Es el primer vídeo que veo tuyo y me ha encantado, voy a verlos todos. Relacionas los artículos, pones ejemplos, en definitiva me has resuelto muchas dudas. Muchísimas gracias
Hola Paula, que maravilla haberte encontrado. Me has dado la vida. Contigo puedo entender de una forma mucho más clara la dichosa Ley39. Voy a ver todos tus vídeos, me encanta como explicas. Mil gracias.
Ya se que no es un video de maneras de estudiar o consejos, pero queria decirte que estoy opositando y no tengo nada de ganas de estudiar. No paro de procrastinar, cualquier cosa es buena para no estudiar y no se que hacer. Gracias por tu video como siempre.
A veces hay que obligarse aunque cueste. Si esperas el momento en el que te apetezca como tal, nunca vas a empezar. Y coger rutina cuesta, pero cuando la cojas, cuando estes durante un tiempo obligándote con un turno de estudio como si fuera un trabajo, te irá costando menos, porque lo habrás cogido como parte de tu rutina y de tu dia a dia
No sabes como me has ayudado!!! Me encanta el Derecho administrativo me encanta!!! gracias a tus videos y aunque pasen muchas semanas sin repasar la revisión, impugnación, recursos etc lo tengo tan interiorizado por tus videos y ejemplos como la chica del vestido rojo, que no se me olvida, es increíble!!! la importancia de un estudio desde la comprensión profunda para ayudar a la memoria. Por cierto y aunque no sea de administrativo los servicios mínimos de cualquier municipio con la batallita del cementerio ... transversalmente en muchos bloques me he montado mis batallitas que también me han ido fenomenal. Independientemente de que se percibe tu gran pasión por el derecho creo que tienes muchas aptitudes para transmitir y enseñar... gracias por tu trabajo !!!. PD: entre administraciones no cabe recurso noooo nooooo jajajaja me hace mucha gracia el enfasis con eso, primero requerimiento art 44 de la contencioso. Muchas Gracias. Un Saludo.
Muchísimas muchísimas gracias 🖤 Con estos mensajes merece la pena cada hora de trabajo. Me alegro mucho de que lo entiendas, siempre que subo un vídeo nuevo estoy nerviosa esperando a ver si lo he podido explicar bien 😊, así que muchas gracias, me hace muy feliz 😊❤️
Paula, he visto todos tus vídeos de la Ley 39/2015 y gracias a tus vídeos he aprobado Derecho Administrativo 1, me ha ayudado mucho tus explicaciones. MIL GRACIAS POR COMPARTIR TUS CONOCIMIENTOS.:)
Esta super bien explicado sigue subiendo video por favor. Me he enamorado de ti jajjaj Eres una fuente de conocimiento increible. Espero que ya estes dentro de la administración.
@@PaulaMateos me alegro un montón y enhorabuena, yo estoy preparandome la de gestión para la administración civil del Estado, y a pesar de que estudié Derecho y fui abogado hace años, me esta costando bastante recordarlo todo. Gracias de nuevo.
Muchas gracias por tus explicaciones y aclaraciones , el hecho de que relaciones unos artículos con otros me resuelven muchas dudas. Podrias continuar con los diferentes tramites ( inicio, instrucción y resolución)que comprende el procedimiento adtvo de la ley 39/2015? Saludos. y muchas graciassss de nuevo.
Muchísimas gracias por estos vídeos, me tiene loca esta norma, no tengo nociones básicas y me cuesta un poco. Mis oposiciones son de la rama de medio ambiente y mis estudios de ingeniería forestal, así que bastante pegada... menos mal que existen personas como tú :)
Waw, genial. Y gracias. Durante la carrera había preferido quedarme en la cama el día de esa clase (y de muchas otras 😅), pero acabas de hacerme una clase "particular" para recuperar eso. Gracias maestra 😁
Mucha gracias por el tiempo que te tomas en hacer los vídeos, vienen super bien para entender esos artículos más difíciles. En este vídeo me ha saltado muchísima publicidad, parecía una peli en telecinco jejej
Minuto 16:35 cuando estás explicando el doble silencio administrativo, indicas que el plazo para resolver y notificar el recurso de alzada se encuentra en al ART 112.3. Únicamente señalar a modo de corrección que el ART correcto es el 122.2. Gracias por tus videos.
Hola Paula, te acabo de descubrir por recomendación de una compañera y me esta ayudando mucho en el entendimiento de estos artículos tan complejos. ¿Podrás hacer la explicación de las fases del procedimiento? Sería muy interesante. Mil gracias.
Muchas gracias Paula, está siendo de mucha ayuda tu trabajo. P.D.: tengo muchas dudas (con todo), pero me gustaría pedirte si puedes explicarnos la descentralización y desconcentración. Un saludo y muchas gracias por todo.
Gracias por todos tus videos. Asumo que has aprobado y ya no puedes subir mas. Simplemente agradecertelo, y estaremos atentos por si subes algunos mas :) Gracias de nuevo
Si! me dieron la primera plaza en abril de 2018, y como tú dices no puedo subir más. Con mis oposiciones accedes directamente a la categoría A1, Nnivel 28
@@PaulaMateos enhorabuena en primer lugar! y ya solo por curiosidad, por qué no puedes subir más? es cuestión de tiempo o ese nivel tiene alguna restricción que te lo impida? me llamó la atención tu respuesta. mil gracias por los que ya habías subido :)
@@talvaza Hola! No, dentro de la carera administrativa, el grado más alto es A1 30 Yo estoy en A1 28, y va de dos en dos, es decir no hay grado 29, sino (habiendo más por debajo pero que eso ahora no es relevante) 26-28 y 30. Del nivel 28 al 30 no se sube por oposición, el nivel 30 son CARGOS DE LIBRE DESIGNACION, es decir, tener digamos un tinte político, no puedes subir por hacer una prueba o por tiempo. Quizá llegue algún día pero no puedes acceder por oposición directamente.
Buenas noches, es decir, cuando aplica el SAP la entidad publica ya no otorgan el respectivo documento o certificado al administrado??, solo se acredita con el cargo del documento presentado???
Hola Paula, me encanta tu canal me ayuda mucho para prepararme las opos ya que al no ir a academia a veces a nivel de ejemplos etc es dificil hacerse una idea. Quería preguntarte si puedes explicar en un video quizas que es eso del derecho de petición (con algún ejemplo práctico) referente al art.29 CE y que supone una excepcionalidad a la norma general del silencio admnistrativo positivo en procedimientos iniciados por el interesado.
Jo tengo una pregunta, en derecho spanol , tiene un único código administrativo ? Pois en Brazil el Derecho Administrativo no tiene una única codificacion, consiste en leys esparsas.
En materia administrativa tenemos bastantes leyes, esta es una de ellas, pero también está la ley 40/20155, la ley de contratos del sector publico, la ley de bases del régimen local, la ley del estatuto básico del empleado público...además de la normativa que en el ámbito de su competencia desarrollan las comunidades autónomas, en caso de Aragon ley de comarcalizacion, ley de la administración de la comunidad autónoma de Aragon... etc.
Buenos días, cuando se realiza un recurso potestativo de reposición, es decir, para que tipos de actos administrativos y el recurso de alzada para que tipo de actos administrativos se utiliza
Una consulta yo solicite la autorización de residencia no lucrativa para la búsqueda de empleo apoyandome en la INSTRUCCIONES DGM1/2018 de la SECRETARÍA GENERAL DE INMIGRACIÓN. Donde indica en el apartado : TERCERA: Procedimiento 1.Las solicitudes de esta autorización de residencia se presentarán por el estudiante, o por su representante,mediante medios electrónicos y serán dirigidas ala Delegación o Subdelegación del Gobierno enla provincia en la que vaya a residir que, en cualquier caso, será la competente para tramitar y resolver en el plazode 20 días. Si no se resuelve en plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo positivo. Este tramite lo hice por via telematica , mi duda es para pedir mi resolución debo hacerlo por via telematica tambien?
Gracias como siempre. Genial el vídeo!!. Me surgen dos dudas. Si el procedimiento se inicia de oficio, contaría la fecha de acuerdo iniciación (21.3 a) Si éste me lo notifican a los 5 días, cuándo empieza mi plazo? Desde acuerdo de inicio o notificación? Y si se inicia por solicitud del interesado, empezará cuando lo registre. Para el cómputo de plazos nos iremos al artículo 30? Contaríamos a partir del día siguiente de registrarlo por analogía con el artículo 30.3 o 30.4 al no haber notificación? Día siguiente como dice el 30 o mismo día que se registra como dice el 21? Muchas gracias
Respecto al cómputo de plazos, te recomiendo que veas los 3 vídeos que he subido sobre eso de momento (aun me queda por subir uno más), te explico detenidamente todo lo relativo a los plazos, es un poco largo de escribir vía mensaje :)
Lo que no tiene mucho sentido es que en el último párrafo del 24 diga que la administración expedirá el certificado en 15 días pero que el interesado lo puede pedir en cualquier momento.... Si es obligatorio que la administración responda ¿Para qué específica que se puede pedir en cualquier momento? 🤔
Me encanta como lo has explicado, justo eso que estoy preguntando has dicho que no tiene ningún misterio pero a mí me lía hasta la más simple palabra de cualquier ley.. 😅😅😅
@@PaulaMateos Ufff.. que me he leído todos los comentarios para ver si encontraba algo sobre éste maravilloso párrafo, pk vamos a ver, está claro que dice que tiene 15 días para expedir el certificado, luego el interesado lo puede pedir en cualquier momento.. hasta ahí bien, lo habéis dicho, pero luego dice que se computa el plazo indicado anteriormente y ahí es cuando me lio, :( pk imagino que se refiere al plazo de los 15 días, pero no entiendo o no le veo sentido, si el interesado va 2 o 3 días o una semana x ej. más tarde, el plazo cuenta desde ahí con lo cuál le puede llegar aún mas tarde, puede ser no? pk si de la otra manera son 15 días pero contados desde que expire el plazo máximo para resolver.. :( no sé si voy bien encaminada.. o es que a veces nos aturullamos en cositas q luego le vemos sentido.. Y mil gracias Paula por todos tus vídeos, aclaran mucho, explicas super bien.
Hola ,me llamo alexander y tengo en este país ya 4 años y yo he presentado por arraigo laboral y ha pasado 3 meses justo ahora en este mes y no estoy ni en el sistema ,¿si lo aplico me saldría negativo?
Hola, Paula. Hace 3 meses pedí la cesión de un espacio municipal en deshuso para ubicar la sede de una asociación cultural. A día de hoy no ha respondido el ayuntamiento. Como se interpreta eso? Muchas gracias.
Hola Paula !!! Te felicito por tus grandes videos con ejemplos! TENGO UNA PREGUNTA: has dicho que el silencio por defecto es positivo a solicitud del interesado,pero excepto cuando se ejercita el derecho de petición..ENTONCES,CUANDO SERIA UN EJEMPLO DE SILENCIO POSITIVO?? Ya que el interesado siempre pide algo,y si el derecho de petición es una excepción,quedando como silencio negativo,entonces cuando es derecho positivo?? Un ejemplo por favor.mil gracias
Sigo sin entender muy bien la diferencia entre ambos silencios, más bien, no entiendo en qué casos es si o si desestimatorio. Estoy intentando resolver un caso práctico pero no hay manera de entender si estoy ante un silencio administrativo positivo o negativo. Pues no entiendo muy bien si por ejemplo, un silencio ante una solicitud de autorización administrativa para actuar como ETT se puede considerar como una transferencia sobre facultades de dominio público o servicio publico y por lo tanto, desestimatorio?
Hola! Estoy encantada con tus vídeos. Por favor, podrías explicarme como estudias tu? Aparte de subrayar y demás... te lo lees varias veces? No hablo de cantar el tema ni los epígrafes. Del propio estudio. Lo lees varias veces hasta que pasas a otro tema? Muchísimas gracias
NO OBSTANTE, MI ENHORABUENA POR TU LABOR DESINTERESADA, NI EN LAS MEJORES ACADEMIAS NOS ENTERAMOS TAN BIEN, ERES UNA CRACK!!!👌🏼👌🏼👌🏼
Explicas muy bien, los ejemplos van fenomenal para entender la ley, nos ayudas un montón, no pares . Muchas gracias Paula
Gracias , es la primera vez que te veo y estoy feliz de haberte encontrado...👏👏👏🏅🏅
Muchas gracias!!
Es el primer vídeo que veo tuyo y me ha encantado, voy a verlos todos. Relacionas los artículos, pones ejemplos, en definitiva me has resuelto muchas dudas. Muchísimas gracias
Hola Paula, que maravilla haberte encontrado. Me has dado la vida. Contigo puedo entender de una forma mucho más clara la dichosa Ley39. Voy a ver todos tus vídeos, me encanta como explicas. Mil gracias.
Muchísimas gracias
Haberte descubierto me está ayudando mucho con esta dichosa ley.... ¡MUCHAS GRACIAS!
Mejor que nadie hasta ahora me lo han sabido explicar. Gracias
Ahora entiendo de verdad como funciona el silencio administrativo. Muy buen video! Lo mejor son los ejemplos, ayudan mucho. Gracias!
Me alegro :)
Ya se que no es un video de maneras de estudiar o consejos, pero queria decirte que estoy opositando y no tengo nada de ganas de estudiar. No paro de procrastinar, cualquier cosa es buena para no estudiar y no se que hacer. Gracias por tu video como siempre.
A veces hay que obligarse aunque cueste.
Si esperas el momento en el que te apetezca como tal, nunca vas a empezar.
Y coger rutina cuesta, pero cuando la cojas, cuando estes durante un tiempo obligándote con un turno de estudio como si fuera un trabajo, te irá costando menos, porque lo habrás cogido como parte de tu rutina y de tu dia a dia
Muchisimas gracias por tu respuesta. Videos pronto y nas seguido porfa. Graciasss
Sexy tu IHF y UGT ttygyy
No sabes como me has ayudado!!! Me encanta el Derecho administrativo me encanta!!! gracias a tus videos y aunque pasen muchas semanas sin repasar la revisión, impugnación, recursos etc lo tengo tan interiorizado por tus videos y ejemplos como la chica del vestido rojo, que no se me olvida, es increíble!!! la importancia de un estudio desde la comprensión profunda para ayudar a la memoria. Por cierto y aunque no sea de administrativo los servicios mínimos de cualquier municipio con la batallita del cementerio ... transversalmente en muchos bloques me he montado mis batallitas que también me han ido fenomenal. Independientemente de que se percibe tu gran pasión por el derecho creo que tienes muchas aptitudes para transmitir y enseñar... gracias por tu trabajo !!!. PD: entre administraciones no cabe recurso noooo nooooo jajajaja me hace mucha gracia el enfasis con eso, primero requerimiento art 44 de la contencioso. Muchas Gracias. Un Saludo.
Muchísimas muchísimas gracias 🖤
Con estos mensajes merece la pena cada hora de trabajo.
Me alegro mucho de que lo entiendas, siempre que subo un vídeo nuevo estoy nerviosa esperando a ver si lo he podido explicar bien 😊, así que muchas gracias, me hace muy feliz 😊❤️
Súper claro para alguien que no tiene la cabeza habituada a las leyes. Gracias Paula!
me alegro mucho!!
Tengo un examen e martes de esta asignatura, contigo estoy viendo la luz. Gracias por tu esfuerzo.
Wwewweeweeeeweweeewweeweweeweeeeewwweeeweeweeweeeweeweeweeweeweewweweeweeweeeeweeweweeeeewweeweeweeeeeeeeeweeeweeeweeweewweeeweeeeeweeweeeeeeweeeeeeweeeeee
Eedeeweeeeeeweeeeweeeeweweweeeweweweeeeeeeeweeeeeeweeeeeeeweeeweedweeeeeeeweeeeweeweeeeweeeeweeeeeeeeeeewweeeeeeeeeeeeweeeweeeewewweeeeeeweeweeeeeee
Gracias, gracias y gracias. Me quedan las cosas muy claras sobre todo con los ejemplos. Has sido todo un descubrimiento.
Me alegra mucho que te sirva :)
Eres supergraciosa y muy lista.
Gracias por ser tan generosa.
Paula, he visto todos tus vídeos de la Ley 39/2015 y gracias a tus vídeos he aprobado Derecho Administrativo 1, me ha ayudado mucho tus explicaciones. MIL GRACIAS POR COMPARTIR TUS CONOCIMIENTOS.:)
Me alegro de que te sirva!!
Muchísimas gracias por tu labor desinterasada,me has ayudado a entender el silencio administrativo, lo explicas genial.
Me alegro de que te sirva :)
Magnífica explicación. Muchísimas gracias de alguien que lleva opositando cerca de dieciocho años. Un abrazo.
Muchísimo ánimo!!
Muchísimas gracias, tenía atascados estos dos artículos. Voy a seguir viéndote, ¡lo explicas todo genial!
Gracias!! Mucho ánimo
Hace falta gente como tu, que explique tan bien y no se deje cosas en el tintero. Mil gracias por tus explicaciones!!
muchísimas gracias!!
Muy buenas explicaciones Paula. Haces muy comprensibles los artículos. Muy buen trabajo 👍🏻.
Muchas gracias :)
Esta super bien explicado sigue subiendo video por favor.
Me he enamorado de ti jajjaj
Eres una fuente de conocimiento increible.
Espero que ya estes dentro de la administración.
Holaaa me alegro de que te sirvan :)
Sii saqué la primera plaza en 2018, abogacía de la administración pública
@@PaulaMateos me alegro un montón y enhorabuena, yo estoy preparandome la de gestión para la administración civil del Estado, y a pesar de que estudié Derecho y fui abogado hace años, me esta costando bastante recordarlo todo.
Gracias de nuevo.
Muchas gracias, lo vi ayer en la academia y no me quedó muy claro, pero gracias a ti es mucho más fácil, enhorabuena por tú gran trabajo.
Que bien, me alegro mucho
Muchas gracias por tus videos, tus ejemplos me han ayudado a entender mucho mejor la ley 39/2015
Me alegro mucho :)
Gracias por tu tiempo y generosidad, eres única!
Mil gracias! No era capaz de entenderlo. Eres fantástica!!
muy bien paula !! Te xplicas muy bien !! te mereces que te mande un jamón !! graciaaas
jajaja
Muchas gracias por tus videos! No sabes todo lo que nos ayudas, de verdad!😊
Me ayudas muchísimo con los ejemplos...Muchas gracias Paula :)
Me alegro :)
Con tus explicaciones se hace todo más ameno y menos duro, mil gracias! 😉
de nada :)
Muchas gracias por tus explicaciones y aclaraciones , el hecho de que relaciones unos artículos con otros me resuelven muchas dudas. Podrias continuar con los diferentes tramites ( inicio, instrucción y resolución)que comprende el procedimiento adtvo de la ley 39/2015? Saludos. y muchas graciassss de nuevo.
Hola! si por supuesto, voy a ir desgranando esa ley porque es fundamental!
Kk.
Zqqaaeeeeaaaae6aaaaeddaaaaax'ad19d58----$😔😣😔😂😂😂😂😂😄😂😂--85-88-👂
Muchas gracias guapísima, eres un cielo. Gracias x acordarte de nosotros. 🤗
Ánimo!!
@@PaulaMateos Muchas gracias Paula. Al final me decidí por tramitación y está siendo intenso, pero no desisto. 😘
@@Felicityrm pues a por todas!!
Muchísimas gracias por estos vídeos, me tiene loca esta norma, no tengo nociones básicas y me cuesta un poco. Mis oposiciones son de la rama de medio ambiente y mis estudios de ingeniería forestal, así que bastante pegada... menos mal que existen personas como tú :)
Me alegro mucho!!
Muy bien aclarado este punto. Me ha servido de mucha ayuda. 👍🏻
Esta genial explicado! Eres de gran ayuda, muchas gracias
Paula, eres una crack! me encanta tu forma de explicar!!
Muchísimas gracias :)
Gracias por el vídeo Paula 👏🏻👏🏻👏🏻, mejor explicado imposible 😘😘😘
Gracias!😊
Waw, genial. Y gracias. Durante la carrera había preferido quedarme en la cama el día de esa clase (y de muchas otras 😅), pero acabas de hacerme una clase "particular" para recuperar eso. Gracias maestra 😁
Me alegra qu te sirva :)
Súper bien explicado!!!! Muchísimas gracias!!!!!
Un placer Noelia
Mucha gracias por el tiempo que te tomas en hacer los vídeos, vienen super bien para entender esos artículos más difíciles. En este vídeo me ha saltado muchísima publicidad, parecía una peli en telecinco jejej
¿si? pues es la estandar que sale. Si que me he dado cuenta que a veces escogen un video y sale más, a mi me pasó el otro día con un videoclip ^^
Explicas genial. ENHORABUENA!! Me encantas.
Me he quedado impresionado, que nitidez. Muchas gracias Paula.
Gracias :)
Pedazo de crack!...muchas gracias!...
Minuto 16:35 cuando estás explicando el doble silencio administrativo, indicas que el plazo para resolver y notificar el recurso de alzada se encuentra en al ART 112.3. Únicamente señalar a modo de corrección que el ART correcto es el 122.2. Gracias por tus videos.
Oops. Corregido. Bien jugado.
Muchas gracias; saludos desde Lima, Perú
Muy buena explicación, Gracias!!!!:)
Me facilita mucho ese apartado de la oposición.
Eres fenomena, explicas todo muy bien. Un saludo.
Muchisimas gracias!!
Muchísimas gracias! Me están viniendo de perlas tus videos para profundizar.
Me alegro!!
Qué bien lo explicas! Muchas gracias por tu dedicación.
Eres buenísima explicando. ¡Muchas gracias!🎇
gracias por explicarlo tan bien. seguire viendo tus videos
infinitas gracias ,lo explicas genial,ahora entiendo el silencio admin.un saludo
Está súper bien explicado! Muchas gracias!!
¡Ay! No sé qué haría sin tus explicaciones!
Mil gracias!! Es el primer video que he visto y es genial, súper claro!! Sigue así.
me encantas , que bueno que hayas subido otro video.
Hola Paula, te acabo de descubrir por recomendación de una compañera y me esta ayudando mucho en el entendimiento de estos artículos tan complejos. ¿Podrás hacer la explicación de las fases del procedimiento? Sería muy interesante. Mil gracias.
Tomo nota
😊😊😊😊😊😊😊😊😊😊😊😊😊😊😊😊
me ha encantado tu video, super bien explicado
GRACIAS
Muchas gracias!! en poquito cuelgo el siguiente de plazos!
Muchas gracias Paula, está siendo de mucha ayuda tu trabajo.
P.D.: tengo muchas dudas (con todo), pero me gustaría pedirte si puedes explicarnos la descentralización y desconcentración.
Un saludo y muchas gracias por todo.
Hola! La Ley 40 en cuanto pueda la cojo, me parece una ley muy importante a la par que compleja.
Me costó mucho entender las cosas
Muy buena explicación!! Muchas gracias por tu ayuda
Gracias por tus videos ,me han aclarado muchas dudas. ¿Para cuando uno sobre iniciacion del procedimiento?.Saludos! sigue asi!
gracias!! pues voy en orden así que no creo que tarde mucho :)
Entendidisimo¡¡ Que bien te explicas. Muchas gracias¡¡¡
Eres muy muy buena!!!! Menos mal que consigo entenderloooooo! Grandeeee!
Me alegro de que te sirva!!
Gracias me ha ayudado mucho
Mejor explicado imposible. Un 11 😊
Millones de gracias!!
gracias por tu información
Para tener 17700 suscriptores veo muy pocos pulgares, no lo entiendo con lo bien que te explicas, bueno yo di a mi pulgar, muy útil tu vídeo, gracias.
Muchisimas gracias!!
Eres maravillosa!!! Muchísimas gracias ❤
Gracias por tus valiosas explicaciones
Gracias por todos tus videos. Asumo que has aprobado y ya no puedes subir mas. Simplemente agradecertelo, y estaremos atentos por si subes algunos mas :) Gracias de nuevo
Si! me dieron la primera plaza en abril de 2018, y como tú dices no puedo subir más. Con mis oposiciones accedes directamente a la categoría A1, Nnivel 28
@@PaulaMateos enhorabuena en primer lugar! y ya solo por curiosidad, por qué no puedes subir más? es cuestión de tiempo o ese nivel tiene alguna restricción que te lo impida? me llamó la atención tu respuesta. mil gracias por los que ya habías subido :)
@@talvaza Hola!
No, dentro de la carera administrativa, el grado más alto es A1 30
Yo estoy en A1 28, y va de dos en dos, es decir no hay grado 29, sino (habiendo más por debajo pero que eso ahora no es relevante) 26-28 y 30.
Del nivel 28 al 30 no se sube por oposición, el nivel 30 son CARGOS DE LIBRE DESIGNACION, es decir, tener digamos un tinte político, no puedes subir por hacer una prueba o por tiempo.
Quizá llegue algún día pero no puedes acceder por oposición directamente.
Muy bueno, me dan ganas de ver tus otros vídeos, voy a ello
muchas gracias! Que bien que lo hayas entendido :)
Muy buenos tus vídeos.Ayudan muchísimo. ¿podrías hacer del proceso contencioso administrativo ?
Gracias
Un saludo
hola! Es una ley que tengo pendiente lo que pasa que tengo que organizarme porque hay muchas cosas que explicar :)
De acuerdo.Sí,hay mucho que explicar al ser una ley procesal.
Gracias .
Muchas gracias 👏👏
Eres impresionante!!
Si es para un permiso de residencia temporal por circunstancias excepcionales sabes que plazo y tipo de silencio sería?? Gracias
mejor imposible, muchas gracias por la ayuda¡
Buenas noches, es decir, cuando aplica el SAP la entidad publica ya no otorgan el respectivo documento o certificado al administrado??, solo se acredita con el cargo del documento presentado???
Hola Paula, me encanta tu canal me ayuda mucho para prepararme las opos ya que al no ir a academia a veces a nivel de ejemplos etc es dificil hacerse una idea.
Quería preguntarte si puedes explicar en un video quizas que es eso del derecho de petición (con algún ejemplo práctico) referente al art.29 CE y que supone una excepcionalidad a la norma general del silencio admnistrativo positivo en procedimientos iniciados por el interesado.
Gracias 😘
Jo tengo una pregunta, en derecho spanol , tiene un único código administrativo ? Pois en Brazil el Derecho Administrativo no tiene una única codificacion, consiste en leys esparsas.
En materia administrativa tenemos bastantes leyes, esta es una de ellas, pero también está la ley 40/20155, la ley de contratos del sector publico, la ley de bases del régimen local, la ley del estatuto básico del empleado público...además de la normativa que en el ámbito de su competencia desarrollan las comunidades autónomas, en caso de Aragon ley de comarcalizacion, ley de la administración de la comunidad autónoma de Aragon... etc.
Muchas gracias.
Buenos días, cuando se realiza un recurso potestativo de reposición, es decir, para que tipos de actos administrativos y el recurso de alzada para que tipo de actos administrativos se utiliza
Hola! todo eso lo tienes explicado en los vídeos 3,5,7 y 22 :)
Por favor, más vídeos...🙏
Muchas gracias 😘
Muchiiiiiiiiiiisimas gracias 🥰🥰🥰
Puedo interponer recurso ese mismo día siguiente al último día del plazo. Si el último día de plazo era el 4 , el 5 ya puedo recurrir???
muchas gracias Paula
Una consulta yo solicite la autorización de residencia no lucrativa para la búsqueda de empleo apoyandome en la INSTRUCCIONES DGM1/2018 de la SECRETARÍA GENERAL DE INMIGRACIÓN. Donde indica en el apartado :
TERCERA: Procedimiento
1.Las solicitudes de esta autorización de residencia se presentarán por el estudiante, o por su representante,mediante medios electrónicos y serán dirigidas ala Delegación o Subdelegación del Gobierno enla provincia en la que vaya a residir que, en cualquier caso, será la competente para tramitar y resolver en el plazode 20 días. Si no se resuelve en plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo positivo.
Este tramite lo hice por via telematica , mi duda es para pedir mi resolución debo hacerlo por via telematica tambien?
Gracias por tus vídeos!!
Me sirven muchísimo
Una pregunta
Una disposición general
Es un reglamento,una ley o los dos??
Guapa eso lo explico detenidamente en el vídeo 3, échale un vistazo que la explicación es bastante larga :)
@@PaulaMateos
Ok muchas gracias!
Gracias como siempre. Genial el vídeo!!. Me surgen dos dudas. Si el procedimiento se inicia de oficio, contaría la fecha de acuerdo iniciación (21.3 a) Si éste me lo notifican a los 5 días, cuándo empieza mi plazo? Desde acuerdo de inicio o notificación? Y si se inicia por solicitud del interesado, empezará cuando lo registre. Para el cómputo de plazos nos iremos al artículo 30? Contaríamos a partir del día siguiente de registrarlo por analogía con el artículo 30.3 o 30.4 al no haber notificación? Día siguiente como dice el 30 o mismo día que se registra como dice el 21? Muchas gracias
Respecto al cómputo de plazos, te recomiendo que veas los 3 vídeos que he subido sobre eso de momento (aun me queda por subir uno más), te explico detenidamente todo lo relativo a los plazos, es un poco largo de escribir vía mensaje :)
Lo que no tiene mucho sentido es que en el último párrafo del 24 diga que la administración expedirá el certificado en 15 días pero que el interesado lo puede pedir en cualquier momento.... Si es obligatorio que la administración responda ¿Para qué específica que se puede pedir en cualquier momento? 🤔
Me encanta como lo has explicado, justo eso que estoy preguntando has dicho que no tiene ningún misterio pero a mí me lía hasta la más simple palabra de cualquier ley.. 😅😅😅
porque desgraciadamente a veces la administración no cumple como debe
Cuantas veces me lo habré preguntado
@@PaulaMateos Ufff.. que me he leído todos los comentarios para ver si encontraba algo sobre éste maravilloso párrafo, pk vamos a ver, está claro que dice que tiene 15 días para expedir el certificado, luego el interesado lo puede pedir en cualquier momento.. hasta ahí bien, lo habéis dicho, pero luego dice que se computa el plazo indicado anteriormente y ahí es cuando me lio, :( pk imagino que se refiere al plazo de los 15 días, pero no entiendo o no le veo sentido, si el interesado va 2 o 3 días o una semana x ej. más tarde, el plazo cuenta desde ahí con lo cuál le puede llegar aún mas tarde, puede ser no? pk si de la otra manera son 15 días pero contados desde que expire el plazo máximo para resolver.. :( no sé si voy bien encaminada.. o es que a veces nos aturullamos en cositas q luego le vemos sentido.. Y mil gracias Paula por todos tus vídeos, aclaran mucho, explicas super bien.
Hola ,me llamo alexander y tengo en este país ya 4 años y yo he presentado por arraigo laboral y ha pasado 3 meses justo ahora en este mes y no estoy ni en el sistema ,¿si lo aplico me saldría negativo?
Muchas gracias. Aún no llegué ahí (al 39/2015) pero en esa dirección voy.
Hola, Paula. Hace 3 meses pedí la cesión de un espacio municipal en deshuso para ubicar la sede de una asociación cultural.
A día de hoy no ha respondido el ayuntamiento.
Como se interpreta eso?
Muchas gracias.
Eres una crack
Hola Paula !!! Te felicito por tus grandes videos con ejemplos!
TENGO UNA PREGUNTA: has dicho que el silencio por defecto es positivo a solicitud del interesado,pero excepto cuando se ejercita el derecho de petición..ENTONCES,CUANDO SERIA UN EJEMPLO DE SILENCIO POSITIVO?? Ya que el interesado siempre pide algo,y si el derecho de petición es una excepción,quedando como silencio negativo,entonces cuando es derecho positivo?? Un ejemplo por favor.mil gracias
La Ley se refiere al derecho de petición recogido en el artículo 29 de la Constitución, no al hecho de pedir como tal... Espero haberme explicado ;)
Cuidado, como te ha dicho tu compañero, es el derecho de petición del articulo 29 CE
Hola me gustan mucho tus videos. Podrías hacer uno de los diferentes recursos? Gracias
Hola! Vídeos 5 y 7
Hola tengo una duda, puede la admin dar negativo despues del silencio cuando no ha habido ninguna de las excepciones
Muy muy útil, GRACIAS
Great like always.
Sigo sin entender muy bien la diferencia entre ambos silencios, más bien, no entiendo en qué casos es si o si desestimatorio. Estoy intentando resolver un caso práctico pero no hay manera de entender si estoy ante un silencio administrativo positivo o negativo. Pues no entiendo muy bien si por ejemplo, un silencio ante una solicitud de autorización administrativa para actuar como ETT se puede considerar como una transferencia sobre facultades de dominio público o servicio publico y por lo tanto, desestimatorio?
Hola! Estoy encantada con tus vídeos. Por favor, podrías explicarme como estudias tu? Aparte de subrayar y demás... te lo lees varias veces? No hablo de cantar el tema ni los epígrafes. Del propio estudio. Lo lees varias veces hasta que pasas a otro tema? Muchísimas gracias
Hola! Tienes eso en el vídeo 8 y 10 :)
Paula Mateos muchas gracias por contestarme. Una pregunta, que es cantar, leer él tema en voz alta? Gracias 😊