nunca entendii la materia de contabilidad, ahora tengo empresa y me urge aprender, ME ENCANTO la forma tan simple de este video para aprender, Muchas gracias. 😁😁😁
Buen dia. Buena presentacion y explicacion. "PERO" Hace falta un video con una explicacion todavia mucho mas digerible y enfocada a personas que tienen un pequeño negocio como una tiendita, la papeleria esos negocios de pueblito que desean estar al corriente que desean seguirte en tu canal pero no ser bombardeados con demasiada informacion. GRACIAS BUEN DIA
si, yo entiendo algunas cosas pero ciertos términos no los logro comprender, porque son como para alguien que es contador o que esta mas familiarizado, pero pues me apoyo mucho en este canal porque de muchos de los que e consultado me a resultado el mejor, gracias por compartir
Jajaja! Lo que más me da risa es que el SAT diga "simplificado" para sus reformas, y que sean para "ya no necesitar contador". 🤦🤦🤦. Por otro lado, gracias por que existen canales como este para dar un poco o un mucho de luz en el túnel tan oscuro de estos asuntos. Muchas gracias por el video, en espera de las aclaraciones a tanta laguna o duda que deja el SAT con sus reformas.👍👍👍
Así paso con el Declara SAT y sigue habiendo contadores lo que pasa es que el contador defiende a sus clientes de la autoridad fiscal sabes que no puedes confiar en el gobierno el RESICO es una treta para que ya no se puedan hacer estrategias fiscales y tener contribuyentes pasivos que estén pagando poco pero estén pagando!
Que buen vídeo, mi parte favorita (sarcasmo), es en la que SAT de reserva el hecho de que si detecta alguna inconsistencia, te retira del régimen es una forma de fiscalizar "sutilmente"
Siempre le he tenido miedo al SAT, y con esta información MÁS!. Nunca me involucre pues tenia trabajo formal y me descontaban mi ISR, dengo desde el 2017 qué no trabajo y tengo un año con un trabajo informal donde no tengo con que comprobar ingresos y yo deposito y pues me anime a invertir mis ahorros, con esta información que menciona tener mucho cuidado en varias cosas para una simple planchadora qué es a lo que medico y con el poco dinero invertido y queriendo tributar y hacer las cosas bien, creo que mejor no le muevo. 😢
Haber Contador al inicio dijo que no se van a considerar los gastos para RSC y porque está restando el IVA acreditable del 80% de los gastos se supone que fue un análisis para ver qué opción era mejor , ahora el resultado que salió de IVA era para actividad empresarial y profesional y no para RSC
Muy buena explicación, pero creo que en la parte del IVA queda una gran "laguna" que en estricto sentido no se debería calcular como lo indicas para quienes opten por éste régimen, ésto porque no se establece nada en la ley del IVA al respecto del mismo y si nos vamos a los requisitos para que el IVA se considere acreditable para el contribuyente, éste debe corresponder invariablemente a un gasto deducible para el ISR y si el gasto fuera parcialmente deducible el IVA sólo es acreditable en la misma proporción. La cuestión es entonces: si para ISR tus gastos no son considerados deducibles, en estricto cumplimiento a la letra de la ley del IVA el IVA no se considera acreditable, por lo que tendríamos que pagar todo el IVA trasladado, es muy importante que se aclare, de lo contrario podríamos caer en situaciones controversiales difícilmente defendibles, no crees? Saludos.
YO DIGO QUE NO ES QUE LOS GASTOS DEDUCIBLES NO SEAN NO DEDUCIBLES, SI NO QUE SIMPLEMENTE PARA ISR NO VAS A CONSIDERAR DEDUCCIONES,,,,PARA TU IVA ME IMAGINO VAN A SEGUIR IGUAL..EL ISR DE CONFIANZA ES COMO UNA FACILIDAD SEGUN PARA QUE NO CONTRATES CONTADOR PERO ESO ES MENTIRA SIEMPRE NECESITARAS A TU CONTADOR HASTA EL DIA DE TU MUERTE XD
Es muy parecido al cálculo para impuestos en plataformas digitales, el ISR no te considera deducciones pero en cambio para IVA si te puedes acreditar la parte del IVA de tus deducciones
No coincido que sean provisionales, ya que esos ingresos no son acumulables y el pago inmediato anterior no se provisiona en el siguiente mes. entiendo que por ese motivo se llaman mensuales, por ese motivo se confunde al contribuyente.
Muchas personas que tributan en RIF les va a beneficiar, sin embargo si no cumplen con uno de los varios requisitos para poder tributar en este nuevo Régimen los mandarían automáticamente al Act. Empresarial, el SAT sabe que la mayoría del RIF son personas que no tienen conocimiento acerca de las leyes y la contabilidad, lo que va a pasar es que los primeros meses la mitad de los que tributaban en el Rif que ahora están en régimen de confianza pasaran automáticamente a Act. Empresarial y solo por que no conocerán todos los requisitos, la otra mitad contratará un contador. A pesar de que el SAT quiera que las personas puedan hacer sus pagos y sus declaraciones sin ayuda de un contador, estas nuevas reformas hace que un contador sea más necesario para un negocio. Mi humilde opinion.
@@danielhd1455 PERO DA LA EXPLICACIÓN POR FAVOR. Este tipo de personas q hacen estos comentarios son parte del elefante blanco. Q NO PUEDEN PENSAR SOLO SIGUEN LO STABLECIDO. He visto q hacen sus " cálculos " y a fin de cuentas VAN A PAGAR MÁS 🤔🤔🤔🤔🤣🤣🤣🤣🤣🤣. NO HAN ENTENDIDO QUE NO TODO ES GANAR DINERO. Q ES MEJOR HACER LAS COSAS BIEN. Y si HAY QUE PAGAR SE PAGA. Luego por esos pensamientod 3ND3JOS sale más cara la VIDA. Se pierden los hijos en esa carrera de NO PAGAR LO Q SE TIENE Q PAGAR.
@@jabonesFerGen ya sientese señora, nadie tiene porque andarle dando explicaciones a usted, usted haga lo que le beneficie y deje a los demas que paguen mas impuestos o no, si es lo que ellos quieren
Video 10 de 10. Excelente información! Super claro, en un principio cuando escuché que no había deducciones, dije, nadie va a solicitar factura, va haber mas evasión... Pero luego me cuestioné y el IVA? El cual ya dejaste muy claro. Me imagino, habrá nueva plataforma también para presentar los impuestos... Porque nos hacen tanto sufrir, con nuevos cambios. Gracias como siempre muy oportunos tus videos.
Hola, entiendo que en éste régimen simplificado de confianza también había una variante para personas morales? El vídeo me queda claro habla de como impacta a las personas físicas, harás algún video en el caso de personas morales?
Muy bien explicado, yo apenas estoy llenándome de esta información, soy una persona muy responsable en eso de los impuestos, soy dentista, podrías hacer un tutorial para los de mi sección pues no retenemos iva, porfavor, mil gracias 😊
Debería el SAT eliminar el impuesto a las personas qué ganan hasta 5 salarios mínimos! Porqué las personas qué ganan menos debemos de pagar impuestos sí no vivimos bien? A penas sí sobrevivimos con un salarió mínimo!
Oye podrías hacer un vídeo de cómo hacer una Sociedad de Producción Rural y las ventajas que tiene sobre estar en el régimen simplificado de confianza. Lo que pasa es que mi ingreso y el de mi papá cada quien por separado sobrepasamos los 900000 pesos y estoy pensando en crear un SPR porque en este régimen no podemos deducir gastos al menos es lo que tengo entendido pero estoy muy perdido en el tema.
Todo bien de forma superficial, soy contador :) Lo que no entendí fue eso de que debes facturar pero no puedes facturar 🤔 tendré que ir al paquete económico 2022 para leer todo jajaja buen video.
Estoy en desacuerdo contador con su opinión sobre que la diferencia entre los pagos provisionales se paga menos en el ISR, una por que se pierden los derechos del contribuyente de disminuir sus compra y gastos que si se consideran, sus pagos serían 0.
Creo que al final tu conclusión fue un poco errónea, ya que la diferencia siempre fue de 13.13, y si haces el cálculo para los otros supuestos, aún así sigue habiendo beneficio ya que estarías pagando menor impuesto.
Muy bueno. Según entendí, al principio dijiste que como no hay deducciones en el RSC, sólo se paga la tasa del ISR según la tabla vs. Persona Física que deduce los gastos del mes (80%) y hay poca diferencia. En la parte final, donde hablas del IVA, en la tabla sí consideras los gastos (-$12000) para efecto de calcular el IVA acreditable. ¿Entonces, si no hay deducible de ISR de los gastos, ¿cómo sabemos qué tipos de gastos debemos incluir en el cálculo del IVA acreditable?. Esto con el fin de pedir CDFI en esos tipos de gastos.
Estoy de acuerdo en la comparación del pago de impuesto de cada régimen, pero como dijo, uno es base y otro es ingreso, pero si ponemos esos 15 mil de AE como ingresos, menos sus deducciones, suponiendo que le queda una base de 2 mil, estaría pagando $99. Así que definitivamente hay mucho que analizar antes de optar por cambiar de régimen.
A mi me dijero hoy 19 enero 2022 que yo ya no puedo aplicar para RIF, que debo incorporarme al RESICO. Y pues vengo a informarme porque no encontré información del RESICO en la página del SAT.
Excelente explicación, tengo una duda... En caso de no presentar ninguna factura por que son servicios de internet al público en general (ejemplo) ¿tengo que emitir un CFDI o tal cual registro los ingresos (como se hacía en RIF) ya que son muy mínimos?
La verdad no le veo lo simplificado por ninguna parte, en el RIF declaras cada 2 meses, sin declaración anual y sin e.firma. En mi opinión creo que era mejor un RIF 2.0 que el RSC.
considero que mas que ayudar genera mas recaudacion entre los contribuyentes, ya que no habra estrategia fiscal y los que no pagan tendran que pagar costos altos en sus impuestos. considero que no existen beneficios para los contribuyentes ya que aunque se diga que no tengan gastos, las compras de mercancias para subsistir en sus negocios no seran deducibles como una parte proporcional a sus ingresos. lo que generaria mayores pagos de impuestos a mayores ingresos.
Va a ser opcional... usted tienenque analizar sinseguir en el Regimen que actualmente o está o si le convensrá cambiarse al Régimen de Confianza. Pero repito tiene que analizarlo, no estar nada más divagar.
Que tal Contador Contado por que no hablaste del tema de que ya no se llevara contabilidad en este nuevo régimen? Siempre si se llevara la contabilidad?
Lo que veo es que con este nuevo régimen prácticamente los van a obligar a pagar mensualmente, esto por no tener derecho a deducciones, la ventaja de PF con Act Empresarial, es que si llevas una buenas contabilidad no tienes porque pagar impuestos.
NO SOY CONTADOR, SOY VETERINARIO PERO ENLO QUE CABE CREO QUE UD LO HIZO MUY ENTENDIBLE TODO LO QUE SE PUEDE ESPERAR DE ESE NUEVO REGIMEN DE CONFIANZA. LA PRETGUNTA; SOY PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y POR TANTO Y DE ACUERDO A LO QUE UD DIJO PARA MI ES OPTATIVO EL INCORPORARME A ESE REGIMEN, VOY A INCORPORARME PERO.... DONDE Y CUANDO PUEDO OBTENER LA SOLICITUD O ME LLEGA EN AUTOMATICO SI ES QUE QUJIERO HACERLO???
Super bien explicado! Muchas gracias por el video, me gusta que el SAT siga simplificando los régimenes para que la gente no se enrede tanto y le sea más fácil contribuir, me queda la duda sobre que va a pasar con los que hasta 2021 están tributando como RIF, se les va a respetar los 10 años que tenian para tributar en ese régimen? o automaticamente van a pasar al RSC y si también van a tener la posibilidad los RIF de cambiarse al RSC si asi lo desean. Gracias. Saludos.
Pueden optar por seguir en RIF quienes estuvieron tributando hasta antes del 31 de agosto de 2021, para eso deben presentar su aviso, de lo contrario el SAT los enviará automáticamente a RESICO
🟢 Curso Integral de Régimen Simplificado de Confianza: cursos.contadorcontado.com/cursos/curso-resico-2021/
NO
Peeero MUY IMPORTANTE ya no ha rá FACTURERAS. !!!!!!! Entonces ?????????? Tú solo cuidas tu $$$$$🤣🤣🤣🤣
@Conatador Contando ….perdón mi ignorancia pero si yo invierto en BITCOIN (enajenación de bienes ) entro en RSC 2022??
Si soy socio de una empresa, puedo darme de baja y aplicar al régimen de confianza?
Muy buena pregunta
nunca entendii la materia de contabilidad, ahora tengo empresa y me urge aprender, ME ENCANTO la forma tan simple de este video para aprender, Muchas gracias. 😁😁😁
Jeje, luego de años que salí de lic en admin, aún sigo sin entenderlo 🤭🤭😞... Ahora estoy con dolor de cabeza con este tema
Super bien explicado!!
Así deberían de explicar todos los contadores, no que explican con términos que no entendemos .
Contrata a un buen contador .
Los de la ESCA son los mejores del país pero también hay Lic en contabilidad que rifan yo soy del IPN
Gracias por la información, el mejor canal de Conta y Fiscal
Buen dia.
Buena presentacion y explicacion.
"PERO"
Hace falta un video con una explicacion todavia mucho mas digerible y enfocada a personas que tienen un pequeño negocio como una tiendita, la papeleria esos negocios de pueblito que desean estar al corriente que desean seguirte en tu canal pero no ser bombardeados con demasiada informacion. GRACIAS BUEN DIA
Exacto!!!
Lo mismo opino, no entiendo nada.
Yo en estos momentos ja ja
Totalmente, creo que resolví algunas dudas pero aún sigo con muchas 😔
si, yo entiendo algunas cosas pero ciertos términos no los logro comprender, porque son como para alguien que es contador o que esta mas familiarizado, pero pues me apoyo mucho en este canal porque de muchos de los que e consultado me a resultado el mejor, gracias por compartir
Jajaja! Lo que más me da risa es que el SAT diga "simplificado" para sus reformas, y que sean para "ya no necesitar contador". 🤦🤦🤦. Por otro lado, gracias por que existen canales como este para dar un poco o un mucho de luz en el túnel tan oscuro de estos asuntos. Muchas gracias por el video, en espera de las aclaraciones a tanta laguna o duda que deja el SAT con sus reformas.👍👍👍
Así paso con el Declara SAT y sigue habiendo contadores lo que pasa es que el contador defiende a sus clientes de la autoridad fiscal sabes que no puedes confiar en el gobierno el RESICO es una treta para que ya no se puedan hacer estrategias fiscales y tener contribuyentes pasivos que estén pagando poco pero estén pagando!
Chulada de explicación, excelente trabajo.
Que buen vídeo, mi parte favorita (sarcasmo), es en la que SAT de reserva el hecho de que si detecta alguna inconsistencia, te retira del régimen es una forma de fiscalizar "sutilmente"
ESTA SUPER ESTA ANALITICA QUE NOS EFRECEN. MIL GRACIAS
Entendible, simple, llamativo.
Gracias por la explicación, conta.
Veo un gran beneficio para quienes tienen actividad empresarial o rif con tasa al 0% como tortillerías ufff
Siempre le he tenido miedo al SAT, y con esta información MÁS!.
Nunca me involucre pues tenia trabajo formal y me descontaban mi ISR, dengo desde el 2017 qué no trabajo y tengo un año con un trabajo informal donde no tengo con que comprobar ingresos y yo deposito y pues me anime a invertir mis ahorros, con esta información que menciona tener mucho cuidado en varias cosas para una simple planchadora qué es a lo que medico y con el poco dinero invertido y queriendo tributar y hacer las cosas bien, creo que mejor no le muevo. 😢
MUY BUENA EXPLICACION, ADEMAS LA VOZ NO ES CANSADA
Muchas gracias, en verdad excelente explicación
Muy buena explicación, no soy contador, pero me quedó muy claro el tema, sobre todo la conclusión. Gracias por compartir...Saludos...!!!
Muchas gracias!! Muy informativo el video. Estudio contaduría y siempre me asesoro con sus videos, gracias por existir!!
Haber Contador al inicio dijo que no se van a considerar los gastos para RSC y porque está restando el IVA acreditable del 80% de los gastos se supone que fue un análisis para ver qué opción era mejor , ahora el resultado que salió de IVA era para actividad empresarial y profesional y no para RSC
Muy buena explicación, pero creo que en la parte del IVA queda una gran "laguna" que en estricto sentido no se debería calcular como lo indicas para quienes opten por éste régimen, ésto porque no se establece nada en la ley del IVA al respecto del mismo y si nos vamos a los requisitos para que el IVA se considere acreditable para el contribuyente, éste debe corresponder invariablemente a un gasto deducible para el ISR y si el gasto fuera parcialmente deducible el IVA sólo es acreditable en la misma proporción. La cuestión es entonces: si para ISR tus gastos no son considerados deducibles, en estricto cumplimiento a la letra de la ley del IVA el IVA no se considera acreditable, por lo que tendríamos que pagar todo el IVA trasladado, es muy importante que se aclare, de lo contrario podríamos caer en situaciones controversiales difícilmente defendibles, no crees?
Saludos.
Exactamente, si los gastos no se consideran como deducciones, el IVA que se genera de estos tampoco se debería considerar para acreditarse.
El gasto debe ser de estricta indispensabilidad. El resto es no deducible.
YO DIGO QUE NO ES QUE LOS GASTOS DEDUCIBLES NO SEAN NO DEDUCIBLES, SI NO QUE SIMPLEMENTE PARA ISR NO VAS A CONSIDERAR DEDUCCIONES,,,,PARA TU IVA ME IMAGINO VAN A SEGUIR IGUAL..EL ISR DE CONFIANZA ES COMO UNA FACILIDAD SEGUN PARA QUE NO CONTRATES CONTADOR PERO ESO ES MENTIRA SIEMPRE NECESITARAS A TU CONTADOR HASTA EL DIA DE TU MUERTE XD
Es muy parecido al cálculo para impuestos en plataformas digitales, el ISR no te considera deducciones pero en cambio para IVA si te puedes acreditar la parte del IVA de tus deducciones
@@MAPC604 se pierde toda facilidad de estimulos fiscales se paga al 100 % el iva
contador.. tendras un ejemplo de como se facturara en este regimen. al publico en general?
No coincido que sean provisionales, ya que esos ingresos no son acumulables y el pago inmediato anterior no se provisiona en el siguiente mes. entiendo que por ese motivo se llaman mensuales, por ese motivo se confunde al contribuyente.
Muchas personas que tributan en RIF les va a beneficiar, sin embargo si no cumplen con uno de los varios requisitos para poder tributar en este nuevo Régimen los mandarían automáticamente al Act. Empresarial, el SAT sabe que la mayoría del RIF son personas que no tienen conocimiento acerca de las leyes y la contabilidad, lo que va a pasar es que los primeros meses la mitad de los que tributaban en el Rif que ahora están en régimen de confianza pasaran automáticamente a Act. Empresarial y solo por que no conocerán todos los requisitos, la otra mitad contratará un contador. A pesar de que el SAT quiera que las personas puedan hacer sus pagos y sus declaraciones sin ayuda de un contador, estas nuevas reformas hace que un contador sea más necesario para un negocio. Mi humilde opinion.
el calculo de iva se hara a un 100 % y pierden toda la facilidad sera a traves de declaraciones mensuales
@@andreslopez-jy2ye un rif para el 2%. Ahora tendrá que pagar el 16% ??? Si sus.ingresos son solo al público en general
Totalmente en desacuerdo con tu comentario.
@@danielhd1455 PERO DA LA EXPLICACIÓN POR FAVOR. Este tipo de personas q hacen estos comentarios son parte del elefante blanco. Q NO PUEDEN PENSAR SOLO SIGUEN LO STABLECIDO. He visto q hacen sus " cálculos " y a fin de cuentas VAN A PAGAR MÁS 🤔🤔🤔🤔🤣🤣🤣🤣🤣🤣. NO HAN ENTENDIDO QUE NO TODO ES GANAR DINERO. Q ES MEJOR HACER LAS COSAS BIEN. Y si HAY QUE PAGAR SE PAGA. Luego por esos pensamientod 3ND3JOS sale más cara la VIDA. Se pierden los hijos en esa carrera de NO PAGAR LO Q SE TIENE Q PAGAR.
@@jabonesFerGen ya sientese señora, nadie tiene porque andarle dando explicaciones a usted, usted haga lo que le beneficie y deje a los demas que paguen mas impuestos o no, si es lo que ellos quieren
Hola b tardes, mgx por tus aportaciones, te sugiero eliminar tus muletillas “ amigos “ lo repites muy seguido, felicidades, sigue mejorando !!!
Muy bien , ahora sí es más fácil hacer los pagos , sin tanto enredos.para los microempresarios
Como siempre, las mejores explicaciones. Clara, simples y con excelente información para uno tomar decisiones.
Excelente explicacion, no hubo cambios en iva no es justo, en fin
Con tu explicación si le entiendo a estas situaciones fiscales
muchas gracias por la informacion de nuestro interes, reformas 2022 seguire pendiente de este tema
Excelentes todos tus videos.
Excelente explicación! gracias por compartir esta información!
AGRADEZCO MUCHO TODA TU INFORMACION, MUY CLARA
Video 10 de 10. Excelente información! Super claro, en un principio cuando escuché que no había deducciones, dije, nadie va a solicitar factura, va haber mas evasión... Pero luego me cuestioné y el IVA? El cual ya dejaste muy claro. Me imagino, habrá nueva plataforma también para presentar los impuestos... Porque nos hacen tanto sufrir, con nuevos cambios. Gracias como siempre muy oportunos tus videos.
MUY INFORMATIVO Y ENTENDIBLEEE
Hola, entiendo que en éste régimen simplificado de confianza también había una variante para personas morales? El vídeo me queda claro habla de como impacta a las personas físicas, harás algún video en el caso de personas morales?
@@santiagoroga8387 No, también esta contemplado este régimen para personas morales.
Lo único que he visto es que el RESICO es obligatorio para personas morales.
Muy bien explicado, yo apenas estoy llenándome de esta información, soy una persona muy responsable en eso de los impuestos, soy dentista, podrías hacer un tutorial para los de mi sección pues no retenemos iva, porfavor, mil gracias 😊
Si, por favor!!
Hola! Que es eso de no retener Iva?
Muchas Gracias,. Muy Bueno y entendible.
Debería el SAT eliminar el impuesto a las personas qué ganan hasta 5 salarios mínimos! Porqué las personas qué ganan menos debemos de pagar impuestos sí no vivimos bien? A penas sí sobrevivimos con un salarió mínimo!
X2
BUENAS TARDES. EXTRAORDINARIO VIDEO. MUCHAS GRACIAS Y FELICIDADES POR LA BUENÍSIMA EXPLICACIÓN
Me Parece Necesario este RSC para muchas personas, Total si no te ajusta esta el otro Regimen PFAE....Buen Video..
Muchas gracias! Muy buena explicación! 👌😃
Oye podrías hacer un vídeo de cómo hacer una Sociedad de Producción Rural y las ventajas que tiene sobre estar en el régimen simplificado de confianza. Lo que pasa es que mi ingreso y el de mi papá cada quien por separado sobrepasamos los 900000 pesos y estoy pensando en crear un SPR porque en este régimen no podemos deducir gastos al menos es lo que tengo entendido pero estoy muy perdido en el tema.
Que alguien piense en los asalariados! que son lo que ganamos menos 😅. A nosotros si nos cobran bien el impuesto.
Empleador te cobran bien y tienes que saber hasta donde se gasto el ultimo pesito.
¡Gracias!
A la orden ;)
Todo bien de forma superficial, soy contador :)
Lo que no entendí fue eso de que debes facturar pero no puedes facturar 🤔 tendré que ir al paquete económico 2022 para leer todo jajaja buen video.
Yo también me quedé con la duda. ¿Facturamos y las cancelamos?
muy buen tema y super explicado
muchas gracias
Genial este video, todas mis dudas resueltas. muchas gracias
Estoy en desacuerdo contador con su opinión sobre que la diferencia entre los pagos provisionales se paga menos en el ISR, una por que se pierden los derechos del contribuyente de disminuir sus compra y gastos que si se consideran, sus pagos serían 0.
Exelente. gracias
Con las obligaciones resulta más complejo que el rif.
Más complicado Y mucho menos beneficioso para los que tenemos ingresos exclusivos del público en general
Creo que al final tu conclusión fue un poco errónea, ya que la diferencia siempre fue de 13.13, y si haces el cálculo para los otros supuestos, aún así sigue habiendo beneficio ya que estarías pagando menor impuesto.
Gracias por el video, pero una pregunta, que pasa con los que invierten en la bolsa de valores? Pueden ser parte de este régimen?
Como siempre, muy bien explicado.
en el rif también habían porcentaje de excepción del IVA, aquí no lo analizan, por que?
o se seguirá manejando igual que en el rif?
Para quienes trabajamos en el hogar a que régimen pertenece? Desconozco totalmente sobre el sat
Muy bueno. Según entendí, al principio dijiste que como no hay deducciones en el RSC, sólo se paga la tasa del ISR según la tabla vs. Persona Física que deduce los gastos del mes (80%) y hay poca diferencia. En la parte final, donde hablas del IVA, en la tabla sí consideras los gastos (-$12000) para efecto de calcular el IVA acreditable. ¿Entonces, si no hay deducible de ISR de los gastos, ¿cómo sabemos qué tipos de gastos debemos incluir en el cálculo del IVA acreditable?. Esto con el fin de pedir CDFI en esos tipos de gastos.
Tengo la misma duda
Muy buena explicación ,Muchas gracias!
Interesantes tus temas un nuevo seguidor !
Muy bien explicado. Mil gracias
Estoy de acuerdo en la comparación del pago de impuesto de cada régimen, pero como dijo, uno es base y otro es ingreso, pero si ponemos esos 15 mil de AE como ingresos, menos sus deducciones, suponiendo que le queda una base de 2 mil, estaría pagando $99. Así que definitivamente hay mucho que analizar antes de optar por cambiar de régimen.
A mi me dijero hoy 19 enero 2022 que yo ya no puedo aplicar para RIF, que debo incorporarme al RESICO. Y pues vengo a informarme porque no encontré información del RESICO en la página del SAT.
Felicidades por el video, está genial y muy claro!!!
Muy bueno saludos
Gracias por la información
Gracias por su generoso compartir
Muchas gracias!!!
Muy buena explicación, muchas gracias
GRACIAS ¡MUY UTIL LA INFORMACION
MUY BUIENA EXPLICACION EXELENTE TUTORIAL
Excelente explicación contador, gracias por la información.
Excelente explicación, tengo una duda... En caso de no presentar ninguna factura por que son servicios de internet al público en general (ejemplo) ¿tengo que emitir un CFDI o tal cual registro los ingresos (como se hacía en RIF) ya que son muy mínimos?
La verdad no le veo lo simplificado por ninguna parte, en el RIF declaras cada 2 meses, sin declaración anual y sin e.firma.
En mi opinión creo que era mejor un RIF 2.0 que el RSC.
Yo pago 30,000 pesos mensuales de impuestos. Por supuesto que a muchos nos va a ayudar esto.
@@davidlugo7783 si tú pago es mensual no eres rif, la persona de arriba está hablando de las diferencias entre rif y este nuevo régimen
Sj
Gracias cp. Muy claro y preciso
Gracias 😃
Excelente información gracias!!! :)
Gracias por excelente e importante información
Gracias!! Muy bien explicado..Muy buena información.
considero que mas que ayudar genera mas recaudacion entre los contribuyentes, ya que no habra estrategia fiscal y los que no pagan tendran que pagar costos altos en sus impuestos. considero que no existen beneficios para los contribuyentes ya que aunque se diga que no tengan gastos, las compras de mercancias para subsistir en sus negocios no seran deducibles como una parte proporcional a sus ingresos. lo que generaria mayores pagos de impuestos a mayores ingresos.
Va a ser opcional... usted tienenque analizar sinseguir en el Regimen que actualmente o está o si le convensrá cambiarse al Régimen de Confianza. Pero repito tiene que analizarlo, no estar nada más divagar.
Que tal Contador Contado por que no hablaste del tema de que ya no se llevara contabilidad en este nuevo régimen? Siempre si se llevara la contabilidad?
Excelente explicación, gracias!!
Lo que veo es que con este nuevo régimen prácticamente los van a obligar a pagar mensualmente, esto por no tener derecho a deducciones, la ventaja de PF con Act Empresarial, es que si llevas una buenas contabilidad no tienes porque pagar impuestos.
esta excelente la explicación muchas gracias
el gran problema cuando se mezclen regímenes de confianza con los que no son de confianza para la anual jeje
Muchas gracias por la información!
¡Gracias!
Y la factura al publico en general en este regimen de RESICO es obligatorio desglosar el IVA o como el RIF solo puro importe?
Por favor alguien sabe?
para concesionario de transporte convencional que está declarando como regimen de incorporacion fiscal ante el sat también entran este régimen.
NO SOY CONTADOR, SOY VETERINARIO PERO ENLO QUE CABE CREO QUE UD LO HIZO MUY ENTENDIBLE TODO LO QUE SE PUEDE ESPERAR DE ESE NUEVO REGIMEN DE CONFIANZA.
LA PRETGUNTA; SOY PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y POR TANTO Y DE ACUERDO A LO QUE UD DIJO PARA MI ES OPTATIVO EL INCORPORARME A ESE REGIMEN, VOY A INCORPORARME PERO.... DONDE Y CUANDO PUEDO OBTENER LA SOLICITUD O ME LLEGA EN AUTOMATICO SI ES QUE QUJIERO HACERLO???
estimado contador si presento eros en isr e iva debere facturar facturar x vts. al publico en general
que va a pasar con e IVA, seguirán con los beneficios del RIF?
Muchas gracias por la explicación 😊👍
Perdon me puede indicar si obligatorio facturar diariamente Público en General?
Excelente!
Vale la pena pertenecer a este régimen 👍👍
Muy buen video muchas gracias, explicas muy bien. Cuando vas hacer algo de arrendamiento?
En este régimen se exentaría el IVA si se factura al público general por ingresos del extranjero?
Esperemos que si bro!
Excelente explicación. Gracias
Gracias por el contenido son geniales.
muy bien. excelente video
Yo no facturo, ni tampoco compro con factura, que se hace al respecto
Super bien explicado! Muchas gracias por el video, me gusta que el SAT siga simplificando los régimenes para que la gente no se enrede tanto y le sea más fácil contribuir, me queda la duda sobre que va a pasar con los que hasta 2021 están tributando como RIF, se les va a respetar los 10 años que tenian para tributar en ese régimen? o automaticamente van a pasar al RSC y si también van a tener la posibilidad los RIF de cambiarse al RSC si asi lo desean. Gracias. Saludos.
Tengo entendido que el RIF deja de existir y te debes cambiar forzosamente
@@kasha699 al parecer si se va a poder seguir en el rif con los beneficios
Se dice que si te inscribiste al RIF antes del 31 de agosto del 2021, se te va a respetar continuar en dicho Regimen.
Pueden optar por seguir en RIF quienes estuvieron tributando hasta antes del 31 de agosto de 2021, para eso deben presentar su aviso, de lo contrario el SAT los enviará automáticamente a RESICO
Gracias 😁