Amo sus videos, son mí motivación, deje de estudia hace 10 años, y estoy retomando me quedan 6 materias entre ellas penal especial..lo escucho mientras hago las tareas de la casa, y aprendo con toda mí mejor actitud gracias Dr. !!!!
Buenas noches Dr. Quería consultarle cómo encuadrar una lesión de rotura de dientes (incisivos centrales y laterales) infringidas a la víctima en ocasión de robo y si esta lesión es de acción pública, privada o dependiente de instancia privada. Muy claros sus videos. Muchas gracias
Roxana: Gracias por tu comentario. Siempre que se trate de un robo, es de acción pública propiamente dicha. Ese tipo de lesión se puede considerar como deformación permanente del rostro (art. 90 C.P.), entonces sería un caso del art. 166 inc. 1°.
Hola doctor , hace tres años que miro sus videos. Aprendí muchísimo, me gustaría si está en sus posibilidades hablar de responsabilidad penal en el derecho del consumidor, ejemplo instalo medidor de gas y al mes vuela todo provocando heridos. Sería de gran ayuda !!!! Ya que es un tema complejo !!!!!!!
Marcos: no existe un régimen penal especial para el consumidor. Las reglas de imputación penal son las de la teoría del delito. Y se aplican para el consumidor, el médico, el peatón, el conductor, para todos los seres humanos. Es lo que está en el canal. Si buscas por listas de reproducción, encontrarás todos los temas de derecho penal.
Muchas gracias por su explicación Dr!! Una duda, como queda resuelto el caso 10 de su libro? Una chica acude a un centro de estetica para realizarse una lipo, y le realizan una operacion de nariz. Pero quien intercambio los datos fue el que la recibio en la clinica y no el medico y ayudante que la operaron...
Valentina: el caso está hecho para pensar en el consentimiento en casos de lesiones. Si se lo considera en la tipicidad o en la antijuricidad. En el caso original, tratándose de un error de tipo invencible de parte del cirujano, no se le imputaría nada. Si se le imputaría a quien generó la confusión (lesiones culposas)
Hola doctor. Cuando menciona al homicidio preterintencional (min 42 del video) dice artículo 81 inciso primero, creo que se confundió y quiso decir inciso segundo. Más allá de la corrección, muy útil su explicación en video. Saludos.
Muy bueno todos sus videos y son re claritos DR. gracias... solo que, yo jamas voy a saber , como alumno, para aprobar su materia de todo lo que sabe usted. Cda día aprendo mas mirando y voy entendiendo, pero saber todo es imposible....me frustro jaajjajaja
@@ivanagonzalez937en principio es igual a cualquier lesión culposa: máximo 3 años de prisión. Si se dieran las circunstancias agravantes del art. 84 bis, sería de 4 años.
Hola Dr, buen día! ¿Cómo se cconsideran las autolesiones o lesiones ccon consentimiento que se provocan algunos mendicantes de regiones muy pobres para provocar lástima y recibir limosnas? Gracias.
Quizás no fui claro. quería referirme a los casos en los que las lesiones son mutilaciones importantes y que debieron haber contado con la participación de otra persona. ¿Le cabe alguna pena a quién participó, aún contando con el consentimiento del lesionado? @@gonzalojaviermolina2503
buenas profe, el supuesto de cortar el cabello a la victima sin su consentimiento,¿ no podría encuadrar en la alteración del correcto funcionamiento del organismo? porque creo entender que la lesiones se tienen que deber al aspecto fisiológico, alterar el correcto funcionamiento. teniendo en cuenta que se podría alterar de alguna manera el funcionamiento psicológico de la victima. Si bien se debe tener en cuenta el principio de insignificancia, pero este para el supuesto de alteración del cuerpo. Saludos
Nicolas: la lesión podría implicar una alteración anatómica o fisiológica. En cualquiera de los dos supuestos podría ser lesiones Parece difícil que el corte de cabello altere el funcionamiento del organismo. Sí es una alteración en el aspecto anatómico, aunque algunos lo consideran insignificante, ya que, al igual que el corte de uñas, debería volver a crecer en poco tiempo.
Una consulta Dr., en cuanto al art. 94 CP para aplicar la agravante se requieren necesariamente las das circunstancias o elementos de dicho artículo, es decir, lesiones del 90 o 91 y más de una víctima lesionadas o alcanza con estar presente en el caso concreto sola una de ellas?. Me surge la confusión por qué dicho artículo dice “y”.
Jorge: sí. Deben darse las dos condiciones para aplicar la agravante del art. 94, segundo párrafo. Deben ser graves o gravísimas y además ser más de una víctima.
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias Dr., tengo un caso en el cual la fiscalía le está imputando a mi defendido la agravante siendo solamente una víctima lesionada. Saludos.
Hola doctor espero se encuentre bien, mi ex pareja me denuncio por lesiones leves acusando de que la golpie cuando yo jamas le levante la mano, como tendría que proceder? Me recomendaron no hacer ni descargo ni nada solo esperar ya que la que tiene que demostrar que tal suceso ocurrio es ella. Usted que me recomienda que haga? Muchas gracias
Muchas gracias por el video Dr. Quisiera consultarle cómo consideraría Ud. las lesiones que llevar a permanecer semanas internado y/o demoran mucho tiempo en sanar? Serían lesiones graves aunque si bien permanecen por un tiempo prolongado no permanece el debilitamiento?
@@gonzalojaviermolina2503 Claro, eso lo tengo en claro, pero si la persona no trabaja por ser un niño, por ejemplo, se resuelve como lesiones graves por la permanencia de más de 30 días?
@@MariaFernet Es un parámetro objetivo, por tanto, no interesa que la víctima puntual sea un niño o desocupado o jubilado. Si la lesión hubiera impedido trabajar a cualquier persona por más de 30 días se configura la agravante.
Buenas noches dr!! Me surgió una duda con respecto a las manos y pies dada la función que cumplen, pueden ser considerados órganos (de aprehensión y pedestación), de manera que la perdida de una sola mano o pie constituye lesión grave. En cambio, la pérdida de ambos configura lesión gravisima. ¿Esto sería correcto Dr?
Micaela: un sector de la doctrina dice eso que vos planteas. Otros consideran que la pérdida de una mano sería la pérdida del "uso de un órgano o miembro", y por tanto sería lesiones gravísimas.
Buenas tardes doctor, podría haber concurso ideal de homicidio en grado de tentativa y lesiones graves por puesta en peligro de la vida? Si la respuesta es no, acaso concluimos que el homicidio tentado excluye o desplaza el tipo de lesiones graves por puesta en peligro de la vida?
Camila: no están previstas en el código penal argentino las lesiones preterintencionales. Aunque algunos autores tradicionales pensaban que las del art. 90 y 91 debían interpretarse con la estructura de una figura preterintencional
Buenas tardes doc. Lesiones admite tentativa? O por las reglas generales queda subsimido en el tipo más grave en caso que lo hubiere. Caso contrario estamos frente a un supuesto de atipicidad. ? Gracias
Dr, supongamos el caso que el sujeto A se representa y quiere matar al sujeto B tirandole acido en rostro (en pocas cantidades) creyendo que seria suficiente para matarlo. El sujeto B sobrevive aunque le quedan un montón de cicatrices en el rostro (afeando al mismo). posteriormente un examen medico confirma que la vida de B nunca corrió peligro. En este caso: tendría que tener en cuenta la representación del autor de querer matarlo a B aunque el medio no fue idóneo para ocasionar la muerte para imputarle una tentativa de homicidio? o en el caso concreto como el medio no fue idóneo para provocar la muerte se le imputara delito de lesiones graves?
Es un problema de parte general el que planteas. Hay videos sobre tentativa. De cualquier modo, si el medio es objetivamente inidóneo, la tentativa (de homicidio) será inidónea.
Buenas noches profesor, una consulta respecto del art. 90, uno de los supuestos que menciona es respecto de modificaciones permanentes en el rostro. ¿En estos casos no se considera el daño psíquico que puede provocar este tipo de lesiones?
en el caso del medico que realiza la cirujia sin consentimiento como dijo en la primer parte de su video, si el paciente muere producto de esa lesion un mes despues por ejemplo, hay concurso ideal entre ambos delitos (lesion y homicidio culposo)?porque son dos delitos o uno es consecuencia del otro y por eso no hay concurso dr?
sería un concurso aparente. Aunque habría que aclarar si la muerte se puede imputar objetivamente a esa primera acción. Si, por ejemplo, la muerte se produjera por el descuido de la misma víctima, entonces no se le puede imputar al médico, aunque él haya sido causante de ese resultado. Sería un problema de imputación objetiva. Pero en caso de que la muerte sí sea imputable objetivamente a la conducta del médico (imprudente), se imputaría el homicidio.
Hay jurisprudencia o se ha expedido la corte acerca de la discusión de las lesiones graves(peligro para la vida del ofendido) y la tentativa de homicidio?
Buenas noches dr, una consulta. Supongamos el siguiente caso. "el sujeto A quiere destruir el sentido de la vista del sujeto B, toma un cuchillo y lo introduce levemente en ambos ojos del sujeto B de tal forma que no corre peligro la vida de B, solo quería dejarlo ciego. Se retira del lugar creyendo que logro su cometido, posteriormente llega al lugar del hecho un medico que logra salvarle 1 ojo, conservando de manera disminuida el sentido de la vista." Mi consulta es respecto a este caso, se puede concursar tentativa de lesiones gravísimas con lesiones graves? o tomamos en cuenta el dolo de lesión gravísima por parte del autor imputando solo lesiones gravísimas en grado de tentativa.
Es cierto. En tu caso se dan las dos figuras: lesiones graves (consumadas) y lesiones gravísimas (tentativa). La cuestión es definir si se trata de un concurso ideal o aparente. Desde el punto de vista práctico no tiene relevancia la discusión, porque se aplicará la que tiene pena mayor.
@@gonzalojaviermolina2503 Entonces estaria bien decir que en el caso de delito de lesiones en general siempre tengo que tener en cuenta tanto el dolo del autor y el resultado obtenido, por mas que el autor se haya representado una lesión gravísima pero el resultado es lesión grave hay concurso, obviamente analizando cada caso en concreto.
Profe por comentarios llegué aquí xq sus clases sin excelentes, pero le pediría si puede remasterizado del vídeo xq no se escucha nada, en otros es peor aún.
Muchas gracias Dr! Qué claridad para expliacar!!!
Amo sus videos, son mí motivación, deje de estudia hace 10 años, y estoy retomando me quedan 6 materias entre ellas penal especial..lo escucho mientras hago las tareas de la casa, y aprendo con toda mí mejor actitud gracias Dr. !!!!
Gracias por comentar, Erika.
Y felicitaciones!!
muchas gracias Doctor por su videos. Bendiciones a usted y su flia
Muchas gracias....por su explicación 😊
Dr muy clara su explicación🙌🏻
Muy completos y utiles sus videos muchas gracias desde La Plata!!
Gracias por el comentario, Ana!
Buenas noches Dr. Quería consultarle cómo encuadrar una lesión de rotura de dientes (incisivos centrales y laterales) infringidas a la víctima en ocasión de robo y si esta lesión es de acción pública, privada o dependiente de instancia privada. Muy claros sus videos. Muchas gracias
Roxana: Gracias por tu comentario.
Siempre que se trate de un robo, es de acción pública propiamente dicha.
Ese tipo de lesión se puede considerar como deformación permanente del rostro (art. 90 C.P.), entonces sería un caso del art. 166 inc. 1°.
Hola Dr La perdida anatomica del Bazo es una lesión gravisima?
@@lucasgonzalezquintana5689 es un órgano
Parece que sería un supuesto del art 91 C.P.
Excelente video 🙏🙏🙏
Doc...puede subir el volúmen a sus exposiciones..por favor...son excelente sus explicaciones...sólo que se escucha muy bajo..gracs!!
Sí. En los primeros videos, el audio era bajo.
Hola doctor , hace tres años que miro sus videos. Aprendí muchísimo, me gustaría si está en sus posibilidades hablar de responsabilidad penal en el derecho del consumidor, ejemplo instalo medidor de gas y al mes vuela todo provocando heridos. Sería de gran ayuda !!!! Ya que es un tema complejo !!!!!!!
Marcos: no existe un régimen penal especial para el consumidor.
Las reglas de imputación penal son las de la teoría del delito. Y se aplican para el consumidor, el médico, el peatón, el conductor, para todos los seres humanos.
Es lo que está en el canal. Si buscas por listas de reproducción, encontrarás todos los temas de derecho penal.
Muchas gracias por su explicación Dr!! Una duda, como queda resuelto el caso 10 de su libro? Una chica acude a un centro de estetica para realizarse una lipo, y le realizan una operacion de nariz. Pero quien intercambio los datos fue el que la recibio en la clinica y no el medico y ayudante que la operaron...
Valentina: el caso está hecho para pensar en el consentimiento en casos de lesiones. Si se lo considera en la tipicidad o en la antijuricidad.
En el caso original, tratándose de un error de tipo invencible de parte del cirujano, no se le imputaría nada.
Si se le imputaría a quien generó la confusión (lesiones culposas)
Que haría sin tu existencia. Gracias doctor
🙏
Hola doctor. Cuando menciona al homicidio preterintencional (min 42 del video) dice artículo 81 inciso primero, creo que se confundió y quiso decir inciso segundo. Más allá de la corrección, muy útil su explicación en video. Saludos.
Mateo: el homicidio peterintencional está en el artículo 81 inciso primero. El inciso 2° del art. 81 está derogado (era el infanticidio).
@@gonzalojaviermolina2503 perdón, quise decir el inciso primero "b)" que habla de los medios empleados. El inciso segundo está derogado tiene razón.
Muy bueno todos sus videos y son re claritos DR. gracias... solo que, yo jamas voy a saber , como alumno, para aprobar su materia de todo lo que sabe usted. Cda día aprendo mas mirando y voy entendiendo, pero saber todo es imposible....me frustro jaajjajaja
Es una materia muy larga. Lo sabemos y tratamos de contemplar eso en los exámenes.
Como queda las lesiones al feto y la ley de aborto ahora ?
Griselda: igual que desde el año 1921: no son punibles en el C.P. argentino.
Hola, que sucede con causas de lesiones culposas en accidentes de tránsito? Gracias
Ivana: cuál es la pregunta?
@@gonzalojaviermolina2503 mi pregunta es, cuál es la pena máxima para un imputado en lesiones culposas por accidente de tránsito.
@@ivanagonzalez937en principio es igual a cualquier lesión culposa: máximo 3 años de prisión.
Si se dieran las circunstancias agravantes del art. 84 bis, sería de 4 años.
Muy buenos videos 💋💋
Gracias Ariel!
Gracias Dr, muy buenas explicaciones.
gracias!
Hola Dr, buen día! ¿Cómo se cconsideran las autolesiones o lesiones ccon consentimiento que se provocan algunos mendicantes de regiones muy pobres para provocar lástima y recibir limosnas? Gracias.
Raúl: en Argentina la autolesión no es delito
¡Muchas gracias!@@gonzalojaviermolina2503
Quizás no fui claro. quería referirme a los casos en los que las lesiones son mutilaciones importantes y que debieron haber contado con la participación de otra persona. ¿Le cabe alguna pena a quién participó, aún contando con el consentimiento del lesionado?
@@gonzalojaviermolina2503
Hola doc en caso de una lesion a causa de un disparo, solo un roce como se tipifica? Es abuso de armas o lesiones leves y q pena tiene graciias
Sería abuso de armas.
Pero depende en realidad del elemento subjetivo. Podría ser una tentativa de homicidio si hay dolo de homicidio.
increíble tenerte como tenerte como ayuda para conocer las leyes. Gracias
buenas profe, el supuesto de cortar el cabello a la victima sin su consentimiento,¿ no podría encuadrar en la alteración del correcto funcionamiento del organismo? porque creo entender que la lesiones se tienen que deber al aspecto fisiológico, alterar el correcto funcionamiento. teniendo en cuenta que se podría alterar de alguna manera el funcionamiento psicológico de la victima.
Si bien se debe tener en cuenta el principio de insignificancia, pero este para el supuesto de alteración del cuerpo. Saludos
Nicolas: la lesión podría implicar una alteración anatómica o fisiológica. En cualquiera de los dos supuestos podría ser lesiones
Parece difícil que el corte de cabello altere el funcionamiento del organismo. Sí es una alteración en el aspecto anatómico, aunque algunos lo consideran insignificante, ya que, al igual que el corte de uñas, debería volver a crecer en poco tiempo.
Una consulta Dr., en cuanto al art. 94 CP para aplicar la agravante se requieren necesariamente las das circunstancias o elementos de dicho artículo, es decir, lesiones del 90 o 91 y más de una víctima lesionadas o alcanza con estar presente en el caso concreto sola una de ellas?. Me surge la confusión por qué dicho artículo dice “y”.
Jorge: sí.
Deben darse las dos condiciones para aplicar la agravante del art. 94, segundo párrafo. Deben ser graves o gravísimas y además ser más de una víctima.
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias Dr., tengo un caso en el cual la fiscalía le está imputando a mi defendido la agravante siendo solamente una víctima lesionada. Saludos.
Gracias Dr.
Gracias a ti
Gracias Profe... muy didácticas sus clases.
Gracias a ti
me encanta sus vídeos colega !!!! solo que el audio es bajo. Téngalo en cuenta en lo posible.
Gracias, Analía
En esos primeros videos, lamentablemente el audio era muy bajo.
Luego mejoramos
@@gonzalojaviermolina2503 ya se lo escucha espectacular en los otros vídeos !!!! saludos colega desde Buenos Aires.
Hola doctor espero se encuentre bien, mi ex pareja me denuncio por lesiones leves acusando de que la golpie cuando yo jamas le levante la mano, como tendría que proceder? Me recomendaron no hacer ni descargo ni nada solo esperar ya que la que tiene que demostrar que tal suceso ocurrio es ella.
Usted que me recomienda que haga? Muchas gracias
Debería consultar con un abogado matriculado ante el Juzgado correspondiente, sea defensor oficial o particular
Muchas gracias por el video Dr.
Quisiera consultarle cómo consideraría Ud. las lesiones que llevar a permanecer semanas internado y/o demoran mucho tiempo en sanar? Serían lesiones graves aunque si bien permanecen por un tiempo prolongado no permanece el debilitamiento?
Serían graves si lo incapacitan para el trabajo por mas de un mes
@@gonzalojaviermolina2503 Claro, eso lo tengo en claro, pero si la persona no trabaja por ser un niño, por ejemplo, se resuelve como lesiones graves por la permanencia de más de 30 días?
@@MariaFernet Es un parámetro objetivo, por tanto, no interesa que la víctima puntual sea un niño o desocupado o jubilado. Si la lesión hubiera impedido trabajar a cualquier persona por más de 30 días se configura la agravante.
Buenas noches dr!! Me surgió una duda con respecto a las manos y pies dada la función que cumplen, pueden ser considerados órganos (de aprehensión y pedestación), de manera que la perdida de una sola mano o pie constituye lesión grave. En cambio, la pérdida de ambos configura lesión gravisima. ¿Esto sería correcto Dr?
Micaela: un sector de la doctrina dice eso que vos planteas. Otros consideran que la pérdida de una mano sería la pérdida del "uso de un órgano o miembro", y por tanto sería lesiones gravísimas.
Buenas tardes doctor, podría haber concurso ideal de homicidio en grado de tentativa y lesiones graves por puesta en peligro de la vida? Si la respuesta es no, acaso concluimos que el homicidio tentado excluye o desplaza el tipo de lesiones graves por puesta en peligro de la vida?
Claro. La tentativa de homicidio absorve la figura de lesiones
@@gonzalojaviermolina2503 eso significa que es un supuesto de concurso aparente?
@@Carbajuan así es
Muy bueno su video doctor!!!
Gracias. Saludos!!
21:07 LESIONES LEVES
Existen lesiones preterintencionales?
Camila: no están previstas en el código penal argentino las lesiones preterintencionales. Aunque algunos autores tradicionales pensaban que las del art. 90 y 91 debían interpretarse con la estructura de una figura preterintencional
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias!!!!!
Buenas tardes doc. Lesiones admite tentativa? O por las reglas generales queda subsimido en el tipo más grave en caso que lo hubiere. Caso contrario estamos frente a un supuesto de atipicidad. ? Gracias
mil gracias por el video, me fue de mucha ayuda, espero siga haciendolo, :)
Gracias por comentar, Raquel
Señor cual sería la figura básica en el delito de lesiones?
Lesiones leves. art. 89
Dr, supongamos el caso que el sujeto A se representa y quiere matar al sujeto B tirandole acido en rostro (en pocas cantidades) creyendo que seria suficiente para matarlo. El sujeto B sobrevive aunque le quedan un montón de cicatrices en el rostro (afeando al mismo). posteriormente un examen medico confirma que la vida de B nunca corrió peligro.
En este caso: tendría que tener en cuenta la representación del autor de querer matarlo a B aunque el medio no fue idóneo para ocasionar la muerte para imputarle una tentativa de homicidio?
o en el caso concreto como el medio no fue idóneo para provocar la muerte se le imputara delito de lesiones graves?
Es un problema de parte general el que planteas. Hay videos sobre tentativa.
De cualquier modo, si el medio es objetivamente inidóneo, la tentativa (de homicidio) será inidónea.
Buenas noches profesor, una consulta respecto del art. 90, uno de los supuestos que menciona es respecto de modificaciones permanentes en el rostro. ¿En estos casos no se considera el daño psíquico que puede provocar este tipo de lesiones?
Lo que el tipo penal exige es la deformación permanente en el rostro. Con eso ya es suficiente en el aspecto objetivo de la tipicidad.
en el caso del medico que realiza la cirujia sin consentimiento como dijo en la primer parte de su video, si el paciente muere producto de esa lesion un mes despues por ejemplo, hay concurso ideal entre ambos delitos (lesion y homicidio culposo)?porque son dos delitos o uno es consecuencia del otro y por eso no hay concurso dr?
sería un concurso aparente.
Aunque habría que aclarar si la muerte se puede imputar objetivamente a esa primera acción. Si, por ejemplo, la muerte se produjera por el descuido de la misma víctima, entonces no se le puede imputar al médico, aunque él haya sido causante de ese resultado. Sería un problema de imputación objetiva.
Pero en caso de que la muerte sí sea imputable objetivamente a la conducta del médico (imprudente), se imputaría el homicidio.
Hola muy bueno el vídeo, podría definirme cuáles son específicamente los tipos de lesiones y sus ejemplos por favor??
Hay jurisprudencia o se ha expedido la corte acerca de la discusión de las lesiones graves(peligro para la vida del ofendido) y la tentativa de homicidio?
Sería difícil que llegue a la C.S.J.N., porque no hay cuestión federal.
De tribunales inferiores seguramente hay para todos los gustos.
Buenas noches dr, una consulta. Supongamos el siguiente caso. "el sujeto A quiere destruir el sentido de la vista del sujeto B, toma un cuchillo y lo introduce levemente en ambos ojos del sujeto B de tal forma que no corre peligro la vida de B, solo quería dejarlo ciego. Se retira del lugar creyendo que logro su cometido, posteriormente llega al lugar del hecho un medico que logra salvarle 1 ojo, conservando de manera disminuida el sentido de la vista."
Mi consulta es respecto a este caso, se puede concursar tentativa de lesiones gravísimas con lesiones graves? o tomamos en cuenta el dolo de lesión gravísima por parte del autor imputando solo lesiones gravísimas en grado de tentativa.
Es cierto. En tu caso se dan las dos figuras: lesiones graves (consumadas) y lesiones gravísimas (tentativa).
La cuestión es definir si se trata de un concurso ideal o aparente.
Desde el punto de vista práctico no tiene relevancia la discusión, porque se aplicará la que tiene pena mayor.
@@gonzalojaviermolina2503 Entonces estaria bien decir que en el caso de delito de lesiones en general siempre tengo que tener en cuenta tanto el dolo del autor y el resultado obtenido, por mas que el autor se haya representado una lesión gravísima pero el resultado es lesión grave hay concurso, obviamente analizando cada caso en concreto.
Sí, hay que considerar las dos cuestiones.
@@gonzalojaviermolina2503 Muchísimas gracias, me ayudaron a entender un poco mejor sus comentarios!
gracias
Profe por comentarios llegué aquí xq sus clases sin excelentes, pero le pediría si puede remasterizado del vídeo xq no se escucha nada, en otros es peor aún.