SUCESION INTESTADA - DERECHOS DEL CONYUGE O COMPAÑERO PERMANENTE SOBREVIVIENTE PARTE 2 - 17 SEPT
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- Опубліковано 15 гру 2024
- Institución Universitaria de Envigado
Asignatura: Sucesion intestada
Grupo: jueves 12:00
Docente: Daniel Lopera Díaz
clase del 17 de Septiembre de 2020
Diapositivas por: Daniel Lopera Diaz.
Referencias:
Código General del Proceso, ley 1564 de 201
Código Civil Colombiano.
Doctor Daniel, gracias por compartir su conocimiento se nota su amor por el derecho y el respeto por la docencia, nunca deje de subir su contenido es invaluable......
Excelente y magistral exposición de la temática.felicitaciones por su gran contribución a la divulgación del conocimiento.
Profe, eres maravilloso, sabio, con sentido del humor, muy buena clase, gracias.
Dr. Daniel lo felicito, excelente cátedra, explica super bien👍 .
Me hubiese gustado haber tenido un profesor como tu
Excellente explicacion
Gracias feliz tarde
Dr. Daniel Lopera. Agradezco su generosidad para con su conocimiento y sabiduría. Su explicación me genera una inquietud. ¿Es tan amable de orientarme al respecto de lo siguiente?...Una pareja que lleva mas de diez años de casados deciden separarse de hecho y no inician ningún proceso notarial ni judicial, la señora tiene a su nombre dos vehículos y un apartamento pero vende los dos vehículos, indicando que el dinero lo gasto y que no existe, dos años posteriores a la separación de hecho, el señor decide iniciar el proceso de disolución y liquidación de la sociedad conyugal, ¿lo que la señora vendió ingresaría en la liquidación como deuda social de la señora para con la sociedad y entra a responder con su patrimonio lo que debe a la sociedad? o por el contrario ¿el señor pierde por completo el derecho a reclamar sobre los bienes que para el momento de la disolución y liquidación ya no existen?
Bien saber muchas gracias
Existe un bien inmueble a nombre del cónyuge sobreviviente que tiene una afectación a vivienda familiar, este debe entrar en la sucesión¿? , la cónyuge sobreviviente tiene derecho a gananciales y porción conyugal¿?
hola Ivón Marcela.
te respondo tus dos preguntas:
primero: es indiferente que el bien tenga o no afectación a vivienda familiar, para identificar si el bien es social o no es necesario identificar si cumple con los requisitos para ello (que haya sido conseguido dentro del matrimonio a título honor por uno o ambos cónyuges)
segundo: si el cónyuge sugeriste tiene esos dos derechos, pero estos son incompatibles, es decir que debe escoger o uno u otro pero no puede escoger ambos a la misma vez.
Un favor, los bienes adquiridos antes del matrimonio como deben ser liquidados de la sociedad cuando muere uno de los cónyuges y hay un hijo, el cónyuge tiene algún derecho sobre los bienes propios del causante?
Buenas tardes doctor cuando se puede empezar hacer la sucesión en Colombia o el máximo tiempo cuál es Muchas gracias
Dr Daniel Lopera, Cordial saludo. Analizando sus sesiones se me ha generado una inquietud con relación al proceso verbal sumario de levantamiento de afectación a vivienda familiar, establecido en la Ley 258 de 1996 modificada por la Ley 854 del 2003, respecto a que si se requiere conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad para interponer la demanda. Agradezco su atención y respuesta.
atendiendo a que la conciliación previa es un requisito de procedibilidad y que el C.G.P. dice que en todo proceso y ante cualquier jurisdicción es necesaria la conciliación previa, entonces diría que si ya que la forma que del C.G.P. nos da para no nesitar conciliación es que se pidan medias cautelares previas, pero en esta clase de proceso no se que se podría pedir como medida cautela.
cómo hago para una consulta?
Doctor, buena tarde, se puede renunciar a los gananciales voluntariamente? Gracias.
Doctor, buenas tardes: Resulta que a una familiar el compañero permanente, en vida, le hizo un escritura de venta de un inmueble rural dónde ellos vivían, posteriormente al morir el señor, la hija de éste presentó una demanda de simulación de la compraventa y la juez accedió a las pretensiones declarando la nulidad de la escritura, es decir que el bien vuelve a la masa sucesoral del causante. El abogado de mi familiar tiene planeado presentar una demanda de sucesión invocando la calidad de compañera permanente de ella. La pregunta es: Un juez de familia no la admite en esa calidad sin que se haya declarado previamente la existencia de la sociedad marital de hecho? Pero sucede que el tiempo para solicitar la declaración de existencia de dicha unión marital ya feneció porque ya transcurrió más de un año desde que murió el señor. Resulta que mi familiar siempre cuidó a ese señor, quien estuvo muy enfermo y aún ella trabajó para ayudarle económicamente, ella es de escasos recursos y esa casita es lo único que tiene😢. Ella que puede hacer para no quedar desamparada.
Profe Daniel, muy buena su explicación, usted podría decirme con mi compañero tenemos 37 años de vivir juntos. Mi compañero ha adquirido bienes y le ha vendido por porcentaje y escritura a los hijos, a mí como compañera, me ha dejado por fuera será q todo el resto le toca a la exesposa por q a la fecha no ha disuelto por separación, ni por bienes. Yo como cpañera tendré algún derecho.
Buenas tardes.
Felicitaciones por su clase.
Me pasó con mi esposo nunca me divorcie ni separación de cuerpo ahora falleció no me quieren dar la pensión mí los bienes.
Buenas Tardes Dr. Para solicitarle una asesoría. A dónde me puedo comunicar
Buen día, me podes escribir al correo electrónico danielloperaabogado@gmail.com para cuadrar la asesoría
BUENAS TARDES, POR FAVOR NECESITÓ SU CONTACTO
Gracias por su iluminacion.
Doctor que sucede cuando el causante tiene varias esposas y ninguna sabia de la existencia del matrimonio de la otra.
Profe una pregunta, todos esos libros que tiene en la biblioteca de atrás son de Derecho o son de Magia?
me gustaria su numero telefonico para aserle una pregunta
hola gloria escribime al correo electrónico danielloperaabogado@gmail.com
Doctor una pregunta por favor si hubo matrimonio se divorciaron pero no liquidaron la sociedad conyugal, posteriormente la exconyugue se une con otro compañero permanente y duran más de cinco años pero muere la compañera, pregunta este compañero debe primero ante juez solicitar se declare la sociedad de hecho? Y posteriormente abrir la sucesión así no se haya liquidado la anterior sociedad conyugal? O el exconyugue y ex compañero permanente pueden pedir gananciales dentro de la sucesión?
Hola profe Daniel, tengo una pregunta en sucesiones donde hay menores de edad como herederos, como se procede a la venta de bienes adjundicados al menor por parte de su madre, quien observa la necesidad de vender, quine la autoriza posterior a la sucesion ICBF? un Juez? o como se procede? Mil gracias por compartir desde su experiencia frente a esta duda
O sea que si mi cónyuge me fue infiel y por eso nos separamos y nos vamos a divorciar de todas formas a él le corresponde la mitad de los bienes que tenemos juntos?
¿DE igual manera, se debe liquidar la sociedad en el proceso de sucesión, cuando los dos conyugues han fallecido y estos no liquidaron tal sociedad?
si, incluso se puede hacer una sucesión conjunta, es decir llevar ambas sucesiones simultáneamente. pero lo primero que debemos hacer es liquidar la sociedad conyugal.
Doctor una pregunta, si uno de los bienes adquirido dentro de la sociedad conyugal esta a nombre solo del cónyuge supérstite, el 50% debe entrar a ser parte de la masa herencial?
Sí, el 50% conforma la masa herencial y se reparte así como lo ha explicado el profesor...
Buen día Daniel, gracias por los videos, tengo una consulta; en una unión Marital de Hecho se debe tener en cuenta para la liquidación conyugal para un proceso de sucesión un activo que fue adquirido antes de iniciar la unión pero que al momento de iniciar la misma unión ese activo presentaba una deuda que representa el 95% del valor del inmueble y que la misma obligación fue pagada por ambos durante la unión marital de hecho?.
Muchas gracias!!
Profe una pregunta estuve mirando su clase pero me genera una pregunta cuando se reliza la liquidación patrimonial, y al realizar la sucesión del causante, la cónyuge sobreviviente tiene derecho a reclamar parte de la cuando no hay hijo ni padres...
Hola buena tarde tengo una duda
Se hizo un contrato de permuta
Una de las partes murió
Cómo se puede disolver ese contrato de permuta .
La otra parte la disuelve y ya?
Debe haber algún testigo de la otra parte?
Quien toma la representación de la persona fallecida para disolver ese contrato.
Gracias.
Hola Toche.
si el contrato ya fue realizado pero faltó algo como la entrega, entonces no el contrato sigue vigente, si el contrato apenas tenia una espectativa porque apenas había un acuerdo verbal entonces yo diría que si.
segundo, eso depende de las formas de terminar los actor jurídico se pueden terminar por mutuo discenso (resciliacion), por recisión (nulidad), discenso tácito, etc.
una vez una persona muere entran a representarlo jurídicamente sus herederos, cónyuge y/o legatarios.
Doctor yo convivo con mi varon desde 1990 en union libre y tenemos una hija pero el nunca se quiso comprometer en matrimonio que debo hacer y nunca nos hemos separado
Hola clara.
si los dos viven pueden en notaria mediante escritura constituir la unión marital de hecho, o hacerlo por conciliación, esto porque llegando alguno de los dos a fallecer el superviviente para que se reconozcan sus derechos tendría que demandar en proceso declarativo de union marital de hecho.
Buena tarde viví sin casarme 40 años ni compañero permanente murio dejo unos bienes que son herencia de el.por parte de los papas yo tengo algún derecho gracias por su respuesta
No tiene derecho
Claro que si tienes.eres compañera permanente!!
No tiene derecho por qué la herencia no es a título honeroso... El profe lo explicó...
Doctor cordial saludo, como hago para estudiar con usted
Hola Fancy.
si crees estudiante de la Institución Universitaria de Envigado en algún momento nos tocará compartir un aula de clase ya que yo dicto muchas materias, sino, pues...
@@daniellopera Doctor cordial saludo ,Doctor aun no estoy en la institucion solo lo he tenido la oportunidad de ver las clases por youtube por eso le preguntaba como hago para tener la oportunidad de estudiar con usted y en la institucion,Doctor
Cordial saludo ,mi compañero permanente falleció hace poco por accidente laboral y la empresa me niega el derecho a las prrstaciones por que solo llevábamos conviviendo 20 meses asta el día de su muerte ,ellos pueden hacer eso o puedo reclamar?
No se puede reclamar, debía estar conviviendo 24 meses. En cuanto a pensión tengo entendido que son 5 años de convivencia.
Excelente explicación
Hola, muchas gracias
Si mi mamá se consiguió un novio 40 años menor q está detrás de su dinero , cómo los hijos podemos defender ese patrimonio . El tipo quiere irse a vivir con ella . Ella 82 el 39
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