Me encantan tus explicaciones y agradezco que siempre sean basadas en el BOE, al final es la base de las preguntas test, de los exámenes. Muchas gracias por tu generosidad y por canalizar tus inquietudes con nosotros.
Muchas gracias por compartir el recurso de la extension del Boe , lo he instalado y me parece de gran ayuda para gestionar las actualizaciones de las normativas. Gran explicación como siempre. Saludos.
Buahh que buenisimo, muchisimas gracias, es un auténtico regalo para mi, esa herramienta es genial. Gracias también por todos tus videos, me encantan, te agradezco que te lo curres tanto.
Muchas gracias Manuel...he empezado ahora el TREBEP y el art 49 se me atraganta un poco...me parece algo lioso. He buscado a ver si tenías un vídeo de este artículo completo pero no lo encuentro. Mil gracias por la herramienta que has compartido. Un saludo
Muchas gracias por compartir lo del BOE comparador, es genial. Una duda, si al hijo-a se le diagnosticara la enfermedad con 18 años o más y necesitará cuidados permanentes y continuos, cabría algún permiso distinto o excedencia por interés particular, por ej ?
De nada Mar! sobre lo que comentas, hay permisos para supuestos de enfermedades graves, y las normas de desarrollo pueden recoger también otras posibilidades (en Galicia las tenemos), pero la excedencia por interés particular solo procede si cumples los requisitos. Saludos
Buenos dias referente a este articulo si a un hijo de diagnostican cancer a los 19 años y los 20 años tienen una discapacidad superior al 65% el permiso se amplia hasta los 26 años???
Muchas gracias! ¿Podría ocurrir que la enfermedad hubiera sido diagnosticada siendo menor el hijo pero en ese momento no se cumpliera el requisito de ambos progenitores trabajando, y que una vez cumplidos los 18 si lo cumplieran y acogerse a este permiso? Lo pregunto porque me parece posible para un supuesto práctico. Gracias
De nada Marta! sobre lo que comentas, al no venir recogido en la Ley, habrá que ver como se desarrolla a través de normas de desarrollo y jusrisprudencia. Saludos!
Yo le entiendo perfectamente, pero si te interesa puedes cambiar la velocidad de reproducción de los vídeos (das en la tuerca y le pones velocidad más lenta o más rápida, según quieras)
Me encantan tus explicaciones y agradezco que siempre sean basadas en el BOE, al final es la base de las preguntas test, de los exámenes. Muchas gracias por tu generosidad y por canalizar tus inquietudes con nosotros.
Esa herramienta BOE comparador es una auténtica maravilla, muchísimas gracias por compartir Manuel!!!
Gracias a ti Tomás!
Don Manuel, nuestro Ángel de la Guarda !!
jajaja, gracias Fran!!
Muchas gracias por compartir el recurso
De nada Brenda!
Muchas gracias por compartir el recurso de la extension del Boe , lo he instalado y me parece de gran ayuda para gestionar las actualizaciones de las normativas. Gran explicación como siempre. Saludos.
Muchas gracias Pedro!!
Muchas gracias!!! Y enhorabuena por la bipaternidad!🎉
Gracias Sheyla!!
Gracias, gracias graciaaaas!!!
De nada Eva!!
Súper útil,
Muchas gracias, como siempre excelente, Manuel!!
De nada Isabel María!!
Buahh que buenisimo, muchisimas gracias, es un auténtico regalo para mi, esa herramienta es genial. Gracias también por todos tus videos, me encantan, te agradezco que te lo curres tanto.
Muchas gracias por tus palabras Angy!!
Comparador muy interesante gracias
De nada Mila!
Muchas gracias Manuel por todo, la explicación y esa herramienta. Un saludo y feliz día. 👋
Gracias a ti Marga!!
Genial el comparador y también disponible para Firefox!! Gracias!!!!!
De nada Sandra!
No conocía de este recurso. Explicación magnífica, siempre aprendo algo contigo.
Gracias =)
Gracias a ti Ester!
¡¡¡ Gracia, Manuel !!!
De nada José Luis!!
¡Mil gracias!
De nada Carmen!
Muchas gracias Manuel...he empezado ahora el TREBEP y el art 49 se me atraganta un poco...me parece algo lioso. He buscado a ver si tenías un vídeo de este artículo completo pero no lo encuentro.
Mil gracias por la herramienta que has compartido. Un saludo
De nada! sobre el artículo 49, no he subido el video completo, pero tomo nota de la sugerencia.Saludos!
Muchas gracias por el recurso.
De nada Puri!
Muchas gracias por compartir lo del BOE comparador, es genial. Una duda, si al hijo-a se le diagnosticara la enfermedad con 18 años o más y necesitará cuidados permanentes y continuos, cabría algún permiso distinto o excedencia por interés particular, por ej ?
De nada Mar! sobre lo que comentas, hay permisos para supuestos de enfermedades graves, y las normas de desarrollo pueden recoger también otras posibilidades (en Galicia las tenemos), pero la excedencia por interés particular solo procede si cumples los requisitos. Saludos
@@Leyesparaoposiciones ok, muchas gracias
Buenos dias referente a este articulo si a un hijo de diagnostican cancer a los 19 años y los 20 años tienen una discapacidad superior al 65% el permiso se amplia hasta los 26 años???
Buenos días! en principio, el diagnóstico tiene que ser antes de los 18. Saludos!
Hola Manuel, quisiera preguntarte si están actualizadas estas modificaciones en el curso del Trebep. Gracias
Hola!si, de hecho este video está también subido al curso del TREBEP. Saludos!
Muchas gracias! ¿Podría ocurrir que la enfermedad hubiera sido diagnosticada siendo menor el hijo pero en ese momento no se cumpliera el requisito de ambos progenitores trabajando, y que una vez cumplidos los 18 si lo cumplieran y acogerse a este permiso? Lo pregunto porque me parece posible para un supuesto práctico. Gracias
De nada Marta! sobre lo que comentas, al no venir recogido en la Ley, habrá que ver como se desarrolla a través de normas de desarrollo y jusrisprudencia. Saludos!
@@Leyesparaoposiciones Gracias por tu respuesta!
Esto es aplicable solo al trebep o también los estatutos de ccaa como por ejemplo de castilla y león?
Esto se debería de aplicar en todas las administraciones
No encuentro el icono. Alguien puede explicarme cómo me lo descargó.
Es un extensión de Chrome que te puedes descargar aquí www.elboe.es/
¿Podrías hablar más despacio ? Hablas tan rápido que muchas veces no te entiendo .
De nada Bar!
Yo le entiendo perfectamente, pero si te interesa puedes cambiar la velocidad de reproducción de los vídeos (das en la tuerca y le pones velocidad más lenta o más rápida, según quieras)
@@neneirene cierto!
@@Leyesparaoposiciones lamento que te haya molestado mi comentario. No lo decía a mala fé. Lo siento.