Sigo con tus vídeos, ahora de supuestos prácticos que, aunque soy de Administración Local y suelen ser de AGE o autonomía, están de 10. Las explicaciones que das y los caminos por los que conduces con tus preguntas hacen que afiancemos mucho mejor los conocimientos y caigamos en situaciones impensadas. Felicidades
Muchas gracias Paco al poner este supuesto en este canal de youtube , que al menos para mi es mas cómodo , ya que no te puedo seguir en directo , la labor que haces y tu entega para mi es impagable, muchas gracias
Te agradezco que pongas estos supuestos prácticos , y que nos lo expliques de forma tan clara . Son de grandisima ayuda para mí . Yo que estoy estudiando por libre, me resultan muy práctico y útil tus videos.
Buenas noches. En la pregunta tres respecto a la subsanación del apoderamiento, creo que no es el artículo 68.1 sino el 5.6. Coincide que también son 10 días hábiles pero no la ampliación: 5.6. La falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran.
Oye Paco!! Mil gracias por estar al loro de la resolución de la STS en relacion con el 68.4...Era algo q me traía de cabeza... Es q no tenía sentido ninguno.. Si el interesado presentaba el último día.. El funcionario de turno estaba obligado a mandarle el escrito para subsanar por ley y darle 10 días...pero es q ya cuando se lo manda estaría fuera de plazo ... Para ser honestos entonces y no dar falsas esperanzas el funcionario debería ponerle en una nota a pie de página " Estamos obligados a darle este plazo pero aunque subsane Ud no se lo vamos a admitir porque de acuerdo con el 68.4 Ud YA ESTA fuera de plazo"...No tenía sentido ninguno....No tenía conocimiento de esta sentencia.. Si q es verdad que sentencias previas de otras CCAA interpretaron este artículo en un sentido menos restrictivo.... Entendiendo q ese plazo computaba en cuanto al plazo máximo de resolución de los procedimientos y por tanto daba por buena la presentación siempre q se hiciera en el periodo concedido para la subsanación ...Gracias Paco!! Muy bien explicado y muy clarito... Eres un crack!
Hola Paco buenos días. Gracias por los vídeos. Tenía una duda. En los procedimientos abiertos simplificados, así como en el contrato Menor, no se habla de los contratos de CCServicios ni CCObras, (solamente obras, suministro y servicios). Es extensivo en el caso de las concesiones los mismos umbrales? O no se pueden hacer procedimiento abierto simplificado o contrato menor en el caso de Concesión de Obras/Servicios. Muchas gracias, un saludo! :)
No es común ver contratos de Concesión por debajo de los umbrales SARA. En caso de que ocurriesen, lo normal sería tratarlos con las carácteristicas de un procedimiento abierto nomal. Un saludo. :):
Hola Paco! Muchas gracias por tu labor, hasta mi hija conoce tu nombre, jajaja Tengo una duda, cuando sobre el minuto 45 en adelante hablas de la STS sobre la interpretación del art. 68.4 dices que sólo se aplicará lo que indica la sentencia cuando el procedimiento se inicie a solicitud del interesado, pero por curiosidad he leído la sentencia y justamente he entendido lo contrario, es decir, que el art. 68.4 LPAC resulta estrictamente aplicable a los procedimientos iniciados a solicitud del interesado y no a los procedimientos iniciados de oficio por la Administración, ni a los procedimientos de revisión de los actos administrativos. Si tienes un momento y me lo puedes aclarar te lo agradecería muchísimo porque estoy muy confundida. Gracias!!
Una sentencia del T.C dictó que no había plazo, pero Paco ha visto indicios de que no es tan así, así que nos vamos a quedar con lo que dice la Ley 29/1998 de los 6 meses !!! Saludos
Buenas a todos ! No os ha parecido muy muy suavito este supuesto ! No sé, cosas muy generales sin profundizar apenas, muy pocas trampas, para mi de los más fáciles que he visto ! También es verdad que no es lo mismo hacerlo con el gato encima que en el examen jeje, pero.... Saludos
Sigo con tus vídeos, ahora de supuestos prácticos que, aunque soy de Administración Local y suelen ser de AGE o autonomía, están de 10. Las explicaciones que das y los caminos por los que conduces con tus preguntas hacen que afiancemos mucho mejor los conocimientos y caigamos en situaciones impensadas. Felicidades
Muchas gracias Paco al poner este supuesto en este canal de youtube , que al menos para mi es mas cómodo , ya que no te puedo seguir en directo , la labor que haces y tu entega para mi es impagable, muchas gracias
Casi dos horas de full aprendizaje!!! muchas gracias don Paco, y que re recuperes de esa garganta!!
Te agradezco que pongas estos supuestos prácticos , y que nos lo expliques de forma tan clara . Son de grandisima ayuda para mí . Yo que estoy estudiando por libre, me resultan muy práctico y útil tus videos.
Magnifico videp. La explicación de los contratos es simplemente genial. Graciaasss
Increíble todo lo que sacas al desgranar cada caso práctico, se aprende mucho en cada vídeo. Gracias Paco por tanto ❤
Es genial Paco contar con tu ayuda! Muchas gracias
Mil gracias Paco por estos vídeos con su explicación, ayudas muchísimo. Saludos
Repasando todos tus vídeos para el próximo fin de semana, pregunta número 10, has sido magnifico desde el inicio Paco.
Muchísimas gracias!!!por tu claridad en las explicaciones
Buenas noches.
En la pregunta tres respecto a la subsanación del apoderamiento, creo que no es el artículo 68.1 sino el 5.6. Coincide que también son 10 días hábiles pero no la ampliación:
5.6. La falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran.
Eres genial Paco, tus vídeos me enganchan y aprendo un montón.
Que maravilla Paco. Me ha venido genial.
Gracias Paco! Como siempre, estupendo supuesto!!!! me ha ayudado a reforzar. Un abrazo!!
Qué bueno eres, Paco. Lo dejas todo clarísimo! Infinitas gracias.
He vuelto a verte hoy... gracias de nuevo
Me ha encantado la explicación de la pregunta 10. La aclaración de los procedimientos de adjudicación por importes. Mil gracias!!! 🙌🏻🙌🏻🙌🏻🙌🏻
:):)
Maravilloso como siempre
Buenas noches primera vez q te veo en directo
Gracias Paco. He aprendido mucho contigo.
Muy buenos los videos de supuestos practicos. Consigues aclararnos mucho las cosas. Gracias.
Grande Paco! Tus explicaciones son geniales!
No los pasamanos genial contigo😊
Tus chorreos, y rollos molan mucho 😂😂. Así que cuanto más te enrolles más aprendemos.🧵🤣
Oye Paco!! Mil gracias por estar al loro de la resolución de la STS en relacion con el 68.4...Era algo q me traía de cabeza... Es q no tenía sentido ninguno.. Si el interesado presentaba el último día.. El funcionario de turno estaba obligado a mandarle el escrito para subsanar por ley y darle 10 días...pero es q ya cuando se lo manda estaría fuera de plazo ... Para ser honestos entonces y no dar falsas esperanzas el funcionario debería ponerle en una nota a pie de página " Estamos obligados a darle este plazo pero aunque subsane Ud no se lo vamos a admitir porque de acuerdo con el 68.4 Ud YA ESTA fuera de plazo"...No tenía sentido ninguno....No tenía conocimiento de esta sentencia.. Si q es verdad que sentencias previas de otras CCAA interpretaron este artículo en un sentido menos restrictivo.... Entendiendo q ese plazo computaba en cuanto al plazo máximo de resolución de los procedimientos y por tanto daba por buena la presentación siempre q se hiciera en el periodo concedido para la subsanación ...Gracias Paco!! Muy bien explicado y muy clarito... Eres un crack!
Hola Paco buenos días. Gracias por los vídeos. Tenía una duda. En los procedimientos abiertos simplificados, así como en el contrato Menor, no se habla de los contratos de CCServicios ni CCObras, (solamente obras, suministro y servicios). Es extensivo en el caso de las concesiones los mismos umbrales? O no se pueden hacer procedimiento abierto simplificado o contrato menor en el caso de Concesión de Obras/Servicios. Muchas gracias, un saludo! :)
No es común ver contratos de Concesión por debajo de los umbrales SARA. En caso de que ocurriesen, lo normal sería tratarlos con las carácteristicas de un procedimiento abierto nomal.
Un saludo. :):
Paco que es eso de Amazon prime??
Hola Paco!! no encuentro el supuesto práctica de financiero que subiste hace poco...
ua-cam.com/video/aP_cgqvqv6g/v-deo.html
Los q están contigo mientras resuelves están en algún curso clase...contigo? Preparas oposiciones?
Hola Paco! Muchas gracias por tu labor, hasta mi hija conoce tu nombre, jajaja
Tengo una duda, cuando sobre el minuto 45 en adelante hablas de la STS sobre la interpretación del art. 68.4 dices que sólo se aplicará lo que indica la sentencia cuando el procedimiento se inicie a solicitud del interesado, pero por curiosidad he leído la sentencia y justamente he entendido lo contrario, es decir, que el art. 68.4 LPAC resulta estrictamente aplicable a los procedimientos iniciados a solicitud del interesado y no a los procedimientos iniciados de oficio por la Administración, ni a los procedimientos de revisión de los actos administrativos.
Si tienes un momento y me lo puedes aclarar te lo agradecería muchísimo porque estoy muy confundida. Gracias!!
Buenos días Akane,
Exactamente es lo que comentas, se aplica a las solicitudes iniciadas por los interesados. :):)
@@PacoBarbieSupuestosPracticos entonces tienes tú razón o ella? No me ha quedado claro :/ Entiendo que tú.
Yo entiendo que a partir de 143.000€ en ser/sum., puede ser SARA
Mi mejor compañero de metro e initinere 🤣🤭
:):)
Finalmente el plazo para interponer recurso contencioso administrativo para actos presuntos es de 6 meses o sin plazo??
Una sentencia del T.C dictó que no había plazo, pero Paco ha visto indicios de que no es tan así, así que nos vamos a quedar con lo que dice la Ley 29/1998 de los 6 meses !!! Saludos
Pero un Abierto SARA no podria ser, porque el importe es ≥ 140.000€, por tanto 1€ no cumple con el requisito, no? O yo me estoy volviendo "tarumba"🙃😄
Muy bueno, pero ojo, no es lo mismo formular una solicitud que presentar una solicitud, me saltan dudas.
Buenas a todos ! No os ha parecido muy muy suavito este supuesto ! No sé, cosas muy generales sin profundizar apenas, muy pocas trampas, para mi de los más fáciles que he visto ! También es verdad que no es lo mismo hacerlo con el gato encima que en el examen jeje, pero.... Saludos