El Tribunal Supremo descubre sus cartas: hay plazo de sobra para reclamar

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  • Опубліковано 25 лип 2021
  • El pasado viernes se hizo público el Auto del Tribunal Supremo por el que eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinadas cuestiones sobre la prescripción (limitación temporal) para la reclamación de los gastos hipotecarios.
    Se opone a que dicho plazo empiece a contar desde que el prestatario pagó los gastos hipotecarios y plantea dos hipótesis a Europa, bien que el plazo comience desde que se declare la nulidad de la cláusula (con lo que, en la práctica, sería imprescriptible), o que el mismo empiece desde el 23 de enero de 2019 o el 9-16 de julio de 2020, por lo que en el peor de los casos podríamos reclamar hasta el año 2024-2025.

КОМЕНТАРІ • 11

  • @AJ-xh8hu
    @AJ-xh8hu 2 роки тому +2

    Qué raro !

  • @albertocaballero2023
    @albertocaballero2023 2 роки тому

    Como siempre geniales en la celeridad,calidad y claridad en vuestros comunicados, mil gracias por darnos herramientas en forma de información para reclamar nuestros derechos sin ser engañados ante la que siempre ganaba”la gran banca”,un saludo y merecidas vacaciones.

  • @nellyjanet
    @nellyjanet 10 місяців тому +1

    Excelente información!. Existe algún documento por ejemplo tipo BOE u otro, que respalde esa respuesta del Tribunal Supremo?. Es para ponerlo en mi carta de reclamación al banco, a fin de que ellos no respondan que mi solicitud de gastos hipotecarios HAN PRESCRITO. Gracias.

    •  9 місяців тому +1

      Si, el Auto del Tribunal Supremo de 22 de julio de 2021:
      www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/9d64153dfa0e2e1b/20210728

  • @DjFranCerezo
    @DjFranCerezo 2 роки тому

    Hola, sobre la reclamación de gastos hipotecarios, ¿Es 100% viable la reclamación judicial si no tenemos ninguna de las facturas pese haber intentado conseguirlas? No hay sentencias ni nada que hable sobre ello…

  • @ivancuestadonoso736
    @ivancuestadonoso736 2 роки тому

    En mi opinión me parece una buena noticia, además tal y como está planteada la pregunta.
    Es decir, corregidme si me equivoco, pero entiendo que primero le pregunta si contar el plazo a partir de la declaración de nulidad es conforme al Derecho de la Unión. Eso indica, por un lado, que es el primer criterio que tiene el TS. Y por otro, que de ser así -no contrario al Derecho de la Unión- el TJUE no entraría a valorar la segunda pregunta, que aunque sea también conforme a Derecho, solamente se entraría a valorar si la primera es descartada.
    Es correcta mi interpretación?

    •  2 роки тому +1

      Buenas Iván.
      Efectivamente es correcta tu interpretación, la primera opción del Supremo es que el plazo comenzaría desde la declaración de nulidad (que es prácticamente lo mismo que decir que no hay plazo). Si esa vía fuera conforme al derecho de la Unión Europea, no se entraría a valorar las restantes.
      Esto nos da la tranquilidad de reclamar en cualquier caso, sin prisa pero sin pausa...
      Saludos.

    • @ivancuestadonoso736
      @ivancuestadonoso736 2 роки тому

      @ gracias! 😉😉

  • @fergutierrez7195
    @fergutierrez7195 2 роки тому

    Que gastos son a los que se tiene el consumidor derecho a reclamar. Si no se tienen las facturas donde se podían conseguir. Gracias

    •  2 роки тому

      Buenas Fer.
      Se pueden recuperar los gastos de notaría (50%), registro de la propiedad, gestoría y tasación. Y los intereses legales de esas cantidades, desde que se abonaron.
      Hay diversas formas de conseguir esas facturas. Acudiendo al notario y al registro suelen dar duplicados (en algunos casos cobran por ello), y en cuanto a la tasación, si se hizo a través de Tinsa, por ejemplo, se puede solicitar desde su página web (también cobran).
      La más costosa de conseguir suele ser la de la gestoría, porque muchas veces se desconoce la empresa que llevó a cabo la gestión.
      Saludos.

    • @ivancuestadonoso736
      @ivancuestadonoso736 2 роки тому

      @ buenas de nuevo 😉.
      Los gastos de notaría definitivamente están al 50% o siguen dando vueltas por los Tribunales (TS y TJUE)? Hay tanto lío que uno ya se pierde.
      Gracias