VIDEO EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD | SEGURIDAD INMOBILIARIA, COMERCIAL Y PATRIMONIAL.

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  • Опубліковано 10 жов 2024
  • VIDEO EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD | SEGURIDAD INMOBILIARIA, COMERCIAL
    Hay una institución que garantiza la transparencia, seguridad y buen manejo del inventario inmobiliario y comercial a nivel nacional y para la protección de propietarios y el mismo gobierno de monumentos e inmuebles nacionales.
    El registr público por medio de las inscripciones que en ella se encuentran ofrece información de cuando se adquiere, transmite, modifica, grava extingue un dominio. Quien es el poseedor legal del inmueble y sus derechos reales.
    También en registro se incluyen las actas constituvas de empreas, asciaciones y sociedades en el territorio nacional.
    Se inscriben todos los actos jurídicos y administrativos de los inmuebles, los que acreditan su propiedad, su transferencia, modificación, y cualquier acto que modifique su situación.
    Te invito a conocer más del registro público.

КОМЕНТАРІ • 2

  • @Irma-ft7cy
    @Irma-ft7cy 3 місяці тому

    Estoy rentando un depto.
    Se puede quedar con el el inquilino ?
    ya tiene varios años viviendo ahí
    Le hago contrato
    según dicen con la nueva constitución van a poder darle la preferencia al inquilino que se adueñe del lugar donde vive solo pagando renta como pago del depto. Usted sabe algo de esto?

    • @ArtemisaSanchezInmueblesJuriq
      @ArtemisaSanchezInmueblesJuriq  3 місяці тому

      Irma, buenas tardes, muchas gracias por su pregunta. Le contesto segùn lo que yo sè hasta ahora. El codigo civil actual en el capitulo de arrendamiento establece de forma clara las obligaciones de las partes. Esto quiere decir que si usted tiene un contrato de arrendamiento usted tecnicamente està protegida, (espero no sea un machote de papeleria) y si està hecho por profesionales en materia de arrendamiento y a la medida de las necesidades del usted y de su inmueble y del inquilino tambièn no debe tener miedo. El rentar un inmueble no le da la propiedad a su inquilino SALVO QUE ÈL PAGUE PREDIAL y asì demuestre que ya ha creado derechos aunque para esto tendra que llevarse a cabo un juicio en el que usted puede defender sus derechos. Actualmente se escuchan, leen y se dicen muchas cosas, realmente no hay nada hasta que se haga una modificaciòn en la constituciòn. Le recomiendo para cuando se venza su contrato se auxilie de personas especializadas en arrendamiento para que usted estè màs tranquila, verifique las garantias que le ha dejado su inquilino. Pague el impuesto que es bien bajo en arrendamiento y asì usted està cumpliendo con sus obligaciones y no tendrà problema. Hable con un contador y puede darse de alta por el règimen de confianza y solo pagar el 1% del valor de arrendamiento suponiendo se rente en 10 000 paga 100 pesos de impuesto, algo totalmente simbòlico y asì demostrar que usted cumple con su parte y ademàs protegerse de la ley de extinciòn de dominio, que ese si debe preocuparle. Le dejo el link,. Cuidese mucho y estoy para cualquier duda que tenga. Saludos. ua-cam.com/video/k1xOqjSqNGQ/v-deo.html