Y cuando los del consejo y la administracion son los que no cumplen con lo que hay en el reglamento de propiedad horizontal y ellos mismos imponen normas en la copropiedad aquien podemos acudir pra que nuestros derechos no sean bulnerados
Lo que dice fanci es verdad cuando hay personas en el consejo y además a sido un enemigo para la coopropiedad. Y además apoyada por el revisor fiscal y de la administración desaparece toas las pruebas que se puede hacer. Gracias
Que pasa cuando uno tiene goteras y el administrador dice toca comprar el impermeabilizante pero solo el propietario del último piso y además dice que le toca al todero colocar el impermeabilizante pero los pisos de abajo no colaboran con el dinero para comprar el impermeabilizante
Hola me impusieron una multa por no asistir a la asamblea, me encontraba fuera del país, y al llegar me cobraron la multa, pero nunca me anunciaron que me iban a poner esa multa y la cual no pude defenderme, solo me cobraron de manera árbitraria la multa
Buenos días,es decir ¿se pueden hacer ajustes a la ley de ph de acuerdo con las necesidades del conjunto? Hasta ahora se elaboró ¿el manual de convivencia se debe registrar en la notaría?
soy propietaria y unos visitantes tuvieron pelea con los celadores,y a mi me estan cobrando multa de 5 salarios minimos.Teniendo en cuenta que no estuve involucrada en agresiones de los celadores.Por favor quiero saber porque me han dado 5 dias hbiles,para responder.No estuve involucrada .Pero los celadorescausaron heridas,a uno de mis visitantes.Gracias x responder.Estare pendiente.Que debo hcer
Pregunta: las sanciones se imponen a cargo del inmueble donde vive el propietario o el tenedor a cualquier título? y como se cobran? procesos verbales sumarios o en al misma factura de la cuota de administración?
Previo cumplimiento del debido proceso, si la sanción está incluida en el Reglamento de Propiedad Horizontal de su edificio, se le debe imponer únicamente al infractor o infractores, sea quien sea. Debe ser impuesta por la Asamblea y comunicada por el administrador. Una vez impuesta se debe hacer exigible a través del recibo o cuenta de cobro mensual.
Excelente, muy bueno, claro, didáctico, conciso. Demuestra dominio sobre el tema y lo expone muy bien. Ciertamente he sido victima de algún administrador que me expide una multa sin mas y que aparece reflejada en el siguiente recibo de cobro.
Dr Leon, en que articulado o ley se indica que todo reglamento de propiedad horizontal debe estar elevado a escritura publica para que se de como establecido. gracias
Buena tarde Quisiera consultar es que las ventanas de ventilación de mi apartamento están muy pequeñas y dan al patio de mi apartamento quiero poner extractor de olores y no me permiten hacerlo eso es normatividad
Doctor me vulneraron el derecho al debido proceso, me impuso la sanción la administradora, no tienen ninguna prueba de las supuestas agresiones, como puedo contactarlo para pagar una asesoría ?
Para sancionar se debe cumplir el debido proceso. Toda sanción debe estar contemplada en el Reglamento de copropiedad del edificio (que usualmente no están allí, sino en un inoperante reglamento de convivencia que no ha modificado dicho reglamento). Bajo el errado supuesto que la sanción sí esté contemplada en dicho reglamento de propiedad del edificio, quien debe imponerla es la asamblea, mientras que el administrador tan solo la comunica. Y solo se le impone al infractor. Aun así, podrá impugnarla en el caso que se le estén violando derechos.
Cómo se procede para el cobro de las mesadas, de administración y parqueos, ya que no se logra que cumplan, pues es difícil el cumplimiento de las expensas, trastornado los gastos, de conjunto, gracias
Mi estimadisimo Dr. Quiero hacer la siguiente consulta. El manual de convivencia debe estar reglamentado en los estatutos de la copropiedad y llevarlo a la escritura de los copropietarios, gracias un fuerte abrazo
Buenas noches doctor,osea para k está el comité de convivencia,osea el comité de convivencia no tiene nada k hacer osea para k nombran el comité de convivencia o solo está para fiestas y actividades de aseo
Cuando a una persona se ke sanxiona con multa,a sabuendas k esiste comite de convivenxia, osea su el infractor solicita see esxuxgaso porcel comite de cinvivencia, no es la violacion a un derecho
Solo se puede multar si está dispuesto en el Reglamento PH. Pero ese reglamento lo redacta la constructora y no la Asamblea. Y si se quiere modificar es muy costoso. Conclusión, el infractor está protegido.
Doctor una duda si medan una multa porq no recojo las nesecidades de mi perro cuando boi apagar la administración hay mismo descuentan de lo mismo es legal
Bnas noches una asesoría gracias, en el conjunto donde vivo la administradora nos pasa una carta de cobro con notificación de sanción enviada por el comité de convivencia por estar mis hijos menores de edad en áreas comunes sin ninguna prueba, adicional tampoco nos han llamado ha escucharnos mi pregunta es legal lo que están haciendo y como puedo revertir está sanción
Dentro de mi conocimiento usted debe pedir el Reglamento de Propiedad horizontal y manual de convivencia, si usted ve que no cometió esa falta puede solicitar una mediación externa articulo 58 numeral 2 ley 675 de 2001, mecanismos alternativos de solución de conflictos es decir una conciliación externa a través de una personería, casa de justicia, consultorio jurídico de universidades (gratuitos) o pagar en notaria o con conciliador externo, ademas el comité no puede poner sanciones eso le corresponde al consejo y las multas se ponen solo si es mas de una vez que usted lo hace o sus hijos lea la ley 675 artículos 58 a 62 esta todo muy claro.
Buenas tardes Dr León tengo una consulta en el edificio donde compramos nos enteramos que unas areas que pertenecian a zonas comunes del edificio fueron privatizadas por algunos de los propietarios del primer piso y los cuales las tomaron como suyas hace ya varios años y no aparecen registradas en las escrituras, ni dentro de los coeficientes de sus áreas privadas en el pago administración puesto que ellos dicen que ellos compraron así y estás personas hace parte de la junta administración. Esto puede ser motivo sancion para esos propietarios o al Edificio. Agradezco me de su opinión
El infractor puede argumentar que compró así, pero falta ver qué dice las escrituras, ya sea la de compraventa y/o la del Reglamento de propiedad del edificio. Además, quien esté disfrutando del área común de uso exclusivo debe pagar por ello, previa inclusión del costo en el presupuesto de ingresos ($7.000 por metro cuadrado).
@@A.S.Perger "Costo en el presupuesto de ingresos" Sería tan amable de explicarme qué es??? A qué corresponde??? Donde vivo unas casas las compraron con parqueadero "privado: para cada casa" y solo pagan $2.000 (dos mil pesos) dos mil pesos más sobre el valor de la cuota de administración. Ellos "impusieron" este valor de $2.000 cuando eran los integrantes de la junta administradora. Eso es legal???
Apreciados Señores profesionales en Derecho propiedad horizontal mis preguntas no son satisfactoriad ya que pregunto cuando un Fiscal no revisor fiscal segun ka Ley 675 se le extravian los folderes de los estados financieros que se debe hacer para que esta persona responda ante el concejo de administracion por esta perdida muchas gracias
me puso el admin una multa por que deje al perro hacer excrementos , pedi el video de las camaras y nunca se ve esa accion , que se puede hacer si la evidencia que me indican no muestra esto ?
Hola buen día, en ese sentido ¿un Administrador no puede hacer un llamado de atención escrito o verbal a algún copropietario o arrendatario por violación del reglamento de p.h?, Muchas gracias, excelente trabajo y bendiciones.
@@COLOMBIANADEDERECHO La facultad legal para todo llamado de atención debe ser realizado por el "Representante Legal" de la copropiedad, y este no es otro que el administrador conforme lo establece la ley 675/01.
Tengo una deuda de cuota extraordinaria que no quise pagar y ahora estan cubriendo esta deuda con lo que pago de administración dejándome con mora en administración eso es legal?????
Una consulta. Tenemos un arrendatario que ya lleva mas de 5 eventos de ruido extremo y ya amenazo al administrador. Que podemos hacer?. Ya se cito a comite de convivencia. Pero de igual manera se puede amonestar ?
@@cesarlizarazo9509 se lo digo en términos sencillos no por faltarle el respeto mire, solo consejo y comité tiene competencia, intente una mediacion policial ud se va a la estación de policía no CAI y pide un formato demediacion policial si le afecta sino para que?
Doctor una pregunta? Es que en el conjunto citaron para asamblea ordinaria no presencial, el día 7 de marzo y la asamblea se realizó el día 22 de marzo de 2021, creo que no se dieron los 15 días que pude la ley? Estoy en lo correcto o se corre un día por ser el 22 festivo..? Aunque no creo por que son días calendario.. Ayuda.. Por favor.. Gracias
El término para convocar asambleas es en días calendario. Asegúrese que lo hayan notificado a más tardar el 7 de marzo, antes de la hora programada para la reunión (si lo citan en hora posterior, súmele un día). Caiga el día que caiga. Pero asegúrese que se cumpla el art 44 de la ley 675/01. Deben participar todos los copropietarios o sus representantes o delegados.
Pregunto mi mamá es propietaria de un apartamento en pH. Y mi hermano es muy conflictivo y las multas le llegan a ella como propietaria y no a mí hermano cómo residente. Pregunto qué puedo hacer para que le llegue a mi hermano?
La infracción es para el "infractor". Es como en las fotomultas. La fotomulta es para quien maneja. No para el dueño del vehículo. Y para que la sanción sea legal, esta debe estar contenida en el REglamento de Propiedad Horizontal, más no en un manual de convivencia.
Si se impuso la multa automáticamente al mes siguiente sin darle la oportunidad al propietario para defenderse y explicar la ausencia (la cual puede demostrar era justificada), ¿el acto y la sanción son ilegales y debe declararse la nulidad del mismo y darse por cerrado el caso y no aplicar la multa?
El asistir a una asamblea es un "DERECHO" conforme lo establece el art 37 de la ley 675/01. Las sanciones son para el incumplimiento de OBLIGACIONES. Además toda sanción debe estar contemplada en el Reglamento de Propiedad Horizontal, y usualmente solo están en el manual de convivencia, que no tiene legalidad alguna. Es tan solo un documento persuasivo.
Si la sanción está dentro del reglamento de propiedad horizontal, quien está facultado para imponer la sanción también puede recular para levantarla. Quien puede lo más, puede lo menos.
El presidente del consejo y la administradora citan a reunión de asamblea extraordinaria Para presentar un informe de ella por el cual no participó en una reunión extraordinaria de consejo donde se aclara q se debe pasar la carta de no renovación de contrato a la sra administrador con antelación de 30 días a la caducidad de este contrato Por este motivo Convoca asamblea extraordinaria 4dias hábiles)para NOMBRAR nuevo consejo de administración ? Se le objeta el tiempo de convocatoria porq no cumple RPH
Me anunciaron que por llamada telefónica "que me van a cobrar multa" porque mi hija solicitó que le permitieran ver las grabaciones de las cámaras que hay en la caseta del vigilante. Eso es legal???? Además me están cobrando "inasistencias a asambleas" siendo que yo asistí; pedí la copia del acta para demostrar que sí asistí: ahí en el acta aparece que "yo intervine en varias oportunidades" pero aún así, a pesar de enviarle por escrito a la administradora haciendole notar "su arbitrariedad" aún así "sigue apareciendo la deuda en el recibo de administración correspondiente" Qué debo hacer????
Esa ley es como todas en Colombia. El infractor se sale con la suya porque para modificar el reglamento cuesta una millonada, los procedimientos son lentos y es un desgaste.
El administrador también se puede salir con la suya porque para impugnar una sanción se requiere de abogado y muchas veces es más caro lo que cobra el abogado que lo que cuesta la sanción.
Solamente se debe cumplir con los derechos y obligaciones como habitantes de una propiedad horizontal. Si nos cobran multa por perros y la administración tiene la razón no se puede ser conchudo. Sabemos a conciencia lo que está mal y lo que no. Respetemos a nuestros vecinos y al conjunto en general y es seguro que nos hay problemas entre unos y otros.
Entonces si el administrador hace su ronda x el edificio y detecta una práctica que ocasiona deterioro de la infraestructura o que afecta el uso de los espacios, no puede hacer una manifestación sino que tiene que esperar a que se reuna el Consejo a tratar el asunto? Solo puede notificar las sanciones?
En la vida real prácticamente ningún reglamento habla del valor de las sanciones ni mucho menos cuáles conductas ocasionan sanciones pecuniarias, los abogados de la época y los constructores sólo se preocuparon por las multas por inasistencia a asamblea solamente, así que la ley y la explicación muy elegante pero la realidad es bien diferente y con miras de permanecer impunes las infracciones al reglamento o manual de convivencia
En resumen, que vivan los que mantienen de ruana los condominios, ellos andan cobijados por la ley. Quisiera ver todo este enlucimiento para garantizar el respeto a los demás residentes de que se cumplan las normas y además que exista la obligación de leer los deberes y derechos de la copropiedad que ocupan.
@@lilianacruzperdomo8772 Tristemente los administradores no tiene supervisión, eso genera mucha corrupción, donde yo vivo el administrador tiene agregados a muchos residentes, consejo, comité, vigilantes etc hacen lo que quieran y uno sale a deber.
Entoces en el reglamento de propiedad horizoltal cuando uno compra le dicen unica y exclusivamente vivienda familiar y luego vienen arrendatarios a dale un uso diferente a la propiedad como hotel motel tienda jardines infantiles q solucion tenemos nosotros como propietarios x q se esta favoreciendo al infractor estamos jodidos y si tanto les interesa las leyes incluyan administradores de malos manejos suspender tarjeta profecional a las propiedades horizontales no las protege nadie
Cada vez leo más y más, desde la Ley 675 de 2001, toda la jurisprudencia, diferentes temas y conceptos legales; pero, tal parece que esa parte del ordenamiento jurídico, vale y es exigible y aplicable para la Admón. de P.H. en los estratos 4, 5 y 6 y en algunos casos en el estrato 3. Cuando se trata de estratos 1, 2 y en algunos casos en el estrato 3. Así las cosas, en los estratos 1, 2 y 3, a quienes habitan en p.h. que se los lleve el Diablo. Cualquier desocupado puede ser el administrador(a), si desconoce la ley, si se aplica o no, da la misma, prevalecen las arbitrariedades, no hay ningún control oficial.
La ley es para todos. Lo que falta es un buen administrador que sepa su oficio. Debe ser elegido por su idoneidad, ya sea por el consejo de Admón, y en su defecto por la asamblea.
Ante quien se debe dirigir para denunciar al administrador abusivo y al consejo cómplice Esto sucede donde vivo donde no hay Reglamento de Propiedad Horizontal
Y cuando los del consejo y la administracion son los que no cumplen con lo que hay en el reglamento de propiedad horizontal y ellos mismos imponen normas en la copropiedad aquien podemos acudir pra que nuestros derechos no sean bulnerados
Lo que dice fanci es verdad cuando hay personas en el consejo y además a sido un enemigo para la coopropiedad. Y además apoyada por el revisor fiscal y de la administración desaparece toas las pruebas que se puede hacer. Gracias
Muchas gracias por informarnos sobre el tema de propiedad horizontal
Que pasa cuando uno tiene goteras y el administrador dice toca comprar el impermeabilizante pero solo el propietario del último piso y además dice que le toca al todero colocar el impermeabilizante pero los pisos de abajo no colaboran con el dinero para comprar el impermeabilizante
Gracias Dr. Jorge, Dios lo bendiga por su ilustración.
Felicitaciones Dr. Jorge León, claro concreto y preciso. Mil gracias por compartir conocimientos.
Hola me impusieron una multa por no asistir a la asamblea, me encontraba fuera del país, y al llegar me cobraron la multa, pero nunca me anunciaron que me iban a poner esa multa y la cual no pude defenderme, solo me cobraron de manera árbitraria la multa
Excelente explicación, muchas gracias
Como siempre doctor León, claro y preciso! Cordial saludo.
Muy bien!!
Claro presido y consigo gracias por sus comentarios
Excelente, muchas gracias
Felicitaciones y gracias por sus comentarios, aporte a la claridad e interpretación de la norma PH.
Dr león excelente explicación
Muy clara y oportuna la aclaración. Gracias.
Muchas gracias por la información,muy valiosa
Doctor buenos dias como se ase una representación a tercero para una asamblea y no la reboquen
estudiar ortografia
Muy claro, gracias por el aporte de su conocimiento
Dr. muy interesante, queda el vacío del papel del Comité de Convivencia en el debido proceso y el derecho a la defensa.
Excelente explicación, muchas gracias.
Mil gracias doctor Leon por sus indicaciones, muy claras y para tener en cuenta; le deseo mucha salud y bendiciones, cordialmente Gladys
Buenos días,es decir ¿se pueden hacer ajustes a la ley de ph de acuerdo con las necesidades del conjunto?
Hasta ahora se elaboró ¿el manual de convivencia se debe registrar en la notaría?
Muchas gracias por sus aportes en propiedad horizontal. Excelente explicación. Préciso
soy propietaria y unos visitantes tuvieron pelea con los celadores,y a mi me estan cobrando multa de 5 salarios minimos.Teniendo en cuenta que no estuve involucrada en agresiones de los celadores.Por favor quiero saber porque me han dado 5 dias hbiles,para responder.No estuve involucrada .Pero los celadorescausaron heridas,a uno de mis visitantes.Gracias x responder.Estare pendiente.Que debo hcer
Pregunta: las sanciones se imponen a cargo del inmueble donde vive el propietario o el tenedor a cualquier título? y como se cobran? procesos verbales sumarios o en al misma factura de la cuota de administración?
Previo cumplimiento del debido proceso, si la sanción está incluida en el Reglamento de Propiedad Horizontal de su edificio, se le debe imponer únicamente al infractor o infractores, sea quien sea. Debe ser impuesta por la Asamblea y comunicada por el administrador. Una vez impuesta se debe hacer exigible a través del recibo o cuenta de cobro mensual.
Y quien va a pagar el abogado ud o quien
Quisiera saber si se pueden hacer multas por el mal uso de los shuts de basura. A pesar de campañas de optimizar dichos shuts. Gracias
Excelente, muy bueno, claro, didáctico, conciso. Demuestra dominio sobre el tema y lo expone muy bien.
Ciertamente he sido victima de algún administrador que me expide una multa sin mas y que aparece reflejada en el siguiente recibo de cobro.
Siii
Es una práctica que sucede "frecuentemente"
Dr Jorge León disculpe cuántos días tiene el propietario para la defensa
Dr Leon, en que articulado o ley se indica que todo reglamento de propiedad horizontal debe estar elevado a escritura publica para que se de como establecido. gracias
Bnas tardes q hace el comité de convivencia en esos casos..gracias
El presidente de junta administradora puede divulgar el embargo de un propietario
Exelente orientación
Buena tarde
Quisiera consultar es que las ventanas de ventilación de mi apartamento están muy pequeñas y dan al patio de mi apartamento quiero poner extractor de olores y no me permiten hacerlo eso es normatividad
Tiene costo la suscripción de ser así cual sería su costo
Doctor me vulneraron el derecho al debido proceso, me impuso la sanción la administradora, no tienen ninguna prueba de las supuestas agresiones, como puedo contactarlo para pagar una asesoría ?
Mil gracias doctor León, se puede sancionar cuando la actuación que se sanciona la haya cometido un arrendatario ?
Para sancionar se debe cumplir el debido proceso. Toda sanción debe estar contemplada en el Reglamento de copropiedad del edificio (que usualmente no están allí, sino en un inoperante reglamento de convivencia que no ha modificado dicho reglamento).
Bajo el errado supuesto que la sanción sí esté contemplada en dicho reglamento de propiedad del edificio, quien debe imponerla es la asamblea, mientras que el administrador tan solo la comunica. Y solo se le impone al infractor. Aun así, podrá impugnarla en el caso que se le estén violando derechos.
Cómo se procede para el cobro de las mesadas, de administración y parqueos, ya que no se logra que cumplan, pues es difícil el cumplimiento de las expensas, trastornado los gastos, de conjunto, gracias
Excelente explicación.
Mi estimadisimo Dr. Quiero hacer la siguiente consulta. El manual de convivencia debe estar reglamentado en los estatutos de la copropiedad y llevarlo a la escritura de los copropietarios, gracias un fuerte abrazo
Así es, tal como lo ordena la ley 675
Aquí le responden muy bien esa duda
ua-cam.com/video/AfAu_-fWK2o/v-deo.html&ab_channel=RevistaPropiedadHorizontal
Buenas noches doctor,osea para k está el comité de convivencia,osea el comité de convivencia no tiene nada k hacer osea para k nombran el comité de convivencia o solo está para fiestas y actividades de aseo
Cuando a una persona se ke sanxiona con multa,a sabuendas k esiste comite de convivenxia, osea su el infractor solicita see esxuxgaso porcel comite de cinvivencia, no es la violacion a un derecho
Solo se puede multar si está dispuesto en el Reglamento PH. Pero ese reglamento lo redacta la constructora y no la Asamblea. Y si se quiere modificar es muy costoso. Conclusión, el infractor está protegido.
Doctor una duda si medan una multa porq no recojo las nesecidades de mi perro cuando boi apagar la administración hay mismo descuentan de lo mismo es legal
recoja los excrementos y no tiene problema
Bien explicado buen concepto..
Bnas noches una asesoría gracias, en el conjunto donde vivo la administradora nos pasa una carta de cobro con notificación de sanción enviada por el comité de convivencia por estar mis hijos menores de edad en áreas comunes sin ninguna prueba, adicional tampoco nos han llamado ha escucharnos mi pregunta es legal lo que están haciendo y como puedo revertir está sanción
Dentro de mi conocimiento usted debe pedir el Reglamento de Propiedad horizontal y manual de convivencia, si usted ve que no cometió esa falta puede solicitar una mediación externa articulo 58 numeral 2 ley 675 de 2001, mecanismos alternativos de solución de conflictos es decir una conciliación externa a través de una personería, casa de justicia, consultorio jurídico de universidades (gratuitos) o pagar en notaria o con conciliador externo, ademas el comité no puede poner sanciones eso le corresponde al consejo y las multas se ponen solo si es mas de una vez que usted lo hace o sus hijos lea la ley 675 artículos 58 a 62 esta todo muy claro.
Hola, ustedes brindan asesoría
Buenas tardes Dr León tengo una consulta en el edificio donde compramos nos enteramos que unas areas que pertenecian a zonas comunes del edificio fueron privatizadas por algunos de los propietarios del primer piso y los cuales las tomaron como suyas hace ya varios años y no aparecen registradas en las escrituras, ni dentro de los coeficientes de sus áreas privadas en el pago administración puesto que ellos dicen que ellos compraron así y estás personas hace parte de la junta administración. Esto puede ser motivo sancion para esos propietarios o al Edificio.
Agradezco me de su opinión
El infractor puede argumentar que compró así, pero falta ver qué dice las escrituras, ya sea la de compraventa y/o la del Reglamento de propiedad del edificio.
Además, quien esté disfrutando del área común de uso exclusivo debe pagar por ello, previa inclusión del costo en el presupuesto de ingresos ($7.000 por metro cuadrado).
@@A.S.Perger
"Costo en el presupuesto de ingresos"
Sería tan amable de explicarme qué es??? A qué corresponde???
Donde vivo unas casas las compraron con parqueadero "privado: para cada casa" y solo pagan $2.000 (dos mil pesos) dos mil pesos más sobre el valor de la cuota de administración. Ellos "impusieron" este valor de $2.000 cuando eran los integrantes de la junta administradora.
Eso es legal???
Apreciados Señores profesionales en Derecho propiedad horizontal mis preguntas no son satisfactoriad ya que pregunto cuando un Fiscal no revisor fiscal segun ka Ley 675 se le extravian los folderes de los estados financieros que se debe hacer para que esta persona responda ante el concejo de administracion por esta perdida muchas gracias
me puso el admin una multa por que deje al perro hacer excrementos , pedi el video de las camaras y nunca se ve esa accion , que se puede hacer si la evidencia que me indican no muestra esto ?
Hola buen día, en ese sentido ¿un Administrador no puede hacer un llamado de atención escrito o verbal a algún copropietario o arrendatario por violación del reglamento de p.h?, Muchas gracias, excelente trabajo y bendiciones.
Esas son funciones del consejo o del comité de convivencia
@@COLOMBIANADEDERECHO Muchas gracias por su respuesta, Di-s los bendiga.
@@COLOMBIANADEDERECHO La facultad legal para todo llamado de atención debe ser realizado por el "Representante Legal" de la copropiedad, y este no es otro que el administrador conforme lo establece la ley 675/01.
Tengo una deuda de cuota extraordinaria que no quise pagar y ahora estan cubriendo esta deuda con lo que pago de administración dejándome con mora en administración
eso es legal?????
Igual me pasa a mí.
Pago y "destinan el dinero" para cubrir "deudas que ellos, los de la administración, imponen"
Eso es legal???
Osea el comite de convivencia no vale nada en el d😂bido proceso no entiendo para k nombrar comite
Por eso todo debe ser votado por Asamblea, así se puede hacer lo que esté aprobado por todos los propietarios.
Una consulta. Tenemos un arrendatario que ya lleva mas de 5 eventos de ruido extremo y ya amenazo al administrador. Que podemos hacer?. Ya se cito a comite de convivencia. Pero de igual manera se puede amonestar ?
A usted que le importa si amenazó al administrador el gana sueldo ud no, sino es su problema no se meta en lo que no le importa
@@concepciongarzon1715 gracias por el aporte tan valioso y de buena informacion!! feliz dia
@@cesarlizarazo9509 se lo digo en términos sencillos no por faltarle el respeto mire, solo consejo y comité tiene competencia, intente una mediacion policial ud se va a la estación de policía no CAI y pide un formato demediacion policial si le afecta sino para que?
Doctor una pregunta? Es que en el conjunto citaron para asamblea ordinaria no presencial, el día 7 de marzo y la asamblea se realizó el día 22 de marzo de 2021, creo que no se dieron los 15 días que pude la ley? Estoy en lo correcto o se corre un día por ser el 22 festivo..? Aunque no creo por que son días calendario.. Ayuda.. Por favor.. Gracias
El término para convocar asambleas es en días calendario. Asegúrese que lo hayan notificado a más tardar el 7 de marzo, antes de la hora programada para la reunión (si lo citan en hora posterior, súmele un día). Caiga el día que caiga. Pero asegúrese que se cumpla el art 44 de la ley 675/01. Deben participar todos los copropietarios o sus representantes o delegados.
Pregunto mi mamá es propietaria de un apartamento en pH. Y mi hermano es muy conflictivo y las multas le llegan a ella como propietaria y no a mí hermano cómo residente. Pregunto qué puedo hacer para que le llegue a mi hermano?
La infracción es para el "infractor". Es como en las fotomultas. La fotomulta es para quien maneja. No para el dueño del vehículo. Y para que la sanción sea legal, esta debe estar contenida en el REglamento de Propiedad Horizontal, más no en un manual de convivencia.
Buen dia como me comunicl6con usued
Si se impuso la multa automáticamente al mes siguiente sin darle la oportunidad al propietario para defenderse y explicar la ausencia (la cual puede demostrar era justificada), ¿el acto y la sanción son ilegales y debe declararse la nulidad del mismo y darse por cerrado el caso y no aplicar la multa?
El asistir a una asamblea es un "DERECHO" conforme lo establece el art 37 de la ley 675/01. Las sanciones son para el incumplimiento de OBLIGACIONES. Además toda sanción debe estar contemplada en el Reglamento de Propiedad Horizontal, y usualmente solo están en el manual de convivencia, que no tiene legalidad alguna. Es tan solo un documento persuasivo.
puede el Consejo anular una sancion violatoria del debido proceso y volver a ajustar el procedimiento sancionatoria
Si la sanción está dentro del reglamento de propiedad horizontal, quien está facultado para imponer la sanción también puede recular para levantarla. Quien puede lo más, puede lo menos.
El presidente del consejo y la administradora citan a reunión de asamblea extraordinaria
Para presentar un informe de ella por el cual no participó en una reunión extraordinaria de consejo donde se aclara q se debe pasar la carta de no renovación de contrato a la sra administrador con antelación de 30 días a la caducidad de este contrato Por este motivo Convoca asamblea extraordinaria 4dias hábiles)para NOMBRAR nuevo consejo de administración ?
Se le objeta el tiempo de convocatoria porq no cumple RPH
Me anunciaron que por llamada telefónica "que me van a cobrar multa" porque mi hija solicitó que le permitieran ver las grabaciones de las cámaras que hay en la caseta del vigilante.
Eso es legal????
Además me están cobrando "inasistencias a asambleas" siendo que yo asistí; pedí la copia del acta para demostrar que sí asistí: ahí en el acta aparece que "yo intervine en varias oportunidades" pero aún así, a pesar de enviarle por escrito a la administradora haciendole notar "su arbitrariedad" aún así "sigue apareciendo la deuda en el recibo de administración correspondiente"
Qué debo hacer????
Impugnarlo
Puede la secretaria del administrador retenerme e obligarme a pasar admon
Esa ley es como todas en Colombia. El infractor se sale con la suya porque para modificar el reglamento cuesta una millonada, los procedimientos son lentos y es un desgaste.
El administrador también se puede salir con la suya porque para impugnar una sanción se requiere de abogado y muchas veces es más caro lo que cobra el abogado que lo que cuesta la sanción.
Solamente se debe cumplir con los derechos y obligaciones como habitantes de una propiedad horizontal. Si nos cobran multa por perros y la administración tiene la razón no se puede ser conchudo. Sabemos a conciencia lo que está mal y lo que no. Respetemos a nuestros vecinos y al conjunto en general y es seguro que nos hay problemas entre unos y otros.
Y si el Manual y las multas fueron aprobados por la Asamblea no tiene validez?
Entonces si el administrador hace su ronda x el edificio y detecta una práctica que ocasiona deterioro de la infraestructura o que afecta el uso de los espacios, no puede hacer una manifestación sino que tiene que esperar a que se reuna el Consejo a tratar el asunto? Solo puede notificar las sanciones?
En la vida real prácticamente ningún reglamento habla del valor de las sanciones ni mucho menos cuáles conductas ocasionan sanciones pecuniarias, los abogados de la época y los constructores sólo se preocuparon por las multas por inasistencia a asamblea solamente, así que la ley y la explicación muy elegante pero la realidad es bien diferente y con miras de permanecer impunes las infracciones al reglamento o manual de convivencia
Eso de llamar la atención es algo imposible atribuirle ese trabajo al consejo, quien está al tanto de todo es el administrador
En resumen, que vivan los que mantienen de ruana los condominios, ellos andan cobijados por la ley.
Quisiera ver todo este enlucimiento para garantizar el respeto a los demás residentes de que se cumplan las normas y además que exista la obligación de leer los deberes y derechos de la copropiedad que ocupan.
@@lilianacruzperdomo8772 Tristemente los administradores no tiene supervisión, eso genera mucha corrupción, donde yo vivo el administrador tiene agregados a muchos residentes, consejo, comité, vigilantes etc hacen lo que quieran y uno sale a deber.
Doctor León, que pasa con obras que violan las normas urbanísticas,
Entoces en el reglamento de propiedad horizoltal cuando uno compra le dicen unica y exclusivamente vivienda familiar y luego vienen arrendatarios a dale un uso diferente a la propiedad como hotel motel tienda jardines infantiles q solucion tenemos nosotros como propietarios x q se esta favoreciendo al infractor estamos jodidos y si tanto les interesa las leyes incluyan administradores de malos manejos suspender tarjeta profecional a las propiedades horizontales no las protege nadie
Debe iniciar los procesos de policía correspondientes
Saludos cordiales, a qué entidad podemos acudir si la administración está inclumpliendo con sus funciones? Qué entidad los regula a ellos ?
@ lastimosamente ninguna
Cada vez leo más y más, desde la Ley 675 de 2001, toda la jurisprudencia, diferentes temas y conceptos legales; pero, tal parece que esa parte del ordenamiento jurídico, vale y es exigible y aplicable para la Admón. de P.H. en los estratos 4, 5 y 6 y en algunos casos en el estrato 3. Cuando se trata de estratos 1, 2 y en algunos casos en el estrato 3. Así las cosas, en los estratos 1, 2 y 3, a quienes habitan en p.h. que se los lleve el Diablo. Cualquier desocupado puede ser el administrador(a), si desconoce la ley, si se aplica o no, da la misma, prevalecen las arbitrariedades, no hay ningún control oficial.
La ley es para todos. Lo que falta es un buen administrador que sepa su oficio. Debe ser elegido por su idoneidad, ya sea por el consejo de Admón, y en su defecto por la asamblea.
@@A.S.Perger Para todos menos el administrador por esos roban y hacen lo que quieren y no hay donde sancionarlos.
Que sanción tiene sí consumo mariguana en el apto
Ante quien se debe dirigir para denunciar al administrador abusivo y al consejo cómplice
Esto sucede donde vivo donde no hay Reglamento de Propiedad Horizontal