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La remoción del administrador ¿debe ser con causa? | Grupo Di Iorio | Administración de Consorcios

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  • Опубліковано 8 тра 2023
  • 🔹 El administrador de un consorcio posee el carácter de mandatario. La esencia del contrato de mandato es su revocabilidad. Por ende, en cualquier momento la persona jurídica puede decidir que el administrador cese en sus funciones.
    👉 Sin embargo, esa remoción requiere de una mayoría agravada. La asamblea debe reunirse al efecto de tratar ese desplazamiento, el tema debe estar incluido en el orden del día y debe observarse el quórum necesario para dar inicio al acto.
    🏢 En general, los reglamentos de propiedad horizontal exigen mayorías de dos tercios de la totalidad de los propietarios para adoptar una decisión válida de remoción.
    ✅ En los consorcios que cuentan con numerosas unidades funcionales resulta complejo reunir la mayoría exigida por la normativa. Pero si se obtiene ese número requerido no es necesario expresar una causal de remoción.
    ❌ Cuando no se verifique la cantidad de votos suficiente para decidir la remoción vía asamblea, un grupo de propietarios podría solicitar dicho desplazamiento mediante acción judicial.
    🔹 Aunque es preciso aclarar que la intervención del Poder Judicial en la vida interna de un consorcio es de carácter excepcional, cuando se trate de circunstancias de tal gravedad que pongan en peligro la continuidad del ente consorcial pueden los propietarios acudir al remedio jurisdiccional expresando las causas por las que se pide la remoción del administrador.
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КОМЕНТАРІ • 4

  • @nopochoclos
    @nopochoclos Рік тому +1

    Muy bueno como lo explicas, casualmente tuvimos un problema asi en el que el administrador se enquisto por que tiene negocios de fondo y comenzo a presionar a los propietarios a demostrar con escritura en cada reunion que es propietario, solicitar poderes, reuniones a horarios ridiculos que sabe que nadie puede asistir, incumplimientos varios.
    Resulta que hicimos todo lo legal que figura en el reglamento y votamos siendo mas de la mitad mas uno como indica el reglamento de copropiedad vigente y luego de que iba a irse llamo en pleno acto a un abogado y agrego en el libro algo que nunca se hablo en la reunion , cuando indicamos que ibamos a firmar esta cerro el libro de actas e inicio un escape negandose a entregar el libro de actas ya habiendo votado su remocion, por lo que aludio que era ilegal todo (tambien rechazo solicitud previamente de propietarios a hacer una asamblea) en resumen aludio que debian ser 2/3 , entonces el reglamento para que sirve si lo que se indica claro ahi esta vigente? tenia entendido que se acudia al codigo civil cuando el reglamento no contemplara la situacion, este administrador enquistado ahora provoca junto a 2 personas de la comision daño venal a las propiedades con decisiones tomadas tan solo ellos 3 cuando deben ser tomadas por la mayoria de propietarios, mitad mas uno.
    Lo del ultimo punto deja claro que la decision de un juzgado puede ser una veguenza, aca nos desayunamos del nuevo plazo de caducidad de los 30 dias, pero volviendo al punto que notas, no por cualquier antojo podes impugnar una asamblea, tiene que ser justificado y valido, no por que no te gusta el color de pintura que utilizaron tiene que ser algo grave.

    • @patriciasaleh5835
      @patriciasaleh5835 8 місяців тому

      Encubrimiento de estafa te parece pocó válido. Jueces que no quieren analizar esto.?? Más grave.

    • @nopochoclos
      @nopochoclos 8 місяців тому

      @@patriciasaleh5835 El problema fue el ente RPAC que es quien controla a los administradores, un desastre asesorando, un desastre ponendo trabas, te piden que como propietarios leas las leyes las interpretes y le envies lo que queres denunciar pero si te equivocas te puede salir el tiro por la culata, es decir encima que queres denunciar la persona que apenas responde al otro lado le toma el pelo a las personas mayores de edad que le indican todo lo que quieren denunciar.. espero que ahora venga mano dura realmente ante los corruptos que encima estropean el trabajo honesto de los que si son serios.

  • @patriciasaleh5835
    @patriciasaleh5835 6 місяців тому

    Hola podes hacer una cd por incumplimiento contractual.