Gracias mil. No entiendo nada. Tegulan cosas, las quitan, las vuelven a poner. Eso se carga la seguridad jurídica... Creo que se aburre. No entiendo crear una ley orgánica para esto. Los porcentajes ya se sabían...
Hola Manuel ! Esto lleva también modificaciones en las leyes q hace las comunidades? Ej ley de emprego de Galicia etc, pero hay q esperar a la modificación da Xunta ??graciasss
Me surge una duda... hasta que fecha entran todos estos cambios en el examen? Me provoca algo de estres estudiar algo y pensar que unas semanas antes del examen puedan cambiarlo
Una duda, cuando afirmas que la paridad implica 50%-50%, cuál es el fundamento jurídico? es decir, ¿se especifica en alguna norma con rango legal o reglamentario que la paridad significa 50-50? Muchísimas gracias de antemano
@@Leyesparaoposiciones ¿crees que hay diferencia entre paridad y representación paritaria? porque la la DA1ª de la LO2/2024 afirma que se entiende por representación paritaria y presencia equilibrada la situación en la que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento en un ámbito determinado.
aquí te lo explica un magistrado del Tribunal Supremo... www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-2020-00000001156#:~:text=En%20rigor%2C%20la%20%E2%80%9Cparidad%E2%80%9D,que%20no%20ha%20querido%20acoger.
M7chas gracias😊
De nada!!
Muchísimas gracias Manuel!!!! Nos es imprescindible tu ayuda totalmente desinteresada, es de una gran generosidad por tu parte
Muchas gracias Belén!
Ostras, Manuel, millones de gracias por el vídeo. Ayudas un montón y los cursos están genial!!! Muchas gracias de nuevo🥰
Muchas gracias María!
Gracias por las aclaraciones.
De nada Elena!
Muchas gracias 🎉🎉🎉
De nada Eva 😊
¡gracias Manuel!
De nada!!
Gracias mil. No entiendo nada. Tegulan cosas, las quitan, las vuelven a poner. Eso se carga la seguridad jurídica... Creo que se aburre. No entiendo crear una ley orgánica para esto. Los porcentajes ya se sabían...
Hola, a que porcentajes te refieres??
@@nathayshenriquezlugo8438Los de no menos del 40% ni más del 60% de representación de cada sexo
@@nathayshenriquezlugo8438 creí que había respondido. Bueno por si acaso es no menos del 40% de representación de personas de un sexo, ni más del 60%
@@evacamacho6280 Gracias.
Hola Manuel ! Esto lleva también modificaciones en las leyes q hace las comunidades? Ej ley de emprego de Galicia etc, pero hay q esperar a la modificación da Xunta ??graciasss
Hola! Pues esta no ha modificado nada de forma directa, pero es posible que algo cambien próximamente. Saludos!
Gracias como siempre (◠‿◕)
Gracias a ti Mayka!!
Van to locos en los ministerios. Anteayer sacaron otra Ley Orgánica nueva! Gracias!
Es un no parar!
Me surge una duda... hasta que fecha entran todos estos cambios en el examen? Me provoca algo de estres estudiar algo y pensar que unas semanas antes del examen puedan cambiarlo
Depende de lo que ponga en la convocatoria. En las del Estado entran todas las modificaciones hasta la fecha del examen :(
Una duda, cuando afirmas que la paridad implica 50%-50%, cuál es el fundamento jurídico? es decir, ¿se especifica en alguna norma con rango legal o reglamentario que la paridad significa 50-50? Muchísimas gracias de antemano
Si, en esta Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia. (Art 152)
@@Leyesparaoposiciones mil gracias
@@Leyesparaoposiciones ¿crees que hay diferencia entre paridad y representación paritaria? porque la la DA1ª de la LO2/2024 afirma que se entiende por representación paritaria y presencia equilibrada la situación en la que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento en un ámbito determinado.
aquí te lo explica un magistrado del Tribunal Supremo...
www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-L-2020-00000001156#:~:text=En%20rigor%2C%20la%20%E2%80%9Cparidad%E2%80%9D,que%20no%20ha%20querido%20acoger.
Mil gracias 😊
De nada Ana 😊