Mitos y realidades en el tratamiento fiscal de los condominos

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  • Опубліковано 24 січ 2025
  • Para un buen funcionamiento del condómino y con el objetivo de cumplir con las obligaciones de este, este debe tener:
    Administrador: persona física o moral designada por la asamblea para desempeñar la función de administración de un condominio.
    Asamblea: órgano supremo del condominio, conformada por la reunión de todos los condóminos para resolver asuntos de interés común respecto del condominio
    Condómino: persona física o jurídico-colectiva, que tiene la propiedad o la titularidad de los derechos fideicomitidos sobre uno o varias unidades de propiedad exclusiva en un inmueble afecto al régimen de propiedad en condominio.

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