El enlace al texto con las novedades tributarias a la A.E.A.T es el siguiente: sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/principales-novedades-tributarias-introducidas-ley-12_2023.html
Y para la reducción por inquilinos 18-35.. si uno fuera en ese rango y otro mayor? Tema zonas tensionadas hay dudas, algún listado actualizado para Madrid o aquí no aplicaría
Buenas pero solo zona tensionada esta declara en Cataluña nada mas, no hay mas zonas declaradas en 2024. Entonces para los contratos de 2024 seria del 50% todos. Por otro lado si lo tienes alquilado desde hace mas de 5 años pero te toca renovarlo, como se llevaria a cabo? Contaria como anterior al 2024 o a partir del 2024?
En el caso del País Vasco, estas deducciones no aplican, ya que tienen su propio régimen fiscal foral, con normas específicas en el IRPF. Por tanto, las reducciones del 50%, 90%, 70% y 60% de la nueva Ley de Vivienda no son de aplicación allí. Si tienes un inmueble en el País Vasco revisa las normas fiscales autonómicas o consulta directamente con la Hacienda Foral, ya que suelen tener deducciones y beneficios fiscales propios para los arrendamientos.
Pregunta curiosa, para las desgrabaciones, Las Zonas de Área Tensionada son las que marca el gobierno o solo las comunidades autónomas que la han definido?
Hola Coque! Las zonas tensionadas son las declaradas por las Comunidades Autónomas o los ayuntamientos, de momento aplica : www.mivau.gob.es/vivienda/alquila-bien-es-tu-derecho/serpavi/consultar-zonas-de-mercado-residencial-tensionado
En mi caso tengo alquiladas 3 viviendas desde hace más de 5 años a una asociación de refugiados . Los precios de alquiler se han ido actualizando con ipc a lo largo del tiempo y en su momento quise incluir la reducción del 60% y AEAT me la denegó. Crees que hay alguna posibilidad de acogerse a la reducción del 70% ?. Gracias!
Hola Juan. Tr planteo una duda. En este 2024 modifiqué las condicines del alquiler a un inqullino y le bajé la renta un 10%. En este caso, podría bendecirme del 90% ?. Estamos hablando que NO es un contrato nuevo a un inquilino nuevo, sino una modificación de la renta a la baja. Espero poder haber explicado. Gracias
En este caso, no podrías beneficiarte de la reducción del 90%, ya que esta reducción exige dos condiciones obligatorias: Que el contrato sea nuevo y firmado a partir del 1 de enero de 2024. Que la vivienda esté ubicada en una zona de mercado tensionado oficialmente declarada. La reducción del 10% en la renta de un contrato existente no cumple con el requisito del contrato nuevo, aunque hayas ajustado las condiciones. Espero haber aclarado tu duda. ¡Un saludo!
Perdona que te vuelva a escribir.... Y si se hubiera hecho contrato nuevo con los nuevos inquilinos reduciendole la renta... El resto de requisitos no hay problemas... Sé que es enredar mucho... Pero al final el 90% es goloso. La rebaja ha sido real, y el inquilino es de hace muchos años, y no habría problema con el inquilino de redactar nuevo contrato con nuevas condiciones de la bajada de renta con fecha 2024..😊
Super interesante Juan, Muchas gracias! Pregunta; Cuando dicen "zonas tensionadas", son todas las que el gobierno central declaro o las que las CCAA han declarado? Por ejemplo Madrid centro? Muchas gracias!
Gracias! :) Las zonas tensionadas no son declaradas por el Gobierno central, sino por las Comunidades Autónomas o los ayuntamientos: www.mivau.gob.es/vivienda/alquila-bien-es-tu-derecho/serpavi/consultar-zonas-de-mercado-residencial-tensionado
Hola Juan. Gracias por la explicación. A mi se me plantea la duda en el 3r supuesto del 90% de reducción como afecta la subida anual del IPC. Imaginemos que yo tengo un contrato inicial por 1.000€ pero mi inquilino lleva 5 años y cada año le he aplicado una subida de IPC. Pongamos que en la actualidad la renta actualizada con IPC son 1.050€, en caso que se vaya el inquilino y quiera aplicar esa reducción del 5% tendría que tomar como referencia los 1.000€ iniciales o los 1.050€ actuales?
Hola Robert, la referencia para calcular la reducción del 5% en la renta no se toma del precio inicial del contrato (los 1.000€), sino de la última renta actualizada según el IPC (los 1.050€ en tu caso). Esto significa que, si el inquilino actual se va, la nueva renta debe ser al menos un 5% más baja que esos 1.050€ para poder aplicar la reducción del 90%. Por lo tanto, la renta máxima en el nuevo contrato tendría que ser: 1.050€ - 5% = 997,50€ Espero haber resuelto tu duda. ¡Un saludo!
@@Inmoemprende muchisimas gracias Juan por tu rápida respuesta. Si me has resuelto la duda ;) pues haciendo números creo que sale muy a cuenta esta opción vs las otras porque la pérdida de renta mensual se compensa con el mayor % de deducción
Osea que el gobiernos de los obreros nos quita mas dinero a los obreros... Supongo que sera el partido de los pobres, porque quiere hacernos a todos pobres.
El enlace al texto con las novedades tributarias a la A.E.A.T es el siguiente: sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/principales-novedades-tributarias-introducidas-ley-12_2023.html
Juan ya hacía tiempo que no te veíamos. Me alegro de verte un abrazo
Muchas gracias Juan un saludo
Buen vídeo!!!💪🏼
Y para la reducción por inquilinos 18-35.. si uno fuera en ese rango y otro mayor? Tema zonas tensionadas hay dudas, algún listado actualizado para Madrid o aquí no aplicaría
Buenas pero solo zona tensionada esta declara en Cataluña nada mas, no hay mas zonas declaradas en 2024. Entonces para los contratos de 2024 seria del 50% todos. Por otro lado si lo tienes alquilado desde hace mas de 5 años pero te toca renovarlo, como se llevaria a cabo? Contaria como anterior al 2024 o a partir del 2024?
Estas deducciones aplican tambien en el Pais Vasco???
En el caso del País Vasco, estas deducciones no aplican, ya que tienen su propio régimen fiscal foral, con normas específicas en el IRPF. Por tanto, las reducciones del 50%, 90%, 70% y 60% de la nueva Ley de Vivienda no son de aplicación allí.
Si tienes un inmueble en el País Vasco revisa las normas fiscales autonómicas o consulta directamente con la Hacienda Foral, ya que suelen tener deducciones y beneficios fiscales propios para los arrendamientos.
@Inmoemprende muchas gracias por todo me informaré
Si estás es el alquiler, sabrás que solo nos podemos desgravar el 20%, pero para el año 25 quieren modificarlo con más desgravación
Pregunta curiosa, para las desgrabaciones, Las Zonas de Área Tensionada son las que marca el gobierno o solo las comunidades autónomas que la han definido?
Hola Coque! Las zonas tensionadas son las declaradas por las Comunidades Autónomas o los ayuntamientos, de momento aplica : www.mivau.gob.es/vivienda/alquila-bien-es-tu-derecho/serpavi/consultar-zonas-de-mercado-residencial-tensionado
En mi caso tengo alquiladas 3 viviendas desde hace más de 5 años a una asociación de refugiados . Los precios de alquiler se han ido actualizando con ipc a lo largo del tiempo y en su momento quise incluir la reducción del 60% y AEAT me la denegó. Crees que hay alguna posibilidad de acogerse a la reducción del 70% ?. Gracias!
teniendo un inmueble para alquiler de habitaciones con contratos anuales, me afectaria esta nueva ley? gracias
Hola Ray en este caso no, es para contratos 100% LAU, a 5 años siendo particular y destinado a la vivienda habitual del inquilino, Un saludo!
no es una ley pensada para especuladores
Alquilar habitaciones no es especular, es dar un servicio que la gente demanda@@smn1085
Hola Juan. Tr planteo una duda. En este 2024 modifiqué las condicines del alquiler a un inqullino y le bajé la renta un 10%. En este caso, podría bendecirme del 90% ?. Estamos hablando que NO es un contrato nuevo a un inquilino nuevo, sino una modificación de la renta a la baja. Espero poder haber explicado. Gracias
En este caso, no podrías beneficiarte de la reducción del 90%, ya que esta reducción exige dos condiciones obligatorias:
Que el contrato sea nuevo y firmado a partir del 1 de enero de 2024.
Que la vivienda esté ubicada en una zona de mercado tensionado oficialmente declarada.
La reducción del 10% en la renta de un contrato existente no cumple con el requisito del contrato nuevo, aunque hayas ajustado las condiciones.
Espero haber aclarado tu duda. ¡Un saludo!
Perdona que te vuelva a escribir.... Y si se hubiera hecho contrato nuevo con los nuevos inquilinos reduciendole la renta... El resto de requisitos no hay problemas... Sé que es enredar mucho... Pero al final el 90% es goloso. La rebaja ha sido real, y el inquilino es de hace muchos años, y no habría problema con el inquilino de redactar nuevo contrato con nuevas condiciones de la bajada de renta con fecha 2024..😊
Quería decir contrato nuevo con los mismos inquilinos..
Super interesante Juan, Muchas gracias!
Pregunta; Cuando dicen "zonas tensionadas", son todas las que el gobierno central declaro o las que las CCAA han declarado? Por ejemplo Madrid centro? Muchas gracias!
Gracias! :) Las zonas tensionadas no son declaradas por el Gobierno central, sino por las Comunidades Autónomas o los ayuntamientos: www.mivau.gob.es/vivienda/alquila-bien-es-tu-derecho/serpavi/consultar-zonas-de-mercado-residencial-tensionado
@@Inmoemprende ok, entonces solo aplican en Catalunya de momento. Muchas gracias!
Hola Juan. Gracias por la explicación. A mi se me plantea la duda en el 3r supuesto del 90% de reducción como afecta la subida anual del IPC. Imaginemos que yo tengo un contrato inicial por 1.000€ pero mi inquilino lleva 5 años y cada año le he aplicado una subida de IPC. Pongamos que en la actualidad la renta actualizada con IPC son 1.050€, en caso que se vaya el inquilino y quiera aplicar esa reducción del 5% tendría que tomar como referencia los 1.000€ iniciales o los 1.050€ actuales?
Hola Robert, la referencia para calcular la reducción del 5% en la renta no se toma del precio inicial del contrato (los 1.000€), sino de la última renta actualizada según el IPC (los 1.050€ en tu caso). Esto significa que, si el inquilino actual se va, la nueva renta debe ser al menos un 5% más baja que esos 1.050€ para poder aplicar la reducción del 90%.
Por lo tanto, la renta máxima en el nuevo contrato tendría que ser:
1.050€ - 5% = 997,50€
Espero haber resuelto tu duda. ¡Un saludo!
@@Inmoemprende muchisimas gracias Juan por tu rápida respuesta. Si me has resuelto la duda ;) pues haciendo números creo que sale muy a cuenta esta opción vs las otras porque la pérdida de renta mensual se compensa con el mayor % de deducción
Y si los propietarios no son residentes en espana, en uk te aplican este porcentaje?
Solo aplica a propietarios residentes, como la anterior
Como inquilino puedo desgravarme lo que pago ? 6000€ año ?
Si, siempre
Váyá télá, váyá télá él ókúpá désgrává o désbraga¿?😊
Juan, ¿harás vídeo de la ley que ha sido aprobada? Creo que nos han vuelto a joder y es todo una mentira esta ley
Hecha la ley hecha la trampa.. pocos podrán beneficiarse de esos otros descuentos..
Osea que el gobiernos de los obreros nos quita mas dinero a los obreros... Supongo que sera el partido de los pobres, porque quiere hacernos a todos pobres.