Buena tarde, si el trámite es en el Estado de México, atendiendo a qué no se contestó la demanda acreditando el pago o en su caso justificando su negativa, hay que solicitar fecha para la audiencia de Juicio, donde se desahogarán las pruebas y posterior el dictado de la sentencia
Buena tarde, siendo muy concreto, el Código establece literalmente que sí, no señala que dependa de la fecha de audiencia, en caso de que se niegue, puede realizar la renovación con sustento en el artículo que así lo establece de la menta literal, por lo regular esas audiencia las fijan antes de que venza el plazo, pero si no, no veo como el juzgado pueda justificar el no ordenar el lanzamiento pasados los 30 o 60 días.
Buen día Lic, si el demandado no contesta la demanda y tampoco paga las rentas dentro de los 30ndias siguientes, ¿se le acusa de rebeldía y se pasa directo a sentencia o aun se abre la etapa de Pruebas y alegatos?
Buen día, se acuda la rebeldía y se solicita que se fije dia y hora para la audiencia en donde se van a desahogar las pruebas que existan y se van a formular alegatos, para que se ordene turnar a sentencia.
Lic, disculpe tengo mi inmueble arrendado hace 6 meces y las personas me dejaron en claro que ya no me van a pagar y que le haga como quiera, y que ya no nos va. Abrir la puerta y hoy fue el abogado a cobrarla renta y le condicionó que que según el se va a salir en mayo de este año sin pagará renta, ahí que tengo que hacer además es agresivo y violebto y es abogado ayuda por favor
Si tiene su contrato de arrendamiento, acuda lo más pronto posible a demandar el Desahucio, para que lo pueda lanzar una vez que se acredite que no pago las rentas, que sea abogado no perjudica en el juicio.
Hola Lic., mi caso es que; por causas de fuerza mayor deje de pagar mi casa, por algunos años, hoy mi situación ya está mejor y quiero, negociar con la hipotecaria, pero; esta me dice que, mi casa ya está adjudicada; existe un juicio, para recuperarla?
Buena tarde, si ya se adjudicó, esto quiere decir que ya hay otro dueño, por lo que la empresa que tiene la hipoteca no puede hacer nada, y más si la adjudicación ya se materializó.
Gracias Lic. Muy valiosa su información, me podría orientar, tengo una inquilina super prepotente, no pude dialogar con ella y se negó a entregar la casa cuando fijamos fecha, ya está demandada, y si tiene los 30 días, pero que pasa si por no pagar se sale antes del lanzamiento pero debe 6 meses que procede
Buen día, en caso de que no se salga en ese plazo de los 30 días, una vez saliendo la sentencia puede ejecutar ese lanzamiento sin esperar más, ahora por lo que hace al pago de las rentas vencidas, si no se embargaron bienes previamente, hay que esperar a que quede firme la sentencia para cuantificar las rentas y posterior embargar bienes de su propiedad.
Excelente su programa y explicación . Mi duda si el inquilino se va sin pagar meses de renta y con deudas de luz y agua. Hay algún castigo para el inquilino o es tiempo perdido para hacer un juicio.
En este caso, si el inquilino se va, ya no sería factible el Desahucio, en este caso habrá que demandar vía ordinaria civil el pago de esas cantidades, siempre y cuando se hayan establecido en el contrato.
En caso dw que yo este rentando y en el contrato se especifique que el arrendatario hara las reparaciones pertinentea en caso de ser necesario en este caso goteras puedo negarme al pago de la renta hasta que este acuda a su obligacion?
Buen día, así como comenta, si dice el "arrendatario", ese arrendatario es usted y usted tendría la obligación de hacer las reparaciones, ahora, su el contrato dice que el "arrendador" hara las reparaciones, se tendría que estar a las clausulas del contrato para poder establecer si es posible detener el pago de la renta por esa situación
Me deshecharon una demanda de desahucio en el Edo de Hidalgo por no exhibir el comprobante de pago del impuesto predial. No encuentro el ART. Que indique que debo exhibir ese comprobante .
Si usted reunió los requisitos que marca el código y le están desechando por requisitos extra legales, puede realizar el recurso ordinario en contra de ese auto, para que se ordene admitir la misma.
Buen dia lic. Soy de san luis potosi llevo 7 años en una casa, concluyo mi ultimo contrato en mayo de 2022 y quede con el dueño de seguir 3 o 4 meses mientras me entregaban mi casa le pague la renta hasta agosto pero nunca me daba recibo ( error ) y llego una persona al domicilio y me dijo que se cumplia el mes de no pagar y que al otro dia iba a llegar con judiciales para sacar mis cosas, no traia ningun documento ni nada y el dueño no me contesta el cel. Para poder arreglarlo. ¿ QUE PUEDO HACER ?Ayudeme porfavor .Es en san luis potosi
Buena tarde, en este caso, este en San Luis o en cualquier otro estado, existen reglas que se deben de seguir, por lo que, para que lo puedan "desalojar" del inmueble se necesita o el consentimiento del arrendador y usted para terminar voluntariamente o necesita quien le rentó de un juicio para hacer ese desalojo, eso de querer llegar con judiciales es ilegal y se considera despojo, por qué usted es quien tiene la posesión derivada de ese contrato.
Hola rente un depa a un señor que rentó al dueño osea me subarrendo, ahora me quiere sacar siendo que nunca he dejado de pagar si le dejo de pagar , el me puede demandar con el contrato siendo que no es el dueño ? O a mi aval ? El contrato era por 3 meses y ya pasaron casi los 12
En este caso, usted en arrendatario del que le rentó, por lo que existe un contrato que si no acuerdan voluntariamente la desocupación, se le deberá de demandar para que lo abandone.
Hola licenciado. Soy de México. Hola. Si en una clausula del contrato de arrendamiento notariado tengo especificado que al no pagar la renta a tiempo hay rescisión de un contrato sin intervencion judicial. ¿Qué procede para sacar al inquilino?
Que pasa si una pareja renta y el señor paga la renta y es titular del contrato pero despues se separan y el señor ya no oaga la renta y la unica que habita es la señora pero ya no tiene para pagar la renta y ya no le quieren rentar por ese motivo ademas de que hay adeudos de luz y agua ???
Buena tarde, en este caso, esa señora es simple ocupante, ya que con ella no se celebró ningún contrato, lo que se tiene que hacer es demandar el desahucio, siendo el domicilio en dónde habita la pareja del arrendatario y en su momento, lanzar a la señora, ya que no va a acreditar ningún acto jurídico por el cual se debía de demandar a ella.
Una pregunta yo rente un departamento y di renta y depósito pero ala semana llego otra persona diciendo que era el dueño y los que me rentaron eran los pasados inquilinos que debo de hacer
Buena tarde, depende mucho lo que diga el contrato de los pasados inquilinos, por qué el contrato que usted celebró con ellos es válido, los dueños deberían de anularlo en caso de que quien le rentó a usted no tuviera facultad para ello.
Muchísimas gracias por la información licenciado, pero tengo una duda, llega una demanda en donde se pide el pago de tres meses de renta y el desalojo del inmueble, se revisa el contrato que viene adjunto a la demanda y este es celebrado en el 2020, no incluye vigencia y apegandonos a lo que estipula el CC del Edo. Mex., nos menciona que si su vigencia es omitida se entenderá que, para el supuesto de casa habitación, su vigencia será de 1 año pero dicho contrato no fue renovado. Los meses que se exigen pagar son del año 2022. ¿Este hecho de que el contrato no fue renovado y se adjunta a la demanda el contrato de 2020, en donde se pide el pago de las rentas del año 2022 puede ser atacado? Y si es así, ¿de qué manera se puede atacar?
Buen día, aquí lo importante es saber si el inquilino siguió en posesión, ya que de ser así, el contrato se renovó tácitamente, debido a que si no se demandado la terminación de ese contrato, sigue teniendo vigencia, máxime si el inquilino sigue en posesión. Las excepciones que se pueden usar están establecidas en el mismo apartado del procedimiento especial de Desahucio, pero como le comento, al ser un juicio especial con Ian finalidades particular, las excepciones son muy restringidas. Si el inquilino ya no estaba en posesión desde que perdió vigencia el contrato y se le notificó en otro lado, se puede atacar ese documento por la terminación del mismo, el cual ya no tenía vigencia. Pero es importante tomar en cuenta lo que le comenté de la posesión del inquilino.
Buena tarde, si su necesidad es recuperar el inmueble, habría que verificar si se pagó la renta o si se debe, pero ya sería una acción civil diferente ya sea de terminación o rescisión de contrato
No pueden ser ambas o se requiere el pago de rentas y pagandose se sigue el arrendamiento o se requiere la desocupación por incumplimiento de contrato que aún pagando ya no se rentaría por qué son diferentes finalidades
Si es en el Estado de México, se necesitan más de 2 meses, osea 3 o más meses de renta adeudados, y no se puede desalojar de manera automática, se necesita demandar y que por medio de una orden judicial se autorice o se haga de manera voluntaria.
Buenas tardes LIC. Duda.. se iniciarion preparatorios porque no habia contrato, se inicio el de desahucio, pero a mi ya no me interesan las rentas, lo que requiero es la devolución de mi inmueble. ¿El inquilino puede llegar con el pago total de las rentas y seguir ocupando el inmueble y evitar el lanzamiento?
Buena tarde, en este caso, si la finalidad era que ya no se ocupará el inmueble, lo prudente era la rescisión por falta de pago, pero en el caso que expone, si se pagan las rentas, hasta antes del lanzamiento, el arrendamiento sigue, ya que la finalidad del Desahucio es que se paguen las rentas.
@@explicandoelderechoedomexbuenas tardes tengo un inquilino al cual no le hice contrato escrito, tiene ahí 7 años y le pedí el cuarto que ocupa en diciembre, a partir de que se lo pedí no me ha dado la renta ya es junio. Pero no se quiere salir. Que procedimiento puedo seguir para sacarlo.
Buena tarde, en este caso al no haber contrato, hay que hacer unos medios preparatorios a juicio para que esa persona diga en qué calidad está en el inmueble y de ahí realizar el juicio correspondiente para sacarlo.
Esa es la finalidad de los medios preparatorios a juicio, ya que depende de lo que manifieste la persona que posee el bien para la acción que se debe de intentar, ya que puede decir que renta, que le prestaron, que es propietario, etc. De eso depende que acción realizar
Buenos dias si el inquilinoo en su contestacion de demanda, dice que no tengo la personlidad para demandar, y en el contrato de arrendamiento estoy como arrendadora y el como inquilino contrato que no fue objetado por el mismo.
Buena tarde, la personalidad la ostenta con el mismo contrato, ya que no importa quien sea el propietario, ya que no se está disputando la titularidad del bien, sino la obligación de un contrato, por lo que si usted es arrendadora y el arrendatario está claro que usted es la que debía demandar
Tenemos unos inquilinos que deben 2 años de renta y no pagan luz ni agua metimon ona orden de desalojo pero ellos metieron un amparo!! Como se los aceptaron!
Buenas noches abogado En mi caso el arrendador se negó a recibirme el pago de las rentas pues le solicité recibos electrónicos fiscales expedidos por el SAT, y también cometió despojo, pues me quitó los servicios y puso candados en la puerta Qué es lo que procede entonces puesto que ya hay una denuncia penal en contra del arrendador?
Buen día, independiente de que se realice la denuncia y se siga, puede optar por la rescisión del contrato y que se le indemnice por los daños y perjuicios o pedir el cumplimiento forzoso para que vuelva a entrar. Por lo de las rentas puede consignar las mismas, solicitando que para recibirlas le den los recibos fiscales correspondientes
Muchas gracias por responder El tema es que ya se pagaron las rentas, pero como nunca me dio comprobantes o recibos alegó incumplimiento de pago y me demandó Elaboró unos recibos falsos ( que solo contienen su firma) para así tener una supuesta prueba de que no se ha pagado
En este caso si ya está decidido por una autoridad, habrá que atenerse a ello, por qué es ante ellos que debió de ejercer el derecho correspondiente y acreditar su dicho. De todas maneras es un caso que un abogado debe de analizar de manera directa para brindar una opinión más certera.
Buena noche, así es, hay que recordar que la contestación tiene más que nada la finalidad de oponer excepciones, especialmente las establecidas en ese apartado especial, pero si, hay que ofrecer las pruebas en la contestación de esa demanda.
Buena tarde, como explico en el vídeo, en caso de no haber contrato, se tiene que hacer unos medios preparatorios a juicio para que se tenga certeza de la calidad que refiere la otra parte y así poder sacarlo del inmueble
buenas tardes lic. para el embargo de bienes a falta de pago al momento de la diligencia inicial, cual seria el procedimiento? se solicita en la demanda o lo tendria que hacer de oficio el ejecutor considerando el tipo de accion especial, muchas gracias por el contenido ya me suscribi.
Buena tarde, muchas gracias por suscribirse, al respecto de su cuestionamiento, hay que atender a lo que explico en el vídeo, es decir, para que en el acto de la diligencia se puedan embargar bienes por la falta de pago de las rentas, previamente debe de estar nombrado depositario y cubierta la garantía, si no es así, no se van a poder embargar bienes en la diligencia, en caso de que si este cubierto el requisito, el ejecutor tendrá que referirlo, pero michas veces hay aye estar atentos y hacer la petición en la diligencia.
Buena tarde, en la CDMX no se maneja como un procedimiento especial como en el Estado de México, sin embargo, las controversias de arrendamiento inmobiliario son las idóneas para solicitar el pago de la rentas adeudadas, siguiendo se las reglas que marca Código de Procedimientos de la CDMX.
Buen día! Así es, cambian las reglas al respecto, aunque tienen la misma finalidad, el nombre y el tipo de juicio es diferente, en otra ocasión realizaré un vídeo sobre ese trámite.
Buen día, deberá de promover unos medios preparatorios a juicio para que el demandado diga en qué calidad posee y así poder demandar la acción correspondiente
Lic yo firme un contrato de compra venta con el dueño y ahora me falsificó mi firma y lo cambio a un contrato de arrendamiento y me está cobrando más de 4 años de renta Que por una mala asesoría no reclame su prescripción Gane la sentencia de l primera instancia y la apelación la perdí Ahora me voy a amparar en un juicio especial de desahucio Como lo puedo contactar para que lleve mi caso Me urge 14:40
Buen día! Que pasa si compro una propiedad pero aun no me dan papeles y se presenta una persona diciendo que es de infonavit y que la propiedad es recuperación dela. Institución pero no me quiere mostrar ningún papel porque dice que es al. Dueño a quien tiene que mostrarle los documentos, nombres y que tengo dos días para salirme de la casa y si no llevarán a policías para sacarme y no me dejaron ninguna notificación ni nada y el anterior dueño no responde a mis llamadas😭
Buen día, si la pretenden sacar sin haber iniciado un juicio antes, en el que le notificaron previamente, es muy probable que sean actos fuera de la ley, si vuelven a llegar así, usted llame a la policía, por qué no la pueden despojar si no hay de por medio un juicio en el que se defienda.
Buenas tardes respecto si llegan con una orden de desalojo que se emitió en un juicio que no somos parte del juicio ni nunca fuimos notificados ni oídos ni vencidos en juicio que procede hacer???
Buena tarde, si el procedimiento es el especial de Desahucio, al pagar las rentas adeudadas se cumple la finalidad del mismo, por lo que se da por terminado, el lanzamiento solo ocurre en caso de no pagar las rentas adeudadas.
@@explicandoelderechoedomex Gracias, otra duda, después de que las partes son notificadas con la sentencia definitiva, en cuanto tiempo se realiza el lanzamiento?
Si es en el Estado de México, la sentencia sale probable y muy seguramente después de que vence el plazo para desocupar, por lo que, una vez notificada la sentencia, se puede solicitar el uso de la fuerza pública para el lanzamiento, solo es cuestión de que se de cita por el ejecutor y enviar oficio a fuerza pública para apoyo.
Buena noche, es a riesgo de la persona que es lanzada, ya que tuvo la oportunidad de que no se llegará a eso, los bienes se sacan del inmueble y es responsabilidad de la persona que estaba rentando.
La diligencia de lanzamiento es ordenada por el Juez, el lanzamiento incluye a la persona y sus bienes, siendo que en esa diligencia debe de estar el ejecutor o actuario del juzgado para dar fé de dicha diligencia
Hola lic si yo rente po casi tres años dando renta a una constructora y fallese y me levantan falsos de rentas adeudadas cuando tengo pagado el mes anterior así fallecimiento y me demanan Ami aval por la cantidad de 52000 pesos q puedo Aser por favor estoy deseseperada
Buena tarde, en este caso, no se puede dar una respuesta aventurada, ya que hay que revisar bien como están los documentos, el contrato, el modo, tiempo y lugar de pago y la persona que le demanda, así como los comprobantes, en este caso se necesita acudir con abogado de confianza y de su localidad para revisar esa situación.
Buena tarde Lic. Gracias por compartir sus conocimientos, ¿ Que pasa si hubo contrato de arrendamiento, venció y la arrendataria ya no quiso firmar el contrato que daba continuidad?
Habría que revisar su Legislación, por qué lo correcto sería en ese caso la rescisión del contrato, pero hay Estados en los cuales, si no se dió aviso de que ya no se quería rentar se renueva el contrato tácitamente, ahora, si la persona ya no quiere rentar, sería cuestión de hablar con esa persona para que evite un juicio posterior.
En este caso habría que utilizar unos medios preparatorios a juicios para que la persona que ocupa el inmueble diga en qué calidad está poseyendo y de ahí instaurar el juicio correcto.
Buena noche, en este caso, sigue la misma dinámica, debido a que se presente o no la inquilina, lo importante es que se acredite estar al corriente de las rentas dentro del procedimiento hasta antes de que se verifique el lanzamiento.
Entonces tengo 30 dias naturales a partir del emplazamiento o de la notificación??
Buena tarde, la diligencia comprende el requerimiento de pago, en su caso embargo y el emplazamiento, a partir de ese momento cuentan los 30 días.
Buenas noches licenciado si mi inquilino no contesto la demanda q prosigue
Buena tarde, si el trámite es en el Estado de México, atendiendo a qué no se contestó la demanda acreditando el pago o en su caso justificando su negativa, hay que solicitar fecha para la audiencia de Juicio, donde se desahogarán las pruebas y posterior el dictado de la sentencia
Buenas tardes una pregunta si la fecha de audiencia se establece despues del vencimiento de los 30 dias se puede soliciar la desocupacion del inmueble
Buena tarde, siendo muy concreto, el Código establece literalmente que sí, no señala que dependa de la fecha de audiencia, en caso de que se niegue, puede realizar la renovación con sustento en el artículo que así lo establece de la menta literal, por lo regular esas audiencia las fijan antes de que venza el plazo, pero si no, no veo como el juzgado pueda justificar el no ordenar el lanzamiento pasados los 30 o 60 días.
Lic, algún número del cual se le pueda contactar.
Buena tarde, puedes contactarme al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com 👌
Exelente explicacion , me permito recomendarlo ampliamente .
Buen día Lic, si el demandado no contesta la demanda y tampoco paga las rentas dentro de los 30ndias siguientes, ¿se le acusa de rebeldía y se pasa directo a sentencia o aun se abre la etapa de Pruebas y alegatos?
Buen día, se acuda la rebeldía y se solicita que se fije dia y hora para la audiencia en donde se van a desahogar las pruebas que existan y se van a formular alegatos, para que se ordene turnar a sentencia.
Lic, disculpe tengo mi inmueble arrendado hace 6 meces y las personas me dejaron en claro que ya no me van a pagar y que le haga como quiera, y que ya no nos va. Abrir la puerta y hoy fue el abogado a cobrarla renta y le condicionó que que según el se va a salir en mayo de este año sin pagará renta, ahí que tengo que hacer además es agresivo y violebto y es abogado ayuda por favor
Si tiene su contrato de arrendamiento, acuda lo más pronto posible a demandar el Desahucio, para que lo pueda lanzar una vez que se acredite que no pago las rentas, que sea abogado no perjudica en el juicio.
Hola Lic., mi caso es que; por causas de fuerza mayor deje de pagar mi casa, por algunos años, hoy mi situación ya está mejor y quiero, negociar con la hipotecaria, pero; esta me dice que, mi casa ya está adjudicada; existe un juicio, para recuperarla?
Buena tarde, si ya se adjudicó, esto quiere decir que ya hay otro dueño, por lo que la empresa que tiene la hipoteca no puede hacer nada, y más si la adjudicación ya se materializó.
Gracias Lic. Muy valiosa su información, me podría orientar, tengo una inquilina super prepotente, no pude dialogar con ella y se negó a entregar la casa cuando fijamos fecha, ya está demandada, y si tiene los 30 días, pero que pasa si por no pagar se sale antes del lanzamiento pero debe 6 meses que procede
Buen día, en caso de que no se salga en ese plazo de los 30 días, una vez saliendo la sentencia puede ejecutar ese lanzamiento sin esperar más, ahora por lo que hace al pago de las rentas vencidas, si no se embargaron bienes previamente, hay que esperar a que quede firme la sentencia para cuantificar las rentas y posterior embargar bienes de su propiedad.
@@explicandoelderechoedomex gracias Lic. Por su valiosa orientación
Excelente su programa y explicación .
Mi duda si el inquilino se va sin pagar meses de renta y con deudas de luz y agua.
Hay algún castigo para el inquilino o es tiempo perdido para hacer un juicio.
En este caso, si el inquilino se va, ya no sería factible el Desahucio, en este caso habrá que demandar vía ordinaria civil el pago de esas cantidades, siempre y cuando se hayan establecido en el contrato.
En caso dw que yo este rentando y en el contrato se especifique que el arrendatario hara las reparaciones pertinentea en caso de ser necesario en este caso goteras puedo negarme al pago de la renta hasta que este acuda a su obligacion?
Buen día, así como comenta, si dice el "arrendatario", ese arrendatario es usted y usted tendría la obligación de hacer las reparaciones, ahora, su el contrato dice que el "arrendador" hara las reparaciones, se tendría que estar a las clausulas del contrato para poder establecer si es posible detener el pago de la renta por esa situación
Me deshecharon una demanda de desahucio en el Edo de Hidalgo por no exhibir el comprobante de pago del impuesto predial. No encuentro el ART. Que indique que debo exhibir ese comprobante .
Si usted reunió los requisitos que marca el código y le están desechando por requisitos extra legales, puede realizar el recurso ordinario en contra de ese auto, para que se ordene admitir la misma.
Buen dia lic. Soy de san luis potosi llevo 7 años en una casa, concluyo mi ultimo contrato en mayo de 2022 y quede con el dueño de seguir 3 o 4 meses mientras me entregaban mi casa le pague la renta hasta agosto pero nunca me daba recibo ( error ) y llego una persona al domicilio y me dijo que se cumplia el mes de no pagar y que al otro dia iba a llegar con judiciales para sacar mis cosas, no traia ningun documento ni nada y el dueño no me contesta el cel. Para poder arreglarlo. ¿ QUE PUEDO HACER ?Ayudeme porfavor .Es en san luis potosi
Buena tarde, en este caso, este en San Luis o en cualquier otro estado, existen reglas que se deben de seguir, por lo que, para que lo puedan "desalojar" del inmueble se necesita o el consentimiento del arrendador y usted para terminar voluntariamente o necesita quien le rentó de un juicio para hacer ese desalojo, eso de querer llegar con judiciales es ilegal y se considera despojo, por qué usted es quien tiene la posesión derivada de ese contrato.
Hola rente un depa a un señor que rentó al dueño osea me subarrendo, ahora me quiere sacar siendo que nunca he dejado de pagar si le dejo de pagar , el me puede demandar con el contrato siendo que no es el dueño ? O a mi aval ? El contrato era por 3 meses y ya pasaron casi los 12
En este caso, usted en arrendatario del que le rentó, por lo que existe un contrato que si no acuerdan voluntariamente la desocupación, se le deberá de demandar para que lo abandone.
Hola licenciado. Soy de México. Hola. Si en una clausula del contrato de arrendamiento notariado tengo especificado que al no pagar la renta a tiempo hay rescisión de un contrato sin intervencion judicial. ¿Qué procede para sacar al inquilino?
Buena tarde, ya he respondido en el otro video, saludos! 👌
En el código civil de la cdmx, aplica el mismo número de meses sin pagar la renta?, es decir a partir de 3 meses de no haber pagado la renta?.
Buena noche, así es, aplica la misma temporalidad 👌
Existe algún teléfono para hacer consulta , una forma de pago para la misma ?
Buena noche, si gusta contactarme, puede hacerlo al correo iure-sanchez@hotmail.com, a sus órdenes.
Que pasa si una pareja renta y el señor paga la renta y es titular del contrato pero despues se separan y el señor ya no oaga la renta y la unica que habita es la señora pero ya no tiene para pagar la renta y ya no le quieren rentar por ese motivo ademas de que hay adeudos de luz y agua ???
Buena tarde, en este caso, esa señora es simple ocupante, ya que con ella no se celebró ningún contrato, lo que se tiene que hacer es demandar el desahucio, siendo el domicilio en dónde habita la pareja del arrendatario y en su momento, lanzar a la señora, ya que no va a acreditar ningún acto jurídico por el cual se debía de demandar a ella.
Muy bien explicado sobre todo comparando las dos acciones rescision y desahucio ya que es clave saber las diferencias para casos de arrendamiento
Buena tarde, muchas gracias, esa es la finalidad, que se pueda saber cuál es la acción prudente y eficaz, dependiendo de la finalidad del actor.
Y cuanto me sale el trámite de una orden de desahucio me interesa
@Armando7701 para brindar un costo depende de muchos factores, me puede contactar por medio del correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com, saludos
Una pregunta yo rente un departamento y di renta y depósito pero ala semana llego otra persona diciendo que era el dueño y los que me rentaron eran los pasados inquilinos que debo de hacer
Buena tarde, depende mucho lo que diga el contrato de los pasados inquilinos, por qué el contrato que usted celebró con ellos es válido, los dueños deberían de anularlo en caso de que quien le rentó a usted no tuviera facultad para ello.
Disculpe Lic. Me puede indicar los artículos donde se establece lo de los tres meses no pagados? Gracias
Con gusto, es el artículo 2.309 del Código de Procedimientos Civiles
Muchísimas gracias por la información licenciado, pero tengo una duda, llega una demanda en donde se pide el pago de tres meses de renta y el desalojo del inmueble, se revisa el contrato que viene adjunto a la demanda y este es celebrado en el 2020, no incluye vigencia y apegandonos a lo que estipula el CC del Edo. Mex., nos menciona que si su vigencia es omitida se entenderá que, para el supuesto de casa habitación, su vigencia será de 1 año pero dicho contrato no fue renovado. Los meses que se exigen pagar son del año 2022.
¿Este hecho de que el contrato no fue renovado y se adjunta a la demanda el contrato de 2020, en donde se pide el pago de las rentas del año 2022 puede ser atacado? Y si es así, ¿de qué manera se puede atacar?
Buen día, aquí lo importante es saber si el inquilino siguió en posesión, ya que de ser así, el contrato se renovó tácitamente, debido a que si no se demandado la terminación de ese contrato, sigue teniendo vigencia, máxime si el inquilino sigue en posesión.
Las excepciones que se pueden usar están establecidas en el mismo apartado del procedimiento especial de Desahucio, pero como le comento, al ser un juicio especial con Ian finalidades particular, las excepciones son muy restringidas.
Si el inquilino ya no estaba en posesión desde que perdió vigencia el contrato y se le notificó en otro lado, se puede atacar ese documento por la terminación del mismo, el cual ya no tenía vigencia.
Pero es importante tomar en cuenta lo que le comenté de la posesión del inquilino.
Excelente video. Qué pasa si ya se terminó el contrato y lo que se ocupa es lanzar al arrendatario? También procede juicio de desahucio?
Buena tarde, si su necesidad es recuperar el inmueble, habría que verificar si se pagó la renta o si se debe, pero ya sería una acción civil diferente ya sea de terminación o rescisión de contrato
Y cuando es por ambas cosas que procede
No pueden ser ambas o se requiere el pago de rentas y pagandose se sigue el arrendamiento o se requiere la desocupación por incumplimiento de contrato que aún pagando ya no se rentaría por qué son diferentes finalidades
Una pregunta abogado debo 2 meses de renta me pueden desalojar del inmueble
Si es en el Estado de México, se necesitan más de 2 meses, osea 3 o más meses de renta adeudados, y no se puede desalojar de manera automática, se necesita demandar y que por medio de una orden judicial se autorice o se haga de manera voluntaria.
Buenas tardes LIC. Duda.. se iniciarion preparatorios porque no habia contrato, se inicio el de desahucio, pero a mi ya no me interesan las rentas, lo que requiero es la devolución de mi inmueble. ¿El inquilino puede llegar con el pago total de las rentas y seguir ocupando el inmueble y evitar el lanzamiento?
Buena tarde, en este caso, si la finalidad era que ya no se ocupará el inmueble, lo prudente era la rescisión por falta de pago, pero en el caso que expone, si se pagan las rentas, hasta antes del lanzamiento, el arrendamiento sigue, ya que la finalidad del Desahucio es que se paguen las rentas.
@@explicandoelderechoedomexbuenas tardes tengo un inquilino al cual no le hice contrato escrito, tiene ahí 7 años y le pedí el cuarto que ocupa en diciembre, a partir de que se lo pedí no me ha dado la renta ya es junio. Pero no se quiere salir.
Que procedimiento puedo seguir para sacarlo.
Buena tarde, en este caso al no haber contrato, hay que hacer unos medios preparatorios a juicio para que esa persona diga en qué calidad está en el inmueble y de ahí realizar el juicio correspondiente para sacarlo.
@@explicandoelderechoedomexhola lic, y cuál sería ese juicio??
Esa es la finalidad de los medios preparatorios a juicio, ya que depende de lo que manifieste la persona que posee el bien para la acción que se debe de intentar, ya que puede decir que renta, que le prestaron, que es propietario, etc. De eso depende que acción realizar
Buenos dias si el inquilinoo en su contestacion de demanda, dice que no tengo la personlidad para demandar, y en el contrato de arrendamiento estoy como arrendadora y el como inquilino contrato que no fue objetado por el mismo.
Buena tarde, la personalidad la ostenta con el mismo contrato, ya que no importa quien sea el propietario, ya que no se está disputando la titularidad del bien, sino la obligación de un contrato, por lo que si usted es arrendadora y el arrendatario está claro que usted es la que debía demandar
@@explicandoelderechoedomex muchas gracias. Agradezco la atención 👍😊👌
Tenemos unos inquilinos que deben 2 años de renta y no pagan luz ni agua metimon ona orden de desalojo pero ellos metieron un amparo!! Como se los aceptaron!
Yo tengo el.mismo problema y le.dieron el amparo , por eso Quieren renovar el poder judicial porque nomas puros amparos se la llevan
El amparo tiene reglas específicas, en este caso, si se promueve amparo se debe de dar una garantía y si no se da, se puede ejecutar la sentencia.
Buenas noches abogado
En mi caso el arrendador se negó a recibirme el pago de las rentas pues le solicité recibos electrónicos fiscales expedidos por el SAT, y también cometió despojo, pues me quitó los servicios y puso candados en la puerta
Qué es lo que procede entonces puesto que ya hay una denuncia penal en contra del arrendador?
Buen día, independiente de que se realice la denuncia y se siga, puede optar por la rescisión del contrato y que se le indemnice por los daños y perjuicios o pedir el cumplimiento forzoso para que vuelva a entrar.
Por lo de las rentas puede consignar las mismas, solicitando que para recibirlas le den los recibos fiscales correspondientes
Muchas gracias por responder
El tema es que ya se pagaron las rentas, pero como nunca me dio comprobantes o recibos alegó incumplimiento de pago y me demandó
Elaboró unos recibos falsos ( que solo contienen su firma) para así tener una supuesta prueba de que no se ha pagado
En este caso si ya está decidido por una autoridad, habrá que atenerse a ello, por qué es ante ellos que debió de ejercer el derecho correspondiente y acreditar su dicho.
De todas maneras es un caso que un abogado debe de analizar de manera directa para brindar una opinión más certera.
Lic para una consulta donde se lo puedo buscar. Saludos
Buen día!
Con gusto le puedo atender de primera mano al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com 👌
Lic una pregunta en la contestación se tienen que ofrecer las pruebas correspondientes ?
Buena noche, así es, hay que recordar que la contestación tiene más que nada la finalidad de oponer excepciones, especialmente las establecidas en ese apartado especial, pero si, hay que ofrecer las pruebas en la contestación de esa demanda.
Licenciado buenas tardes! En dónde se te puede contactar?
Buena tarde, me puede contactar al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com a sus órdenes
Gracias pir sus conoc quepasa cuando no hay conyrato arrendamiento
Buena tarde, como explico en el vídeo, en caso de no haber contrato, se tiene que hacer unos medios preparatorios a juicio para que se tenga certeza de la calidad que refiere la otra parte y así poder sacarlo del inmueble
buenas tardes lic. para el embargo de bienes a falta de pago al momento de la diligencia inicial, cual seria el procedimiento? se solicita en la demanda o lo tendria que hacer de oficio el ejecutor considerando el tipo de accion especial, muchas gracias por el contenido ya me suscribi.
Buena tarde, muchas gracias por suscribirse, al respecto de su cuestionamiento, hay que atender a lo que explico en el vídeo, es decir, para que en el acto de la diligencia se puedan embargar bienes por la falta de pago de las rentas, previamente debe de estar nombrado depositario y cubierta la garantía, si no es así, no se van a poder embargar bienes en la diligencia, en caso de que si este cubierto el requisito, el ejecutor tendrá que referirlo, pero michas veces hay aye estar atentos y hacer la petición en la diligencia.
@@explicandoelderechoedomex muchas gracias lic.
Cuál es el fundamento legal del desahucio en cdmx?
Buena tarde, en la CDMX no se maneja como un procedimiento especial como en el Estado de México, sin embargo, las controversias de arrendamiento inmobiliario son las idóneas para solicitar el pago de la rentas adeudadas, siguiendo se las reglas que marca Código de Procedimientos de la CDMX.
El procedimiento es diverso en cdmx verdad?
Buen día!
Así es, cambian las reglas al respecto, aunque tienen la misma finalidad, el nombre y el tipo de juicio es diferente, en otra ocasión realizaré un vídeo sobre ese trámite.
Licm me interesa sus asesorías. Como lo contacto?
Buena noche, me puede contactar al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com
Y si fue arrendamiento sin contrato?
Buen día, deberá de promover unos medios preparatorios a juicio para que el demandado diga en qué calidad posee y así poder demandar la acción correspondiente
Lic yo firme un contrato de compra venta con el dueño y ahora me falsificó mi firma y lo cambio a un contrato de arrendamiento y me está cobrando más de 4 años de renta
Que por una mala asesoría no reclame su prescripción
Gane la sentencia de l primera instancia y la apelación la perdí
Ahora me voy a amparar en un juicio especial de desahucio
Como lo puedo contactar para que lleve mi caso
Me urge
14:40
Buena tarde, se tiene que analizar bien el asunto, le dejo mi correo de contacto es: iure-sanchez@hotmail.com.
Buen día! Que pasa si compro una propiedad pero aun no me dan papeles y se presenta una persona diciendo que es de infonavit y que la propiedad es recuperación dela. Institución pero no me quiere mostrar ningún papel porque dice que es al. Dueño a quien tiene que mostrarle los documentos, nombres y que tengo dos días para salirme de la casa y si no llevarán a policías para sacarme y no me dejaron ninguna notificación ni nada y el anterior dueño no responde a mis llamadas😭
Buen día, si la pretenden sacar sin haber iniciado un juicio antes, en el que le notificaron previamente, es muy probable que sean actos fuera de la ley, si vuelven a llegar así, usted llame a la policía, por qué no la pueden despojar si no hay de por medio un juicio en el que se defienda.
Mil gracias por su respuesta!!!
Buenas tardes respecto si llegan con una orden de desalojo que se emitió en un juicio que no somos parte del juicio ni nunca fuimos notificados ni oídos ni vencidos en juicio que procede hacer???
Buena noche, en ese caso, se debe de analizar de manera concreta con un abogado, por qué son varios detalles los que hay que checar
Si pago, la rentas para evitar el lanzamiento y ahí me quedo o de todos modos me indiquen que desocupe
Buena tarde, si el procedimiento es el especial de Desahucio, al pagar las rentas adeudadas se cumple la finalidad del mismo, por lo que se da por terminado, el lanzamiento solo ocurre en caso de no pagar las rentas adeudadas.
@@explicandoelderechoedomex y me puedo apelar y buscar fmparo
Pues depende de la situación, en ese caso si debe de asesorarse con un abogado para que analice su asunto.
Durante el proceso del jucio de Controversia de arrendamiento.....a partir de cuando se dan esos 30 días naturales? es casa habitación
Si se refiere a los 30 días para desocupar, empiezan a correr al día siguiente de que es requerido de pago y emplazado a juicio el demandado.
@@explicandoelderechoedomex Gracias, otra duda, después de que las partes son notificadas con la sentencia definitiva, en cuanto tiempo se realiza el lanzamiento?
Si es en el Estado de México, la sentencia sale probable y muy seguramente después de que vence el plazo para desocupar, por lo que, una vez notificada la sentencia, se puede solicitar el uso de la fuerza pública para el lanzamiento, solo es cuestión de que se de cita por el ejecutor y enviar oficio a fuerza pública para apoyo.
@@explicandoelderechoedomex Disculpa y en Ciudad de México si es por juicio procesal?
Así es, es un proceso llevado ante Juzgado, cambian un poco las reglas pero la finalidad es la misma.
pero si al hacer el lazamiento dentro del inmueble hay objetos que pasa con ellos ?
Buena noche, es a riesgo de la persona que es lanzada, ya que tuvo la oportunidad de que no se llegará a eso, los bienes se sacan del inmueble y es responsabilidad de la persona que estaba rentando.
@@explicandoelderechoedomex ok pero es necesario la autorizacion del juez para sacarlos? o la presencia de un actuario? muchas gracias!
La diligencia de lanzamiento es ordenada por el Juez, el lanzamiento incluye a la persona y sus bienes, siendo que en esa diligencia debe de estar el ejecutor o actuario del juzgado para dar fé de dicha diligencia
Hola lic si yo rente po casi tres años dando renta a una constructora y fallese y me levantan falsos de rentas adeudadas cuando tengo pagado el mes anterior así fallecimiento y me demanan Ami aval por la cantidad de 52000 pesos q puedo Aser por favor estoy deseseperada
Buena tarde, en este caso, no se puede dar una respuesta aventurada, ya que hay que revisar bien como están los documentos, el contrato, el modo, tiempo y lugar de pago y la persona que le demanda, así como los comprobantes, en este caso se necesita acudir con abogado de confianza y de su localidad para revisar esa situación.
Buena tarde Lic. Gracias por compartir sus conocimientos, ¿ Que pasa si hubo contrato de arrendamiento, venció y la arrendataria ya no quiso firmar el contrato que daba continuidad?
Habría que revisar su Legislación, por qué lo correcto sería en ese caso la rescisión del contrato, pero hay Estados en los cuales, si no se dió aviso de que ya no se quería rentar se renueva el contrato tácitamente, ahora, si la persona ya no quiere rentar, sería cuestión de hablar con esa persona para que evite un juicio posterior.
Gracias por su claridad.
Es un placer, excelente tarde.
Muy bien mi Lic.
Muchas gracias, saludos! ✌️
Felicidades Lic.!!
Le agradezco mucho! Saludos!
Eres tú bro!!!
Gracias mi hermano, saludos! 👌👌
Cómo puedo ponerme en contacto contigo?
A sus órdenes al correo electrónico iure-sanchez@hotmail.com.
Felicidades Lic excelente video
Buena tarde, muchas gracias por sus palabras, saludos.
Si el contrato no es notariado?
Buen día, a qué se refiere con que no sea notariado? Para que finalidad?
@@explicandoelderechoedomex se firmo un documento por las partes para darlo rentado
Aunque no esté notariado si vale?
Y si no hay contrato aun opera ?
En este caso habría que utilizar unos medios preparatorios a juicios para que la persona que ocupa el inmueble diga en qué calidad está poseyendo y de ahí instaurar el juicio correcto.
Buenas noches y si desde la primera audiencia No se presenta la inquilina mosora, que pasa?
Buena noche, en este caso, sigue la misma dinámica, debido a que se presente o no la inquilina, lo importante es que se acredite estar al corriente de las rentas dentro del procedimiento hasta antes de que se verifique el lanzamiento.