Este video ha resultado ser oro para mi. Estoy fascinada y anonadada con la explicación que brinda el orador. He leído e investigado sobre la Teoría del Delito pero nunca la había comprendido tan bien como en este momento con tan magistral explicación. Ojalá y aquí en Panamá contáramos con profesores que hicieran tal demostración de docencia. Mil gracias por subir esta magnifica clase de Derecho Penal . En adelante seré fiel seguidora del Dr. Rusconi, saludos desde Panamá.
Comenze este 2018 a estudiar derecho, "la ciencia dogmatica del derecho" gracias a dios pase a segundo año quisiera ser un buen abogado penalista escuchar al Dr. Es muy emocinante e inspirativo para mi espero terminar esta carrera.
Magistral explicación cuanto vocabulario, muy bueno. Gracias sa usted profesor aprobé derecho. En particular la materia se llamaba Aspectos Profesionales para la ingeniería vimos derecho penal muy distinto a como lo redacta usted pero para el final me sirvió un montón y pude retratar la idea con sus mismas frases y incluso con expresiones similares jajaj elegí derecho penal para dar el final de todos los temas que vimos. Curso ingeniería en sistemas por cierto. Ssludos desde mdp
Muchas gracias Dr. Maximiliano por exponer tan claro el tema de teoría del delito, yo estudio actualmente, ciencias políticas en relaciones internacionales y en esta asignatura estaba estancada, no entendía, he leído bastante del tema y no lograba encanjar nada, hasta que escuché la explicación suya, gracias por compartir sus conocimientos y experiencia de trabajo, porque sin ninguna duda usted tiene una larga trayectoria en este tema para que sea tan claro para exponer este tema tan complejo. Gracias por ser un exelente profesional, le felicito.
@@marisamedina7328 el Dr. Puerta falleció hace 1 tiempo. Era 1 caballero con mayúsculas. Un nacionalista a la par de Scalabrini Ortiz, Jaureche, Palacios.
en que te basas para decir eso?,,,,, para tu conocimiento las fuerzas de seguridad si fueran ignorantes y brutas como decis no funcionaria el sistema judicial, porque sencilla y basicamente ningun operador judicial investiga en en sentido lato de la expresión, lo hace por intermedio de ellas.... (como auxiliares de justicia).---- por tanto tu "DEBERIA SER OBLIGATORIO" Y QUE "SON IGNORANTES Y BRUTOS" es una FALACIA "ad hominem".---- saludos cordiales.-
Felicitaciones por su tema, aunque a título personal difiero de que un sistema judicial sustentado en "jueces profesionales" sea mejor que un sistema por jurados, toda vez que el problema práctico que mi experiencia como Defensor Público Mexicano, es que esa tan afamada profesionalización de los jueces, en la realidad no sea tal, es decir, el problema que le veo es que en la vida real, las resoluciones judiciales tal parece que fueran más desde lo intuitivo que desde el derecho objetivo, ante un dictado sistematizado y donde todos los acusados por una menor de edad, práctica y fácticamente ya se encuentran condenados por la simple condición de la víctima, cuando desde todo enfoque serio del derecho debería partir de que aunque desde nuestra "humanidad" las personas más o menos nos conducimos de una forma similar, no necesariamente quiere decir que dicha conducta sea igual, sino más bien al contrario, ante hechos similares, esa misma individualidad en la práctica cada caso concreto debe ser tratada como eso, un caso concreto, con características concretas, en tiempos y con individuos y fenómenos concretos que en cuanto a sus variables no pueden ser tratados como iguales, que es en este punto, que a diferencia de los procesos mediante jueces, en los de jurados esa falta de "profesionalización" contrario al discurso latinoamericano, es solo ante un jurado, donde el justiciable cuenta con una posibilidad real de que su caso sea juzgado con una imparcialidad real, por el solo hecho que la motivación en su resolución sea el sentir luego de debatir entre sí mismos; es decir, entre varias personas enfrentadas a un debate interno, que las haga cuestionarse verdaderamente para llegar a un veredicto, contrariamente a la voluntad unívoca y de Estado como resulta con un Juez, que es su sola; repito, su sola voluntad sin nada en contrario, la que lo hace emitir su sentencia, por lo que en la práctica, es solo la voluntad del Estado y no la razón individual, que podrá ser o no apegada a la ley, bajo el simple argumento de que si el juez se equivoca ya habrá otro juez superior que lo revise, el problema es cuando ese juez revisor, y a su vez el de arriba de éste, que dicho sea de paso y sin "pelos en la lengua" mbos obedecen al un mismo patrón, el Gobierno. Desde mí punto de vista, no existe otro acto de mayor democracia que el pueblo o ciudadanos común juzgado a sus iguales, donde solo la empatía con ambas partes, quien tendrá que decidir mediante lo que para ellos sean hechos probados, si favorece al acusado o a la víctima. Gracias por su atención. Saludos desde Monterrey, Nuevo León, México.
la tenencia de instrumentos o herramientas no puede llevar a presumir lo a concluir la comisión de un delito de robo. Será necesaria la concurrencia de indicios reales, huellas dactilares y otros indicios para concluir en la comision de un delito
muy buena la explicación del Dr. a comparación del Dr. Zaffaroni que solo quiere dar e entender que la teoria del delito es un método punitivo que usa el Estado solo para castigar.
Si lo explicado por el Dr. RUSCONI, se aplicaría sin la corrupción del poder judicial, seria mas que excelente la teoría del delito como herramienta para determinar la culpabilidad de una persona. Es mi humilde opinión, espero no ofender a nadie, pero me remito a los hechos de publico conocimiento hoy en día.
No, afecta la tipicidad subjetiva. Los elementos objetivos se dan. En la subjetiva si hubiera conocimiento y voluntad de todos los elementos objetivos habria dolo, pero no es asi por haber un error de tipo
Para todos aquellos que se burlan de la manera en que el Dr. pronuncia las palabras les digo que vergüenza debería darles. Y sabiendo que los graciosos y burlones son estudiantes de Derecho les digo así de maleducados no van a llegar muy lejos.
Nadie puede argumentar ignorancia de la ley, claro que tiene que haber ley previa pero hay al menos tres bienes que Dios otorga (vida, libertad y propiedad) y que deben ser protegidos con la norma, y de allí determinar la forma adecuada de prevenir su transgresión y reprimirla en el caso de ser efectuada. No hay que confundir teoría del delito con fundamento de la pena
Yo estoy estudiando regimen legal .tengo un practico que se basa en un ejemplo de un a persona cumpliendo una condena con sentencia firme de 20 años de prisión. Al momento de cumplir 12 años de su condena,se dicta una nueva ley que dispone que el mismo delito que el cometió sera sancionado con una pena de 15 años .inmediatamente ,a través de su abogado el condenado peticiona que se reduzca su pena de acuerdo a los terminos de la nueva ley el juez le rechaza la peticion con fundamento en que las leyes rigen para el futuro por que no son de aplicación retroactivas y al momento de la comision del delito la ley que dispuso la reduccion de la pena no estaba vigente y por lo tanto no corresponde su aplicación al caso . Tiene razon el juez o el peticionante ???? Por que? Si alguien puede ayudarme
Perdón , acaso en el jurado popular hay cualquier persona actuando?? Yo creo que no , deberían someterse a distintas pruebas y otras cosas . No creí que sean un fulano que no tiene ningún testimonio. Después,me parece que nos podríamos sorprender de la racionalidad de un ciudadano que quiere justicia.
Habla de que, para determinar si hay delito, primero hay que ver si cumple con ciertos parámetros para tal fin, por ejemplo, en primer lugar si la conducta fue voluntaria o no ? (Si no fue voluntaria no hay delito) segundo, si la conducta que cometió el imputado es típica (si se encuentra dentro de las normas penales ej. Matar), si esa conducta es típica, vale preguntarse entonces si es jurídica ? Y si es antijurídica entonces, es culpable... ? Es decir puede ser reprochable al imputado ? Si cumple con todos los parámetros de la teoría del delito, entonces estamos ante un hecho delictivo reprochable por nuestro sistema jurídico.
Gran parte de los problemas que tenemos como sociedad, en cuanto a seguridad, vienen de esta materia de la carrera de derecho... el poder judicial esta contaminado, ojala cambie pronto
estudio para ser policía y la verdad no me llama ejercer como abogado pero con usted me interesa saber y aprender más sobre el código penal
Este video ha resultado ser oro para mi. Estoy fascinada y anonadada con la explicación que brinda el orador. He leído e investigado sobre la Teoría del Delito pero nunca la había comprendido tan bien como en este momento con tan magistral explicación. Ojalá y aquí en Panamá contáramos con profesores que hicieran tal demostración de docencia. Mil gracias por subir esta magnifica clase de Derecho Penal . En adelante seré fiel seguidora del Dr. Rusconi, saludos desde Panamá.
Que espectacular como explica la materia para alguien que esta tan desorientado como yo, GRACIAS! Ojala lo tuviera de profesor!
Te gusto?
La culpa no es de tu profesor, es tuya que tenés como 35 años y vas por tercero, seguí con los streaming narigona
Por favor sigan subiendo videos como este. Todos los argentinos deberíamos conocer los basamentos legales del sistema judicial en el que vivimos.
es una basura el basamento legal en el que vivimos... Tiene que ser cambiado urgentemente.
El mejor profesor que tuve hasta ahora. Siempre muy preciso en los conceptos
Dónde dicta?
Comenze este 2018 a estudiar derecho, "la ciencia dogmatica del derecho" gracias a dios pase a segundo año quisiera ser un buen abogado penalista escuchar al Dr. Es muy emocinante e inspirativo para mi espero terminar esta carrera.
Seras el mejor, el derecho penal es muy interesante y la dogmática fundamental ✍🤝
Cómo vas con la carrera amigo? yo comencé en el 2019, hoy en día sigo formándome y no me arrepiento. Es una hermosa carrera!
Que maravilla! Me quedé encantada, Obtengo mucho crecimiento como profesional del Derecho con este medio, Muchas gracias.
Claridad, concisión y precisión. Excelente.
Magistral explicación cuanto vocabulario, muy bueno. Gracias sa usted profesor aprobé derecho. En particular la materia se llamaba Aspectos Profesionales para la ingeniería vimos derecho penal muy distinto a como lo redacta usted pero para el final me sirvió un montón y pude retratar la idea con sus mismas frases y incluso con expresiones similares jajaj elegí derecho penal para dar el final de todos los temas que vimos. Curso ingeniería en sistemas por cierto. Ssludos desde mdp
Muchas gracias Dr. Maximiliano por exponer tan claro el tema de teoría del delito, yo estudio actualmente, ciencias políticas en relaciones internacionales y en esta asignatura estaba estancada, no entendía, he leído bastante del tema y no lograba encanjar nada, hasta que escuché la explicación suya, gracias por compartir sus conocimientos y experiencia de trabajo, porque sin ninguna duda usted tiene una larga trayectoria en este tema para que sea tan claro para exponer este tema tan complejo. Gracias por ser un exelente profesional, le felicito.
Excelente profesor camino a ser maestro
Excelente, muy claro y preciso. De gran ayuda para los que estamos dando los primeros pasos en esta carrera. Muchas gracias !!
Fui alumno de Adriano Pietra. Era un apasionado del derecho y una nobleza como profesor, gran persona.
Es un lujo!!, Dónde dicta clases?
@@marisamedina7328 el Dr. Puerta falleció hace 1 tiempo. Era 1 caballero con mayúsculas. Un nacionalista a la par de Scalabrini Ortiz, Jaureche, Palacios.
@@marisamedina7328 El Dr. Pietra
@@drerasmosandoval Quéeee!!??, pero era muy jóven. Además son de hace dos años los videos. Qué pena tan grande. Hace unos dias lo venía escuchando.
@@marisamedina7328 no no. Adriano Pietra era muy mayor. El que aparece en el video, por suerte para los que amamos el derecho, sigue dando cátedra.
Espectacular exposición. Gracias 🙂
un vídeo excepcional felicidades Dr Maximiliano rusconi....usted es mi héroe ......le estoy muy agradecida por todo su apoyo mediante sus vídeos....
De las mejores exposiciones sobre Teoría del Delito….
La verdad que está muy bueno el video te felicito yo siempre quise ser abogado
Excelente video. Una seguridad para explicar su ponencia excelente
En comodoro py tendrian que hacer un curso super intensivo los fiscales sobre las bases de la teoría del delito
28:50 Teoría del Delito
Gracias papu
jaja graciaaas
Excelente doctor, muchas gracias
excelente clase dr! muchas gracias!
Muy clara exposición.
EXCELENTE MAESTRO.
Gracias...saludos de peru 🇵🇪
Dr. Solamente,UD,seentiende
gracias dr rusconi!!!
Excelente video , debería ser obligatorio para todas las Fuerzas de seguridad, ya que son ignorantes y brutos
Todos?
en que te basas para decir eso?,,,,, para tu conocimiento las fuerzas de seguridad si fueran ignorantes y brutas como decis no funcionaria el sistema judicial, porque sencilla y basicamente ningun operador judicial investiga en en sentido lato de la expresión, lo hace por intermedio de ellas.... (como auxiliares de justicia).---- por tanto tu "DEBERIA SER OBLIGATORIO" Y QUE "SON IGNORANTES Y BRUTOS" es una FALACIA "ad hominem".---- saludos cordiales.-
@Puntos de Exu, Umbanda y Orisa !! no lo tienen mi amigo es policía , y es muy poco lo que sabe de derecho .
Gracias yo estudié ciencias administrativas y sociales
Bien explicado excelente
Excelente vídeo, muy provechoso.
excelente explicación
Gracias !! , por tanta excelencia !!
que buen video
Un genio
Excelente
Felicitaciones por su tema, aunque a título personal difiero de que un sistema judicial sustentado en "jueces profesionales" sea mejor que un sistema por jurados, toda vez que el problema práctico que mi experiencia como Defensor Público Mexicano, es que esa tan afamada profesionalización de los jueces, en la realidad no sea tal, es decir, el problema que le veo es que en la vida real, las resoluciones judiciales tal parece que fueran más desde lo intuitivo que desde el derecho objetivo, ante un dictado sistematizado y donde todos los acusados por una menor de edad, práctica y fácticamente ya se encuentran condenados por la simple condición de la víctima, cuando desde todo enfoque serio del derecho debería partir de que aunque desde nuestra "humanidad" las personas más o menos nos conducimos de una forma similar, no necesariamente quiere decir que dicha conducta sea igual, sino más bien al contrario, ante hechos similares, esa misma individualidad en la práctica cada caso concreto debe ser tratada como eso, un caso concreto, con características concretas, en tiempos y con individuos y fenómenos concretos que en cuanto a sus variables no pueden ser tratados como iguales, que es en este punto, que a diferencia de los procesos mediante jueces, en los de jurados esa falta de "profesionalización" contrario al discurso latinoamericano, es solo ante un jurado, donde el justiciable cuenta con una posibilidad real de que su caso sea juzgado con una imparcialidad real, por el solo hecho que la motivación en su resolución sea el sentir luego de debatir entre sí mismos; es decir, entre varias personas enfrentadas a un debate interno, que las haga cuestionarse verdaderamente para llegar a un veredicto, contrariamente a la voluntad unívoca y de Estado como resulta con un Juez, que es su sola; repito, su sola voluntad sin nada en contrario, la que lo hace emitir su sentencia, por lo que en la práctica, es solo la voluntad del Estado y no la razón individual, que podrá ser o no apegada a la ley, bajo el simple argumento de que si el juez se equivoca ya habrá otro juez superior que lo revise, el problema es cuando ese juez revisor, y a su vez el de arriba de éste, que dicho sea de paso y sin "pelos en la lengua" mbos obedecen al un mismo patrón, el Gobierno. Desde mí punto de vista, no existe otro acto de mayor democracia que el pueblo o ciudadanos común juzgado a sus iguales, donde solo la empatía con ambas partes, quien tendrá que decidir mediante lo que para ellos sean hechos probados, si favorece al acusado o a la víctima. Gracias por su atención. Saludos desde Monterrey, Nuevo León, México.
Que principio nombra después del principio de igualdad ante la ley? No logro comprenderlo.
la tenencia de instrumentos o herramientas no puede llevar a presumir lo a concluir la comisión de un delito de robo. Será necesaria la concurrencia de indicios reales, huellas dactilares y otros indicios para concluir en la comision de un delito
Es impecable!!, cómo se llama el docente?, dicta clases en UBA?
No, Maximiliano Rusconi se llama, es abogado de Julio de Vido
Tiene como 5 catedras en la uba y varios libros de estudio
Sii muchas gracias!!
CLARISIMOOOO
Que pasa en Argentina con los juicios por jurados? No lo fundamentan? No serían recurribles en ese caso según el video.
Si los jurados fuesen personas con conocimientos jurídicos, entonces lo mejor sería que el juez decida sin intervención de un tercero.
muy buena la explicación del Dr. a comparación del Dr. Zaffaroni que solo quiere dar e entender que la teoria del delito es un método punitivo que usa el Estado solo para castigar.
Si lo explicado por el Dr. RUSCONI, se aplicaría sin la corrupción del poder judicial, seria mas que excelente la teoría del delito como herramienta para determinar la culpabilidad de una persona. Es mi humilde opinión, espero no ofender a nadie, pero me remito a los hechos de publico conocimiento hoy en día.
Un libro que me recomienden para empezar
Apenas tengo 17 y quiero estudiar derecho penal
Teoría General del delito de Muñoz Conde
De los delitos y las penas de Cessar Beccaria
Buom padre o Baccigalupo
Los de Rusconi y Javier Ignacio Baños!
Genial!
👏👏👏👏👏👏💪
desde que escuela explican la teoría del delito?
El error de tipo. ¡¿Afecta la tipicidad objetiva o subjetiva????
objetiva, desconoce un elemento o detalle del hecho
graciass!!! @@florenciacastroporta5674
No, afecta la tipicidad subjetiva. Los elementos objetivos se dan. En la subjetiva si hubiera conocimiento y voluntad de todos los elementos objetivos habria dolo, pero no es asi por haber un error de tipo
alguien que tenga un link del código penal argentino por fa
Para todos aquellos que se burlan de la manera en que el Dr. pronuncia las palabras les digo que vergüenza debería darles. Y sabiendo que los graciosos y burlones son estudiantes de Derecho les digo así de maleducados no van a llegar muy lejos.
Nadie puede argumentar ignorancia de la ley, claro que tiene que haber ley previa pero hay al menos tres bienes que Dios otorga (vida, libertad y propiedad) y que deben ser protegidos con la norma, y de allí determinar la forma adecuada de prevenir su transgresión y reprimirla en el caso de ser efectuada. No hay que confundir teoría del delito con fundamento de la pena
👏🏻
👑⭐️💙♥️✨️
Yo estoy estudiando regimen legal .tengo un practico que se basa en un ejemplo de un a persona cumpliendo una condena con sentencia firme de 20 años de prisión. Al momento de cumplir 12 años de su condena,se dicta una nueva ley que dispone que el mismo delito que el cometió sera sancionado con una pena de 15 años .inmediatamente ,a través de su abogado el condenado peticiona que se reduzca su pena de acuerdo a los terminos de la nueva ley el juez le rechaza la peticion con fundamento en que las leyes rigen para el futuro por que no son de aplicación retroactivas y al momento de la comision del delito la ley que dispuso la reduccion de la pena no estaba vigente y por lo tanto no corresponde su aplicación al caso .
Tiene razon el juez o el peticionante ???? Por que?
Si alguien puede ayudarme
El peticionante, por la retroactividad de la ley penal mas benigna
Perdón , acaso en el jurado popular hay cualquier persona actuando?? Yo creo que no , deberían someterse a distintas pruebas y otras cosas . No creí que sean un fulano que no tiene ningún testimonio. Después,me parece que nos podríamos sorprender de la racionalidad de un ciudadano que quiere justicia.
ay no entiendo nada :C pero porque no estudio derecho solo tengo la materia.. habla en idioma abogado jajaja
Ni yo que estudio derecho luego entiendo todo... Imagínate
@@AnaRojas-sx1mm por donkey te pasa
Habla de que, para determinar si hay delito, primero hay que ver si cumple con ciertos parámetros para tal fin, por ejemplo, en primer lugar si la conducta fue voluntaria o no ? (Si no fue voluntaria no hay delito) segundo, si la conducta que cometió el imputado es típica (si se encuentra dentro de las normas penales ej. Matar), si esa conducta es típica, vale preguntarse entonces si es jurídica ? Y si es antijurídica entonces, es culpable... ? Es decir puede ser reprochable al imputado ? Si cumple con todos los parámetros de la teoría del delito, entonces estamos ante un hecho delictivo reprochable por nuestro sistema jurídico.
Se va por las ramas
me caso
Que vea un fonoaudiólogo por favor asi se le entiende todo
Usted vaya a un psicólogo así le ayuda con la inclusión...
Tiene acento francés al pronunciar
Chamuyo chamuyo chamuyo, el que delinque, a la carcel.
este chamuyo distingue un ladron de un asesino
,no las personas
Ignorante
bruto macrista
@@danielgustavoibanez3167 zurdo vende patria
Llevo 15 minutos y no aporta nada, ni doctrina, ni teoría,, ni nada que dea solvente
peroooooooooooooooooo en el derecho no hay hecho, hay interpretaciones...estaria faltanto esto ultimo quizas?
por eso dice 1a parte crack
Que mal que habla por favor.
Solo habla y habla pero no dice nada concreto.
Gangoso
Gran parte de los problemas que tenemos como sociedad, en cuanto a seguridad, vienen de esta materia de la carrera de derecho... el poder judicial esta contaminado, ojala cambie pronto
Excelente.