15 A3 Cesantia y vejez calculo SUA 1er bimestre 2023

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  • Опубліковано 9 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 10

  • @victorleal3025
    @victorleal3025 11 місяців тому +1

    Buenas Noches! Muy buen curso, gracias por compartir su conocimiento, saludos.

  • @lizbethgg7145
    @lizbethgg7145 Рік тому +1

    Muchas gracias por este video, me sirvió mucho. Saludos

  • @mariaesther584
    @mariaesther584 Рік тому +1

    ¡EXCELENTE VIDEO. MIL GRACIAS AP / Afinando tu contabilidad!

  • @apafinandotucontabilidad
    @apafinandotucontabilidad  Рік тому +1

    Cesantía en edad avanzada y vejez calculo 2023 ua-cam.com/video/l2XpskHftyk/v-deo.html
    Cálculo y entero de las cuotas obrero patronales parte 1 ua-cam.com/video/V-u_WA5u2Kc/v-deo.html
    Cálculo y entero de las cuotas obrero patronales parte 2 ua-cam.com/video/Rk7ViBDns2s/v-deo.html

  • @arisaitorres6962
    @arisaitorres6962 11 місяців тому

    si la tabla es en base a la UMA no en SBC no se deberías de sacar un factor en relación SBC/UMA ? y si gana el Salario mínimo no debería de quedar con el 1er porcentaje de 3.15 ?

  • @rafaeloterosthill2801
    @rafaeloterosthill2801 Рік тому +1

    Hola! Agradezco el aporte del Curso! Una duda! el salario mínimo al aplicar el Factor de Integración para el SBC rebaza el salario mínimo, sigue estando exento?

    • @apafinandotucontabilidad
      @apafinandotucontabilidad  Рік тому +1

      Hola Rafael, gracias por tu comentario. Es correcto, el SMG sigue estando exento tanto para las cuotas obrero patronales como para ISR. Para el ejercicio 2023, el SMG para el resto del país es de 207.44 y si usted tiene trabajadores que ganan este salario para efectos del Seguro Social, se le debe aplicar el factor al monto diario de 207.44 (este aumenta un poco porque ya estará integrado). De esta forma se entera al IMSS. Cuando el patrón calcula las cuotas obrero patronales es él quien absorbe todo el costo y al trabajador no le tiene que retener ninguna cuota, digamos que estaría exento. Esto lo menciona el Art. 36 de la LSS. Respecto al ISR, todo aquel tabajador que perciba el SMG queda exento del pago del impuesto. Lo menciona el art. 96 LISR. Espero haber aclarado tu duda. Saludos

    • @rafaeloterosthill2801
      @rafaeloterosthill2801 Рік тому

      @@apafinandotucontabilidad
      Agradezco la pronta respuesta! Gracias por el apoyo! Buen día!