Fraccionamiento de un Contrato Público
Вставка
- Опубліковано 6 вер 2024
- ¿Qué es el fraccionamiento de un Contrato Público? ¿Se puede fraccionar un contrato? ¿Qué riesgos presenta?¿Cuáles son las claves para evitarlo?
Si te ha gustado el video pulsa el LIKE, suscríbete y deja tú comentario.
¡Gracias!
Muy interesante el canal i tus aportaciones sobre la LCSP, muy claras.
Gracias
me ha gustado, muy interesante. y el formato muy bueno
Muchas gracias!!!
Muy instructivo, muchas gracias. Propuesta de un tema para un nuevo video: adscripción de medios, cuando hay que pedir.
Muchas gracias
Muchas gracias Lo tendré en cuenta
Una idea genial, dentro de tu apretada agenda, se agradece esta iniciativa Javier
@@ivanpascual1704 gracias Ivan!!
Muchas gracias Javier.
Sugerencia de Píldora: Negociado Sin Publicidad.
Un saludo.
muchisimas gracias. super interesante el tema que planteas. Adjudicado! será el siguiente
@@javiervazquezmatilla Muchas gracias Javier.
Fantástico. Ojalá hubiera conocido antes este canal
Tess GB muchas gracias!!
Genial Javier! Gracias! Harás algún vídeo más amplio del fraccionamiento??? Un saludo desde Menorca!
Veremos!! Gracias!!!
Gracias.
A ti por tu comentario!!
Gracias Javier !!!! Fantásticas pildoras de contratación. Nos son de gran ayuda. Gracias por compartir tu know-how. Espero más pildoras de esta materia, siempre comlicada. un saludo.
Sergio Paniagua muy agradecido por tus palabras Sergio. Un saludo
Muy bien expuesto, Javier.
Gracias!!
Muchísimas gracias
Lucia Gomis gracias Lucia
Estupendo! Queremos más! En cuanto a la justificación de no dividir en lotes, entiendo que se incluyó la obligación para no limitar la competencia y que pudieran acceder pymes. En contratos de pequeña entidad, si se complica la gestión cuando el objeto es el mismo en ubicaciones diferentes, podría ser una razón para no dividir? ¿Quizás una "píldora" sobre las no divisiones en lotes?
AZORIX fn gracias. Lo haré!!
Lo haré!!
Muy ameno y muy bien explicado me encanta !acabo de empezar con la ley de contratos y ya estoy enganchada
Que bien!!!!
gracias por compartir
Marino Izquierdo gracias Marino!!
Genial! Una explicación muy clara. Leeré esa documentación que indicas. Yo agradeceria un video sobre la racionalizacion de la contratacion (diferencias entre sistemas, opciones , limitaciones, dificultades, ventajas...) y su aplicación en pequeños municipios. Gracias.
Muy bien explicado, de forma clara y breve😜’ por muchos más como este! Gracias por tus explicaciones!😘
muchas gracias Rosana
¡Qué bien!!!! Este canal hacía falta. Estuve en uno de tus cursos on line y ya estoy enganchada a escucharte y a aprender contigo. Gracias por estos videos y espero que sigas acompañándonos. Un abrazo
Que alegría leer estos mensajes!!!!
Genial vídeo, muchas gracias. Esperamos más como este 😀
Gracias ¿qué temas te interesarían?
Javier Vázquez -Experto en Contratación Pública- un tema acerca de la suspensión de contratos por covid19 sobre eventos culturales y festivos?
Muchísimas gracias!
Patricia F gracias Patricia
Genial el video. Con respecto a la cuantía, el nuevo artículo 118 no establece el límite de la cuantía del menor por tercero. Es decir, entiendo que pueden superarse las cuantías del menor por una empresa en el año natural siempre que el objeto de los contratos sea cualitativamente distinto, no? Me gustaría conocer tu opinión al respecto.
Gema Ruth Ayuela Albarrán así es. De eliminó la redacción original del 118.3. Pero ojo con el fraccionamiento 👀👀
Hola Javier, muchas gracias.
Y si quiero cubrir necesidades similares pero de distintos sujetos es obligatorio comprarlo todo en un mismo expediente con lotes o se puede hacer en distintos expedientes? Muchas gracias.
Hay que ver el expediente concreto para responder . Si son necesidades similares parece que el expediente debiera ser el mismo con lotes