Genial video!!!!! Por dar una vuelta más a la amortización del inmueble. Crees que es obligatorio incluirla o podríamos no incluirla? El motivo es que a la hora de la venta tienes que descontar la amortización que has desgravado con lo que tributarias mucho más que si no la metes y al meterla año a año el 60% no lo estas aprovechando ya que esta exento. Compensaría por tanto no meterla si el destino el futuro es la venta
Muy buena pregunta, por esa razón no pienso vender nunca ningún inmueble. Sin embargo, hacienda obliga a hacer una amortización mínima que imagino que aplican por defecto. Al respecto, el RIRPF art.40 señala que el valor de adquisición de los elementos patrimoniales transmitidos debe minorarse en el importe de las amortizaciones fiscalmente deducibles, computándose en todo caso la amortización mínima, con independencia de la efectiva consideración de esta como gasto. Conforme a lo anterior, en el cálculo de la posible ganancia patrimonial derivada de la transmisión de un inmueble arrendado, el contribuyente deberá tener en cuenta la amortización mínima, la cual se deducirá del valor de adquisición, con independencia de su efectiva consideración como gasto, considerando como amortización mínima la resultante del período máximo de amortización o el porcentaje fijo que corresponda, según cada caso.
Hola Gran vídeo Que gastos tendrían los alquileres si se tienen más de 10 viviendas como persona física ? Yo solo vendo si obtengo cierta plusvalía para así cancelar préstamos , si no , no vale la pena vender
Hola! Hace unos días que te he descubierto y me encantan tus videos. Tanto, que es la primera vez que me he atrevido a hacer un comentario!!!🤗 Ánimo y espero que sigan aumentando tus seguidores! 👍
Hola Sergio : eres Increíble con tus videos,mis felicitaciones. No sabia que la cuota de comunidad puede meterse en la renta (primera vez que lo escucho),y por ejemplo entraría también cambio de mobiliario como nevera, calentador de agua,colchónes etc.
Muchas gracias por el vídeo!! Yo ahora también estoy con la Renta y me ha venido de lujo! Con hipoteca y alquilando como vivienda habitual muchas veces no se paga ni un 5% de impuestos (igualito que en Rendimientos del trabajo)
Un video genial y de gran ayuda. Justamente ahora estoy haciendo la declaracion, pero sobre una vivienda en alquiler vacacional. Lástima que en este caso tributa el 100%, y no solo el 40% como has explicado!
Enhorabuena! Contenido de excelente calidad, tus explicaciones y respuestas a los comentarios tienen mucho valor. Tienes un nuevo suscriptor. Algún vídeo sobre cómo protegerte ante destrozos o inquilinos que no pagan y no se van de tu inmueble? Gracias.
Muy buen video, alquien sabria decirme como se deduce la compra de una estufa electrica, si como electrodomestico, es decir 10% durante 10 años o como reparacion y conservación, ya que se sustituyo por uno averiado.Muchas gracias
Buenos dias Sergio! genial tu video, muchas gracias!. Que pasa con la reforma? tengo una posible inversion de un piso en bragas que necesita unos 40k de inversion (no tiene nada acabado, practicamente en los ciminetos) se podria desgravar algo de esto?
La reduccion del 60% aplica tambien para extranjeros? y otra cosa, sobre el valor final del rendimiento, que porcentaje tributa un extranjero no residente si es persona fisica y cuanto si es persona juridica? Gracias
Tienes un seguidor más, gran vídeo, estoy formandome e informándome a cerca de los bienes raíces, leo todo tipo de material, pero Sergio no he encontrado un articulo del BOE o de la agencia Tributaria donde explique que se pueden deducir los gastos de comunidad e IBI, asi como he leido mucha controversia a cerca de deducir el seguro, sí puedes facilitar documentación a cerca de ello, gracias (no pongo en duda nada de lo que nos comentas) estoy muy interesado en el tema, gracias por el gran valor de todos tus vídeos por compartir y por los videos de enseñanza activa en el que nos implicas a la hora de calcular ratios, un abrazo.
Muy buena información. En caso de que se compre con hipoteca, a los fines de la amortización, hay que deducir del precio de adquisición el monto recibido por hipoteca? Muchas gracias!
Interesantísimo! No tenia ni idea de la mayoría... Empiezan a tener mucho más sentido las inversiones inmobiliarias para mí! Una pregunta, ¿que ocurre si solo lo alquilas durante unos meses o solo se alquila alguna de las habitaciones? ¿Se pueden seguir computando todos los gastos del año del mismo modo?
Hola Nacho, Hacienda te pide los días que ha estado alquilada para realizar un prorrateo. Es decir, si la has tenido alquilada el 75% del tiempo del año automáticamente cogerá la parte proporcional de los gastos. Se calcula automáticamente. Por otro lado, ese periodo que esté vacio, te harán una imputación de renta, también automática, es decir, te cobran por tenerlo vacío. Si el inmueble está alquilado con solo una habitación entiendo que no afecta ya que al final la vivienda en sí está alquilada.
@@Invernomics entiendo... Muchas gracias!!! Sigue subiendo contenido de tan alta calidad! Nos das un empujón hacia la inversión a mucha gente 👏🏼 Saludos
Y si el arreglo de las goteras o cualquier otra averia la hago yo mismo comprando el material, podré deducir la factura del gasto en el material para arreglar esas goteras? O es obligatorio contratar alguien para arreglar las cosas y demostrarlo?
Hola Sergio. Enhorabuena por tu canal, es uno de mis canales de referencia. Tengo una duda que quizá tú u otros seguidores del canal me la puedan resolver. Supongamos que yo soy el propietario de un piso y lo alquilo como vivienda habitual. Si autorizo al inquilino para subarrendar habitaciones, ¿afectaría esto a la posibilidad de reducción del 60%? Gracias.
Mi valor catastral segun registro es 58.000 el valor de piso 49.000 y de construccion 9 000. Entonces tengo que poner valor catastral 58 000/9000= 0,1535 . No es esto poco? ya que compre el piso a 144 000 0,1535*0,03 = 663,12 al anho y de esto 55,26 euros al mes.
Buenos días! Me ha encantado tu vídeo! Queria preguntarte una cosa, debido a que hay dos tipos de contratos para inquilinos (el general de la vivienda, por la LAU, el cuál protege más al inquilino), y otro tipo de contrato denominado "Contrato temporal de larga duración de alquiler de habitaciones" (el cuál protege más al propietario). Te lo pregunto porque mi idea es comprarme un piso, y alquilar las otras dos habitaciones. Por ello, mi intención era aplicar el segundo tipo de contrato, del cuál no sé si es posible deducirse todo esto que nos estás indicando... Muchas gracias de antemano!!
Buenísimo como siempre! Muchísimas gracias!! Y ahora una preguntilla, no crees que este gasto debiera aplicarse en la rentabilidad neta de los alquileres?, lo pregunto por que nadie lo aplica en los ejemplos prácticos y creo que es un gasto fijo como todos los demás. Y de ser así, tendremos un video de un ejemplo con todo aplicado? Gracias y sigue así.
Hola Josu, Para calcular la rentabilidad neta no se incluyen los impuestos generalmente porque variaran según la persona: los rendimientos del trabajo de cada uno son distintos o actividades económicas, o si han comprado, o recibido por donación y herencia. Lo normal es incluir los gastos deducibles corrientes salvo la amortización del inmueble ya que realmente esto minora tu tributación pero no tu cashflow. Sds!
Buenas tardes Sergio, Indagando acerca de la tribulación del alquiler de un inmueble, me ha surgido una duda importante. Al firmar la hipoteca bajo la condición de vivienda habitual, y firmarlo ante el notario. Automáticamente, al firmar la escritura me explicaron que me dirección cambiaría a esa nueva vivienda ( el piso comprado para alquilar ) para que me llegasen ahí todas las notificaciones. He leído, que para beneficiarte de las deducciones del ejercicio del alquiler, tu vivienda debe ser otra diferente al inmueble que tienes alquilado. Y me pregunto, cómo puedo saber cuál es mi dirección fiscal y dónde estoy empadronada? Cuál es la diferencia entre esas dos direcciones? Y que nos recomiendas hacer en cuanto a este tema? Un saludo y mil gracias
Las notificaciones te llegarán donde te empadrones así que eso es lo importante, justamente me lo dijo la policia el otro dia renovando el DNI jeje. En cuanto a la vivienda habitual, al hacer la renta si tienes que cambiarlo, lo cambias al domicilio que realmente constituya tu vivienda habitual.
Hola. Gracias por todo el valor que aportas. ¿Podrias hablar de que puedes deducir alquilando la vivienda por habitaciones? Viviendo en ella y sin vivir en ella? A mi no me sale rentable alquilar como vivienda habitual del inquilino. Pero no se si hay una manera de hacerlo por habitaciones de manera que hagas un unico contrato de un año con el nombre de todos los inquilinos. Gracias
Si el inmueble es de dos personas, con rentas anuales por trabajo, seria la mitad a cada 1 ? , acababas diciendo 908 seria 454 euros a cada persona a sumarse a las rentas de trabajo.
tributar sobre 908? no deberían ser 9600-908, no se si se te ha colado al final o no lo he entendido yo el video super explicativo, ahora sé porqué el gestor me pedía la hipoteca de la casa alquilada mil gracias
Te pregunto se paga el 10% para escriturar una propiedad o inmueble en Andalucia si es obra nueva, asi la declare como vivienda principal? 😮gracias saludos
Buenas Sergio, muy buen vídeo! Te queria pedir a ver si podrias hacer un vídeo que hablara sobre crear sociedades, cuando se tiene un número X de pisos, para tener alguna ventaja fiscal... No sé si sabes del tema. Sigue igual!
Muy buen trabajo como siempre. Gracias por tu canal, vídeos cortos y concisos. Pregunta rápida, si se trata de compra de vivienda habitual (no destinada al alquiler) alguno de estos gastos son deducibles? Muchas gracias, sigue así,
Hola Sergio me acabo de comprar un piso con hipoteca mí idea es alquilarlo a mis hijas a una de ellas le Dan la ayuda emancipa y a mí otra hija dónde vive alquilando hacienda le devolvía dinero por ser inquilina, mí pregunta es al ser mis hijas y yo la que les alquilo el piso será q a ellas ya no les den las ayudas antes mencionadas, muchas gracias un saludo por compartir tus conocimientos.
Entonces de los 2269 netos sólo tributas 908? El resto lo declaras y se te devuelve o está "libre de impuestos"? Buen vídeo por cierto, te dejo como idea para vídeo el análisis de $KO que se acerca la fecha de ex dividendo :)
Sergio, eso me lo tienes que explicar detenidamente, yo tengo inversiones en Bielorrusia y me dan el 8% de rentabilidad neta... Si tengo un piso en Marbella que costó €150.000 y tengo una renta mensual de €1000 ésto es €12.000 anuales, mi rentabilidad es de un 8% que no está mal, después de deducir todos los gastos que tú dices, cuál sería la rentabilidad neta???
La neta tras deducir tdos los gastos es la importante porque luego dependerá de tu situación personal y es muy casuístico ya que a mayores ingresos, mayor base y mayor tributación del rendimiento neto reducido.
Hola Sergio, Muy buen vídeo. Han pasado dos años de la emisión del mismo. ¿Hay alguna normativa que haya cambiado que haga necesario su edición o realización de uno completamente nuevo?
Hola Sergio, Una pregunta. Hasta ahora yo siempre liquidada contrato y consignaba fianza en autonomía pero hoy me he enterado que no es necesario para beneficiarse del 60% para el IRPF. Es así? Muchisimas gracias por tu trabajo
Lo que dices creo que no es correcto. En el País Vasco al menos solo te puedes deducir los gastos de intereses de préstamo, de reforma y el 20% de los ingresos (y tributas por el otro 80%). Si estoy equivocado por favor házmelo saber. Gracias.
Hola Asier. Es posible que en el país vasco sea distinto. Estos cálculos son los correctos según la LAU. Mejor consulta con un asesor fiscal de tu comunidad. Saludos!
¿Estos cálculos y deducciones se podrían aplicar también al alquiler de un local para negocio o tributan de forma diferente? En tu opinión, que ves más viable ¿invertir en vivienda o en locales? Gracias!
Todo menos la importante reducción del final que es muy importante. Prefiero vivienda ya que nos encaminamos a una economía cada vez más digital con menos demanda para locales físicos aunque obviamente si encuentras un buen local en una zona muy buena por un buen precio puede ser una buena inversión.
Qué criterio tiene hacienda para considerar que alquilas tu inmueble como vivienda habitual y así poder aplicarte la deducción del 60%? He visto que el inquilino debe haber vivido en el inmueble al menos 3 años ... pero me parece excesivo y muy difícil. Porque un alquiler por ejemplo a estudiantes siempre se consideraría siempre como temporal, entonces fiscalmente no es tan ventajoso. Tú siempre intentas alquilar a un perfil concreto que sabes que se van a quedar más tiempo ? Gracias de antemano.
Hola sí, firmas el típico contrato se considera habitual aunque luego se marchasen antes por X razón. En cuanto a estudiantes, no alquilo, pero entiendo que tendrían que firmar un contrato anual no por meses para que se considerase vivienda habitual.
@@Invernomics Gracias Sergio👍. Como idea para otro video te propongo: tipo de inquilino en él que centrarse para sacarle la mayor ventaja fiscal al alquiler de un inmueble. Que esto es importante y no mucha gente lo tiene claro, ya que un contrato de vivienda habitual el propietario tiene más ventajas fiscales pero el inquilino esta mas protegido legalmente, y uno de vivienda temporal tienes menos ventajas fiscales pero el propietario está mas protegido. Sigue así que te irá muy bien. Un saludo💪
Hola, gracias de nuevo por tus vídeos. Duda: indicas de amortizar el 10% de los gastos en electrodomésticos, mobiliario,.... Cada año. Entonces al gestor que le pasó los gastos en electrodomésticos de ese ejercicio (por ejemplo, una lavadora que se ha tenido que reponer) sólo deduce un 10% de ella y le debo de indicar que otros electrodomésticos y muebles he adquirido en los 9 años anteriores para que pueda amortizarlos también? Es que cambié de gestor y no sé si al no informar perdí esas amortizaciones. Gracias de nuevo, moltes gràcies!!
Ufff, pues creo que nunca lo hicieron así. Vaya desastre. Llevo años con mi alquiler vacacional como negocio y no lo sabía, no creo que mi gestor lo haya tenido en cuenta.
908 euros al año, al AÑO ?? Eso es rentable ?? Vale la pena tener una Inversion hipoteca ( apalancamiento con el banco ) para que anualmente te quede 908 euros ? O no me enterado o yo no lo veo
Gracias por tus videos!!!Consultarte si compro una vivienda como empresa y el vendedor es persona física y no es enpresa puedo acogerme a la excepción del IVA o habría que pagar trasmisiones patrimoniales + AJD+ IVA? Otra cosa puedo escriturar una vivienda por debajo del valor catastral siempre que luego pague los impuestos de su valor minimo de escrituracion? Saludos!!
Genial video!!!!!
Por dar una vuelta más a la amortización del inmueble. Crees que es obligatorio incluirla o podríamos no incluirla? El motivo es que a la hora de la venta tienes que descontar la amortización que has desgravado con lo que tributarias mucho más que si no la metes y al meterla año a año el 60% no lo estas aprovechando ya que esta exento.
Compensaría por tanto no meterla si el destino el futuro es la venta
Muy buena pregunta, por esa razón no pienso vender nunca ningún inmueble. Sin embargo, hacienda obliga a hacer una amortización mínima que imagino que aplican por defecto.
Al respecto, el RIRPF art.40 señala que el valor de adquisición de los elementos patrimoniales transmitidos debe minorarse en el importe de las amortizaciones fiscalmente deducibles, computándose en todo caso la amortización mínima, con independencia de la efectiva consideración de esta como gasto.
Conforme a lo anterior, en el cálculo de la posible ganancia patrimonial derivada de la transmisión de un inmueble arrendado, el contribuyente deberá tener en cuenta la amortización mínima, la cual se deducirá del valor de adquisición, con independencia de su efectiva consideración como gasto, considerando como amortización mínima la resultante del período máximo de amortización o el porcentaje fijo que corresponda, según cada caso.
Hola
Gran vídeo
Que gastos tendrían los alquileres si se tienen más de 10 viviendas como persona física ?
Yo solo vendo si obtengo cierta plusvalía para así cancelar préstamos , si no , no vale la pena vender
Muy buen video gracias por compartir esta valiosa información, me ha servido muchísimo éxitos!!💪
La mejor explicación que he visto! Muchas gracias, me parece muy interesante lo de la amortización, ya que nunca la había entendido al 100%. Saludos!
Gracias!!
Fantástico video. Gracias Sergio.
Muy claro e ilustrativo. Muchas gracias!
Hola! Hace unos días que te he descubierto y me encantan tus videos. Tanto, que es la primera vez que me he atrevido a hacer un comentario!!!🤗 Ánimo y espero que sigan aumentando tus seguidores! 👍
Muchas gracias!
Muy claro Sergio. Gracias 🙏
Hola Sergio :
eres Increíble con tus videos,mis felicitaciones. No sabia que la cuota de comunidad puede meterse en la renta (primera vez que lo escucho),y por ejemplo entraría también cambio de mobiliario como nevera, calentador de agua,colchónes etc.
el cambio de mobiliario entra en amortizacion en un maximo de 10% anual durante 10 años o 5% durante 20 años
Gracias tio! Como siempre, contenido de valor
Gracias! Los impuestos son aburridos pero también hay que entenderlos!
Muchas gracias por el vídeo!! Yo ahora también estoy con la Renta y me ha venido de lujo! Con hipoteca y alquilando como vivienda habitual muchas veces no se paga ni un 5% de impuestos (igualito que en Rendimientos del trabajo)
Ánimo!
Muy bien explicado, con mucho rigor. Muchas gracias.
Gracias Sergio!
Un video genial y de gran ayuda. Justamente ahora estoy haciendo la declaracion, pero sobre una vivienda en alquiler vacacional. Lástima que en este caso tributa el 100%, y no solo el 40% como has explicado!
Sí, esa es la clave. Gracias!
Te felicito. Excelente video justo la info que estaba buscando. Gracias por compartirlo.
Podrías hacer un vídeo igual con rentas por alquiler de habitaciones, para la declaración
Muy bueno este video. Gracias.
Gracias! Una información muy útil! Me encantan tus videos!
Como siempre, vídeo claro, conciso y de calidad. Ánimos y en nada te plantas en 10.000 suscriptores!!
Saludos!
Gracias! Ese es el objetivo de 2020!
Mil gracias por esta gran explicación!! 🙌🏼🙌🏼🙌🏼
de nada 😉
Enhorabuena! Contenido de excelente calidad, tus explicaciones y respuestas a los comentarios tienen mucho valor. Tienes un nuevo suscriptor. Algún vídeo sobre cómo protegerte ante destrozos o inquilinos que no pagan y no se van de tu inmueble? Gracias.
Gracias, lo tengo pensado!
Bien explicado.
Sabes de todo. Eres un crack sigue así.
😉
Excelente 🎩
entonces de los 9600,me quedo para mi solo 908?????????????? o lo he entendido mal
Muy buen video, alquien sabria decirme como se deduce la compra de una estufa electrica, si como electrodomestico, es decir 10% durante 10 años o como reparacion y conservación, ya que se sustituyo por uno averiado.Muchas gracias
Genial!
Muy bien explicado!
Gracias!
Gracias a ti!
Buenos dias Sergio! genial tu video, muchas gracias!. Que pasa con la reforma? tengo una posible inversion de un piso en bragas que necesita unos 40k de inversion (no tiene nada acabado, practicamente en los ciminetos) se podria desgravar algo de esto?
Muy bien explicado, gravias
Hola, muchas gracias
La reduccion del 60% aplica tambien para extranjeros? y otra cosa, sobre el valor final del rendimiento, que porcentaje tributa un extranjero no residente si es persona fisica y cuanto si es persona juridica? Gracias
Tienes un seguidor más, gran vídeo, estoy formandome e informándome a cerca de los bienes raíces, leo todo tipo de material, pero Sergio no he encontrado un articulo del BOE o de la agencia Tributaria donde explique que se pueden deducir los gastos de comunidad e IBI, asi como he leido mucha controversia a cerca de deducir el seguro, sí puedes facilitar documentación a cerca de ello, gracias (no pongo en duda nada de lo que nos comentas) estoy muy interesado en el tema, gracias por el gran valor de todos tus vídeos por compartir y por los videos de enseñanza activa en el que nos implicas a la hora de calcular ratios, un abrazo.
Gracias Alberto! Aquí lo tienes: www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2018/_Ayuda_Modelo_100/7__Cumplimentacion_IRPF__I_/7_4__Rendimientos_derivados_de_inmuebles/7_4_6__Rendimientos_de_capital_inmobiliario/7_4_6_3__Gastos_deducibles/7_4_6_3__Gastos_deducibles.html
@@Invernomics muchísimas gracias!!
Muy buena información. En caso de que se compre con hipoteca, a los fines de la amortización, hay que deducir del precio de adquisición el monto recibido por hipoteca? Muchas gracias!
Interesantísimo! No tenia ni idea de la mayoría... Empiezan a tener mucho más sentido las inversiones inmobiliarias para mí!
Una pregunta, ¿que ocurre si solo lo alquilas durante unos meses o solo se alquila alguna de las habitaciones? ¿Se pueden seguir computando todos los gastos del año del mismo modo?
Hola Nacho, Hacienda te pide los días que ha estado alquilada para realizar un prorrateo. Es decir, si la has tenido alquilada el 75% del tiempo del año automáticamente cogerá la parte proporcional de los gastos. Se calcula automáticamente. Por otro lado, ese periodo que esté vacio, te harán una imputación de renta, también automática, es decir, te cobran por tenerlo vacío. Si el inmueble está alquilado con solo una habitación entiendo que no afecta ya que al final la vivienda en sí está alquilada.
@@Invernomics entiendo... Muchas gracias!!!
Sigue subiendo contenido de tan alta calidad! Nos das un empujón hacia la inversión a mucha gente 👏🏼
Saludos
Y si el arreglo de las goteras o cualquier otra averia la hago yo mismo comprando el material, podré deducir la factura del gasto en el material para arreglar esas goteras? O es obligatorio contratar alguien para arreglar las cosas y demostrarlo?
Gracias por el vídeo 😃
Gracias por ver
Soy nuevo sub, sigue así bro!
Welcome!
Hola Sergio. Enhorabuena por tu canal, es uno de mis canales de referencia. Tengo una duda que quizá tú u otros seguidores del canal me la puedan resolver. Supongamos que yo soy el propietario de un piso y lo alquilo como vivienda habitual. Si autorizo al inquilino para subarrendar habitaciones, ¿afectaría esto a la posibilidad de reducción del 60%? Gracias.
Hola! Puedes reducirlo en la parte proporcional si no me equivoco. Gracias!
Mi valor catastral segun registro es 58.000 el valor de piso 49.000 y de construccion 9 000. Entonces tengo que poner valor catastral 58 000/9000= 0,1535 . No es esto poco? ya que compre el piso a 144 000 0,1535*0,03 = 663,12 al anho y de esto 55,26 euros al mes.
Buenos días! Me ha encantado tu vídeo! Queria preguntarte una cosa, debido a que hay dos tipos de contratos para inquilinos (el general de la vivienda, por la LAU, el cuál protege más al inquilino), y otro tipo de contrato denominado "Contrato temporal de larga duración de alquiler de habitaciones" (el cuál protege más al propietario). Te lo pregunto porque mi idea es comprarme un piso, y alquilar las otras dos habitaciones. Por ello, mi intención era aplicar el segundo tipo de contrato, del cuál no sé si es posible deducirse todo esto que nos estás indicando... Muchas gracias de antemano!!
Hola, es una muy buena forma de empezar a invertir. Simplemente ten en cuenta que la reducción última no es aplicable! Sds!
Grabde sergio estaría bien un ejemplo con números de una persona normal que gana 1200 y empieza a tener más viviendas 2,3 interesaría una s.l??
Buenísimo como siempre! Muchísimas gracias!! Y ahora una preguntilla, no crees que este gasto debiera aplicarse en la rentabilidad neta de los alquileres?, lo pregunto por que nadie lo aplica en los ejemplos prácticos y creo que es un gasto fijo como todos los demás. Y de ser así, tendremos un video de un ejemplo con todo aplicado? Gracias y sigue así.
Hola Josu,
Para calcular la rentabilidad neta no se incluyen los impuestos generalmente porque variaran según la persona: los rendimientos del trabajo de cada uno son distintos o actividades económicas, o si han comprado, o recibido por donación y herencia. Lo normal es incluir los gastos deducibles corrientes salvo la amortización del inmueble ya que realmente esto minora tu tributación pero no tu cashflow. Sds!
Buenas tardes Sergio,
Indagando acerca de la tribulación del alquiler de un inmueble, me ha surgido una duda importante.
Al firmar la hipoteca bajo la condición de vivienda habitual, y firmarlo ante el notario. Automáticamente, al firmar la escritura me explicaron que me dirección cambiaría a esa nueva vivienda ( el piso comprado para alquilar ) para que me llegasen ahí todas las notificaciones. He leído, que para beneficiarte de las deducciones del ejercicio del alquiler, tu vivienda debe ser otra diferente al inmueble que tienes alquilado. Y me pregunto, cómo puedo saber cuál es mi dirección fiscal y dónde estoy empadronada? Cuál es la diferencia entre esas dos direcciones? Y que nos recomiendas hacer en cuanto a este tema?
Un saludo y mil gracias
Las notificaciones te llegarán donde te empadrones así que eso es lo importante, justamente me lo dijo la policia el otro dia renovando el DNI jeje. En cuanto a la vivienda habitual, al hacer la renta si tienes que cambiarlo, lo cambias al domicilio que realmente constituya tu vivienda habitual.
Hola. Gracias por todo el valor que aportas. ¿Podrias hablar de que puedes deducir alquilando la vivienda por habitaciones? Viviendo en ella y sin vivir en ella? A mi no me sale rentable alquilar como vivienda habitual del inquilino. Pero no se si hay una manera de hacerlo por habitaciones de manera que hagas un unico contrato de un año con el nombre de todos los inquilinos. Gracias
Tengo pdte un video sobre eso!
Si el inmueble es de dos personas, con rentas anuales por trabajo, seria la mitad a cada 1 ? , acababas diciendo 908 seria 454 euros a cada persona a sumarse a las rentas de trabajo.
Este cálculo hay que declararlo cada año o bien una vez cada 4 años? Gracias.
Clarificador, pero hay que volver a verlo
Si! Hay mucho contenido!
tributar sobre 908?
no deberían ser 9600-908, no se si se te ha colado al final o no lo he entendido yo
el video super explicativo, ahora sé porqué el gestor me pedía la hipoteca de la casa alquilada
mil gracias
Sobre 908, sí. Ese es el beneficio después de gastos y la reducción.
buff, que bueno, gracias Sergio
Te pregunto se paga el 10% para escriturar una propiedad o inmueble en Andalucia si es obra nueva, asi la declare como vivienda principal? 😮gracias saludos
Buenas Sergio, muy buen vídeo! Te queria pedir a ver si podrias hacer un vídeo que hablara sobre crear sociedades, cuando se tiene un número X de pisos, para tener alguna ventaja fiscal... No sé si sabes del tema. Sigue igual!
Hola Toni. Es una opción interesante. El problema es que hace falta tener 8 propiedades según tengo entendido.
gracias
Buen video gracias. Si tienes más de un inmueble en alquiler varían esas deducciones de hacienda? Gracias, es una duda q tengo si podrías responderme.
No, sirven para todos las viviendas que tengas alquiladas.
Yo e echo una extinción del Condominio el gasto que a sido como 2000€ se puede deducir?
Muy buen trabajo como siempre. Gracias por tu canal, vídeos cortos y concisos.
Pregunta rápida, si se trata de compra de vivienda habitual (no destinada al alquiler) alguno de estos gastos son deducibles?
Muchas gracias, sigue así,
No, ya que no hay ningun rendimiento de capital inmobiliario si no hay alquiler.
Buenas Sergio una duda y si la compro para mi y alquilo las otras 2 habitaciones me lo puedo deducir ??gracias mencanta tu canal 👍
Hola y si solo tienes una casa en renta y con hipoteca y esstas sin trabajo estas obligado a delcarar?
Saludos
Hola Sergio me acabo de comprar un piso con hipoteca mí idea es alquilarlo a mis hijas a una de ellas le Dan la ayuda emancipa y a mí otra hija dónde vive alquilando hacienda le devolvía dinero por ser inquilina, mí pregunta es al ser mis hijas y yo la que les alquilo el piso será q a ellas ya no les den las ayudas antes mencionadas, muchas gracias un saludo por compartir tus conocimientos.
Sinceramente desconozco el caso concreto que me comentas, lo mejor es preguntar a algún asesor! Un abrazo
Consulta, si un extranjero invierte en un inmueble para obtener renta, debe inscribirse como autónomo en España?
Entonces de los 2269 netos sólo tributas 908? El resto lo declaras y se te devuelve o está "libre de impuestos"?
Buen vídeo por cierto, te dejo como idea para vídeo el análisis de $KO que se acerca la fecha de ex dividendo :)
Sólo los 908. Declaras todo pero solo pagas eso al final. No hay devolución.
Sergio, eso me lo tienes que explicar detenidamente, yo tengo inversiones en Bielorrusia y me dan el 8% de rentabilidad neta... Si tengo un piso en Marbella que costó €150.000 y tengo una renta mensual de €1000 ésto es €12.000 anuales, mi rentabilidad es de un 8% que no está mal, después de deducir todos los gastos que tú dices, cuál sería la rentabilidad neta???
La neta tras deducir tdos los gastos es la importante porque luego dependerá de tu situación personal y es muy casuístico ya que a mayores ingresos, mayor base y mayor tributación del rendimiento neto reducido.
@@Invernomics de las inversiones que tengo en Bielorusia pago menos del 0.5% und departamento que me deja $500 al mes pago: $15,00
Hola Sergio,
Muy buen vídeo.
Han pasado dos años de la emisión del mismo.
¿Hay alguna normativa que haya cambiado que haga necesario su edición o realización de uno completamente nuevo?
Todo aplica de momento. Haré otro cuando haya algún cambio significativo!
Hola Sergio,
Una pregunta. Hasta ahora yo siempre liquidada contrato y consignaba fianza en autonomía pero hoy me he enterado que no es necesario para beneficiarse del 60% para el IRPF. Es así?
Muchisimas gracias por tu trabajo
Yo creo q no cruzan datos la vdd
Seguro de impago para inquilinos conoces alguno que sea bueno? Merci de antemano
Lo que dices creo que no es correcto. En el País Vasco al menos solo te puedes deducir los gastos de intereses de préstamo, de reforma y el 20% de los ingresos (y tributas por el otro 80%). Si estoy equivocado por favor házmelo saber. Gracias.
Hola Asier. Es posible que en el país vasco sea distinto. Estos cálculos son los correctos según la LAU. Mejor consulta con un asesor fiscal de tu comunidad. Saludos!
@@Invernomics Gracias.
¿Estos cálculos y deducciones se podrían aplicar también al alquiler de un local para negocio o tributan de forma diferente? En tu opinión, que ves más viable ¿invertir en vivienda o en locales? Gracias!
Todo menos la importante reducción del final que es muy importante. Prefiero vivienda ya que nos encaminamos a una economía cada vez más digital con menos demanda para locales físicos aunque obviamente si encuentras un buen local en una zona muy buena por un buen precio puede ser una buena inversión.
Y al final de los 9600 cuánto me queda ??
Qué criterio tiene hacienda para considerar que alquilas tu inmueble como vivienda habitual y así poder aplicarte la deducción del 60%? He visto que el inquilino debe haber vivido en el inmueble al menos 3 años ... pero me parece excesivo y muy difícil. Porque un alquiler por ejemplo a estudiantes siempre se consideraría siempre como temporal, entonces fiscalmente no es tan ventajoso. Tú siempre intentas alquilar a un perfil concreto que sabes que se van a quedar más tiempo ? Gracias de antemano.
Hola sí, firmas el típico contrato se considera habitual aunque luego se marchasen antes por X razón. En cuanto a estudiantes, no alquilo, pero entiendo que tendrían que firmar un contrato anual no por meses para que se considerase vivienda habitual.
@@Invernomics Gracias Sergio👍. Como idea para otro video te propongo: tipo de inquilino en él que centrarse para sacarle la mayor ventaja fiscal al alquiler de un inmueble. Que esto es importante y no mucha gente lo tiene claro, ya que un contrato de vivienda habitual el propietario tiene más ventajas fiscales pero el inquilino esta mas protegido legalmente, y uno de vivienda temporal tienes menos ventajas fiscales pero el propietario está mas protegido.
Sigue así que te irá muy bien. Un saludo💪
Es lo mismo si no vivo en españa?
Hola, gracias de nuevo por tus vídeos.
Duda: indicas de amortizar el 10% de los gastos en electrodomésticos, mobiliario,.... Cada año. Entonces al gestor que le pasó los gastos en electrodomésticos de ese ejercicio (por ejemplo, una lavadora que se ha tenido que reponer) sólo deduce un 10% de ella y le debo de indicar que otros electrodomésticos y muebles he adquirido en los 9 años anteriores para que pueda amortizarlos también? Es que cambié de gestor y no sé si al no informar perdí esas amortizaciones.
Gracias de nuevo, moltes gràcies!!
Si tienes las facturas y no está totalmente amortizado, mándaselas y podrá amortizar.
Ufff, pues creo que nunca lo hicieron así. Vaya desastre. Llevo años con mi alquiler vacacional como negocio y no lo sabía, no creo que mi gestor lo haya tenido en cuenta.
Y si se destina al alquiler turístico hay alguna ventaja fiscal que nos podamos acoger ?
No, esa es la pega.
908 euros al año, al AÑO ?? Eso es rentable ?? Vale la pena tener una Inversion hipoteca ( apalancamiento con el banco ) para que anualmente te quede 908 euros ? O no me enterado o yo no lo veo
En conclusión mensualmente sería un beneficio de 75 euros ? Alguien me puede explicar si es correcto lo que estoy diciendo
el valor de edificacion es el mismo que construccion, verdad? es primero vez que lo hago sola. Muchas gracias por la ayuda
Exacto!
"te apalancas y así mejoras la rentabilidad". Explicación? Gracias
ua-cam.com/video/25eb1WmViP4/v-deo.html
Gracias por tus videos!!!Consultarte si compro una vivienda como empresa y el vendedor es persona física y no es enpresa puedo acogerme a la excepción del IVA o habría que pagar trasmisiones patrimoniales + AJD+ IVA?
Otra cosa puedo escriturar una vivienda por debajo del valor catastral siempre que luego pague los impuestos de su valor minimo de escrituracion?
Saludos!!
Hola Jose, no sabría decirte. Eso mejor consultarlo con un asesor fiscal.
@@Invernomics Ok muchas gracias.Saludos!
Esto solo es si eres particular
exactamnt
pero esto que cuentas se puede hacer como persona física que trabaja por cuenta ajena? me parece la gallina de los huevos de oro!
Correcto, ese es el caso IRPF.