Indemnización por despido. Tope indemnizatorio. Caso Vizzoti. Indemnización mínima por Javier Nagata

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  • Опубліковано 4 вер 2024
  • Videoconferencia en vivo de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, jueves, 11 de junio de 2020 07 36 54 a m, Facultad de Ciencias Económicas de la UBA. Profesor Adjunto: Javier Nagata

КОМЕНТАРІ • 18

  • @yohanalorenzatto548
    @yohanalorenzatto548 Рік тому +1

    Excelente clase! Me esclareció mucho

  • @matiasn4970
    @matiasn4970 4 роки тому +3

    Buena clase profesor

  • @marv10go
    @marv10go 4 роки тому +2

    Excelente Dr.
    Felicitaciones

  • @FacundoRuizFragola
    @FacundoRuizFragola Рік тому

    Excelente exposición. Muchas gracias!!

  • @marcelodcastro5319
    @marcelodcastro5319 Рік тому

    Excelente Explicación Doctor..!!

  • @yamilataborda6573
    @yamilataborda6573 4 роки тому +1

    Todo muy claro! gracias gracias gracias

  • @juanpablofernandez7998
    @juanpablofernandez7998 3 роки тому +1

    CLAAAAAAAARISIMOOOO. Felicitaciones

  • @yeisa1168
    @yeisa1168 4 роки тому +1

    Excelente explicación me aclaro una gran duda gracias

  • @user-xf2sb7ok6p
    @user-xf2sb7ok6p 10 місяців тому

    (fallo vizotti) Si se hace la base de calculo menos el 33% por que en el ejemplo aparece 67%??? a que refiere el 67% ??

  • @jorgebakz693
    @jorgebakz693 4 роки тому

    En el caso de desvinculación laboral voluntaria (retiro voluntario), y con la doble indemnización del DNU 528/2020 aún vigente... Se debe considerar el tope indemnizatorio? Si o no?

  • @arielringler
    @arielringler 4 роки тому +1

    Buenos días! (repito una pregunta posteada más abajo >> En el caso de desvinculación laboral voluntaria (retiro voluntario), y con la doble indemnización del DNU 528/2020 aún vigente... Se debe considerar el tope indemnizatorio? Si o no? Muchas gracias!

    • @carlosjaviernagata3924
      @carlosjaviernagata3924  4 роки тому

      Buen día. El Decreto 34/19 y su prórroga no deja sin efecto el tope indemnizatorio. Lo único que hace es duplicar las indemnizaciones que le correspondan con motivo de la extinción del contrato. Es decir que estas se calculan como siempre se hicieron, no hay una modificación en su cálculo. Ahora lo que marca la Ley es siempre un mínimo, no hay ningún impedimento legal para que se calculen las indemnizaciones sin tope indemnizatorio alguno. Es decir que si las partes pactan una desvinculación en los términos del artículo 241 de la LCT y acuerdan una gratificación por cese no hay ningún impedimento para acordar un monto que superen los topes legales en materia de indemnización por despido. Saludos cordiales.

    • @arielringler
      @arielringler 4 роки тому

      @@carlosjaviernagata3924 Muchas gracias por la pronta respuesta, Carlos! Queda claro. En otras palabras... en un hipotético caso así sólo restaría apelar entonces a la buena voluntad que el empleador pueda tener, posicionándose por encima del tope indemnizatorio (habida cuenta que se trataría de un retiro voluntario... y no de un despido sin justa causa). Saludos!!

  • @patriciaalzogaray2839
    @patriciaalzogaray2839 4 роки тому +1

    Por qué por 4?

    • @carlosjaviernagata3924
      @carlosjaviernagata3924  4 роки тому +1

      Hola. Por cuatro porque en el ejemplo la antigüedad del trabajador es de 3 años y 4 meses, y según el artículo 245 de la LCT para el cálculo de la indemnización por despido la fracción adicional a los años de antigüedad si es mayor a 3 meses se considera a los efectos del cálculo de esta indemnización como un año más. Es lo que ocurre en el ejemplo, en donde la fracción adicional es de 4 meses.

    • @nataliadeandrea7589
      @nataliadeandrea7589 4 роки тому +1

      Excelente explicación!