Gracias Abogado defensor.. muy buen ejemplo de argumentacion usted me dio. 1) el juez bajo el titulo " aclareme" le desarrolla una pregunta de investigacion a la parte. - por que usted firmo el servicio a nombre de la Municipalidad? 2) El juez utiliza un argumento normativo que no existe. " cuando dice : al organo y las partes... " las partes " no dice el articulo....
Sería interesante saber de este juez cuanto tiempo ejerció en el antiguo sistema y cuanto en el nuevo, al parecer tiende a mantener en su ADN prácticas propias del pasado.
Saludos he aprendido mas en este video que en muchos años en mi universidad, expuso lo que es costumbre de los jueces revisar un caso en audiencia y que los fiscales preguntan idioteces.
Buenas tardes para averiguar el proceso de falcificacion contra el exsalcade Fermín callego Osorio y adiela castaño gallego aprobado por la fiscalía de manizales y lo mandaron por competencia para el fresno tolima dónde registraron la firma y tenemos un carro en Ibagué que pidieron los documentos de la fiscalía y nunca los mandaron pero la casa está aprobado ya quiero saber cuál es el juez para que nos llame y el fiscal que lleva el caso es Jesús Antonio mi número es 3104015606 El número del radicado es 732836000480201700082 Esper respuesta grasias
Efectivamente, el artículo 375° inciso 4 prescribe que excepcionalmente el el juez puede interrogar a los órganos de prueba. Técnicamente hablando el juez trata a la acusada como órgano de prueba que no lo es, y en este caso el Juez se ha parcializado hasta el punto de adelantar una opinión con sentencia condenatoria. El juez parecía un fiscal más, y de por sí ya tenía hasta la sentencia proyectada. saludos.
Es decir, según tu reflexión, ¿la acusada aún en declaración (que permite convertir todo lo que afirma y niega como instrumento de prueba para cualquiera de las partes) no es un órgano de prueba? Esto genera debate. Para mi, desde un punto de vista práctico el acusado en distintas etapas es y no es acusado, por ejemplo: el imputado, el acusado, el sentenciado. Todos términos propios del proceso.
Lo impresionante es que, el juez tiene una clara posicion a estar a favor del fiscal. No admite su error, y por si fuera poco se escusa al punto que, los letrados que son observadores dan la razon al abogado en su justo reclamo.
Primero investigue cual es el sistema de la Inquisición, la Inquisición fue el primer tribunal con garantías procesales, con la figura del fiscal, entre muchos otros grandes aportes.p
No soy abogado y mis conocimientos serán limitados a lo que tiene que ver únicamente con mi carrera pero el que alguien diga: "puedo excederme mientras no me exceda" me hace pensar que esa persona tampoco sabe lo suficiente de leyes o de letras.
brayan henrry huaman contreras si mejor que el juez se ponga a realizar el interrogatorio y a la michi la igualdad de armas entre el abogado y el fiscal este juez ya esta parcializado.
Buen video; realmente es menester analizar a fondo lo que el abogado defensor menciona y lo que el juez pretende explicar y fundamentar; buscar asimilaciones con nuestro marco legal propio es lo difícil xD
De cantina es tu nombre, si no eres abogado no hagas apreciaciones subjetivas o conjeturas ya que no tienes la instrucción. Si eres abogado has apreciaciones objetivas, que para payasos metiches mejor veo a Magaly
El juez está absolutamente equivocado. Él no puede interrogar sobre lo que no interragaron las partes. Si al juez no le queda clara una respuesta dada por el testigo, solo puede pedir aclaración, es decir, circunscribise a la respuesta dada. El jez no puede plantear un tema nuevo, es decir, no tratado por las partes y él no es parteq; él es juez. Falla el juez cuando le dice al abogado defensor ..." y si la pregunta lo beneficia...". El juez no puede beneficiar ni a uno ni al otro. De otro lado, el juez pierde el control de la audiencia. Su audiencia se convirtió en una discución. Defasto, señor juez.
Si es asi pues una pena. Todos deberian poder preguntar lo que sea relacionado con el caso. Si es así pues una decepción que lo manejen como si fuera una obra teatral.
La parcializacion del juez, viola el debido proceso porque si el ente acusador no logra demostrar su tesis el juez no debe acomodar la falencia que incurran
Mi mayor respeto y admiración al Abogado, excelente defensor, México necesita y pide a gritos extraordinarios Licenciados que sean expertos defensores y no payasos rateros y corruptos como los que abundan en el Poder Judicial de la Unión en México. X eso el estado de derecho es solo para los ricos x qe la cárcel es para el pueblo de a pie osea los pobres
@@yabastadetonterias5313 Ética fue lo que le faltó al juez. El abogado estaba velando por el bienestar de su cliente, aunque eso significa defenderla de conductas inapropiadas del juez.
🤣🤣🤣🤣🤣 seguramente tú tienes más experiencia que un juez 🤣🤣🤣🤣 ridículo, apenas estarás terminando la escuela y vienes a querer juzgar la experiencia de alguien que ha tenido que pasar por diversos exámenes, consigue un trabajo y después opinas
El juez argumentó bien y tiene la razón, porque, en este caso, la acusada tbien tiene la calidad de testigo y por esta razón se constituye en órgano de prueba, por lo tanto, bien puede, en forma excepcional, interrogar al testigo.
@@algemirodiaz2864eso no puede ser, atentaria contra el derecho de defensa del acusado, cualquier declaracion que haga el acusado es medio de defensa, incluso hasta podria mentir por eso su declaracion es irrelevante como medio de prueba, he alli que jamas se debe considerar al acusado como organo de prueba
@@hectorjavier4903 Me encantan las personas como tú😂que ofenden a los demas para mera satisfaccion de ego o incluso me atreveria a decir, que por mera incomodidad social, en pocas palabras, insultas por ego o porque tu vida esta tan vacia que no soportas ver a los demas lanzarse a opinar.
Más allá de si en el Derecho Procesal peruano se considera o no al acusado un _"órgano de prueba",_ y de si su declaración es o no un _"acto de descargo de imputación",_ lo que evidentemente está fallando aquí es el propio Derecho Procesal peruano. Es increíble que se produzca un debate doctrinario entre el Juez y la parte, en medio del proceso; lo cual, entre otras cosas, atenta directamente contra la necesaria celeridad procesal. Quiero creer que para casos como este existe un mecanismo de impugnación de los hechos o actos del Juez. Y si no lo hay, bueno, debería instrumentarse. Concretamente: un recurso de recusación, dirigido contra el Juez (sobre la base de un exceso de poder, por ejemplo); y otros dos recursos (menos conflictivos), dirigidos contra la sentencia dictada por el Juez: uno de reposición, ante y para ante el _a quo,_ y otro de apelación, en subsidio, ante el _a quo_ y para ante el _ad quem._ Muy interesante el video, y todo el canal.
@@cristhianlinarez8722 Yo en realidad no entré en ese análisis, porque no soy peruano y no conozco en profundidad el derecho peruano. Pero entiendo lo que usted dice, y suena lógico. Sin embargo, me pregunto si, con similar criterio, en el caso de los testigos, el hecho de en la práctica poder mentir le quita al testimonio (abstractamente considerado) el carácter de medio de prueba. Digo, es obvio que no. Por tanto, me entra la duda de si efectivamente el derecho constitucional del acusado de no producir prueba en su contra, es argumento suficiente para descartarlo como órgano de prueba. (Quizás no quepa la analogía que he trazado; es posible que esté confundiendo los conceptos de _medio de prueba_ con el peruano de _órgano de prueba._ Como dije, no conozco el derecho de ese país).
1.- Efectivamente el juez tiene prohibido practicar la prueba, por tanto no debe formularle preguntas al imputado. Solo puede solicitar aclaraciones de temas que han sido tratados en audiencia, y nunca en hechos distintos. 2.- Que el juzgador lea el expediente para corroborar lo manifestado por los sujetos procesales, no vulnera el principio de inmediación, el juez solo está constatando y verificando los hechos evacuados a través de la práctica de la prueba que hacen los abogados.
En el marco de una audiencia EL JUEZ HA OLVIDADO QUE ES EL DIRECTOR DEL DEBATE y que no puede asumir el rol de abogado del imputado o ejercer las veces de Ministerio Publico No está facultado para ejercer interrogatorio y/o contrainterrogatorio sometiendo al imputado y/ agraviado a un riguroso interrogatorio. En la práctica vemos a jueces actuar arbitrariamente e incluso está prohibido en las audiencias de prisión preventiva La única excepción es: LA ACTUACIÓN PROBATORIA Artículo 375 Orden y modalidad del debate probatorio.- 4. El Juez durante el desarrollo de la actividad probatoria eje...See More
Que es lo que creo que debio hacer un juez imparcial y en uso de la debida motivacion? Leo el art 375 del cpp motivo mis razones ya sea con fin aclaratorio de tal punto, expongo a las parte que realizare preguntas para que realicen sus objeciones, y si las partes no se oponen recien realizo la pregunta al acusado, no me lanzo a preguntar solo porque si, eso es arbitrario e imparcial.
Si el Juez no conoce sus límites y se va más alla, entonces se está parcializando, no soy abogado,pero, estudio una carrera que seguimos reglamentos y si no lo cumplimos estamos en falta.
Ni juez ni abogado y menos el fiscal, no leyeron el artículo 88.3 del ncpp, y para ser la capital les falta mucho, perdieron como media hora en un aspecto Yam simple.
Toda intervención del juez más allá de la imparcialidad es peligrosa y aunque la norma lo justifique nunca se sabrá a cual de las partes terminará perjudicando.
Y fue el mismo juez que en otro video que se pasó de mamonsito cuando un abogado quiso hacer una demostración de lógica dejando caer una carpeta y casi lo acusa de desacato, bien mierda ese tipo de gente
Por motivo que me acostumbré al sistema judicial de los Estados Unidos, tengo mucha dificultad con el diálogo sinembargo admito que esto debería ser posible porque, no porque uno es juez, no se le debería no cuestionar. Hay veces que los juezes tambien cometen errores. Por lo tanto se debería cuestionarlos.
La abogada de la defensa publica dio en el clavo, la pregunts del juez fue porque las ordebes de servicio estaban a nombre de la municipalidad provincial.... Cuando el código procesal menciona aclarar una pregunta, es sobre lo declarado, si las partes no han tocado un tema (ya sea por olvido, desconocimiento del caso) el juez no tiene porque ahondar en lo no declarado, uns cosa es escudriñar y otra cosa aclarar. El juez dice si la pregunta del juez al acusado lleva a su auto incriminacion tal vez pueda ser cuestionada por la defensa, eso es irrelevante porque preguntar y que nazca una información para el juicio es tarea de las partes no del juez. El juez dice que el acusado puede o no responder, pero eso obedece a una pregunta, el juez no puede interrogar para sacar información sino solo preguntar de lo que ha declarado (aclarar) y la palabra extraordinaria del código es pues en una situación de aclaración, el hecho de que la fiscalia o la defensa planteen el caso, la interrogación o medios probatorios de manera pésima, em juez no puede "arreglarlo para bien o para mal del acusado" Respecto a leer el expediente creo que el abogado se equivoca porque el juez es dueño de la carpeta judicial
Si el juez puede preguntar ilimitadamente, volvernos al sistema inquisitivo. El acusatorio nunca fue entendido en América en sus verdaderas dimensiones y en su naturaleza.
Bien el abogado. Aunque por el tema del principio de inmediación, tengo mis reparos por cuanto si el juez está atento a las partes en el desarrollo del juicio y tiene que corroborar algo que se ha dicho con el expediente, lo puede hacer.
Ya ratos hubieran recusado al Juez, se ecxedio en su participacion, inicio un dialogo errado y prejuzgo, lo cual es ilegal en cualquier estado de derecho!!!
Bien por los abogados, los jueces se sienten todopoderosos y se exceden en sus funciones ya que no hay muchos abogados valientes que les reclamen.
La pregunta fulminante del abogado fue: "¿Cuál es la base legal?" Jajajajajajaja
Gran 7... Que espectacular.. me hizo acordar de la serie "Suits" de LEY DE LOS AUDACES... voy a mirar otra vez...
Gracias Abogado defensor.. muy buen ejemplo de argumentacion usted me dio. 1) el juez bajo el titulo " aclareme" le desarrolla una pregunta de investigacion a la parte. - por que usted firmo el servicio a nombre de la Municipalidad?
2) El juez utiliza un argumento normativo que no existe. " cuando dice : al organo y las partes... " las partes " no dice el articulo....
Desde Argentina felicitaciones Dr. Defensor.
No.
No es falta de conocimiento o experiencia del juez.
Es abuso y exceso en las funciones del juez.
Tipico de jueces caducos inquisitivos.
los organos de pruebda son las partes procesales, esta correcto el actuar del juez.
El juez va a viciar de nulidad el Proceso.
se convirtió en una clase de derecho ,que debería hacerse en un aula de universidad, y el acusado mirando, al medio, sin saber donde se ha metido.
Jajajaja lúdico el litigio
Jajajajaja la acusada se ganó su clase
no hago penal pero.esa discusión te cnica no dbe6 ser frente al reo
El proceso de provisión preventiva a Keiko, eso sí es una clase magistral de derecho procesal penal en dos horas
gggggggggg pobre acusado
Sería interesante saber de este juez cuanto tiempo ejerció en el antiguo sistema y cuanto en el nuevo, al parecer tiende a mantener en su ADN prácticas propias del pasado.
Abogados asi debemos aspirar, porque siempre hay jueces que abusan de sus funciones y quieren hacerlo a su manera.
Saludos he aprendido mas en este video que en muchos años en mi universidad, expuso lo que es costumbre de los jueces revisar un caso en audiencia y que los fiscales preguntan idioteces.
Dice el juez. "Lea bien señor abogado. ahí donde dice lo que no dice"...
JAJSAUDSAUDASUAJAJJ
Jajajaja si se bañó solo
Ja, ja, ja... que buen zurdazo del abogado defensor.
Mismo Cantinflas
Jajajajjajaa
Yo estuve en esa audiencia y al final sentenciaron al juez con volver a las aulas.
Jajajajajaja
Estuviste vendiendo marcianos
JESÚS CUBILLAS MIENTES MITOMANO
Jajajajajajaja
Buenas tardes para averiguar el proceso de falcificacion contra el exsalcade Fermín callego Osorio y adiela castaño gallego aprobado por la fiscalía de manizales y lo mandaron por competencia para el fresno tolima dónde registraron la firma y tenemos un carro en Ibagué que pidieron los documentos de la fiscalía y nunca los mandaron pero la casa está aprobado ya quiero saber cuál es el juez para que nos llame y el fiscal que lleva el caso es Jesús Antonio mi número es 3104015606
El número del radicado es
732836000480201700082
Esper respuesta grasias
Al final el abogado ganó xq el juez ya no siguió con sus preguntas, felicitaciones al abogado.
Mucho menos la búsqueda de la verdad, o el esclarecimiento de hechos.
Lo importante es ganar, solo por ganar!!!
Pero ya no será objetiva la toma de decisiones y el juez solo va a querer desquitarse
La ganó esta.. Pero realmente ganó?? Porque se avecinan muchas otras.. quizás con viento en contra..
Ganó una pregunta pero no el juicio, jamás el orgullo debe ganar a la razón
Felicidades maestro muy buenas experiencias que lo guiaron a la abogacía.
El mejor día de esa testigo, hizo que 4 hombres discutieron por una pregunta que le hicieron.
Testigo en su cabeza: ahuevo chismesito
Acusada*
EL FISCAL SE CONVIRTIO ENABOGADO DEL JUEZ. es un ridículo tener jueces ignorantes
Buenos videos, de las escenas más importantes de cada proceso. Felicitaciones
Efectivamente, el artículo 375° inciso 4 prescribe que excepcionalmente el el juez puede interrogar a los órganos de prueba. Técnicamente hablando el juez trata a la acusada como órgano de prueba que no lo es, y en este caso el Juez se ha parcializado hasta el punto de adelantar una opinión con sentencia condenatoria. El juez parecía un fiscal más, y de por sí ya tenía hasta la sentencia proyectada. saludos.
Estaba actuando como un juez inquisitivo
Es decir, según tu reflexión, ¿la acusada aún en declaración (que permite convertir todo lo que afirma y niega como instrumento de prueba para cualquiera de las partes) no es un órgano de prueba? Esto genera debate. Para mi, desde un punto de vista práctico el acusado en distintas etapas es y no es acusado, por ejemplo: el imputado, el acusado, el sentenciado. Todos términos propios del proceso.
el organo de prueba, segun DOCTRINA, puede ser cualquier persona.
@@adriancontreras7483 no es desde tu punto de vista, es en base a las normas y reglamentos
Jaja siemprr lo veo y me motiva a seguir esta maravilloss carrera del Derecho
Maravillosa cuando no rompes los códigos y te vuelves un corrupto como la gran mayoría.
Lo impresionante es que, el juez tiene una clara posicion a estar a favor del fiscal. No admite su error, y por si fuera poco se escusa al punto que, los letrados que son observadores dan la razon al abogado en su justo reclamo.
PALMAS PARA EL ABOGADO QUE SE PLANTO BIEN FRENTE A LA INTROMISIÓN DEL JUEZ QUE REALIZABA ACTOS QUE EL NCPP NO LE PERMITE!!!
El juez, ya perdió y sigue agonizando. 🙂 Esos jamás quieren admitir su error.
@@hardstone2784 jajajaja sabes lo que es Garantista?
¡Bravo!
Palmas para el abogado? A las finales el perjudicado es el denunciado, juez es juez y el da sentencia
@@roylopez8767 ¿y entonces para que sirven los recursos? ¿Los Tribunales de Alzada? Ignoro si ustedes tengan juicio de amparo.
El Abogado le está dando Clase al Juez..!!
Clases? eso ya deberia saber el juez
bueno, todo JUEZ debe primero ser ABOGADO para ir ascendiendo.
*¡Min. **9:58** los tipicos lame botas y barberos del salón!* 😂😂
Siiiii
Jajajaja
Jajaja los fiscales . Amo el derecho carambas
Ese compare del minuto 9:58 parece universitario. Igualito a mis compañeros que creen que saben mucho solamente por intervenir y discutir.
La mejor audiencia oral que e visto, los abogados son expertos
14:21ya mejor que diga "no te metas con mi marido".
El fiscal 😂
Jajaja ay no puedo con este comentario
¡Pésima explicación argumentativa del juez!
Órgano de prueba el acusado no solo asume su defensa material
Claro solo debio hacer leer el articulo 88.
Bien por el abogado. Este sistema no es inquisitivo. Sino adversarial garantista y acusatorio.
NCPP
Es adversarial- acusatorio.
@@alexandrovelasquez3266 Es garantista
Primero investigue cual es el sistema de la Inquisición, la Inquisición fue el primer tribunal con garantías procesales, con la figura del fiscal, entre muchos otros grandes aportes.p
@@juanlopes1221 fue un tribunal con garantías procesales FICTICIO
No soy abogado y mis conocimientos serán limitados a lo que tiene que ver únicamente con mi carrera pero el que alguien diga: "puedo excederme mientras no me exceda" me hace pensar que esa persona tampoco sabe lo suficiente de leyes o de letras.
ESE FISCAL ESTÁ MAS PERDIDO QUE HUEVO EN CEVICHE
EL JUEZ SOLO PUEDE REALIZAR PREGUNTAS ACLARATORIAS.
brayan henrry huaman contreras si mejor que el juez se ponga a realizar el interrogatorio y a la michi la igualdad de armas entre el abogado y el fiscal este juez ya esta parcializado.
Así es el juez solo puede hacer preguntas de lo ya versado por las partes
pero el acusado no sería considerado un órgano de prueba? En ese caso sí se podría interrogar para esclarecer algun vacío
Buen video; realmente es menester analizar a fondo lo que el abogado defensor menciona y lo que el juez pretende explicar y fundamentar; buscar asimilaciones con nuestro marco legal propio es lo difícil xD
13:13 *La mejor parte*
Desde Colombia, las dudas que tenga el juez, no debe buscar aclararlas,; son en beneficio del procesado
La duda favorece al reo
🤗 algo tan simple como eso ...
Aquí en Colombia muuuuyy excepcionalmente el juez hace preguntas complementarias
El juez está jodido, este juicio parece una discusión de cantina.
De cantina es tu nombre, si no eres abogado no hagas apreciaciones subjetivas o conjeturas ya que no tienes la instrucción. Si eres abogado has apreciaciones objetivas, que para payasos metiches mejor veo a Magaly
@@diegoosorio5699 ,Fino el nene.
@@diegoosorio5699 cringe
Que vergüenza el Juez, como llego hasta ahi con tan mal nivel de argumentación?
Dando un examen
...TODO ES RESULTADO DE SU PEDANTERIA....
Es sobrino del amigo del vecino del padrastro de alguien "importante" jajaja
Muy bueno.
El Juez se enredo gratuitamente!
Fiscalia tiene que recordar que es defensor de la legalidad
Señor abogado, si la cago me avisa!🤣🤣🤣🤣
El juez está absolutamente equivocado. Él no puede interrogar sobre lo que no interragaron las partes. Si al juez no le queda clara una respuesta dada por el testigo, solo puede pedir aclaración, es decir, circunscribise a la respuesta dada. El jez no puede plantear un tema nuevo, es decir, no tratado por las partes y él no es parteq; él es juez. Falla el juez cuando le dice al abogado defensor ..." y si la pregunta lo beneficia...". El juez no puede beneficiar ni a uno ni al otro. De otro lado, el juez pierde el control de la audiencia. Su audiencia se convirtió en una discución. Defasto, señor juez.
Lo que sucede es que el abogado no quiere que responda porque mas alla del codigo de seguro tiene cola que le pisen,el resto es floro,verbo,chamullo.
Si es asi pues una pena. Todos deberian poder preguntar lo que sea relacionado con el caso. Si es así pues una decepción que lo manejen como si fuera una obra teatral.
@@edgarisnado9834 Claramente ustedes no entienden, son la clase de gente que dice: si no responde, por algo será.
La parcializacion del juez, viola el debido proceso porque si el ente acusador no logra demostrar su tesis el juez no debe acomodar la falencia que incurran
Pues debería hacerlo
El fin fundamental es la justicia
Mi mayor respeto y admiración al Abogado, excelente defensor, México necesita y pide a gritos extraordinarios Licenciados que sean expertos defensores y no payasos rateros y corruptos como los que abundan en el Poder Judicial de la Unión en México. X eso el estado de derecho es solo para los ricos x qe la cárcel es para el pueblo de a pie osea los pobres
En México existen extraordinarios abogados del más alto nivel. El problema es la corrupción que se define con la vida o muerte. ¿Entienden?
Pppppppppprrrrrrrrrrrrrrr!
Que yo sepa el caso se dio en Perú
Es un juez pero quiere ponerse la toga de fiscal investigador.
Esta del lado de la parte de los acusadores.
Ese abogado fue bien preparado para chingarse al juez. Ya sabía a lo que iba
Deberia ir bien preparado para argumentar el descargo de su defendido, no para chingarse un juez.
Alguien sabe algo de Ética??
@@yabastadetonterias5313 Ética fue lo que le faltó al juez. El abogado estaba velando por el bienestar de su cliente, aunque eso significa defenderla de conductas inapropiadas del juez.
Me hubiera gustado ver el rostro de este juez, es clara la falta de experiencia y conocimiento de sus funciones
🤣🤣🤣🤣🤣 seguramente tú tienes más experiencia que un juez 🤣🤣🤣🤣 ridículo, apenas estarás terminando la escuela y vienes a querer juzgar la experiencia de alguien que ha tenido que pasar por diversos exámenes, consigue un trabajo y después opinas
El juez argumentó bien y tiene la razón, porque, en este caso, la acusada tbien tiene la calidad de testigo y por esta razón se constituye en órgano de prueba, por lo tanto, bien puede, en forma excepcional, interrogar al testigo.
@@algemirodiaz2864eso no puede ser, atentaria contra el derecho de defensa del acusado, cualquier declaracion que haga el acusado es medio de defensa, incluso hasta podria mentir por eso su declaracion es irrelevante como medio de prueba, he alli que jamas se debe considerar al acusado como organo de prueba
@@algemirodiaz2864 *Era la acusada*
@@hectorjavier4903 Me encantan las personas como tú😂que ofenden a los demas para mera satisfaccion de ego o incluso me atreveria a decir, que por mera incomodidad social, en pocas palabras, insultas por ego o porque tu vida esta tan vacia que no soportas ver a los demas lanzarse a opinar.
El juez cuando empezó a explicar se me llegó a la mente CANTINFLAS.
Sirvan una vuelta más de whisky y seguimos discutiendo en el boliche.
Por favor, me pueden decir que caso es. Muchas gracias de antemano.
Si yo fuera el fiscal apoyaria en este caso al abogado defensor que el juez no interrogue por el bien de la audiencia.
Que código está usando para que fundamente lo que dice?
Que tal juez, pésima argumentación e interpretación de las normas....los fiscales peor aun.
Buena defensa. Alguien sabe quien es el abogado defensor? Es para tenerlo de referencia✌️😀👍
Más allá de si en el Derecho Procesal peruano se considera o no al acusado un _"órgano de prueba",_ y de si su declaración es o no un _"acto de descargo de imputación",_ lo que evidentemente está fallando aquí es el propio Derecho Procesal peruano. Es increíble que se produzca un debate doctrinario entre el Juez y la parte, en medio del proceso; lo cual, entre otras cosas, atenta directamente contra la necesaria celeridad procesal.
Quiero creer que para casos como este existe un mecanismo de impugnación de los hechos o actos del Juez. Y si no lo hay, bueno, debería instrumentarse.
Concretamente: un recurso de recusación, dirigido contra el Juez (sobre la base de un exceso de poder, por ejemplo); y otros dos recursos (menos conflictivos), dirigidos contra la sentencia dictada por el Juez: uno de reposición, ante y para ante el _a quo,_ y otro de apelación, en subsidio, ante el _a quo_ y para ante el _ad quem._
Muy interesante el video, y todo el canal.
Oportuno comentario.
No podria ser organo de prueba porque el acusado tiene todo el derecho de mentir
@@cristhianlinarez8722
Yo en realidad no entré en ese análisis, porque no soy peruano y no conozco en profundidad el derecho peruano. Pero entiendo lo que usted dice, y suena lógico.
Sin embargo, me pregunto si, con similar criterio, en el caso de los testigos, el hecho de en la práctica poder mentir le quita al testimonio (abstractamente considerado) el carácter de medio de prueba. Digo, es obvio que no. Por tanto, me entra la duda de si efectivamente el derecho constitucional del acusado de no producir prueba en su contra, es argumento suficiente para descartarlo como órgano de prueba.
(Quizás no quepa la analogía que he trazado; es posible que esté confundiendo los conceptos de _medio de prueba_ con el peruano de _órgano de prueba._ Como dije, no conozco el derecho de ese país).
Cómo se llama ese abogado? Sos grande
Dr. Alfonso Bazan
EL JUEZ NO ES PARTE, ENTIENDA JUEZ INQUISITIVO.
*Exacto*
buen video
Se nota claramente que el abogado sabe donde está parado y por ende es bueno en su profesión
Excelente abogado .. firme en su posición
min 19:32 casi se van a las manos que carajos pasa así son profesionales ..que verguenza
Con razón los juicios en el Perú demoran 3, 5, 8 años. Defensor, fiscal y juez están más perdidos que la mamá de Marcos.
Acá en Argentina de 2 a 3 años un desastre
Bueno tiene razon, pero en estw caso la defensa tecnica estuvo bien, argumentado su posicion desde el nievo codigo procesal penal.
Ese abogado quedó picón por que el juez le llamo la atención por tirar el cuaderno... Jajaja
Jajajaja es el mismo?
@@miguelangelsantillan6944 No es el mismo
@@yanetvegahuerta8754 ya decía yo jajaja
Aquí en Perú pasa por que sus exámenes de grado les preguntan como se hace el arroz con pollo.
Ceviche de pato era. 😂😂😂
1.- Efectivamente el juez tiene prohibido practicar la prueba, por tanto no debe formularle preguntas al imputado. Solo puede solicitar aclaraciones de temas que han sido tratados en audiencia, y nunca en hechos distintos.
2.- Que el juzgador lea el expediente para corroborar lo manifestado por los sujetos procesales, no vulnera el principio de inmediación, el juez solo está constatando y verificando los hechos evacuados a través de la práctica de la prueba que hacen los abogados.
En el marco de una audiencia EL JUEZ HA OLVIDADO QUE ES EL DIRECTOR DEL DEBATE y que no puede asumir el rol de abogado del imputado o ejercer las veces de Ministerio Publico
No está facultado para ejercer interrogatorio y/o contrainterrogatorio sometiendo al imputado y/ agraviado a un riguroso interrogatorio.
En la práctica vemos a jueces actuar arbitrariamente e incluso está prohibido en las audiencias de prisión preventiva
La única excepción es:
LA ACTUACIÓN PROBATORIA
Artículo 375 Orden y modalidad del debate probatorio.-
4. El Juez durante el desarrollo de la actividad probatoria eje...See More
En España si puede interrogar, aunque es raro que lo haga
@@rubentapia8967 eSPAÑA ESTA ATRASADA
Que es lo que creo que debio hacer un juez imparcial y en uso de la debida motivacion? Leo el art 375 del cpp motivo mis razones ya sea con fin aclaratorio de tal punto, expongo a las parte que realizare preguntas para que realicen sus objeciones, y si las partes no se oponen recien realizo la pregunta al acusado, no me lanzo a preguntar solo porque si, eso es arbitrario e imparcial.
El Juez tiene derecho a tener mayor información para poder sentenciar.
Si el Juez no conoce sus límites y se va más alla, entonces se está parcializando, no soy abogado,pero, estudio una carrera que seguimos reglamentos y si no lo cumplimos estamos en falta.
Excelente abogado sería importante decir sus nombres......
Dr. Alfonso Bazan
El juez termino diciendo incoherencias, parecía cantinflas.
Como termino ?
Eso pasa cuando el juez y el fiscal son amiguis. Mejor ya, que el fiscal sentecie
Desde Argentina 🇦🇷 escuchando a goku como juez jajajaja
😂
Ni juez ni abogado y menos el fiscal, no leyeron el artículo 88.3 del ncpp, y para ser la capital les falta mucho, perdieron como media hora en un aspecto Yam simple.
Seguro eres de la uladech o USB
Esa bendita frase de que “ si no hay o traes una Casación entonces el argumento del abogado no tiene sustento “ desnuda la práctica judicial
Jajajajajajajajajajajaj. Tanto flow y al final se limitó el juez cantinflas y el fiscal pusilánime lambiscón.
toda ORDEN DE SERVICIOS debe estar documentada CUANTAS CONTRATACIONES DIRECTA --
Toda intervención del juez más allá de la imparcialidad es peligrosa y aunque la norma lo justifique nunca se sabrá a cual de las partes terminará perjudicando.
Muy bien por el abogado . Con mucho respeto se habla .
Resumen: 22 Minutos de Un Juicio que no es el juicio.
Buena pregunta del abogado defensor.
jueces como este caso hay muchos que todo lo ven culpables muy mal que en el juicio este ya cantaminado y anticipando la condena
👍👍👍👍 Bien abogado.
Como quiere que resuelva sin que me exceda pero siempre que no me exceda🤣🤭🤣
Si si es lo que me llamó la atención jajajaja
Jajajaja se enredó xd
"Puedo hablar, leer y escribir al mismo tiempo durante la audiencia" que lol xD
Jajaja tanta tontería el Juez termina aceptando la oposición del abogado jajaja era puro capricho de juez inquisidor jajaja
-Y si nace una pregunta que beneficie a su patrocinada?
-Y si no nace?
JAJAJAJAJJA
El juez dice que al avisado nadie se lo defiende 😁, juez ya por favor tome su cargo con toda responsabilidad, me desepciona.
A esos señores Jueces y fiscales sinceramente no se como llegaron a esos cargos.
Y fue el mismo juez que en otro video que se pasó de mamonsito cuando un abogado quiso hacer una demostración de lógica dejando caer una carpeta y casi lo acusa de desacato, bien mierda ese tipo de gente
Que nivel...
Mejor el abogado que sea juez y ese juez que limpie el escritorio. Felicitaciones a ese abogado.
Como tengo el credito
ES POR ESO EL JUEZ NO PUEDE SUBSANAR LOS VACIOS DE LAS PARTES.
Por motivo que me acostumbré al sistema judicial de los Estados Unidos, tengo mucha dificultad con el diálogo sinembargo admito que esto debería ser posible porque, no porque uno es juez, no se le debería no cuestionar. Hay veces que los juezes tambien cometen errores. Por lo tanto se debería cuestionarlos.
Soy abogado norteamericano ¿qué es lo que no se entiende? El sistema peruano es adversarial no inquisitorio. Debería informarse en qué consiste ambos.
La abogada de la defensa publica dio en el clavo, la pregunts del juez fue porque las ordebes de servicio estaban a nombre de la municipalidad provincial.... Cuando el código procesal menciona aclarar una pregunta, es sobre lo declarado, si las partes no han tocado un tema (ya sea por olvido, desconocimiento del caso) el juez no tiene porque ahondar en lo no declarado, uns cosa es escudriñar y otra cosa aclarar. El juez dice si la pregunta del juez al acusado lleva a su auto incriminacion tal vez pueda ser cuestionada por la defensa, eso es irrelevante porque preguntar y que nazca una información para el juicio es tarea de las partes no del juez. El juez dice que el acusado puede o no responder, pero eso obedece a una pregunta, el juez no puede interrogar para sacar información sino solo preguntar de lo que ha declarado (aclarar) y la palabra extraordinaria del código es pues en una situación de aclaración, el hecho de que la fiscalia o la defensa planteen el caso, la interrogación o medios probatorios de manera pésima, em juez no puede "arreglarlo para bien o para mal del acusado"
Respecto a leer el expediente creo que el abogado se equivoca porque el juez es dueño de la carpeta judicial
De que países son??
Si el juez puede preguntar ilimitadamente, volvernos al sistema inquisitivo. El acusatorio nunca fue entendido en América en sus verdaderas dimensiones y en su naturaleza.
Ahí está el detalle!!!!
Bien el abogado. Aunque por el tema del principio de inmediación, tengo mis reparos por cuanto si el juez está atento a las partes en el desarrollo del juicio y tiene que corroborar algo que se ha dicho con el expediente, lo puede hacer.
Pero no con ese tipo de pregunta que mas.parece que se esta yendo a favor de una parte
cuantos años duro el juicio? 🙃
Jajaja q bruto el juez, ponganle cero !!!
Los 3 (fiscal, defensor y juez) actuaron como unos payasos... Una falta de respeto a los presentes, al defendido y al damnificado (si cabe)
Ya ratos hubieran recusado al Juez, se ecxedio en su participacion, inicio un dialogo errado y prejuzgo, lo cual es ilegal en cualquier estado de derecho!!!
Responda cuál es la base legal