Como despacho especializado en condiciones generales de la contratación no ponemos por menos que aplaudir una exposición como esta: Clara y contundente. La mejor aclaración que un consumidor puede encontrar, y la mejor forma de la expresar la opinión que sustentamos la mayoría de los profesionales. Enhorabuena.
No se que clase de ley tenemos aqui que los banqueros hacen lo que les da la gana y los jueces les da igual cuando los deberian obligar a devolver y rapidito sino multa millonaria si no se rien de todos
Si ya he tenido una sentencia favorable anulando la cláusula de gastos de mi hipoteca (notaría ) y despues encuentro una factura del registro y de la tasación que antes del pleito no tenía, puedo volver a reclamar judicialmente esos gastos ?
En mi hipoteca del 2009 no tenía comisión de apertura,, tampoco les compensaba,,, ya metieron dos seguros de vida, de importe gordo, y eso si, beneficiario el banco,,, bueno, ibercaja,, lo más parecido a la cueva de ali baba!
Esta reinterpretando de manera tendenciosa a favor de los Bancos , es lo que lleva haciendo con todo estos temas de clausulas abusivas, Todos sabemos para quien trabajan y a quién defiende .
Como siempre aquí tienes un compañero y admirador de tu conocimiento y formas. Aunque hoy no estoy de acuerdo con el fondo del comentario, pues creo q esta vez el supremo ha acertado. Gracias por tus contenidos.
Рік тому
Gracias a ti por vernos y por comentar, todas las opiniones enriquecen el debate y amplían el conocimiento de cualquier tema. Saludos.
Estando muy de acuerdo en tu análisis....al final estamos en lo mismo no? Caso por caso el banco tendrá que demostrar el objeto de imponer esa comisión de apertura verdad??
Рік тому
Efectivamente Ana. Y ya estamos teniendo respuesta de juzgados de primera instancia; por ejemplo, Pamplona y Ciudad Real se revelan contra el Supremo y consideran que el banco no ha demostrado el objeto de esa comisión, en casos similares a los de la sentencia del Supremo.
Muchas gracias por esta informacion
Como despacho especializado en condiciones generales de la contratación no ponemos por menos que aplaudir una exposición como esta: Clara y contundente. La mejor aclaración que un consumidor puede encontrar, y la mejor forma de la expresar la opinión que sustentamos la mayoría de los profesionales. Enhorabuena.
Como siempre perfectamente explicado. Muchas gracias.
Seguimos teniendo a unos Jueces al servicio de la Banca, ya es hora de acabar con estos sinvergüenzas.
No se que clase de ley tenemos aqui que los banqueros hacen lo que les da la gana y los jueces les da igual cuando los deberian obligar a devolver y rapidito sino multa millonaria si no se rien de todos
Muy bién explicado lo ha entendido hasta mi hija de 14 años.
A ver cuándo el TJUE se proununcia sobre el impuesto de actos juridicos documentados
Tengo una audiencia previa con vosotros la semana que viene en Barcelona. A ver que pasa. Gracias por el video
Si ya he tenido una sentencia favorable anulando la cláusula de gastos de mi hipoteca (notaría ) y despues encuentro una factura del registro y de la tasación que antes del pleito no tenía, puedo volver a reclamar judicialmente esos gastos ?
En mi hipoteca del 2009 no tenía comisión de apertura,, tampoco les compensaba,,, ya metieron dos seguros de vida, de importe gordo, y eso si, beneficiario el banco,,, bueno, ibercaja,, lo más parecido a la cueva de ali baba!
Esta reinterpretando de manera tendenciosa a favor de los Bancos , es lo que lleva haciendo con todo estos temas de clausulas abusivas, Todos sabemos para quien trabajan y a quién defiende .
El caso enjuiciado no podría ser más apropiado para q el Supremo expresara su tesis.
Como siempre aquí tienes un compañero y admirador de tu conocimiento y formas. Aunque hoy no estoy de acuerdo con el fondo del comentario, pues creo q esta vez el supremo ha acertado.
Gracias por tus contenidos.
Gracias a ti por vernos y por comentar, todas las opiniones enriquecen el debate y amplían el conocimiento de cualquier tema. Saludos.
Estando muy de acuerdo en tu análisis....al final estamos en lo mismo no? Caso por caso el banco tendrá que demostrar el objeto de imponer esa comisión de apertura verdad??
Efectivamente Ana. Y ya estamos teniendo respuesta de juzgados de primera instancia; por ejemplo, Pamplona y Ciudad Real se revelan contra el Supremo y consideran que el banco no ha demostrado el objeto de esa comisión, en casos similares a los de la sentencia del Supremo.