Hola Dr. 17 respuestas correctas...y primero en comentar 😉 Primera vez tambien que comento, ya que soy seguidor de su canal pero solo he dado likes a sus videos hasta hoy. Le cuento que soy estudiante de 3° año de Derecho, soy de Argentina y, a pesar de algunos conceptos, teorias y jurisprudencias que nos diferencian, sus videos me han ayudado mucho para esclarecer algunas dudas e inquitudes que he tenido. Lo felicito por el canal y le mando un cordial saludo.
20 buenas Dr🤓 Excelente dinámica y más para esta época de concursos en Colombia. Gracias por compartir sus conocimientos 👏🏻 Saludos desde la Puerta de Oro de la Amazonia Colombiana🫶🏻
Un fraternal saludo hasta la Argentina mi estimado @@juanccavallottialvarez5730me da mucha satisfacción saber que el canal trasciende fronteras y es bien recibido ¡Muchas gracias por el apoyo! Por cierto ¿En qué ciudad de Argentina te encuentras?
Ojo con la pregunta 19, revise el artículo 82 de la ley 599 de 2000: Ese numeral es condicionalmente exequible por sentencia C-828 de 2010. Magistrado Ponente Dr. Humberto Antonio Sierra Porto.
¿Cuántas acertaste?
Hola Dr. 17 respuestas correctas...y primero en comentar 😉
Primera vez tambien que comento, ya que soy seguidor de su canal pero solo he dado likes a sus videos hasta hoy. Le cuento que soy estudiante de 3° año de Derecho, soy de Argentina y, a pesar de algunos conceptos, teorias y jurisprudencias que nos diferencian, sus videos me han ayudado mucho para esclarecer algunas dudas e inquitudes que he tenido.
Lo felicito por el canal y le mando un cordial saludo.
14 buenas. Saludos y buena dinámica en estos espacios 👍🏼
20 buenas Dr🤓
Excelente dinámica y más para esta época de concursos en Colombia. Gracias por compartir sus conocimientos 👏🏻
Saludos desde la Puerta de Oro de la Amazonia Colombiana🫶🏻
Un fraternal saludo hasta la Argentina mi estimado @@juanccavallottialvarez5730me da mucha satisfacción saber que el canal trasciende fronteras y es bien recibido ¡Muchas gracias por el apoyo!
Por cierto ¿En qué ciudad de Argentina te encuentras?
Excelente @@jotapa85 ¡Muchas gracias por apoyar el canal!
Soy un estudiante de la licenciatura de derecho es muy interesante estos temas penales.
Un placer saludarlo mi estimado
Ojo con la pregunta 19, revise el artículo 82 de la ley 599 de 2000:
Ese numeral es condicionalmente exequible por sentencia C-828 de 2010. Magistrado Ponente Dr. Humberto Antonio Sierra Porto.
La 19 está incorrecta, artículo 82 del código penal. De hecho, todas las opciones son correctas.
¡muchas gracias Doc!
Felicitaciones.Doctor,no soy abogada,me gusta.participar obtuve respuesta de unas 10
La opción de la respuesta 18 debe ser modificada. La pena máxima en Colombia seguirá siendo de 50 años.