Muy buena explicación, no soy del área del derecho tenia que tocar este decreto por razones externas y gracias a este video me cerraron muchos conceptos.
Clarísimos tus vídeos, muchas gracias. Los necesitaba ! Me esta costando salvar derecho administrativo, tus videos me han aclarado muchos puntos en los que tenia dudas.
Excelente explicación, 👌 no soy del area de derecho, pero tengo dar una presentación de los artículos, me fue de mucha ayuda el video! Saludos y a continuar!
Hola, eso va a depender de cada ente en particular, por lo general la sustanciación se refiere a que el expediente pase a las oficinas correspondientes y se hagan los informes que se tienen que hacer.
Hola! el "administrado" se utiliza por oposición al "administrador", o sea, el destinatario de todas estas normas de organización del Estado que comprenden la relación jurídica entre este y el particular. Lo más actual es reemplazar "administrado" por "persona", cada uno de nosotros que vamos a ser a quienes nos va a regir el derecho público. Saludos.
Hola! Buenísimo el vídeo. Yo estoy estudiando algunas cosas para un llamado que tengo que dar la prueba y ando colapsando pensando en como me voy a acordar de todo.
Si te referís al Art.105 de la Constitución es buscar y no dice mucho , si te referís al Art.105 de la Ley N° 19889 de la LUC …ahí sí que es tramo largo de explicar .
Hola, el 105 del d500/991 habla del acto administrativo verbal y de su forma de notificación válida. En nuestro derecho ( contrario a lo que piensan algunas jurídicas en las que he tenido que presentar recursos) el acto administrativo puede no estar documentado por escrito, salvo que se imponga si o si la exigencia. Saludos
Tengo más de 70 artículos que estudiar para un concurso del decreto 500/991 y ahora entiendo por lo menos el 2 jaja. Gracias 🥲
Muy buena explicación, no soy del área del derecho tenia que tocar este decreto por razones externas y gracias a este video me cerraron muchos conceptos.
Clarísimos tus vídeos, muchas gracias. Los necesitaba ! Me esta costando salvar derecho administrativo, tus videos me han aclarado muchos puntos en los que tenia dudas.
Clarísimo querido! Muchas gracias por el video y el ejemplo compartido al final. A mi me estaba costando ver esto reflejado en algún caso práctico.
Muy buen video, ojalá sigas con este tema que es muy interesante !
Excelente explicación, 👌 no soy del area de derecho, pero tengo dar una presentación de los artículos, me fue de mucha ayuda el video!
Saludos y a continuar!
Concreto y bien explicado!! Gracias
Excelente, muchas gracias
Muy bueno, gracias
Muchas gracias!!!
Muchas gracias!! Hay algún video sobre sustanciación del trámite específicamente?
Hola, eso va a depender de cada ente en particular, por lo general la sustanciación se refiere a que el expediente pase a las oficinas correspondientes y se hagan los informes que se tienen que hacer.
Gracias!
teoria del organo es un tema complicado,y la posicion de MENDEZ y no recuerdo otro autor sugiero un video.gracias
Disculpen mi ignorancia, a que se refiere cuando se habla de adminitrado? , gracias
Hola! el "administrado" se utiliza por oposición al "administrador", o sea, el destinatario de todas estas normas de organización del Estado que comprenden la relación jurídica entre este y el particular. Lo más actual es reemplazar "administrado" por "persona", cada uno de nosotros que vamos a ser a quienes nos va a regir el derecho público. Saludos.
@@DerechoalDerecho muchas gracias!!
Hola! Buenísimo el vídeo. Yo estoy estudiando algunas cosas para un llamado que tengo que dar la prueba y ando colapsando pensando en como me voy a acordar de todo.
Buenas noches, me podrías explicar el artículo 105?, muchas gracias!
Si te referís al Art.105 de la Constitución es buscar y no dice mucho , si te referís al Art.105 de la Ley N° 19889 de la LUC …ahí sí que es tramo largo de explicar .
Hola, el 105 del d500/991 habla del acto administrativo verbal y de su forma de notificación válida. En nuestro derecho ( contrario a lo que piensan algunas jurídicas en las que he tenido que presentar recursos) el acto administrativo puede no estar documentado por escrito, salvo que se imponga si o si la exigencia. Saludos
Hay segunda parte?
Hola, pueden dejar sugerencias de videos y las tendremos en cuenta, saludos!