MODELO 720 CRIPTOMONEDAS ¿CÓMO declarar las CRIPTO en el EXTRANJERO?

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  • Опубліковано 15 лис 2024

КОМЕНТАРІ •

  • @TheScartaris
    @TheScartaris 2 роки тому

    Vaya lujo de video... Si el mundo de la creación de contenido fuera justo creceríais como la espuma, pero con trabajo espero que lo consigáis. Ánimo!

    • @CRACSFinanzas
      @CRACSFinanzas  2 роки тому

      ¡Muchas gracias Charlie! Con ese comentarios ya me has alegrado el día jajaja. Creceremos porque no pensamos rendirnos hasta que lo consigamos ;-)

  • @borraset1
    @borraset1 2 роки тому

    Hola. Muy buen video y canal en general. Una duda, empecé en 2021 con indexa capital y tengo unos pocos beneficios pero no tengo pensado sacar nada de esos beneficios ni nada de la cuenta en general sino dejarlo ahi y seguir aportando mes a mes. Tengo que declarar algo de esto ahora o ya seria hasta el momento que decida sacar todo o parte de lo invertido? Gracias de antemano.

    • @CRACSFinanzas
      @CRACSFinanzas  2 роки тому +1

      Hola, si te refieres al 720, no tienes que cumplimentarlo ya que lo que inviertes en indexa está en España.
      Sin embargo en la declaración de la renta (IRPF) tendrás que declarar las plusvalías (beneficios que generes) cuando vendas participaciones.
      En tu caso, si no vendes no tienes beneficios que declarar. Tendrás que hacerlo como tú bien dices cuando vendas parte o la totalidad de tus participaciones en los fondos de indexa. Recuerda también que si traspasaras tus fondos de indexa a otra gestora / roboadvisor tampoco tendrías que tributar ;-)

  • @arkapadel
    @arkapadel 2 роки тому

    Muy buen vídeo! Claro y conciso. ¿Tienes pensado hacer algún otro vídeo si por casualidad salieran algunos de estos nuevos modelos que contemplan las cryptos? ¿Sabes algo al respecto? Muchas gracias y buen trabajo!

    • @CRACSFinanzas
      @CRACSFinanzas  2 роки тому

      ¡Claro! En cuanto salgan los analizaremos para que los vean pero en principio no será hasta el año que viene :-) Estaremos atentos

  • @segoar3662
    @segoar3662 2 роки тому

    Gracias por la información! ¿Podríais aclarar si una billetera on line donde el usuario es custodio de las claves privadas se considera que está en el extranjero???? Gracias!!!!

    • @CRACSFinanzas
      @CRACSFinanzas  2 роки тому

      De momento aún no se ha publicado el reglamento correspondiente pero la ley 11/2021 solo hace referencia a las criptomonedas que estén custodiadas en entidades que salvaguarden las claves privadas así que en el caso de las wallets distribuidas en las que tú guardas las claves privadas no aplicaría.

  • @nuriasiguero2270
    @nuriasiguero2270 2 роки тому

    Genial video Laura! Vamos a necesitar un video sobre la inversión en criptos ;-)

  • @meliddes3901
    @meliddes3901 2 роки тому

    Pero con las cripto no aplica lo de hacer la declaración a partir de 50.000€ si están en un exchange extranjero?

    • @CRACSFinanzas
      @CRACSFinanzas  2 роки тому +1

      Para las cripto este año 2022 no ha aplicado porque aún no está publicado el reglamento. En 2023 para declarar 2022 se espera que ya esté publicado y aplique.

    • @meliddes3901
      @meliddes3901 2 роки тому

      @@CRACSFinanzas okeei muchas gracias por la info

  • @ivantejera8877
    @ivantejera8877 2 роки тому

    Buena aclaración,sólo decir que cointracking no es fiable,hay q revisar cada dato,y como hayas hecho transferencias entre exchange mal asunto,cointracking se pierde un poco;el Staking yo estoy por coger el valor de la moneda por franjas de 10 días y hacer el cálculo,la verdad que esa responsabilidad no debería ser del contribuyente.

    • @CRACSFinanzas
      @CRACSFinanzas  2 роки тому

      Estoy contigo Ivan. Es complicado cuadrar la información. Nos va a dar más de un dolor de cabeza.

  • @juan4756
    @juan4756 2 роки тому +1

    madre mía menudo lío que estáis montando entre todos. Es tan simple como llamar a la agencia tributaria y preguntar. Me han confirmado hoy mismo que NO hay que incluir criptos en el modelo 720 ya que no existe todavía un apartado para ello.
    El día que se modifique y lo incluyan ya será otra historia.
    Y por supuesto, esto no exime de tributar en IRPF por las ganancias/pérdidas que hayas tenido por la compra/venta de criptomonedas.

    • @CRACSFinanzas
      @CRACSFinanzas  2 роки тому +1

      Hola Juan, gracias por tu aportación. Lo que te ha confirmado la agencia tributaria es precisamente lo que contamos en este vídeo para todos aquellos que no han conseguido contactar con ellos y tenían las mismas dudas.