El silencio administrativo

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  • Опубліковано 21 лис 2024

КОМЕНТАРІ • 117

  • @AnaMoreno-mp1rg
    @AnaMoreno-mp1rg 9 місяців тому +20

    Eres la única persona en este mundo de las oposiciones que explica claro, conciso, y con ejemplos. No como la mayoría que se ponen a leer literalmente la ley. Gracias de verdad, nos ayudas demasiado.

  • @helenavillar8157
    @helenavillar8157 7 місяців тому

    Eres el único profesor que he encontrado con el que me puedo meter en el tema y no dormirme!!! MUCHÍSIMAS GRACIAS DE VERDAD POR TU INESTIMABLE AYUDA!!!

  • @abundanciaprosperidadyriqueza
    @abundanciaprosperidadyriqueza Рік тому +2

    Muchísimas gracias por tu ayuda e interés, Manuel y por dedicarnos tu tiempo para hacernos más comprensible todos estos temas. Un abrazo cordial!!!.

  • @juanagordilofuentes3448
    @juanagordilofuentes3448 2 місяці тому

    Al fin lo he llegado a comprender con tu explicación jjjj no veas que alivio después de repasarlo tanto y tanto nunca me llegaba a enterar hasta ahora contigo 😅, muchísimas gracias🙏

  • @rx6171
    @rx6171 Рік тому +1

    Muy buena explicación, sobre todo por los ejemplos! Genial para refrescar este concepto!

  • @azulmimundo8847
    @azulmimundo8847 Рік тому

    Buenísima explicación Manuel, como ya nos tienes acostumbrados. Clarísimo me ha quedado. Único e irrepetible🙏

  • @lucecu75
    @lucecu75 7 місяців тому

    Que gustazo da aprender así. Las mejores explicaciones que he encontrado. Millon de graciñas.

  • @javigomfra
    @javigomfra 3 місяці тому

    Muchas gracias Manuel. Por fin alguien habla claro sobre este tema. Muy bien por la ayuda.

  • @jenigrig3500
    @jenigrig3500 7 місяців тому +3

    Vaya, yo flipé como he podido entender algo que llevo meses intentando hacer diferencia entre sil. estimativo u sil. desestimativo, ole tu ,gracias por existir y querer compartir con nosotros todo esto, un profe como tu, hay poco ,, eee,, con tus ejemplos y facilidad de explicar algo que es didicil, la verdad que da gusto la opo ,mil gracias.

  • @pukimukicuchi
    @pukimukicuchi Рік тому

    Gracias Manuel! Explicas mejor que la mayoría de los docentes y profes que he tenido en mis estudios oficiales. Y ahora es cuando todos entendemos y amamos el silencio 😅.

  • @madahoyos5628
    @madahoyos5628 6 місяців тому

    Manuel, muchísimas gracias. Lo difícil lo haces fácil. Maravilloso!! Lo dicho😊

  • @isa8816
    @isa8816 5 місяців тому

    Muchas gracias Manuel por tus claras explicaciones. Estoy encantada de haberte descubierto. Eres un crak!!! 🙌🙌🙌🙌

  • @nuriacorbi1860
    @nuriacorbi1860 Рік тому

    Gracias por el video. Finalmente lo hiciste del que pedí. Aprovecho para agradecerte tu labor.

  • @martaperezgil2859
    @martaperezgil2859 4 місяці тому

    Por fin entiendo el silencio administrativo q me tenía loca!!! Mil gracias!!!

  • @susanagarridogarrido6883
    @susanagarridogarrido6883 3 місяці тому

    Muy buena la explicación 👏👏👏, enhorabuena, muchas gracias

  • @rakelruiz2866
    @rakelruiz2866 Рік тому

    Mil gracias Manuel por el repaso y los ejemplos!!.

  • @sofiabetettaramirez6665
    @sofiabetettaramirez6665 10 місяців тому

    gracias!! tus videos me ayudan en la carrera

  • @silviavilar7919
    @silviavilar7919 Рік тому

    Gracias por explicar las leyes de forma fácil y clara.

  • @ethelf9361
    @ethelf9361 Рік тому +1

    Nunca viene mal repasar el silencio administrativo, gracias 😊

  • @susanagarridogarrido6883
    @susanagarridogarrido6883 Рік тому

    Los ejemplos son muy buenos 👍; muchas gracias Manuel

  • @esther4886
    @esther4886 Рік тому

    Uyyy que bueno repasar el dichoso silencio!!! muchas gracias Manuel!!!!!!

  • @VanesaJiménez-p4y
    @VanesaJiménez-p4y 3 місяці тому

    Lo explicas muy claro. Gracias

  • @mariajosebeationiz754
    @mariajosebeationiz754 8 місяців тому

    Muchas gracias! Hasta este vídeo no entendía cuál era la razón por la que existía el silencio administrativo.

  • @salirdearte
    @salirdearte 7 місяців тому

    muchas gracias por la explicación

  • @evamg4361
    @evamg4361 10 місяців тому

    Explicas genial! Muchas gracias

  • @el_buho_del_cafe
    @el_buho_del_cafe 4 місяці тому

    Muchas gracias, Manuel
    Muy útil el vídeo y explicación genial.
    PD: como va lo de las becas para opositores? xD

  • @fransevilla
    @fransevilla Рік тому

    Magistral explicación !!! 🙌

  • @Indomable2023
    @Indomable2023 Рік тому

    Gracias buen hombre

  • @josevenegallego2223
    @josevenegallego2223 Місяць тому

    Muchísimas gracias Manuel. Me alegra haberte encontrado en youtube. Sólo una preguntilla que no he pillado: en la iniciación de un procedimiento sancionador (perjudicial) de oficio, dices que si transcurre el plazo y no contestan, que caduca, pero entiendo que contestan si tu interpones un recurso de alzada o de reposición por ejemplo ¿no? porque no tiene sentido que la administración inicie un procedimiento y resuelva archivando. Posiblemente sea una pregunta estúpida, pero quiero tenerlo claro. Muchas gracias de nuevo.

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  28 днів тому

      Hola! sobre lo que comentas, si el sancionador caduca no tendría sentido que interpongas tu el recurso, por lo que esa posibilidad que planteas no se da en la práctica; el hecho de que se inicie un procedimiento y termine por caducar es relativamente habitual, ya que la administración no suele tomarse muy en serio el tema de los plazos... saludos!

    • @josevenegallego2223
      @josevenegallego2223 25 днів тому

      @@Leyesparaoposiciones Te pondré un ejemplo: Me notifican un proc. sancionador indicándome importe de sanción y plazo voluntario de pago, así como plazo para formular alegaciones. Claro... si yo formulo alegaciones y no contestan, supongo que caducará, pero si no formulo alegaciones eso no caduca, al contrario, supongo que recibiré otra notificación indicándome que debo pagar el principal mas un recargo ¿En que estoy equivocado Manuel?. Gracias.

  • @magdaoviedo
    @magdaoviedo 7 місяців тому

    Muchas gracias por tus explicaciones, pero hay una duda que me trae loca.¿me podrías poner un ejemplo en el supuesto del art.25.1a? o sea que los interesados pueden ver desestimadas sus pretensiones por silencio en aquellos procedimientos que pudieran derivarse situaciones favorables .... a los interesados y que se hayan iniciado de oficio. No soy capaz de entenderlo sin un ejemplo. Por lo demás gracias a tí por fin he entendido el embrollo de la obligación de resolver o los silencios administrativos. saludos.

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  6 місяців тому

      De nada! sobre lo que comentas, puede ser una responsabilidad patrimonial que se inicie de oficio. Saludos!

  • @josefinataboada7784
    @josefinataboada7784 Рік тому

    Un millón de graciassss!

  • @joseluislanchobernal5761
    @joseluislanchobernal5761 Рік тому

    Gracias Manuel

  • @idadcooperativa2281
    @idadcooperativa2281 11 місяців тому +1

    Gracias por la explicación, pero me genera la siguiente duda: por el minuto 8:55, comentas que al interponer un recurso de alzada, das por hecho que es iniciado a solicitud del interesado, pero se podría interponer un recurso de alzada frente a un procedimiento iniciado de oficio. En ese caso: ¿también sería desestimado el recurso, pero el recurso es desestimado ya que provoca un reconocimiento de derechos o situaciones jurídicas favorables? ¿Ando en lo cierto o estoy un poco perdido? Muchas gracias por tus videos y contenidos, son geniales

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  11 місяців тому

      Hola! sobre los recursos, son siempre desestimatorios según el art 24, salvo el caso del alzada doble negativo. Saludos

  • @martaelea2498
    @martaelea2498 8 місяців тому

    ¡Buenísimo!

  • @albertoherraiz6126
    @albertoherraiz6126 9 місяців тому

    Muy bueno, pero una puntualización en el caso de iniciación a solicitud del interesado la norma general dice que es estimatorio y todas las excepciones son desestimatorias ante silencio administrativo, frente a ello se puede interponer un recurso de alzada que en caso que la administración no resuelva en plazo se entendería estimatorio ( que no 7 8 9 meses ni cuando quiera ). Excepto para determinadas materias que puntualiza el art 24.1 de la ley 39. Para todos los demás casos será estimatorio incluso siendo excepción a la regla general en caso de silencio administrativo frente al recurso de alzada. Corrígeme si me equivoco. Un saludo

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  9 місяців тому

      Hola Alberto; no entiendo bien lo que explicas, pero el único supuesto en el que hay silencio positivo en el recurso de alzada es cuando ya tuviste silencio negativo en el procedimiento ordinario y. vuelves a tener silencio en el recurso, (y siempre que no se refiera a las materias enumeradas en el 24.1 2º párrafo). Saludos

    • @albertoherraiz6126
      @albertoherraiz6126 9 місяців тому +1

      Muchas gracias por contestar. Vale ya lo he entendido me había hecho un lio. Gracias! @@Leyesparaoposiciones

  • @Flor-eg9xb
    @Flor-eg9xb Рік тому

    Eres ÚNICO 🫶🏻

  • @javigomfra
    @javigomfra 3 місяці тому

    Manuel yo estoy renovando mi residencia con visa no lucrativa. Tienen un tiempo de resolucion de 3 meses, y ya se cumplieron la semana pasada. Segun entiendo ya por silencio administrativo esta concedida? Que sigue? Lo de las huellas para la nueva TIE que documento demuestra este silencio administrativo. Gracias por la información.

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  3 місяці тому

      Sin conocer el procedimiento, diría que el silencio es desestimatorio, por lo que toca seguir esperando, lo siento

  • @bellanatura7047
    @bellanatura7047 7 місяців тому

    Excelente explicación. Una consulta yo presente la declaración renta 2022 el 5 junio 2023 dentro del plazo y en febrero 2024 me enviaron para q rellene una solicitud de oficio porque me pedían documentos q ya los había presentado se hizo el procedimiento y hasta la fecha no me han dicho nada, como se cuando caduca este procedimiento de oficio? porque me tienen q devolver dinero y no me conviene perderlo

  • @evapiris9172
    @evapiris9172 8 місяців тому

    Que maravilla!!!!

  • @estiterravenus7587
    @estiterravenus7587 7 місяців тому

    Gracias

  • @Amitaf4
    @Amitaf4 7 місяців тому

    Gracias por este vídeo, porque no entendía el silencio nunca. Mil gracias. Tengo una duda que no sé si alguien me puede ayudar.
    Pregunta: En los casos de desestimación, por silencio administrativo, de las solicitudes de los interesados en los procedimientos iniciados por éstos, la obligación de dictar resolución expresa a que se refiere el artículo 21.1 de la LCACAP:
    a) Está vinculada por el sentido del silencio
    b) Se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio
    c) Desaparece
    d) Ninguna es verdadera
    Es la B, pero no lo entiendo muy bien.

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  7 місяців тому

      De nada! Lo que significa es que cuando resuelvas fuera de plazo lo harás según corresponda por la información que haya en el expediente, y sin tener en cuenta que el silencio haya sido negativo

  • @MartaAbellanLucas
    @MartaAbellanLucas 8 місяців тому

    Gracias por tu ayuda! Una duda: a que se refiere el regimen del silencio administrativo?? Es el articulo 24 tal cual o algo diferente ? Gracias!

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  7 місяців тому

      Hola! sobre lo que comentas, en principio serían los artículos del 21 al 25. Saludos!

  • @MartaAbellanLucas
    @MartaAbellanLucas 8 місяців тому

    Gracias por tu ayuda! Una duda: a qué se refiere el régimen del silencio administrativo?? Es el artículo 24 y ya está ? Gracias!

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  7 місяців тому

      Hola! sobre lo que comentas, en principio serían los artículos del 21 al 25. Saludos!

  • @MartaAbellanLucas
    @MartaAbellanLucas 7 місяців тому

    Buenas! otra preguntilla sobre esta ley: en que articulos encuentro lo que se refiere al principio de conservacion del acto administrativo?? mil gracias por tu ayuda, saludos!

  • @teresahuesa
    @teresahuesa 7 місяців тому

    Muchas gracias descodificar esta Ley! 😆

  • @amparom.m.1845
    @amparom.m.1845 7 місяців тому +1

    Hola Manuel, una duda muy muy tonta pero que me está volviendo loca, si el plazo para resolver y notificar finaliza el día 2, ¿cuando se entiende que el silencio es estimatorio o desestimatorio?, el mismo día 2 o seria el siguiente, día 3. Gracias de antemano

    • @africaduransaez5063
      @africaduransaez5063 7 місяців тому

      Buena pregunta, yo tengo tb esa duda xq hay diversidad de opiniones y al final me he quedado con la idea de que el mismo día que termina el plazo para resolver sería el día que se produce el silencio. En el caso que tu dices, sería el día 2. A ver que dice Manuel. Muchas gracias!

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  6 місяців тому

      Hola! si el 2 aún se puede resolver, entonces el silencio es a partir del día 3. Saludos!

  • @valentinaspositoo
    @valentinaspositoo 5 місяців тому

    En el caso de que un funcionario pida excedencia y haya un silencio administrativo, se da por estimatorio porque hay un derecho que lo avala ?

  • @hellens.s.9382
    @hellens.s.9382 Рік тому

    Muy buena explicacion!!
    Me puedes asesorar en un caso particular d dependencia x favor? 🙏 Mi padre tiene resolucion favorable grado 3 despues d haber esperado un año y 6 meses a q resolvieran, pero como me voy a poner como cuidadora no profesional me dijeron q cuando vinieran a hacer el PIA lo comentara... Pues bueno llevo un año esperando x eso... En total 2 años y 6 meses desde q lo solicité...Y me dicen q tengo q seguir esperando... Puedo interponer un recurso d alzada para reclamar esto del PIA?
    Agradeceria MUCHO tu respuesta. Escribo desde Canarias. Gracias!!

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  Рік тому

      Hola! al ser una competencia autonómica, ni se exactamente la regulación que teneis en Canarias, pero en Galicia el plazo para resolver son 6 meses, y a partir de ahí se puede poner ya el recurso de alzada, por lo que supongo que en Canarias ocurrirá lo mismo. Saludos!

  • @esterestreleta
    @esterestreleta Рік тому

    Gracias Manuel! A mi lo que más me cuesta es el cómputo de plazos en el silencio. A partir de qué día. Un abrazo !

  • @madelmarcobos2547
    @madelmarcobos2547 7 місяців тому

    En transparencia el silencio es estimatorio, por lo menos en catalunya

  • @winniesan
    @winniesan 7 місяців тому

    Y si después de un silencio desestimatorio se interpone recurso y tampoco se resuelve y se produce otro silencio, se convertirá en estimada, no? - + - = +

    • @Leyesparaoposiciones
      @Leyesparaoposiciones  7 місяців тому +1

      Eso solo aplica para el de alzada :"...cuando el recurso de alzada se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo, se entenderá estimado el mismo si, llegado el plazo de resolución, el órgano administrativo competente no dictase y notificase resolución expresa, siempre que no se refiera a las materias enumeradas en el párrafo anterior de este apartado" art 23.1. Saludos

  • @danielcasas6972
    @danielcasas6972 6 місяців тому

    Eres un maquinaaa brooo explicas de p... m.....

  • @carmen9202
    @carmen9202 10 місяців тому

    😅😅😅

  • @SaraMillán-c6d
    @SaraMillán-c6d 9 місяців тому

    eres trabajador social?😮