aeroportuario, Ferroviario y de Servicios Auxiliares Olmeca-Maya-Mexica, S.A. de C.V. contemplada en el Plan Nacional de Desarrollo citado. www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/2019#gsc.tab=0 Y www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5649068&fecha=13/04/2022#gsc.tab=0 Espero haber resuelto tu duda. Recibe un cordial saludo.
Agradecemos muchísimo sus comentarios, así como el hecho de que nuestros videos son de tu agrado. Estaremos compartiéndoles nuevamente videos. Saludos.
y de dónde provienen los recursos para su funcionamiento?
Agradezco tu interés y me disculpo por atender tan tarde tu duda. Es una pregunta muy interesante, pues en las Leyes y Reglamentos aplicables a este tipo de entidad no se menciona como tal de dónde provienen los recursos para constituirlas.
Sin embargo, los recursos están contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo que , conforme al Artículo 21, de la Ley de Planeación, "deberá elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la República, y su vigencia no excederá del período constitucional que le corresponda, aunque podrá contener consideraciones y proyecciones de más largo plazo.
Su fundamento lo encuentras en el Artículo 26 Constitucional, así como la Ley de Planeación y los artículos 6 y 27 al 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Te porporciono el Link del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. En el se contempla la constitución de una entidad paraestatal denominada Grupo Aeroportuario, Ferroviario y de Servicios Auxiliares Olmeca-Maya-Mexica, S.A. de C.V. contemplada en el Plan Nacional de Desarrollo citado.
www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/2019#gsc.tab=0
Y
www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5649068&fecha=13/04/2022#gsc.tab=0
Espero haber resuelto tu duda. Recibe un cordial saludo.
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