Excelente resumen de esta nueva tendencia jurídica. Que a mi criterio es nefasta, porque se relativiza por completo todos los derechos ante los principios morales, además que se le da a los tribunales la condición de derogar cualquier norma a criterio subjetivo de un juez, peligroso para el derecho y la sociedad porque se pierde la seguridad jurídica, que es un valor primordial del Derecho.
Para un operador del derecho en especial el Juez este tema resulta ser de suma importancia ya que muchas veces se requiere salir del paradigma del sistema positivo para entrar al mundo de la argumentación como así lo señalaba Perelman
gracias, es importante acotar que no existe principios absolutos, y en ese contexto el test de proporcionalidad, se transforma en un excelente herramienta, definitivamente solo y únicamente partiendo del caso concreto
La ponderación de los Derechos; este método es el más usado por la SCJN, y con él resuelven casos difíciles, de importancia y suma trascendencia nacional (México). En nuestra actualidad, existen muchos precedentes que derivan de éste método interpretativo.
*Muchas veces se ha visto que se Precisa Inclusive Invocar al Principio de Ordenamiento Jurídico, porque Existe por Ciertos Motivos Necesarios y de Vital Espíritu.* *Es muy Necesario Asignar los Valores Correctos y en Competencia Inclusive.* *Saludos muy Atentos y Cordiales.*
la argumentación dice mi papi que es un modo de buscar con el idioma, con razonamientos del lenguaje, valores y arbitrariedades sin salir de las reglas, sino algo artificial, valorativo que llega a ponderar o hacer más pesado uno que otro artificialmente. Es muy simple y arbitrario y no se deja de lado el boa boa como argumentación.
Las normas constitucionales son principios generales , y las leyes del parlamento son derechos ....en un estado constitucional , hay que ponderar , principios y derechos . Para subsumir . El hecho jurídico a la norma...las razones de los derecho en conflicto , para valorar , intereses en conflicto con buenos argumentos jurídicos.
LES CUESTA TANTO A USTEDES ATERRIZAR TODA ESA MARAÑAS PARA TAL VEZ IMPRESIONAR NÓ SÉ EN QUÉ SENTIDO !! PERO SÍ ES FÁCIL DEDUCIR E INDUCIR EL PORQUÉ NÓ. ESGRIMIR EJEMPLOS MÁS EJEMPLOS Y MÁS EJEMPLOS ......Y., RESPETAR AL PÚBLICO AL CUAL YÁ TIENE CARÁCTER MUNDIAL . ¡ AL FIN Y AL CABO QUÉ .FUÉ .LO QUE USTED DIJO; QUISO DECIR ; Y SI USTED LEYÓ DE ALGÚN PRONTER. EH??? MEJOR NO HABLE SOBRE ASPECTOS QUE NO ASIMILA NI ATERRIZA NUNCA CON LOS .EJEMPLOS .PRÁCTICOS !
El derecho esta integrado por 2 tipos de normas que son las Reglas y los Principios; las reglas se aplican al todo o nada, ejemplo la prohibición de la tortura, la regla dice NO APLICAR TORTURA en una investigación, en caso de torturar al investigado, se violó dicha regla. Los Principios en cambio tienen una dimensión de peso o importanancia, es decir que se aplican en LA MAYOR MEDIDA POSIBLE, ejemplo el principio del derecho penal de Derecho a la defensa, todos tienen derecho a la defensa, pero que tipo de defensa, La MEJOR DEFENSA POSIBLE, CON LAS MEJORES HERRAMIENTAS JURIDICAS POSIBLES, CON EL SUFICIENTE TIEMPO PARA PREPARARLA, etc.
Excelente resumen de esta nueva tendencia jurídica. Que a mi criterio es nefasta, porque se relativiza por completo todos los derechos ante los principios morales, además que se le da a los tribunales la condición de derogar cualquier norma a criterio subjetivo de un juez, peligroso para el derecho y la sociedad porque se pierde la seguridad jurídica, que es un valor primordial del Derecho.
Excelente ponencia, la forma de abordar las diversas teoría
Para un operador del derecho en especial el Juez este tema resulta ser de suma importancia ya que muchas veces se requiere salir del paradigma del sistema positivo para entrar al mundo de la argumentación como así lo señalaba Perelman
gracias, es importante acotar que no existe principios absolutos, y en ese contexto el test de proporcionalidad, se transforma en un excelente herramienta, definitivamente solo y únicamente partiendo del caso concreto
Gracias por tanta claridad
La ponderación de los Derechos; este método es el más usado por la SCJN, y con él resuelven casos difíciles, de importancia y suma trascendencia nacional (México). En nuestra actualidad, existen muchos precedentes que derivan de éste método interpretativo.
Muy buen aporte. Conciso y claro.
*Para el Derecho Internacional es un Requisito, y si consideramos la Universalidad: "Es la Ley Norma".*
*Muchas veces se ha visto que se Precisa Inclusive Invocar al Principio de Ordenamiento Jurídico, porque Existe por Ciertos Motivos Necesarios y de Vital Espíritu.*
*Es muy Necesario Asignar los Valores Correctos y en Competencia Inclusive.*
*Saludos muy Atentos y Cordiales.*
Muchas gracias
Robert alexy es un capo por su ponderacion
en pocas palabras cre haberentendio. graias
la argumentación dice mi papi que es un modo de buscar con el idioma, con razonamientos del lenguaje, valores y arbitrariedades sin salir de las reglas, sino algo artificial, valorativo que llega a ponderar o hacer más pesado uno que otro artificialmente. Es muy simple y arbitrario y no se deja de lado el boa boa como argumentación.
Las normas constitucionales son principios generales , y las leyes del parlamento son derechos ....en un estado constitucional , hay que ponderar , principios y derechos . Para subsumir . El hecho jurídico a la norma...las razones de los derecho en conflicto , para valorar , intereses en conflicto con buenos argumentos jurídicos.
ponderacion multivarial xd
LES CUESTA TANTO A USTEDES ATERRIZAR TODA ESA MARAÑAS PARA TAL VEZ IMPRESIONAR NÓ SÉ EN QUÉ
SENTIDO !! PERO SÍ ES FÁCIL DEDUCIR E INDUCIR EL PORQUÉ NÓ. ESGRIMIR EJEMPLOS MÁS EJEMPLOS Y MÁS EJEMPLOS ......Y., RESPETAR AL PÚBLICO AL CUAL YÁ TIENE CARÁCTER MUNDIAL .
¡ AL FIN Y AL CABO QUÉ .FUÉ .LO QUE USTED DIJO; QUISO DECIR ; Y SI USTED LEYÓ DE ALGÚN PRONTER. EH???
MEJOR NO HABLE SOBRE ASPECTOS
QUE NO ASIMILA NI ATERRIZA NUNCA CON LOS .EJEMPLOS .PRÁCTICOS !
El derecho esta integrado por 2 tipos de normas que son las Reglas y los Principios; las reglas se aplican al todo o nada, ejemplo la prohibición de la tortura, la regla dice NO APLICAR TORTURA en una investigación, en caso de torturar al investigado, se violó dicha regla. Los Principios en cambio tienen una dimensión de peso o importanancia, es decir que se aplican en LA MAYOR MEDIDA POSIBLE, ejemplo el principio del derecho penal de Derecho a la defensa, todos tienen derecho a la defensa, pero que tipo de defensa, La MEJOR DEFENSA POSIBLE, CON LAS MEJORES HERRAMIENTAS JURIDICAS POSIBLES, CON EL SUFICIENTE TIEMPO PARA PREPARARLA, etc.