Excelente aporte el de tú canal. La información es muy clara y precisa. No divagas y tienes facilidad de palabra, tu metodología es digna de un buen pedagogo. Se te agradece mucho.👌
Estimado @tebo8888, muchísimas gracias por tu comentario, para mí es un honor el poder servir a la comunidad, el compartir un poco de conocimientos, así sean mínimos pero lo hago con todo cariño. Exitos en este 2023
Estimado Jonathan, excelente explicación. Muchas gracias por tu inmensa generosidad en transferir estos interesantes conocimientos. Un abrazo y felicitaciones.
Estimado @Fausto Bautista Hidalgo, te extiendo mis más sinceros saludos y deseos de excito. Es un privilegio y un enorme gusto compartir lo poco que sé. El conocimiento es para compartirlo. Agradez mucho tu comentario.
Estimada Karina, este año pretendo hacer muchos más casos prácticos, ya que al año 2022 tuvo muchos problemas con mi computadora y con el tiempo. Lo apunto para tenerlo en cuenta en futuros videos. saludos.
Buenas noches, agradecida infinitamente me aclaro muchas dudas, pero seria increible que pudiese hacer uno explicando con declaracion de servicios profesionales de salud que declaramos en 0! graciasss
Estimada Yuslei, lo voy a tener en cuenta para futuros videos. Ya me han sugerido este tema, así que es muy probable que realice un vídeo sobre este tema.
Gracias Jonathan por compartir sus conocimientos, por favor podria hacer un ejemplo de declaracion semestral por actividad agropecuaria del remigen general, muy agradecida de antemano
Buenas tardes. Qué excelente información y bien explicado los ejercicios! Cuál sería la Diferencia Ventas gravadas Iva 0% que DAN derecho crédito tributario (casillero 405 ) y las que NO dan derecho crédito tributario ( casillero 403), Saludos !
Estimada Marisol, es una excelente pregunta ya que muchas veces se desconoce. Tendría que explicarte el crédito tributario total, parcial y sin CT, para que puedas entender la diferencia. En resumen cuando tu vendes con tarifa 0% y 12% de IVA (Ej. $500 y $1000), y a parte tienes compras con tarifa 12% (Ej. $600), tu solo puedes utilizar como crédito tributario (IVA a tu favor) una parte del IVA en compras ($600 x (ventas 12% "$1000" / ventas totales "$1000+$500" = $400), pero cuando le vendes con tarifa 0% de IVA (Ej. Los $500 de arriba) a exportadores, Inst. del Estado, Inst. Públicas, empresas de paquete turístico receptivos, ahi si te puedes usar todo el crédito tributario de las compras ($600) si no tuvieras más ventas en los otros casillero (403 - 404) que gravan tarifa 0% IVA.
Saludos! por favor una pregunta. Yo soy Rimpe negocio popular, ya salgo en el catrastro desde el mes de abril. Entré al sistema y me sale el cuadro azúl que dice que mi obligación es semestral porque soy artesanal, pero no me salía ya eso de que faltan 2, 3...días para vencer mi obligación. Yo fui al SRI y me reconfirmaron que yo no tenía que hacer declaración. Sin embargo hoy me llegó a mi correo un mensaje del SRI que evite multas porque mi obligación era hastal el 18 de julio. Usted que experto, eso sale porque el sistema todavía no está actualizado o van a poner la multa? Gracias!
Estimad@ @Manualidades Express, estas en lo correcto, el sistema esta en una transición. Usted siendo negocio popular no debe de hacer declaraciones, entiendo su preocupación ya que este tema de transición a muchos les ha generado multas, sin embargo entiendo que dentro de su perfil, no le aparece como obligación vencida, por lo cual no habría que preocuparse. Si gusta reenvíeme a mi correo el correo que le enviaron y revisamos.
Buenas tardes... nos podría ayudar para las declaraciones semestrales en el transporte de pasajeros y específicamente del taxismo....gracias por sus buenos tutoriales que son muy entendibles y prácticos
Gracias por la explicación, buen video, una pregunta: si estoy en régimen general como profesional con IVA 12% y me retien siempre el IVA total dice que también puedo acogerme a la declaración semestral del IVA, para poder acogerme a este tipo de declaración debo hacer algun trámite en el SRI? Agradezco su respuesta.
En efecto, si usted está sujeta a la retención del 100% del IVA, puede declarar de manera semestral. Tener en cuenta q si en su RUC le sale q la obligación es mensual, preferible realizarla cada mes con el fin de evitar multas.
Explique cómo se declara IVA semestral de rimpe negocio popular que tiene actividades excluyentes como transporte. Lo cual es ambiguo pues transporte no genera IVA pero por este hay que hacer declaración.
Simplemente declaras tus ventas por transporte en el formulario de IVA (casillero de IVA ventas 0%). Es verdad que transporte grava IVA 0%, pero por tal caso, existen casilleros específicos para que se ubiquen estos rubros, con el fin de que el SRI pueda llevar controles.
ING, excelente video, por favor como se haría una declaración en la cual estoy en Régimen General, con dos actividades una de transporte comercial de pasajeros, las ventas no graban IVA, todo es tarifa 0%, como hago en la declaración semestral al tema de casilleros, voy a tener IVA cero en ventas y en compras si tengo al momento de la compra de combustible , tendria IVA pagado , IVA por cobrar. La otra actividad es de servicios profesionales pero esa no tengo problemas ya que es una declaración mensual.
Estimado @Andrew's Qp, un gusto saludarte. 1) tu tienes q hacer una sola declaración de manera mensual por ambas actividades, no puedes hacer mensual para honorarios profesionales y semestral para transporte, ya que tú declaras por RUC más no por actividad. 2) ese IVA de compras de combustible se va a ir al costo o gasto según corresponda, no lo vas a perder, sino que cuando vayas a liquidar tu impuesto a la renta, ese IVA que no te has compensado te sirve para bajar la base imponible y por ende pagar menor impuesto.
Hola podrias hacer un video sobre la liquidacion de bienes si yo como regimen general compro mi producto digital en otro pais para venderlo en el Ecuador. Comprando a travez de tarjeta de credito. Que se debe hacer para realizar la liquidacion. Gracias
Saludos, otro caso que se podría dar con el RIMPE, es como me sucede, tengo mi RUC como servicios profesionales, pero estoy en relación de dependencia. Mi pregunta es: en mi caso como se declara semestralmente, si no he tenido ventas, se declara los ingresos por relación de dependencia, tengo esa duda.
Estimada Laly, lo unico que se declara mensual o semestral en la actualidad, es el IVA, y el IVA tu solo lo generas, dependiendo de la actividad, por los servicios profesionales, no por trabajar bajo relación de dependencia. Por lo tanto tu declaras semestral, solo si no has tenido actividad económica (ventas, compras) o si tienes actividad con IVA 0%, y solo de los ingresos por la actividad profesional, ya que los ingresos bajo relación de dependencia, los declararas de manera conjunta en tu declaración anual de impuesto a la renta.
Excelente explicación, tengo una duda, si soy artesano calificado tengo una peluquería, mis ingresos del 2021 fueron de 18.900 dólares, es decir pertenezco a RIMPE popolar, pero por ser artesano debo declarar semestral o no hago la declaración y solo pago los 60 dólares al año? Mi confusión es porque un contador me dice que los artesanos no se rigen al RIMPE popular, que ellos declaran semestralmente sin importar los ingresos.
Muy buena explicación, mi inquietud es: tengo una maquina registradora, y entrego tiketes, debe también poner la leyenda RIMPE popular en los tikes o no.
@@nellymacas5536 te extiendo mi saludo. Los artesanos si forman parte del RIMPE tal como lo explico en la primera parte del vídeo, puede usted con su contador revisar el art. 97.3 párrafo 4 de la LRTI. Por ser usted Negocio Popular no tiene la obligación de declarar IVA, es más si usted fue calificada cómo artesano por la peluquería, sus actividades no gravan IVA.
@Nelly Macas te extiendo mi saludo. Los artesanos si forman parte del RIMPE tal como lo explico en la primera parte del vídeo, puede usted con su contador revisar el art. 97.3 párrafo 4 de la LRTI. Por ser usted Negocio Popular no tiene la obligación de declarar IVA, es más si usted fue calificada cómo artesano por la peluquería, sus actividades no gravan IVA.
Estimada @Ale Ramírez, por ese 8% que te retienen te tienen que dar un comprobante de retención el cuál al final del año a lo que hagas tu declaración de impuesto a la renta lo puedas utilizar. Por ejemplo si tú al final del año tienes q pagar $100 y te retuvieron $30, solo pagarás $70. Pero si a fin de año no tienes nada que pagar y te han retenido $30, ahí si los puedes solicitar como devolución.
Hola! Hay que sacar ruc por cada actividad económica? Por ejemplo si tengo una actividad económica perteneciente al régimen general… y si quiero iniciar una actividad del régimen rimpe…tengo que habilitar otro ruc?? O con el ruc que ya tenía antes por el régimen general?
Te extiendo mis saludos. Estimado @Anthonyd, el RUC es uno solo, y dentro de tu RUC puedes tener varias actividades, Ejemplo RUC 0000000000001 actividades, transporte, tienda, honorarios profesionales, etc.. No te olvides darle "like" al vídeo.
@@tributo_global Ya le di like👍Te agradezco por tu respuesta 🙏🏻🙏🏻 Otra pregunta: los servicios profesionales relacionados con la educación gravan iva con 0% al igual que la salud. En ese caso hay que poner la cantidad de ingresos obtenidos durante un semestre sin importar que al final se declare en cero?? Por ejemplo, si doy clases particulares de física a universitarios. Al hacer la declaración habría que poner la cantidad de ingresos percibida durante el semestre en el formulario? Aún cuando al final se declare en cero (al ser un servicio grabado con tarifa cero). Art. 56 de la LRTI (la educación en todos sus niveles).
Estimada Carmen, la prestación de servicios si no es del ámbito profesional, va a formar parte de los Negocios Populares, y los NP no hacen declaraciones de impuestos. Tendría q asegurar si en efecto es N. Popular o no.
HOLA. POR FAVOR, SOY PRODUCTORA DE PITAHAYA. ESTOY CONFUNDIDA A QUE RÉGIMEN PERTENZCO YA QUE LA ACTIVIDAD ESTÁ DENTRO DE REGIMEN GENERAL PERO NO HE FACTURADO MAS DE 20000.
Eres R. General, te recuerdo que en este régimen no se contemplan los ingresos para ponerte en una categoría, ya que es una sola categoría. Adicional tu te puedes acoger al impuesto único agropecuario, el cual es mucho más beneficioso.
Buenas noche estimado Jonathan y muchas gracias por la guía. Por favor mi pregunta es la siguiente espero pueda ayudarme: 1. Aperture el RUC de Servicios Profesionales el 06/06/2022 EN QUE SEMESTRE TENDRIA QUE DECLARAR. 2. Una institución pública me contrato por servicio profesional (soy promotor de salud) me realizo una retención del 20% es decir mi factura fue de un valor de 410 y me hicieron la retención del 20% el 22/07/2022 Por favor no tengo muy claro como debo declarar y hasta cuando debo declarar espero me pueda responder. Gracias. 🙏🙏
Estimada @Pucca, un gusto saludarte, no olvides suscribirte a mi canal. Abría q revisar tu caso,pero a simple vista si los servicios que tú brindas gravan IVA 0%, tendría que hacer ya en julio tu declaración semestral y en enero 2023 otra declaración semestral con el segundo semestre del año. Ahora sí los sevicios q tu facturas gravan IVA 12%, tienes que hacer la declaración de manera mensual ahora en julio, luego agosto, sep, etc. Otra cosa no es muy común esa retención del 20%. Abría q revisar tu RUC entre otras cosas. Pero de ley si o si tienes q hacer declaracion en Julio.
Buenas noches disculpe una pregunta yo saque el rimpe para una licoreria me sale como negoció popular me dijeron en el sri que tzngo q realizar cada inició de año el pago de 60$ y hacer declaraciones como puedo hacer eso... Gracias
Hola Sandra, buena tu consulta. Si abriste el RUC para la licorera en el 2022, vas a tener q pagar los $60 a inicios del 2023 probablemente en el mes de marzo, y así sucesivamente cada año. Pero tú no vas a hacer declaraciones de IVA, solo vas a hacer la declaración anual q anteriormente te mencioné de los $60, salvó que en el año vendas más de $20.000, ahí si cambiaría la cosa y te tocará hacer declaraciones cada 6 meses.
Hola tengo una duda estoy en RIMPE - NEGOCIO POPULAR porque tengo dos actividades Servicio de taxi por carretera 0%, tengo que sacar factura electronica y una tienda, tengo que presentar declaración del primer semestre 2022......cual es el proceso a seguir ayuda.!!!!!!!!!!!
Estimada Janeth, un gusto saludarte. Te comento los taxistas que tenga permiso de operación como tal (taxis) ellos están en Régimen General, por ende tendrías que facturar electrónicamente obligatorio desde el 29-11-2022 (y hay la implementacion de taximetros digitales proximamente) pero si no tiene los permisos tendría que emitir notas de venta, no facturar de manera electrónica ni hacer declaraciones. Ahora por la actividad de la tienda tienes que sacar notas de venta de manera física. En resumen vas a tener 2 tipos de comprobantes (dependiendo del caso), electrónicos por actividad de transporte, físicos por actividad tienda. Si tienes que presentar declaración semestral 2022 solo por los valores que genere tu actividad de taxi.
buen dias , por favor soy persona natural con ruc no obligado a llevar contabilidad , la declaracion la hago mensual, mi pregunta es ,tambien debo hacer la semestral, o solo realizo la mensual o la semestral o las 2 por favor gracias su ayuda
Saludos por favor una pregunta. Si doy servicios profesionales por elaboración de proyectos ambientales a una comunidad comunal también se debe desglosar el iva 12% en la factura.Gracias
Estimad@, dependerá en que régimen te encuentres, si RIMPE emprendedor (desglosan IVA), RIMPE Negocio Popular (No desglosan IVA), Régimen general (Desglosan IVA).
Muy buen vídeo, gracias por la explicación. Una pregunta solo para confirmar. Si soy RIMPE Negocio Popular y no debo declarar ni desglosar IVA y emitir notas de venta, ¿No debo hacer nada de nada en SRI en línea?
Lo más probable es que tengas que ingresar tus valores y pagar los $60 por SRI en línea, pero esto va a ser realizado en marzo 2023, apenas yo tenga pronunciamiento por parte del SRI, te comunico o hago un vídeo.
Gracias por aportar tus conocimientos amigo.. podrías sacarme de una duda.. en el ejemplo 3 si el contador sólo perteneciera al régimen general ahí si sólo debe declarar mensual?
Buenos días. Tengo que hacer IVA semestral por alquiler de vivienda. La empresa a la que se la alquilo me realiza retenciones, eso se puede recuperar de algún modo? mis facturas son con IVA 0, pero genero gastos como internet, luz, alicuota? Gracias de antemano
Claro que sí, lo vas a recuperar cuando hagas tu declaración de impuestos a la renta, pero siempre y cuando el valor que te retuvieron (ejemplo $300) es mayor al impuesto que te salga a pagar (ej $100, tendrás un saldo a favor de $200), o también cuando no tengas impuesto a la renta por pagar. Ahí puedes solicitar la devolución de ese valor.
Buenas tardes amigo estoy como negocio popular y el el sistema de declaracion me indica que debo declarar el segundo semestre de 2022 pero tengo facturas mas iva y sin iva ya que el año anterior tengo clientes que me retuvieron debo declarar el iva o ya no?
Es raro que siendo N. Popular te salga que tienes que declarar el 2do semestre. Habría q revisar tu caso. Yo si considero que debes declarar los valores que facturaste y te retuvieron.
Buenas tardes en el año 2022 en los meses de enero y febrero he facturado mas iva ya que en el año 2021 era microempresario pero luego vi que estaba en catastro popular y los meses siguientes ya tarifa cero el tema es que no hice declaraciones mensuales ni semestral ahora tengo la duda si debo o no declarar o solo pagar los $ 60 de la tabla ?? liquido solo esos 2 meses el iva cobrado, iva pagado y retenciones que me hicieron ??
Estimado @evotec2011, si no te hubiesen realizado la retención, tu no tendrías la obligación de realizar la declaración, ya que los N. Populares, no hacen declaracion. Ahora lo que podrías hacer es declarar, esos meses, y ahora en el 2023 pagar los $60. En realidad el impacto no recae mucho en ti, más recae sobre la contraparte que te retuvo y que va a declaro esos valores.
@@tributo_global gracias por la respuesta, pero si declaro esos 2 meses seria el primer semestre y a la fecha se genera multa e interes debo pagar eso ??
Buenas tardes estimado acabo de reaperturar mi RUC el 16 de agosto del 2022 y ahora salgo como RIMPE pero me di cuenta que tengo una declaracion vencida semestral del año 2021, me puede asesorar por favor por que quiero hacer la declaración, ojo no tengo facturas ni de compra ni venta ni retenciones quería declarar en cero
Estimada Elena, Un gusto saludarte. Lo que hay que revisar es, cuando cerraste el RUC para ver si en efecto existían declaraciones pendientes de realizar, lo mas probables es que si porque la semestral en R. Microempresas si había que realizarla. Si es ese el caso tiene que realizar la declaración en "cero" ya que manifiestas que no tuviste transacciones, y te tocará pagar la multa de $30 por no haber presentado a tiempo. Caso contrario se podria solicita justificación de esa obligación para que le den de baja.
Yo tengo dos negocios una mecanica que es artesanal y un transporte pero declaro mensual porque ahora recien me pide declarar semestral y no se que hacer declarar todos los seis meses que ya declare o solo hacerla en cero estoy muy confundida
Estimada Maja, si ya declaraste cada mes, y ahora te pide que declares semestral, has la declaración semestral, pero en cero, para que no se te dupliquen los valores.
Con respecto al ejercicio 5. Tengo 2 actividades una de venta de productos naturales y la otra locales comerciales soy régimen general y rimpe negocio popular, en caso de que yo haga las declaraciones mensuales solo se incluye los valores del alquiler comercial ??? Y las ventas de los productos naturales de que manera las declaro ?? Ayuda
Estimada Tamara, en efecto, solo van en el formulario de IVA las compras y ventas relacionadas al alquiler de locales comerciales. La otra actividad negocio popular lo vas a declarar en marzo 2023, aun el SRI no se ha pronunciado, están actualizando formulario, pero apenas salga yo te hago saber.
Si tengo la actividad de venta de cerdos y cultivo de cacao y adicional soy vocal de una junta parroquial como debo hacer mis declaraciones y que tipo de doc debe emitir por cada una de las actividades, desde ya le stoy agradecida por su respuesta
Buenas, una consulta sobre un caso, el negocio graba iva 12 y 0%, realizo 6 declaraciones mensuales (enero-junio) pero no las pago a tiempo y se le vencieron y le aparecen en el apartado de deudas, se puede solucionar eso realizando una declaración semestral ya que cubre los meses enero-junio, en vez de realizarla de manera sustitutiva?
Saludos estimado Guillermo Larriva, muy bueno tu pregunta, pero te recuerdo que una declaración sustitutiva aplica justamente para reemplazar una declaración previa que por diferentes motivos tuvo novedades en los valores. Según el caso que me detallas, lo tuyo no es porque hubieron valores incorrectos o con novedad, por lo tanto podrías hacer un formulario 106 para pagar esas declaraciones que tienes pendientes.
Buenas noches! Por favor quisiera que me ayude con una duda, yo pertenezco al régimen rimpe emprendedores debo hacer la declaración semestral de IVA, en mi actividad económica realizo importaciones pero hoy q trate de realizar mi declaración no me aparecen los casilleros 504 y 514 dónde ingresaba los valores correspondientes a las liquidaciones de importación. Que debo hacer o como registro eso? Gracias por su ayuda
Hola Jonathan por favor ayúdeme con una consulta yo era negocio popular por lo q declaraba iva semestral.. Por mis actividades me cambiaron a general entre a la página y veo q tengo obligaciones vencidas enero y febrero. Mi pregunta es puedo declarar iva semestral en el régimen general?
Estimada Veronica, solo en casos particulares puedes declarar semestral en R. General. Por ejemplo cuando vendes solo bienes o prestas servicios IVA exclusivo de 0%, o en caso de no haber tenido movimientos (ni compras, ni ventas, etc). Lo normal es que declares mensual, tendrías que revisar bien tu caso. Adicional, los negocios populares no hacen declaraciones. Revisa bien tu RUC, las actividades, ingresos, etc.
Muy buenas tardes, le extiendo mi saludo y a la vez una pregunta si es tan amable de sacarme de la duda. Tengo una Licorería y aparezco como Negocio Popular. En enero de este año hice una declaración semestral del 2do semestre 2021, por ende me tocaba hacer un nueva declaración hasta el 20 de julio del primer semestre 2022. ¿Tengo que hacer la declaración del IVA? O cómo se realiza el pago de los $60,00 al ser Negocio Popular.
Hola @Dario Nevada, la declaración semestral que hiciste en enero estuvo bien por qué tú pertenencias al régimen de microempresas, pero ahora en el 2022 eres negocio popular, por lo tanto no tienes q hacer ninguna declaración. El pago de los $60 se lo realiza en marzo 2023 siempre y cuando no superes los $20.000 dólares en ventas, caso contrario te tocará pagar más
Buenas noches. Una duda por favor , a las sociedades no sale el casillero de cuántos comprobantes de venta emitidos y / o recibidos hubieron? O estoy ciega porque no los encuentro 😅
Un enorme saludo @Enma Ai. En el formulario de sociedades no existe este campo, en el ATS detalla comprobantes, es solo para las personas naturales. Usted debería de facturar de manera electrónica.
Estimada Tamara, en efecto, solo van en el formulario de IVA las compras y ventas relacionadas al alquiler de locales comerciales. La otra actividad negocio popular lo vas a declarar en marzo 2023, aun el SRI no se ha pronunciado, están actualizando formulario, pero apenas salga yo te hago saber.
Buenas noches interesante su explicacion. Por favor me puedes ayudar que debo realizar para solicitar la devolución por pago indebido o pago en exceso, del impuesto a la renta ya que me hicieron las retenciones pero no tengo la base imponible. gracias
Un gran saludo, de manera resumida, primero hacer la declaración de Impuesto a la Renta en marzo. Posterior a eso puedes hacer en línea tu devolución el valor retenido. Lo anoto para poder hacer un próximo video.
Una pregunta por favor. Si estoy en régimen "RIMPE - NEGOCIO POPULAR", en qué fechas se debe hacer la declaración anual?, me refiero al mes,. Acaso el sistema también notifica los días que faltan para vencer el tiempo?. Gracias de antemano.
Estimado @tebo8888, hay fecha hasta marzo 2023, el SRI aún no se ha pronunciado respecto a si va existir un nuevo formulario o va a ver una modificación en el formulario que ya existe (formulario 102). Lo más probable es que ahora a inicios de febrero ya tengamos este tema claro. Apenas el SRI se pronuncie, yo hago un vídeo compartiendo la información.
Buenas noches un pregunta si no llene los casilleros de notas de crédito( casillero 410 y 510 ) pero si llene los casilleros 400 y 500, estaría mal la declaración? Puedo volver a declarar o que debo hacer ayúdeme por favor 🙏
Estimada Karen, es obligatorio que pongas los valores en los casilleros que me indicas, ya que si no registras, el formulario no te calcula el valor del IVA, y el formulario estaría incompleto. Has de nuevo tu declaración (sustitutiva) para solventar esa novedad.
Estimado Joel, solo puedes justificar una obligación en caso de que existió un error y no tenías la obligación de hacer dicha obligación. Pero si se te venció y si era tu obligación hacer, ahí si no puedes. En todo caso te dejo un video que encontré donde enseñan. ua-cam.com/video/R3wgcZbDDKQ/v-deo.html
Hola yo soy negocio popular, doy servicios profesionales, entiendo que eso declaro con IVA semestral, pero si aparte doy servicios ajenos a mi profesión, por ejemplo me contratan un día para cobrar en un negocio, pero sucede una vez a la semana esa no declaro IVA?
Si tú eres Negocio Popular, en ciertos casos no te va a permitir hacer la declaración de IVA porque recuerda q los N. Populares no hacen declaraciones.
@@tributo_global Yo le di aceptar a un cuadro de diálogo que creo que decía RIMPE, no le puse mucha atención porque quería declarar en cero rápido. No podía declarar primero. Luego ya me dejó. No he sabido que ha habido un cambio. ¿Hice mal en poner aceptar?
@@georgeentertainment7185 no hiciste mal,el cuadro que está apareciendo es solo informativo, da a conocer q los Negocios Populares no hacen declaraciones y que los RIMPE emprendedores si hacen.
@@tributo_global ¡Gracias por esa aclaración! ¿Puedo hacerte una pregunta? Si uso mi RUC para prestar servicios de educación, ¿soy Negocio Popular o califico como RIMPE?
Hola estoy un poco confundida tengo ruc, trabajo bajo relación de dependencia con ingresos mayores a 20mil, pero con mi ruc solo facturo 600$ igual soy rimpe o como debo hacer la declaración semestral del iva? me podria ayudar por favor
saludos estimada @Greisy Incelli, recuerda suscribirte al canal. Si eres RIMPE o no dependerá de la actividad/es que tu tengas registrada/s en tu RUC (podrías mencionarla). En cualquiera de los casos si facturas con IVA igual tendrás que declararlo.
Saludos. Una consulta abri el ruc por prestación de servicios profesionales, no estoy obligado a llevar contabilidad. Tengo que realizar las declaraciones iva semestral e impuesto a la renta?. Cuál es la diferencia entre declaraciones iva semestral e impuesto a la renta? Alguien que me pueda guíar. Gracias 😢
Estimada Carolina, cuando tu brindas tus servicios profesionales, tu cobras el valor del servicio y en muchos casos también cobras un IVA porque así la ley lo indica (por ejemplo: servicios de salud no cobran IVA, pero servicios de contaduría, si cobran IVA porque así esta en la ley). Ahora, si tu cobras IVA, ese IVA no es tuyo, sino que le corresponde al Estado, por lo tanto cada mes vas a tener que declarar ese IVA. Por otro lado el impuesto a la renta es un impuesto que te cobran a ti, por todo lo que has percibido en el año, lo cual no incluye el valor del IVA, ya que ese valor tu lo declaraste mensual, sino netamente el valor de tu servicio.
Saludos estimado @tributo_global muchas gracias por estos vídeos tan explicativos que nos ayudan muchísimo . Le agradecería si me ayuda con esta consulta tengo ruc por servicios de salud (no gravó IVa) pero me retienen el 10%por mis servicios. Todos esos valores los sumo y los coloco en el item resumen impositivo?
Estimada Briggitt, los valores de las facturas la única que los va a saber, eres tu misma, ya que a lo que realizas una venta, tienes que emitir una factura, y vas guardando un respaldo y antandolo en un registro. Por el otro lado a lo que tú compras a ti te dan una factura, entonces haces lo mismo, la guardas y la registras. Así vas obteniendo tus valores. En otro video hace la práctica para quedar más claros.
saludos doy clases de idiomas, pero desde feb 2022 deje de dar clases y no cerre mi ruc hasta nov, igual debo pagar el semestral me sale 45 dolares. Hay alguna forma en que ese valor baje para q no sea tanto?
Estimada Cristina, habría que revisar tu caso, pero se podría pagar multa por cierre tardío del RUC, pagar la multa de $30. Tienes que tener en cuenta también a que régimen perteneces, porque si es Negocio Popular, adicional te tocara pagar $60 por declaración de Impuesto a la Renta. Habría que revisar varias opciones para ver cual es la mas conveniente.
Muchas gracias por la información. por favor me puede ayudar, pertenezco al RIMPE Emprendedores porque mis ventas sobrepasan los 20000,01 usd, por asesorías sin que este sea por servicios profesionales, y también facturo como actividades de cantante. Por el monto facturado al año fiscal 2021 tengo que hacer la declaración semestral, ¿eso es correcto o que debo hacer?
Hola buen día. Por favor , donde puedo ver todas mis compras ? Si no tengo registro en Excel . Me han dicho que hay una página donde de puede visualizar todas las compras . Puede ayudarme le agradezco la respuesta.
Estimado, te extiendo mi saludo. En la página del SRI entrando con tu usuario y contraseña, puedes dirigirte a la opción "facturación electrónica" y luego opción "comprobantes electrónicos recibidos" ahí te aparecen todas las facturas que se han emitido con tu cédula o RUC. Lo único que ahí no aparece son las facturas de tus proveedores que aún facturan de manera manual, de ahí el resto que lo haces manera electrónica, si aparecen.
Estimada Kelly, lo primero que tienes que ver es si estas o no obligada a realizar la declaración vencida. Si en efecto no estas obligada, solo en ese caso puedes solicitar justificación. Te dejo un link de un video que vi ua-cam.com/video/R3wgcZbDDKQ/v-deo.html
Buenas tardes, que pasa si un contribuyente rimpe negocio popular, sigue desglosando el iva? por que no le reciben las facturas sin iva donde él entrega su producto. Como se procede?
@Blanca Licha, usted tendría que haberle sustentado a su cliente con la normativa, eso sí poniendo el sello de "contribuyente RIMPE negocio popular". El tema de tu cliente puede ser que él necesite ese IVA (crédito tributario) pero para eso hay varias opciones y/o acuerdos entre ambas partes. Es un error, existe riesgo. Es tema de revisión, ya que tú no estás declarando el IVA, pero por contraparte tu cliente si lo está declarando.
Si eres RIMPE Negocio popular, tu no declaras el IVA. Pero si tu compras a un Negocio popular debes de registrar esas compras en el casillero 508 y 518.
@@tributo_globalmuchas gracias por sus respuestas y mil disculpas por mi pregunta: soy Régimen General y emito notas de venta, en el sistema me llegó la notificación que debo declarar el IVA semestralmente. En el periodo de Julio a Dic 2023 tuve 2 ventas. En la pregunta de ¿Ha realizado ventas este periodo? Pongo no o sí? Y compras si tengo. Como declararía en este caso? Por favor, le ruego me guíe. Estoy perdida.
Estimado en la actualidad no trabajo bajo esta modalidad, pero lo tengo como un proyecto a mediano plazo, dónde sacaré cursos muy prácticos y compartiré de la manera más sencilla pero apegada a la ley como para que los usuarios le saquen el mayor provecho.
Muchas gracias por la información! Yo soy RIMPE Emprendedor, lo abrí en noviembre del 2022 para pasar a facturación electrónica y he emitido dos facturas, en estos meses de nov - diciembre y enero también he realizado compras. En el sistema me dice que debo cumplir mis obligaciones hasta el 24 de enero, entonces debo declarar las dos facturas que emití, y las compras que he realizado desde noviembre hasta enero? O las compras que hice hasta diciembre?
Excelente tu pregunta. Debes declarar dentro del segundo semestre todas las facturas desde julio hasta diciembre q hayas emitido (en tu caso Noviembre y Diciembre). Las otras facturas que corresponden a enero 2023 las vas a declarar en el 1er semestre del 2023 el cual comprende de enero a junio 2023. Saludos.
Estimado Jonathan Alarcon - Tributación para todos, nuestra empresa está dispuesta a cooperar con usted, dejar que recomiende nuestros productos, le daremos un salario generoso, por favor déme su información de contacto
Estimados, cualquier requerimiento canalizarlo a través de mi correo electrónico joal151287@hotmail.com dónde me puede hacer consultas, dejarme su información,su contacto y con gusto le responderé.
Excelente aporte el de tú canal. La información es muy clara y precisa. No divagas y tienes facilidad de palabra, tu metodología es digna de un buen pedagogo. Se te agradece mucho.👌
Estimado @tebo8888, muchísimas gracias por tu comentario, para mí es un honor el poder servir a la comunidad, el compartir un poco de conocimientos, así sean mínimos pero lo hago con todo cariño. Exitos en este 2023
Estimado Jonathan, excelente explicación. Muchas gracias por tu inmensa generosidad en transferir estos interesantes conocimientos. Un abrazo y felicitaciones.
Estimado @Fausto Bautista Hidalgo, te extiendo mis más sinceros saludos y deseos de excito. Es un privilegio y un enorme gusto compartir lo poco que sé. El conocimiento es para compartirlo. Agradez mucho tu comentario.
Cpa Alarcón gracias por entregar todo a esta sociedad.. siga así maestro…
Estimado Victor Carriel, agradezco mucho tu comentario. Recuerda el servir es un don, y si lo puedes hacer, porque no compartirlo.
Excelente material, gracias profesor.
Siempre a las ordenes del que quiere aprender. Excelente.
Que buen contenido. Me aclaraste muchas dudas.
La intención es esa, aclarar dudas, orientar y contribuir para que las cosas se hagan mejor.
@@tributo_global muchas gracias.
hola , sigue asi , excelente video , clarisimo
Gracias por tu comentario, vamos por mas tutoriales que ayuden a la comunidad contable.
Muchas gracias por la información. Si podrías hacer un video para personal de salud como odontolgos o médicos 😀
Estimada Karina, este año pretendo hacer muchos más casos prácticos, ya que al año 2022 tuvo muchos problemas con mi computadora y con el tiempo. Lo apunto para tenerlo en cuenta en futuros videos. saludos.
Buenas noches, agradecida infinitamente me aclaro muchas dudas, pero seria increible que pudiese hacer uno explicando con declaracion de servicios profesionales de salud que declaramos en 0! graciasss
Estimada Yuslei, lo voy a tener en cuenta para futuros videos. Ya me han sugerido este tema, así que es muy probable que realice un vídeo sobre este tema.
@@tributo_global si por favor. tengo dudas con repecto a los profesionales de la salud. como se manejan los impuestos
@@tributo_globalme urge ahorita que no es toca declarar, gracias por la info me encanta
Gracias Jonathan por compartir sus conocimientos, por favor podria hacer un ejemplo de declaracion semestral por actividad agropecuaria del remigen general, muy agradecida de antemano
Un saludo @Janeth Castro, es un gusto compartir conocimientos. Te invito a suscribirte a mi canal. Lo tendré en consideración para futuros videos.
@@tributo_global 😉hecho, gracias buen domingo
Buenas tardes. Qué excelente información y bien explicado los ejercicios! Cuál sería la Diferencia Ventas gravadas Iva 0% que DAN derecho crédito tributario (casillero 405 ) y las que NO dan derecho crédito tributario ( casillero 403), Saludos !
Estimada Marisol, es una excelente pregunta ya que muchas veces se desconoce. Tendría que explicarte el crédito tributario total, parcial y sin CT, para que puedas entender la diferencia. En resumen cuando tu vendes con tarifa 0% y 12% de IVA (Ej. $500 y $1000), y a parte tienes compras con tarifa 12% (Ej. $600), tu solo puedes utilizar como crédito tributario (IVA a tu favor) una parte del IVA en compras ($600 x (ventas 12% "$1000" / ventas totales "$1000+$500" = $400), pero cuando le vendes con tarifa 0% de IVA (Ej. Los $500 de arriba) a exportadores, Inst. del Estado, Inst. Públicas, empresas de paquete turístico receptivos, ahi si te puedes usar todo el crédito tributario de las compras ($600) si no tuvieras más ventas en los otros casillero (403 - 404) que gravan tarifa 0% IVA.
Saludos! por favor una pregunta. Yo soy Rimpe negocio popular, ya salgo en el catrastro desde el mes de abril. Entré al sistema y me sale el cuadro azúl que dice que mi obligación es semestral porque soy artesanal, pero no me salía ya eso de que faltan 2, 3...días para vencer mi obligación. Yo fui al SRI y me reconfirmaron que yo no tenía que hacer declaración. Sin embargo hoy me llegó a mi correo un mensaje del SRI que evite multas porque mi obligación era hastal el 18 de julio. Usted que experto, eso sale porque el sistema todavía no está actualizado o van a poner la multa? Gracias!
Estimad@ @Manualidades Express, estas en lo correcto, el sistema esta en una transición. Usted siendo negocio popular no debe de hacer declaraciones, entiendo su preocupación ya que este tema de transición a muchos les ha generado multas, sin embargo entiendo que dentro de su perfil, no le aparece como obligación vencida, por lo cual no habría que preocuparse. Si gusta reenvíeme a mi correo el correo que le enviaron y revisamos.
Buenas tardes... nos podría ayudar para las declaraciones semestrales en el transporte de pasajeros y específicamente del taxismo....gracias por sus buenos tutoriales que son muy entendibles y prácticos
Lo consideraré para un próximo video
Gracias por la explicación, buen video, una pregunta: si estoy en régimen general como profesional con IVA 12% y me retien siempre el IVA total dice que también puedo acogerme a la declaración semestral del IVA, para poder acogerme a este tipo de declaración debo hacer algun trámite en el SRI? Agradezco su respuesta.
En efecto, si usted está sujeta a la retención del 100% del IVA, puede declarar de manera semestral. Tener en cuenta q si en su RUC le sale q la obligación es mensual, preferible realizarla cada mes con el fin de evitar multas.
Explique cómo se declara IVA semestral de rimpe negocio popular que tiene actividades excluyentes como transporte. Lo cual es ambiguo pues transporte no genera IVA pero por este hay que hacer declaración.
Simplemente declaras tus ventas por transporte en el formulario de IVA (casillero de IVA ventas 0%). Es verdad que transporte grava IVA 0%, pero por tal caso, existen casilleros específicos para que se ubiquen estos rubros, con el fin de que el SRI pueda llevar controles.
ING, excelente video, por favor como se haría una declaración en la cual estoy en Régimen General, con dos actividades una de transporte comercial de pasajeros, las ventas no graban IVA, todo es tarifa 0%, como hago en la declaración semestral al tema de casilleros, voy a tener IVA cero en ventas y en compras si tengo al momento de la compra de combustible , tendria IVA pagado , IVA por cobrar. La otra actividad es de servicios profesionales pero esa no tengo problemas ya que es una declaración mensual.
Estimado @Andrew's Qp, un gusto saludarte.
1) tu tienes q hacer una sola declaración de manera mensual por ambas actividades, no puedes hacer mensual para honorarios profesionales y semestral para transporte, ya que tú declaras por RUC más no por actividad.
2) ese IVA de compras de combustible se va a ir al costo o gasto según corresponda, no lo vas a perder, sino que cuando vayas a liquidar tu impuesto a la renta, ese IVA que no te has compensado te sirve para bajar la base imponible y por ende pagar menor impuesto.
Hola podrias hacer un video sobre la liquidacion de bienes si yo como regimen general compro mi producto digital en otro pais para venderlo en el Ecuador. Comprando a travez de tarjeta de credito. Que se debe hacer para realizar la liquidacion. Gracias
Un saludo @Jaaq games, es un tema interesante, lo tendré en cuenta para futuros videos. Exitos
Saludos, otro caso que se podría dar con el RIMPE, es como me sucede, tengo mi RUC como servicios profesionales, pero estoy en relación de dependencia. Mi pregunta es: en mi caso como se declara semestralmente, si no he tenido ventas, se declara los ingresos por relación de dependencia, tengo esa duda.
Estimada Laly, lo unico que se declara mensual o semestral en la actualidad, es el IVA, y el IVA tu solo lo generas, dependiendo de la actividad, por los servicios profesionales, no por trabajar bajo relación de dependencia. Por lo tanto tu declaras semestral, solo si no has tenido actividad económica (ventas, compras) o si tienes actividad con IVA 0%, y solo de los ingresos por la actividad profesional, ya que los ingresos bajo relación de dependencia, los declararas de manera conjunta en tu declaración anual de impuesto a la renta.
Excelente explicación, tengo una duda, si soy artesano calificado tengo una peluquería, mis ingresos del 2021 fueron de 18.900 dólares, es decir pertenezco a RIMPE popolar, pero por ser artesano debo declarar semestral o no hago la declaración y solo pago los 60 dólares al año? Mi confusión es porque un contador me dice que los artesanos no se rigen al RIMPE popular, que ellos declaran semestralmente sin importar los ingresos.
Muy buena explicación, mi inquietud es: tengo una maquina registradora, y entrego tiketes, debe también poner la leyenda RIMPE popular en los tikes o no.
@@nellymacas5536 te extiendo mi saludo. Los artesanos si forman parte del RIMPE tal como lo explico en la primera parte del vídeo, puede usted con su contador revisar el art. 97.3 párrafo 4 de la LRTI. Por ser usted Negocio Popular no tiene la obligación de declarar IVA, es más si usted fue calificada cómo artesano por la peluquería, sus actividades no gravan IVA.
@Nelly Macas te extiendo mi saludo. Los artesanos si forman parte del RIMPE tal como lo explico en la primera parte del vídeo, puede usted con su contador revisar el art. 97.3 párrafo 4 de la LRTI. Por ser usted Negocio Popular no tiene la obligación de declarar IVA, es más si usted fue calificada cómo artesano por la peluquería, sus actividades no gravan IVA.
@@tributo_global Muy amable que Dios le bendiga, por compartirnos su experiencia.
@@nellymacas5536 bendiciones para usted también.
Como docente se retiene el 8% a la fuente, se debe registrar en la declaración semestral? Para posteriormente realizar la solicitud de devolución?
Estimada @Ale Ramírez, por ese 8% que te retienen te tienen que dar un comprobante de retención el cuál al final del año a lo que hagas tu declaración de impuesto a la renta lo puedas utilizar. Por ejemplo si tú al final del año tienes q pagar $100 y te retuvieron $30, solo pagarás $70. Pero si a fin de año no tienes nada que pagar y te han retenido $30, ahí si los puedes solicitar como devolución.
Hola! Hay que sacar ruc por cada actividad económica? Por ejemplo si tengo una actividad económica perteneciente al régimen general… y si quiero iniciar una actividad del régimen rimpe…tengo que habilitar otro ruc?? O con el ruc que ya tenía antes por el régimen general?
Te extiendo mis saludos. Estimado @Anthonyd, el RUC es uno solo, y dentro de tu RUC puedes tener varias actividades, Ejemplo RUC 0000000000001 actividades, transporte, tienda, honorarios profesionales, etc.. No te olvides darle "like" al vídeo.
@@tributo_global
Ya le di like👍Te agradezco por tu respuesta 🙏🏻🙏🏻
Otra pregunta: los servicios profesionales relacionados con la educación gravan iva con 0% al igual que la salud. En ese caso hay que poner la cantidad de ingresos obtenidos durante un semestre sin importar que al final se declare en cero?? Por ejemplo, si doy clases particulares de física a universitarios. Al hacer la declaración habría que poner la cantidad de ingresos percibida durante el semestre en el formulario? Aún cuando al final se declare en cero (al ser un servicio grabado con tarifa cero).
Art. 56 de la LRTI (la educación en todos sus niveles).
Buenas tardes, una pregunta. Si solo facturaba por prestar servicio, en el campo de compras que debería poner? Espero pueda resolver mi duda.
Estimada Carmen, la prestación de servicios si no es del ámbito profesional, va a formar parte de los Negocios Populares, y los NP no hacen declaraciones de impuestos. Tendría q asegurar si en efecto es N. Popular o no.
HOLA. POR FAVOR, SOY PRODUCTORA DE PITAHAYA. ESTOY CONFUNDIDA A QUE RÉGIMEN PERTENZCO YA QUE LA ACTIVIDAD ESTÁ DENTRO DE REGIMEN GENERAL PERO NO HE FACTURADO MAS DE 20000.
Eres R. General, te recuerdo que en este régimen no se contemplan los ingresos para ponerte en una categoría, ya que es una sola categoría. Adicional tu te puedes acoger al impuesto único agropecuario, el cual es mucho más beneficioso.
Muy bien video, tengo una duda... Para las personas que pagamos los juicios de alimentos se pueden incluir en la declaración??? Muchas gracias
Estimado @Kevin P., Tu haces referencia a las pensiones alimenticias, por supuesto que las puedes usar para sustentar gastos.
Muchas gracias por esta excelente explicacion, me puede compartir el material, por favor, gracias desde ya
Por supuesto que si, ya te compartí el material. Revisa tu correo. Saludos.
Buenas noche estimado Jonathan y muchas gracias por la guía.
Por favor mi pregunta es la siguiente espero pueda ayudarme:
1. Aperture el RUC de Servicios Profesionales el 06/06/2022 EN QUE SEMESTRE TENDRIA QUE DECLARAR. 2. Una institución pública me contrato por servicio profesional (soy promotor de salud) me realizo una retención del 20% es decir mi factura fue de un valor de 410 y me hicieron la retención del 20% el 22/07/2022 Por favor no tengo muy claro como debo declarar y hasta cuando debo declarar espero me pueda responder. Gracias.
🙏🙏
Estimada @Pucca, un gusto saludarte, no olvides suscribirte a mi canal. Abría q revisar tu caso,pero a simple vista si los servicios que tú brindas gravan IVA 0%, tendría que hacer ya en julio tu declaración semestral y en enero 2023 otra declaración semestral con el segundo semestre del año. Ahora sí los sevicios q tu facturas gravan IVA 12%, tienes que hacer la declaración de manera mensual ahora en julio, luego agosto, sep, etc. Otra cosa no es muy común esa retención del 20%. Abría q revisar tu RUC entre otras cosas. Pero de ley si o si tienes q hacer declaracion en Julio.
@@tributo_global muy amable gracias por responder.
@@pucca4813 con todo gusto.
Buenas noches disculpe una pregunta yo saque el rimpe para una licoreria me sale como negoció popular me dijeron en el sri que tzngo q realizar cada inició de año el pago de 60$ y hacer declaraciones como puedo hacer eso... Gracias
Hola Sandra, buena tu consulta. Si abriste el RUC para la licorera en el 2022, vas a tener q pagar los $60 a inicios del 2023 probablemente en el mes de marzo, y así sucesivamente cada año. Pero tú no vas a hacer declaraciones de IVA, solo vas a hacer la declaración anual q anteriormente te mencioné de los $60, salvó que en el año vendas más de $20.000, ahí si cambiaría la cosa y te tocará hacer declaraciones cada 6 meses.
Hola tengo una duda estoy en RIMPE - NEGOCIO POPULAR porque tengo dos actividades Servicio de taxi por carretera 0%, tengo que sacar factura electronica y una tienda, tengo que presentar declaración del primer semestre 2022......cual es el proceso a seguir ayuda.!!!!!!!!!!!
Estimada Janeth, un gusto saludarte. Te comento los taxistas que tenga permiso de operación como tal (taxis) ellos están en Régimen General, por ende tendrías que facturar electrónicamente obligatorio desde el 29-11-2022 (y hay la implementacion de taximetros digitales proximamente) pero si no tiene los permisos tendría que emitir notas de venta, no facturar de manera electrónica ni hacer declaraciones. Ahora por la actividad de la tienda tienes que sacar notas de venta de manera física. En resumen vas a tener 2 tipos de comprobantes (dependiendo del caso), electrónicos por actividad de transporte, físicos por actividad tienda. Si tienes que presentar declaración semestral 2022 solo por los valores que genere tu actividad de taxi.
buen dias , por favor soy persona natural con ruc no obligado a llevar contabilidad , la declaracion la hago mensual, mi pregunta es ,tambien debo hacer la semestral, o solo realizo la mensual o la semestral o las 2 por favor gracias su ayuda
Saludos por favor una pregunta. Si doy servicios profesionales por elaboración de proyectos ambientales a una comunidad comunal también se debe desglosar el iva 12% en la factura.Gracias
Estimad@, dependerá en que régimen te encuentres, si RIMPE emprendedor (desglosan IVA), RIMPE Negocio Popular (No desglosan IVA), Régimen general (Desglosan IVA).
Muy buen vídeo, gracias por la explicación. Una pregunta solo para confirmar.
Si soy RIMPE Negocio Popular y no debo declarar ni desglosar IVA y emitir notas de venta, ¿No debo hacer nada de nada en SRI en línea?
Lo más probable es que tengas que ingresar tus valores y pagar los $60 por SRI en línea, pero esto va a ser realizado en marzo 2023, apenas yo tenga pronunciamiento por parte del SRI, te comunico o hago un vídeo.
@@tributo_global Gracias por responder.
@@carlosalvarezq.4551 siempre es un gusto
Gracias por aportar tus conocimientos amigo.. podrías sacarme de una duda.. en el ejemplo 3 si el contador sólo perteneciera al régimen general ahí si sólo debe declarar mensual?
Exacto @Antonella, si solo tuviese la actividad de servicios profesionales y esa actividad grave IVA, entonces si o si haría declaraciones mensuales.
@@tributo_global Listo estimado Jonathan😇 ahora sí todo está claro.. Muchas gracias.
@@antonellaveramera un honor. 👍👍
@@tributo_global ¿Podrías hacer en algún momento un ejemplo de declaración de IVA con ventas a crédito?
@@antonellaveramera lo tendré anotado para futuros videos.
Buenos días. Tengo que hacer IVA semestral por alquiler de vivienda. La empresa a la que se la alquilo me realiza retenciones, eso se puede recuperar de algún modo? mis facturas son con IVA 0, pero genero gastos como internet, luz, alicuota? Gracias de antemano
Claro que sí, lo vas a recuperar cuando hagas tu declaración de impuestos a la renta, pero siempre y cuando el valor que te retuvieron (ejemplo $300) es mayor al impuesto que te salga a pagar (ej $100, tendrás un saldo a favor de $200), o también cuando no tengas impuesto a la renta por pagar. Ahí puedes solicitar la devolución de ese valor.
Buenas tardes amigo estoy como negocio popular y el el sistema de declaracion me indica que debo declarar el segundo semestre de 2022 pero tengo facturas mas iva y sin iva ya que el año anterior tengo clientes que me retuvieron debo declarar el iva o ya no?
Es raro que siendo N. Popular te salga que tienes que declarar el 2do semestre. Habría q revisar tu caso. Yo si considero que debes declarar los valores que facturaste y te retuvieron.
Buenas tardes en el año 2022 en los meses de enero y febrero he facturado mas iva ya que en el año 2021 era microempresario pero luego vi que estaba en catastro popular y los meses siguientes ya tarifa cero el tema es que no hice declaraciones mensuales ni semestral ahora tengo la duda si debo o no declarar o solo pagar los $ 60 de la tabla ?? liquido solo esos 2 meses el iva cobrado, iva pagado y retenciones que me hicieron ??
Estimado @evotec2011, si no te hubiesen realizado la retención, tu no tendrías la obligación de realizar la declaración, ya que los N. Populares, no hacen declaracion. Ahora lo que podrías hacer es declarar, esos meses, y ahora en el 2023 pagar los $60. En realidad el impacto no recae mucho en ti, más recae sobre la contraparte que te retuvo y que va a declaro esos valores.
@@tributo_global gracias por la respuesta, pero si declaro esos 2 meses seria el primer semestre y a la fecha se genera multa e interes debo pagar eso ??
Buenas tardes estimado acabo de reaperturar mi RUC el 16 de agosto del 2022 y ahora salgo como RIMPE pero me di cuenta que tengo una declaracion vencida semestral del año 2021, me puede asesorar por favor por que quiero hacer la declaración, ojo no tengo facturas ni de compra ni venta ni retenciones quería declarar en cero
Estimada Elena,
Un gusto saludarte. Lo que hay que revisar es, cuando cerraste el RUC para ver si en efecto existían declaraciones pendientes de realizar, lo mas probables es que si porque la semestral en R. Microempresas si había que realizarla. Si es ese el caso tiene que realizar la declaración en "cero" ya que manifiestas que no tuviste transacciones, y te tocará pagar la multa de $30 por no haber presentado a tiempo. Caso contrario se podria solicita justificación de esa obligación para que le den de baja.
Yo tengo dos negocios una mecanica que es artesanal y un transporte pero declaro mensual porque ahora recien me pide declarar semestral y no se que hacer declarar todos los seis meses que ya declare o solo hacerla en cero estoy muy confundida
Estimada Maja, si ya declaraste cada mes, y ahora te pide que declares semestral, has la declaración semestral, pero en cero, para que no se te dupliquen los valores.
Una pregunta cuando se llena el casillero 502, 512 y 522?
Con respecto al ejercicio 5. Tengo 2 actividades una de venta de productos naturales y la otra locales comerciales soy régimen general y rimpe negocio popular, en caso de que yo haga las declaraciones mensuales solo se incluye los valores del alquiler comercial ??? Y las ventas de los productos naturales de que manera las declaro ?? Ayuda
Estimada Tamara, en efecto, solo van en el formulario de IVA las compras y ventas relacionadas al alquiler de locales comerciales. La otra actividad negocio popular lo vas a declarar en marzo 2023, aun el SRI no se ha pronunciado, están actualizando formulario, pero apenas salga yo te hago saber.
Si tengo la actividad de venta de cerdos y cultivo de cacao y adicional soy vocal de una junta parroquial como debo hacer mis declaraciones y que tipo de doc debe emitir por cada una de las actividades, desde ya le stoy agradecida por su respuesta
Buenas, una consulta sobre un caso, el negocio graba iva 12 y 0%, realizo 6 declaraciones mensuales (enero-junio) pero no las pago a tiempo y se le vencieron y le aparecen en el apartado de deudas, se puede solucionar eso realizando una declaración semestral ya que cubre los meses enero-junio, en vez de realizarla de manera sustitutiva?
Saludos estimado Guillermo Larriva, muy bueno tu pregunta, pero te recuerdo que una declaración sustitutiva aplica justamente para reemplazar una declaración previa que por diferentes motivos tuvo novedades en los valores. Según el caso que me detallas, lo tuyo no es porque hubieron valores incorrectos o con novedad, por lo tanto podrías hacer un formulario 106 para pagar esas declaraciones que tienes pendientes.
Buenas noches! Por favor quisiera que me ayude con una duda, yo pertenezco al régimen rimpe emprendedores debo hacer la declaración semestral de IVA, en mi actividad económica realizo importaciones pero hoy q trate de realizar mi declaración no me aparecen los casilleros 504 y 514 dónde ingresaba los valores correspondientes a las liquidaciones de importación. Que debo hacer o como registro eso? Gracias por su ayuda
Hola Jonathan por favor ayúdeme con una consulta yo era negocio popular por lo q declaraba iva semestral.. Por mis actividades me cambiaron a general entre a la página y veo q tengo obligaciones vencidas enero y febrero. Mi pregunta es puedo declarar iva semestral en el régimen general?
Estimada Veronica, solo en casos particulares puedes declarar semestral en R. General. Por ejemplo cuando vendes solo bienes o prestas servicios IVA exclusivo de 0%, o en caso de no haber tenido movimientos (ni compras, ni ventas, etc). Lo normal es que declares mensual, tendrías que revisar bien tu caso. Adicional, los negocios populares no hacen declaraciones. Revisa bien tu RUC, las actividades, ingresos, etc.
Muy buenas tardes, le extiendo mi saludo y a la vez una pregunta si es tan amable de sacarme de la duda. Tengo una Licorería y aparezco como Negocio Popular. En enero de este año hice una declaración semestral del 2do semestre 2021, por ende me tocaba hacer un nueva declaración hasta el 20 de julio del primer semestre 2022. ¿Tengo que hacer la declaración del IVA? O cómo se realiza el pago de los $60,00 al ser Negocio Popular.
Hola @Dario Nevada, la declaración semestral que hiciste en enero estuvo bien por qué tú pertenencias al régimen de microempresas, pero ahora en el 2022 eres negocio popular, por lo tanto no tienes q hacer ninguna declaración. El pago de los $60 se lo realiza en marzo 2023 siempre y cuando no superes los $20.000 dólares en ventas, caso contrario te tocará pagar más
Buenas noches. Una duda por favor , a las sociedades no sale el casillero de cuántos comprobantes de venta emitidos y / o recibidos hubieron? O estoy ciega porque no los encuentro 😅
Un enorme saludo @Enma Ai. En el formulario de sociedades no existe este campo, en el ATS detalla comprobantes, es solo para las personas naturales. Usted debería de facturar de manera electrónica.
@@tributo_global muchísimas gracias 😀
Buen día tengo una consulta tengo 2 actividades, alquilo para locales comerciales y venta de productos naturales, debería emitir factura electrónica ?
Estimada Tamara, en efecto, solo van en el formulario de IVA las compras y ventas relacionadas al alquiler de locales comerciales. La otra actividad negocio popular lo vas a declarar en marzo 2023, aun el SRI no se ha pronunciado, están actualizando formulario, pero apenas salga yo te hago saber.
@@tributo_global debería emitir factura electrónica por el alquiler de locales comerciales???
Buenas noches interesante su explicacion. Por favor me puedes ayudar que debo realizar para solicitar la devolución por pago indebido o pago en exceso, del impuesto a la renta ya que me hicieron las retenciones pero no tengo la base imponible. gracias
Un gran saludo, de manera resumida, primero hacer la declaración de Impuesto a la Renta en marzo. Posterior a eso puedes hacer en línea tu devolución el valor retenido. Lo anoto para poder hacer un próximo video.
Una pregunta por favor. Si estoy en régimen "RIMPE - NEGOCIO POPULAR", en qué fechas se debe hacer la declaración anual?, me refiero al mes,. Acaso el sistema también notifica los días que faltan para vencer el tiempo?. Gracias de antemano.
Estimado @tebo8888, hay fecha hasta marzo 2023, el SRI aún no se ha pronunciado respecto a si va existir un nuevo formulario o va a ver una modificación en el formulario que ya existe (formulario 102). Lo más probable es que ahora a inicios de febrero ya tengamos este tema claro. Apenas el SRI se pronuncie, yo hago un vídeo compartiendo la información.
Buenas noches un pregunta si no llene los casilleros de notas de crédito( casillero 410 y 510 ) pero si llene los casilleros 400 y 500, estaría mal la declaración? Puedo volver a declarar o que debo hacer ayúdeme por favor 🙏
Estimada Karen, es obligatorio que pongas los valores en los casilleros que me indicas, ya que si no registras, el formulario no te calcula el valor del IVA, y el formulario estaría incompleto. Has de nuevo tu declaración (sustitutiva) para solventar esa novedad.
Donde o como hago la justificacion por obligaciones vencidas?
Estimado Joel, solo puedes justificar una obligación en caso de que existió un error y no tenías la obligación de hacer dicha obligación. Pero si se te venció y si era tu obligación hacer, ahí si no puedes. En todo caso te dejo un video que encontré donde enseñan.
ua-cam.com/video/R3wgcZbDDKQ/v-deo.html
Hola yo soy negocio popular, doy servicios profesionales, entiendo que eso declaro con IVA semestral, pero si aparte doy servicios ajenos a mi profesión, por ejemplo me contratan un día para cobrar en un negocio, pero sucede una vez a la semana esa no declaro IVA?
Gracias por el tutoral.una pregunta porque me sale ACCESO DENEGADO al momento de ingresar a la declaracion de iva
Si tú eres Negocio Popular, en ciertos casos no te va a permitir hacer la declaración de IVA porque recuerda q los N. Populares no hacen declaraciones.
@@tributo_global Yo le di aceptar a un cuadro de diálogo que creo que decía RIMPE, no le puse mucha atención porque quería declarar en cero rápido. No podía declarar primero. Luego ya me dejó. No he sabido que ha habido un cambio. ¿Hice mal en poner aceptar?
@@georgeentertainment7185 no hiciste mal,el cuadro que está apareciendo es solo informativo, da a conocer q los Negocios Populares no hacen declaraciones y que los RIMPE emprendedores si hacen.
@@tributo_global ¡Gracias por esa aclaración! ¿Puedo hacerte una pregunta? Si uso mi RUC para prestar servicios de educación, ¿soy Negocio Popular o califico como RIMPE?
Hola estoy un poco confundida tengo ruc, trabajo bajo relación de dependencia con ingresos mayores a 20mil, pero con mi ruc solo facturo 600$ igual soy rimpe o como debo hacer la declaración semestral del iva? me podria ayudar por favor
saludos estimada @Greisy Incelli, recuerda suscribirte al canal. Si eres RIMPE o no dependerá de la actividad/es que tu tengas registrada/s en tu RUC (podrías mencionarla). En cualquiera de los casos si facturas con IVA igual tendrás que declararlo.
Saludos. Una consulta abri el ruc por prestación de servicios profesionales, no estoy obligado a llevar contabilidad. Tengo que realizar las declaraciones iva semestral e impuesto a la renta?.
Cuál es la diferencia entre declaraciones iva semestral e impuesto a la renta? Alguien que me pueda guíar. Gracias 😢
Estimada Carolina, cuando tu brindas tus servicios profesionales, tu cobras el valor del servicio y en muchos casos también cobras un IVA porque así la ley lo indica (por ejemplo: servicios de salud no cobran IVA, pero servicios de contaduría, si cobran IVA porque así esta en la ley). Ahora, si tu cobras IVA, ese IVA no es tuyo, sino que le corresponde al Estado, por lo tanto cada mes vas a tener que declarar ese IVA. Por otro lado el impuesto a la renta es un impuesto que te cobran a ti, por todo lo que has percibido en el año, lo cual no incluye el valor del IVA, ya que ese valor tu lo declaraste mensual, sino netamente el valor de tu servicio.
Saludos estimado @tributo_global muchas gracias por estos vídeos tan explicativos que nos ayudan muchísimo . Le agradecería si me ayuda con esta consulta tengo ruc por servicios de salud (no gravó IVa) pero me retienen el 10%por mis servicios. Todos esos valores los sumo y los coloco en el item resumen impositivo?
como saco los valores de las facturas debería explicar desde el comienzo xq ud empieza ya desde la tabla donde tiene el resumen
Estimada Briggitt, los valores de las facturas la única que los va a saber, eres tu misma, ya que a lo que realizas una venta, tienes que emitir una factura, y vas guardando un respaldo y antandolo en un registro. Por el otro lado a lo que tú compras a ti te dan una factura, entonces haces lo mismo, la guardas y la registras. Así vas obteniendo tus valores. En otro video hace la práctica para quedar más claros.
saludos doy clases de idiomas, pero desde feb 2022 deje de dar clases y no cerre mi ruc hasta nov, igual debo pagar el semestral me sale 45 dolares. Hay alguna forma en que ese valor baje para q no sea tanto?
Estimada Cristina, habría que revisar tu caso, pero se podría pagar multa por cierre tardío del RUC, pagar la multa de $30. Tienes que tener en cuenta también a que régimen perteneces, porque si es Negocio Popular, adicional te tocara pagar $60 por declaración de Impuesto a la Renta. Habría que revisar varias opciones para ver cual es la mas conveniente.
Muchas gracias por la información. por favor me puede ayudar, pertenezco al RIMPE Emprendedores porque mis ventas sobrepasan los 20000,01 usd, por asesorías sin que este sea por servicios profesionales, y también facturo como actividades de cantante. Por el monto facturado al año fiscal 2021 tengo que hacer la declaración semestral, ¿eso es correcto o que debo hacer?
Tengo ina consulta si no vendo nada en esos 6 meses y solo compro que pasa ahi declaró solo compras
Claro que si Dayanna.
Necesito que hago un ejemplo así 👍👍👐👐
Hola buen día. Por favor , donde puedo ver todas mis compras ? Si no tengo registro en Excel . Me han dicho que hay una página donde de puede visualizar todas las compras . Puede ayudarme le agradezco la respuesta.
Estimado, te extiendo mi saludo. En la página del SRI entrando con tu usuario y contraseña, puedes dirigirte a la opción "facturación electrónica" y luego opción "comprobantes electrónicos recibidos" ahí te aparecen todas las facturas que se han emitido con tu cédula o RUC. Lo único que ahí no aparece son las facturas de tus proveedores que aún facturan de manera manual, de ahí el resto que lo haces manera electrónica, si aparecen.
@@tributo_global muchisimas gracias un saludo
Como solicito la justificacion? ya estoy en obligacion vencida
Estimada Kelly, lo primero que tienes que ver es si estas o no obligada a realizar la declaración vencida. Si en efecto no estas obligada, solo en ese caso puedes solicitar justificación. Te dejo un link de un video que vi ua-cam.com/video/R3wgcZbDDKQ/v-deo.html
Que shampoo usas?
El más económico, no me complico.
Buenas tardes, que pasa si un contribuyente rimpe negocio popular, sigue desglosando el iva? por que no le reciben las facturas sin iva donde él entrega su producto. Como se procede?
@Blanca Licha, usted tendría que haberle sustentado a su cliente con la normativa, eso sí poniendo el sello de "contribuyente RIMPE negocio popular". El tema de tu cliente puede ser que él necesite ese IVA (crédito tributario) pero para eso hay varias opciones y/o acuerdos entre ambas partes. Es un error, existe riesgo. Es tema de revisión, ya que tú no estás declarando el IVA, pero por contraparte tu cliente si lo está declarando.
Saludos Maestro hay algún medio o número al que pueda contactarle para que me brinde una asesoría.??
Estimado Elias Tello, escríbeme a mi correo electrónico joal151287@hotmail.com
Como declaró nota de ventas
Si eres RIMPE Negocio popular, tu no declaras el IVA. Pero si tu compras a un Negocio popular debes de registrar esas compras en el casillero 508 y 518.
@@tributo_globalmuchas gracias por sus respuestas y mil disculpas por mi pregunta: soy Régimen General y emito notas de venta, en el sistema me llegó la notificación que debo declarar el IVA semestralmente. En el periodo de Julio a Dic 2023 tuve 2 ventas. En la pregunta de ¿Ha realizado ventas este periodo? Pongo no o sí? Y compras si tengo. Como declararía en este caso? Por favor, le ruego me guíe. Estoy perdida.
Buenas nos puedo facilitar excel para registrar
Un gusto estimada @Susana Vega, suscribete al canal, dale like y escríbeme al correo joal151287@hotmail.com para poderte facilitar el material
Buenas, tienes cursos?
Estimado en la actualidad no trabajo bajo esta modalidad, pero lo tengo como un proyecto a mediano plazo, dónde sacaré cursos muy prácticos y compartiré de la manera más sencilla pero apegada a la ley como para que los usuarios le saquen el mayor provecho.
Muchas gracias por la información! Yo soy RIMPE Emprendedor, lo abrí en noviembre del 2022 para pasar a facturación electrónica y he emitido dos facturas, en estos meses de nov - diciembre y enero también he realizado compras. En el sistema me dice que debo cumplir mis obligaciones hasta el 24 de enero, entonces debo declarar las dos facturas que emití, y las compras que he realizado desde noviembre hasta enero? O las compras que hice hasta diciembre?
Excelente tu pregunta. Debes declarar dentro del segundo semestre todas las facturas desde julio hasta diciembre q hayas emitido (en tu caso Noviembre y Diciembre). Las otras facturas que corresponden a enero 2023 las vas a declarar en el 1er semestre del 2023 el cual comprende de enero a junio 2023. Saludos.
Estimado Jonathan Alarcon - Tributación para todos, nuestra empresa está dispuesta a cooperar con usted, dejar que recomiende nuestros productos, le daremos un salario generoso, por favor déme su información de contacto
Estimados, cualquier requerimiento canalizarlo a través de mi correo electrónico joal151287@hotmail.com dónde me puede hacer consultas, dejarme su información,su contacto y con gusto le responderé.