Buena noche lic. Exelente explicacion para nosotros que no tenemos este conocimiento de leyes y demandas. PREGUNTA: Existen dos escrituras de una propiedad vendidas por la misma persona a diferentes compradores solo que la segunda venta se registro en el registro publico de la propiedad. ¿ que se puede hacer para poder recuperar la propiedad del primer comprador. Saludos Lic.
Lic. Me puede orientar tengo 15 años viviendo en una propiedad que estaba a nombre de mi papá mis hermanos los dos mas chicos hicieron un juicio sucrsorio a bienes de mi papá y vendieron la propiedad donde estoy viviendo ya que elaboraron una carta notarial y los abogados que han sabido del caso me dicen que ellos vendieron y el que compro , compro fe buena fe a un precio irrisorio y que yo no anule la carta notarial que presentaron ante el juez ademas falsificaron mi firma . Me puede orientar de lo que puedo hacer soy del estado de Coahuila. De antrmano Gracias.
Buena noche, claro que puede hacer mucho, ya que, si usted era heredero y no se respetó, hay derechos que reclamar, pero se tendría que evaluar bien el caso, por desgracia no brindo servicio en aquel estado, pero debe buscar un abogado especialista en sucesiones.
Exelente licenciado muchas gracias por su información, yo voy a llevar un juicio así porque mi casa está invadida y quiero saber si al tener la sentencia a mi favor los demandados, tendrán que pagarme lo que pudieron ser rentas por estar en posesión del inmueble? Ya que por lo que usted comenta si cumplo con los 3 elementos para que la resolución sea a mi favor, muchas gracias por su repuesta
Gracias por su información, está muy bien explicado lo felicito por compartir su conocimiento. Me despido con esta duda: en caso de que el poseedor del bien, se encuentre habitándolo mediante un contrato de arrendamiento celebrado con un tercero que no es el dueño, esta acción reivindicatoria aplicaría ? De antemano gracias.
Buena tarde, hay que mandar a llamar a juicio a ese poseedor para que deduzca sus derechos, para que, en su caso, al momento de ser lanzado, pueda accionar contra quien le arrendó.
Buena noche, muchas gracias por sus palabras, en este caso, se tendría que analizar, ya que la posesión de quién habita ahí es derivada, habría que emplazar al que se ostenta como propietario y mandar a llamar como tercer interesado al arrendatario, además de solicitar que las rentas se consignen para quien resulte see el verdadero propietario.
Buenas noches , excelente explicación y de mucha ayuda para los que no conocemos de juicios y demandas. PREGUNTA Existen dos escrituras vendidas por la misma persona a diferentes compradores y solo la segunda venta se registro en el registro publico ¿ se puede registrar la primera para poder recuperar la propiedad ? Saludos.
Licenciado buenos días, que pasa si las escrituras están al nombre de una persona pero la persona que está en posición las tiene pero no hay ningún contrato de compra venta??
Buena tarde, claro que sí, esa sentencia de adjudicación tiene la particularidad de ser Judicial, lo cual da mayor garantía respecto del anterior propietario y por qué usted es actualmente, esa sentencia de adjudicación es su título de propiedad que a mí parecer es basto y suficiente.
Maestro, en un criterio jurisprudencial en materia familiar, establece que el principio constitucional del interes superior del menor el cual es un principio infeterminado, no puede ignorar las formalidades escenciales del procedimiento.
Buen día, así es, de hecho ningún principio o práctica puede ignorar las formalidades esenciales del procedimiento, pero atento al artículo 17 de la Constitución si se pueden suprimir los formalismos procesales, que no es lo mismo que las formalidades esenciales del procedimiento.
Buena tarde, ese tipo de acción es imprescriptible, debido a que al ser propietario del bien a reivindicar, Monse extingue ese derecho por el paso del tiempo.
Que pasa si la persona demandada ha tenido la posesión por varios años y al contestar la demanda dice ser propietario y anexa un contrato de cesión de derechos ratificado ante notario publico de fecha anterior a mi escritura que me dieron como primer dueño.
Buena noche, habrá que verificar si es ratificado ante notario o si solo es copia certificada, sin embargo, su escritura tiene un valor mayor, se tendrá que analizar bien la acción, ya que probablemente exista fraude, en cuanto a ese contrato y debería de anular el mismo.
Lic buenas noches es forzoso hacer los medios preparatorios para poder iniciar con un juicio reinvindicatorio aun sabiendo q los demandados no tienen nada q acrediten q estén en mi propiedad
A mí parecer no es forzoso, pero ello da más seguridad y certeza, debido a que los poseedores no podrán cambiar la versión que declaren en los medios preparatorios.
No existen las escrituras privadas, ya que las escrituras o titulos de propiedad son otorgados por autoridades, los particulares nunca podrán expedir una escritura.
@ Buen día Lic . Yo saque escrituras privadas de una casa que mi mamá dejó cuando murió. La casa se la dejó prestada a una hermana esa hermana es mi tía y no mes quiere entregar ya tiene ella viviendo 30 años. Ella no tiene ningún documento de propiedad. Las escrituras que saqué están registradas en catastro del municipio donde está la propiedad esto es en Tlaltizapán Morelos. Me dicen que puedo iniciar un juicio reivindicatorio esto es cierto? Gracias
@jorgeocampo1924 a reserva de analizar las escrituras que comenta, puede demandar ya sea el reivindicatorio o la acción plenaria de posesión, debido a que la otra persona no tiene ningún documento que acredite algún derecho.
Buenos días una pregunta cuando hay un título de propiedad a nombre de 3 hermanos pero uno de ellos ya murió y quieren que las escrituras estén a nombre de dos hermanos que aun viven para venderla, se debe iniciar un juicio de nulidad de escritura del inmueble? Cabe señalar que el hermano que murió era discapacitado y no tuvo familia.
Lic en el caso de que una persona rente un inmueble, terminó dicho contrato pero el arrendador extravió el contrato y el inquilino ya no se quiere salir.... Qué procede, juicio de desahucio o el juicio reivindicatorio???
Buena tarde, para este tipo de casos yo recomiendo que primero se hagan unos medios preparatorios a juicio, para que la persona que está en posesión, diga en qué calidad está y sobre esa respuesta basar la acción.
Buen día Licenciado, a mi suegro le acaban de dar en juicio sucesorio intestamentario en juzgado familiar el provisional de albacea de los bienes de mi cuñado. mi cuñado falleció en 2020 y ahora resulta que la mama de la tambien difunta esposa de mi cuñado esta vendiendo la casa y que supuestamente a ella le dieron un sucesorio testamentario de un notario...se puede pelear esa propiedad porque a la señora no le corresponde nada porque ellos estaban casados por bienes separados, la propiedad la adquirió mi cuñado antes de casarse, sin hijos y no dejaron testamento. la señora se quedo con las credenciales de los difuntos.
Buena tarde, en este caso si es necesario revisar a fondo el asunto ya que tiene cuestiones importantes que precisar, es necesario acudir con abogado para que pueda orientar de mejor manera.
Buena tarde, el albacea así como el interventor tienen la facultad y obligación de defender los bienes de la masa hereditaria así como para recuperarlos, por lo que sí es factible que pueda demandar dicha acción.
Lic, si una persona invadió una propiedad de la cual solo se conoce un nombre y un apellido, pero esta a su vez le renta la propiedad a alguien más, se demanda al primero que invadió o al segundo que le rentó En caso de demandar al primero, procede la demanda sin tener el nombre completo?
Buena tarde, se tiene que hacer la investigación del nombre, tanto del que invadió como del que está rentando, para así poder realizar alguna acción legal.
Hola Lic, y si en este caso es mediante un juicio sucesorio se quiere recuperar la propiedad pero la concubina no fue reconocida en dicho juicio se iniciaría la terminación de comodato primero ?
Buena noche, aquí en este caso, es recomendable, realizar unos medios preparatorios a juicio para que se tenga certeza de que calidad es la que ostenta y con que justifica su posesión la concubina.
Gracias Licenciado. Oiga, en mi caso tengo una casa a mi nombre (cumplo con el primer elemento al tener la escritura a mi nombre), que ocupaba mi padre y su nueva esposa. Mi padre falleció y su nueva esposa ahora no se quiere salir. Eso complica el segundo elemento? Ella argumenta que puso dinero para pagar la casa, que hizo mejoras, cosas así...
@@explicandoelderechoedomex Gracias, en efecto entró como invitada de mi padre, pero una vez fallecido mi padre, se puede argumentar que no cuenta con mi permiso para efectos del juicio reivindicatorio? De otra manera qué otro tipo de juicio me recomendarías? Mil gracias por tus vídeos y por tu respuesta.
@carlosg3468 podría ser realizar primero unos medios preparatorios a juicio, para que ella diga bajo que calidad está y acreditarlo, o en su caso, realizar un juicio innominado de desocupación de inmueble.
@carlosg3468 podría ser realizar primero unos medios preparatorios a juicio, para que ella diga bajo que calidad está y acreditarlo, o en su caso, realizar un juicio innominado de desocupación de inmueble.
Buenas tardes, una de las condenas en ese tipo de juicios es la devolución de la posesión al propietario, por lo que, en este caso es totalmente necesario obtener esa orden de desocupación y entrega.
Lic, mi tia tiene contrato de compraventa y documentación que acredita que la propiedad es de ella y también tiene la posesión, acudio ante catastro para registrar a su nombre pero ya tiene clave catastral a nombre de otra persona y nos dicen que demandemos la nulidad de esa clave catastral Se puede hacer mediante este juicio revidicatorio?
Buena noche, si tiene contrato y documentos que acreditan que es de ella, no es necesaria la nulidad de la clave, ya que al dar de alta a su nombre y realizar el traslado de dominio se hace el cambio sin necesidad de la nulidad.
Buena tarde, a mi parecer si, solo que primero debería de hacerse ese reconocimiento del contrato o la existencia del mismo para que pueda, en su caso, proceder la prescripción.
Hola. Mi abogado me pide un poder de dominio para comenzar una demanda reivindicatoria, ya que no radico en la misma ciudad donde se encuentra mi predio invadido, pero me da un poco de desconfianza darle tal poder !! Que me recomiendas?? Muchas gracias
Buena noche, no es necesario el poder para actos de dominio, solo para pleitos y cobranzas, incluso, le puede otorgar ese poder a algún familiar del lugar del juicio y el abogado solo actuaría en esa calidad (abogado), sin tener más derecho que de representar en juicio.
Saludos maestro y si en la demanda de Juicio Reivindicatorio los demandados presentan una prescripción donde dicen que llevan viviendo más de 20 años??
@eryksalvadormh1329 buena noche, si lo que se presenta es la reconvención o contra demanda de prescripción habrá que atacar la misma en Juicio y si ya hay sentencia, lo correcto sería demandar la nulidad de ese juicio por alguna causa o prueba que tenga de por ejemplo que el contrato no es válido, que no se hizo saber la demanda a quien tenía derecho, etc.
Hola LIc. saludos! espero me pueda apoyar con esta duda, mi madre la acaban de demandar por juicio reivindicatorio, ella entro a la propiedad casada legalmente con mi padre, 30 años de matrimonio, mi padre fallece hace 10 años, mi madre sigue en posesion, cuando mi padre fallece, mi madre sigue viviendo en posecion sin ser molestada hasta hoy por los cuñados de mi mama que la demandaron, entonces por lo que usted aqui menciona, ¿se tumbaria esa demanda porque mi madre acredita mas de 30 años de matrimonio mas 10 de posesion del bien? ¿a pesar de que los cuñados son los heredero mediante juicio sucesorio? Le agradeceria muchisimo su amable respuesta, saludos!
Buena tarde, en este caso, primero que nada, si el bien se adquirió en matrimonio a ella le corresponde el 50% del bien en caso de haber sido por sociedad conyugal, si su padre lo adquirió antes del matrimonio y él no le vendió o le cedió a su mamá, no existe contrato o documento que acredite que es de ella, aunque esté en posesión de más de 10 años.
No todo tipo de posesión genera derecho de propiedad, más si no se saben datos exactos de cuando y como se adquirió por el esposo, es por eso que se le recomendó ser asesorado por un abogado especialista en derecho Civil, debido a que se necesita más información y sería aventurado dar una conclusión sin tener esa información.
Buenas noches, tengo una casa en el estado de México me fui a Zacatecas hace 30 años regrese apenas y mi casa esta invadida y no se quieren salir por que dicen que ellos an vivido ahi por 20 años y tienen derecho a la casa y no se quieren salir pero yo tengo las escrituras puedo recuperarlo o lo perdi perdi
Buen día, si usted es el propietario y nunca vendió y las personas que viven ahí no tienen como demostrar que usted como propietario les vendió, puede recuperar su propiedad mediante juicio.
Buena tarde .soy albacea y heredera de una propiedad .todavía no terminamos un juicio sucesorio intestamentario .pero un hombre se metió ala propiedad sin autorización del albacea .puedo sacarlo como albacea ? Porque ahora el hombre renta el predio sin ser dueño el de abusivo de metió esa es mi duda
Buena tarde, así es, en su carácter de albacea tiene el derecho y obligaciones de defender los bienes hereditarios, entre ellos, los bienes inmuebles, por lo tanto, con el auto que la nombra albacea tendrá esa facultad para pelear por ese bien.
Lic buen día, entonces en contra de la ex concunina que se quedo viviendo en la casa y con la cual no se tuvieron hijos, procede la terminación de comodato?
Lic. Buena tarde, a mi abuelita le están demandando la reivindicación del terreno con un contrato falso de fecha de 1993, el terreno no tiene escrituras pero nosotros tenemos el contrato de compraventa de 2007 y el traslado de dominio de 2014 de ahi los pagos de predio hasta la fecha, que podemos hacer?
Buena tarde, en este caso, si alegan que el contrato es falso, deben de acreditar eso ante el juzgado, ahora, en caso de que sea valido el contrato, se debe de verificar cuál es que tiene fecha cierta, para que la autoridad determine cuál tiene mejor derecho.
Tengo una casa en la ciudad de México está a nombre de mi esposo y yo firme como esposa pero resulta k mi esposo falleció y lleve un juicio sucesorio y yo soy la albacea pero estoy en Chiapa de Corzo y no he podido ir a México y me dicen los vecinos k se metieron a vivir unas personas eso me dicen por teléfono ya tengo escritura hecha la escritura por un notario de Tuxtla Gutiérrez Chiapas nada más tengo k registrarlo me dicen k a México oriente me porfa
Buena tarde, pues depende mucho, ya que si ya se adjudicó el buen a usted, con esa sentencia se puede hacer juicio para, en su caso, recuperar ese inmueble y en caso de aún no estar adjudicado, con el nombramiento de albacea se puede realizar, ahora, si usted no puede venir para la Ciudad de México, se puede hacer cualquier trámite mediante apoderado.
El tiempo es muy variable, debido a que pueden pasar un sin fin de cosas, incluso en el amparo, que la autoridad se tarde más tiempo del común en resolver, no podría establecer un tiempo de manera clara.
Si a mi suegra le vendieron una casa hace 30 años y tiene los contratos de compra venta y tienea posesión del inmueble y si el actor esta en el registro público de la propiedad aun pornque nunca lo cambiaron, quien tendria la ventaja si ella tuvo la posesión 30 años y tiene recibos de pago predial entre otros.
Buena tarde, existiendo el acto traslativo de dominio debidamente acreditado, no debe de haber problema para poder justificar su legal posesión y que el actor ya no tiene derecho sobre ese bien.
Saludos lic. Cómo siempre lo mejor de lo mejor saludos
Muchas gracias por sus palabras, es genial que sea de ayuda! Saludos!
El mejor mi estimado amigo, ya lo vi completo su video y aqui si aparece bien su video.😊
Gracias por tus palabras Lic. ✌️ es un gusto que sea de utilidad 👌
Muchas gracias por la información abogado!! Un abrazo.
De que, gracias por su apoyo! ✌️
Excelente explicación, con esos tres elementos no quedaran dudas al juzgador para emitir su resolución. Un saludo Lic.
Buena tarde, le agradezco mucho sus palabras, saludos
Excelente explicación sobre la accion reivindicatoria, saludos
Buen día, agradezco mucho sus palabras, saludos ✌️
Muchas gracias una excelente explicación
Agradezco sus palabras, saludos.
Buena noche lic. Exelente explicacion para nosotros que no tenemos este conocimiento de leyes y demandas. PREGUNTA: Existen dos escrituras de una propiedad vendidas por la misma persona a diferentes compradores solo que la segunda venta se registro en el registro publico de la propiedad. ¿ que se puede hacer para poder recuperar la propiedad del primer comprador. Saludos Lic.
Lic. Me puede orientar tengo 15 años viviendo en una propiedad que estaba a nombre de mi papá mis hermanos los dos mas chicos hicieron un juicio sucrsorio a bienes de mi papá y vendieron la propiedad donde estoy viviendo ya que elaboraron una carta notarial y los abogados que han sabido del caso me dicen que ellos vendieron y el que compro , compro fe buena fe a un precio irrisorio y que yo no anule la carta notarial que presentaron ante el juez ademas falsificaron mi firma . Me puede orientar de lo que puedo hacer soy del estado de Coahuila. De antrmano Gracias.
Buena noche, claro que puede hacer mucho, ya que, si usted era heredero y no se respetó, hay derechos que reclamar, pero se tendría que evaluar bien el caso, por desgracia no brindo servicio en aquel estado, pero debe buscar un abogado especialista en sucesiones.
Exelente licenciado muchas gracias por su información, yo voy a llevar un juicio así porque mi casa está invadida y quiero saber si al tener la sentencia a mi favor los demandados, tendrán que pagarme lo que pudieron ser rentas por estar en posesión del inmueble? Ya que por lo que usted comenta si cumplo con los 3 elementos para que la resolución sea a mi favor, muchas gracias por su repuesta
Buena noche, esas rentas las puede reclamar como daños y prejuicios ocasionados al no poder disponer del inmueble y se cuantificará a modo de rentas.
EXCELENTE INFORMACIÓN 😅
Muchas gracias por sus palabras, ojalá sea de ayuda 👌
Gracias por su información, está muy bien explicado lo felicito por compartir su conocimiento. Me despido con esta duda: en caso de que el poseedor del bien, se encuentre habitándolo mediante un contrato de arrendamiento celebrado con un tercero que no es el dueño, esta acción reivindicatoria aplicaría ? De antemano gracias.
Buena tarde, hay que mandar a llamar a juicio a ese poseedor para que deduzca sus derechos, para que, en su caso, al momento de ser lanzado, pueda accionar contra quien le arrendó.
@@explicandoelderechoedomex gracias por su respuesta, esto que me sugiere puede ser con una promoción de medios preparatorios a juicio ?
Buena noche, muchas gracias por sus palabras, en este caso, se tendría que analizar, ya que la posesión de quién habita ahí es derivada, habría que emplazar al que se ostenta como propietario y mandar a llamar como tercer interesado al arrendatario, además de solicitar que las rentas se consignen para quien resulte see el verdadero propietario.
Buenas noches , excelente explicación y de mucha ayuda para los que no conocemos de juicios y demandas. PREGUNTA
Existen dos escrituras vendidas por la misma persona a diferentes compradores y solo la segunda venta se registro en el registro publico ¿ se puede registrar la primera para poder recuperar la propiedad ? Saludos.
@jesusibarra9321 Buena noche, muchas gracias y respecto a su pregunta sería necesario analizar el caso en concreto
Excelente explicación Lic., me podría proporcionar por favor el número de registro del criterio, saludos cordiales.
Buen día, claro que sí, lo agrego en la descripción del vídeo 👌
Licenciado buenos días, que pasa si las escrituras están al nombre de una persona pero la persona que está en posición las tiene pero no hay ningún contrato de compra venta??
Buena noche, sería importante analizar bien el asunto, debido a que al ser documentos públicos se pueden obtener de la oficina donde se originó.
Saludos Lic. ¿La propiedad se puede justificar con una escritura de adjudicación en remate derivado de un juicio hipotecario?
Buena tarde, claro que sí, esa sentencia de adjudicación tiene la particularidad de ser Judicial, lo cual da mayor garantía respecto del anterior propietario y por qué usted es actualmente, esa sentencia de adjudicación es su título de propiedad que a mí parecer es basto y suficiente.
Maestro, en un criterio jurisprudencial en materia familiar, establece que el principio constitucional del interes superior del menor el cual es un principio infeterminado, no puede ignorar las formalidades escenciales del procedimiento.
Buen día, así es, de hecho ningún principio o práctica puede ignorar las formalidades esenciales del procedimiento, pero atento al artículo 17 de la Constitución si se pueden suprimir los formalismos procesales, que no es lo mismo que las formalidades esenciales del procedimiento.
Sabemos cual es el plazo para la prescripción de dicha acción?
Buena tarde, ese tipo de acción es imprescriptible, debido a que al ser propietario del bien a reivindicar, Monse extingue ese derecho por el paso del tiempo.
Gracias Macario🫠
Si soy copropietaria mi esposo fallecio en las escrituraa aparwcemos los dos, puedo iniciar el juicio reindibicatorio?
Buena tarde, usted podría iniciar el juicio, pero al ser copropietarios se deberá de llamar al albacea de su esposo a juicio
Que pasa si la persona demandada ha tenido la posesión por varios años y al contestar la demanda dice ser propietario y anexa un contrato de cesión de derechos ratificado ante notario publico de fecha anterior a mi escritura que me dieron como primer dueño.
Buena noche, habrá que verificar si es ratificado ante notario o si solo es copia certificada, sin embargo, su escritura tiene un valor mayor, se tendrá que analizar bien la acción, ya que probablemente exista fraude, en cuanto a ese contrato y debería de anular el mismo.
Lic buenas noches es forzoso hacer los medios preparatorios para poder iniciar con un juicio reinvindicatorio aun sabiendo q los demandados no tienen nada q acrediten q estén en mi propiedad
A mí parecer no es forzoso, pero ello da más seguridad y certeza, debido a que los poseedores no podrán cambiar la versión que declaren en los medios preparatorios.
Disculpe una escritura privada es válida como título de propiedad?
No existen las escrituras privadas, ya que las escrituras o titulos de propiedad son otorgados por autoridades, los particulares nunca podrán expedir una escritura.
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Buen día Lic . Yo saque escrituras privadas de una casa que mi mamá dejó cuando murió. La casa se la dejó prestada a una hermana esa hermana es mi tía y no mes quiere entregar ya tiene ella viviendo 30 años. Ella no tiene ningún documento de propiedad. Las escrituras que saqué están registradas en catastro del municipio donde está la propiedad esto es en Tlaltizapán Morelos. Me dicen que puedo iniciar un juicio reivindicatorio esto es cierto? Gracias
@jorgeocampo1924 a reserva de analizar las escrituras que comenta, puede demandar ya sea el reivindicatorio o la acción plenaria de posesión, debido a que la otra persona no tiene ningún documento que acredite algún derecho.
@@explicandoelderechoedomex
Gracias Licenciado.
Buenos días una pregunta cuando hay un título de propiedad a nombre de 3 hermanos pero uno de ellos ya murió y quieren que las escrituras estén a nombre de dos hermanos que aun viven para venderla, se debe iniciar un juicio de nulidad de escritura del inmueble?
Cabe señalar que el hermano que murió era discapacitado y no tuvo familia.
Si tengo una escritura con reserva de dominio, tengo un justo titulo ?
Ese tema es interesante, lo abordaré en un vídeo breve, para explicar que tratamiento se les da ante los Juzgados a esas escrituras.
Lic en el caso de que una persona rente un inmueble, terminó dicho contrato pero el arrendador extravió el contrato y el inquilino ya no se quiere salir.... Qué procede, juicio de desahucio o el juicio reivindicatorio???
Buena tarde, para este tipo de casos yo recomiendo que primero se hagan unos medios preparatorios a juicio, para que la persona que está en posesión, diga en qué calidad está y sobre esa respuesta basar la acción.
Buen día Licenciado, a mi suegro le acaban de dar en juicio sucesorio intestamentario en juzgado familiar el provisional de albacea de los bienes de mi cuñado. mi cuñado falleció en 2020 y ahora resulta que la mama de la tambien difunta esposa de mi cuñado esta vendiendo la casa y que supuestamente a ella le dieron un sucesorio testamentario de un notario...se puede pelear esa propiedad porque a la señora no le corresponde nada porque ellos estaban casados por bienes separados, la propiedad la adquirió mi cuñado antes de casarse, sin hijos y no dejaron testamento. la señora se quedo con las credenciales de los difuntos.
Buena tarde, en este caso si es necesario revisar a fondo el asunto ya que tiene cuestiones importantes que precisar, es necesario acudir con abogado para que pueda orientar de mejor manera.
Puede un interventor demandar una accion reivindicatoria ?
Buena tarde, el albacea así como el interventor tienen la facultad y obligación de defender los bienes de la masa hereditaria así como para recuperarlos, por lo que sí es factible que pueda demandar dicha acción.
Lic, si una persona invadió una propiedad de la cual solo se conoce un nombre y un apellido, pero esta a su vez le renta la propiedad a alguien más, se demanda al primero que invadió o al segundo que le rentó
En caso de demandar al primero, procede la demanda sin tener el nombre completo?
Buena tarde, se tiene que hacer la investigación del nombre, tanto del que invadió como del que está rentando, para así poder realizar alguna acción legal.
Hola Lic, y si en este caso es mediante un juicio sucesorio se quiere recuperar la propiedad pero la concubina no fue reconocida en dicho juicio se iniciaría la terminación de comodato primero ?
Buena noche, aquí en este caso, es recomendable, realizar unos medios preparatorios a juicio para que se tenga certeza de que calidad es la que ostenta y con que justifica su posesión la concubina.
Gracias por contestar Lic, algún teléfono para asesoría más personalizada ?
Con gusto me puede contactar al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com 👌
Gracias Licenciado. Oiga, en mi caso tengo una casa a mi nombre (cumplo con el primer elemento al tener la escritura a mi nombre), que ocupaba mi padre y su nueva esposa. Mi padre falleció y su nueva esposa ahora no se quiere salir. Eso complica el segundo elemento? Ella argumenta que puso dinero para pagar la casa, que hizo mejoras, cosas así...
Buena noche, en este caso, a mí parecer no aplica el juicio reivindicatorio, es otro tipo de juicio, debido a que ella entró ahí de manera voluntaria.
@@explicandoelderechoedomex Gracias, en efecto entró como invitada de mi padre, pero una vez fallecido mi padre, se puede argumentar que no cuenta con mi permiso para efectos del juicio reivindicatorio? De otra manera qué otro tipo de juicio me recomendarías? Mil gracias por tus vídeos y por tu respuesta.
@carlosg3468 podría ser realizar primero unos medios preparatorios a juicio, para que ella diga bajo que calidad está y acreditarlo, o en su caso, realizar un juicio innominado de desocupación de inmueble.
@carlosg3468 podría ser realizar primero unos medios preparatorios a juicio, para que ella diga bajo que calidad está y acreditarlo, o en su caso, realizar un juicio innominado de desocupación de inmueble.
Buenas tardes si la sentencia es favorable se puede obtener una orden de desalojo para esa persona.
Buenas tardes, una de las condenas en ese tipo de juicios es la devolución de la posesión al propietario, por lo que, en este caso es totalmente necesario obtener esa orden de desocupación y entrega.
Buenas tardes. Quisiera realizar una consulta. A qué número le podría escribir mi caso. Gracias
Buena noche, puede contactarme al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com, saludos ✌️
Lic, mi tia tiene contrato de compraventa y documentación que acredita que la propiedad es de ella y también tiene la posesión, acudio ante catastro para registrar a su nombre pero ya tiene clave catastral a nombre de otra persona y nos dicen que demandemos la nulidad de esa clave catastral
Se puede hacer mediante este juicio revidicatorio?
Buena noche, si tiene contrato y documentos que acreditan que es de ella, no es necesaria la nulidad de la clave, ya que al dar de alta a su nombre y realizar el traslado de dominio se hace el cambio sin necesidad de la nulidad.
Lic, se puede pedir prescripción por un contrato verbal?
Buena tarde, a mi parecer si, solo que primero debería de hacerse ese reconocimiento del contrato o la existencia del mismo para que pueda, en su caso, proceder la prescripción.
tiene algun telefono para conentarle de un caso similar, o direccion.
Con gusto me puede contactar al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com, saludos
Hola. Mi abogado me pide un poder de dominio para comenzar una demanda reivindicatoria, ya que no radico en la misma ciudad donde se encuentra mi predio invadido, pero me da un poco de desconfianza darle tal poder !! Que me recomiendas?? Muchas gracias
Buena noche, no es necesario el poder para actos de dominio, solo para pleitos y cobranzas, incluso, le puede otorgar ese poder a algún familiar del lugar del juicio y el abogado solo actuaría en esa calidad (abogado), sin tener más derecho que de representar en juicio.
Saludos maestro y si en la demanda de Juicio Reivindicatorio los demandados presentan una prescripción donde dicen que llevan viviendo más de 20 años??
@eryksalvadormh1329 buena noche, si lo que se presenta es la reconvención o contra demanda de prescripción habrá que atacar la misma en Juicio y si ya hay sentencia, lo correcto sería demandar la nulidad de ese juicio por alguna causa o prueba que tenga de por ejemplo que el contrato no es válido, que no se hizo saber la demanda a quien tenía derecho, etc.
Hola LIc. saludos! espero me pueda apoyar con esta duda, mi madre la acaban de demandar por juicio reivindicatorio, ella entro a la propiedad casada legalmente con mi padre, 30 años de matrimonio, mi padre fallece hace 10 años, mi madre sigue en posesion, cuando mi padre fallece, mi madre sigue viviendo en posecion sin ser molestada hasta hoy por los cuñados de mi mama que la demandaron, entonces por lo que usted aqui menciona, ¿se tumbaria esa demanda porque mi madre acredita mas de 30 años de matrimonio mas 10 de posesion del bien? ¿a pesar de que los cuñados son los heredero mediante juicio sucesorio? Le agradeceria muchisimo su amable respuesta, saludos!
Buena tarde, en este caso, primero que nada, si el bien se adquirió en matrimonio a ella le corresponde el 50% del bien en caso de haber sido por sociedad conyugal, si su padre lo adquirió antes del matrimonio y él no le vendió o le cedió a su mamá, no existe contrato o documento que acredite que es de ella, aunque esté en posesión de más de 10 años.
Franciscorobles, tienes tener escrituras.
Tienes contratar Abogado/ licenciado.
NO PIERDAS TIEMPO. USTEDES TIENES POSESION . APURALE DIOS TE BENDIGA 😊❤
Franciscirobled!!!❤😊Aqui ustedes tienen posesion tienen derecho, nunca digan no tienen posesion bus quen Abogado Patrono esos son buenos!!!
No todo tipo de posesión genera derecho de propiedad, más si no se saben datos exactos de cuando y como se adquirió por el esposo, es por eso que se le recomendó ser asesorado por un abogado especialista en derecho Civil, debido a que se necesita más información y sería aventurado dar una conclusión sin tener esa información.
Buenas noches, tengo una casa en el estado de México me fui a Zacatecas hace 30 años regrese apenas y mi casa esta invadida y no se quieren salir por que dicen que ellos an vivido ahi por 20 años y tienen derecho a la casa y no se quieren salir pero yo tengo las escrituras puedo recuperarlo o lo perdi perdi
Buen día, si usted es el propietario y nunca vendió y las personas que viven ahí no tienen como demostrar que usted como propietario les vendió, puede recuperar su propiedad mediante juicio.
@@explicandoelderechoedomex muchas gracias donde lo puedo contactar
Con gusto me puede contactar al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com, saludos
Buena tarde .soy albacea y heredera de una propiedad .todavía no terminamos un juicio sucesorio intestamentario .pero un hombre se metió ala propiedad sin autorización del albacea .puedo sacarlo como albacea ? Porque ahora el hombre renta el predio sin ser dueño el de abusivo de metió esa es mi duda
Buena tarde, así es, en su carácter de albacea tiene el derecho y obligaciones de defender los bienes hereditarios, entre ellos, los bienes inmuebles, por lo tanto, con el auto que la nombra albacea tendrá esa facultad para pelear por ese bien.
Lic buen día, entonces en contra de la ex concunina que se quedo viviendo en la casa y con la cual no se tuvieron hijos, procede la terminación de comodato?
Buena tarde, así es, se puede demandar la terminación de comodato o una acción innominada sobre desocupación de inmueble.
Hola licenciado tendrá un número de contacto?
Buena noche, me puede contactar al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com, saludos
Lic. Buena tarde, a mi abuelita le están demandando la reivindicación del terreno con un contrato falso de fecha de 1993, el terreno no tiene escrituras pero nosotros tenemos el contrato de compraventa de 2007 y el traslado de dominio de 2014 de ahi los pagos de predio hasta la fecha, que podemos hacer?
Buena tarde, en este caso, si alegan que el contrato es falso, deben de acreditar eso ante el juzgado, ahora, en caso de que sea valido el contrato, se debe de verificar cuál es que tiene fecha cierta, para que la autoridad determine cuál tiene mejor derecho.
Tengo una casa en la ciudad de México está a nombre de mi esposo y yo firme como esposa pero resulta k mi esposo falleció y lleve un juicio sucesorio y yo soy la albacea pero estoy en Chiapa de Corzo y no he podido ir a México y me dicen los vecinos k se metieron a vivir unas personas eso me dicen por teléfono ya tengo escritura hecha la escritura por un notario de Tuxtla Gutiérrez Chiapas nada más tengo k registrarlo me dicen k a México oriente me porfa
Buena tarde, pues depende mucho, ya que si ya se adjudicó el buen a usted, con esa sentencia se puede hacer juicio para, en su caso, recuperar ese inmueble y en caso de aún no estar adjudicado, con el nombramiento de albacea se puede realizar, ahora, si usted no puede venir para la Ciudad de México, se puede hacer cualquier trámite mediante apoderado.
Lic, tiempo aproximado para resolver ya con amparos? Gracias
El tiempo es muy variable, debido a que pueden pasar un sin fin de cosas, incluso en el amparo, que la autoridad se tarde más tiempo del común en resolver, no podría establecer un tiempo de manera clara.
Si a mi suegra le vendieron una casa hace 30 años y tiene los contratos de compra venta y tienea posesión del inmueble y si el actor esta en el registro público de la propiedad aun pornque nunca lo cambiaron, quien tendria la ventaja si ella tuvo la posesión 30 años y tiene recibos de pago predial entre otros.
Buena tarde, existiendo el acto traslativo de dominio debidamente acreditado, no debe de haber problema para poder justificar su legal posesión y que el actor ya no tiene derecho sobre ese bien.